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Full text of "Historia de la Santa a.m. iglesia de Santiago de Compostela"

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Tipografía  y  Encuademación  del 
Seminario  C.  Central.  •  Santiago 


EX  LIBR1S 

WALTER  MUIR 

WHITEHILL  JÚNIOR 

DONATED  BY 

MRS  W.  M.  WHITEHILL 

1979 


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HISTORIA 


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SANTA  A.  M.  IGLESIA  DE  SaiVÍíAGü  M  COMPOSTELA 


HISTORIA 


DE    LA 


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DE   GOMPOSTELA 


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JPOTÍ  EL 


piC,  p,  y^NTONIO   pÓPEZ  pERREIRO, 

CANÓNIGO  DE  LA  MISMA 

y  correspondiente  de  la  Real  Academia  de  la  Historia. 


(CON  LICENCIA  DE  LA  AUTORIDAD  ECLESIÁSTICA) 


Imp.  y  Enc.  del  Seminario  Conciliar  Central 

1839 


Es  PBOPIKDAD. —  Queda 
nicho  ít  dtpósito  que  ytuxtea 
ta  5?ctj . 


LIBRO  SEGUNDO 

LOS  TRES  PRIMEROS  SÍGLOS  DE  LA  IGLESIA 

COMPOSTELANA 


VI 


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CAPÍTULO  I 


Descubrimiento  del  Sepulcro  de  Santiago.— Venida  de  D.  Al- 
fonso el  Casto  á  Arca  Marmorica  para  enterarse  por  sí  mis- 
mo del  venturoso  hallazgo.  — El  Papa  San  León  III.  —  Enu- 
meración de  las  principales  Reliquias  de  Santiago  de  que 
hay  noticia  en  diversas  iglesias  de  Europa. 


(*) 


l  hacer  Isaias  en  el  capítulo  XV  de  su 
Profecía  la  reseña  de  las  futuras  gran- 
dezas y  prerrogativas  de  la  Humanidad 
de  Nuestro  Señor  Jesucristo,  cuenta 
como  una  de  ellas,  el  que  á  Él  habrían 
de  dirigir  sus  preces  las  naciones,  y  que  su  Sepulcro 
sería  glorioso.  Ipsum  gentes  deprecábuntur ,  et  Sepulchrum 
ejus  erlt  gloriosum.  En  más  de  una  ocasión  manifestó  el 
Señor,  con  hechos  patentes,  que  era  su  voluntad,  que 
sus  más  amados  Discípulos  participasen  de  sus  glorias, 


(*)  Esta  inicial,  lo  mismo  que  todas. las  demás  de  los  capítulos  de  este 
tomo,  ha  sido  tomada  por  el  distinguido  grabador  D.  Enrique  Mayer,  por. 
medio  del  calco,  del  Salterio  de  Fernando  I,  escrito  é  iluminado  en  el 
año  1055. 


8  LIBBO  SEGUNDO 


como  compartían  con  Él  las  humillaciones  y  los  sufri- 
mientos. Los  tres  Discípulos  que  fueron  testigos  de  las 
amarguras  del  Huerto  de  las  Olivas,  lo  fueron  también 
de  las  radiantes  y  maravillosas  magnificencias  del  Ta- 
bor.  Parecía,  pues,  que  podía  esperarse  de  la  benignidad 
del  Señor  para  con  sus  amados  Discípulos,  el  que  tam- 
bién ellos  tuviesen  un  Sepulcro  glorioso.  Así  lo  tuvieron, 
en  efecto,  San  Pedro  en  Roma  y  San  Juan  en  Efeso. 
Mas  el  Sepulcro  de  Santiago,  ¿dónde  se  hallaba?  El  tiem- 
po, las  vicisitudes  humanas,  las  dolorosas  crisis  por  que 
tuviera  que  atravesar  nuestra  Península,  borraran  todo 
recuerdo,  toda  indicación  precisa  del  sitio  en  que  esta- 
ba; y  ya  no  era  pequeña  cosa  el  que  se  hallase  graba- 
do en  la  memoria  de  los  pueblos  y  consignado  en  algún 
códice  poco  conocido,  que  Santiago  yacía,  sepultado  en 
Arca  marmorica,  ó  Arcis  marmoricis,  en  la  comarca  de 
Amaía,  provincia  de  Galicia.  Y  sin  embargo,  la  volun- 
tad del  Señor  era,  que  Santiago  tuviese  un  Sepulcro 
glorioso,  ante  el  cual  también  las  naciones  elevasen  sus 
plegarias. 

La  Amaía  era  una  región  incluida  en  el  territorio 
de  los  Cáporos,  y  ocupaba  toda  la  cuenca  del  Sar  hasta 
cerca  de  Iria  Flavia,  y  por  el  N.  se  hallaba  limitada  por 
el  Tambre.  Casi  en  el  extremo  oriental  de  esta  región, 
había  un  pequeño  castro  (1),  en  cuya  vertiente,  por  la 
parte  que  miraba  al  Sudeste,  á  principios  del  siglo  IX, 
se  elevaba  una  muy  modesta  iglesia,  que  servía  de 
parroquia  para  el  reducido  número  de  labradores  que 


(1)  Este  castro  coronaba  un  alto  cerro  que  por  el  Mediodía  se  extendía 
hasta  el  río  Sar,  y  por  el  Noroeste,  con  más  larga  pendiente,  llegaba  hasta 
el  Sarela,  afluente  del  Sar, 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAff  A  9 

cultivaban  algunas  tierras  como  á  tres  kilómetros  hacia 
el  Nordeste  en  los  lugares  de  A  mió,  cerca  del  Sar,  y  en 
algunas  otras  aldeas  á  la  redonda. 

No  consta  desde  cuándo  databa  la  iglesia;  pero  á 
juzgar  por  algunas  sepulturas  que  se  descubrieron  á 
principios  del  siglo  pasado,  en  el  año  1724  (1),  para 
ensanchar  el  atrio,  debía  remontarse  á  los  siglos  V  ó 
VI.  Dichas  sepulturas  estaban  excavadas  en  la  misma 
roca  como  otras  del  tiempo  de  los  Suevos.  Actualmente 
esta  iglesia  de  aquella  época,  no  conserva  más  que  el 
tímpano  ó  dintel  de  la  puerta  de  entrada,  el  cual  ostenta 
grabada  una  sencilla  cruz  de  brazos  iguales,  y  puede 
atribuirse  al  siglo  VIII  ó  IX,  y  quizás  proceda  de  la  ree- 
dificación hecha  por  el  Obispo  Sisnando  I.  San  Félix, 
mártir  de  Gerona,  era  su  Santo  titular,  y  además  como 
sobrenombre  llevaba  el  de  Solóbio  ó  Sub  lóbium,  esto  es, 
debajo  ó  al  pie  del  bosque  ó  de  la  enramada  (2). 

El  terreno  inmediato  á  la  iglesia  estaba,  al  parecer, 
despoblado.  El  castro,  á  cuyo  pie  ésta  se  erguía,  si  en 
otro  tiempo  había  servido  para  guardar  los  confines  de 
los  antiguos  Amaeos,  entonces,  como  tantos  otros  en 
nuestra  región,  quedara  sin  objeto,  y  se  convirtiera  en 
un  espeso  y  casi  impenetrable  matorral,  como  era  todo 
el  suelo  que  lo  rodeaba. 

En  los  comienzos  del  siglo  IX  dieron  en  esparcirse 
rumores  de  que  de  la  Otra  parte  del  castro,  en  el  sitio 
en  que  justamente  el  bosque  era  más  cerrado  y  más 
denso,  se  veían  de  noche  luces  extrañas  como  estrellas, 


(1)  V.  Huerta,  Anales  de  Galicia,  tomo  I,  lib.  II,  cap.  VIII,  pág.  110. 

(2)  Lobium  ó  Lobio  viene  de  la  raíz  germánica  laub,  frondosidad; 
ramaje. 


10  líbbo  Segundo 


y  aun  se  oían  voces  suaves  y  armoniosas,  que  al  parecer 
nada  tenían  de  natural.  Los  rumores  cada  día  fueron 
tomando  cuerpo,  hasta  que  se  hicieron  públicas  y  noto- 
rias aquellas  maravillosas  manifestaciones,  y  muchos 
eran  los  que  deponían  haber  visto  las  luces  y  resplando- 
res prodigiosos  y  haber  oído  las  voces  y  los  cánticos. 

Vivía  por  allí  cerca,  hacia  el  sitio  que  hoy  ocupa  la 
iglesia  de  San  Payo  ó  Pelayo,  un  piadoso  anacoreta,  por 
nombre  Pelayo,  el  cual,  fuese  por  divina  inspiración, 
como  dicen  algunos,  fuese  por  inducción  de  algunos  da- 
tos históricos  que  él  pudiese  poseer,  no  tardó  en  darse 
en  cuenta  de  lo  que  significaban  aquellas  extraordina- 
rias apariciones,  pues  para  él  en  aquel  sitio  debía  de 
hallarse  sepultado  el  cuerpo  del  bienaventurado  Apóstol 
Santiago  (1). 

Cundió  la  voz  y  la  fama  de  lo  que  ocurría,  y  traspa- 
só los  límites  de  la  parroquia  de  Solobio;  pues  las  luces 
no  desaparecían,  ni  los  cánticos  cesaban.  Ya  no  era  sólo 
el  vulgo,  el  pueblo,  el  que  se  hacía  eco  de  tales  prodi- 
gios; sino  que  muchas  personas  notables  quisieron  averi- 


(l)  Dubium  quidem  non  est  sed  multis  manet  notum,  —se  dice  en  la 
Escritura  de  concordia  entre  el  Obispo  Compostelano  D.  Diego  Peláez  y  el 
Abad  S.  Fagildo  otorgada  en  1077,—  sicut  testimonio  Bti.  Leonis  didicimus 
Papae,  quod  Bmus.  Apóstol us  Iacobus  Hierosilimis  decollatus  a  discipulis 
Ioppem  asportatus,  ad  ultimum  Hispaniam,  manu  Domini  gubernante,  sit 
translatum,  et  in  finibus  Galleciae  sepultum  per  longa  témpora  mansit 
occultum.  Sed  quia  lux  in  tenebris,  vel  lucerna  sub  modio  diu  latere  non 
potuit,  divina  providente  clementia,  temporibus  serenissimi  Regis  domini 
Adefonsi,  qui  vocatur  Castus,  cuidam  anacoritae  nomine  Pelagius,  qui  non 
longo  a  loco,  in  quo  apostolicum  Corpus  tumulatum  iacebat,  degere  consue- 
verat,  primitus  revelatum  esse  angelicis  oraculis  dignoscitur.  Deinde  sacris 
luminaribus  quam  pluribus  fidelibus  in  ecclesia  sancti  Felicis  de  Lo  vio, 
cornmorantibus  ostenditur. 


LOS  tfBEá  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  ÓÓMíOSfíÍLAttA  Ü 

guar  qué  era  lo  que  en  esto  había  de  cierto,  y  contem- 
plar por  sí  mismas  tan  inusitado  espectáculo.  Ya  no 
cabía  dudar,  de  que  aquello  era  presagio  ó  indicio  de 
algún  grave  y  trascendental  acontecimiento,  que  esta- 
ban muy  lejos  de  poder  adivinar.  Los  más  autorizados 
entre  ellos  juzgaron  que  lo  que  procedía  era  poner  en 
conocimiento  del  Diocesano,  el  Obispo  de  Iría,  todo  lo 
que  estaba  pasando,  para  que  él  tomase  las  providen- 
cias que  creyese  más  convenientes. 

El  venerable  Teodomiro,  que  éste  era  el  Prelado  que 
entonces  ocupaba  la  Sede  Iriense,  escuchó,  no  sin  extra- 
ñeza  y  asombro,  lo  que  le  referían  aquellas  personas  dig- 
nas de  entero  crédito,  entre  las  cuales  es  fácil  que  se 
contase  el  anacoreta  Pelayo;  pero,  no  porque  dudase  de 
su  veracidad,  sino  porque  quería  presenciar  por  sí  mismo 
aquellos  prodigios,  dejó  su  ciudad  episcopal  y  se  vino  al 
solitario  bosque ,  teatro  de  tan  impensadas  maravi- 
llas (1).  Y  vio  por  sus  propios  ojos  las  maravillosas  luces 


(1)  Qui  inito  consilio  Iriensem  Episcopum  dominum  Theodomirum 
arcessiverunt,  sanctam  visionem  illi  detegentes.  (Escrit.  cit.) 

Quídam  namque  personati  et  magnae  auctoritatis  viri  praefato  Episcopo 
(Theodomiro)  retulerunt  se  luminaria  in  nemore,  quod  super  Bti.  Iacobi 
tumbam  diuturna  vetustate  excreverat,  nocturno  tempore  ardentia  multo- 
tiens  vidisse;  ibique  Ángelus  sibi  frequentius  apparuisse.  (Hist.  Comp.,  li- 
bro I,  cap.  2). 

Por  rreuelacon  foy  alguus  homes  et  personas  de  grande  auctoridade 
demostrado  et  apertamente  viiam  grandes  lumes  de  candeas  arder  de  noyte 
et  de  dia  en  huun  monte  muy  espeso  de  muytas  aruores  et  siluas  a  oyto 
milias  de  Iria,  et  que  non  se  apagauan  de  dia  e  de  noyte.  Et  mays  que  oyan 
ende  continuamente  grandes  cantares  de  angeos.  Os  quaes  foron  a  o  dito 
Obispo  e  lie  contaron  a  dita  uison.  (Coránica  de  Sta.  María  de  Iria,  de  la 
copia  original  que  se  guarda  en  el  Archivo  de  la  S.  I.  M.  de  Santiago,  y 
aue  fué  escrita  por  Ruy  Vázquez  hacia  el  año  1467}. 


12  LIBEO  SEGUNDO 


y  resplandores,  y  oyó  las  angélicas  melodías  (1).  No  era 
dado  vacilar;  todo  aquello  encerraba  un  misterio  que, 
con  los  auxilios  divinos,  era  preciso  aclarar.  Publicó  un 
ayuno  de  tres  días  para  obtener  del  Señor  luz  y  acierto 
en  los  trabajos  que  se  proponía  emprender. 

Hecha  esta  necesaria  diligencia  para  no  incurrir  en 
la  nota  de  temeridad,  el  día  de  antemano  señalado  se 
presentó  con  trabajadores  de  su  confianza  en  el  lugar  de 
las  estrellas,  comenzó  á  desmontarlo  de  toda  la  maleza  y 
ramaje,  y  pronto  descubrió  restos  de  antigua  edificación. 
Esto  no  hizo  más  que  comunicar  mayor  ardor  á  los  ope- 
rarios, mayor  atención  y  ansiedad  al  Prelado,  y  aumen- 
tar la  indecible  expectación  de  las  turbas  de  fieles,  que 
habían  acudido  en  tropel  al  sitio,  ávidos  de  contemplar 
el  desenlace  de  tan  extraordinarios  acontecimientos. 

Comienzan  á  sacar  ladrillos,  trozos  de  mármol,  silla- 
res de  granito,  hasta  que  al  fin  dan  con  los  muros  de  un 
pequeño  monumento  perfectamente  labrado.  Con  cre- 
ciente afán  y  empeño  siguen  escombrando,  y  dejan 
descubierto  el  edificio  y  el  embaldosado  que  lo  rodea. 
Allí  pudieron  notar  dos  sepulturas  cubiertas  con  baldo- 
sas de  ladrillos;  pero,  ¿qué  era  lo  que  contenía  el  edifi- 
cio? La  puerta  estaría  probablemente  tapiada.  A  una 
indicación  del  Prelado  la  franquean;    y  el  venerable 


(1)  Quo  audito  ipsemet  ad  eum  locum  unde  illi  se  talia  vidisse  assere* 
bant,  accessit,  et  luminaria  in  praedicto  loco  ardentía  propriis  oculis  pro- 
culdubio  aspexit.  (Hist.  Comp.,  loe.  cit.) 

O  qual  quando  oyeu,  foy  muy  marauillado,  e  foyse  con  eles  ao  dito 
lugar,  et  por  la  gracia  de  Deus,  que  querío  illuminar  et  onrrar  a  egleaia 
onde  tal  por  lo  precioso  thesouro  do  corpo  do  glorioso  apostólo  Santiago,  ó 
dito  bispo  por  sy  meesmo  veo  as  ditas  candeas  e  luminarias  et  oyeu  os 
ditos  cantares  angelicaes.  (Coránica  citada). 


LOS  TRES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA 


13 


Teodomiro  penetra  y  ve  un  altar,  y  al  pie  del  altar  una 
losa  sepulcral  rodeada  de  un  pavimento  de  mosaico. 
Hace  levantar  la  losa;  y  aparece  un  cadáver,  que  á  juz- 
gar sólo  por  el  sitio  donde  se  halla,  debajo  de  un  altar. 


Miniatura  del  Tumbo  A,  fol.  1  vuelto  que  representa  el  descubrimiento  de  los  Sepulcros 

de  Santiago  y  sus  dos  Discípulos. 


no  podía  menos  de  ser  de  un  Santo,  y  de  un  gran  Santo. 
Reconoce,  registra,  repasa  todo  el  Sepulcro,  todos  los 
objetos  que  en  él  se  hallan,  examina  la  bóveda,  las  pa- 
redes, quizás  decoradas  con  pinturas,  y  todos  los  rincones 


14  LIBRO  SEGUNDO 


del  monumento,  se  fija  en  la  lámpara  ó  lucerna  que  de- 
bió estar  cerca  del  altar  (1),  y  halla,  no  ya  indicios, 
sino  pruebas  evidentes  de  que  el  Santo  que  allí  yace  se- 
pultado es  nada  menos  que  el  Apóstol  Santiago,  Evan- 
gelizador  de  España.  Esto  lo  movió,  sin  duda,  á  confron- 
tar con  los  datos  que  se  hallaban  consignados  en  algu- 
nos de  los  códices  que  entonces  habían  de  guardarse  en 
Iria,  las  circunstancias  del  lugar  y  del  hallazgo;  y  por 
de  pronto  vio  que  aquel  sitio  se  llamaba  Arca  marmorica, 
y  que  estaba  dentro  de  los  confines  de  la  Amaía.  Este 
era  el  sitio  en  que  las  antiguas  memorias  colocaban  el 
Sepulcro  de  Santiago  (2).  Por  allí  cerca  estaba  también 
el  famoso  monte  Ilicino,  en  el  cual,  aún  en  tiempo  de 


(1)  En  las  antiguas  miniaturas  que  representan  esta  escena,  se  ve,  en 
efecto,  una  lámpara  suspendida  sobre  el  sepulcro. 

(2)  Qui  (Theodomirus)  indicto  triduano  jejunio,  fidelium  caetibus 
agregatis,  Beati  Jacobi  sepulchrum  marmorcis  lapidibus  contectum  inve- 
nit.  (Escrit.  cit.) 

Divina  igitur  inspiratus  gratia  (Theodomirus)  praefatum  nemusculum 
festinanter  adiit,  et  diligentius  circunspiciens,  quamdam  domunculam  mar- 
moream  tumbam  intra  se  continentem,  inter  sylvas  et  frútices  invenit. 
(Hist.  Comp.,  loe.  cit.) 

Et  por  la  graca  de  Deus  entrou  (Teodomiro)  ena  espesidume  do  monte 
•  et  achou  hua  casilla  pequeña  de  arcos  de  marmores  et  dentro  hua  tunba  de. 
moymento  moy  boo,  a  qual  asy  achada,  dou  muytas  gracas  a  Deus  e  lan- 
couse  en  oración  et  en  jajun  (ayuno)  et  foylle  reuelado  que  era  aly  sepultado 
o  corpo  do  apostólo  Santiago  Zebedeu,  que  auia  oytocentos  anos  que  ally 
jazia  ascondido  en  aquel  monte  et  siluas  et  matos.  (Corán,  cit.) 

La  Compostelana,  que  guardó  toda  su  facundia  y  verbosidad  para  des- 
cribir el  pontificado  de  D.  Diego  Gelmírez,  bien  pudo  dar  del  descubri- 
miento del  Cuerpo  del  Santo  Apóstol  algunos  de  los  muchos  pormenores 
que  en  su  tiempo  aún  no  podían  estar  olvidados;  pues  aunque  su  objeto  era 
historiar  lo  primero,  lo  segundo  fué  suceso  tan  capital,  que  bien  merecía 
mayor  detención  y  una  relación   más   minuciosa.  Pero  los  autores  de  la 


tOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAN A  15 

Sisnando  I  tan  viva  se  conservaba  la  memoria  de  mu- 
chas de  las  escenas  á  que  dio  lugar  la  traslación  y  sepul- 
tura del  sagrado  Cuerpo  de  Santiago.  Otras  coinciden- 
cias, no  menos  inesperadas,  hallaría  Teodomiro,  que 
ahora  no  podemos  adivinar,  pero  que,  á  no  dudarlo, 
hicieron  en  su  ánimo  profunda  impresión,  y  le  obligaron 
á  prorrumpir  en  exclamaciones  de  la  más  viva  y  sincera 
gratitud  por  el  imponderable  beneficio  que  acababa  de 
recibir.  ¿Y  qué  espectáculo  no  ofrecería  aquella  muche- 
dumbre apiñada  en  el  bosque,  al  saber  que  era  el  Sepul- 
cro de  Santiago  lo  que  contenía  aquella  Mamoa  ó  Arca, 
que  por  tanto  tiempo  había  pasado  inadvertida,  como 
tantas  otras  en  nuestro  país?  Podrá  imaginarse  y  hasta 
cierto  punto  sentirse,  mas  no  describirse.  Diríase  que 
era  una  familia  desolada,  que  de  un  modo  inopinado, 
recobraba  á  su  amoroso  Padre,  á  quien  habían  llegado  á 
creer  para  siempre  perdido. 

Cuéntase  del  venerable  Asturio,  Obispo  de  Toledo, 
que  después  que  halló  en  el  Campo  laudable,  ó  sea  Alcalá, 
los  restos  de  los  Santos  Niños  Justo  y  Pastor,  ya  no  qui- 
so separarse  de  ellos  en  toda  su  vida.  Es  fácil  que  Teo- 
domiro no  se  acordase  de  esto;  pero,  como  los  sentimien- 
tos que  dominaban  su  pecho,  eran  los  mismos  que  los  de 


Compostelana  trataron  siempre  los  sucesos  antiguos,  si  no   con  despego,  al 
menos  con  cierta  apatía  é  indiferencia. 

D.  Alfonso  III,  en  su  Carta  al  Clero  y  pueblo  de  Tours,  (Esp.  Sag.,  t.XlX, 
Apénd.,  p.  34G. — V.  Apéndices  n.°  XXVII,  p.  59)  les  había  prometido  en- 
viarles una  relación  detallada  de  este  suceso;  pues  les  dice  que  acerca  de 
él  y  de  cómo  el  Cuerpo  se  había  manifestado  evidentemente,  había  mu- 
chos y  graves  testimonios,  como  cartas  de  Arzobispos,  historias  de  Padres 
y  deposiciones  de  muchas  personas. 


16  LIBRO  SEGUNDO 


Asturio,  adoptó  igual  resolución.  Mas  no  se  contentó 
con  esto.  Su  corazón  se  dilataba  con  la  vehemencia  de 
los  afectos  que  en  él  rebosaban;  y  Teodomiro  hubiera 
querido  extender  á  toda  su  Diócesis,  á  toda  Galicia,  á 
toda  España,  el  santo  entusiasmo  de  que  él  se  hallaba 
poseído.  Con  este  designio,  él  mismo  se  puso  en  camino 
para  dar  cuenta  al  rey  D.  Alfonso  II  del  maravilloso 
descubrimiento  con  el  cual  España  recobraba  su  Após- 
tol, su  Patrón  y  su  Defensor  (1). 

D.  Alfonso  escuchó,  no  menos  impresionado  que  Teo- 
domiro, la  relación  que  éste  le  hacía  de  todo  cuanto  ha- 
bía pasado;  y  bien  hubiera  querido  volar  como  su  pen- 
samiento hacia  aquel  sitio  venturoso  que  guardaba  al 
que  había  de  ser  como  la  égida  de  España.  Procuró,  no 
obstante,  compensar  de  algún  modo  la  tardanza  con  la 
solemnidad  y  aparato  con  que  hizo  su  visita.  No  vino 
solo,  vino  acompañado  de  los  magnates  de  su  Corte  y 
con  el  corazón  henchido  de  veneración  y  de  piedad. 
¡Qué  día  aquel  en  que,  en  el  bosque  de  Lobio,  entre  los 
escombros  de  Arca  marmorica,  se  veía  postrado  á  un  Mo- 
narca rodeado  de  inmensa  muchedumbre  elevando  hu- 
mildes y  fervorosas  preces  ante  un  Sepulcro,  que  la  tie- 
rra por  manera  tan  prodigiosa  acababa  de  devolver  al 


(1)  Qui  máximo  gavisus  gaudio  (Theodomirus)  religiosissimum  Re- 
gem  praefatum  vocare  non  distulit.  (Escrit.  cit.) 

Qua  inventa,  Deo  gratias  referens,  Casti  Regis  Adefonsi,  qui  tune  in 
Hispania  regnabafc,  praesentiam  incunctanter  adivit,  eique  rem  ut  audierat 
et  propriis  oculis  viderat,  veraciter  notificavit.  (Hist.  Comp.,  loe.  cit.) 

Et  enton  o  dito  bispo  foyse  a  el  Rey  don  Afonso  ó  Casto  por  sy  meesmo, 
et  disolle  todo,  como  a  el  por  la  graca  de  Deus  fora  reuelado  o  corpo  do 
apostólo  Santiago.  (Coránica  cit.) 


LOS  TBES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAffA.  17 

amor  y  á  la  veneración  de  los  españoles!  El  mismo  don 
Alfonso  confiesa  (1),  que  lo  había  venerado  yreverencia- 


(1)  Quod  ego  audiens  cum  magna  devotione  et  supplicatione  ad  ado 
randum  et  venerandum  tam  pretiosum  thesaurum  cum  Majoribus  nostri 
Palatii  cucurrimus,  et  eum  sicut  Patronum  et  Dominum  totius  Hispaniae 
cum  lacrymis  et  precibus  multis  adora vimus.  (D.  Alfonso  II,  en  el  Diploma 
otorgado  á  Santiago  y  al  Obispo  Teodomiro  en  4  de  Septiembre  de  829). 

Huerta  (Anales  de  Galicia,  tom.  II,  lib.  VIII,  c.  IX),  publicó  acerca  de 
estos  sucesos  dos  relaciones  en  gallego,  que  en  muchos  de  los  pormenores 
que  traen,  merecen  muy  poca  fe.  La  primera  está  tomada  de  un  ejemplar 
de  la  Historia  Iriense,  de  que  gozó  el  analista  de  Galicia,  pero  que  no 
concuerda  en  todo  con  la  Historia  Iriense,  que  conocemos.  Después  de 
describir,  cómo  Teodomiro  halló  el  Cuerpo  del  Apóstol,  añade:  «E  alí  arri- 
mado á  él  (al  Sagrado  Cuerpo)  o  seu  bordón  de  Romeyro  e  un  petrefedis 
con  letras  latinas  e  gregas  que  decían:  Aquí  jaz  Jacobe,  filio  del  Zebedeu  e 
de  Salomé,  hirmao  de  Jan,  aquén  matou  Herodes  en  Jerusalern." 

La  segunda  relación  está  tomada  del  prólogo  del  antiguo  Libro  de  la 
Cofradía  de  Cambiadores.  Este  libro,  que  contenía  cuentas  y  actas  de  la  Co- 
fradía, existe,  pero  faltoso  de  algunos  folios,  y  se  comenzó  á  escribir  en  los 
primeros  años  del  siglo  XIV.  El  encabezado,  según  Huerta,  era  como  si- 
gue: «Memoria  do  que  conten  a  fundación  dos  cambeadores  da  iglesia  de 
Santiago,  e  como  apareceu  o  corpo  de  Santiago  todo  enteyro,  que  estaba 
escondido  nua  cova  labrada  con  dous  arcos  de  pedra  debayxo  da  térra  nun 
moy mentó  de  marmor  no  meu  do  monte  de  Burgo  de  Libredon,  abaijo  do 
castro  de  san  Fiz  de  Solobio  e  termos  de  Bonaval,  donde  está  outro  Castelo 
chamado  do  Camino  que  vay  direyto  a  see  do  Apostólo.» 

Sigue  la  descripción  del  descubrimiento  del  Cuerpo  de  Santiago;  y  luego 
termina:  «E  virón  ser  o  santo  corpo  do  Apostólo  e  que  tina  a  cabeza  courtada 
e  o  bordón  dentro  cun  letreyro  que  decia:  Aquí  jaz  Jacoho  filho  do  Zebedeo 
e  de  Salomé,  hirmao  de  San  Juan,  que  matou  Herodes  en  Jerusalern  e  veo  por 
mar  co  os  seus  discípulos  fasta  Iria  Flauta  de  Galicia,  e  veo  nun  carro  e  bois 
de  Lupa,  señora  deste  campo;  e  daqul  non  quijeron  passar  mais  adiante:  e  San 
Cicilio  discípulo  do  Apostólo  le  fez  estando  juntos  os  mais  discípulos.  E  esta- 
ba escrito  esto  en  grego  e  latino  dentro  do  moy  mentó.  E  en  XXV  de  Julio 
se  descubreu.» 

Erce  Ximenez  (Pte.  I,  trat.  VII,  c.  IV),  había  advertido  que  la  primera 
hoja  del  libro  estaba  borrosa  y  casi  ilegible,  y  que  en  el  año  1624,  antes 
que  desapareciese  del  todo  lo  escrito,  se  trasladó  á  otra  hoja  nueva.  Enton- 
Tomo  II.— 2. 


18  LIBEO  SEGUNDO 


do  como  d  Patrón  y  á  Señor  de  toda  España  con  abundan- 
tes lágrimas  y  oraciones  fcum  lacrymis  et  prectbus  multisj. 
¡Cuántas  las  habrían  ya  precedido  y  cuántas  las  siguie- 
ron después!  Y  era  que  el  Sepulcro  del  obscuro  Pescador 
de  Galilea  comenzaba  á  ser  glorioso! 

Triste  es  confesarlo;  pero  el  día  en  que  tuvo  lugar  el 
hecho  memorable  del  descubrimiento  de  los  sagrados 
Restos  del  Apóstol,  no  figura  en  el  calendario,  porque  se 
ignora.  Entonces  se  sentía  repugnancia  á  instituir  fies- 
tas nuevas;  por  lo  que  la  fecha  de  este  dichoso  aconteci- 
miento fué  quedando  sólo  confiada  á  la  memoria  de  los 
fieles,  la  cual,  al  fin,  se  perdió  por  completo  (1). 

Poco  menos  pasó  con  el  año:  algunos  autores,  como 
Morales  y  Yepes,  lo  colocan  en  el  año  835;  otros,  como 
Castellá,  en  el  año  829;  Pellicer  en  825;  Huerta  en  813; 
y  los  secuaces  de  los  falsos  Cronicones,  como  Gándara  y 
Argaíz,  en  el  año  801  ó  en  el  799.  El  P.  Flórez  (2)  no  se 
atreve  á  fijar  año,  y  sólo  dice  que  el  Descubrimiento  de- 
bió de  haber  sido  antes  del  814. 

El  único  Diploma  que  se  conserva,  de  los  varios  que 
D.  Alfonso  II  otorgó  á  la  Iglesia  de  Santiago,  no  sirve 
para  resolver  la  cuestión;  porque  dicho  documento,  como 
ya  advirtió  Flórez  (3),  fué  despachado  bastante   tiempo 


ees  fué  cuando,  conservando  lo  substancial  de  la  narración,  se  introdujeron 
algunas  especies  fabulosas,  como  la  referente  k  San  Cecilio,  á  los  Españas, 
los  Temes,  losBoanes,  etc..  ,  en  las  cuales  vieron  satisfechos  los  poseedores 
del  Códice,  que  solían  ser  los  más  antiguos  entre  los  Cofrades,  su  vanidad 
y  sus  pruritos  genealógicos. 

(1)  En  el  prólogo  del  libro  de  los  Cambiadores  se  decía  que  el  feliz 
descubrimiento  había  tenido  lugar  el  25  de  Julio:  mas  como  dicho  prólogo 
ha  sido  muy  retocado,  no  podemos  prestarle  gran  crédito. 

(2)  Esp.  Sag.,  t.  XIX,  p.  69. 

(3)  Esp.  Sag.,  t.  XIX,  p.  47. 


LOS  TRES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  19 

después  de  descubiertas  las  sagradas  Reliquias,  y  nada 
contiene  de  la  fecha  del  descubrimiento. 

La  fecha  que  aparece  más  aceptable,  es  la  de  Huer- 
ta, ó  sea,  el  año  813.  En  una  Escritura  de  Samos  del 
año  811,  aparece  subscribiendo  un  Obispo  con  el  nombre 
de  Quendulfus;  en  otras  dos  de  Oviedo  de  Noviembre 
de  812  aparece  también  otro  Obispo  con  el  nombre  de 
Qiándulfus.  Este  Quindulfo  ó  Quendulfo  es  sin  duda  el 
antecesor  de  Teodomiro;  y  por  consiguiente  el  descubri- 
miento de  las  Reliquias  debió  tener  lugar  después  de  No- 
viembre de  812.  Por  otra  parte  la  Compostelana  dice  (1) 
que  el  descubrimiento  sucedió  en  tiempo  de  Cario  Mag- 
no, el  cual  falleció  en  814;  por  lo  tanto,  entre  estas  dos 
fechas,  fines  de  812  y  814,  debe  colocarse  la  aparición 
de  los  Restos  de  Santiago.  Que  Cario  Magno  llegó  á 
tener  conocimiento  de  tan  feliz  suceso,  y  que  aún  con- 
tribuyó de  algún  modo  á  celebrarlo,  parece  demostrarlo 
el  Aniversario  que  por  él  se  hacía  el  6  de  Julio  en  la 
Iglesia  Compostelana  (2). 

Contra  esto  podrá  alegarse  una  Escritura  del  Tumbo 
de  Sobrado  (3),  datada  el  1.°  de  Septiembre  de  818,  en  la 
cual  se  cita  como  testigo  á  Kindulfvs,  Obispo  de  Iria. 
Según  esto,  no  habiendo  podido  ser  Teodomiro  Obispo 
de  Iria  antes  de  esta  fecha,  después  de  esta  fecha  es  for- 


(1)  Hoc  autem  sub  tempore  Caroli  Magni  facfcum  fuisse  multis  refe- 
rentibus  audivimus.  (Lib.  I,  c.  II,  núm.  I).  — El  Cronicón  Irievse  también 
dice  que  sucedió  «diebus  Caroli  Regis  Franciae  et  Alfonsi  Hispaniae  Regis.» 
(Esp.  Sag.,  t.  XX,  pág.  602). — Lo  mismo  aürma  Gelmírez  en  un  Privilegio 
otorgado  á  San  Martín  Pinario  en  1 1 15. 

(2)  V.  Morales,  Coron.  gen.  lib.  IX,  cap.  VII,  y  Viaje  Santo. 

(3)  Tomo  I,  núm.  XLII,  en  el  Archivo  Nacional  Histórico, — V.  Apén- 
dices, núm.  I. 


20  LIBBO  SEGUNDO 


zoso  colocar  el  descubrimiento  del  Cuerpo  del  Apóstol. 
Mas,  si  bien  se  mira,  la  cita  que  allí  se  hace  de  Quendul- 
fo  como  testigo,  no  es  para  el  otorgamiento  de  la  escri- 
tura, sino  para  la  entrega  de  unos  bienes,  que  debió 
haberse  hecho  algunos  años  antes. 

Una  diligencia  necesaria  no  omitió  D.  Alfonso,  y  fué 
poner  en  conocimiento  del  Papa  San  León  III  el  descu- 
brimiento del  sagrado  Cuerpo  de  Santiago,  consultándo- 
le tal  vez  acerca  de  lo  que  sería  conveniente  hacer. 
Quizás  lo  haría  por  conducto  de  Cario  Magno,  que  tan 
en  íntimas  relaciones  se  hallaba,  así  con  el  Papa,  como 
con  el  mismo  D.  Alfonso.  Lo  cierto  es  que  San  León 
recibió  con  júbilo  tan  grata  nueva,  y  aún  juzgó  oportu- 
no anunciarla  á  toda  la  Iglesia  por  medio  de  la  Epístola 
Noscat,  fraternitas  vestra,  que  hemos  publicado  en  el  libro 
primero,  cap.  IV,  §.  I. 

Con  ser  tan  cierta  y  tan  evidente  la  existencia  del 
Cuerpo  de  Santiago  en  Arca  marmorka  ó  Compostela, 
aun  antes  de  la  solemne  declaración  del  Sumo  Pontífice 
reinante  León  XIII  (1),  sin  embargo  no  faltaron  quie- 
nes hubiesen  pretendido  para  sus  respectivas  iglesias, 
todos  ó  gran  parte  de  los  Restos  de  nuestro  Apóstol. 
Hoy  esta  cuestión,  en  realidad,  es  ociosa;  no  obstante, 
como  para  tener  alguna  noticia  de  lo  que  se  ha  dicho 
sobre  el  particular,  mencionaremos  algunas  de  estas  ya 
caducadas  reclamaciones. 

En  Tolosa  de  Francia  afirmaban  que  poseían  el 
Cuerpo  entero  de  Santiago  con  la  cabeza.  Así  Nicolás 
Bertrand,  citado  por  Cúper  (2),  publicaba  en  el  año  1515: 


(1)  En  la  Bula  Deus  Omnipotens  expedida  en  1.°  de  Noviembre  de  1884. 

(2)  Acta  Sanct.,  tom.  VI  de  Julio,  dic  XXV,  pte.  I,  §.  VI. 


LOS  ÍEES  P&IMEBÓS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  21 

Primo  jacet  (en  la  iglesia  de  San  Saturnino)  et  aperte, 
monstratur  corpus  et  caput  Sancti  Jacobi  Majoris,  fílii  Zébedaei. 
Del  mismo  modo  Menagio  y  Claudio  Menard  lo  supusie- 
ron en  la  iglesia  de  San  Maurilio  en  Angers.  Otros  lo 
llevaron  á  Verona,  y  lo  colocaron  en  un  monasterio  ex- 
tramuros de  esta  ciudad.  En  la  diócesis  de  Milán,  en  el 
pueblo  de  Zibiti,  hay  una  iglesia  dedicada  á  Santiago, 
en  la  cual  también  se  creyó  que  se  hallaba  el  Cuerpo  del 
Apóstol  del  mismo  nombre  (1). 

Asunto  es  éste  que  no  debe  ser  tratado  ligeramente; 
y  para  proceder  con  la  necesaria  circunspección,  ade- 
lantaremos aquí  dos  advertencias,  que  ya  tuvo  presen- 
tes el  P.  Cúper  al  ocuparse  de  las  Reliquias  de  nuestro 
Apóstol  (2).  Es  la  primera,  que  ya  en  tiempo  de  Teodo- 
reto,  como  se  ve  en  el  Diálogo  Impatibilis,  era  fre- 
cuente tomar  una  pequeña  parte  por  el  todo  de  las  Re- 
liquias de  un  Santo.  In  Sanctorum  enim  Apostolorum,  dice 
el  elocuente  Obispo  de  Cyro,  vel  Prophetarum  aut  Marty- 
rum  aedes  sacras  ingressi  interrogamus:  Quis  situs  est  in  arca? 
Qui  autem  verum  norunt,  respondentes,  aut  Thomam  forte 
Apostolum  dicunt,  aut  Joannem   Baptistam  aut  Stephanum 


(1)  Empero,  Nicolás  Chorier,  para  no  dejar  del  todo  descontentos  y 
desairados  á  los  españoles,  asienta  en  su  Historia  general  del  Delfinado,  que 
el  Conde  de  Albon,  Gruigues  III,  inauguró  en  el  año  1107  las  peregrina- 
ciones á  Compostela  con  motivo  de  la  visita  que  en  dicho  año  hizo  á  este 
santuario  para  venerar  unas  reliquias,  que  se  reducían  á  la  cabeza  de  un 
santo  llamado  Jacobo,  que  había  sido  sepultado  en  la  iglesia  de  Echerolles, 
á  una  legua  de  Grenoble;  la  cual  cabeza  traída  á,  Galicia  se  convirtió  en 
cabeza  de  Santiago  el  Mayor.  Por  lo  visto,  el  espíritu  que  inspiró  los  falsos 
Cronicones  se  dejó  sentir  en  todas  partes;  sólo  que  en  unas  se  contentó  con 
enaltecer  las  cosas  domésticas;  en  otras  propendió  además  á  denigrar  ó  á 
obscurecer  las  ajenas. 

(2)  Act.  Sanct.,  loe.  cit. 


22  LIBBO   SEGUNDO 


Martyrum  antesignanum,  aut  aliurn  quempiam  ex  Sanáis  no- 
minantes, tametsi  perexignae  interdum  réliquiae  conditae  sint. 
Ahora,  si  es  fácil  tomar  por  el  cuerpo  entero  una  peque- 
ña parte,  mucho  más  fácil  será  tomar  esta  pequeña  par- 
te por  el  miembro  á  que  pertenezca. 

La  segunda  advertencia  sugerida  por  el  mismo  Pa- 
dre Cúper  en  los  números  59  y  68  de  su  eruditísimo  Co- 
mentario, es  que  hallándose  Compostela  en  posesión  del 
Cuerpo  de  Santiago,  los  que  pretendan  tener  también 
alguna  parte,  deben  alegar  manifiestos  testimonios  de 
su  traslación  (1).  Y  en  efecto,  muchos  son  los  pueblos 
que  se  jactan  de  poseer  alguna  Reliquia  de  Santiago; 
pero  no  todos  ostentan  títulos  para  acreditar  la  legiti- 
midad de  esta  posesión.  La  cabeza  de  Santiago  también 
se  la  atribuyeron  varias  iglesias.  Ya  hemos  visto  lo  que 
pretendían  los  de  Tolos  i.  En  Venecia  hubo  asimismo 
dos  monasterios,  el  de  San  Jorge  y  el  de  San  Felipe  y 
Santiago,  que  se  disputaban  tan  insigne  Reliquia.  Car- 
los Bartolomé  Piazza,  en  el  Hemerologio  Sacro  de  la  ciu- 
dad de  Roma,  colocó  también  la  cabeza  de  Santiago  en 
la  Basílica  de  los  Doce  Apóstoles;  Ferrari  en  el  Catálo- 
go de  los  Santos  de  Italia  en  una  iglesia  de  la  Diócesis 
de  Pavía;  y  Uglielli  en  la  Italia  Sacra  en  un  convento  de 
Amaííi  en  el  reino  de  Ñapóles.  Como  ya  notó  Cúper, 
ninguna  de  estas  iglesias  presentó  un  verdadero  y  legí- 
timo título  para  apoyar  su  pretensión. 

Más  adelante  hablaremos  de  las  Reliquias  que  de  la 
Santa  Cabeza  se  conservan  en  el  monasterio  de  San 


(1)  Cum  enim  Hispani  pi'íói'és  Siflt  tóiñpore...  etiaíii  potiores  sunt  jure, 
quod  illis  eripi  nequid,  nisi  producantur  manifiesta  translationis  illius  t©^ 
fltimonia,  (Núm.  59), 


LOS  TRES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  23 

Vaast,  diócesis  de  Arras,  en  la  iglesia  Ariense,  en  Pisto- 
ya  y  en  Toledo,  y  de  las  de  un  brazo  que  se  guardan  en 
Lieja. 

Brazos  aparecieron  igualmente  muchos  en  diversas 
partes  de  Europa.  Saussay,  en  el  Martirologio  Galicano, 
puso  uno  en  Trecas;  (xaetano,  en  el  Martirologio  siculo, 
puso  otro  en  Monreal  de  Sicilia;  Uglielli,  en  el  tom.  V  de 
la  Italia  Sacra,  otro  en  Torcelli  en  el  Véneto,  y  en  el  to- 
mo VII  otro  en  la  isla  de  Capri,  en  el  reino  de  Ñapóles; 
Jacobo  Grualla  otro  en  Pavía;  Onofre  Panvinio  otro  en 
San  Pablo  extramuros  de  Roma;  Gabriel  Bucelino  otro 
en  el  monasterio  Andecensi  de  Baviera.  Pero  para  ad- 
mitir la  autenticidad  de  todas  estas  Reliquias,  el  P.  Clí- 
per ya  requería  más  firmes  testimonios  que  los  que  se 
alegaban  (1). 

En  tres  ocasiones  principalmente  pudo  darse  lugar  á 
que  se  recogiesen  algunas  Reliquias  de  Santiago;  la  pri- 
mera al  tiempo  de  su  martirio  en  Jerusalén;  la  segunda 
al  dársele  sepultura  en  Arca  marmórica;  y  la  tercera  al 
tiempo  de  descubrirse  y  reconocerse  su  sagrado  Sepul- 
cro. Prescindiremos  de  la  primera,  aunque  en  el  tomo  I, 
pág.  61,  hemos  visto  cómo  sobre  el  lugar  de  su  martirio 
se  levantó  un  magnífico  templo  dedicado  á  su  santo 
nombre.  En  la  segunda  era  natural  que  los  fieles,  dado 
el  afán  que  siempre  mostraron  en  conservar  alguna  reli- 
quia que  fuese  como  prenda  de  amor  y  de  protección, 
procurasen  recoger  algún  objeto  de  los  que  habían  per- 
tenecido al  Apóstol,  antes  que  fuesen  inhumados  sus  sa- 


(1)  Sed  pro  his  ómnibus  reliquiis  etiam  firmiora  testimonia  requiriinus. 
- — Acerca  de  las  causas  á  que  deba  atribuirse  la  multiplicidad  de  reliquias 
de  un  mismo  santo  existentes  en  muy  diversas  partes,  véase  la  Disertación 
sobre  las  Reliquias,  art.  V,  del  P.  Honarato  de  Sta.  María. 


24  LIBEO   SEGUNDÓ 


grados  restos;  objeto  ú  objetos  que  serían  conservados  y 
trasmitidos  de  generación  en  generación  como  tesoro 
inestimable  de  salud  y  santificación.  De  esta  época  de- 
ben proceder  las  reliquias  de  que  hay  noticia  con  ante- 
rioridad al  descubrimiento  del  Sepulcro  á  principios  del 
siglo  IX.  Tales  son  las  que  existían  á  mediados  del  si- 
glo VIII  en  el  lugar  en  que,  en  el  año  757,  se  edificó  ó 
se  levantó  de  nuevo,  la  iglesia  de  Santiago  de  Meilán,  á 
media  legua  de  Lugo  y  á  orillas  del  Miño  (1),  las  de 
San  Pedro  de  Taberna,  monasterio  anejo  al  de  San  Vic- 
toriano en  Aragón  (2),  etc.,  etc. 

Por  último,  difícil  es  persuadirse  de  que  D.  Alfonso 
el  Casto  al  venir  á  Compostela  y  al  reconocer  y  contem- 
plar las  Reliquias  recien  descubiertas  de  Santiago,  no 
hubiere  recogido  alguna  para  enviársela  á  su  gran  ami- 
go Cario  Magno,  al  mismo  tiempo  que  le  daba  aviso  de 
tan  venturoso  hallazgo.  Esto  solía  hacer  el  Rey  Casto 
cuando  en  su  reino  tenía  lugar  algún  acontecimiento 
notable;  y  así  lo  hizo,  cuando  en  el  año  798  se  apoderó 
de  Lisboa,  el  cual  acontecimiento  notició  en  seguida  al 
Emperador  de  los  Francos,  enviándole  como  presente 
siete  moros  de  los  cogidos  en  el  botín.  Las  Reliquias  que 
sin  duda  D.  Alfonso  envió  á  Cario  Magno  fueron  el 
hueso  frontal  y  quizás  alguna  más.  El  frontal,  que  tam- 
bién fué  tomado  por  toda  la  cabeza,  fué  donado  poco 
después  por  Carlos  el  Calvo  al  Monasterio  de  S.  Vedasto 
ó  S.  Vaast  de  Arras    (3).  Y  justamente  el  frontal  es  el 


(1)  V.  Esp.  Sag.,  t.  XL,  Apend.  XI  y  Ápénl.  XII,  p.  Zfá.-Éecuer- 
dos  de  un  Viaje  á  Santiago,  pág.  104  y  105. 

(2)  V.  Briz,  Historia  de  San  Juan  de  la  Peña,  lib.  II,  cap.  XX, 
^3)     Acta  Sanctorum¡  tom.  VI  de  Julio;  al  día  25,  núm.  76-79, 


LOS  ÍBE9  PBIMEBÓS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTSLAÍTA  25 

único  hueso  cranial,  del  que  no  se  conserva  fragmento 
alguno  en  el  segundo  grupo  de  los  tres  en  que  clasifica- 
ron los  sagrados  restos  descubiertos  en  el  año  1879,  los 
tres  doctísimos   Profesores    encargados  de  verificar   el 
reconocimiento  y  clasificación  (1);  lo  cual  viene  á  cons- 
tituir un  gran  argumento  en  favor  de  lo  que  ya  desde 
un  principio  se  presumía;  á  saber,  que  el  segundo  grupo 
era  el  que  contenía  los  huesos  del  Apóstol  Santiago  (2). 
Debe  asimismo  tenerse  presente,  que  en  el  lenguaje 
comunmente  recibido,  no  sólo  se  da  el  nombre  de  reliquia 
á  cualquiera  fragmento  ó  partícula  de  los  huesos  de  un 
Santo,  ó  de  las  ropas  que  hubiese  usado  en  su  vida,  ó  de 
algún  utensilio  que  con  él  hubiese  estado  en  íntimo  con- 
tacto, sino  también  á  otros  objetos,  como  lienzos  ó  paños, 
brandea,  que  se  habían  tocado  á  los  cuerpos  de  los  Márti- 
res ó  á  sus  sepulcros  (3).  Tal  origen  debieron  tener  mu- 
chas de  las  Reliquias  de  Santiago. 


-**~€®^*4*- 


(1)  V.  el  Informe  6  dictamen  en  los  Recuerdos  de  Un  viaje  á  Santiago, 
Apénd.  I,  p.  110. 

(2)  Tal  vez  proceda  de  esta  ocasión  la  ampolla  llena  de  sangre  de  San- 
tiago, que  se  conserva  en  la  Iglesia  de  los  Santos  Apóstoles  en  Roma,  la 
cual  sería  hallada  por  Alfonso  II  con  Teodomiro,  en  el  sepulcro  de  Arca 
marmórica,  y  enviada  al  Papa  S.  León  III. 

(3)  V.  S.  Gregorio  M.,  Bpiat.f  lib.  III,  Ep.  XXX.  Ad  Constantiam  Aug, 


CAPÍTULO  II 


Construye  D.  Alfonso  el  Casio  una  Basílica  sobre  el  Sepulcro 
de  Santiago,  y  la  declara  Iglesia  Catedral  al  igual  de  la 
Sede  Iriense. — Instálase  el  Obispo  de  Iria,  Toodomiro,  en 
la  nueva  Basílica.— Funda  D.  Alfonso  dos  monasterios 
para  dar  más  realce  al  culto  en  la  Iglesia  Apostólica. 


A  visita  de  D.  Alfonso  á  Arca  marmórica  no 
fué  un  mero  acto  de  devoción,  sin  más  con- 
secuencias que  las  de  haber  satisfecho  el  Mo- 
narca un  impulso  de  su  corazón  piadoso. 
Bien  penetrado  estaba  D.  Alfonso  de  cuanto 
exigía  la  gloriosa  memoria  y  el  nom- 
bre del  Apóstol  de  España;  y  aunque, 
por  ventura,  no  lo  estuviera,  á  voces 
se  lo  dirían  las  muchedumbres  de  devotos  que  sin  cesar 
se  sucedían,  y  que  sin  reparar  en  que  estaban  á  cielo 
descubierto  y  expuestos  á  las  inclemencias  del  tiempo, 
se  postraban  fervorosos  ante  la  Tumba  Apostólica  im- 
plorando protección,  y  remedio  y  alivio  para  sus  nece- 
sidades. 

No  necesitaba  el  Rey  Casto  de  estos  estímulos;  y  sin 


28  LIBBO   SEGUNDO 


duda  en  prueba  de  cuan  sinceras  eran  sus  súplicas,  for- 
muló ya  desde  el  primer  momento  el  voto  de  hacer 
construir  un  templo  que  fuese  á  la  vez  monumento  eri- 
gido á  Santiago,  y  Casa  de  oración  en  que  se  tributasen 
alabanzas  al  Señor  por  las  maravillas  que  había  obrado 
en  su  Apóstol.  Y  Teodomiro,  si  no  se  anticipó,  secundó 
con  todo  ahinco  los  designios  del  Monarca.  ¡Con  qué  efu- 
sión no  celebraría  Misa  en  aquel  Altar,  por  tantos  siglos 
enterrado,  que  evocaba  tantos  recuerdos,  y  que  era  como 
el  anillo  que  sin  interrupción  enlazaba  los  tiempos  pri- 
mitivos con  los  actuales! 

El  medio  único  para  conseguir  todo  esto,  era  cons- 
truir allí  mismo  una  Cátedra  episcopal,  cimentada  sobre 
las  piedras  de  aquel  Sepulcro  que  contenía  los  restos  del 
gran  Maestro  de  la  Verdad  en  nuestra  Península.  La 
Compostélana,  dice,  que  el  Rey  Casto,  autorizado  con  el 
voto  de  muchos  Obispos,  siervos  de  Dios  y  varones  ilus- 
tres, trasladó  á  este  sitio  el  episcopado  de  Iria,  y  que  así 
lo  consignó  en  un  Real  Privilegio  (1).  D.  Alfonso  II  por 
su  parte  advierte,  que  cuando  vino  á  Arca  marmórica,  le 
acompañaban  los  Magnates  de  su  Corte,  fcum  Majoribas 
nostri  Palatii),  entre  los  cuales,  como  era  de  uso,  se  ha- 
bían de  contar  algunos  Prelados.  Era  muy  natural,  que 
viéndose  allí  reunidos,  discurriesen  y  deliberasen  acerca 
de  lo  extraordinario  del  caso,  y  aún  que  propusiesen  é 
insistiesen  en  la  conveniencia  de  realizar  lo  que  dice  la 


(1)  Ad  lioiioi'em  tanti  Apostoli  Eccleslam  reátaüíaüs,  Epíscopíüm  llien- 
Sis  Sedis  itt  hunc  locum,  qui  Compostella  dicitur,  multorum  Episcoporum  ac 
Bei  seívorutti,  nobiliümqüe  virorum  auctoritate,  atque  Kegali  privilegio 
commutavit.  (Lib.  I,  cap.  II,  núm.  1). 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAKA  29 

Compostelana.  Lo  cierto  es  que  el  ver  ya  desde  entonces 
erigido  al  lado  de  la  Basílica  un  baptisterio,  parece  re- 
velar el  propósito  de   construir  una  Basílica  episcopal. 

Sin  embargo,  la  fundación  de  D.  Alfonso  no  tuvo  el 
alcance  que  hacen  presumir  las  palabras  de  la  Composte- 
lana. El  Rey  Casto  no  mudó  la  Iglesia  de  Iria;  la  dejó 
en  el  mismo  ser  que  antes  tenía;  no  hizo  más  que  insti- 
tuir, por  su  parte,  la  nueva  Iglesia  de  Arca  marmórica 
con  la  categoría  de  Basílica  Catedral,  unida  á  la  de  Iria, 
fundada  por  el  mismo  Apóstol,  y  bajo  el  régimen  de  un 
mismo  Pastor,  el  cual  por  mucho  tiempo  continuó  lla- 
mándose Episcopus  Iriensis  et  Apostólicas  Sedis  (1). 

Mas  la  obra  de  la  iglesia  no  sufría  dilación:  las  pere- 
grinaciones cada  vez  iban  en  aumento;  los  prodigios 
cada  vez  más  portentosos  y  frecuentes;  los  votos  de  los 
fieles  pidiendo  albergue  sagrado  en  que  depositar  las 
ofrendas  de  su  corazón,  cada  vez  más  ardientes.  Con  toda 
premura  púsose,  pues,  manos  á  la  obra;  no  se  pensó  en 
hacer  un  edificio  grandioso  y  magnífico;  sólo  se  atendió 
á  satisfacer  cuanto  antes  las  necesidades  del  culto.  lu- 
ciéronse las  paredes  de  manipostería,  asentada,  no  con 
cal  que  estaba  lejos,  sino  con  barro;  y  cubriéronse  con 
un  sencillo  artesonado  (2). 

Mas,  como  D.  Alfonso  deseaba  al  mismo  tiempo  que 


(1)  Es  lo  que  dice  el  mismo  D.  Alfonso  II  en  su  Diploma  citado:  Irien- 
sem  Sedem  cum  eodem  loco  Sancto  coniunximus. 

(2)  Statuimus  aedificare  domum  Domini,  dice  D.  Alfonso  III  en  la  re- 
lación de  la  consagración  del  nuevo  á  fines  del  siglo  IX.  (Esp.  Sag.,  to- 
mo XIX,  Apénd.  p.  344),  et  restaurare  templum  ad  tumulum  Sepulchri  Apo- 
stoli,  quod  antiquitus  construxerat  divae  memoriae  dominus  Adefonsus 
Magnus  expetra  et  luto  opere  parvo. 


30  LIBEO  SEGUNDO 


el  culto  que  se  tributara  al  Apóstol  fuese  tan  asiduo 
como  fuera  posible,  dispuso  la  construcción  de  tres  igle- 
sias, como  se  ve  en  la  Escritura  de  Concordia,  tantas  veces 
citada,  la  cual  las  describe  sucintamente  en  esta  for- 
ma: Qui  pío  ut  erat  affectu  castimoniac  fcastimoniae)  dili- 
gens  sanctitatem,  statim  in  honor e  ejusdem  Apostoli  fabrícala 
ecclesia,  et  circa  eamdem  alteram  (altera)  in  honore  bsati  Bap~ 
tistae  Ioannis,  ante  ipsa  sancta  altarla  tertiam  non  modicam 
tria  continentem  altar ia,  primum  in  honor e  sancti  Salvatoris, 
secundum  in  honore  sancti  Pdri,  Apostolorum  Princlpis,  ter- 
tium  in  honore  beati  Ioannis  Apostoli,  construere  festinavit. 

Tenemos,  pues,  tres  iglesias,  la  de  Santiago,  la  de 
San  Juan  Bautista,  y  la  de  San  Salvador.  En  la  de  San- 
tiago se  conservó  en  cuanto  fué  posible,  el  antiguo  mo- 
numento apostólico;  ó  más  bien  la  nueva  obra  se  adaptó 
á  la  antigua,  construyendo  en  la  parte  anterior  un  cuer- 
po de  fábrica  del  mismo  ancho,  ó  sea  de  ocho  metros,  que 
viniese  á  ser  como  la  nave  que  precedía  al  ábside.  Efecto 
del  declive  del  terreno  y  de  lo  elevado  del  basamento 
del  antiguo  edificio,  que  en  proporción  era  bastante  lar- 
go, el  pavimento  de  la  obra  nueva,  quedó  como  un  me- 
tro más  bajo  que  el  de  la  antigua.  Esto  se  remedió 
construyendo  una  escalera  para  dar  acceso  desde  la 
nave  al  ábside.  No  se  tocó  al  altar,  que  se  dejó  estar  en 
su  mismo  sitio,  es  decir,  en  el  primitivo  edículo  y  sobre 
el  sepulcro  del  Apóstol;  lo  único  que  se  hizo  fué  cerrar 
con  paredes  los  costados  exteriores  del  monumento  en 
lugar  de  las  columnatas  ó  pretiles  que  había  en  un 
principio.  ^ 

Junto  á  esta  iglesia  por  la  parte  del  Norte  se  cons- 
truyó el  baptisterio,  dedicado  como  de  costumbre  á  San 
Juan  Bautista,  y  en  el  cual  acaso  se  colocó  ya  la  pila 


LOS  TEES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  31 

mm ______ _____________________________ __________________——--——. __________—-——-—---———•———-—-————.  i 

ó  cuba  que  aún  se  conserva  hoy  como  depósito  de  agua 
bendita  (1). 

Con  esto  parece  que  ya  quedaban  atendidas  las  más 
urgentes  necesidades  del  culto  y  aún  lo  más  preciso 
para  el  establecimiento  de  la  Cátedra  episcopal.  Pero 
D.  Alfonso  deseaba  más;  quería  que,  como  sucedía  en 
otros  famosos  santuarios,  fuesen  varias  las  comunidades 
dedicadas  á  cantar  las  alabanzas  del  Señor  en  torno  del 
Sepulcro  de  su  Apóstol,  quería  establecer  una  especie  de 
Laus  perennis  como  sucedía  en  el  célebre  monasterio  de 
Agaune.  A  este  fin,  al  Oriente  de  la  iglesia  de  Santiago, 
mandó  construir  una  tercera  iglesia,  bastante  capaz 
para  aquellos  tiempos,  con  tres  altares  dedicados,  el 
central  al  Salvador,  el  de  la  derecha  á  San  Pedro  y 
el  de  la   izquierda  á  San   Juan   Evangelista    (2). 

Esta  tercera  iglesia  la  destinó  D.  Alfonso  para  una 
Comunidad  de  Monjes  Benedictinos,  que  alternasen  con 
el  Clero  Catedral  de  la  iglesia  de  Santiago  en  los  oficios 
del  Coro  y  del  Altar.  Qui  supra  corpus  Apostoli  oficia  divi- 
na cantassent  et  Missas  assidue  célebrassent,  dice  la  referida 
Escritura  de  Concordia.  A  este  efecto  instaló  en  ella  como 
Abad  á  un  varón  de  gran  santidad,  llamado  Ildefredo, 


(1)  Huerta  (An.  de  Gal.,  t.  II,  lib.  VIII,  c.  X),  dice  que  el  baptisterio 
ó  iglesia  de  San  Juan  Bautista  estaba  al  Mediodía  en  la  plaza  de  la  Quinta- 
na; pero  D.  Alfonso  III  (Esp.  Sag.,t.  XIX,  p.  345),  la  coloca  ad  Aquilonem. 

(2)  Huerta  (An.  de  Gal.,  t.  II,  p.  315j,  partiendo  del  supuesto  de  que 
la  iglesia  de  Santiago  era  subterránea,  afirmó  que  la  iglesia  de  San  Salvador 
estaba  edificada  sobre  ella.  Esto  podía  decirse  hasta  no  hace  muchos  años; 
pero  después  de  las  exploraciones  que  se  hicieron  en  la  Capilla  mayor,  se 
halló  que  la  primitiva  iglesia  de  Santiago,  estaba  muy  lejos  de  ser  subterrá- 
nea, pues  su  pavimento  se  elevaba  sobre  el  nivel  del  terreno  cerca  de  dos 
metros.  La  cripta  que  hay  ahora,  se  hizo  extrayendo  el  escombro  que  relle- 
naba el  antiguo  basamento. 


32  LIBEO  SEGUNDO 


con  doce  Monjes,  á  los  cuales,  al  Oriente  de  la  iglesia, 
ó  como  se  decía  en  el  lenguaje  de  aquellos  tiempos, 
ante  la  iglesia  ó  los  altares,  les  señaló  solar  para  que  edifi- 
casen el  claustro  y  las  demás  dependencias  del  Monas- 
terio (1). 

Del  mismo  modo  que  hacia  la  parte  de  Oriente  se 
había  señalado  sitio  para  el  Monasterio,  ya  antes  se 
demarcara  hacia  la  parte  de  Mediodía,   lugar  para  la 


Primitiva  pila  bautismal  de  la  Catedral  de  Santiago. 


Canónica,  cuyas  obras  se  emprendieron  con  la  actividad 
que  es  de  suponer.  Al  acotar  D.  Alfonso  los  términos  del 
Monasterio,  ya  cita  el  dormitorio  de  los  clérigos  de  la 
Catedral,  cameram  clericorum  in  qua  dormiebant.  El  buen 


(1)  In  qua  (ecclesia  Sti.  Salvatoris)  abbatem  dominum  Ildefredum 
magnae  sanctitatis  virum  cum  monachis  custodiae  Apostoli  deputatis,  divi- 
no officio  mancipatis,  non  minus  quam  duodecim  constituit,  qui  supra  cor- 
pus  Apostoli  officia  divina  cantassent,  et  missas  assidue  celebrassent,  divi- 
densque  eis  ad  orientalem  partem  locuin  ante  ipsa  altaria  per  chartulam 
dotis,  ubi  claustrum  et  offi ciñas  secundum  tenorem  beati  Benedicti,  con- 
struerent.  (Escritura  citada). 

Cuando  á  fines  del  siglo  XI  se  ensanchó  la  Catedral,  gran  parte  de  este 
solar  quedó  comprendido  dentro  del  ensanche. 


LOS  TBES  PRIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELÁlfÁ  33 


N 


^^^rs 


PIMARIO 


Plano  conjetural  de  la  primitiva  Compostela  (' 


(*)     A.  Iglesia  Apostólica  de  Santiago:— B.  Iglesia  de  San  Salvador.—  C.  Iglesia  de  Santa 
Maria  de  la  Corticela  —  D.  Iglesia  de  San  Juan  Bautista  ó   Baptisterio.— E.   Palacio  Epis- 
copal.— F.  Dormitorio  de  los  clérigos  de  la  Iglesia  de  Santiago.— G.  Despensa  del  Cabildo.— 
H.  Lugar  de  la  Canónica.— J.  Torre  grande  que  estaba  en  el  foro  ó  plaza. 
Tomo  II.-3. 


34  '  LIBRO   SEGUNDO 


Teodomiro,  con  parte  del  Clero  Catedral  de  Iria,  había 
de  estar  seguramente  á  pie  firme  al  lado  del  Sepulcro, 
presenciando  enternecido  las  conmovedoras  escenas,  que 
allí  á  todas  horas  tenían  lugar.  Excusado  es  ponderar 
cuánto  él  no  activaría  además  los  trabajos  para  ver 
cuanto  más  antes  colmados  sus  deseos  de  poseer  un  local 
techado,  en  que  con  mayor  recogimiento  y  decoro  pu- 
diesen celebrarse  las  augustas  ceremonias  del  Culto. 

Entretanto  se  ejecutaban  estas  obras,  se  fué  acaban- 
do de  desmontar  el  bosque,  se  levantaron  tiendas  y  ba- 
rracas para  albergar  á  los  peregrinos,  á  los  operarios  y 
á  los  Ministros  del  templo,  se  establecieron  puestos  y 
mesas  surtidas  de  los  géneros  más  indispensables  para  la 
vida,  se  organizaron  provisionalmente  algunos  servicios, 
como  el  de  Cambiadores,  el  de  policía,  etc.;  y  aquel 
campo  agreste  hasta  entonces  desierto,  que  ya  comen- 
zaba á  ser  conocido  con  el  nombre  de  Campo  de  la  Estre- 
lla (Campus  Stéllae),  de  la  noche  para  la  mañana  vióse 
transformado  en  una  especie  de  animado  y  bullicioso 
campamento,  que  sirvió  de  núcleo  para  la  población,  que 
transcurridos  apenas  treinta  años,  ya  tenía  calles,  su 
foro  ó  plaza  pública,  y  estaba  circundada  de  murallas  y 
fortificaciones.  Pocas  veces  se  vería  brotar  como  aquí, 
de  un  sepulcro  una  corriente  tan  poderosa  y  eficaz  de 
animación  y  de  vida  social. 

No  se  hizo  esperar,  por  tanto,  el  solemne  día  de  la 
consagración  de  las  tres  iglesias.  D.  Alfonso  II,  con  toda 
su  Corte,  no  faltó  á  esta  cita;  y  dado  el  fervor  de  los 
pueblos,  la  piedad  de  los  Magnates  y  el  anhelo  de  los 
Prelados,  fácil  es  imaginar  con  qué  entusiasmo  y  con 
qué  explosión  de  los  sentimientos  religiosos  no  se  cele- 
braría tan  deseada  y  tan  memorable  fiesta. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  35 

D.  Alfonso  el  Casto,  que  no  quería  renunciar  al  ho- 
nor de  llamarse  fundador  de  dichas  iglesias,  debió  de 
hacerles  en  aquella  ocasión  grandes  donativos,  como  era 
de  rito  en  semejantes  casos.  Por  la  carta  de  dote  que 
dos  ó  tres  años  antes  había  otorgado  á  la  Santa  Iglesia 
de  San  Salvador  de  Oviedo,  podemos  formarnos  alguna 
idea  de  los  objetos  que  donaría  á  la  de  Santiago,  como 
velos,  frontales,  paños,  albas,  cruces,  cajas,  candeleros, 
cálices,  incensarios,  libros,  etc.,  y  además  algunos  sier- 
vos para  las  labores  más  comunes  de  la,  iglesia.  Todo 
esto  debió  de  consignarse  en  un  Diploma,  que  en  el 
lenguaje  de  entonces  se  llamaba  lestamentum^Privilegium, 
Cliarta,  ó  Chartula  dotis,  en  el  cual  se  expresaban  además 
las  fincas  ó  tierras  que  se  destinaban  para  sustento  del 
Clero  y  sostenimiento  del  Culto.  De  este  Diploma,  que 
no  pudo  omitir  D.  Alfonso  en  su  cualidad  de  fundador, 
pues  así  lo  exigían  los  Cánones,  no  ha  quedado  memoria 
alguna;  en  cambio  en  la  Escritura  de  concordia  con  el 
Abad  San  Fagildo  y  en  otros  documentos,  se  cita  la 
Chartulam  dotis,  que  otorgó  al  monasterio  de  Antealtares 
al  tiempo  de  su  fundación.  Sólo  el  Cron'cóyi  Iriense  dice  (1) 
que  D.  Alfonso  ofreció  muchos  dones  á  la  iglesia  de 
Santiago  multa  óbtulit  dona;  y  por  su  parte  la  Goronka  de 
Iría  escribe  que  dotou  o  sancto  lugar  con  moytos  doos  et  joyas. 
Según  la  Disciplina  entonces  vigente,  cuando  se  fun- 
daba alguna  iglesia  destinada  al  culto  público,  debía  de 
ser  dotada  por  lo  menos  con  los  diextros,  que  venían  á  ser 
un  coto  de  84  pasos  de  radio,  los  doce  más  inmediatos 
para  cementerio,  y  los  restantes  para  viñedo,  huerto  ó 
prado,  según  la  calidad  del  terreno.  D.  Alfonso  también 


(1)    Esp.  Sag.,  t.  XX,  p.  601. 


36  LIBEO  SEGUNDO 


donó  sus  diextros  á  la  Iglesia  Apostólica,  pero  en  la 
forma  que  luego  vamos  á  ver. 

Durante  estos  sucesos  gozaba  la  España  cristiana  de 
una  larga  tregua,  porque  abatidos  y  desalentados  los 
Árabes  con  el  desastre  de  Lutos,  ó  Llamas,  cerca  de  Can- 
gas y  Tineo  en  el  año  793,  no  volvieron  á  molestarla  tan 
pronto.  Sin  embargo,  no  renunciaron  á  su  propósito  de 
exterminar  el  reino  cristiano,  y  sólo  esperaban  rehacer- 
se para  volver  con  mayores  bríos  y  mayor  pujanza  al 
ataque  y  tomar  con  largas  creces  el  desquite.  Por  este 
lado  esperaban,  pues,  á  los  Cristianos  terribles  y  durí- 
simas pruebas.  Pero  no  era  menos  fiero  y  cruel  el  enemi- 
go, que  por  la  parte  del  Norte  amagaba  á  toda  España, 
y  en  particular  á  Galicia.  Y  en  estos  críticos  momentos 
fué  cuando  apareció  el  Sepulcro  de  Santiago  como  para 
infundir  en  los  Cristianos  nuevo  vigor,  y  comunicarles 
nuevos  alientos  con  la  firme  esperanza  de  su  presencia 
y  de  su  protección. 

En  efecto,  en  el  año  820  vióse  invadida  Galicia  por 
dos  poderosos  ejércitos,  uno  de  los  cuales  penetró  por 
Portugal,  y  el  otro  por  la  frontera  del  Este.  Muchos  de 
los  guerreros  que  habían  corrido  á  Arca  marmórica  para 
presentar  al  Santo  Apóstol  el  tributo  de  su  amor  y  ve- 
neración, ó  que  habían  asistido  fervorosos  al  acto  de  la 
consagración,  tuvieron  ahora  que  acudir  al  sitio  del 
peligro.  El  ejército  que  había  entrado  por  Portugal,  fué 
deshecho  en  Anceo,  hacia  Puente  San  Payo;  la  misma 
suerte  tocó  al  otro  que  había  entrado  por  la  frontera 
del  Este;  fué  desbaratado  en  Ñaharón,  ó  Narón  hacia 
Chantada. 

De  esta  manera  quiso  dar  á  entender  Santiago,  con 
qué  especial  carácter  quiso  aparecer  en  aquellas  circuns- 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  37 

tancias,  con  el  de   Guerrero,   Defensor  y  Protector  de 
España. 


i  .■«■i»  ii 


Fotografía  de  .).  Limia,  Fotograbado  de  Lnporta. 

Viñeta   del  Tumbo  A,  que  representa  á  D.   Alfonso  II. 


Don  Alfonso  II  había  dado  repetidas  pruebas  do  su 


38  LIBRO  SEGUNDÓ 


gran  devoción  al  Apóstol  Santiago.  En  el  año  829  dio 
un  nuevo  testimonio  de  su  generosidad  y  munificencia 
para  con  la  Iglesia  del  Santo  Patrón,  otorgándole  el  se- 
ñorío del  territorio  comprendido  en  el  radio  de  tres 
millas  en  torno,  in  giro,  de  la  Iglesia  Apostólica. 

He  aquí  este  importante  documento,  según  se  lee  en 
el  folio  1  vuelto  del  Tumbo  A: 

Adefonsus  rex  per  huius  nostre  serenitatis  iussioneni  danius  et 
concedimus  huic  boato  iacobo  apostólo,  et  tibí  patri  nostro  teodo- 
miro  episcopo  tria  milia  in  giro  ecclesie  (1)  beati  iacobi  apostoli. 
huius  enim  beatissinii  apli.  pignora  uidelicet  sanctissimum  corpus 
reuelatum  est  in  nostro  tempore.  Quod  ego  audiens  cum  magna 
deuocione  et  supplicatione  ad  adorandum  et  uenerandum  tam 
preciosum  tesaurum  cum  maioribus  nri.  palacii  cucurrimus  et 
eum  sicut  patronum  et  dominum  tocius  hyspanie  cum  lacrimis  et 
precibus  multis  adorauimus.  et  supradictum  munusculum  ei  uolun- 
tarie  concessimus.  et  ob  honorem  eius  ecclesiam  construí  iussimus. 
et  iriensem  sedem  cum  eidem  loco  sancto  coniunximus.  pro  anima 
nostra  et  parentum  nostrorum.  quatinus  hec  omnia  deseruiant  tibi 
et  successoribus  tuis  per  sécula  cuneta,  facta  scriptura  testamenti 
in  era  DOCCLXVII  et  quot.  pridie  nonas  septembris. 

Ego  adefonsus  rex  hoc  meum  factum  confirmo. 
Henamirus  confirmo.  Brandila  presbyter  confirmo. 

Sancius  confirmo.  Ascarius  abba  confirmo. 

Oueco  confirmo.  Vitenandus  confirmo. 

De  cláusula  tan  escueta  como  es  aquella:  damus... 
tria  milia  in  giro  ecclesie,  no  se  desprende  qué  alcance 
tenía  esta  concesión;  pero  por  otros  privilegios  análogos 


(1)  Sobre  Ecclesie  se  escribió  en  el  siglo  XIII  Tumbe.  El  P.  Flórez 
en  el  ejemplar  que  publicó  entre  los  Apéndices  del  tomo  XIX  de  la  España 
¡Sagrada,  unió  Tumbe  con  Ecclesie, 


LOS  TEES  PKIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  39 

se  viene  en  conocimiento  de  lo  que  quería  donar  Don 
Alfonso.  El  Rey  Casto  no  dio  la  propiedad  de  todo  este 
territorio,  sino  ciertos  derechos  jurisdiccionales  que  pue- 
den reducirse  á  dos:  1.°,  el  de  percibir  todos  los  tributos 
reales  y  personales,  gravasen  ora  sobre  las  personas,  ora 
sobre  las  tierras,  que  se  debían  al  fisco  regio;  y,  2.°,  ad- 
ministrar justicia,  hacer  efectivas  las  multas  y  ejecutar 
embargos  sin  intervención  alguna  de  toda  persona  extra- 
ña á  la  Iglesia  (1). 

El  Cronicón  Iriense  señala  los  límites  de  este  territorio 


(l)     V.  Fueros  Municipales  de  Santiago   y  de  su  tierra,  t.  I,  c.  III, 
pág.  53.— Como  este   asunto  es  de   alguna  trascendencia,    al  menos  por 
lo  que  toca  al  primer  punto,  nos  detendremos  algún  tanto  para   que  sepa- 
mos á  qué  atenernos  en   otras  concesiones  análogas  hechas  por  los  Reyes. 
El  tributo  ó  censo  que  se  pagaba   á   la   Iglesia   dentro   del   coto   de  las 
tres  millas  en  virtud  de  la  donación  de  D.  Alfonso  el  Casto,  era  el  llamado 
cuadragesimal,  que  según  un  Privilegio  otorgado   por  D.  Orcloño  II  á  la 
misma  Iglesia  en  30  de  Mayo  de  912,  tenían  que  pagar  en  Galicia  al  Real 
Señorío  todos  los  siervos  fiscales  ó  del   Real  Patrimonio  restaurados  ó  de- 
clarados libres  é  ingenuos.   Sicuti  ceteri  ex  provincia  Oallaeciae  tributum 
quadragesimale  per  agentes  huic  Loco  Apostólico,  quod  soliti  sunt  ad  partem 
Dominicam  peragere.  De  este  tributo  cuadragesimal  se  hace  también  men- 
ción en  la  Gompostelana,  lib.  I,  cap.  XC  VI,  p.  179.  Y  ¿qué  venía  á  ser  el  tal 
tributo?  D.  Ordoño  III,  en  un  Privilegio  de  11  de  Noviembre  de  952,  aclara 
algo  más  este  punto  con  las  siguientes  palabras:  Persoluant  censum  fiscalem 
sicuti  alia  plebs  commissalta.  Según   esto,  el  tributo  cuadragesimal  que  se 
daba  en  las  tierras  de  la  Iglesia  compostelana,  venía  á  ser  el  mismo  que  se 
pagaba  en  los  commissos  ó  encomiendas  á  los  Condes  ó  Magnates  que  los  te- 
nían por  Real  concesión.    Lo  que  á  fine3  del  siglo  XII  se  pagaba  á  los  que 
tenían  tales  encomiendas,  era,  cada  vecino,  excepto  I03  pobres,  una  talega  de 
60  puñados  de  trigo,  otra  de  cebada,  ocho  dineros  y  una  gallina.  (V.  Fueros 
municipales  de  Santiago...,  t. 1,  c.  XI,  ps.  152  y  153).  En  esto,  pues,  debía 
consistir  poco  más  ó  menos  el  tributo  cuadragesimal,  que  se  pagaba  en  los 
siglos  IX  y  X.  Y  sin  duda  se  pagaba  en  la  Cuaresma,  porque  siendo  ésta  la 
época  del  año  en  que  se  preparaban  las  expediciones  militaresj  ne ^sitaban, 


40  LIBBO  SEGUNDO 


por  Siaonia  (Sionlla?),  Lestetum  (Leste do),  Villam  Astructi 
(Villestro?)  y  el  Tambre.  A  todos  estos  sitios  desde  San- 
tiago hay  por  lo  menos  seis  millas;  por  lo  tanto,  es  de 
creer  que  el  autor  del  Cronicón  confundió  la  acotación 
de  D.  Alfonso  el  Casto  con  la  que  hizo  D.  Ordoño  I  al 
alargar  el  coto  hasta  seis  millas. 

El  P.  Flórez  (1)  identificó  este  Privilegio  de  D.  Alfon- 
so II  concediendo  las  millas,  con  el  que  otorgó  al  Abad 
Ildefredo  señalándole  el  solar  del  monasterio.  En  el 
primer  Diploma  dirigido,  como  hemos  visto,  á  Teodomi- 
ro,  ni  la  más  mínima  mención  se  hace  del  monasterio; 
por  lo  que  el  Privilegio  otorgado  á  éste  era  distinto  ó 
independiente.  Cónstanos  lo  substancial  de  su  contenido 
por  otro  Privilegio  concedido  por  D.  Alfonso  VII  á  Ante- 
altares en  el  año  1147.  Según  este  documento,  el  solar 
cedido  por  el  Rey  Casto  al  monasterio,  comprendía  la 
actual  capilla  del  Salvador  ó  del  Rey  de  Francia  en  la 
Catedral;  la  capilla  de  San  Juan  Apóstol;  desde  aquí  la 
línea  divisoria  se  dirigía  á  espaldas  de  la  iglesia  de 
Santa  María  de  la  Corticela;  luego,  siguiendo  el  muro  de 
la  ciudad,  á  una  torre  que  estaba  sobre  la  plaza  de  la 
Quintana,  y  después  á  otra  torre  mayor  que  debía  estar 
próximamente  en  el  ángulo  que  hoy  forma  la  plaza  de 
Cervantes  con  la  calle  del  Preguntoiro;  bajaba  en  segui- 


los  Condes  ó  Comenderos  allegar  fondos  y  recursos  para  poder  incorporarse 
Con  su  respectiva  mesnada  á  la  hueste  del  Rey. 

Una  diferencia  había  entre  los  commissns  dados  á  los  magnates  y  los 
dados  á  las  iglesias;  los  primeros  eran  dados  sólo  por  el  tiempo  de  la  vo- 
luntad del  Monarca;  los  segundos  con  carácter  de  perpetuidad.  Sin  embargo, 
al  tiempo  de  subir  al  Trono,  procuraba  cada  Monarca  prestar  su  personal 
Confirmación  á  estas  concesiones   hechas  por  sus  antecesores  á  las  iglesias. 

(1)     Esp.  Sag.,  t.  XIX,  c.  VI,  n.°  5. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.   COMPOSTÉLAÍÍA  4Í 

da  á  la  casa  de  la  Canónica,  ó  sea  la  actual  Casa-correo; 
y  por  último  cogía  la  capilla  de  San  Pedro  dentro  de  la 
actual  Basílica  (1). 

Sandoval  (2),  Argaiz  (3),  y  después  de  él,  Huerta  (4), 
el  P.  Foyo  y  otros  autores  pretendieron  que  estos  mon- 
jes de  Antealtares,  que  según  el  primero  de  los  autores 
citados,  D.  Alfonso  II  había  traído  del  monasterio  de  San 
Cipriano  de  Calogo,  cerca  de  Villanueva  de  Arosa,  fue- 
ron por  mucho  tiempo  los  únicos  ministros  del  templo  de 
Santiago,  con  exclusión  de  toda  otra  comunidad.  Qui- 
siéramos que  nos  dijese  a  estos  autores,  qué  fué  entonces 
lo  que  hizo  el  Rey  Casto  cuando  dispuso  la  unión  de  la 
Sede  de  Iria  con  el  Lugar  Santo  de  Santiago  (Iriensem 
Sedem  cum  eodem  loco  Sancto  coniunximusj;  porque  si  la  igle- 
sia, había  de  ser  sólo  para  monjes,  la  asistencia  del  Obis- 


(1)  Confirmo  vobis  situnn,  — dice  D.  Alfonso  VII, —  eiusdem  nionasterii 
cum  omni  gyro  suo,  sicuti  Rex  dominus  Adefonsus  dictus  Castus...  cum 
assensu  Iriensis  Episcopi  domini  Teodomiri  et  totius  eiusdem  Ecclesiae 
Iriensis  Capituli,  olim  abbati  domino  Udefredo  suisque  monachis  fortissimo 
privilegio  cum  omni  libértate  donavit.  .  per  haec,  videlicet,  loca  nominata, 
quomodo  incipitur  ab  Ecclesia  Sancti  Salvatoris  et  per  altare  Sancti  Ioannis, 
et  pergit  directe  ad  fundamentum  ecclesiae  Sanctae  Mariae  usque  in  di- 
rectum  ad  murum  de  turre  minore,  et  deinceps  per  ipsum  murum  ad  turrim 
maiorem,  unde  solebant  daré  praeconia  in  foro;  delibero  vobis  calles  inter 
utramque  turrem,  sicuti  in  praefato  privilegio  continetur;  et  de  ipsa  turre 
maiore  cui  vaditur  in  circuitu,  et  vadit  ad  solium  Dominorum  et  ad  apo- 
tecam  canonicorum  et  in  directuurad  cameram  clericorum,  in  qua  tune  tem- 
poris  dormiebant;  inde  in  directum  ad  altare  Sancti  Petri,  et  concludit  ad 
altare  Sancti  Salvatoris  ubi  prius  incepimus....  (Yepes,  Coron.  gen.  de  San 
Benito,  t.  IV,  Apénd.  VIII).— Según  esto,  el  solar  del  monasterio  estaba  en 
íntimo  contacto  con  la  Iglesia  Apostólica  y  con  la  Canónica. 

(2)  Cinco  Obispos,  ed.  de  Pamplona,  1634,  p.  194  y  siguientes. 

(3)  La  Soledad  laur.,  t.  III,  p.  329. 

(4)  Anal  de  Gal,  t.  II,  libro  VIII,  c.  X. 


42  tilBRÓ  SEGUNDÓ 


po  no  podría  menos  de  considerarse  como  una  abusiva 
ingerencia. 

Léase  también  este  párrafo  del  Privilegio,  que  en  el 
año  1115  otorgó  D.  Diego  Grelmírez  á  San  Martín  Pina- 
rio  (1),  el  cual  párrafo,  á  pesar  de  sus  erratas,  viene  á  ser 
como  un  comentario  ó  explanación  de  la  frase  de  D.  Al- 
fonso II:  Postquam  vero  Teodomiro  rever  endissimo  Iriense 
Eplscopo  beatissimo,  sacratissima  revelatio  et  sancti  tumulatio 
apud  Compostellam  tempore  Principis  domini  Adefonsi  Casti... 
tune  dignis  illustrium  Episcoporum  testimoniis  cognitaet  reperta, 
praesente  eodem  Principe  honorifice  consecratur  et  ubique  divul- 
gatur,  eommuni  consensu  utile  visum  fuit,  ut  Iriense  Episco- 
pium  ad  liunc  Apostolicum  transferretur  locum,  ubi  antistites 
post  leodomirum,  et  Ataulfus  et  ítem  Adaulfus  sanctam  duxere 
vitam. 

No  eran  incompatibles  entonces  dos  y  tres  comunida- 
des sirviendo  en  un  mismo  templo,  como  hemos  visto. 
Además,  al  señalar  D.  Alfonso  II  el  solar  del  monasterio, 
designa  como  lindes  el  solium  dominorum,  la  apoteca  cano- 
nicorurn,  la  camera  clericorum;  y  todo  esto  nada  tiene  que 
ver  con  el  monasterio.  Hubo,  pues,  además  de  la  co- 
munidad monacal,  otra  secular  dedicada  al  servicio  del 
templo  apostólico;  y  ésta  fué  la  que  prestó  el  consen- 
timiento para  que  D.  Alfonso  II  pudiese  desmembrar  el 
terreno  necesario  para  la  construcción  del  monasterio; 
cum  assensu  Iriensis  Episcopi  domini  Teodomiri  et  totius  eius- 
dem  Ecclesiae  Iriensis  capituli.  No  necesitaba  por  cierto 
D.  Alfonso  este  consentimiento,  si  no  se  hallasen  ya  allí 
instalados  el  Obispo  y  el  Clero  iriense. 

Así  lo  reconoce  el  P.  Yepes  en  la  Coronica  general  de 


(1)    Yepes,  Coron.  gen,  de  S.  Benito,  t.  IV,  Ap.  XII. 


LOS  ÍSES  PBIMEBÓS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSÍELANA  43 

San  Benito  (1),  el  cual  después  de  citar  al  Líber  Pontificalis 
de  Roma  y  á  Platina,  concluye:  «Destas  autoridades, 
curioso  lector,  verás  con  luz  más  clara  que  la  del  medio- 
día, que  en  los  templos  más  principales  de  Roma  quales 
son  San  Pedro  y  San  Pablo,  San  Juan  de  Letrán,  Santa 
María  la  Mayor,  San  Lorenzo,  auia  Monasterios  de  mon- 
ges,  que  si  bien  no  eran  los  principales  que  gouernauan 
aquellas  yglesias,  pero  eran  miembros  muy  esenciales  de 
ellas,  y  las  tenían  rodeadas  estando  muy  cerca  para 
poder  acudir  con  puntualidad  a  hazerlos  oficios  diuinos. » 
Luego  añade,  que  este  estilo  y  modo  de  vivir  se  extendió  en 
algunas  iglesias  de  España  y  en  particular  á  la  de  San- 
tiago. 

Según  resulta  del  Liber  Pontificalis  (2)  las  Basílicas 
de  Roma  por  este  tiempo  (en  tiempo  de  San  León  III, 
795-816),  tenían  anejos  los  monasterios  siguientes:  la  de 
San  Pedro  los  de  San  Juan  y  San  Pablo,  San  Esteban 
Mayor,  San  Esteban  Menor  y  San  Martín;  la  de  Letrán 
los  de  San  Pancracio,  San  Andrés  y  San  Bartolomé  y 
San  Esteban;  la  de  San  Pablo  ios  de  San  Cesario  y  San 
Esteban;  la  de  Santa  María  la  Mayor,  los  de  San 
Andrés,  San  Adrián, .  y  San  Cosme  y  San  Damián;  y  la 
de  San  Lorenzo  los  de  San  Casiano  y  San  Esteban. 

Volviendo  ahora  al  Privilegio  de  las  tres  millas,  re- 
petimos que  éste  no  fué  el  único  que  D.  Alfonso  concedió 
á  la  Iglesia  de  Santiago.  En  el  Tumbo  A  de  esta  Santa 
Metropolitana  Iglesia,  ha}^  un  mandato  de  D.  Alfonso  III 
dirigido  á  Lucido  y  á  Aldroito  para  que  entreguen  á  la 
Iglesia  del   Apóstol   las  villas   de  Cesar,   San   Julián  y 


(1)  Tomo  III,  al  año  761.  fol.  226. 

(2)  Ed.  de  Duchesne,  t.  II,  p.  22. 


44  LIBRÓ   SEGUNDO 


Pazo  en  la  comarca  de  Sarria,  las  cuales  había  donado 
á  dicha  Iglesia  su  abuelo  de  buena  memoria  D.  Alfonso, 
sicut  eas  havus  noster  dive  msmoríe  domnus  Adefonsus  jam 
dudum  Sancho  lacóbo  apostólo  concessit.  Hubo,  pues,  otro  Di- 
ploma en  que  el  Rey  Casto  concedió  las  mencionadas 
villas,  cuya  donación  pudo  muy  bien  ir  incluida  en  la 
Carta  de  dote  otorgada  al  tiempo  de  la  consagración  de 
la  Iglesia  del  Apóstol. 

Resta  averiguar  ahora,  ya  que  damos  por  supuesto  que 
había  comunidad  seMilar  en  la  Iglesia  de  Santiago,  qué 
Regla  era  la  que  seguían  los  Clérigos  adscriptos  en  ella. 
Por  de  pronto  guardaban  la  vida  común,  pues  tenían  un 
mismo  refectorio,  un  mismo  dormitorio  y  un  mismo  ves- 
tuario. Según  Sandoval,  en  el  lugar  citado,  esta  Regla 
no  era  otra  que  la  monacal,  que  era  la  única  que  enton- 
ces, si  hemos  de  prestarle  fe,  se  conocía.  Mas  en  esto  el 
erudito  cronista  de  Carlos  V,  en  su  afán  de  contradecir 
á  D.  Mauro  Castellá,  se  equtvo3Ó  grandemente.  El  Con- 
cilio de  Aquisgrán,  celebrado  en  el  año  816,  distingue 
con  toda  claridad  en  los  cánones  XCVII  y  CXV,  la  Re- 
gla canonical  de  la  monástica,  y  en  el  canon  CXXV  re- 
prende severamente  á  los  Canónigos  que  pretendan  usar 
cogulla  ó  hábito  monástico. 

Verosímilmente,  la  Regla  que  hubo  de  adoptar  el 
Cabildo  compostelano  debía  de  ser  la  prescrita  en  este 
mismo  Concilio  de  Aquisgrán.  En  el  canon  CXVII,  se  or- 
dena que  en  los  claustros  de  los  Canónigos  haya  dormi- 
torios, refectorios,  despensas  y  las  demás  piezas  necesa- 
rias para  los  hermanos  que  vivan  en  vida  común  (1).  Por 


(1)  Sint  etiam  interius  dormitoria,  refectoria,  cellaria  et  ceterae  habita- 
tiones,  usibus  fratrum  in  una  societate  viventium,  necessariae.  (Labbé  y 
Cossart,  Sacrosancta  Concilla;  ed.  de  Venecia,  1729,  tom.  IX). 


LOS  TEES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  45 

la  escritura  que  hemos  citado  de  D.  Alfonso  VII  (1), 
vemos  que  en  tiempo  del  Rey  Casto  ya  los  Canónigos 
tenían  dormitorio  ó  casa  de  morada  (solium  doyninorum) , 
despensa  ó  bodega  (apoteca  canonicorum)  y  dormitorio 
(camera  clericorum,  in  qua  time  temporis  dormiebant).  Era 
lo  que  exigía  el  Concilio  de  Aquisgrán  para  constituir 
vida  reglar  canonical,  y  por  lo  mismo  debemos  creer  que 
los  Canónigos  compostelanos  adoptaron  desde  el  prin- 
cipio la  Regla  propuesta  en  el  referido  Concilio. 

Aymerico,  ó  quien  quiera  que  sea  el  autor  del  li- 
bro V  del  Códice  de  Calixto  II,  dice  que  los  Canónigos 
de  Santiago  seguían  la  Regla  de  San  Isidoro.  BU.  Isidori 
Hispaniensis  doctoris  regulam  tenentes.  Del  gran  Doctor  es- 
pañol se  sabe  que  compuso  una  Regla  monacal,  que  fi- 
gura entre  sus  obras.  De  Regla  canonical  hay  un  lige- 
rísimo  bosquejo  en  la  Carta  que  el  Santo  escribió  al 
Obispo  Leudefredo  (2);  pero  nada  se  halla  aquí  en 
concreto  del  método  de  vida  que  debían  seguir  los  Ca- 
nónigos. Por  tanto,  entendemos  que  las  palabras  de 
Aymerico  deben  referirse  al  texto  del  Oficio  Divino  y  á 
la  distribución  de  las  Horas  Canónicas. 

Una  vez  que  los  Canónigos  de  Santiago  vivían  en 
comunidad  y  ad  instar  coenóbii,  como  dice  Paulo  Diácono 
de  los  de  San  Chrodegango,  no  son  de  extrañar  las  expre- 
siones que  se  les  aplican  en  los  antiguos  diplomas,  como 
Regula  Sancta,  congregatio,  fratres  y  aun  monachi;  las  cua- 
les expresiones  tanto  hicieron  cavilar  á  Sandoval, 
Argaiz,  Foyo  y  otros,  acabando  por  extraviarlos,   y  ha- 


(1)  Pág.41. 

(2)  Divi  Isidori,  Hispakvsis  Episcopi,  opera;  tomo  II,  p.  518;  Madrid, 
1778. 


46  LIBEO  SEGUNDO 


cerles  creer  que  se  trataba  de  verdaderas  comunidades 
de  monjes. 

En  el  canon  CXLII  del  mencionado  Concilio  Aquis- 
granense,  se  da  por  supuesto  que  los  Canónigos,  que  te- 
nían morada  propia,  podían  residir  en  ella  sin  infrac- 
ción de  la  Regla  canonical  (1);  pero  al  mismo  tiempo  se 
ordena  que  se  construyan  casas  para  los  ancianos  y  en- 
fermos, que  por  ventura  no  las  tuvieran.  Es  verosímil 
que  esto  se  hiciese  ya  en  aquellos  primeros  tiempos;  pero 
consta,  como  más  adelante  veremos,  que  bajo  el  Pon- 
tificado de  Sisnando  I  se  llevó  á  debida  ejecución.  Por 
lo  que  toca  á  los  Canónigos  hacendados,  como  resulta 
de  los  cánones  CXXI  y  CXXII,  no  estaban  excluidos  de 
participar  de  la  ración  de  pan  y  vino,  que  se  distribuía 
en  la  Canónica,  ni  de  las  comidas  que  en  ciertas  solem- 
nidades tenía  el  Cabildo,  ni  de  los  demás  emolumentos 
que  se  repartían  entre  los  servidores  de  la  iglesia  (2). 

Echábase  de  menos  en  la  Basílica  del  Apóstol,  una 
capilla,  un  oratorio  dedicado  á  Aquella  que  es  la  princi- 
pal medianera  de  nuestros  ruegos  y  de  nuestras  súpli- 
cas, á  Aquella  que,  si  es  verdadera  Madre  del  Señor,  en 
cuya  mano  está  el  dispensarnos  todo  bien,  no  lo  es  me- 
nos de  los  miserables,  que  á  todas  horas  se  ven  acosados 
de  trabajos  ó  perseguidos  por  el  infortunio.  Pronto  se 
remedió  esta  falta;  y  del  lado  del  Norte,  cerca  del  Bap- 
tisterio, se  levantó  un  oratorio  bajo  el  título  de  Santa 


(1)  Quamvis  Canonicis  proprias  licitum  sit  habere  mansiones,  debet 
tamen  a  Praelato  mansio  infirmorum  et  senum  intra  claustra  Canonicorum 
fieri,  ut  qui  suam  forte  non  habent,  in  eadem  suam  possint  aptissime  tole- 
rare imbecillitatem. 

(2)  La  Canónica  ocupaba  todo  el  lado  Sur  de  la  plaza  de  la  Quintana  y 
parte  de  la  actual  Basílica. 


LOS  TRES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  47 

María;  en  el  que  se  comprometió  á  celebrar  los  Divinos 
Oficios  una  nueva  comunidad  de  monjes  benedictinos 
bajo  el  régimen  del  Abad  ítanualdo;  la  cual  estableció 
su  vivienda  en  una  casa  llamada  de  Besulio  (acaso  del 
nombre  del  donante),  en  el  lugar  de  P¡ guarió  ó  Pinario, 
sitio  un  tanto  separado,  pero  en  la  misma  dirección  y 
hacia  donde  hoy  se  halla  la  iglesia  conventual  de  San 
Martín.  Como  el  nuevo  oratorio  estaba  tocando  con  las 
cercas  de  la  Apostólica  Basílica,  recibió  el  nombre  de 
Corticella  (1).  Tal  fué  el  humilde  origen  del  famoso  mo- 
nasterio de  San  Martín  Pinario. 

La  Compostelana  (2)  atribuye  á  Sisnando  I  la  funda- 
ción de  San  Martín.  También  atribuye  al  mismo  Prela- 
do la  fundación  de  Antealtares  y  la  de  San  Félix  de 
Lobio.  Como  es  evidente  que  dichas  iglesias  existían  an- 
tes de  Sisnando  I,  las  palabras  de  la  Compostelana  sólo 
habrán  de  entenderse  de  reedificaciones  ó  de  notables 
concesiones.  Flórez  (3),  que  niega  á  Sisnando  I  la  fun- 
dación de  la  Corticela,  pues  confiesa  que  esta  iglesia  es 
más  antigua,  la  atribuye  á  Alfonso  III  al  tiempo  de  re- 
edificar la  Basílica  del  Apóstol;  pero  esto  es  afirmar  lo 
que  antes  había  negado;  porque  en  la  reedificación  de 
la  Basílica  tanta  parte  tuvo  Sisnando  I  como  D.  Alfon- 
so III.  Como  luego  veremos,  el  monasterio  de  la  Corti- 
cela ya  existía  en  tiempo  de  Alfonso  II. 

Aunque  el  lugar  de  Arca  marmórica  por  su  alejamien- 
to de  la  frontera  de  los  moros  estaba,  al  parecer,   al 


(1)  En  el  latín  de  la  Edad  Media  curtís  significaba  terreno  ó  solar  cer- 
cado. Aún  hoy  en  gallego  cortina  quiere  decir  heredad  cercada. 

(2)  Lib.  I,  cap.  II,  nú  ni.  3. 

(3)  Esp.  Sag.,  t.  XIX,  c.  III,  números  10  y  11. 


48  LIBRO  SEGUNDO 


abrigo  de  cualquiera  golpe  de  mano;  sin  embargo,  la  ex- 
periencia enseñaba  que  nada  podía  darse  por  seguro  an- 
te la  audacia  y  genio  aventurero  de  los  árabes.  Hacia 
el  año  788  habían  invadido  á  Asturias  y  entraron  en 
Oviedo.  Fuerza  fué,  pues,  poner  al  Lugar  Apostólico  de 
Compostela  en  condiciones  de  poder  resistir  y  rechazar 
cualquiera  embestida,  que  era  de  temer  á  la  hora  menos 
pensada;  y  Teodomiro,  de  acuerdo  con  D.  Alfonso  II,  hi- 
zo rodear  su  nueva  ciudad  episcopal  con  fuertes  mura- 
llas flanqueadas  con  torres  y  baluartes.  El  perímetro  de 
estos  muros  venía  á  describir  como  un  rectángulo,  cuyos 
lados  más  largos  estaban  en  dirección  de  Oriente  á  Po- 
niente (1).  El  lado  menor,  que  miraba  á  Oriente,  abraza- 
ba, con  poca  diferencia,  el  espacio  que  hay  entre  la  es- 
quina de  la  plaza  de  Cervantes  y  la  de  la  bajada  á  la 
Fuente  Sequelo.  El  lado  opuesto,  que  decía  á  Poniente, 
comprendía  todo  el  espacio  que  hoy  ocupa  la  fachada 
occidental  de  la  Basílica  con  parte  del  Palacio  arzobispal. 
De  los  dos  lados  mayores,  el  que  miraba  al  Norte  cogía 
el  espacio  que  hay  entre  la  citada  esquina  de  la  plaza 
de  Cervantes  hasta  la  esquina  de  bajo  el  arco  de  Pala- 
cio; y  el  opuesto  desde  la  esquina  Sudoeste  de  la  Cate- 
dral hasta  la  esquina  mencionada  antes  de  la  calle  de  la 
Fuente  Sequelo.  Dentro  de  este  recinto  quedaban,  pues, 
incluidas  las  cuatro  iglesias  de  Santiago,  San  Salvador, 
San  Juan  y  Santa  María,  la  Canónica,  el  monasterio  de 
Antealtares,  algunas  calles  y  plazas  como  la  del  Preconi- 
torium  (hoy  Preguntoiro),  que  era  donde  se  daban  los 
pregones  y  se  hacían  las  subastas,  las  alberguerías  para 


(1)     Véase  el  grabado  de  la  pág.  33. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAtfA  49 

los  peregrinos,  las  tiendas  de  objetos  piadosos  y  las  me- 
sas de  los  cambiadores,  que  solían  estar  contiguas  con 
las  iglesias. 

Recinto  fortificado  no  podía  estar  desprovisto  de  uno 
de  los  elementos  más  indispensables  para  la  vida,  cual 
es  el  agua.  En  esto  pensó  sin  duda  Teodomiro;  y  reco- 
giendo los  abundantes  manantiales  que  brotan  de  las 
vertientes  del  Vite,  cerro  que  se  levanta  como  á  dos 
kilómetros  al  N.  de  Santiago,  los  dirigió  por  medio  de 
un  acueducto  construido  de  manipostería  para  surtir  de 
aguas  á  la  nueva  población.  La  verdad  es,  que  de  este 
acueducto  ya  se  hace  mención  á  principios  del  siglo  X 
con  motivo  de  la  concesión  que  hizo  el  Obispo  Sisnan- 
do  I  al  monasterio  de  San  Martín  del  derecho  de  deri- 
var de  él  el  caudal  de  aguas  necesario  para  los  usos  de 
la  casa. 

La  institución  de  los  cambiadores  data  en  Composte- 
la  desde  muy  antiguo,  y  según  algunos,  desde  los  tiem- 
pos del  mismo  Alfonso  II  y  de  Teodomiro;  lo  cual  es 
muy  creíble,  porque  siendo  tantos  los  peregrinos  y  de 
tan  distintas  regiones  como  eran  los  que  ya  entonces 
venían  á  visitar  el  Sepulcro  de  Santiago,  era  necesario 
que  hubiese  personas  de  confianza  encargadas  de  reci- 
birlos, y  que  á  la  vez  fuesen  conocedoras  de  las  diversas 
clases  de  moneda  y  de  su  valor  respectivo  para  instruir- 
los respecto  del  precio  corriente  de  las  mercancías,  faci- 
litarles los  legítimos  cambios,  y  evitar  que  su  buena  fe 
fuese  sorprendida  en  las  alberguerías,  en  los  comercios  ó 
en  los  demás  establecimientos  á  que  por  ventura  tuvie- 
sen que  recurrir. 

En  el  preámbulo  de  un  libro  de  la  antigua  Cofradía 
de  los  Cambiadores,  comenzado  á  escribir  á  principios  del 

Tomo  II.— 4. 


50  LIBUO  SEGUNDO 


siglo  XIV  (1),  se  cuenta  en  la  forma  siguiente  el  origen 
de  esta  institución:  «E  sabido  por  todo  o  mundo,  logo 
acudiron  tantas  gentes  que  era  milagro;  e  daban  sen- 
dos (dineiros)  e  esmolas  aos  cregos;  e  tragian  tantos 
dineiros  de  prata  e  de  ouro,  que  non  eran  conoscidos.  E 
moitos  malditos  honres  mataban  e  roubaban  os  romeiros 
ansi  na  cidade  como  fora  déla.  Desto  deron  aviso  ao 
Santo  Rey  (Alfonso  II);  e  mandou  por  sua  carta  real  a 
Brandela  presbitero  seu  capelan  mor,  fose  a  Compostela 
de  Galicia,  e  dos  mais  altos  homes  fillosdalgo  déla  e  dos 
poboadores,  que  nela  estuve  ien,  juntase  ante  o  Apóstol 
doce  que  cuidasen  das  moeclas,  ouro  e  prata  e  outros 
haberes  que  viñan  de  longas  térras  que  tragian  os  ro- 
meiros; e  que  estos  homes  fillosdalgo  estuvesen  ante  a 
porta  do  Camino  junto  da  eireja  e  cada  un  posesse  ali 
suas  taboas  douradas  e  pintadas  con  suas  arras  e  balanzas 
e  dentro  diñeiro  e  moedas,  e  que  as  cambeasen,  e  que 
tuvesen  seus  homes,  e  que  fossen  zuribiesses  que  assis- 
tisen  con  eles;  e  que  non  fosen  mouros  nin  judeus;  e  que 
pudessen  rescibir  outros  homes  .que  fossen  fillosdalgo  de 
cabaleyros  e  seus  fillos  e  fecesen  hermandad  en  honra  do 
Apostólo  e  de  sto.  Ilafonso.  E  das  ganancias  se  pagassen 
e  de  noite  se  poseessen  cirios  que  alomeasen  ante  o 
Apostólo  aos  peregrinos.  E  do3  primeiros  foron  Vrena- 
rido  de  España,  Ascario  Arias,  Sandegis  Bermudez, 
Joannes  Galos,  Ramiro  Goncalvez,  Fernando  Locan, 
Abril  Pérez,  Jerpe  Guillelmez,  Eleca  Reimondez,  Ñuño 
de  Reino,  Abril  Jiménez,  Bernaldo  Eans.  E  que  non 
pudesen  ser  homes  fillos  de  barraganes  e  barraganas,  e 


(1)     Es  el  que  liemos  citado  en  la  nota  de  la  pág.  17. 


liOS  TRES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTE LAÍT A  6l 

que  estes  homes  sempre  fossen  muy  acabados  e  premea- 
dos  do  Rey  e  que  traten  toda  verdad»  (1). 

Los  Cambiadores  ponían  sus  mesas  con  las  balanzas 
y  los  demás  medios  de  contrastar  las  monedas,  en  el  pa- 
raíso, (en  francés,  parvis),  que  venía  á  ser  una  plaza 
ancha  y  larga  cuanto  un  tiro  de  piedra,  que  estaba  á  la 
entrada  de  la  Catedral  por  el  lado  del  Norte;  en  la  cual 
plaza  había  otros  muchos  puestos  en  que  se  vendían 
conchas,  correas,  cinturones,  zapatos,  bolsas  y  toda  suer- 
te de  hierbas  medicinales  y  de  especias,  (omne  genus  her- 
barum  medicinalium  et  caetera  pignienta,  como  se  dice  en  el 
libro  V  del  Códice  de  Calixto  II).  En  el  paraiso  de  las 
principales  Basílicas  de  Roma  se  vendían  también  espe- 
cias, como  azafrán,  clavo,  canela,  pimienta,  bálsamo, 
etcétera...,  que  venían  de  Palestina,  de  Arabia,  de  la 
India  ó  de  los  Molucas.  A  la  Ciudad  Eterna  llegaban 
estos  productos  en  calidad  de  rentas  que  pagaban  algu- 


(1)  En  este  largo  pasaje,  que  está  á  continuación  del  que  hemos  inser- 
tado en  la  nota  de  la  pág.  17,  debemos  distinguir  dos  partes;  la  una  que  con- 
tiene la  relación  más  ó  menos  detallada  de  sucesos  históricos,  que  ya  cono- 
cemos por  otros  conductos;  y  la  otra  en  que  se  da  cuenta  del  origen  y  orga- 
nización de  la  Cofradía  de  Cambiadores,  y  nombres  de  los  primeros  Cofrades. 
En  lo  primero  es  de  creer,  que  el  que  en  el  año  1 624  trasladó  el  primer 
folio  ya  casi  ilegible  del  Libro  citado,  no  introdujese  alteración  notable; 
pues  se  trataba  de  asuntos  que  no  le  interesaban;  en  lo  segundo  ya  es  otra 
cosa;  lo  que  le  estimulaba  y  movía  su  pluma  era  el  deseo  de  señalar  las 
familias  y  apellidos  en  que  desde  el  principio  se  hallaba,  por  decirlo  así, 
vinculado  el  cargo  de  Cambiador.  Así  es  que  en  el  curso  del  libro  se  ven 
con  frecuencia  muy  posteriormente  enmendados,  y  á  veces  con  más  arro- 
gancia que  habilidad,  los  apellidos  de  ciertos  Cambiadores  y  substituidos 
por  los  de  las  familias  que  se  pretendían  privilegiadas. 

Romey,  que  sin  duda  por  tener  ocasión  de  decir  un  chiste,  admitió  sin 
repugnancia  este  texto,  llama  bandoleros  arrepentidos  á  los  primeros  Cam- 
biadores. 


52  LIBEO  SEGUNDO 


nos  pueblos  ó  tierras  de  Oriente  (1);  á  Compostela  ve- 
nían sin  duda  por  conducto  de  negociantes  árabes. 

De  este  modo  en  breve  tiempo  quedó  convertido  en 
población  aquel  campo  agreste,  liberalmente  cedido  para 
área  de  sepultura,  aquel  monumento  fúnebre  hecho  á 
manera  de  las  arcas  que  antiguamente  se  levantaban  en 
los  extremos  ó  confines  de  los  respectivos  territorios.  Y 
como  á  cosas  nuevas,  nuevos  nombres,  los  antiguos  de 
Liberum  donum  y  Arca  marmórica  quedaron  como  recuerdo 
venerando  de  lo  pasado,  perpetuados  sólo  en  los  docu- 
mentos oficiales,  y  sustituidos  en  el  lenguaje  vulgar  por 
otros  no  menos  gráficos  y  expresivos,  como  el  de  Locus 
Sanctus,  Locus  Apostólicas,  Campus  Stellae,  Compostela. 

Acerca  de  la  etimología  de  esta  última  voz,  mucho 
se  ha  discurrido.  El  Cronicón  Iriense  la  deriva  de  Compo- 
situm  tellus;  el  Gerundense  de  Compos  Stella;  Isaac  Vossio 
comentando  á  Mela,  y  después  Harduino  sobre  Plinio, 
de  Jacóbus  Apostolus,  y  en  romance  Giacomo  Postolo;  la  opi- 
nión general,  de  Campus  Stellae.  r 

El  P.  Flórez  (2)  acepta  con  recelo  esta  etimología; 
porque,  dice,  los  antiguos  documentos  mencionan,  no 
estrella,  sino  luces,  luminaria.  Esta,  ¡sin  embargo,  es  la 
interpretación  más  plausible  de  cuantas  por  ahora  se 
conocen:  porque  para  el  vulgo,  que  sin  duda  fué  el  autor 
ó  por  lo  menos  el  principal  propagador  de  este  nombre, 


(1)  Véase  Duchesne,  Líber  Pontificalis,  Introducción,  página  CL. — 
A  propósito  de  esto  dice  con  gran  oportunidad  el  sabio  editor  del  Líber 
Povtificalis:  «He  aquí  un  episodio  en  la  historia  del  gran  comercio  durante 
la  Edad  media,  en  un  tiempo  en  que  los  principales  mercados,  las  ferias 
ecuménicas,  se  celebraban  con  ocasión  de  las  fiestas  de  los  Santos,  y  á  la 
sombra  de  sus  Iglesias.» 

(2)  Esp.  Sag.,  t.  XIX,  p.  70. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELA1TA  53 

llamar  estrellas  á  luces  de  tal  clase,  es  cosa  bien  obvia 
y  fácil.  D.  Fernando  I,  según  hemos  visto  en  el  tomo  I, 
página  173,  fué  el  primer  Monarca  que  en  sus  Diplomas 
usó  el  nombre  de  Compostela;  pero  ya  se  ve  empleado 
en  una  Escritura  del  año  914  de  San  Martín  Pinario  (1) 
y  en  otra  del  988,  perteneciente  á  Antealtares,  en  que 
se  lee  villa  Compostella,  territorio  Amae. 

En  las  Colecciones  de  las  antiguas  inscripciones  se 
registran  algunas  que  se  suponen  halladas  en  esta  loca- 
lidad. Así  Hübner  en  el  tomo  II  del  Corpus  Inscriptionum 
latinarum,  números  2548,  2549  y  2550,  trae  las  cuatro 
siguientes  inscripciones,  que  á  mediados  del  siglo  XVI 
se  veían  en  una  de  las  plazas  que  rodean  á  la  Iglesia 
Catedral. 

Aunque,  á  nuestro  juicio,  dichas  lápidas  nada  tienen 
que  ver  con  la  antigua  Arca  marinar ica  ó  Compostela,  las 
damos  á  continuación  para  que  nuestros  benévolos  lec- 
tores tengan  á  mano  todo  cuanto  pueda  referirse  de  un 
modo  ó  de  otro  á  nuestro  objeto: 

AQVILIAE  •  MODESTAE 

ANNOEVM  •  (LJXX 

SENECIO  •  MODESTVS 

MATRI  ■  PIENTISSIMAE 

FECIT  -H-S-E-S-T-T-L 

Aquiliae  Modestae 

annorum  LXX? 

Senecio  Modestus 

Matri   pientissimae 

fecit.  H(ic)  s(ita)  e(st)  s(it)  t(ibi)  t(erra)  l(evis). 


(1)    Yepea,  Goronica  general  de  San  Benito^  t.  IV,  Escrit.  XIII, 


54  LIBBÓ  SEGUNDÓ 


D.   M. 

ACILIA  •  MODESTA  •  M  •  F 

MODESTO  •  PATRI  •  PÍEN 

H-S-E-S-T-T-L 

D(iis)  M(anibus) 

Acilia  Modesta  M(odesti)  F(ilia) 

Modesto  patri  pien(tissimo) 

H(ic)  s(itus)  e(st).  S(it)  t(ibi)  t(erra)  l(evis). 

D.  M.   S. 

NVMERIVS  ■  VITALIONIS 

NVMERIAE  •  VITALIAE  ■  VX 

B-M'F-H-S-F-S-T-T-L. 

D(iis)  M(anibus)  S(acrum) 

Numerius  Vitalionis 

Numeriae  Vitaliae  Vx(ori) 

B(ene)  M(erenti)  F(ecit).  H(ic)  S(ita) 

E(st).  'S(it)  T(ibi)  T(erra)  L(evis). 

PROCVLA 

CAMALI 

F  •  CROVIA 

ANN  •  XXX 

H  •  S  •  E  •  SE 
CVNDVS  ET  D  (1) 

Procula 

Caniali 

f(ilia)  Crovia 

ann(orum)  XXX 

H(ic)  S(ita)  E(st)  Secundus  et  D.., 

(1)    No  es  verosímil  que  estas  lápidas  fuesen  primitivamente  halladas 


tOS  TBES  PRIMEROS  SlOLÓS  DE  ÍA  I.  COMPOSTELANA  55 

Estas  fueron  las  principales  obras  á  que  logró  dar 
cima  el  Obispo  Teodomiro  en  su  no  muy  largo  pontifica- 
do. En  sus  Varones  Ilustres,  cap.  II,  decía  San  Ildefonso 
de  su  antecesor  Asturio,  que  se  había  hecho  digno  de 
que  en  su  tiempo  se  descubriesen  las  Reliquias  de  San 
Justo  y  San  Pastor.  Lo  mismo  podemos  decir  del  Obispo 
Teodomiro  respecto  del  descubrimiento  de  las  Reliquias 
de  Santiago.  Como  Asturio,  lo^ró  descubrir  en  la  tierra 
las  Reliquias  de  aquél  con  quien  había  de  vivir  siempre 
unido  en  el  cielo.  Las  maravillas  que  á  todas  horas  es- 
taba presenciando  al  lado  del  Sepulcro  del  Apóstol, 
enarde3Ían  su  ánimo,  y  le  encendían  en  deseos  de  admi- 
rar y  contemplarla  gloria  celestial,  de  aquél,  cuyos  res- 
tos mortales  ostentaban  su  virtud  y  su  poder  con  tantos 
prodigios  (1).  Esperaba  confiado  que  en  recompensa  de 
la  Basílica  que  él  con  tanto  celo  y  afán,  había  erigido, 
el  Apóstol  le  había  de  obtener  una  eterna  mansión  en 
el  cielo.  Nuestra  inconsideración  y  desidia,  que  es  falta 
or:glnal  en  el  pueblo  gallego,  acerca  de  los  hechos  de  Teo- 


en  el  sitio  donde  eran  vistas  en  el  siglo  XVI,  ni  en  el  área  que  ocupa  la 
ciudad;  pues  toda  ella  fué  removida  para  extraer  materiales  para  las  edifi- 
caciones. Pudieran  haber  sido  de  las  piedras  que  trajo  D.  Alfonso  III  de 
diversas  partes  de  España  para  la  reedificación  de  la  Catedral  compostela- 
na;  pero  tampoco  esto  es  probable,  porque  de  aquella  obra  nada  ha  queda- 
do; todo  lo  consumieron  las  reedificaciones  posteriores.  Debieron  de  ser, 
pues,  piedras  que  algún  curioso  halló  en  las  inmediaciones  de  Santiago 
(p.  ej.,  algún  Canónigo  en  algunas  de  las  tenencias  del  Cabildo),  y  que,  para 
que  no  se  perdiesen,  trajo  á  la  ciudad. 

(1)  Teodomirus  vero  Episcopus  tanto  fidentius  oculos  mentis  ad  coe- 
lestis  patrias  consideratione(m)  erigebat,  quanto  frequentius  Beatum  Jaco- 
bum  post  Basilicam  sibi  factam  miraculis  et  virtutibus  coruscare  conspi- 
ciebat.  Spe  ergo  coelestium  praeditus,  aliquanto  interjecto  tempore  vitara,  se- 
curus  effudit  finali  sorte  interveniente.  (Hist.  Comp.,  lib.  I,  c.  II,  núm.  1), 


56  LIBBO  SEGUNDO 


domiro,  apenas  dejó  consignado  más  que  algunos  descar- 
nados párrafos  en  la  Historia  Compostelana.  Hoy  para  for- 
marnos idea  más  cabal  del  espíritu  y  de  la  persona  de 
Teodomiro,  estamos  reducidos  á  contemplarlo  como  som- 
bra veneranda  que  circula  silenciosa  por  entre  los  pila- 
res de  la  Basílica,  alentándonos  y  estimulándonos  á 
todos  con  su  actitud  grave  y  serena,  para  que  amemos 
y  reverenciemos  al  Apóstol  Patrón  de  España. 

De  los  muchos  prodigios  acaecidos  en  este  tiempo,  no 
hay  más  noticia  individual,  que  de  el  que  se  refiere  en 
el  capítulo  II  del  Libro  de  los  Milagros  de  Santiago,  atri- 
buido á  Calixto  II.  A  un  italiano,  reo  de  un  horrendo 
crimen,  le  había  impuesto  su  Obispo,  como  penitencia 
pública,  el  venir  en  peregrinación  á  la  Tumba  de  San- 
tiago, con  una  carta  para  el  Prelado  compostelano,  en 
que  se  hacía  relación  del  execrable  delito  que  había  me- 
recido tan  severa  y  costosa  reparación.  Aceptó  el  ita- 
liano con  el  mayor  arrepentimiento  la  penitencia  im- 
puesta; y  llegó  á  Compostela  á  tiempo  de  poder  asistir 
á  la  gran  festividad  del  25  de  Julio.  Entre  lágrimas  y 
sollozos  á  la  hora  de  Prima,  pudo  acercarse  fervoroso  á 
la  mesa  del  Altar,  y  depositar  debajo  de  los  paños,  la 
cédula  ó  carta  que  pesaba  sobre  su  alma  con  abruma- 
dora inquietud.  A  la  hora  de  Tercia  se  disponía  el  Obis- 
po Teodomiro  á  celebrar  solemne  Misa  pontifical,  y  notó 
debajo  del  paño  del  Altar  la  extraña  presencia  de  aque- 
lla carta.  Preguntó  qué  hacía  allí  aquel  papel,  y  quién 
lo  había  puesto.  El  anhelante  peregrino  echóse  á  sus 
pies,  y  públicamente  confesó  su  pecado,  y  refirió  el  man- 
dato que  le  había  dado  su  Obispo.  El  Venerable  Teodo- 
miro recogió  la  carta,  la  abrió,  y  examinó,  y  la  enseñó 
á  todos  para  que  viesen  cómo  había  desaparecido  loque 


LOS  TBES  PBIMEHOS  SIGLOS  DÉ  LA  I.  COMPOSTELA1ÍA  57 


en  ella  estaba  escrito  (1).  Maravilláronse  los  circunstan- 
tes de  lo  ocurrido,  no  menos  que  el  compungido  pecador, 
el  cual  con  dificultad  acertaba  á  creer  tanta  dicha.  Teo- 
domiro  lo  declaró  absuelto  de  todo  reato  por  los  méritos 
é  intercesión  del  Apóstol;  pero  ante  sus  vivas  instancias 
le  puso  por  penitencia  el  ayunar  todos  los  viernes. 

A  esta  época  debe  pertenecer  también  el  milagro, 
que  dio  ocasión  á  que  los  peregrinos  de  Santiago  adop- 
tasen como  distintivo  las  conchas  ó  veneras  (pectén  jaco- 
baeus).  Cuéntase,  que  á  un  caballero  de  una  muy  princi- 
pal familia,  viajando  por  las  costas  de  Portugal  ó  Gali- 
cia, se  le  desbocó  el  caballo  y  lo  precipitó  en  el  mar. 
Estando  ya  á  punto  de  perecer  ahogado,  con  el  corazón 
se  encomendó  al  Santo  Apóstol,  el  cual  lo  sacó  á  flote 
sobre  las  aguas,  pero  todo  cubierto  de  conchas.  Refieren 
este  prodigio  Molina  (2),  Oxea  (3),  Castellá  (4),  Erce 
Ximénez  (5)  y  otros  muchos  autores,  citando  varios  tes- 
timonios antiguos,  como  el  de  un  libro  manuscrito  del 
Convento  de  San  Juan  de  los  Reyes  en  Toledo  y  un 
Santoral  también  manuscrito  del  monasterio  de  Aleo- 
baza  en  Portugal,  y  la  autoridad  de  algunos  Breviarios, 
p.  ej.,  el  de  S.  Culgat  en  Cataluña,  y  el  antiguo  de 
Oviedo,  en  el  cual  se  leía  un  himno  de  Santiago  con  la 
siguiente  estrofa: 

Cunctis  mare  cernentibus 
Natus  Regis  submergitur, 


(1)  Sanctus  Presul,  aperta  cédula,  ac  si  nunquam  litteris  esset  cotia* 
cripta,  nichil  in  ea  repperit  scriptum. 

(2)  Descripción  del  reino  de  Galicia,  pte.  V,  fol.  61. 

(3)  Historia  del  Apóstol  Santiago,  cap.  XXVIII,  núm.  2, 

(4)  Historia  del  Apóstol  Santiago,  lib.  II,  cap.  II. 

(5)  Prueva  evidente,  etc.,  pte.  II,  trat.  III,  c»  I, 


LlBEO  SEGUNDÓ 


Sed  a  profundo  ducitur 
Totus  plenus  conchilibus. 

No  están,  sin  embargo,  acordes  todos  estos  escritores, 
ni  acerca  del  sitio,  ni  acerca  del  tiempo  en  que  tuvo 
lugar  este  prodigio.  Unos  dicen  que  sucedió  en  las  costas 
de  Portugal  frente  á  un  lugar  llamado  Bouzas;  otros  en 
las  de  Galicia.  Asimismo,  unos  afirman  que  la  sumer- 
sión del  caballero  acaeció  al  tiempo  que  pasaba  por 
aquel  sitio  la  barca  que  conducía  desde  Jafa  el  Cuerpo 
de  Santiago;  y  así  se  veía  representada  esta  escena  en 
un  retablo  que  para  la  capilla  de  nuestro  Apóstol  en  San- 
ta María  de  Araceli  en  Roma,  pintó  Juvenal  de  Orvieto 
en  el  año  1441.  El  Maestro  Oxea  supone  que  el  suceso 
tuvo  lugar  después  de  descubierto  el  Cuerpo  de  Santia- 
go (1).  Prescindamos  de  la  cuestión  del  lugar,  que  sobre 
ser  de  difícil  solución,  en  este  momento  no  nos  interesa 
tanto;  pero  por  lo  que  toca  á  la  fecha  del  acaecimiento, 
nos  inclinamos  á  la  opinión  de  Oxea;  pues  no  hay  el  más 
leve  indicio  de  que,  desde  tiempos  tan  remotos,  los  de- 
votos de  Santiago  usasen  las  conchas  como  peculiar  dis- 
tintivo; y  así,  lo  más  probable  es,  que  este  prodigio  de  las 
conchas  aconteciese  á  alguno  de  los  primeros  peregrinos 
que  acudieron  á  venerar  la  Tumba  recién  descubierta 
de  Santiago,  y  se  viese  en  tal  trance,  que  sólo  por  la 
intercesión  del  Apóstol  pudiese  librarse  de  la  muerte. 
Lo  cierto  es,  que  poco  después  del  descubrimiento  de  las 
Reliquias  de  nuestro  Apóstol,  las  conchas  aparecen  ya 
como  insignia  de  los  devotos  y  romeros  de  Santiago. 


(1)  Los  genealogistas  del  siglo  XVII,  no  desperdiciaron  la  oportuni- 
dad que  les  ofrecía  este  noble  caballero  para  convertirlo  en  tronco  de 
ilustres  familias,  y  para  explicar  la  razón  y  significado  de  las  conchas  en 
algunos  escudos  de  armas. 


LOS  tfBES  ÍKIAÍEROá   SlGÍLOá  DÉ  LA  í.  CÓMPOSÍELANA  59 

Del  mismo  modo  que  en  la  iglesia  matriz  y  principal, 
iba  en  aumento  el  estado  próspero  de  las  dos  Comunida- 
des subalternas,  la  de  Antealtares  y  la  de  la  Corticela, 
que  con  su  asistencia  contribuían  á  que  en  el  templo 
Apostólico  el  Culto  fuese  más  continuo  y  esplendoroso  é 
inspirase  mayor  devoción.  Probablemente  la  carta  de 
dotación  del  Monasterio  de  Antealtares  fué  otorgada  al 
mismo  tiempo  que  D.  Alfonso  II  firmó  en  favor  de  la 
Iglesia  de  Santiago  el  Privilegio  de  las  tres  millas.  Ya 
hemos  visto  el  solar  que  señaló  D.  Alfonso  para  las  vi- 
viendas y  claustro  de  los  monjes,  y  para  las  demás 
dependencias  del  Monasterio;  pero  además  para  susten- 
to de  la  Comunidad  destinó  las  ofrendas  hechas  ante  los 
altares  de  San  Salvador,  San  Pedro  y  San  Juan,  y  cier- 
ta parte  de  las  hechas  ante  el  altar  de  Santiago  (1). 

D.  Alfonso  II  no  dejó  preteridos  á  los  monjes  de  la 
Corticela.  Viendo  que  estaban  relucidos  á  vivir  con 
bastante  estrechez,  para  su  sustento  y  vestido,  pro  vwtu 
atque  vestitu,  les  hizo  donación  de  las  islas  de  Ons,  Sálvo- 
ra,  Framio,  Sinales  y  Arosa.  Así  lo  refiere  el  Obispo 
compostelano,  Hermenegildo,  en  un  Diploma  que  otorgó 
al  Monasterio  de  San  Martín  (2). 


(1)  Vocem  intendit  Petrus  Antealtarium  abbas,  — se  lee  en  el  Privi- 
legio que  en  el  año  1152  otorgó  el  Arzobispo  compostelano,  D.  Bernardo  I, 
al  Monasterio—  de  altaribus  san'cti  Salvatoris  etsancti  Johannis  (el  de  San 
Pedro  continuaban  poseyéndolo  los  monjes),  et  de  oblationibus  altaris 
Beati  Jacobi  secundum  Begis  Gasti  dotem.  (Yepes,  Coronica  gen.  de  S.  Be- 
nito, tomo  IV,  Apead,  núm.  IX). 

(2)  Yepes,  Coro:i.  gen.  etc.,  tora.  IV,  al  año  835.— La  donación  era 
para  todas  las  Comunidades  que  contribuían  á  prestar  culto  en  el  Templo 
Apostólico;  pero  como  el  Monasterio  de  la  Corticela  desde  la  época  más 
remota  poseía  la  isla  de  Arosa,  debió  de  ser  incluido  en  la  concesión  que 
tizo  D.  Alfonso  II, 


60  lilBÍtO  SEGUNDÓ 


La  muerte  no  sorprendió  á  Teodomiro.  Aunque  lo 
sorprendiera,  como  él  tuviese  un  sólo  instante  para  ex- 
presar sus  sentimientos,  diría  con  efusión: — Muero,  Se- 
ñor, contento,  porque  he  visto  con  qué  prodigios  habéis 
revelado  el  lugar  en  donde  se  hallaba  oculto  el  Sepulcro 
de  vuestro  amado  Discípulo;  porque  he  visto  erguidas 
una  y  más  Basílicas  para  tributaros  en  ellas  las  debidas 
gracias  y  alabanzas  por  las  maravillas  obradas  en  vues- 
tro Apóstol;  porque  he  visto  conmovido  al  mundo  y 
puesto  en  movimiento  al  rumor  del  feliz  hallazgo  de  las 
Reliquias  de  Santiago;  porque  he  visto  esta  prenda  fir- 
mísima de  salud  y  salvación  de  toda  España. — Estos  de- 
bieron ser,  á  no  dudarlo,  los  afectos  que  le  embargaban 
en  los  últimos  momentos  de  su  vida;  y,  si  su  alma  voló 
al  cielo  para  gozar  de  la  presencia  de  Dios  al  lado  de  la 
de  su  Maestro  y  Antecesor,  su  cuerpo  fué  sepultado  á 
los  pies  de  la  Basílica  en  que  se  guardaban  los  mortales 
despojos  por  él  tan  dichosamente  hallados.  Y  hoy  desde 
el  fondo  del  coro,  en  donde  probablemente  yace  sepul- 
tado, asiste  de  continuo  en  la  forma  posible  á  las  salmo- 
dias y  melodías,  que  él  con  tanta  piedad  y  tanto  entu- 
siasmo inició  pasa  ya  de  diez  siglos. 

Su  fallecimiento  debió  ocurrir  á  fines  del  año  829,  ó 
en  los  primeros  meses  del  siguiente. 


tffffffíWÍTO 


CAPÍTULO  III 


Sucede  en  la  Sede  de  Iría  y  en  la  Iglesia  Apostólica  á  Teodo- 
miro9  Adulfo  I. — Demarcación  que  de  la  Diócesis  de  Iria 
hizo  Tructino  por  comisión  de  D.  Alfonso  II. 


dulfo,  Adaulfo  ó  Ataúl- 
fo se  llamó  el  sucesor 
de  Teodomiro.  Nada  se 
sabe  de  las  circunstan- 
cias de  su  vida  en  el 
tiempo  que  precedió  á 
su  promoción  al  Episco- 
pado. Probablemente 
habría  sido  Canónigo  ó 
Arcediano  en  la  Iglesia  de  Iria  ó  Arca  marmórica;  pues 
entonces  lo  ordinario  era  que  el  Obispo  de  una  Iglesia 
fuese  elegido  de  entre  los  individuos  del  clero  adscripto 
al  servicio  de  la  misma. 


62  LIBRO  SEGUNDO 


Respecto  á  la  forma  de  su  elección,  nada  puede  afir- 
marse con  seguridad;  pues  en  situación  tan  precaria, 
como  era  aquella  por  que  entonces  atravesaban  la  Igle- 
sia y  el  Estado,  en  cada  caso  se  seguía  lo  que  exigían 
é  imponían  las  circunstancias  (1).  Aun  en  muchos  de 
los  casos  en  que  hubiese  tenido  lugar  la  elección  del 
Clero  y  del  pueblo,  como  prescribía  la  Disciplina  gene- 
ral entonces  vigente,  tal  elección  era  pura  fórmula.  Lo 
más  probable  es  que  la  designación  de  Adulfo  partiese 
de  D.  Alfonso  II;  pues  el  Concilio  XII  de  Toledo,  en  el 
canon  VI,  cometió  esta  facultad  á  los  Monarcas;  y  el  Rey 
Casto,  como  se  lee  en  el  Cronicón  AJbddense,  procuró  res- 
taurar el  orden  y  disciplina  que  habían  seguido  los 
Godos  (2). 

En  el  año  830,  hallándose  ya  Adulfo  posesionado  de 
la  Sede  de  Iria  y  Compostela,  vino  á  Arca  marmórica 
un  personaje  de  la  Corte  de  D.  Alfonso  II,  llamado 
Truccino  ó  Tructino,  el  cual  traía  del  Rey  la  comisión 
de  consignar  al  nuevo  Obispo  ciertos  distritos  é  iglesias 
que  pertenecían  á  la  Diócesis  Iriense  (3).  Esta  diligencia 


(1)  Hablando  de  la  elección  del  Obispo  Gundesindo,  dice  la  Composte- 
lana  (lib.  I,  c.  II):  Gundesindus...  qualicumque  modo  succedens.  De  la  de  Sis- 
nando  II  dice:  Quadam  sorte  potestatis  succedentem.  De  la  de  D.  Pelayo  Uo- 
dríguez:  Dignitatem  in  saeculari  potentia  suscipiens;  etc. 

(2)  Omnemque  Gothorum  ordinem,  sicuti  Toleto  fuerat,  tam  in  Eccle- 
siam,  quam  Palatio,  in  Oveto  cuneta  statuit.  (Esp.  Sag.,  tomo  XIII,  Ap.  VI, 
página  453). 

(3)  In  Era  DCCCLXVITI  venit  dominus  Truccinus  per  ordinationem 
domini  Adefonsi  principis,  et  consignavit  domino  Adulfo  episcopo  ecclesias 
quecumque  sunt  proprie  hyriensis  Sedis.  (Tumbo  rotulado  Concordias  con 
esta  ciudad.  Privilegios  y  Constituciones. — Véase  Monumentos  antiguos  de  la 
Iglesia  Compostelana,  pág.  35. — Véase  este  documento  en  el  número  II  de 
los  Apéndices). 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  63 

fué  sin  duda  promovida  por  el  mismo  Adulfo,  por  la 
razón  siguiente.  En  el  Privilegio  otorgado  por  D.  Ordo- 
ño  II  en  el  año  915  á  la  Iglesia  de  Santiago,  se  refiere 
que  al  tiempo  de  la  devastación  hecha  en  España  por 

r 

los  Árabes,  varios  de  los  Obispos  que  habían  logrado 
escapar  del  furor  musulmán,  llegaron  fugitivos  hasta  la 
Diócesis  Iriense,  y  que  el  Prelado  los  acogió  con  benigni- 
dad y  caridad  cristianas,  señalándoles  algunos  distritos 
y  algunas  granjas,  con  cuyos  productos  pudiesen  aten- 
der á  su  subsistencia  (1).  A  la  sazón  los  Obispos  que  se 
hallaban  disfrutando  de  este  beneficio  eran  el  de  Tuy 
y  el  de  Lamego;  el  primero  en  los  distritos  de  Nendos, 
Faro,  Bergantiños  y  Soneira;  y  el  segundo  en  los  de 
Trasancos,  Labacengos,  Nemancos,  Céltigos  y  Camo- 
ta (2).  D.  Ordoño  II  habla  de  otros  dos  distritos,  el  de 
Pruzos  y  el  de  Besoucos,  que  al  parecer  estaban  agrega- 
dos á  la  Diócesis  de  Oviedo  (3).  El  Concilio,  que  con  este 
motivo  se  celebró  en  dicho  año  de  915  quizás  en  San- 


(1)  Et  quoniam  Hiriensis  Sades  ultima  prae  ómnibus  Sedibus  erat,  et 
propter  spatia  terrarum  vix  ab  impiis  inquietata,  aliquanti  Episcoporum 
proprias  desinentes  Sades  viduas  et  lúgubres  in  manibus  impiorum,  ac  ten- 
dentes ad  Episcopum  supra  memoratae  Sedis  Hiriensis,  propter  honorem 
Sancti  Jacobi,  coUegit  eos  humanitate  praestante,  et  ordinavit  decaneas 
unde  tolerationem  habuissent.  (Esp.  Sag.,  tomo  XIX,  pág.  350. — Véase 
Apénd.  núm.  XXXVII). 

(2)  Et  haec  Sedes  Hiriensis,  quae  est  conj uñeta  loco  Patroni  nostri 
Sancti  Jacobi  Apostoli,  fines  suos  ab  omni  integritate  custodiat  et  contineat, 
sicut  ab  antiquis  Patribus  praescriptos  cognovimus,  id  est,  Trasancos,  La- 
pacencos,  Nemancos,  Célticos,  et  Camota,  quam  obtinuit  Episcopus  Lame- 
censis;  necnon  Nemitos,  Faro,  Brecantinos  et  Somnaria  quam  obtinuit 
Episcopus  Tudensis.  (Esp.  Sag.,  tomo  XIX,  pág.  351. — V.  Apénd.  citado). 

(3)  Adicientes  ad  haec  Prucios  et  Bisancos,  qui  steterunt  post  partem 
Regulae  ad  Ouetao. — (Véase  Apénd.  citado,  pág.  83). 


64  LIBBO  SEGUNDO 


tiago,  dispuso  que  todos  los  mencionados  distritos,  que 
hasta  entonces  habían  poseído  los  Obispos  de  Tuy  y  La- 
mego,  se  restituyesen  íntegra  y  definitivamente  á  la 
Sede  Iriense,  toda  vez  que  cesaran  los  motivos  por  los 
que  se  había  adoptado  esta  provisoria  desmembración. 

Ahora  bien,  todos  los  distritos  que  acabamos  de  nom- 
brar, fueron  asignados  por  Tructino  á  Adulfo;  lo  cual 
demuestra,  que  éste,  para  impedir  que  la  ocupación  tem- 
poral de  dichas  comarcas  por  Obispos  extraños,  pudiese 
ocasionar  en  lo  futuro  algún  perjuicio  á  los  derechos  de 
su  Sede,  pidió  que  se  declarase  oficialmente  que  los 
referidos  distritos  eran  propios  de  la  Diócesis  Iriense. 
Además  se  le  asignaron  á  Adulfo  los  distritos  de  Post- 
marcos,  Montaos,  Marzoa,  Bembejo  y  Montesacro,  que 
quizás  habrían  sido  destinados  para  residencia  de  otros 
Obispos  expatriados.  Y  en  efecto,  en  el  distrito  de  Mon- 
tesacro ó  Picosacro  residió  Naustio,  Obispo  de  Coimbra, 
el  cual  falleció  en  el  año  912,  y  fué  sepultado  en  la  igle- 
sia de  San  Andrés  de  Trobe. 

En  tiempo  de  Adulfo,  ó  poco  después,  según  una  Es- 
critura del  monasterio  de  San  Martín  de  Jubiá,  que  cita 
Argaiz  (1),  se  instaló  en  el  distrito  de  Trasancos  el  Obis- 
po Argemiro,  el  cual  residió  por  mucho  tiempo  en  dicho 
monasterio.  Otros  varios  Obispos  debieron  de  hallarse  en 
el  mismo  caso  que  Argemiro  y  Naustio.  No  faltaban,  por 
tanto,  motivos  á  Adulfo  para  procurar  que  los  términos 
de  su  Diócesis  estuviesen  perfectamente  deslindados. 

La  verdad  es,  que  el  objeto  de  la  misión  de  Tructino 
no  pudo  ser  el  hacer  una  demarcación  completa  de  la 
Diócesis  Iriense;  pues  en  su  consignación  faltan  distritos 


(1)     La  Soledad  laureada,  tomo  III,  páginas  103  y  475, 


LOS  TEES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANÁ  66 

tan  principales  como  los  de  Morrazo,  Saines,  Continos  ó 
Cuntís,  Célenos  ó  Caldas,  Metazios,  Mercienses  y  Cáporos, 
Tructino  se  limitó,  pues,  á  la  designación  de  aquellos 
distritos,  sobre  los  cuales  con  el  tiempo,  por  efecto  de  la 
residencia  de  Obispos  extraños,  podía  ocurrir  alguna 
duda  ó  algún  litigio  (1). 

Es  de  advertir  que  en  la  demarcación  que  hizo  Truc- 
tino,  no  se  mencionan  todas  las  iglesias  ó  parroquias 
correspondientes  á  cada  distrito,  sino  tan  sólo  algunas. 
Así,  p.  ej.,  en  Montesacro  sólo  se  citan  las  iglesias  de 
San  Pedro  de  Carcacía,  de  San  Félix  de  Saines  ó  Sales 
y  la  de  San  Juan  ad  Heremo  6  da  Coba.  Varios  pudieron 
ser  los  motivos  para  que  de  estas  iglesias  se  hiciese  par- 
ticular mención;  pero  si  se  hizo  de  algunas,  fué  porque 
en  ellas  Adulfo,  no  sólo  debía  ser  considerado  como 
Obispo,  sino  también  como  dueño  y  propietario;  ora  por 
concesión  Real,  ora  por  donativo  de  personas  particula- 
res, de  ciertas  prestaciones  á  que  estaban  obligadas 
dichas  iglesias  por  razón  de  los  terrenos  con  que  habían 
sido  dotadas.  Tal  era  la  de  Carcacía,  la  cual  había  sido 
del  Real  Patrimonio,  como  dice  D.  Alfonso  III  en  un 
Diploma  concedido  á  Santiago  en  el  año  867;  pero  des- 
pués, sin  duda  por  donación  del  Rey  Casto,  pasó  á  ser 
propiedad  de  Teodomiro  y  de  sus  sucesores  en  la  Sede 
de  Iria. 

También  puede  decirse  (y  quizás  esto  sea  lo  más  pro- 
bable), que  Tructino  vino,  no  para  indicar  los  límites  de 
la  Diócesis  Compostelana,  pues  éstos  ya  se  hallaban  pre- 


(1)     Y  efectivamente,  ocurrió  á  principios  del  siglo  XII  sobre  los  distri- 
tos de  Trasancos,  Labacengos,  Arros  y  Besoucos,  entre  los  Obispos  de  San- 
tiago y  Mondoñedo. 
Tomo  II— 5. 


68  LIBRO  SEGUNDO 


cisados  en  los  Cánones  de  los  antiguos  Concilios,  sino 
para  señalar  las  iglesias  offertionales,  que  D.  Alfonso  II 
tenía  ya  de  antes  donado  á  la  Sede  Iriense.  Estas  igle- 
sias offertionales,  de  las  cuales,  distinguiéndolas  de  las 
propiamente  diocesanas,  dioecesales  ó  canónicas,  hace  men- 
ción D.  Ordoño  II  en  un  Privilegio  otorgado  á  la  Igle- 
sia Legionense  en  el  año  916  (1),  venían  á  ser  por  do- 
nación ú  otro  título  como  de  propiedad  particular  de 
los  Reyes,  los  cuales  por  este  motivo  recibían  anualmen- 
te un  canon  ó  pensión  que  se  llamaba  offertio.  Un  ejem- 
plo de  estas  iglesias  offertionales,  nos  lo  ofrece  la  iglesia 
de  Santa  María  de  Mezonzo  en  la  Diócesis  Compostela- 
na,  de  la  cual  hacia  el  año  870  el  Abad  Reterico  hizo 
donación  á  D.  Alfonso  III  (2). 

Si  Adulfo  recibió  de  D.  Alfonso  II  pruebas  inequívo- 
cas de  deferencia  y  consideración,  no  las  recibió  meno- 
res de  su  sucesor  D.  Ramiro  I;  el  cual,  con  consentimien- 


(1)  Esp.  Sag.,  t.  XXXIV,  Apénd.  VII,  p.  436.—  Véanse  también  las 
páginas  225-227. 

(2)  Véase  la  Escrit.  LII,  t.  I  del  Tumbo  de  Sobrado,  en  el  Archivo 
Histórico  Nacional.  He  aquí  lo  que  dice  la  Escritura  pertinente  á  nuestro 
asunto:  «In  dei  nomine.  Ego  retericus  abbas  licet  immerito  tibi  gloriosissi- 
mo  principi  nostro  adefonso.  Placuit  mihi  atque  conuenit...  ut  tibi  domino 
meo  facerem  donationem  sicut  et  fació  de  ómnibus  rebus  meis;  id  est,  in 
uillas  quas  uocitant  presares,  cum  ecclesiis  uocobulo  scm.  petrum  et  sea.  ma- 
ria  monasterio  uilla  natoris...  et  direxi  ex  persona  mea  presentem  fulga- 
redum  presbyterum  subrinum  meum,  qui  ista  carta  a  me  rouorata  ex  mea 
persona  meo  domino  sicut  et  tradidit.  Ego  namque  peccator,alumnus  uester, 
retentus  sum  ab  egritudine  graui,  quod  uidere  non  ualeo  presentiam  domi- 
ni  mei.  Tamen  profiteor  me  per  singulos  annos,  dum  uixero,  per  istum  mo- 
nachum  dirigere  meam  offertionem,  sicut  et  feci,  et  semper  faciam.» 

En  la  fecha  de  esta  Escritura  debe  sobrar  una  C;  pues  de  otro  modo  re- 
sultaría el  año  930.  Otras  dos  Escrituras  del  Tumbo  de  Celanova,  lib.  I,  nú- 
meros LX  y  LXIj  por  las  cuales  se  ve  que  ya  era  Abad  de  Mezonzo  Fulga- 
redo,  están  datadas  en  el  año  871.— (V.  Apéndices,  números  VIII,  IX  y  X). 


LOS  TBES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I,  COMPOSTELANA  67 


to  del  venerable  Prelado  y  de  su  Cabildo,  confirmó  el 
Privilegio  en  que  su  predecesor  había  amojonado  el  solar 
del  monasterio  de  Antealtares.  De  los  privilegios  espe- 
ciales otorgados  por  D.  Ramiro  I  á  Santiago,  hacen 
mención  D.  Alfonso  III  y  D.  Ramiro  II.  El  primero  en 
un  Diploma  del  año  899,  dice:  que  su  bisabuelo  D.  Al- 
fonso II,  su  abuelo  D.  Ramiro  I  y  su  padre  D.  Ordoño  I, 
todos  ellos  ofrecieron  ante  el  Altar  de  Santiago  grandes 
dones  y  mercedes  (1).  D.  Ramiro  II,  en  una  Escritura  del 
año  934,  añade  que  su  antecesor  del  mismo  nombre,  con- 
firmó el  Privilegio  de  las  tres  millas,  y  otorgó  por  sí 
otra  donación  (2). 

No  se  especifica  en  estos  textos  cuál  era  el  contenido 
de  estos  privilegios  de  D.  Ramiro  I,  ni  en  qué  consistían 
sus  mercedes  y  beneficios;  pero  por  ahora  basta  dejar 
consignado  que  dicho  Monarca  hizo  notables  donaciones 
á  la  Iglesia  de  Santiago. 

La  Compostelana  (3)  en  pocas  palabras  hace  su  cumpli- 
do elogio:  Dlvini  verbi  pábulo  gregem  sibi  corumissum,  prout 
valuit,  v:gilanti  cura  cibavit.  El  Cronicón  Iriense  (4)  le  llama, 
varón  Santo,  Sanctus  vir;  y  D.  Diego  Gelmírez,  en  la  Es- 
critura otorgada  á  San  Martín  Pinario  en  el  año  1115, 


(1)  Qui  omnes  inulta  beneficia  et  dona  casta  mente  sancto  Altario  ves- 
tro  obtulerunt.  (España  Sagrada,  tomo  XIX,  Apénd.  pág.  343.— V.  nues- 
tros Apénd.,  n.°  XXV). 

(2)  Post  eum  quoque  Ranimirus  Rex,  et  ipsum  confirmavit  et  aliud 
addidit.  (España  Sagrada,  tomo  XIX,  Apénd.  pág.  363.— V.  nuestros 
Apénd.,  n.°  LV). 

(3)  El  Cronicón  Iriense  dice  que  Adulfo  I  fué  consagrado  reinando  ya 
D.  Ramiro.  Esto  no  puede  admitirse;  porque  en  el  Diploma  de  Tructino, 
hemos  visto  que  Adulfo  era  ya  Obispo  en  tiempo  de  Alfonso  II  en  el  año  830, 

(4)  Lib.  I,  cap.  II,  núm.  2, 


68  LIBRO  SEGUNDO 


dice  de  él,  que  como  Teodomiro  y  su  sucesor  Adulfo  II 
vivió  en  el  lugar  apostólico  santamente,  sanctam  duxere 
vüarn. 

Veinticuatro  años  poco  más  ó  menos,  desde  el  830 
hasta  el  854  ú  855,  rigió  Adaulío  I  la  Iglesia  Composte- 
lana;  pues  probablemente  él  es  el  mismo  Ataúlfo,  á 
quien  D.  Ordoño  I,  en  el  año  854,  en  reverencia  y  honra 
del  Bmo.  Apóstol  Santiago,  Patrón  suyo  y  de  toda  Es- 
paña, otorgó  un  Privilegio  confirmando  las  tres  millas 
que  había  donado  D.  Alfonso  II,  y  añadiendo  por  su 
parte  otras  tres,  de  modo  que  resultasen  seis  en  torno  de 
la  Tumba  Apostólica,  ut  sint  sex  millia  integra.  D.  Ordoño 

envió  de  su  Peal  Casa  (mittimus  tibí nostros  pueros  et 

familiares  nuntios)  comisionados  para  acotar  el  nuevo  te- 
rritorio por  él  cedido  (1).  Por  desdicha  no  se  conserva  el 
acta  de  esta  acotación;  pero  creemos  que  á  ella  debe  re- 
ferirse el  Cronicón  Iriense  cuando  habla  del  coto  que  se- 
ñaló D.  Alfonso  II  alrededor  de  la  Iglesia  de  Santiago 
por  Sionlla,  Lestedo,  Villestro  y  el  Tambre,  (cautum  ei 
fecit  per  Siaoniam,  et  per  Lestetum  et  per  villam  Astructi  et 
inde  in  Tamare)  (2).    Justamente  estos  puntos  cardinales 


(1)  Véase  este  Privilegio,  entre  los  Apéndices,  núm.  III.  —  Castellá 
Ferrer  (Historia  de  Santiago,  tomo  IV,  cap.  XII),  y  Gándara  (El  Cisma 
Occidental,  tomo  II,  cap.  II?),  juzgaron  que  estos  enviados  de  D.  Ordoño 
eran  sus  propios  hijos,  á  los  cuales  mandaba  á  Compostela  para  que  fuesen 
educados  bajo  la  dirección  del  Obispo  Ataúlfo  en  la  Universidad,  que,  según 
Gándara,  habia  fundado  y  dotado  el  mismo  D.  Ordoño.  Prescindiendo  de  lo 
prematuro  de  la  fundación  universitaria,  observaremos  que  estos  pueros  et 
familiares  nuntios,  que  enviaba  D.  Ordoño,  no  eran  estudiantes,  sino  indi- 
viduos de  la  servidumbre,  empleados  de  Palacio,  á  quienes  D.  Ordoño  comi- 
sionó para  que  confirmasen  el  Privilegio  de  las  tres  millas,  y  acotasen  las 
otras  tres  por  él  concedidas. 

(2)  Esjiaña  Sagrada,  tomo  XX,  pág.  601. 


tOS  TEES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA 


69 


que  cita  el  Cronicón  Iriense  distan  de  Santiago,  según  ya 
hemos  advertido,  las  seis  millas. 


Fotografía  de  J.  Linda*  Fotograbado  de  Laporta, 

Miniatura  del  Tumbo  Á,  fol.  1  Vuelto,  que  representa  á  D.  Ordoño  I. 


Poco  tiempo  pudo  sobrevivir  Adaulfo  I  después  de  la 
concesión  de  este  Privilegio;  pues  ya  llevaba  un  largo 


70  tlBEO  SEGUIDO 


Pontificado.  Sólo  sabemos  por  el  Iriense  (1)  que  murió 
reinando  D.  Ordoño  I,  in  (Ordonii)  diebus. 

Sobre  este  fondo  admirable,  que  ofrece  el  conjunto 
de  virtudes  en  que  se  cifra  toda  vida  santa  y  ejemplar, 
se  destacaba,  según  la  Compostelana,  el  frecuente  ejercicio 
de  la  predicación  de  la  divina  palabra,  que  Adulfo  des- 
empeñaba con  no  menor  fruto,  que  celo  y  elocuencia.  A 
su  muerte  fué  sepultado,  como  Teodomiro,  en  el  atrio  á 
la  entrada  de  la  iglesia;  el  cual  sitio  corresponde  boy, 
con  poca  diferencia,  al  fondo  del  coro. 

Antes  de  poner  punto  en  este  capítulo,  debemos  dar 
cuenta  de  un  notable  suceso,  que  demuestra  la  gran  im- 
portancia que  en  poco  tiempo  alcanzó  Compostela.  Ha- 
cia el  año  850  llegó  á  nuestra  ciudad  una  extraña  em- 
bajada, de  la  cual  se  ocupó  en  los  siguientes  términos  el 
insigne  orientalista  Sr.  Simonet  en  el  segundo  de  los 
cuatro  eruditísimos  artículos  que  con  el  título  de  El 
Apóstol  Santiago  y  los  autores  arábigos,  publicó  en  La  Ilus- 
tración Católica  del  año  1881  (2):  "Pero  veamos  ya  lo  que 
refieren  los  autores  arábigos  con  respecto  á  la  venera- 
ción que  inspiraba  en  aquellos  siglos  el  sepulcro  de  San- 
tiago de  Compostela  y  peregrinaciones  de  que  era  objeto 
por  parte  de  la  cristiandad,  así  mozárabe  como  libre, 
así  europea  como  oriental. 

UA  las  diligentes  investigaciones  del  docto  arabista 
Mr.  Reinhart  Dozy,  debemos  el  hallazgo  de  un  docu- 
mento sobremanera  importante  para  nuestro  objeto,  por 
donde  consta  que  antes  de  la  segunda  mitad  del  siglo  IX, 


(1)  España  Sagrada,  tomo  XX,  pág.  <>02, 

(2)  Números  de  14  y  21  de  Septiembre,  y  de  7  de  Octubre  y  14  de 
isoviembre» 


LOS  ÍBES  PBÍMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAtf  A  71 

era  ya  muy  concurrida  y  famosa  la  peregrinación  al  se- 
pulcro de  Santiago  en  Compostela.  Alli  fué  á  parar,  ha- 
cia el  año  850  de  nuestra  era,  acompañando  á  un  emba- 
jador del  rey  de  los  normandos,  el  célebre  poeta  y  diplo- 
mático andaluz  Yahya  ben  Alhacam,  natural  de  Jaén 
y  más  conocido  por  la  Algazel  ó  la  gacela.  Así  lo  prueba 
la  relación  de  aquella  embajada,  escrita  por  un  autor 
coetáneo  (1)  en  el  siguiente  pasaje: 

"Finalmente,  Algazel  partió  de  aquel  país,  pasando 
"á  Santiago  en  compañía  de  los  embajadores  del  rey 
"normando  y  con  una  carta  de  éste  para  el  señor  de 
"aquella  ciudad.  Allí,  colmado  de  honores,  permaneció 
"dos  meses  con  aquellos  magnates  hasta  que  dieron  fin 
"á  su  peregrinación.  De  Santiago  pasó  á  Castilla  con 
"los  peregrinos  que  regresaban  á  esta  comarca;  de  allí  á 
"Toledo,  y  por  último  á  la  corte  del  Sultán  Abde- 
"rrahman  (2),  después  de  veinte  meses  de  ausencia"  (3). 

Hacia  este  tiempo  debió  realizar  su  peregrinación  á 
Compostela  San  Evermaro,  natural  de  Frisia,  cuya  fiesta 
se  celebra  el  1.°  de  Mayo.  Ingreclitur  itaque  vir  Dei,  nos 
dice  su  biógrafo  (4),  viam,,  quae  Gálaeciam  tendit  ad  S.  Ja- 


(1)  El  celebrado  cronista  Tammam  ibn  Alcania,  que  murió  en  896,  y 
Cuyo  relato  copió  Abuljatthab  ibn  Dáhya,  natural  de  Valencia,  que  murió 
en  el  año  1 235  de  nuestra  era.  Mr.  Reinhart  Dozy,  en  su  novísima  edición 
de  sus  Recherches,  tomo  II,  páginas  267  y  268»  Acerca  del  poeta  y  diplomá- 
tico Algazsl,  que  murió  hacia  el  año  864  de  nuestra  era,  vide  ibidem, 
pág.  269.— (Nota  de  Simonet). 

(2)  Abderrahman  II  de  este  nombre,  que  reinó  en  Córdoba  desde  el 
año  821  al  862  de  nuestra  era. — (Nota  de  Simonet). 

(3)  Mr.  Dozy  en  la  mencionada  edición  de  sus  Recherches,  páginas  271, 
278  y  279.  El  texto  de  tan  curioso  pasaje  y  de  toda  la  embajada  se  halla  en 
el  número  XXXIV  de  los  Apéndices.— (Notas  del  Sr.  Simonet). 

(4)  Acia  Sanctorum,  tomo  I  del  mes  de  Mayo,  págs,  120  y  siguiente^ 


72  LISBO  SEGUNDO 


cóbum,  ingressusque  ecclesiam  Sti.  Jacobi,  et  expetitis  ejus  suf- 
fragiis,  regreditur  ad  partes  Galliae  inferiores.  Es  cierto  que 
allí  se  dice  que  San  Evermaro  nació  reinando  Pipino, 
hijo  del  Duque  Ansigiso  (687-714),  en  cuyo  tiempo  aún 
no  se  habían  descubierto  los  sagrados  Restos  de  Santia- 
go; pero,  como  advierte  el  P.  Cúper  (1),  el  autor  de  la 
biografía  debió  confundir  á  este  Pipino  con  algún  otro 
que  hubiese  reinado  posteriormente;  por  ejemplo,  con 
Pipino,  rey  de  Aquitania,  hijo  de  Ludovico  Pío,  que 
reinó  desde  el  año  814  al  838,  ó  Pipino  de  Vermandois, 
que  vivió  por  el  mismo  tiempo. 

De  esta  manera  iba  caminando  Compostela  á  aquel 
punto  culminante,  que  señaló  Dozy  en  su  Historia  de  los 
Musulmanes  de  España  (2)  con  las  siguientes  palabras:  "A 
excepción  de  la  Ciudad  Eterna,  no  había  en  toda  Euro- 
pa un  lugar  tan  renombrado  por  su  santidad,  como  San- 
tiago de  Galicia." 


(1)  Acta  Sanctorum,  tomo  VÍ  dei  mes  de  Juíio,  num.  ÍÚO, 

(2)  Tomo  III,  pág.  228. 


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CAPITULO  IV 


La  batalla  de  Clavijo»   y   el   Voto  nacional    hecho  al   Apóstol 
Santiago. 


urante  el  pontificado  de 
Adulfo  I  tuvo  lugar  un  acon- 
tecimiento, que  dio  como  la 
consigna  histórica  que  por  mucho  tiempo  guardó  con 
toda  fidelidad  el  pueblo  español.  Nos  referimos  á  la  bata- 
lla de  Clavijo,  cuya  certeza  y  evidencia  sólo  comenzó  á 
velarse  y  obscurecerse,  desde  el  momento  en  que  nues- 
tro pueblo  comenzó  á  decaer  de  su  antigua  grandeza,  á 
degenerar  de  su  primitiva  estirpe  y  á  perder  aquellas 
notas  características  de  católico  y  belicoso ,  que  lo 
hacían  señalado  entre  todas  las  naciones  de  la  tierra. 
Hablando  el  Sr.  Cavanilles  (1)   de  la  batalla  de  Clavi- 


(1)    Hist,  de  .%.,  1. 1,  p.  398, 


74  tiBBo  SEatrMDO 


jo,  dice:  "De  aquí,  el  apellidar  á  Santiago  Patrón  de  Es- 
paña, y  el  ser  el  nombre  de  guerra  en  los  siglos  posterio- 
res, Santiago  y  Cierra  España.  De  aquí....  ¡qué  dolor,  que 
lo  que  inventó  la  piedad,  tenga  que  rechazarlo  la  crí- 
tica!" ¡Lo  doloroso  es  que  se  pretenda,  que  haya  que  re- 
chazar las  verdaderas  enseñanzas  de  la  piedad,  porque 
las  combata  la  crítica  desde  que  se  declaró  impía! 

Difícil  se  hace  creer;  pero  es  lo  cierto,  que  en  los 
pequeños  Estados  cristianos  de  aquella  época  pululaba 
ya  la  ambición,  y  que  por  lo  mismo  cada  vacante  de 
Trono  provocaba  una  crisis,  que  en  la  mayor  parte  de 
los  casos  resolvía  la  fuerza  de  las  armas.  Por  propia  ex- 
periencia comprendía  esto  mismo  D.  Alfonso  II;  así  es, 
que  para  prevenir  tales  conflictos  en  los  últimos  años  de 
su  vida,  se  asoció  al  Trono  á  su  primo  D.  Ramiro,  hijo 
de  D.  Bermudo  I  y  nieto  de  D.  Fruela,  hermano  de 
D.  Alonso  el  Católico.  A  pesar  de  esta  precaución,  cuan- 
do en  842  falleció  el  Rey  Casto,  no  faltaron  á  D.  Rami- 
ro audaces  y  temibles  competidores,  como  Nepociano, 
cuñado  del  monarca  difunto  y  los  condes  palatinos  Al- 
droito  y  Piniolo,  que  le  disputasen  la  corona.  Con  su 
valor  é  intrepidez  desbarató  D.  Ramiro  los  planes  de  sus 
adversarios,  y  reprimió  y  contuvo  sus  temerarios  inten- 
tos; pero  estas  discordias  no  podían  menos  de  debilitar 
las  fuerzas  del  pequeño  reino  cristiano,  y  estimular  á  los 
enemigos  de  siempre,  á  los  árabes,  á  que,  aprovechando, 
como  otras  veces,  la  ocasión,  tratasen,  ya  que  no  de  ex- 
terminar el  estado  fundado  por  Pelayo,  someterlo  á  una 
vergonzosa  é  inicua  capitulación. 

Así  sucedió,  en  efecto;  el  Emir  de  Córdoba,  Abde- 
rrahman  II,  no  era  persona  á  quien  pudiera  ocultarse  lo 
propicio  de  estas  circunstancias,  y  que  no  se  apresurase 


tOS  ÍBES  £BlMEBOá  SIGLOS  1)É  tA  1.   tíOk£(téTÉLANA  75 

á  sacar  de  ellas  todo  el  provecho  que  podía  prometerse 
para  sus  planes,  solicitado  acaso  por  los  mismos  parti- 
darios de  Nepociano  (1).  Envió,  pues,  en  el  año  843 
una  embajada  al  nuevo  monarca,  y  probablemente  á  los 
demás  jefes  de  los  Estados  cristianos,  como  el  de  Álava  y 
Castilla,  intimándoles  que  si  querían  conservar  su  auto- 
nomía, se  allanasen  á  pagar  ciertos  tributos,  y  entre  ellos 
el  de  cien  doncellas,  que  sin  duda  había  pactado  con  los 
árabes  alguno  de  los  pretendientes  á  la  Corona  de  Astu- 
rias. Cualquiera  otro  que  no  fuese  D.  Ramiro,  quizás  ti- 
tubearía antes  de  dar  una  respuesta  categórica  á  la  in- 
timación de  Abderrahman;  pero  el  animoso  hijo  de 
D.  Bermudo  I,  contestó,  cual  se  merecía,  á  la  insolencia 
del  arrogante  Emir  de  Córdoba,  y  convocó  en  León  á  to- 
dos los  principales  de  su  reino,  dióles  cuenta  de  la  em- 
bajada, y  puso  pregón  en  todos  sus  reinos  para  que  todos 
estuvieran  dispuestos  para  cuando  él  los  llamase. 

•  Viendo  Abderraman,  que  las  amenazas  verbales  no 
surtían  el  resultado  que  se  proponía,  recurrió  á  los  he- 
chos, juntó  un  numerosísimo  y  poderoso  ejército,  y  al  aso- 
mar la  primavera  del  año  844,  invadió  los  Estados  de 
Castilla  y  Álava,  con  ánimo  sin  duda  de  caer  después  so- 
bre el  reino  de  Asturias  (2).  Voló  D.  Ramiro  con  la  ac- 
tividad que  le  era  propia  en  socorro  de  los  Estados  cris- 


(1)  El  Albelden  se  en  la  mención  previa  de  los  Heves  de  León  (Es* 
paña  Sagrada,  t.  XIII,  p.  450),  cuenta  a  Nepociano  entre  los  monarcas  le- 
gión enses. 

(2)  Esta  misma  ruta  siguió  en  los  años  de  882  y  883  (V.  el  Cronicón 
AlbeldenseJ  Alfmondzir,  hijo  de  Mohammed  I,  para  caer  después  sobre  León 
y  Asturias.  Quizás  Abderrahman  quiso  también  tomar  esta  dirección  para 
recoger  las  tropas  auxiliares  de  Muza  II,  jefe  de  los  Beni-Casí  de  Aragón^ 
ó  asegurarse  al  menos  su  neutralidad# 


76  LIBBO  SEGUNDÓ 


tianos,  en  los  que  además  de  la  religión,  le  llamaban 
poderosos  afectos  personales,  como  que  en  uno  de  ellos, 
en  el  de  Bardulía  ó  Castilla,  había  tomado  recientemente 
esposa.  El  avistarse  los  dos  ejércitos  cerca  de  Albelda  en 
la  Rioja,  y  el  trabarse  la  batalla  fué  una  sola  cosa;  pues 
ni  la  impetuosidad  de  carácter  del  Rey  D.  Ramiro,  ni  la 
ansiedad  de  los  sarracenos  de  desbaratar  cuanto  antes  á 
un  ejército,  al  cual  suponían  poco  compacto  y  mal  orga- 
nizado, sufrían  dilación.  Peleóse  de  un  lado  y  de  otro 
con  gran  encarnizamiento,  hasta  que  la  noche  separó  á 
los  combatientes;  ¡pero  en  qué  distintas  condiciones!  los 
musulmanes  con  la  certeza  de  un  completísimo  triunfo; 
los  cristianos  con  la  convicción  de  su  propia  impotencia 
y  el  temor  de  una  inevitable  y  espantosa  derrota! 

Aprovechando  D.  Ramiro  aquella  suprema  tregua, 
retiróse  al  collado  vecino  de  Clavijo  ó  Laturce,  abruma- 
do con  los  más  tristes  y  fatales  presentimientos.  Repre- 
sentábale su  imaginación  la  corona  de  Pelayo  rodando 
á  los  pies  de  los  caballos  árabes,  hecho  pedazos  el  cetro 
de  los  Alfonsos,  perdidas  la  libertad  é  independencia  del 
Estado  cristiano,  profanados  los  templos,  saqueadas  las 
ciudades,  talados  los  campos,  sus  subditos  expuestos  á 
toda  suerte  de  oprobios  y  atropellos,  y  él,  acaso  por  te- 
meridad é  imprudencia,  como  causa  ocasional  de  tan 
inmensa  é  irreparable  catástrofe.  Rendido  el  espíritu, 
no  menos  que  el  cuerpo  con  la  fatiga,  cayó  en  un  sopor, 
más  bien  que  sueño,  durante  el  cual  tuvo  una  maravi- 
llosa visión,  que  en  un  principio  le  llenó  de  admiración 
y  de  asombro.  Apareciósele  un  personaje  de  aspecto  ve- 
nerable, que  manifestó  ser  el  Apóstol  Santiago,  á  quien 
el  Señor  había  encomendado  la  defensa  y  tutela  de  Es- 
paña.—  «Ten  valor,  y  no  desfallezca  tu  ánimo,  prosiguió 


LOS  TRES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  77 

en  substancia;  mañana  verás  huir  ante  tus  huestes  esa 
muchedumbre  innumerable  de  sarracenos  que  te  tiene 
cercado.  Cuando  me  veáis  todos  en  el  combate  montado 
en  un  caballo  blanco  y  ostentando  en  mi  diextra  una 
bandera  del  mismo  color,  entonces  os  persuadiréis  de  la 
verdad  de  mis  promesas.  Preparaos,  pues,  como  buenos 
cristianos  para  la  lucha,  acometed  invocando  el  santo 
nombre  de  nuestro  Dios  y  el  mío,  y  no  dudéis  que  la 
victoria  será  vuestra.» 

Santiago  desapareció;  pero  Ramiro  se  encontró  otro 
hombre.  Reanimado  con  tan  celestial  aparición,  convo- 
có, al  punto  á  los  Prelados,  á  los  Magnates,  á  los  Capita- 
nes de  su  ejército,  y  les  expuso  con  la  emoción  que  es  de 
suponer,  lo  que  acababa  de  ver  y  oir.  Desde  aquel  ins- 
tante, el  dar  cumplimiento  al  mandato  del  Apóstol,  fué 
la  preocupación  de  todos.  Dispusiéronse  como  para  la 
celebración  de  una  gran  solemnidad  religiosa,  confesán- 
dose según  lo  permitía  la  premura  del  tiempo,  comul- 
gando é  invocando  el  Nombre  sacrosanto  del  Dios  de  los 
ejércitos. 

Al  amanecer  del  día  siguiente,  dada  la  señal  del 
combate,  los  cristianos  por  distintos  puntos  del  monte  y 
al  grito  de  Ayúdenos  Dios  y  Santiago,  se  lanzan  impávidos 
sobre  los  sarracenos,  los  cuales  quedaron  un  tanto  sor- 
prendidos ante  aquella  fiera  acometida  que  no  espera- 
ban. Mas  su  sorpresa  y  desconcierto  subieron  de  punto, 
cuando  en  los  aires  y  al  frente  de  las  huestes  cristianas 
vieron  un  gran  resplandor  en  el  cual  se  dibujaba  \\n 
caballero  montado  en  un  caballo  blanco,  enarbolando 
en  la  diextra  una  blanca  bandera  y  como  en  actitud  de 
arengar  y  animar  á  las  tropas  que  le  seguían.  Poseídos 
de  terror  y  de   espanto,  vuelven  precipitadamente-  la 


78  LIBEO   SEGUNDO 


espalda,  y  con  la  ceguedad  y  el  atolondramiento  que 
infunde  el  miedo,  se  atropellan  unos  á  otros;  y  aquel 
ejército  tan  ordenado  y  compacto,  se  convierte  en  un 
horrible  remolino  de  hombres  que  violentamente  chocan 
entre  sí,  se  traban,  se  envuelven  con  vertiginosa  confu- 
sión. A  los  cristianos  ya  no  fué  necesario  combatir; 
bastábales  descargar  la  espada  sobre  aquella  masa  casi 
imposibilitada  hasta  para  huir.  Cerca  de  70.000  maho- 
metanos quedaron  tendidos  en  el  campo  de  batalla;  y 
D.  Ramiro  pudo  proseguir  su  victoriosa  marcha  hasta 
Calahorra,  en  donde  le  plugo  reunir  los  trofeos  de  su 
inopinado  triunfo. 

La  existencia  de  la  nacionalidad  española  quedaba 
asegurada;  vindicados  la  dignidad  y  honor  del  pueblo 
cristiano;  disipada  por  completo  la  nube  que  amagaba 
horrorosa  tormenta  que  iba  á  sepultar  entre  irreparables 
ruinas  la  obra  levantada  á  tanta  cosa.  Y  esto  lo  veían, 
esto  lo  presenciaban,  esto  lo  palpaban,  aquellos  mismos 
que  la  víspera  habían  podido  apreciar  cuan  al  borde  del 
abismo  se  hallara  el  Estado  cristiano.  En  el  corazón  de 
todos  surgió  espontáneo  y  unánime  un  generoso  senti- 
miento, el  de  demostrar  por  manera  perdurable  cuan 
obligada  quedaba  la  nación  al  patrocinio  del  Apóstol 
Santiago.  Para  realización  de  tan  generoso  propósito, 
todos  unánimemente,  desde  D.  Ramiro  hasta  el  último 
vasallo,  hicieron  voto  solemne  de  dar  para  siempre  á  la 
Iglesia  de  Santiago  de  cada  yugada  de  labranza,  fuese 
de  propiedad  eclesiástica,  ó  de  propiedad  laical,  cierta 
medida  dq  grano  ó  de  vino,  según  la  calidad  del  terreno. 
Establecióse  además,  que  en  el  reparto  del  botín  cogido 
á  los  sarracenos  en  los  combates  sucesivos,  se  reservase 
al  Apóstol  una  parte  igual  á  la  que  correspondía  á  cada 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  79 

caballero.  De  todo  ello,  se  extendió  para  perpetua  me- 
moria un  solemne  Privilegio,  que  fué  fechado  en  Cala- 
horra á  25  de  Mayo  de  844  y  subscripto  colectiva- 
mente por  todos  los  que  se  hallaban  presentes.  Tal  fué 
el  origen  de  los  célebres  Votos  de  Santiago,  que  la  nación 
española,  librada  prodigiosamente  de  inminente  ruina  y 
redimida  de  ominoso  tributo,  acordó  satisfacer  agrade- 
cida á  su  Patrono,  Defensor  y  Libertador. 

Pronto  hubieron  de  experimentar  los  cristianos, 
cuan  propicio  había  acogido  Santiago  aquel  grandioso 
acto  de  piedad  y  devoción.  Al  aproximarse  el  verano  de 
aquel  mismo  año,  una  flota  numerosa  de  normandos  in- 
vadió por  primera  vez  las  costas  de  España;  saquearon 
los  alrededores  de  Grijón,  y  se  dirigieron  á  la  Coruña,  en 
donde  desembarcaron  dispuestos  á  proseguir  su  tarea  de 
pillaje  y  destrucción.  Mas  D.  Ramiro  I,  luego  que  tuvo 
noticia  de  la  invasión,  envió  tropas  á  Galicia,  las  cuales, 
enardecidas  aún  con  el  fragor  del  último  combate  y  de 
la  reciente  victoria,  al  mando  de  aguerridos  Condes 
y  Capitanes,  arremetieron  briosamente  contra  los  nue- 
vos invasores,  los  desbarataron  y  los  persiguieron  hasta 
sus  naves,  de  las  cuales  consiguieron  incendiar  hasta 
sesenta  (1). 

Con  las  naves  que  les  quedaron  enderezaron  los  nor- 
mandos, ó  más  bien  los  escandinavos,  su  rumbo  hacia 
otra  parte,  y  se  dirigieron  hacia  las  costas  occidentales 


(1)  Itaque  subsequenti  tempore  Nordomannorum  classes  per  septen- 
trionalem  Oceanum  ad  littus  Gregionis  Civitatis  adveniunt,  et  inde  ad 
locum,  qui  dicitur  Farum  Bregantium,  perrexerunt;  quod  ut  comperit 
Eanimirus  jam  factus  Rex,  misit  adversus  eos  exercitum  cum  Ducibus  et 
Comitibus,  et  multitudinem  eorum  interfecit  ac  naves  igne  conbusit.  (Cro- 
nicón de  D.  Alfonso  III,  en  el  tom.  XIII  de  la  Esp.  Sag.,  p.  489). 


80  LIBRO   SEGUNDO 


de  la  España  árabe,  en  donde  no  encontraron  la  resisten- 
cia, que  les  había  hecho  sufrir  tan  duro  escarmiento  en 
Galicia.  A  mediados  de  Agosto  del  referido  año  844,  en- 
traron en  Lisboa,  y  pasados  algunos  días  prosiguieron  su 
marcha  hasta  llegar  á  Sevilla,  en  donde,  como  dice  Don 
Alfonso  III  en  su  Cronicón,  recogieron  considerable  botín 
é  hicieron  grandes  estragos  (1). 

Los  historiadores  árabes,  como  Aben-al-Cortiya, 
Nouairi,  y  Aben-Adari,  hacen  también  memoria  de  esta 
invasión  de  los  normandos  (2).  No  ocultan  el  espanto 
que  se  apoderó  de  los  musulmanes  al  aproximarse  los  fe- 
roces piratas  escandinavos.  Aben-al-Cotiya  confiesa  que 
en  todo  el  Oeste  no  hubo  persona  que  osase  salir  á  com- 
batirlos. Al  fin  dicen,  que  los  atrevidos  corsarios  fueron 
rechazados  con  grandes  pérdidas;  pero  á  juzgar  por  la 
manera  que  tienen  de  referir  estos  hechos,  debe  juzgarse 
que  los  normandos  sólo  se  retiraron  cuando  les  faltó  lu- 
gar para  recoger  más  botín. 

De  todo  esto  se  deduce,  que  á  la  humillación  de  Cla- 
vijo,  se  siguió  otra  no  menos  terrible  y  vergonzosa;  la  del 
saqueo  de  Lisboa,  Sevilla  y  otras  importantes  ciudades 
del  imperio  musulmán,  llevada  á  cabo  por  unas  hordas  de 
piratas,  que  acababan  de  ser  rechazadas  ignominiosa- 
mente de  los  dominios  cristianos. 

Por  lo  que  toca  al  año  en  que  tuvo  lugar  la  jornada 
de  Clavijo,  hemos  elegido  sin  vacilar  el  844,  porque  esta 
fecha,  como  advierte  Ambrosio  de  Morales,   es  la  más 


(1)  Qui  vero  ex  eis  (Nordomannis)  remanserunt,  civitatem  Hispaniae 
Hispalim  irruperunt,  et  praedam  ex  ea  capientes,  plurimos  Chaldaeorum 
gladio  atque  igne  interfecerunt.  (Esp.  Sag.,  tom.  XIII,  loe.  cit.) 

(2)  V.  Dozy,  Recher ches  sur  V  Histoire  et  la  Liitterature  de  l'  Espagne; 
3.a  ed.;  tomo  II,  págs.  252  y  siguientes, 


LOS  TEES  PRIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAtíA  81 

verdadera  fhaec  verior  sitpputatio),  y  la  más  acomodada  á 
la  cronología  del  remado  de  D.  Ramiro  I.  Es  de  adver- 
tir que  como  nos  falta,  por  lo  menos,  desde  el  siglo  XVI, 
el  original  del  Privilegio  de  los  Votos  (1),  forzoso  nos  es 
atenernos  á  las  copias,  las  cuales  en  materia  de  fechas, 
mayormente  en  el  tránsito  de  la  letra  gótica  á  la  france- 
sa, por  impericia  de  los  copistas,  que  nunca  solieron  ser, 
ni  tuvieron  obligación  de  serlo,  paleógrafos  críticos,  casi 
siempre  están  equivocadas.  Así  en  unas  copias,  y  son 
las  más,  se  lee  Era  DCCGLXXI1  (año  834);  en  otras 
Era  DGCCLXI1  (año  824;  y  en  otras  Era  DCCCLXXXII 
(año  844).  Esta  última  variante  es  la  única  aceptable. 


^K^f«^H»* 


(1)     Por  lo  que  refiere  el  Canónigo  Sr.  D.  Pedro  Antonio  Sánchez  Vaa- 

monde  (Apología  del  Voto  de  Santiago,  pág.  14),  el  original,   ó  lo  que  tal  se 

creía  en  aquella  época,  se  extravió  en  el  año  1543  al   ser  presentado  en  la 

Cnancillería  de  Valladolid  con  motivo  del  pleito  contra  la  villa  de  Pedraza, 

Tomo  II.— 6. 


/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/V/jV 


CAPITULO  Y 


Discútense  los  argumentos  con  que  se  pretendió  demostrar 
la  falsedad  del  Voto  nacional  y  de  la  batalla  de  Clavijo. 


ero  la  batalla  de  Clavijo  ¿fué,  en 
efecto,  un  hecho  real  y  positivo? 
Esta  pregunta,  que  en  otros  tiem- 
pos causaría  asombro  y  escándalo, 
en  los  nuestros,  al  contrario,  es  tan 
natural  y  tan  obvia,  que  el  no  ha- 
cerla sería  ó  indicio  de  crasa  igno- 
rancia, ú  omisión  tan  sólo  propia  de  espíritu  empapado 
en  rancias  y  ya  caducas  preocupaciones.  Este  fenómeno 
no  sucede  con  sola  la  batalla  de  Clavijo;  sucede  también 
con  otros  muchos  hechos  é  instituciones,  en  pasadas 
épocas  respetadas  y  consentidas;  al  presente  controver- 
tidas y  menospreciadas.  No  nos  detendremos  en  inves- 
tigar las  causas  de  tal  fenómeno,  por  más  que  en  el  am- 
biente social  que  respiramos,  no  dejaríamos  de  hallarlas 


84  LIBBO  SEGUNDO 


pronto;  lo  que  ahora  nos  importa  averiguar,  es  si,  en 
efecto,  la  batalla  de  Clavijo  fué  un  hecho  real  y  positivo. 
Aun  los  críticos,  que  pasan  por  más  cuerdos  y  sensa- 
tos, no  titubean  en  contestar  de  pronto  y  resueltamente 
de  un  modo  negativo  á  esta  cuestión;  y  para  esto,  fun- 
dados en  un  argumento  que  creen  apodíctico  y  conclu- 
yente,  á  saber,  el  silencio,  que  según  ellos,  guardan 
todos  los  documentos  durante  los  cuatro  primeros  siglos 
que  se  siguieron  después  de  la  batalla  de  Clavijo.  Pero 
este  argumento  del  silencio  ¿es  tan  eficaz  y  persuasivo, 
que  pueda  dejar  convencido  y  satisfecho  á  un  ánimo 
verdaderamente  crítico?  Así  también  podría  decirse,  que 
porque  una  persona  no  tiene  conciencia  de  una  cosa,  no 
debe  existir  esta  cosa.  Del  mismo  modo  la  Historia  po- 
drá no  tener  conocimiento  ó  conciencia  de  un  hecho 
concreto,  ó  podrán  faltarle  motivos  de  credibilidad  para 
demostrarlo,  pero  para  poder  deducir  de  aquí  lógica- 
mente que  tal  hecho  nunca  ha  existido,  hay  un  abismo 
que  no  siempre  han  salvado  con  fortuna  todos  los  críticos. 
Los  cuales,  con  sobrada  frecuencia  en  estos  casos,  antes 
que  medir,  pesar  y  aquilatar  las  dificultades,  y  buscar  y 
escudriñar  las  soluciones  más  adecuadas,  como  trabajo 
más  cómodo  3^  expeditivo,  pues  siempre  fué  más  fácil 
sentar  una  negativa  que  demostrarla,  prefieren  desatar 
el  nudo,  si  no  despóticamente,  al  menos  á  lo  Alejandro, 
cortándolo  de  un  sólo  tajo.  Si  en  el  gran  drama  de  la 
humanidad,  no  hubiesen  pasado  más  hechos,  que  aque- 
llos que  conoce,  ó  de  que  da  cuenta  la  Historia  crítica, 
dicho  drama  quedaría  reducido  á  bien  escasas  propor- 
ciones, y  de  su  trama  y  enredo  muy  pequeña  idea  po- 
dríamos formarnos. 


LOS  ÍBES  í>BIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSfELANA  85 


iñi 


mpero,  antes  de  entrar  en  materia,  cúmplenos 
■  k^í)J     hacer  una  protesta,  la   protesta  de  que   no 

pretendemos  decir  cosas  nuevas,  ni  aducir 
desconocidos  argumentos;  porque  después  de  las  sólidas 
y  razonadas  apologías  que  en  defensa  de  la  batalla  de 
Clavijo  escribieron  á  fines  del  siglo  pasado  y  á  princi- 
pios del  actual,  personas  tan  competentes  como  el  Doc- 
toral de  nuestra  Santa  Iglesia,  después  Obispo  de  Lérida, 
Dr.  D.  Joaquín  Antonio  Sánchez  Ferragudo  (1),  el  Li- 
cenciado D.  José  Francisco  de  Turnes  (2),  el  Disertador 
Compostelano ,  que  impugnó  especialmente  á  Masdeu  (3), 
el  Padre  M.  Fray  Pablo  Rodríguez  O.  S.  B.  (4),  el  Padre 


(*)  Las  iniciales  de  los  párrafos  de  este  capítulo,  lo  mismo  que  las  de 
otros  contenidos  en  este  volumen,  están  tomadas  de  varios  fragmentos  de 
Breviarios  Compostelanos  del  siglo  XIII  ó  XIV. 

(1)  En  1769  publicó  en  Santiago,  en  la  imprenta  de  Aguayo,  un  Alega* 
to  intitulado:  Por  el  Arzobispo,  Cabildo,  Grande  y  Real  Hospital  de  Santia- 
go, Manifiesto,  Respuesta  y  Satisfacción  jurídica  á  la  queja  dada  por  el 
R.  Arzobispo  de  Granada  sobre  la  exacción  y  cobranza  del   Voto  de  Santiago. 

(2)  Siendo  Cura  de  Aro,  en  esta  Diócesis,  escribió  una  Disertación 
histórico-crítica  apologética  sobre  el  Privilegio  del  Voto  concedido  al  glorioso 
Apóstol  Santiago,  Patrón  de  España.  Posteriormente,  siendo  Magistral  de 
Lugo,  escribió  en  1779  la  Apología  histórico-crítica  en  que  se  defiende  la  cer- 
teza del  Privilegio  del  Voto.  Ambas  obras  se  conservan  manuscritas  en  el 
Archivo  de  la  Iglesia  compostelana,  Est.  VIII,  caj.  I. 

(3)  Se  publicó  su  Disertación  en  el  t.  XVI  de  la  Historia  Crítica  de 
España,  de  Masdeu. 

(4)  Escribió  en  1778  dos  gruesos  volúmenes  intitulados  Instrucción  al 
público,  ó  aea,  Tratado  diplomático ,  cronológico  y  apologético f  en  demostré 


86  LIBUO  SEGUNDO 


M.  Fray  Domingo  delbarreta  de  la  misma  Orden  (1),  el 
Canónigo  compostelano  Dr.  D.  Pedro  Antonio  Sánchez 
Vaamonde  (2)  etc.,  etc.,  parece  una  especie  de  arrogan- 
cia el  volver  á  tratar  el  mismo  asunto.  Pero  como  muchos 
historiadores,  y  justamente  de  los  que  más  alardean  de 
críticos,  siguen  repitiendo  y  recalcando,  sin  duda  porque 
no  tuvieron  tiempo  para  leer  alguna  de  las  luminosas 
obras  citadas,  las  afirmaciones  en  ellas  rebatidas  y  des- 
hechas, creemos  del  caso  resumir  y  condensar  lo  ex- 
puesto en  tan  magistrales  trabajos  para  ofrecer  á  nues- 
tros lectores  como  un  bosquejo  de  lo  más  principal  que 
se  ha  publicado  sobre  la  materia. 

Una  cosa  hay,  sin  embargo,  en  que  nos  separamos 
de  la  opinión  corriente  entre  los  autores  que  acabamos 
de  citar,  y  es  la  que  se  refiere  al  año  en  que  se  dio  la  ba- 


ción  del  Voto  del  Apóstol  Santiago;  que  se  conservan  manuscritos  en  el  Ar- 
chivo de  esta  Santa  Iglesia  Metropolitana,  Est.  VIII,  caj.  I.  En  1804 
publicó  en  Madrid,  con  el  título  de  Diploma  de  Ramiro  I,  un  libro  en  que 
se  halla  extractado  lo  contenido  en  la  Instrucción,  y  en  que  expresamente 
se  rebaten  los  argumentos  de  Masdeu. 

(1)  Envió  al  Cabildo  compostelano  un  folleto  manuscrito  intitulado, 
Apuntamientos  histór ico-diplomáticos,  que  cita  el  Sr.  Sánchez  Vaamonde 
(Apol.,  pág.  232)  como  existente  en  el  Archivo  del  Cabildo. 

(2)  En  1813,  se  publicó  en  Santiago  la  Apología  en  favor  de  la  Santa 
Iglesia  de  Santiago  en  razón  de  los  Votos,  que  había  dejado  manuscrita. 

En  vida  en  1805  había  publicado  en  Madrid  en  casa  de  Ibarra  sobre  lo 
mismo  la  Respuesta  al  Canónigo  D.  Joaquín  Antonio  del  Camino. 

En  el  Archivo  del  Cabildo  guárdase  también  manuscrita  una  volu- 
minosa Apología  del  Voto  general  del  Apóstol  Santiago,  escrita  en  nombre 
del  Revmo.  Arzobispo,  Cabildo   y  Hospital  Real. 

Hácense  grandes  elogios  del  Alegato  escrito  por  el  Sr.  Mora  Jaraba, 
abogado  del  Cabildo  en  el  pleito  con  el  Duque  de  Arcos.  El  Cabildo  había 
resuelto  publicarlo,  pero  el  Presidente  del  Consejo  Sr.  Eigueroa  no  juzgó 
oportuna  su  publicación,  toda  vez  que  el  Duque  de  Arcos  había  desistido 
de  su  demanda, 


LOS  TRES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  87 

talla  de  Clavijo.  Y  al  obrar  así,  no  nos  hemos  determina- 
do por  propio  impulso,  sino  acomodándonos  al  sentir  de  los 
maestros  de  nuestra  historia,  Ambrosio  de  Morales  (1), 
Mariana  y  Flórez,  que  todos  pusieron  la  batalla  en  el 
año  844,  y  no   en  el  año  834,  como  quieren  muchos  de 
los  apologistas  del  Diploma  de  D.  Ramiro  I.  La  razón  de 
esta  discrepancia  estuvo  en  haber  considerado  los  apo- 
logistas del  Diploma  á  las  copias  de  que  se  han  servido, 
(pues  el  original  ya  debe  de  hacer  bastantes  siglos  que 
se  perdió)  como  documentos  que  representan  en  toda  su 
integridad  el  prototipo,  no  sólo  en  lo  substancial,  sino  en 
todos  los  pormenores.   Especialmente  en  materia  de  fe- 
chas, no  hay  copia  antigua,  que  no  deba  ser  contrasta- 
da (y  esto  bien  lo  saben  los  que  tengan  alguna  práctica 
en  el  manejo  de  documentos  antiguos),  con  otros  datos 
cronológicos  seguros,  para  ensayar  hasta  dónde  llega  la 
exactitud  de  la  data.  Aun  las  copias  de  los  Tumbos  y 
Cartularios,  que  solían  ser  hechas  por  las  personas  más 
expertas  y  avisadas  de  las  iglesias  y  monasterios,    no 
ofrecen  en  la  fecha  seguridad  alguna,  y  tienen  que  ceder 
ante  cualquiera  otro  dato  cronológico  que  se  desprenda 
del  contexto,   ó  que  pueda  adquirirse  por  otros  con- 
ductos. 

Hicieron,  pues,  mal,  en  nuestro  humilde  juicio,  los 
apologistas  del  Diploma  de  Ramiro  en  aferrarse  ciega- 
mente á  las  notas  cronológicas  de  las  copias;  máxime 
que  en  este  punto  siempre  es  más  fácil  disminuir,  que 

(1)  Morales  en  el  lib.  IX,  cap.  VII,  de  la  Crónica,  publicó  íntegra  una 
traducción  del  Diploma  con  la  fecha  Era  DCCCLXXII.  Posteriormente, 
en  1590,  en  la  Disertación  que  envió  á  Roma  sobre  el  Rezo  de  la  Traslación 
de  Santiago,  adoptó  la  Era  DCCCLXXXII,  como  fecha  más  exacta,  comQ 
verior  supjputatio, 


88  libuo  segundó 


aumentar;  y  en  las  fechas  de  los  documentos  góticos, 
cuando  hay  más  de  una  X,  de  tal  modo  aparecen  enla- 
zadas y  enredadas,  que  se  necesita  mucha  práctica  y 
observación,  para  saber  si  son  dos  ó  tres,  ó  tres  ó  cuatro 
en  su  caso.  Esto  que  decimos  de  las  fechas,  también  es 
aplicable  á  las  firmas  ó  subscripciones. 


II 


iniendo  ahora  á  nuestro  asunto  ¿es  tan  pro- 
fundo el  silencio,  que  como  pretenden  los 
Z^\j  críticos,  se  nota  en  los  documentos  hasta  el 
siglo  XIII  respecto  de  la  batalla  de  Clavijo?  Para  poder 
afirmar  esto  debieran  haber  demostrado  que  ninguna 
de  las  dos  victorias,  que  según  escribía  D.  Alfonso  III 
en  su  Cronicón  á  fines  del  siglo  IX,  obtuvo  D.  Rami- 
ro I  contra  los  sarracenos,  había  sido  la  de  Clavijo  (1). 
Debieran  haber  demostrado  que  el  Privilegio ,  que 
según  D.  Ramiro  II,  otorgó  D.  Ramiro  I  (2)  á  la  Igle- 
sia compostelana,  no  había  sido  el  de  los  Votos.  De- 
bieran haber  demostrado  que  entre  los  muchos  beneficios 
y  dones,  que  según  D.  Alfonso  III  (3),  hizo  D.  Ramiro  I 
á  la  Iglesia  de  Santiago,  tampoco  podía  contarse  el  Pri- 
vilegio de  los  Votos.  Debieran  haber  demostrado  otras 


(1)  Nam  adversas  Sarracenos  bis  praeliavit  et  victor  extitit.  (España 
Sagrada,  tomo  XIII,  pág.  490). 

(2)  Kanimirus  Rex,  et  ipsum   (testamentum   Adefonsi   II)  confirmavit 
et  aliud  addidit.  (Esparta  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  363). 

(3)  Multa  beneficia  et  dona  casta  mente...;  España  Sagrada,  tomo  XIX, 
página  343. 


tÓS  TftES  PKIMEBOS  SÍGLCté  DE  tA  t  ÓÓJkÍPOSTELANA  89 

muchas  cosas  en  que  luego  nos  ocuparemos,  pero  que  de- 
jaron pasar  por  alto  como  las  que  acabamos  de  mentar. 
Debieron  no  haberse  perdonado  la  molestia  de  irse  á 
Orense,  en  donde  podrían  haber  visto  con  sus  propios 
ojos  una  copia  auténtica  del  Privilegio  de  los  Votos,  pues 
ésta  es  una  fuente  de  información  histórica,  como  otra 
cualquiera,  hecha  á  mediados  del  siglo  XII,  es  decir,  un 
siglo  antes  del  XIII.  Debieran  haber  demostrado,  que 
aquel  ejemplar  del  Privilegio  de  los  Votos  que  vio  Don 
Alfonso  XI  en  el  año  1341  al  tiempo  de  confirmarlo  (1), 
el  cual,  según  el  mismo  Monarca,  estaba  escrito  de  letra 
mozárabe,  ó  sea  gótica,  que  fué  la  que  se  usó  en  España 
hasta  principios  del  siglo  XII,  no  era  anterior  al  si- 
glo XIII.  Debieron  haber  visitado  y  examinado  los  relie- 
ves que  aún  se  ven  en  la  Catedral  compostelana,  en  las 
iglesias  de  Santiago  de  la  Coruña,  Santiago  de  Betan- 
zos,  Santiago  de  Bardauri  cerca  de  Miranda  de  Ebro,  de 
Santiago  de  Taboada,  etc.,  etc.,  todos  ellos  anteriores  al 
siglo  XIII.  Pero  más  cómodo  era  evitarse  todas  estas  mo- 
lestias, y  afirmar  rotundamente,  y  dar  por  sentado,  que 
durante  los  cuatro  siglos  que  mediaron  entre  el  IX  y 
el  XIII  nadie  pensó  en  la  batalla  de  Clavijo. 

El  caso  es  que  en  su  afán  de  esforzar  este  argumento 
del  silencio,  nuestros  críticos  probaron  demasiado,  y  por 
lo  mismo  no  probaron  nada.  Veámoslo  si  no.  Quedamos 
en  que  según  los  críticos  impugnadores  de  la  batalla  de 
Clavijo,  en  el  siglo  XIII  se  hallaba,  por  fin,  divulgada  la 
noticia  de  tan  memorable  acontecimiento.  Ahora  bien; 
entre  las  crónicas  de  cuyo  silencio  se  valen  para  negar  el 


(1)    Representación  contra  el  pretendido  Voto  de  Santiago  del  Duque  de 
Arcos,  Madrid,  1771;  Apéndice  núm,  XL. 


90  LIBEO  SEGUNDÓ 


suceso  de    Clavijo,  cuentan  el  Cronicón  Complutense,  los 
Anales  Complutenses,  el  Cronicón  Burgense,   los  Anales  Tole- 
danos primeros  y  terceros  y  los  Cronicones  Con  i mbr ¿censes, 
latino  y  portugués.  Mas  todos  estos  Anales  y  Cronicones 
fueron  escritos  en  el  siglo  XIII,  y  algunos,  como  los  Co- 
nimbricenses  y  los   Toledanos  terceros,   en  el  XIV  (1). 
Luego,  siendo  esto  así,  como  indudablemente  lo  es,  ha- 
bría que   deducir    que    ni    en  el  siglo  XIII,  ni  aún  en 
el  XIV  era  conocida  la  batalla  de  Clavijo.  Esto  último, 
sin  embargo,  no  quieren  admitirlo  nuestros  críticos.   En- 
hora  buena;  pero  ¿en  qué  razón  se  fundan  para    sentar 
que  el  silencio  de  dichas  crónicas  es  eficaz  respecto  de  los 
siglos  anteriores  al  XIII,  é  ineficaz  respecto  de  este  siglo 
y  de  los  siguientes?  O  es  eficaz  para  todos  ó  para  ninguno. 
Así  lo  requiere  la  lógica.  Pero  no  es  esto  sólo.  Ninguno 
de  los  Cronicones  citados,  y  otros  más  que  citan  el  autor 
de  la  Representación  del  Duque  de  Arcos  (2)r  Masdeu,  Cami- 
no, Ledesma,  etc.,  hacen  la  menor  mención  del  descubri- 
miento del  Cuerpo  de  Santiago  en  tiempo  de  D.  Alfon- 
so II.  Según  el  criterio  sentado  por  los  críticos  impugna- 
dores del  suceso  de  Clavijo,  habría  que  decir,  ó  que  este 
descubrimiento  no  pudo  tener  lugar,  ó  que  si  lo  tuvo,  sólo 
sería  después  del  siglo  XIII  ó  del  XIV.  Verdaderamente 
es  terrible  el  silencio  de  los  Cronicones. 

Pero  además  del  silencio  de  las  Crónicas  cristianas, 
hay  el  de  las  arábigas,  en  las  cuales  no  se  halla  la  más 
mínima  mención  de  la  batalla  de  Clavijo.   Comparando 


(1)  Véanse  todos  ellos  entre  los   Apéndices  del  tomo  XXIÍI  de  la  Tus* 
paña  Sagrada. 

(2)  Número  93, 


LOS  TBES  PRlMEBOá  SIGLOS  Í)E  LÁ  I.  COMPOStffíLÁNA  91 

Dozy  (1),  á  propósito  de  la  batalla  de  Simancas  en  el 
año  939,  el  silencio  de  las  primeras  con  el  de  las  segun- 
das, dice:  «Los  cronistas  latinos  de  España  son  en  extre- 
mo avaros  de  detalles,  aunque  se  trate  de  victorias  de  sus 
correligionarios;  y  los  cronistas  árabes  que  en  otros  casos 
los  completan  con  frecuencia,  son  de  esta  vez  aún  más 

lacónicos Los  cronistas  arabo-españoles  ó  africanos 

pasan  lo  más  rápidamente  posible  por  sobre  esta  desas- 
trosa expedición  (la  de  Simancas).  Hubieran  querido  bo- 
rrar esta  página  de  sus  Anales;  y  algunos  intentaron  ha- 
cerlo; al  llegar  al  año  939  guardan  un  profundo  silencio.» 
Sin  embargo,  la  batalla  de  Simancas  se  dio;  pero  lo  que 
no  consiguieron  los  cronistas  árabes  con  la  batalla  de 
Simancas,  lo  obtuvieron  respecto  de  la  de  Clavijo,  que 
tuvo  lugar  un  siglo  antes,  y  que  por  lo  mismo  pudo  más 
fácilmente  quedar  olvidada;  ya  que  no  es  de  creer  que 
tuviesen  más  especial  interés  en  conservar  su  memoria. 


III 


OMO  también  hay  rutinas  eruditas,  no  es  de 
extrañar,  que  después  que  el  autor  de  la  Re- 
presentación del  Duque  de  Arcos,  núm.  98,  sentó 
esta  proposición,  «A  la  verdad,  el  silencio  tan  general, 
uniforme  y  constante  por  cerca  de  cuatro  siglos  hasta 
en  la  boca  de  la  misma  Iglesia,  es  capaz,  no  sólo  de  hacer 
balancear  el  juicio  más  inflexible,  sino  de  convencerle  á 


(1)    Rccherches  sur  V  Histoire  et  la  Littérature  de  V  Espagne,   tomo  I; 
página  157, 


92  LÍBBO  SEGUNDÓ 


que  es  ficción  délos  tiempos  posteriores»;  casi  todos  los 
críticos,  comenzando  por  Masdeu  (1),  diesen  ya  por  su- 
puesto, que  durante  cuatro  siglos,  ó  desde  el  IX  hasta 
el  XIII,  nadie  mentó,  ni  hizo  la  menor  alusión  á  la 
batalla  de  Clavijo.  Pero  no  es  lo  mismo  hacer  suposicio- 
nes, que  probarlas  y  demostrarlas.  Lo  primero  puede 
permitirse  en  el  autor  de  la  Representación,  que  como 
buen  curial  y  agente,  pudo  valerse  de  los  recursos  y 
fórmulas  acostumbradas  en  los  escritos  de  los  litigantes, 
concluyendo  con  la  solemne:  Es  justicia  que  pido,  etc.  (2). 
Pero  que  los  que  alardean  de  críticos  acepten  tan  á  ojos 
cerrados  afirmaciones  lanzadas  en  el  calor  del  litigio,  y 
en  las  cuales  el  interés  aparece  como  principal  inspi- 
rador (3),  es  cosa  que  ni  los  acredita  de  críticos,  ni 
hablará  mucho  en  favor  de  la  sinceridad  de  sus  propósi- 
tos. La  verdad  es  que  lo  que  provocó  el  interés  á  fines  del 
siglo  pasado,  fué  con  aplauso  acogido  en  nuestra  época 
tan  propicia  á  aceptar  todo  aquello  en  que  se  vean  des- 
mentidas nuestras  antiguas  y  venerandas  tradiciones. 
De  aquí  resultó  que  el  silencio  de  los  cuatro  siglos  quedó 
como  estereotipado  para  uso  de  los  historiadores,  que 


(1)  Este,  sin  embargo,  atribuyó  la  invención  de  la  batalla  de  Clavijo 
á  los  autores  de  la  Gompostelana,  los  cuales  ni  una  sola  palabra  dicen  de  tal 
acontecimiento. 

(2)  Así  lo  hizo  en  efecto;  pues  al  terminar  su  intrincado  Alegato,  nú- 
mero 285,  dice:  Ya  ve  Vuestra  Majestad,  cuan  justa  es  la  pretensión  del 
Duque. 

(3)  El  mismo  autor  de  la  Representación,  que  algunos  dicen  haber  sido 
el  Conde  de  Eloridablanca,  lo  da  á  entender  bien  claramente  en  el  núme- 
ro 284;  porque  después  de  poner  al  margen  Objeto  de  esta  Súplica,  pide  al 
Rey  se  digne  declarar  que  en  ninguno  de  los  pueblos  de  su  casa  (la  del  Duque 
de  Arcos)  i  Estados  tiene  derecho  la  Santa  Iglesia  de  Compostela  a  cobrar  el 
Voto  de  Santiago, 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA.  93 

sólo  saben  atender  al  influjo  de  las  corrientes  dominan- 
tes, sin  preocuparse  de  cuál  sea  la  orientación  de  éstas. 
Por  lo  demás,  si  se  mira,  la  cuestión  por  el  lado  puramen- 
te jurídico,  por  necesidad  habrá  que  suscribir  á  esta  ter- 
minante afirmación  del  Sr.  La  Fuente  (1).  «Las  con- 
firmaciones del  Voto  por  varios  monarcas  desde  San 
Fernando  hasta  los  Reyes  Católicos  inclusives,  y  las  res- 
puestas mismas  de  las  Cortes,  en  tiempo  de  D.  Juan  I  y 
del  Emperador  Carlos  V,  eran  más  que  suficientes  para 
ganar  cuantos  pleitos  se  quisieran,  cualquiera  que  fuese 
el  valor  histórico  del  Diploma.» 

Suelen  atribuir  los  críticos  al  célebre  Arzobispo  de 
Toledo,  D.  Rodrigo,  la  primera  inserción  en  nuestra 
Historia  de  los  sucesos  de  Clavijo.  Y  ¿qué  fué  lo  que 
pudo  aconsejar  á  D.  Rodrigo  este  arrojo  de  consig- 
nar el  primero,  y  perpetuar  por  medio  de  la  Historia  ac- 
ción tan  gloriosa  para  la  Iglesia  compostelana?  He  aquí 
cómo  nos  lo  explica  Masdeu  (2):  «Cuando  D.  Rodrigo  se 
puso  á  escribir,  se  halló  con  un  Diploma  que  tenían  todos 
por  genuino,  y  que  según  la  aprobación  ó  firma  de  don 
Pedro  Mancio  manifestaba  á  lo  menos  un  siglo  de  exis- 
tencia; se  halló  con  una  Escritura  de  cien  años  de  fecha, 
en  la  cual  el  Arzobispo  D.  Diego  Gelmírez  hablaba  de 
Votos  de  Santiago,  y  citaba  en  el  asunto  como  verdade- 
ra y  legítima  otra  Escritura  de  dos  siglos  más  atrás  (3); 
se  halló  con  la  Historia  Compostelana,  que  refería  va- 
rios sucesos  del  siglo  XII  relativos  á  la  contribución  de 
los  pueblos  en  favor  de  la  Iglesia  de  Compostela;  se  halló 


(1)  Historia  eclesiástica  de  España,   2.a   edicióo,   tomo  III,   Apéndice 
núm.  23,  pág.  460,  nota  2. 

(2)  Historia  Crítica  de  España,  tomo  XVI,  pág.  103. 

(3)  Ya  llegamos  al  siglo  X. 


94  LIBRO  SEGUNDO 


con  decretos  de  Reyes  y  bulas  de  Papas  que  aprobaban 
y  mandaban  dicha  contribución;  se  halló,  finalmente,  con 
el  ejercicio  práctico  de  toda  la  nación  que  pagaba  el  tri- 
buto á  nuestro  Santo  Patrono  sin  dificultad  ni  resisten- 
cia... Así  no  es  de  extrañar  que  tuviese  el  hecho  por  cier- 
to, y  lo  entregase  á  la  memoria  de  la  posteridad»  (1). 
Con  otras  muchas  más  cosas  debió  hallarse  D.  Rodrigo, 
pero  por  ahora  basta  con  las  que  apunta  Masdeu.  ¿Qué 
se  hizo,  pues,  del  decantado  silencio  de  los  cuatro  siglos? 
¿O  qué  clase  de  silencio  de  cuatro  siglos  era  éste  tan  eficaz 
y  elocuente,  que  por  medio  de  escrituras,  documentos, 
decretos  de  Reyes,  bulas  de  Papas  y  de  la  opinión  uná- 
nime de  los  pueblos,  forzó  al  célebre  Arzobispo  á  escribir 
contra  lo  que  sentía?  ¿O  se  pretenderá  decir  que  todo  este 
aparato,  concurso  y  concierto  de  voces  y  testimonios, 
formóse,  no  durante  los  cuatro  siglos  que  precedieron 
al  XIII,  sino  cabalmente  la  víspera  del  día  en  que  D.  Ro- 
drigo, en  mal  hora  para  él,  se  puso  á  escribir  de  don 
Ramiro? 


IV 


ero  examinemos,  siglo  por  siglo,  estos 
silenciosos  documentos,    y  veamos  si  su 

silencio  es  tal,  que  pueda  hacer  sostenible  la  tesis  de  la 

mudez  de  los  cuatro  siglos. 


(1)  En  el  tomo  XVIII,  pág.  452,  explica  Masdeu  de  otra  manera  este 
arrojo  de  D.  Rodrigo,  y  dice  que  el  sabio  Arzobispo  de  Toledo  obró  así,  no 
porque  sintiese  lo  que  decía,   sino  por  política,  por  solos  respetos  humanos, 


LOS  TBES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.   COMPOSTELANA  95 


SIGLOS  XII   Y  XIII   (1) 

Bulas  de  Papas. — Comencemos  por  Inocencio  III,  que 
ocupó  la  Silla  Apostólica  desde  el  año  1198  hasta  el  1216. 
En  el  Derecho  Canónico,  capítulo  XVIII,  De  Censibus, 
hay  una  Decretal  de  este  Papa,  fechada  en  el  año  1212, 
que  resuelve  algunas  dudas  acerca  de  la  medida  por  la 
cual  se  había  de  pagar  el  Voto  de  Santiago.   En  el 
preámbulo  se  dice  que  algunos,  que  desde  hacía  mucho 
habían  dejado  de  hacer  dicha  paga,  ahora  obligados  de 
nuevo  querían  hacerla  por  una  medida  muy  pequeña. 
Quídam  qui  a  longis  retro  temporibus  ab  eorum  sólutione  cessa- 
runt,  nunc  perros,  etc..  En  la  Colección  de   Cartas  de  este 
Papa,  que  publicó  Baluze  (2)  hay  tres  referentes  á  este 
asunto  de  los  Votos,  fechadas  todas  probablemente  en 
el  año  1199.  La  una  va  dirigida  contra  algunos  labrado- 
res del  reino  de  León,   que  se  resistían  al  pago  de  los 
Votos;  la  otra  habla  con  los  Arzobispos  de  Toledo  y  de 
Braga  reprendiéndoles  porque  no  obligaban  á  sus  dioce- 
sanos, como  repetidas  veces  se  les  había  mandado,  á  pa- 
gar los  Votos  debidos  á  la  Iglesia  de  Santiago;  la  tercera 


por  no  oponerse  claramente  á  la  opinión  popular  de  aquellos  tiempos.  Obró 
así  por  política.  ¡Tal  vez  por  dar  más  fuerza  á  las  antiguas  pretensiones  de 
los  Prelados  compostelanos! 

He  aquí  un  nuevo  tema  para  el  estudio  de  las  fuentes  históricas;  el  ave- 
riguar si  fueron  escritas  en  sentido  histórico  ó  en  sentido  diplomático. 

(1)  D.  Rodrigo  escribió  su  Historia  por  encargo  de  San  Fernando;  y 
como  este  insigne  Monarca  comenzó  á  reinar  en  el  año  1217,  resulta  que  los 
primeros  años  del  siglo  XIII  están  también  incluidos  en  la  conspiración  del 
silencio. 

(2)  Libro  II,  números  145, 146  y  147. 


96  LIBBO  SEGUNDO 


se  entiende  con  los  Caballeros  de  Santiago,  á  los  cuales 
intima,  bajo  graves  penas,  que  también  deben  pagar  los 
Votos  de  Santiago,  ó  sea,  census  quídam  certus,  qui  Vota 
dicitur,  de  singulis  paribus  boum  antiquíbus...  constitutus.  Por 
fin,  del  mismo  Papa  Inocencio  III  hay  una  grande  y  so- 
lemne Bula,  despachada  en  el  año  1199,  en  la  cual  se 
confirman  todos  los  Privilegios  y  donaciones  hechas  á  la 
Iglesia  de  Santiago,  y  entre  ellas:  lllum  etiam  censum 
qui  vota  dicitur,  quem  hispanorum  catholici  Reges  ex  singulis 
boum  paribus  a  flumine  Pisorga  usque  ad  mare  occidentale,  et 
per  totam  husitaniam  provinciam,  ac  etiam  in  Toleto  et  Trans- 
serram  annuatim  persolvendum  pro  salute  totius  terrae... 

El  predecesor  de  Inocencio  III,  Celestino  III  (1191- 
1198),  que  como  Legado  pontificio  había  recorrido  gran 
parte  de  España,  á  31  de  Enero  de  1195,  á  petición  del 
Arzobispo  compostelano  D.  Pedro  Suárez  de  Deza,  se 
dignó  declarar,  que  así  como  en  los  tributos  y  cargos 
públicos,  no  se  da  lagar  á  la  prescripción,  tampoco  se  da 
en  los  Votos  de  Santiago,  porque  illa  vota  (1)  sunt  quasi 
tributa,  quae  Deo  et  Bto.  Jacobo  Apostólo  in  Hispania  statuit 
annis  singulis  exolvenda  Rex  Ramirus. 

Este  mismo  Papa  Celestino,  en  el  segundo  año  de  su 
Pontificado,  sentenció  por  otra  Bula  á  la  Iglesia  de  Lugo 
á  pagar  á  la  de  Santiago  los  Votos  que  de  antiguo  esta- 
ba obligada  á  satisfacer.  Ut  si  Lucen-sis  Ecclesia  vota  quae 
sub  nomine  Bti.  Iacobi  colligit  cum  cera  reddere  noluerit  com- 
postellana  Ecclesiae  ut  de  jure  et  consuetudine  antiqua  tene- 
tur... 


(1)  Nowota,  como  escribieron  Masdeu  y  el  autor  de  la  Representación 
del  Duque  de  Arcos. 

(2)  Tumbo  B,  fol,  258  vuelto, 


tOS  TRES  PRIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAtfA  97 

Mii..  ._  . .  .      .  i        .         ..  ii         iir-in   i    mi      i  -r-r  --[ih        -      i  -i 1 — i-  i    -i  -  ri  11—11 —   i  ~ini     -  nirnr  Tr^^n- 1 — *"t  "T-~ — r~ *i r~i  m — r  1 1  m      »  ia^^ 

Del  Papa  Alejandro  III  (1159-1181)  hay  una  Bula 
solemne  (1),  expedida  en  el  año  1174,  confirmatoria  de 
los  Privilegios  y  donaciones  hechas  á  Santiago.  En  ella 
también  se  lee:  Illud  etiam  omnimode  interdicimus  ut  nulli 
unquam  personae  facultas  sit  BU.  Jacóbi  Ecclesiae  illum  censum 
qualibet  occasione  subtráhere,  quern  hispanorum  catholici  reges 
ex  singulis  boum  paribus  a  flumine  Pisorga  usque  ad  mare 
occidentale  atque  etiam  in  Toleto  et  Transerram  annuatim  per- 
sólvendum,  sicut  in  scriptis  ejusdem  Ecclesiae  continetur,  pro  sa- 
lute  totius  provinciae,  statuerunt.  El  mismo  escribió  á  todos 
los  Arzobispos  y  Obispos,  en  cuyas  diócesis  se  pagaban 
los  Votos  de  Santiago,  ordenándoles  que  compeliesen  al 
pago  de  dichos  Votos  á  todos  los  que  á  ello  estaban  obli- 
gados (2). 

Inocencio  II  (1130-1143),  en  el  primer  año  de  su 
Pontificado,  escribió  dos  cartas  sobre  los  Votos  de  San- 
tiago, la  una  dirigida  á  todos  los  Arzobispos  y  Obispos  de 
España,  y  la  otra  á  Pelayo,  Arzobispo  de  Braga.  En 
ambas  les  manda  que  no  pongan  impedimento  alguno  al 
pago  de  los  Votos. 

Por  último,  en  el  año  1102,  el  Papa  Pascual  II,  con- 
firmó también  las  posesiones  de  la  Iglesia  compostelana 
y  entre  ellas,  censum  illum...  quem  hispanorum  reges  quídam 
nobilis  memoriae,  Alphonsi  praesentis  praedecessores,  pro  salute 
totius  provinciae  statuerunt  a  flumine  videlicet  Pisorgo  usque 
ad  littus  oceani  annuatim  ex  singulis  boum  paribus  per  sólven- 
dum, sicut  in  scriptis  ejusdem  Ecclesiae  continetur. 

Decretos  y  concesiones  de  los  Reyes. — Del  Rey  D.  Alfon- 
so IX  de  León  (1188-1230)  hay  una  Provisión  dirigida  á 


(1)  Tumbo  B,  fol.  238. 

(2)  Castellá,  Hist.  de  Sant,  lib.  III,  cap.  XV,  fol.  279. 

Tomo  n.— 7. 


98  LIBBO  SEGUNDO 


todos  los  vecinos  del  Obispado  de  Lugo,  que  dice  así: 
Uníversís  hominibus  per  episcopatum  lucensem  commorantíbus 
salutem.  June  recle  cog'turs  nos  credimus,  cum  recognoscimas 
quantum  reuerentium  et  quantum,  clébemus  deuotionem  impende- 
reregni  nostri  et  tocius  Jüspanie  patroni  gloriosissimo  del  apo- 
stólo sanct'ssimo  iacobo,  cui  proaui  et  antecessores  nostri  pro  li- 
beratione  terre  et  cum  consensu  omnium  populorum  uotum 
fecerunt,  ut  per  slngula  capita  certum  censum  soluerent  eius  ec- 
clcsle,  qui  d'c'tur  uota  sancti  iacobi  (1). 

En  el  primer  año  de  su  reinado  donó  D.  Alfonso  IX 
á  la  Iglesia  de  Santiago  su  villa  de  Melgar,  y  en  la  Es- 
critura de  donación  añade  esta  cláusula:  Adjicío  etiam 
et  confirmo  vebis  per  universum  regnum  meum  redditus  illos, 
qui  Vota  Bti.  Iacobi  dicuntur.  Et  si  Bominus  regnum  nostrum 
per  fines  Maurorum  nóbis  dilatare  concesserit,  eumdem  censum 
ibi  constltuo  vesíruz  Ecclesiae  persolvendum,  quem  de  singulis 
loum  paribus  untecee sores  nostri  ab  antiquo  statuerunt. 

En  el  año  1150,  ya  había  extendido  D.  Alfonso  VII 
á  la  comarca  de  Toledo  el  pago  de  los  Votos  de  Santia- 
go, como  se  ve  por  el  Privilegio  otorgado  en  dicho  año, 
en  el  cual  con  su  hijo  D.  Sancho,  el  Arzobispo  D.  Raimun- 
do y  el  Clero  y  pueblo  de  Toledo,  hizo  voto  de  dar  per- 
petuamente todos  los  años,  en  remisión  de  sus  pecados  y 
por  las  almas  de  sus  ascendientes,  qui  ab  antiquiius  hoc  vo- 
verunt...  Deo  et  Bto.  Jacobo  de  Ccmpostella  de  uno  quoque  jugo 
bcum  sin  gulas  faneigas  de  tr't'co  per  totum  terminum  toleta- 
num  ab  integro.  Hcc  autem  inspirante  Deo,  grato  animo  et  spon- 
tanea  voluniute...  erectis  maníbus  ad  Deum  ununimiter  promit- 
timus,  d  pruedicto  Apostólo  Patrono  nos  tro,   cujus  meritis  et 


(1)     Tambo  B,  fol.  109  vuelto. 


LOS  TEES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  99 

auxilio  et  praedecessores  nostri  de  paganis  firmiter  credimus  sae- 
pe  hdbuisse  trium^hum,  indiíbitanter  dcibimus. 

Actas  episcopales. — En  el  año  1204  hicieron  las  iglesias 
de  Santiago  y  Tuy  una  concordia  sobre  cobranza  de 
Votos,  que  Flórez  (1)  extracta  así:  «Por  Noviembre  del 
mismo  año  de  1204  el  Cabildo  y  el  Arzobispo  de  Santia- 
go D.  Pedro  III  hizo  una  escritura  de  concordia  con  el 
Cabildo  y  Obispo  de  Tuy  D.  Pedro,  concediendo  aquél  á 
éste  la  tercera  parte  de  los  Votos  de  Santiago  en  el  Obis- 
pado de  Tuy,  por  atención  al  cuidado  que  el  Obispo  y 
Cabildo  ponían  en  su  cobranza,  y  á  fin  que  en  adelante 
se  recogiesen  fielmente  por  los  ministros  de  las  dos  Igle- 
sias, ayudándose  unos  á  otros.» 

Diez  años  antes  el  Arzobispo  D.  Pedro  y  el  Cabildo 
compostelano,  habían  celebrado  sobre  lo  mismo  otra 
concordia  con  el  Obispo  y  Cabildo  de  Lugo.  El  autor  de 
la  Representación  del  Duque  de  Arcos,  aprovechándose,  por 
uno  de  esos  recursos  tan  frecuentes  en  los  pleiteantes, 
de  un  párrafo  de  Pallares  en  su  Historia  de  Nuestra  Señora 
de  los  Ojos  grandes,  supuso  que  habían  dado  margen  á  esta 
concordia  las  cuestiones  que  había  entre  las  dos  Iglesias 
compostelana  y  lucense,  reclamando  la  una  los  Votos  de 
Santiago  y  la  otra  los  de  Santa  María.  El  P.  Risco  (2) 
ya  contestó  en  la  forma,  que  era  debida,  al  autor  de  la 
Representación  en  los  siguientes  términos:  «Teniendo  yo 
presente  el  documento  de  la  concordia  que  se  celebró 
entre  las  Iglesias  de  Santiago  y  Lugo,  debo  decir  que  la 
controversia  se  movió  sólo  acerca  de  los  Votos  y  cera 
que  se  pagaban  en  la  Diócesis  de  Lugo  á  nombre  del 


(1)  Esp.  Sag.,  t.  XXII,  pág.  102. 

(2)  Esp.  Sag.,  t.  XLI,  pág.  48. 


100  LIBRO  SEGUNDO 


Apóstol  Santiago  (1),  sin  que  en  el  instrumento  haya  la 
más  leve  memoria  de  los  Votos  de  Nuestra  Señora  de 
Lugo.» 

Cuando  estos  Obispados  trataban  de  eximirse  del  pa- 
go de  los  Votos,  no  impugnaban,  no,  el  título,  ó  su  tras- 
lado, ó  la  relación  verídica  de  los  sucesos  en  que  la  Igle- 
sia compostelana  fundaba  su  derecho,  pues  estos  sucesos 
estaban  en  la  conciencia  de  todos,  sino  que,  por  lo  gene- 
ral, alegaban  el  gran  número  de  años  que  habían  pasa- 
do desde  que  ellos  percibían  tal  renta,  ó  sin  que  ellos 
hiciesen  tal  pago;  y  que,  por  consiguiente,  de  su  parte 
estaba  la  prescripción.  De  aquí  resulta  la  consecuencia, 
que  muy  oportunamente  sacó  el  Sr.  Sánchez  Vaamon- 
de  (2),  á  saber:  «Para  que  estas  Iglesias  se  defendiesen 
con  la  posesión,  era  preciso  que  ésta  hubiese  sido  muy 
larga.  Añádase  á  esto  lo  que  debieron  durar  los  pleitos, 
y  se  conocerá,  que  cuando  se  celebraron  las  concordias, 
debía  haber  siglos  que  se  cobraban  los  Votos  en  aquella 
Diócesis. » 

En  el  año  1171  el  Arzobispo  D.  Pedro  II  con  el  Ca- 
bildo hizo  una  copiosa  donación  á  la  naciente  Orden  de 
Santiago.  Donóle,  entre  otras  cosas,  la  mitad  de  los  Vo- 
tos de  las  ciudades  de  Zamora,  Salamanca  y  Ciudad 
Rodrigo,  los  del  Obispado  de  Avila  y  los  de   Trasierra. 

En  el  año  1145  el  Obispo  de  Tuy  D.  Pelayo  con  su 
Cabildo  hizo  donación  al  monasterio  de  Oya  de  la  igle- 
sia de  San  Mamed  de  Lourezo  con  todos  cuantos  dere- 


(1)  Super  votis  et  cera  quae  nomine  Bti.  Jacobi  per  episcopatum  Lucen- 
sem  persolvuntur,  se  lee  en  la  Escritura.  Véase  en  el  tomo  citado  de  la  Espa- 
ña Sagrada,  Apénd.  XXIII. 

(2)  Apol.  del  Voto  de  Santiago,  pág.  158. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  101 

chos  y  acciones  en  esta  iglesia  le  pertenecían,  á  excep- 
ción del  Voto  de  Santiago,  excepto  voto  Sancti  Jacobi.  En  la 
donación  qne  en  1143  hizo  el  Arzobispo  compostelano  á 
San  Juan  da  Coba  le  confirmó  medietatem  voti  omnium  eccle- 
siarum  dioecesis  Montis  Sacri. 

Hacia  el  año  1131  el  Arzobispo  de  Braga,  D.  Pedro, 
dando  cumplimiento  al  mandato,  que  hemos  citado  más 
arriba,  del  Papa  Inocencio  II,  escribió  al  Arzobispo  de 
Santiago  manifestándole  que  le  había  parecido  muy  bien 
el  que  hubiese  comisionado  al  Canónigo  compostelano 
Pedro  Fernández  para  que  recogiese  los  Votos  del  Arzo- 
bispado de  Braga  (1). 

Posteriormente,  en  el  año  1122,  D.  Diego  Gelmírez 
cedió  á  D.  Munio,  Obispo  de  Mondoñedo,  todos  los  Votos 
que  se  pagaban  en  esta  Diócesis  á  excepción  del  cirio  de 
cien  libras,  que  todos  los  años  se  mandaba  á  la  Iglesia 
de  Santiago  (2).  Seis  años  antes  había  dado  poder  á 
Juan  Cidiz  para  tener  enmombre  de  la  Iglesia  compos- 
telana  ciertas  heredades  en  el  Obispado  de  Astorga,  de 
cuyos  productos  había  de  dar  la  tercera  parte,  á  excep- 
ción de  los  Votos  de  Santiago,  de  los  cuales  tenía  que 
dar  las  dos  terceras  partes  (3). 

En  los  Estatutos  que  el  año  1113  D.  Diego  Gelmírez 
dio  á  la  Tierra  de  Santiago,  en  el  capítulo  XXIV,  se 
prohibe  ejecutar  embargos  en  los  Abades  y  Clérigos,  que 
concurren  á  Sínodo,  ó  traen  el  Voto  ó  las  Tercias.  Alba* 


«—■-.—  -..  ¡T~ 


(1)  Quoníam  Ve^o  Bi'acai'enáiá  At'chiepiacop&tus  Vota  veátro  clerieo  do- 
mino Petfo  Fei*dinandi,  vestroque  canónico  coüimíssistis,  nos  satis  ducimua 
esse  jucundum,  et  summopere  laudamtis.  (Esp.  Sag.,  t»  XX.,  pág.  528). 

(2)  Esp>  Sag.,  t.  XX,  pág.  376. 

(3)  fop,  Sag.t  t,  XX,  pág.  479, 


102  LIBRO  SEGUNDO 


tes  et  Clericos  venientes  ad  Synodum,  vel   Votum  aul  tertias  af- 
ferentes,  plgnerari  vetamtis  (1). 

SIGLO    XI 

En  el  año  1093,  á  17  de  Junio,  el  Obispo  de  Orense 
D.  Pedro,  á  instancia  del  venerable  Pedro,  abad  de  Ce- 
lanova,  consagró  la  iglesia  parroquial  de  S.  Adrián.  En 
el  acta  de  consagración  se  determina  el  censo  que  la 
iglesia  debía  pagar  cada  año  al  Apóstol  Santiago;  á  sa- 
ber: un  ciento  de  peces  cogidos  á  la  red  y  un  quartario 
de  trigo  (2). 

A  fines  de  este  siglo  XI  el  Conde  de  Galicia  con  su 
esposa  D.a  Urraca,  de  orden  del  Rey  D.  Alfonso  VI,  po- 
bló á  Salamanca  y  la  dio  fueros,  entre  los  cuales  se  ha- 
llaba el  siguiente  capítulo,  que  romanceado  decía  así: 
«Del  Voto  de  Santiago. — El  Vodo  de  Santiago  coyanlo  de 
Sant  Martin  de  Agosto  fasta  Nadal,  e  después  no  res- 
pondan» (3). 

De  este  siglo  (si  no  del  anterior),  es  el  testimonio 
del  Cronicón  de  Cárdena  que  dice  así:  «En  pos  Alfonso  regnó 
Don  Ramiro  seis  años  e  nueve  meses  e  diez  e  ocho  días.  Este 
venció  e  mató  Normandos  que  ellos  entraron  por  mar  en  Galicia 
e  quemó  los  LXX  navios,  e  venció  los  moros  en  Clavío  por  mi- 
rado de  Santiago.  Este  Bey  dio  las  Adras  a  Santiago.*  Acerca 
de  este  texto,  bueno  es  tener  presentes  las  advertencias 


(1)  España  Sagrada,  tomo  XX,  pág.  181. 

(2)  Ex  qua  censum  damus  per  omne  annum  apostólo  Seo.  Iacobo  C.  pi- 
sces  de  rete  et  quartario  tritici.  (Cartulario  de  Celanova,lib.  III, núm.  LIV). 

(3)  Apología  del  Voto  de  Santiago,  pág.  1G5. 


LOS  TEES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.   COMPOSTELANA  103 

que  hace  el  P.  Berganza  en  el  tomo  II  de  las  Antigüeda- 
des de  Es-paña,  pág.  578,  á  saber:  «Que  en  nna  biblia  gótica 
del  monasterio  de  Cárdena  copiada  á  los  principios  del 
siglo  de  nuevecientos,  al  fin  de  los  libros  de  los  Macabeos 
fué  trasladado  un  Cronicón  latino,  el  cual  tuvo  la  des- 
gracia que  otros  muchos  manuscritos  antiguos  de  haber 
sido  arrancado  por  manos  menos  discretas  y  poco  ad- 
vertidas; pero  con  la  circunstancia  de  haber  quedado 
parte  de  algunas  hojas;  que  de  este  Cronicón  existe  en 
aquel  monasterio  una  copia  en  estilo  vulgar,  que  con- 
frontada con  lo  que  ha  quedado  en  las  hojas  del  latino 
se  halla  haber  sido  fielmente  traducido. »  En  confirma- 
ción de  esto  pone  en  dos  columnas  los  dos  textos,  el  la- 
tino que  ha  quedado  en  parte  de  las  hojas  arrancadas, 
y  el  castellano;  de  esta  confrontación  resulta  que  ape- 
nas hay  discrepancia  entre  los  dos  textos,  y  que  el  caste- 
llano suple  cumplidamente  lo  que  se  había  perdido  en 
el  latino.  El  P.  Flórez,  por  una  inadvertencia,  rara,  en 
tan  ilustre  crítico,  se  presuadió,  á  pesar  de  la  terminante 
afirmación  del  P.  Berganza,  á  que  éste  no  había  hecho 
más  que  recoger  en  un  cuerpo  « especies  apuntadas  en 
diversos  parajes.»  Fundábase  el  autor  de  la  España  Sa- 
grada «en  la  inconexión  de  las  páginas  citadas  al  margen 
para  demostrar  el  sitio  de  cada  cláusula»  (1).  Mas  como 
demostró  el  Sr.  Sánchez  Vaamonde  (2),  estas  citas  no  se 
referían  al  sitio  en  que  se  hallaba  cada  cláusula,  sino  á 
los  lugares  de  la  obra  del  P.  Berganza  en  que  se  trataba 
del  mismo  asunto  que  traía  el  Cronicón. 

Relieve  de  la  batalla  de  Clavijo. —  «Muéstrele  un  Santia- 


(1)  España  Sagrada,  tomo  XXIII,  pág.  358. 

(2)  Apología  del  Voto  de  Santiago,  pág.  5G. 


104  LIBfiO  SEGUNDÓ 


go  á  caballo  que  se  califique  de  aquel  tiempo.»  De  esta 
manera  provocaba  el  autor  de  la  Representación,  núm.  100, 
á  los  defensores  del  Voto  de  Santiago.  Y  en  el  num.  101, 
dando  por  supuesto,  que  su  provocación  no  sería  contes- 
tada, exclamaba  en  son  de  triunfo:  «I  en  la  inteligencia 
de  no  reconocerse  imagen  de  Santiago  á  caballo  á  lo 
menos  en  cuatro  siglos,  séanos  lícito  ya  preguntar  ¿cómo 
se  borró  al  instante  de  la  memoria  de  los'  españoles  un 
suceso  indeleble?»  Con  sobrada  ligereza, por  no  deoir  otra 
cosa,  se  condujo  aquí  el  autor  de  la  Representación.  Pedía 
un  Santiago  á  caballo,  que  perteneciese  á  cualquiera  de 
los  cuatro  siglos  del  silencio;  y  el  Santiago  á  caballo  apa- 
reció, y  con  tales  señales  y  caracteres,  que  sólo  tenien- 
do á  la  vista  el  Diploma  de  D.  Ramiro,  pudo  el  escultor 
arreglar  aquella  composición  (1). 

Por  de  pronto  hay  una  observación  que  debe  tener- 
se muy  presente  para  poder  apreciar  la  fecha  de  esta 
escultura;  y  es,  que  desde  el  último  tercio  del  siglo  XI, 
floreció  en  Santiago  una  escuela  escultórica,  que  llegó 


(1)  Véase  el  fotograbado  de  la  página  107.— Donosa  es  la  ocurrencia 
que  tuvo  Masdeu,  (Historia  crítica  de  España,  tomo  XVI,  pág.  61),  para 
salir  del  aprieto  en  que  le  puso  esta  escultura.  La  interpretó  en  sentido 
alegórico,  y  dijo,  que  Santiago  á  caballo  en  forma  de  guerrero  denota  el 
valor  sobrenatural  y  divino  con  que  ha  dado  impulso  muchas  veces  á  nues- 
tros ejércitos  (menos  al  de  D.  Ramiro  I,  se  entiende),  y  que  las  doncellas 
al  rededor  del  Santo,  nos  renuevan  la  memoria  de  su  poderosa  intercesión 
(menos  en  Clavijo). 

De  esta  manera  pudo  Masdeu  evitarse  la  molestia  de  batallar  tanto  con- 
tra el  Diploma  de  Ramiro  I;  porque  tomándolo,  no  como  un  documento  his- 
tórico, sino  como  un  escrito  alegórico  de  lo  que  los  españoles  debían  pro- 
meterse de  la  poderosa  intercesión  de  Santiago  y  del  impulso  que  muchas  veces 
había  de  dar  á  nuestros  ejércitos,  ya  tenía  el  asunto  concluido.  Tales  extra- 
Vagancias  no  son  de  extrañar  en  el  crítico,  que  también  tuvo  al  Cid  por 
personaje  alegórico. 


tOS  TBES  PBÍMEBOS  Sl&LOá  Dfi  LA  I.  COMPOSffiLAlÍA  IOS 

á  su  apogeo  á  fines  del  siglo  XII,  en  tiempo  del  insigne 
Mateo,  y  que,  aunque  después  decayó  visiblemente  en 
la  ejecución,  en  la  corrección  del  dibujo,  en  el  modelado 
y  en  la  composición,  conservó,  no  obstante,  por  mucho 
tiempo,  tales  rasgos,  máxime  en  lo  que  toca  á  lo  levan- 
tado ó  saliente  de  los  relieves,  que  es  imposible  confun- 
dir cualquier  obra  de  este  período,  con  cualquiera  otra 
que  pertenezca  á  época  anterior  (1).  Esta  sola  conside- 
ración nos  demuestra  que  la  escultura  ó  relieve  de  que 
se  trata,  tiene  que  ser  anterior  al  último  tercio  del 
siglo  XI. 

A  la  misma  conclusión  habían  llegado,  después  de 
un  minucioso  examen  y  de  varias  calicatas  practica- 
das al  rededor  del  relieve  para  reconocer  la  época 
de  su  adaptación  al  muro  en  que  se  halla  incrustado,  los 
dos  peritos  D.  Lorenzo  Lupi  y  D.  Juan  López,  nom- 
brados el  primero  por  el  Duque  de  Arcos,  y  el  segundo 
por  el  Cabildo  compostelano;  los  cuales  peritos  declara- 
ron que  el  relieve  era,  á  su  parecer,  más  antiguo  que  el  to- 
tal de  la  Iglesia  (2);  que  como  es  sabido  se  comenzó  hacia 
el  año  1077  y  se  terminó  en  el  1118. 

Hay  otro  medio  que  nos  lleva  casi  necesariamente  al 
mismo  resultado,  y  es  la  observación  de  la  forma  y  des- 
tino que  debió  de  haber  tenido  la  piedra  ó  relieve.  Este 
fué,  con  toda  evidencia,  el  dintel  ó  tímpano  de  una  puer- 
ta; y  aún  hoy  en  los  extremos  de  la  parte  horizontal 
pueden  notarse  tan  sólo  desbastado  el  lecho  con  que, 
de  uno   y  otro   lado,    descansaba   sobre   las   mochetas. 


(1)  Compárase,  por  ejemplo,  con  el  tímpano  de  la  puerta  de  la  Corticela, 
ó  con  el  que  perteneció  á  una  de  las  puertas  de  la  antigua  iglesia  de  San 
Pedro  (V  Afora. 

(2)  Véase  El  Pensamiento  Galaico  de  Santiago  de  23  de  Mayo  de  1890i 


106  LIBBO  SEGUNDO 


Puerta  de  tales  dimensiones  no  podía  admitirla  la  gran 
Basílica  de  fines  del  siglo  XI,  como  puede  verse  por  el 
marco  de  las  puertas  pequeñas  abiertas  en  los  entre- 
paños de  los  muros;  por  consiguiente,  ese  tímpano  ó  din- 
tel debió  pertenecer  á  otro  edificio  anterior,  y  de  dimen- 
siones mucho  más  reducidas. 

Consultemos  ahora  la  indumentaria,  por  ver  si  nos 
dice  algo  acerca  de  la  antigüela!  del  relieve,  ó  nos 
ofrece  algún  dato  que  esté  en  oposición  con  la  fecha  que 
le  atribuimos. 

El  Apóstol  aparece  con  la  cabeza  desnuda,  pero  ro- 
deada de  nimbo;  partido  el  cabello  y  cayendo  hasta  to- 
car casi  los  hombros;  luenga  la  barba.  Redúcese  su  ves- 
tido á  una  amplia  túnica,  abierta  por  delante  y  por 
detrás,  cual  convenía  á  un  jinete,  de  mangas  largas  y 
estrechas  y  ceñida  de  un  lujoso  cinturón  fbalteum)  esmal- 
tado de  conchas  de  relieve,  como  usaban  los  grandes  ca- 
balleros (1).  Los  cabos  del  cinturón  llegaban  casi  hasta 
el  tobillo;  rodea  el  cuello  de  la  túnica  una  cenefa 
lisa;  cruza  el  hombro  derecho  un  ancho  tahalí,  del  cual 
pendía  la  espada.  Su  adorno  consiste  en  grueso  zigzag 
de  realce.  Todo  esto  demuestra  cuan  preponderante  se 
hallaba  aún  la  influencia  bizantina  al  tiempo  en  que 
se  labró  el  relieve. 

Además  de  la  túnica,  viste  calzas  largas  y  estrechas, 
que  se  prolongan  hasta  envolver  el  pie,  como  las  que  se 
ven  en  la  tapicería  de  Bayeux  (sig.  XI). 

La  postura  del  Apóstol  es  del  todo  inverosímil,  y 


(1)  En  el  año  922,  el  Obispo  compostelano  Gundesindo,  regaló  á  don 
Ordoño  II  un  balteum  aureum  cum  lapidibus  miro  opere  compositum.  (Véa- 
se Apéndices,  núm.  XLIV). 


LOS  TEES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  107 


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acusa  la  poca  experiencia  del  artista  en  esto  de  modelar 
y  representar  imágenes.  El  rostro  y  el  pecho,  en  vez  de 
estar  de  perfil,  preséntanse  de  frente.  En  la  portada  in- 
mediata de  la  Platería,  levantada  á  fines  del  siglo  XI, 
no  se  notan  tales  artísticas  incorrecciones. 

Santiago  empuña  en  la  diestra  una  espada,  y  en  la 
izquierda,  juntamente  con  las  riendas  del  caballo,  una 
asta  que  termina  en  una  cruz  potenzada,  y  que  tiene 
enarbolada  una  bandera  de  tres  cabos  parecida  á  algu- 
na de  las  que  se  ven  bordadas  en  la  famosa  tapicería  de 
Bayeux.  La  espada  es  ancha  y  no  muy  larga,  y  termina 
en  punta  roma,  como  las  que  se  usaron  desde  el  tiempo 
de  Cario  Magno  hasta  el  siglo  XII  (1).  En  la  bandera 
se  ve  grabada  en  dos  renglones  la  siguiente  inscripción, 
cuyos  caracteres  no  desdicen  del  período  que  medió  en- 
tre fines  del  siglo  X  y  principios  del  XI  (2): 

SCS  !  IACOBVS 
APOSTOLVS  i  XPISTI. 

La  silla  del  caballo  está  provista  de  fuste  delante- 
ro y  trasero,  curvos  ambos  algún  tanto  para  mejor 
acomodarse  á  la  configuración  del  cuerpo  del  jinete. 
Las  caídas  que  cuelgan  debajo  de  la  silla,  son  de  corte 
rectangular,  y  están  adornadas  de  una  doble  cenefa  de 
zigzages. 


(1)  Véase  Viollet-le^Duc,  Dictionnáife  Qaissonné  du  mohilier  franjáis > 
tomo  V,  pág.  3G6. — Las  que  manejan  dos  guerreros  esculpidos  en  una  de 
las  columnas  del  Pórtico  de  la  Gloria,  son  bastante  más  largas  y  estrechas, 

(2)  Son  por  el  estilo  de  los  grabados  al  pie  de  algunas  figuras  de  la 
portada  de  la  Platería. 


LOS  TEES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAtf  A         109 

La  brida  es  muy  parecida  á  la  de  un  caballo  repre- 
sentado en  un  capitel  del  siglo  XII,  cuyo  dibujo  nos  da 
Viollet-le-Duc  en  el  tomo  VI  de  su  Diction.  du  Mobilier 
Frangais  (1).  Hállase  adornada,  lo  mismo  que  el  pretal, 
de  pinjantes  que  figuran  conchas  (2).  Nótese  que  el  ca- 
ballo carece  de  retranca  ó  ataharre. 

Las  espuelas  son  de  una  sola  punta  cónica,  como  se 
usaron  desde  la  más  remota  antigüedad  hasta  el  si- 
glo XIII. 

Los  estribos  afectan  la  forma  triangular,  como  casi 
todos  los  que  se  usaron  antes  del  siglo  XIV  (3).  Las 
aciones  están  ornamentadas  como  el  cinturón. 

A  los  extremos  del  tímpano  hay  seis  figuras  femeni- 
les, tres  de  cada  lado.  Todas  están  en  cabellos,  cual  co- 
rrespondía á  doncellas,  y  en  actitud  suplicante.  Las  que 
se  ven  á  la  izquierda  del  espectador  visten  sólo  una  sen- 
cilla túnica.  Las  del  lado  opuesto  traen  sobre  la  túnica 
una  vestidura,  que  raramente  se  halla  representada  en 
los  dibujos  y  esculturas  de  aquellos  siglos.  Consiste  en 
un  ropaje  parecido  al  de  la  paenula  de  los  Romanos,  de 
corte  circular  completamente  cerrado,  y  con  un  agujero 
en  el  centro  para  meter  la  cabeza.  La  abertura  del 


(1)  Página  34. 

(2)  En  el  año  887,  Sisnando  donó  á  su  esposa  Aldonza  una  muía  cum 
sella  et  freno  ornato.  (Véase  Apénd.  núm.  XX). 

(3)  Esto,  según  Viollet-le-Duc  (véase  voz  Étrier).  Víctor  Gay  en  su 
Glossaire  Archeologique  en  la  misma  voz  Etrier,  presenta  algún  estribo  del 
siglo  XIII  de  forma  redondeada.  De  forma  arqueada  son  también  los  estri- 
bos que  lleva  D.  Fernando  II  en  una  miniatura  del  Tumbo  A  de  Santiago, 
fol.  44  vuelto.  El  mismo  Viollet-le-Duc,  en  el  tomo  III,  pág.  433,  presenta  el 
dibujo  de  un  caballo  de  principios  del  siglo  XIII,  cuyos  estribos  son  de 
forma  redondeada. 


110  LIBBO   SEGUNDO 


cuello  y  todo  el  borde  inferior  están  adornados  con  una 
franja  de  zigzages.  Con  este  mismo  ropaje  aparece  la 
Keina  D.a  Sancia  en  el  Salterio  de  D.  Fernando  I  (1055) 
y  la  Infanta  D.a  Urraca,  hija  de  D.  Fernando  I,  en  el 
Tumbo  A  de  Santiago,  fol.  33  (1).  Vese,  pues,  que  esta 
clase  de  ropaje  era  propio  de  personas  de  alta  alcurnia, 
y  que  aquí  en  el  relieve  sirve  para  distinguir  á  las  donce- 
llas nobles  de  las  plebeyas. 

La  época  en  que  debió  ponerse  en  el  sitio  que  hoy 
ocupa  el  tímpano  ó  relieve  en  cuestión,  fué  á  fines  del  si- 
glo XII,  como  lo  hace  ver  claramente  el  estilo  del  mar- 
co de  ángeles  que  lo  rodea  (2).  El  follaje,  las  rosas  de  las 
enjutas,  la  franja  perlada  que  rodea  las  arcaturas  de  los 
ángeles,  y  se  cruza  y  extiende  para  formar  una  línea  pa- 
ralela al  arco  que  cierra  el  bellísimo  marco,  no  dejan  á 
ello  el  menor  lugar  á  duda. 

Resulta,  pues,  que  todos  los  caracteres  arqueológicos, 


(1)  La  misma  ropa  usan  otras  infantas  representadas  en  las  miniaturas 
de  dicho  Tumbo.  Pero  ya  no  está  completamente  cerrada  como  la  de  las  don- 
cellas del  relieve,  ó  la  que  lleva  la  Reina  D.a  Sancha,  sino  abierta  al  menos 
hasta  cierta  altura.  Tal  ropa  se  fué  con  el  tiempo  acortando;  y  quedó  com- 
pletamente abierta  por  delante,  y  de  ella  provino  acaso  el  dengue  que  gasta- 
ban nuestras  aldeanas. 

(2)  Cuando  en  el  año  1771,  los  dos  peritos  nombrados  por  el  Cabildo  y 
el  Duque  de  Arcos  examinaron  el  relieve,  supusieron  que  había  sido  allí 
colocado  al  tiempo  de  la  construcción  de  la  iglesia,  ó  sea,  á  fines  del  siglo  XI. 
Esto  no  puede  admitirse,  por  lo  menos  respecto  de  la  archivolta  que  lo  ro- 
dea, que  como  acabamos  de  decir,  es  del  siglo  XII.  La  ventana,  hoy  tapiada, 
parte  de  cuyo  vano  ocupa  el  relieve,  estuvo  primitivamente  utilizable,  como 
lo  demuestran  los  quicios  emplomados  en  las  jambas,  descubiertos  reciente- 
mente al  practicar  un  reconocimiento  en  el  macizo  del  muro.  Esto  no  obsta 
para  que  el  relieve  ocupase  quizá  aquel  mismo  sitio,  mucho  antes  que  se  hi- 
ciese la  archivolta  que  lo  rodea. 


LOS  TEES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  111 

lejos  de  implicar  inconveniente  alguno  para  que  al  re- 
lieve pueda  darse  fecha  anterior  al  siglo  XIII,  ofrecen 
claros  indicios  de  que  es  muy  anterior  4  este  mojón  cro- 
nológico (1). 

siglo  x 

Hasta  este  siglo  llegan  los  testimonios  del  pago  de 
los  Votos  de  Santiago.  En  tiempo  del  Abad  Mandino, 
que,  como  demostró  el  P.  Rodríguez  (2),  ocupó  la  Aba- 
día de  Samos  desde  el  año  972  hasta  el  de  991,  en  todas 
las  parroquias  del  coto  de  dicho  monasterio  (pues  tam- 
poco las  haciendas  de  los  monasterios  estaban  exceptua- 
das), se  pagaba  el  Voto  de  Santiago.  En  un  documento 
del  antiguo  é  inapreciable  Tumbo  ó  Cartulario  del  men- 
cionado monasterio,  folio  87,  después  de  referir  lo  que  por 
razón  del  Voto  de  Santiago  pagaba  cada  parroquia 
(Sacarunt  ipso  Voto  de  Sancti  Jacobi  Apostoli  de  circiiitu  Sa- 
manensi),  se  termina  diciendo:  In  tempore  domini  Rex  Ade- 
fonsus  (es  D.  Alfonso  V),  et  in  tempore  Mandini  Ábba,  et 
tempore  Didaci  Abba,  et  tempore  Brandilani  Abba,  et  Auderici 
Abba  alia  Vota  non  dábant,  nisi  tantum  istcs  lenzos,  et  istos 
bracales...  (3).  De  este  mismo  documento  se  infiere  que  el 


(1)  Después  de  este  famoso  relieve,  que  antiguamente  estuvo  dorado  y 
pintado,  pudiéramos  citar  los  ya  mencionados  de  la  iglesia  de  Santiago  de 
la  Coruña,  de  la  de  Santiago  de  Betanzos,  de  la  de  Santiago  de  Taboada, 
cerca  de  Lalín,  de  la  de  Santiago  de  Bardauri,  cerca  de  Miranda  del  Ebro, 
del  cual  debemos  un  exacto  dibujo  á  nuestro  ilustrado  amigo  el  Sr.  D.  Ig- 
nacio Alonso,  de  Santo  Domingo  de  la  Calzada,  etc.;  pero  para  el  objeto 
basta  uno. 

(2)  Diploma  de  Ramiro  I;  Madrid,  1804;  pág.  351. 

(3)  Eran  piezas  tejidas.  Los  lenzos,  según  el  mismo  documento,  tenían 
catorce  codos  de  largo  cada  uno;  los  bracales  nueve  codos;  los  primeros,  se- 
gún algunos,  eran  tejidos  de  lino,  y  los  segundos  de  lana. 


112  LIBBO  SEGUNDO 


pago  de  los  Votos  debía  de  ser  mucho  más  antiguo;  pues 
lo  que  antes  se  pagaba  en  granos,  según  el  tenor  del 
Diploma  de  los  Votos,  en  tiempo  del  Abad  Mandino,  sin 
duda  por  avenencia  con  los  Obispos  de  Santiago,  se  con- 
mutó en  otra  especie  de  más  fácil  pago  en  aquella 
comarca. 

A  fines  del  siglo  IX  fundó  el  Obispo  compostelano, 
Sisnando  I,  el  monasterio  de  San  Sebastián  de  Montesa- 
cro  ó  Picosagro.  Algunos  años  después,  en  el  914,  dotóle 
convenientemente  para  que  los  Monjes  tuviesen  con  qué 
atender  á  su  subsistencia.  Entre  otras  cosas,  donóle  los 
Votos  de  todas  las  parroquias  que  se  hallaban  en  el  cir- 
cuito del  monasterio,  como  San  Mamed  de  Bivadulla, 
Santa  Cruz  de  Eivadulla,  San  Pedro  de  Vilanova,  San 
Cristóbal  de  Merín,  etc.;  de  los  cuales  Votos  había  de 
retener  las  dos  terceras  partes  el  monasterio  de  San  Se- 
bastián, y  ceder  la  otra  tercera  al  próximo  monasterio 
de  San  Juan  da  Coba  (1). 

En  el  año  934  vino  D.  Ramiro  II  en  peregrinación  á 
Santiago,  y  como  él  mismo  nos  refiere  en  el  Diploma 
que  con  esta  ocasión  expidió  (2),  trató  de  averiguar  qué 
privilegios  y  donaciones  habían  hecho  sus  ascendientes 
á  la  Iglesia  del  Apóstol;  y  halló  que  D.  Alfonso  el  Casto 
concedió  el  privilegio  de  las  tres  villas  y  que  D.  Rami- 
ro I  confirmó  este  privilegio,  y  él  por  sí  otorgó  otro. 
(Post  eum  quoque  Ranivnirus  Rex,  et  ipsum  confirmavit,  et 


(1)  De  istis  votis  habeat  Sanctus  Sebastianus  partes  duas,  et  Sanctus 
Joannes  de  Fovea  tertiam  partera  per  manus  fratrum  qui  fuerint  in  Sancto 
Sebastiano.  Et  de  predictis  ecclesiis  veniant  clerici  et  presbyteri  cum  votis 
ad  Sanctum  Sebastianum.  (Véase  el  Apénd.  núm.  XXXV). 

(2^     Esp.  Sagn  t.  XIX,  p.  362.  (Véanse  nuestros  Apéndices  núm.  LV). 


LOS  TBES  PRIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  113 

áliud  addidit).  Dígasenos  cuál  fué  este  otro  Privilegio  que 
otorgó  I).  Eamiro  I,  para  que  podamos  persuadirnos  de 
que  no  pudo  ser  el  de  los  Votos.  Dígasenos  también  cuá- 
les fueron  los  muchos  beneficios  y  dones,  que,  según 
D.  Alfonso  III  en  su  Diploma  del  año  899,  hizo  D.  Ra- 
miro I  á  la  Iglesia  de  Santiago,  para  que  nosotros  no 
podamos  confundirlos  con  los  Votos  del  Apóstol.  Y  díga- 
senos, por  último,  en  qué  sitios  se  dieron  las  dos  bata- 
llas, de  las  cuales,  según  su  nieto  D.  Alfonso  III,  salió 
victorioso  D.  Ramiro  I,  para  que  nosotros  tengamos  que 
confesar  que  ninguna  de  ellas  fué  la  de  Clavijo. 

De  lo  que  hasta  aquí  llevamos  expuesto,  resulta  ple- 
namente demostrado,  que  desde  los  primeros,  años  del 
siglo  X,  al  menos  en  algunas  comarcas,  venía  ya  pagán- 
dose anualmente  el  Voto  de  un  modo  regular  y  constan- 
te. Pagábase  por  parroquias:  y  á  cada  parroquia  estaba 
ya  señalada  de  antemano  la  cantidad  fija  con  que  había 
de  contribuir  (1).  Todo  esto  supone  bastante  tiempo 
transcurrido,  para  que  durante  él  pudiera  organizarse  y 
regularizarse  la  cobranza,  y  celebrar  para  el  pago,  con 
cada  parroquia,  ó  cada  comarca,  los  acuerdos  ó  avenen- 
cias convenientes  y  equitativas  (2). 

Vemos,  pues,  que  en  favor  de  la  batalla  de  Clavijo, 
depone  un  pueblo  entero  desde  la  época  más  remota;  y 


(1)  Esta  forma  de  cobranza  duró  por  lo  menos  hasta  el  siglo  XII.  Des- 
pués se  arrendó  por  partidos  la  cobranza  de  los  Votos. 

(2)  Ya  hemos  visto  que  en  el  coto  de  Samos,  en  lugar  de  granos,  paga- 
ban lienzos.  En  otros  sitios  con  los  granos  pagaban  cera  ó  en  lugar  de  la 
medida  de  vino  ofrecida,  ó  porque  se  rebajase  en  los  granos  la  cantidad 
equivalente  á  la  cera.  En  las  costas  como  equivalente  se  pagaban  peces. 
Análogos  conciertos  se  hicieron  también  para  el  pago  de  las  tercias  que  las 
iglesias  de  la  diócesis  pagaban  á  la  Catedral. 

Tomo  II.— 8. 


114  LIBRO  SEGUNDO 


no  depone  de  cualquiera  manera;  depone  de  una  mane- 
ra contante  y  sonante,  que  es  la  más  enérgica  y  convin- 
cente de  las  deposiciones  (1).  Los  que  impugnaron  la 
batalla  de  Clavijo  y  el  Diploma  de  Ramiro  I  por  inju- 
riosos y  depresivos  del  honor  de  nuestra  nación,  infieren 


(1)  Bien  conoció  el  autor  de  la  Representación  del  Duque  de  Arcos  el 
peso  y  la  fuerza  de  este  testimonio;  así  es  que  juzgó  que  era  necesario  á  todo 
trance  desvirtuarlo,  aunque  hubiese  que  recurrir  al  medio  extremo  de  de- 
jar á  los  Reyes  leoneses  como  al  gallo  de  Morón.  En  efecto,  el  autor  de  la 
Representación  dice  que  estos  Votos  de  Santiago  que  se  pagaban,  no  eran  los 
Votos  de  D.  Ramiro  I,  sino  los  tributos  debidos  á  los  Reyes,  que  por  conce- 
sión Real  se  satisfacían,  primero  en  las  tres  millas  que  donó  D.  Alfonso  el 
Casto,  y  después  en  los  demás  territorios  que  á  éste  se  fueron  agregando; 
los  cuales  tributos,  como  tenían  el  carácter  de  ofrenda  religiosa,  pudieron 
también  tomar  el  nombre  antonomástico  de  Votos.  Pudieron  tomarlo,  pero 
no  pasaron  de  la  potencia  absoluta.  Ahora  bien;  como  el  autor  de  la  Repre- 
sentación confiesa  que  en  el  reino  de  León,  al  menos  hasta  el  Pisuerga,  todo 
el  censo  fiscal,  ó  sean  los  tributos  reales,  iban  á  parar  á  la  Iglesia  de  Santia- 
go, los  Monarcas  de  León  debieron  verse  precisados  á  aprender  algún  oficio. 
Y  aún  no  es  esto  lo  más  grave;  lo  más  grave  es  que  los  Reyes  de  León  ce- 
rraron la  puerta  á  toda  esperanza  de  mejorar  de  fortuna;  pues  D.  Alfonso  IX, 
según  hemos  visto  más  arriba,  no  sólo  confirmó  en  todo  su  reino  (per  uni- 
versum  regnum  meum)  las  rentas  llamadas  Votos  de  Santiago,  sino  que  pro- 
metió que  en  todos  los  territorios  que  en  adelante  conquistase  á  los  Moros 
había  de  establecer  el  pago  del  mismo  censo.  A  esto  condujo  al  abogado  del 
Duque  de  Arcos  su  ignorancia  y  su  ciego  empeño  en  combatir  la  batalla  de 
Clavijo. 

La  verdad  es,  que  los  Votos  de  Santiago  nada  tienen  que  ver  con  los 
tributos  regios  cedidos  á  los  Prelados  compostelanos  en  las  comarcas  en  que 
éstos  por  concesión  real  eran  señores.  Y  la  prueba  palmaria  es  que,  tanto 
los  Votos,  como  los  tributos  propios  del  señorío,  coexistieron  juntos,  pero 
como  cosas  completamente  distintas,  en  tiempo  del  autor  de  la  Representa- 
ción y  hasta  el  presente  siglo,  en  que  unos  y  otros  fueron  abolidos.  Esta 
confusión  de  Votos  y  derechos  señoriales  si  que  es  verdaderamente  quimérica 
y  milagrosa.  La  Iglesia  compostelana  cobró  siempre  los  Votos  como  Votos, 
y  los  tributos  como  tributos.  Los  Votos  los  percibían  á  partes  proporciona- 
les la  Mesa  Arzobispal  y  la  Mesa  Capitular;  el  censo  fiscal,  ó  sean  los  dere- 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAtf  A  115 

á  España  la  más  atroz  de  las  injurias,  la  de  suponer  tan 
rematadamente  imbécil  á  nuestro  pueblo,  que  una  mera 
novela,  fundada  en  la  relación  de  hechos  públicos  que  to- 
do el  mundo  podía  conocer  y  comprobar,  le  obligó  á  abrir 
todos  los  años  su  bolsillo,  y  á  transmitir  para  siempre  á 
sus  herederos  una  pensión,  que,  cuan  gravosa  sea,  lo  ha 
reconocido  y  demostrado  el  autor  de  la  Representación. 
Esta  imbecilidad  raya  en  los  límites  de  lo  inverosímil; 
porque  aun  los  mismos  imbéciles,  cuando  se  trata  de  lo 
que  inmediata  y  directamente  les  interesa,  no  suelen 
ser  tan  fáciles  de  sorprender  y  engañar.  ¡Imbéciles  tan- 
tos Reyes!  ¡imbéciles  tantos  Obispos  y  Abades!  ¡imbéciles 
tantos  Magnates!  Pero  no;  tal  enormidad  preferible  se- 
rá rechazarla  sobre  la  cabeza  de  quien  la  ha  provo- 
cado (1). 

Masdeu  adoptó,  cuando  le  vino  á  cuento,  el  recur- 
so del  censo  fiscal,  como  se  ve  por  lo  que  escribe  en  las 
páginas  400,  404  y  448  del  tomo  XVIII  de  la  H'storia 
critica;  pero  á  prevención  ideó  otro  no  menos  peregrino 


chos  propios  del  señorío  en  los  territorios  cedidos  por  los  Monarcas,  sólo  los 
cobró  la  Mitra  mientras  no  se  suprimieron  los  señoríos.  Esto  es  lo  que  reza 
la  verdadera  Historia. 

Y  aún  hay  más.  No  hay  Iglesia  catedral,  ni  monasterio  en  España  que 
no  haya  obtenido  de  los  Reyes  donaciones  del  censo  fiscal  en  comarcas  más 
ó  menos  extensas.  Ahora  ¿cómo  estas  donaciones  del  censo  fiscal  no  fueron 
también  elevadas,  como  las  hechas  á  Santiago,  á  la  categoría  de  Votos,  ó 
cómo  aquellas  eran  compatibles  con  éstas?  ¡Acaso  la  Iglesia  compostelana 
habría  obtenido  privilegio  de  invención! 

(1 )  La  misma  observación  había  hecho  ya  el  P.  Pérez  en  la  Disertación 
en  que  trató  de  impugnar  el  Diploma  de  Clavijo.  Non  veri  cst  simile,  dice, 
aut  religiosissimam  ecclesiam  rem  sihi  non  debitan  a  Christianis  populis 
per  fraudern  exigere  voluisse;  aut  plebcm  credalam  in  re,  quae  sua  tantopere 
intererat,  sihi  fucum  fisri  gratis  passam  esse. 


116  LIBRO  SEGUNDO 


y  prodigioso:  el  de  suponer  que  todos  los  españoles,  Reyes 
y  vasallos,  habían  tenido  aptitud  para  ofrecer  Votos  á 
Santiago,  menos  D.  Ramiro  I.  Partiendo  de  este  supues- 
to, ya  que  de  admitir  un  Voto  á  Santiago  no  podía 
prescindirse,  inventó  una  suma  de  Votos  particulares, 
como  el  que  hacia  el  año  912  tenían  hecho,  según  él,  los 
habitantes  de  la  Ulla  (1),  los  Iracarenses  (2),  etc.,  los 
cuales,  reunidos,  constituyeron  una  especie  de  Voto  na- 
cional. Masdeu  no  se  preocupa  de  averiguar  en  qué 
tiempo,  por  quién,  con  qué  ocasión  se  hicieron  estos  Vo- 
tos. Como  no  habían  podido  ser  hechos  por  D.  Ramiro  I, 
al  historiador  crítico  era  indiferente  el  saber  quién,  que 
no  fuese  D.  Ramiro,  los  hiciera  (3).  Con  crítica,  en  cu- 
yos moldes  entra  tal  modo  de  razonar,  es  dado  hacer 
éstos  y  aún  mayores  prodigios  (4). 


(1)  Tomo  cit.,  pág.  392. 

(2)  Tomo  cit.,  pág.  395. 

(3)  Así,  refiriéndose  á  una  Bula  de  Alejandro  III,  confirmatoria  de  los 
Votos  de  Clavijo,  dice  que  el  Papa  no  «habla  de  los  Votos  fabulosos  de  Don 
Ramiro  I,  sino  de  los  verdaderos  Votos  ofrecidos  d  Santiago  por  Diplomas 
legítimos  de  otros  Reyes."  (Tomo  cit.,  pág.  448). 

(4)  Sólo  con  el  Voto  de  Clavijo  la  crítica  de  Masdeu  se  muestra  inexo- 
rable; respecto  de  los  demás  Votos  poco  le  importa  que  teDgan  título  legíti- 
mo, colorado  ó  presunto,  ó  que  no  tengan  ninguno;  porque  en  este  caso  lo 
supone  él,  como  inventó  el  de  los  Votos  de  la  Ulla,  el  de  los  bracaren- 
ses,  etc.... 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  11.7 


ty — -  reemos  haber  demostrado  que  el  silencio 
|i|^^^i[  de  los  cuatro  siglos  respecto  de  la  bata- 
--^g^  jja  ^e  Q]avjj0)  fu¿  ficticio,  y  que  no  exis- 
tió más  que  en  la  imaginación  de  los  que,  ó  por  interés, 
ó  por  no  contar  con  fuerzas  para  marchar  contra  las 
dominantes  corrientes,  vieron  en  tal  hipótesis  el  medio 
de  cortar  de  un  golpe  el  nudo  que  les  constreñía  y  mo- 
lestaba (1).  Ahora  nos  haremos  cargo  de  algunos  de  los 
principales  reparos  que  se  presentaron  contra  lo  subs- 
tancial del  hecho  de  Clavijo. 

No  nos  detendremos  en  sostener  la  posibilidad  de  la 
milagrosa  aparición  del  Apóstol  Santiago;  porque  esta 
tesis  puede  verse  perfectamente  desenvuelta  y  demos- 
trada en  cualquiera  tratado  De  vera  Religione  (2).  Sólo  ad- 
vertiremos, que  porque  los  que  rinden  culto  á  las  ideas 


(1)  Así  lo  dice  expresamente  el  abogado  del  Duque  de  Arcos  al  final 
del  número  2  de  la  Representación:  «I  como  destruido  lo  principal,  cae  sin 
impulso  alguno  lo  accesorio,  se  dirige  el  Duque  á  echar  la  segur  á  la  raiz, 
para  cortar  de  un  golpe  tantos  y  tan  ruidosos  motivos  de  quejas  como  pade- 
cen su  Casa  y  sus  Vasallos.» 

(2)  No  obstante,  insertaremos  aquí  un  suceso  histórico,  la  célebre  bata- 
lla de  Aquileya,  dada  en  el  año  394  por  Teodosio  contra  el  tirano  Eugenio, 
que  por  las  analogías  que  tuvo  con  el  de  Clavijo,  no  deja  de  ofrecer  interés. 
Rohrbacher  (Historia  universal  de  V  Eg.  Cathol.;  3.a  ed.,  t.  VII,  pág.  306), 
teniendo  á  la  vista  á  los  historiadores  contemporáneos  San  Ambrosio,  Teo- 


118  LIBHO  SEGUNDO 


dominantes  en  nuestra  época  sean  alversos  y  hasta 
quieran  escandalizarse  con  todo  lo  que  aparezca  sobre- 
natural, no  por  eso  lo  sobrenatural  dejará  de  existir.  La 
crítica  en  este  punto  nos  impone  que  estudiemos  el  ob- 
jeto en  sí,  sin  atender  á  subjetivismos  que  en  nada  pue- 
den influir  en  la  existencia  y  realidad  de  la  cosa. 

Lo  curioso  es  que  algunos  críticos  admiten,  como  no 
podía  ser  menos,  la  posibilidad  del  milagro;  pero  en  re- 
sumen vienen  á  declarar  á  D.  Ramiro  I  incapaz  para 
recibir  tales  favores.  Así  Masdeu  declara  que  «Santiago 
á  caballo  en  forma  de  guerrero  denota  el  valor  sobrena- 
tural y  divino  con  que  ha  dado  impulso  muchas  veces  á 
nuestros  ejércitos»  (1).  Y  el  Sr.  La  Fuente  (2)  dice  que 
«en  tiempo  de  Ramiro  II  hay  una  aparición  de  Santia- 
go, no  desmentida  por  los  críticos. »  No  sabemos  qué  pu- 
do hacer  el  vencedor  de  Clavijo  para  granjearse  así  la 
malquerencia  de  los  críticos;  lo  que  desde  luego  puede 


doreto  y  P.  Orosio,  lo  describe  así:  «Teodosio,  viendo  abatidos  á  sus  solda- 
dos, se  retiró  á  una  capilla  edificada  sobre  lo  alto  de  la  montaña  en  que  es- 
taba acampado  su  ejército  y  pasó  en  ella  en  oración  toda  la  noche.  Hacia  la 
madrugada,  postrado  sobre  el  suelo,  quedó  dormido  con  el  cansancio  y  en 
sueños  vio  á  dos  caballeros,  cu}7os  vestidos  y  cuyos  caballos  eran  blancos 
como  la  nieve.  Le  ordenaron  que  al  salir  el  sol,  renovase  la  batalla,  pues 
ellos  habían  sido  enviados  para  ayudarle  personalmente  en  el  combate,  y  le 
manifestaron  quiénes  eran,  el  uno  Juan  Evangelista  (el  hermano  de  San- 
tiago el  Mayor),  y  el  otro  el  Apóstol  Felipe.» 

No  faltó  quien  objetase  contra  la  aparición  de  Santiago  en  Clavijo,  que 
como  este  Apóstol  había  sido  pescador,  debía  de  estar  poco  acostumbrado  al 
manejo  de  la  espada.  Bueno  sería  que  el  qus  esto  objetó,  acreditase  también 
que  tanto  San  Juan,  como  San  Felipe,  habían  figurado  ya  en  el  escalafón 
de  algún  ejército. 

(1)  Historia  Crítica  de  España,  tomo  XVI,  pág.  61. 

(2)  Historia  eclesiástica  de  España,  2.a  edición;  tomo  III,  Apéndice 
núm.  23,  pág.  461. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  119 

asegurarse  es,  que  ni  como  Rey,  ni  como  particular,  dio 
motivo  para  que  traten  de  excluirlo  á  él  del  número  de 
los  protegidos  por  el  Apóstol. 

Descartado,  pues,  el  argumento  de  la  imposibilidad 
de  la  aparición  del  Apóstol  Santiago,  aunque  se  supon- 
ga la  aparición  hecha  en  favor  de  Ramiro  I,  pasemos  al 
examen  de  otra  objeción  que  se  ha  presentado  con  tan- 
to aparato,  como  si  ella  por  sí  sola  bastase  para  demos- 
trar que  la  batalla  de  Clavijo  fué  una  falsedad  inventa- 
da por  quien  para  nada  tuvo  en  cuenta  el  honor  de 
nuestra  nación. 

«¿A  quién  se  le  ocultará  — exclama  el  autor  de  la 
Representación  del  Duque  de  Arcos  á  propósito  del  tributo 
de  las  cien  doncellas —  la  inverosimilitud  y  repugnancia 
de  este  tributo?  ¿Cómo  es  posible  que  llevando  del  Reino 
todcas  los  años  cien  vírgenes  hermosas,  destinadas  á  la 
prostitución  de  los  bárbaros,  lo  tolerasen  sus  padres,  sus 
parientes  y  sus  aficionados?  Cien  doncellas  causaban  la 
afrenta  de  cien  familias.  Apenas  pudieran  sacarse  un 
sólo  año  otras  tantas  del  rincón  de  Asturias,  único  te- 
rreno que  poseían  los  cristianos;  pero  repetir  cada  año 
esta  infame  tragedia,  es  increíble.  ¿Este  abuso  de  la  hu- 
manidad cabe  por  ventura  en  la  esfera  del  sufrimiento 
entre  enemigos  tan  capitales  como  eran  los  cristianos 
de  los  moros?  ¿Los  impulsos  de  la  sangre  en  los  padres, 
hermanos  y  parientes;  los  del  amor  en  los  amantes  y 
amigos;  los  del  honor  en  los  compatriotas;  los  de  la  Re- 
ligión en  los  Prelados  y  varones  justos;  y  los  de  la  ira 
en  todos,  no  están  imposibilitando  este  suceso  sin  apo- 
yo?»  (1) 


(1)    Número  59. 


120  LIBRO  SEGUNDO 


Poco  más  ó  menos  creemos  que  serían  estos  los  con- 
ceptos que  expuso  D.  Ramiro  I  en  la  Junta  en  que  dio 
cuenta  de  la  misiva  y  de  las  amenazas  de  Abderrah- 
man  II.  Ni  probablemente  serían  otros  los  sentimientos 
que  inflamaron  el  pecho  de  los  Prelados,  de  los  magna- 
tes y  de  los  caballeros  convocados  por  D.  Ramiro,  y  los 
decidieron  á  exponerse  al  riesgo  de  perecer  todos  al  pie 
del  collado  de  Clavijo,  antes  que  consentir  en  la  renova- 
ción de  un  ominoso  tributo  arrancado  en  días  de  supre- 
ma angustia  para  la  patria.  Y  he  aquí  cómo  los  impul- 
sos de  la  sangre,  los  del  amor,  los  del  honor,  los  de  la 
Religión  y  los  de  la  indignación,  con  la  protección  visi- 
ble de  Santiago,  imposibilitaron  este  tributo. 

No  hay  nación  en  el  mundo  que  no  tenga  que  con- 
tar en  su  historia  grandes  reveses  é  infortunios;  pero 
sólo  aquellas  han  conquistado  el  renombre  de  heroicas 
y  magnánimas,  que  supieron  levantarse  y  sobreponerse 
á  sus  desventuras;  pues  tales  pruebas  necesita  el  verda- 
dero valor  para  aquilatarse  y  acreditarse. 

Prescindiendo  de  los  sentimentalismos  á  que  pueda 
dar  lugar  el  asunto,  y  que  son  buenos  para  formulados 
de  lejos,  pero  que  están  en  contradición  con  lo  que  sen- 
tían los  contemporáneos  (1),  otros  hechos  hubo  en  aque- 
lla época  más  graves  é  ignominiosos,  contra  los  cuales  no 
sabemos  que  hayan  protestado  los  no  del  todo  desinte- 
resados entusiastas  encomiadores  de  la  dignidad  y  deco- 
ro de  nuestra  nación.  Los  señores  de  Borja,  por  ejemplo, 
los  famosos  Beni-Casi,  no  dieron  doncellas,  ó  más  bien 


(1)  Isidoro  Pacense,  testigo  presencial,  dice  que  España  en  aquella 
ocasión  experimentó  tam  in  honore,  quam  etiam  in  dedecore,  todas  las  cala- 
midades por  que  antes  habían  pasado  Troya,  Jerusalén,  Babilonia  y  Roma. 


LOS  TEES  PBIMEHOS  SIGLOS  DÉLA  I.  COMPOSTELANA  121 

dieron  doncellas,  varones,  niños  y  ancianos,  á  sí  mismos 
y  á^us  propias  almas,  apostatando  para  que  los  dejaran 
en  paz  los  invasores,  y  proclamándose  clientes  del  Califa 
de  Oriente  Walid.  No  hicieron  de  la  necesidad  virtud; 
hicieron  con  la  necesidad  perfidia  é  infame  defección.  No 
llegaron  á  tanto  los  Reyes,  ó  más  bien  el  Rey  de  Astu- 
rias, que  pactó  con  los  árabes  el  odioso  tributo;  conservó 
su  independencia  y  la  integridad  de  su  fe  y  continuó 
siendo  sólo  cliente  del  Salvador  del  mundo;  á  gran  pre- 
cio, sí;  ¡pero  qué  sacrificios  á  veces  no  nos  impone  la 
necesidad  para  conservar  la  existencia! 

Sin  haberse  visto  en  tanto  aprieto  y  sólo  para  obte- 
ner de  los  árabes  una  tregua,  ob  persecutionem  arábum  dif~ 
ferendam  (1),  el  Duque  de  Aquitania  Eudes  ó  Eudón  en- 
tregó su  propia  hija  Lampegia  al  feroz  Munuza.  Por 
este  ejemplo,  y  otros  muchos  análogos  que  pudiéramos 
citar,  se  ve  que  tales  hechos,  dadas  las  ideas  y  las  cos- 
tumbres de  aquellos  tiempos,  no  encontraban  la  repug- 
nancia que  ahora  (2).  Y  en  efecto,  cuando  una  turba  de 
invasores  se  proponía  establecerse  en  un  país  conquis- 
tado, era  natural,  que  si  no  llevaban  consigo  compañeras 
ó  esposas  en  quienes  asegurar  la  descendencia,  procu- 
rasen buscarlas  allí  en  donde  había  sentado  sus  reales, 
ó  en  los  lugares  próximos. 


(1)  Cronicón  del  Pacense,  en  el  tomo  VIII,  de  la  España  Sagrada;  2.a 
edición,  pág.  310. 

(2)  A  nadie  se  le  ha  ocurrido  censurar  á  algunos  de  nuestros  Príncipes, 
fuese  D.  Alfonso  V,  como  quiere  el  Obispo  D.  Pelayo,  fuesen  D.  Bermudo  II 
y  D.  Sancho  de  Castilla,  como  pretende  Dozy,  que  á  fines  del  siglo  X  para 
vivir  en  paz  con  los  moros,  les  dieron  en  matrimonio  á  sus  hijas  ó  hermanas; 
pero  es  de  suponer  que,  por  el  mismo  motivo,  menor  trabajo  les  habría  cos- 
tado el  desprenderse  de  otras  mujeres,  con  quienes  no  estuviesen  tan  ínti- 
mamente unidos. 


122  LIBBO  SEGUNDO 


iEsto,  en  su  caso  (prescindiendo  de  los  Escitas  y  de- 
más pueblos  nómadas,  que  llevando  consigo  sus  mujeres 
y  con  ellas  el  mobiliario  que  les  pertenecía,  nada  nece- 
sitaban para  perpetuarse  en  un  país),  lo  hicieron  todos 
los  pueblos  y  aún  á  veces,  sin  abandonar  sus  hogares, 
buscaban  mujeres  donde  podían,  como  hicieron  los  grie- 
gos cuando  cautivaron  á  las  de  Caria,  y  los  romanos 
cuando  robaron  á  las  Sabinas.  Hacia  el  año  171,  antes 
de  Cristo,  se  presentaron  en  Roma  nada  menos  que  cua- 
tro mil  varones,  hijos  de  soldados  romanos  y  cautivas 
españolas,  pidiendo  área  ó  campo  para  fundar  una  colo- 
nia, y  obtuvieron  del  Senado  autorización  para  fundar 
la  colonia  de  Carteya  (1).  Las  demás  colonias  romanas 
militares  para  perpetuarse,  debieron  emplear  procedi- 
mientos parecidos;  porque  los  soldados,  aunque  fuesen 
romanos,  por  sí  solos  no  podían  tener  sucesión. 

De  los  árabes  que  invadieron  á  España,  no  se  sabe 
que  viniesen  acompañados  de  sus  mujeres,  al  menos 
en  la  conveniente  proporción;  si  se  proponían  esta- 
blecerse en  España,  como  se  establecieron  en  Siria, 
en  Egipto  y  en  el  Norte  de  África,  fuerza  era  que  se 
valiesen  de  los  mismos  medios,  que  pusieron  en  prácti- 
ca los  demás  pueblos,  cuando  se  vieron  en  circunstan- 
cias parecidas;  con  esta  diferencia,  que  si  los  demás,  por 
lo  general  monógamos,  podían  ser  más  parcos  en  esta 
materia,  los  árabes  á  quienes  su  ley  permitía  el  vivir  á 
un  tiempo  maritalmente  con  cuatro  mujeres  y  además 
un  número  indefinido  de  concubinas,  habían  de  ser  más 
exigentes  y  regateadores,   y  más  difíciles  de  contentar. 


(1)     Tito  Livio,  libro  XLIII,  cap.  III. 


LOS  TBES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         123 

Por  otra  parte,  las  pretensiones  de  los  árabes  en  este 
punto  no  repugnaban  al  Derecho  de  gentes,  según,  aún 
entonces,  era  entendido  y  practicado  por  muchas  nacio- 
nes. Los  árabes  eran  vencedores  de  los  españoles;  y  en- 
tonces el  vencedor  quedaba  dueño  de  la  persona  del 
vencido  y  de  todo  cuanto  le  pertenecía,  incluso  la  mujer 
y  los  hijos.  Cuando  Atila  invadió  las  Galias  en  el  año  451 
exigió  que  se  le  diese  esposa.  (Attila  Gallias  ingressus  quasi 
jure  debitam  poscit  uxorem)  (1).  Lo  propio  harían  sus  ca- 
pitanes. 

Con  mayor  apremio  debieron  hacer  los  árabes  la 
misma  demanda;  puesto  que  uno  de  los  motivos  que  los 
impulsaron  á  penetrar  en  nuestra  Península,  fué  la  be- 
lleza de  las  mujeres  españolas.  Se  refiere  en  Ajbar  Mach- 
rnua,  que  cuando  Tarif  volvió  de  su  primera  expedición 
á  España,  se  llevó  consigo  por  cautivas  mujeres  tan  her- 
mosas, como  nunca  las  habían  visto  Muza  ni  sus  compa- 
ñeros. Lo  propio  que  Tarif,  harían  sin  duda  Taric,  Mu- 
za y  todos  los  demás  emires  que  les  sucedieron.  Es  cier- 
to, que  á  muchas  de  las  cautivas  las  destinaban  para 
ofrecer  como  valioso  presente  á  los  Califas  de  Damas- 
co (2),  como  hizo  Muza,  que  llamado  á  dicha  ciudad,  lle- 


(1)  Chronica  Oallica,  anno  GCCCLTI,  edición  de  Momni3en,  vol.  I, 
pág.  662.— Lo  propio  debió  bacer  Totila,  Rey  de  los  Godos,  cuando  saqueó  á 
Roma  en  el  año  547,  pues  se  llevó  consigo  á  algunas  senatrices.  (Véase  el 
Cronicón  de  Marcelino,  edición  de  Mommsen,  volumen  II,  pág.  108. 

(2)  En  el  año  734  Obadallah,  nombrado  gobernador  de  Áfrici  por  el 
Calif  i  Hescham,  arrebató  á  los  berberiscos  sus  mujeres  y  sus  hijas  para 
enviarlas  á  los  serrallos  de  Siria;  pues  los  señores  árabes  habían  gran 
cuenta  de  las  mujeres  berberiscas,  que  en  aquel  tiempo  gozaban  fama  de 
exceder  en  belleza  á  las  mujeres  árabes.  (Véase  Dozy,  Hist.  des  Musulmans 
d}  Espagne,  tomo  I,  pág.  234). 

En  cambio  Tertuliano  (De  cultu  foeminarum,  libro  II,  cap.  VII,  Vatro- 


124  LIBBO  SEGUNDO 


vó  consigo  para  ofrecer  á  Walid  I  hermosísimas  donce- 
llas (1);  pero  también  es  de  suponer  que  no  siempre  su 
adulación  llegaría  á  tanto,  que  no  les  permitiese  reser- 
varse algunas  como  propias  cautivas.  De  Abdelaziz,  á 
quien  se  nos  pinta  como  el  más  humano  y  transigente 
de  los  caudillos  árabes,  se  sabe,  que  no  contento  con 
tomar  por  esposa  á  Egilona,  viuda,  á  lo  que  se  creía,  del 
último  Rey  de  los  godos,  D.  Rodrigo,  no  podía  dominar 
la  ardiente  pasión  que  sentía  por  las  hijas  de  los  mag- 
nates godos,  á  las  cuales  solicitó  y  obligó  á  abandonar 
la  casa  paterna  (2). 

Para  que  se  conozcan  las  ideas  que  los  musulmanes 
abrigaban  sobre  el  particular,  y  como  sus  tendencias  y 
sentimientos  iban  siempre  á  parar  hacia  el  mismo  pun- 
to, léase  el  artículo  Barbastro  en  el  Diccionario  geográfi- 
co de  Yacut,  citado  por  Dozy  (3).  En  dicho  articulóse 


logia  lat.,  tomo  I,  col.  1322),  afirmaba  que  las  mujeres  de  África  envidiaban 
á  las  europeas  su  belleza  y  sus  rubios  cabellos.  Video  quasiam  capillum 
croco  verteré;  pudet  eas  etiam  nationis  suae,  quod  non  Germanae  aut  Gallae 
procreatae. 

(1)  Ulit  Amir  Almuminim...  previsis  copiis  universarum  gentium 
necnon  et  muñera  Spanie  cum  puellarum  decoritate  sibi  exhibita...  et  in 
oculis  eius  prevalida.  (Isidoro  Pacense,  en  Monumento,  Germaniae  histórica... 
Ghronica  minora,  saec,  IV,  V,  VI,  VII,  vol.  II,  pág.  354), 

(2)  Per  idem  tempus  Abdellazis  omnem  Spaniam  per  annos  tres  sub 
censuario  iugo  pacificans,  cum  Spali  divitiis  et  honoris  fascibus  cum  regina 
Spanie  in  coniugio  copulata  vel  filias  regum  ac  principum  pelicatas  et  im- 
prudenter  distractas  ex  tu  aret  (aestuaret)...  (Isidoro  Pacense,  Monum.  Ger- 
maniae  histórica,  loe.  cit.,  pág.  356). 

Hemos  traducido  distrahere  por  separar  de  la  familia,  porque  esta  es  una 
de  las  acepciones  de  dicho  verbo,  y  además  porque  en  la  capitulación  de 
Orihuela  hecha  á  Abdelaziz,  se  estipuló,  que  los  fieles  (los  musulmanes)  no 
matarían,  ni  causarían,  ni  separarían  de  los  cristianos,  ni  á  sus  hijos,  ni  á 
sus  mujeres. 

(3)  Becherches  sur  V  histoire  et  la  litter  ature  de  V  Espagne,  3.a  edición, 


LOS  TBES  PRIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA 


125 


dice  que  en  el  año  1064  los  cristianos  se  apoderaron  de 
la  referida  ciudad,  y  que  entre  los  presentes  que  se  re- 
servaron del  botín  para  ofrecer  al  Emperador  de  Cons- 
tantinopla,  se  contaban  siete  mil  distinguidísimas  don- 
cellas. Alano  siguiente,  según  el  mismo  autor,  los  mu- 
sulmanes recobraron  á  Barbastro,  y  como  botín  recogie- 
ron diez  mil  mujeres.  No  tiene,  pues,  nada  de  extraño 
lo  que  cuenta  Aben  Aljatib  del  Rey  de  Murcia  Abu- 
Abdallah,  que  vivió  á  mediados  del  siglo  XII,  y  que  cu- 
bdbat  cum  multis  puellis  (ducentis,  según  otra  lección)  sub 
una  stragula  (1). 

Lo  que  hacían  los  árabes  en  .España,  lo  practicaban 
en  todas  partes.  A  mediados  del  siglo  IX,  según  refiere 
el  Anónimo  Salernitano,  cuyo  Cronicón  publicó  Mura- 
tori,  entre  los  Rerum  Italícarum  Scriptores,  el  famoso 
Obispo  Atanasio  los  llamó  en  su  auxilio,  y  he  aquí  como 
correspondieron  á  su  llamamiento.  His  diébus  Athanasius, 
Praesul  Neapolitanus...  missis  apocrisariis  in  Siciliam  Agare- 
nis...  Sichamum  Begem  exposcit,  et  illis  veniens  praefecit.  Sed 
justo  Dei  judíelo  primo  omnium  super  eum  insurgens  coepit 
Neapolim  affligere  et  devorare  omnia  exterius,  ac  puellas,  equos 
et  arva  vi  expetere  (2).  En  las  actas  del  Concilio  de  Narbo- 


tomo  II,  páginas  348-349.  Tales  procedimientos  entre  los  musulmanes  aún 
se  conservaron  por  mucho  tiempo.  Cuando  en  el  año  1571  Mustafá  se  apo- 
deró de  Nicosia  en  Chipre,  reservó  mil  mujeres  de  las  más  hermosas  para 
ofrecer  al  Sultán  Selín  II  y  á  los  altos  dignatarios  de  la  corte. 

(1)  Dozy,  Recherches  sur  V  histoire  et  la  litterature  de  V  Espagne  pen- 
dant  le  moyen  age,  3.a  edición;  tomo  I,  pág.  368,  nota  1.a 

(2)  Rer.  Ital.  Scriptores;  Milán,  1726;  tomo  II,  pte.  II,  cap.  CXXXII, 
col.  271. — Es  curioso  ver  como  el  mismo  Anónimo  refiere  en  el  cap.  XLV 
la  entrada  de  los  Sarracenos  en  Sicilia:  cPer  idem  tempus  Agarenorum  ge- 
nus  Siciliam  invasit...  Erat  vir  praedives  quidam  in  Siciliae  finibus  Eufimius 
nomine  (Euthymius,  según  Juan  Diácono  en  las  Vidas  de  los  Obispos  Ñapo- 


126  LIBRO  SEGUNDO 


na  celebrado  en  el  año  1134,  se  lee  que  el  Obispo  de 
Elna,  Udalgario,  «surrexit  commemorans  calamitatem 
suae  dioecesis,  cui  ita  erant  graves  sarraceni,  ut  passim 
Christianos  trucidarent,  in  captivitatem  ducerent,  et 
nvmc  pro  eorum  redemptione  petebant  centum  virgines 
adoleecentulas. " 

Visto  esto,  se  comprende  fácilmente  con  cuánta  ra- 
zón pudo  decir  G.  Van  Vloten  (1)  que  los  Walies  en  las 
provincias  sometidas  á  los  árabes  se  las  exprimían  como  á 
camellas,  y  que,  dada  la  indiferencia  con  que  los  escritores 
musulmanes  miraban  á  los  pueblos  conquistados,  quizás 
no  conozcamos  la  mitad  de  las  vejaciones  que  éstos  pa- 
decían. Pero  no  se  ocultaban  á  San  Eulogio,  el  cual,  en 
el  Memortalis  Sandorum,  lib.  III,  capítulo  VII  (2),  refiere 
que  el  hijo  y  sucesor  de  Abderrahman  II,  Mahomet, 
para  vengarse  de  las  predicaciones  de  San  Fandila, 
expidió  un  decreto  ordenando  foeminas  publico  clistractu 
dispergere. 

No  satisfechos  con  esto,  comerciaban  los  árabes  en 
mujeres  con  los  países  del  Norte;  y  este  comercio,  según 
nota  Gustavo  Le  Bon,  gran  panegirista  de  la  cultura 
arábiga  (3),  duró  hasta  el  siglo  XI.  El  mismo  Le  Bon 


lítanos),  qui  desponsaverat  puellam,  Homonizam  nomen  gerentem,  mirae 
pulchritudinis.  Illo  denique  tempore  quídam  '  Graeculus  Siciliae  praeerat. 
Accepta  pecunia  ab  alio  viro,  desponsatam  Eufimio  auferens,  alteri  viro  eam 
denique  tradidit.  Quod  dum  in  patulo  exiit  atque  Eufimio  nuntiatn.m  fuisset, 
talia  verba  depromit:  Meam  namque  foedastis  uxorem;  hoc  peream  auno,  si 
non  foedari  fació  plurimorum  uxores.*  Y  para  realizar  su  propósito  fué  á 
buscar  á  los  Agarenos  de  África. 

(1)  Recherches  sur  la  domination  árabe,  le  Chiisme  et  les  croyances  mes- 
sianiques  sous  le  Khalifat  des  Omayades. 

(2)  SS.  PP.  Toletanorum  quotquot  extant  opera;  Madrid,  1785,  tomo  II. 

(3)  La  Civil isation  des  Árabes;  París  1884;  pág.  608. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANÁ  127 

añade  en  la  obra  citada,  pág.  274  y  275,  que  fué  princi- 
palmente con  mujeres  cristianas,  con  que  los  musul- 
manes poblaron  sus  harenes,  y  perpetuaron  su  raza  (1).  , 

Es  evidente,  por  tanto,  que  lejos  de  haber  nada  de 
inverosímil  en  admitir  que  los  musulmanes  exigiesen  el 
que  anualmente  se  les  facilitasen  (y  esto  sea  dicho  con 
perdón  de  algunos  escritores,  que  parece  rehuyen  tratar 
de  esta  materia,  como  si  temieran  ofender  los  sentimien- 
tos de  pudor  y  continencia  de  los  árabes)  cierto  número 
de  doncellas  para  surtir  sus  serrallos,  para  ofrecer  dones 
y  presentes,  y  para  destinarlas  á  los  servicios  entre  ellos 
acostumbrados,  es  esto,  por  lo  contrario,  muy  creible  y 
está  en  completa  consonancia  con  las  tendencias  y  modo 
de  ser  del  pueblo  árabe. 

Veamos  ahora,  si  por  parte  de  los  españoles  hay  difi- 
cultad en  suponer  tan  humillante  prestación.  Se  habla 
del  heroismo  de  los  españoles,  de  los  impulsos  del  amor, 
del  honor,  de  la  Religión,  etc..  esto,  sí,  es  cierto;  pero 
por  eso  no  deja  de  ser  ridículo  el  pretender,  que,  los  que 
no  pudieron  evitar  la  ruina  de  toda  España,  inclusas 
sus  doncellas,  cuando  se  veían  acorralados  y  reducidos 
á  situación  casi  desesperada,  pudiesen  resistir  y  recha- 
zar siempre  las  intimaciones  de  los  moros,  y  sostenerse 
firmes  hasta  tal  punto,  que  nunca  se  viesen  obligados  á 
firmar  una  capitulación,  que  si  era  humillante  y  afren- 


(1)  «Ce  fut  surtout  avec  des  chrétiennes,  en  effet,  que  les  Árabes  ali- 
menterent  leurs  harems  et  perpetuerent  leur  race.  Les  chroniqueurs  árabes 
rapportent  que  dans  les  premieres  expeditions  trente  mille  d'  entre  elles 
furent  employées  a  cet  usa  ge;  et  il  y  a  encoré  a  1'  Alcázar  de  Sevilla  une 
cour  dite  des  jeunes  filies  (doncellas),  dont  le  nom  provient  du  tribut  annuel 
de  cert  jeunes  vierges,  que  les  chretiens  étaient  obÜgés  de  payer  a  un  sou- 
verain  árabe.» 


128  LIBRO  SEGUNDO 


tosa,  no  envolvía  la  ruina  total  de  la  patria.  También 
los  romanos  pasaron  una  vez  por  las  horcas  caudinas;  y 
sin  embargo  no  por  eso  dejaron  de  ser  el  Pueblo  Rey  (1). 

En  realidad,  aunque  los  cristianos  no  hubiesen  pac- 
tado la  entrega  anual  de  las  cien  doncellas  (si  es  que 
este  tributo  no  era  redimible,  ó  una  manera  convencio- 
nal de  designar  la  cantidad  del  tributo,  como  lo  indica 
la  distinción  de  doncellas  nobles  y  doncellas  plebeyas), 
tendrían  que  darlas  del  mismo  modo;  porque  los  musul- 
manes en  sus  irrupciones  anuales  todo  lo  arrasaban,  y 
cautivaban  á  todos  cuantos  encontraban  á  su  paso.  De 
este  modo  irían  cien  doncellas,  ó  quizás  algunas  más,  y 
en  peores  condiciones;  pues  no  es  lo  mismo  ir  como  botín 
cogido  en  trance  de  guerra,  que  como  consignadas  en 
virtud  de  un  pacto  ó  capitulación. 

Nuestros  historiadores,  comenzando  por  D.  Lucas  de 
Tuy  y  D.  Rodrigo  Jiménez,  suelen  atribuir  á  Maurega- 
to,  la  estipulación  del  tributo  de  las  doncellas.  Quizás 
hubiese  tenido  lugar  ya  antes,  porque  los  inmediatos 
antecesores  de  Mauregato,  D.  Aurelio  y  D.  Silo,  vivie- 
ron en  paz  con  los  moros,  según  se  lee  en  los  Cronicones 
del  Albeldense  y  de  D.  Alfonso  III;  y  esta  paz  no  pudo 
menos  de  ser  pagada  á  buen  precio.  Lo  que  haría  Mau- 
regato,  sería  dar  una  forma  más  concreta  y  específica 
al  tributo;  porque  al  fin  podía  considerar  que,  ya  que 
á  él,  el  haber  nacido  de  una  esclava,  no  había  sido  óbice 


(l)  Ya  hemos  visto  que  según  el  autor  de  la  Representación  del  Duque 
de  Arcos,  en  un  año  apenas  podrían  sacarse  del  rincón  de  Asturias  cien  don- 
cellas. Entonces  resultaría  que  D.  Alfonso  I,  con  sólo  cien  ó  doscientos 
hombres,  reconquistaría  á  Astorga,  León,  Braga,  Osma,  etc.,  etc.,  lo  cual 
sería  axín  mucho  más  maravilloso  que  la  propia  batalla  de  Clavijo. 


LOS  TEES  PRIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  129 

para  ocupar  el  trono  de  Asturias,  también  á  la  prole  de 
las  cautivas  cristianas  podía  tocar  la  misma  fortuna. 

Si  D.  Lucas  y  D.  Rodrigo,  varones  ambos  graves  y 
circunspectos,  se  decidieron  á  echar  sobre  la  memoria  de 
Mauregato  mancha  tan  afrentosa,  no  sería  sin  duda  por 
resentimientos  personales  que  con  él  tuviesen,  sino  por- 
que ya  la  hallasen  impresa  en  acreditados  documentos, 
que  hoy  no  conocemos.  Objetáresenos  nuevamente  el 
silencio  de  las  antiguas  crónicas  y  escrituras:  pero  ade- 
más de  lo  que  hemos  dicho  antes,  podremos  repetir  lo 
que  Dozy  hacía  presente  á  Bofarull  á  propósito  del  rela- 
to de  Ademar,  á  saber,  «que  cuando  se  trata  de  la  his- 
toria de  la  Edad  media,  de  una  historia  cuyas  fuentes 
son  tan  incompletas,  conviene  servirse  lo  menos  posible 
del  argumento  tomado  del  silencio  de  los  cronicones  y 
de  las  escrituras»  (1). 

Por  lo  demás,  lo  que  hizo  Mauregato  en  el  siglo  VIII, 
lo  hizo  á  mediados  del  siglo  XV  D.  Alonso  Fajardo,  el 
cual  vendió  de  una  vez  en  Granada  cien  doncellas  mur- 
cianas (2) ;  y  otros  muchos  antes  y  después  hicieron  cosas 
parecidas,  y  aún  falta  saber  si  nuestra  propia  época  está 
exenta  de  semejantes  dislates  en  obsequio  de  los  moros. 


(1)  Recherches  sur  V  histoire  et  la  litter  ature  de  V  Espagne;  3.a  edición; 
tomo  II;  pág.  334. 

Así,  por  ejemplo,  se  reputaba  por  poco  probable  y  aceptable  el  relato  de 
Zurita,  según  el  cual  cuando  D.  Alfonso  el  Batallador  tenía  cercada  á  Za- 
ragoza, se  acercó  para  socorrer  á  los  sitiados  un  poderoso  ejército  á  las  órde- 
nes de  Temim;  quien  no  atreviéndose  á  medir  sus  fuerzas  con  los  Cristianos, 
tuvo  á  bien  retirarse.  En  el  tomo  III  de  la  Tecmila  de  Aben  Alabar,  halló 
recientemente  comprobada  la  relación  de  Zurita  el  Sr.  Codera,  según  lo 
manifestó  en  un  Informe  á  la  Real  Academia  de  la  Historia.  (Véase  Boletín 
de  la  Real  Academia  de  la  Historia,  tomo  XXXII,  páginas  103-104). 

(2)  Cavanilles,  Historia  de  España,  tomo  IV,  pág.  198. 

Tomo  II.— 9. 


130 


LIBBO   SEGUNDO 


Aquí  si  que  viene  lo  de  los  impulsos  del  corazón,  del 
amor,  del  honor,  etc.,  etc.;  mas  es  sabido  que  la  Retó- 
rica no  siempre  anda  acorde  con  la  Historia,  y  que  á 
veces  tanto  más  se  extreman  los  recursos  oratorios, 
cuanto  es  el  empeño  en  ocultar  ó  impugnar  la  verdad. 
Y  lo  que  es  más;  la  tradición  del  tributo  de  las  Don- 
cellas estuvo  por  sí  tan  arraigada  en  la  memoria  del 
pueblo  español  (el  cual  no  advirtió  la  afrenta  que  á  su 
propio  honor  en  esto  se  encerraba,  hasta  que  á  fines  del 
siglo  pasado  se  lo  hicieron  notar  los  agentes  encargados 
de  impugnar  la  paga  del  Voto  de  Santiago),  que  en  va- 
rias ciudades,  como  León,  Astorga  y  Carrión,  desde 
tiempo  inmemorial  se  establecieron  fiestas  especiales  pa- 
ra conmemorar  de  un  modo  perenne  la .  anulación  del 
ominoso  tributo.  Es  que  creían  con  el  solemne  triunfo 
de  Clavijo  suficientemente  vindicado  el  honor  de  la  na- 
ción, y  bien  compensado  el  quebranto  ocasionado  por  la 
flojedad,  cobardía  ó  malicia  de  algunos  españoles. 


VI 


^.««m,^ 


esta  ahora  que  nos  hagamos  cargo  de 
las  numerosas  objeciones  que  se  hicieron 
contra  el  texto  del  Diploma  de  Rami- 
ro I.  Si  bien  se  mira,  gran  parte  de  estas  objeciones 
parten  de  un  supuesto  gratuito,  si  no  falso;  porque  como 
el  documento  original  no  existe,  y  ya  no  existía  al 
tiempo  en  que  comenzó  á  ser  impugnado  el  Voto  de 
Clavijo,  muchos  de  los  yerros  en  que  indudablemente 
debieron  de  incurrir  los  antiguos  copistas  se  suponen  sin 


LOS  TRES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA 


131 


132  LIBBO  SEGUNDO 


más  examen  como  propios  del  original.  Es  de  advertir 
también  que  el  Diploma  de  D.  Ramiro  I,  debió  de  ser 
confirmado,  como  era  costumbre,  por  los  Monarcas  pos- 
teriores y  entre  ellos,  por  D.  Ramiro  II;  y  de  aquí  las 
incongruencias  y  los  anacronismos  que  se  notan  en  las 
subscripciones.  Pero  ante  todo  veamos  el  texto  del  Pri- 
vilegio según  una  copia  de  mediados  del  siglo  XII  que 
se  guardaba  en  la  Catedral  de  Orense  y  ahora  en  el  Ar- 
chivo de  la  de  Santiago  y  que  es  la  más  antigua  de  las 
que  se  conservan  (1): 


In  nomine  patris  et  filii  et  spiritus  sancti  amen.  Antecessorum 
facta,  per  que  successores  ad  bonum  poterunt  erudiri,  non  sunt  pre- 
tereunda  sub  silentio,  uerum  pocius  debent  comitti  monumentis 
litterarum,  ut  eorum  recordatione  ad  imitationem  bone  operationis 
inuitentur  posteri.  Ea  propter  ego  rex  renemirus  et  a  deo  michi 
coniuncta  urracha  regina  cum  filio  nostro  rege  ordonio  et  fratre 
meo  rege  garsia,  oblationem  nostram  quam  gloriosissimo  apostólo 
dei  iacobo  fecimus  cum  assensu  arciepiscoporum  episcoporum  ab- 
batum  et  nostrorum  principum  et  omnium  hispanie  Xpistianorum 
litterarum  committimus  obseruationi,  ne  forte  successores  nostri, 
quod  a  nobis  factum  est,  per  ignorantiam  temptent  irrumpere,  et 
ut  etiam  per  recordationem  nostre  operationis  ad  similiter  operan- 
dum  moueantur.  Causas  etiam  quibus  ad  faciendum  istam  oblatio- 
nem conpulsi  sumus,  scribimus  vt  ad  noticiam  successorum  reser- 
uentur  in  posterum. 

Fuerunt  igitur  in  antiquis  temporibus  circa  destructionem  his- 
panie a  sarracenis  factam  rege  rvderico  dominante,  quidam  nostri 
antecessores,  pigri,  negligentes,  desides  et  inertes  xpianorum  prin- 


(1)  Para  mayor  comodidad  hemos  dividido  el  texto  en  párrafos.  El 
Cardenal  Pedro  Marcio  (no  Mancio,  como  escribió  Masdeu),  que  autorizó 
esta  copia,  vivió  á  mediados  del  siglo  XII.  Véase  en  el  fotograbado  de  la 
página  131  una  muestra  de  la  letra  de  este  documento. 


LOS  TEES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  133 

cipes,  quorum  utique  uita  nulli  fidelium  extat  imitanda.  Hi,  quod 
relatione  non  est  dignum,  ne  sarracenorum  infesta  tionibus  inquie- 
tarentur,  constituerunt  eis  nefandos  redditus  de  se  annuatim  per- 
soluendos,  centum  uidelicet  puellas  excellentissime  pulcritudinis, 
quinquaginta  de  nobilibus  hispanie,  quinquaginta  uero  de  plebe, 
pro  dolor  et  exemplum  posteris  non  obseruandum.  pro  pactione 
pacis  temporalis  et  transitorie  tradebatur  captiua  xpistianitas  lu- 
xurie  sarracenorum  explende. 

Ex  predictorum  principum  semine  nos  perducti,  ex  quo  per  de 
misericordiam  regni  suscepimus  gubernaculum,  diuina  inspirante 
bonitate  predicta  nostre  gentis  obprobria  cogitauimus  abolere.  Hac 
de  tam  digna  cogitatione  perficienda  communicauimus  consilium 
primo  archiepiscopis,  episcopis,  abbatibus  et  religiosis  uiris,  post 
modum  uero  uniuersis  nostri  regni  principibus.  Accepto  tamen 
sano  et  salúbri  consilio,  dedimus  apud  legionem  legem  populis  et 
posuimus  consuetudines  per  uniuersas  nostri  regni  prouincias  ob- 
seruandas.  Deinde  uniuersis  nostri  regni  principibus  edictum  com- 
mune  dedimus  quatinus  quosque  robustos  et  ad  preliandum  fortes 
uiros,  tam  nobiles,  quam  ignobiles,  tam  milites,  quam  pedí  tes  ab 
extremis  nostri  regni  finibus  euocarent,  et  usque  ad  constitutum 
diem  in  expeditionem  facerent  congregan.  Archiepiscopos  etiam 
et  episcopos,  abbates  et  religiosos  uiros  ut  interessent  rogauimus 
quatinus  eorum  orationibus  nostrorum  per  dei  misericordiam  aug- 
mentaretur  fortitudo.  Completum  est  itaque  imperium  nostrum,  et 
relictis  ad  excolendas  térras  tantum  modo  debilibus  et  ad  bellan- 
dum  minus  idoneis,  congregati  sunt  in  expeditionem  ceteri,  non  de 
nostro  imperio,  sicut  solent  inuiti,  sed  deo  ducente,  per  dei  amo- 
rem  spontanei. 

Cum  his  ego  rex  ranamirus  de  misericordia  dei  pocius  quam  de 
gentis  nostre  multitudine  confidens,  peragratis  inter  iacentibus 
terris,  iter  mei  exitus  direxi  in  nageram,  hac  inde  declinaui  in  lo- 
cum  qui  nuncupatur  aluella.  Interim  autem  sarraceni  nostrum 
aduentum  fama  precone  cognoscentes,  omnes  cismarini  in  unum 
contra  nos  congregati  sunt,  transmarinis  etiam  per  litteras  et  nun- 
cios in  suum  auxilium  conuocatis,  inuaserunt  nos  in  multitudine 
graui  et  manu  ualida.  Quid  plura?  Quod  sine  lacrimis  non  recorda- 
remur  peccatis  exigentibus,  multis  ex  nostris  corruentibus,  percus- 


134  LIBBO   SEGUNDO 


si  et  uulnei*ati  conuersi  sunius  in  fagam,  efc  confusi  peruenimus  in 
collem  qui  clauillium  nominatur;  hac  ibi  in  una  mola  congregati 
totam  fere  nocfcem  in  laorimis  et  orationibus  consumpsimus  igno- 
rantes ex  toto  quid  in  die  essemus  postea  aucturi.  Interea  sompnus 
arripuit  me  regem  ranemirum  cogitantem  multa  et  anxium  de  pe- 
riculo  gentis  xpistiane.  At  michi  dormienti  beatus  iacobus  hispa- 
norum  protector  corporali  specie  est  se  presentare  dignatus.  Qaem 
cum  interrogassem  cum  admiratione  quisnam  esset,  apostolus  dei 
beatum  iacobum  se  esse  confessus  est.  Cumque  ad  hoc  uerbum  ultra 
quam  dici  potest  obstupuissem,  beatus  apostolus  ait:  Numquid 
ignorabas  quod  dominus  meus  ihesus  xpistus  alias  prouincias  alus 
fratribus  meis  apostolis  distribuens  totam  hispaniam  mee  tutele 
per  sortem  deputasset  et  mee  commisisset  protectioni?  Et  manu 
propria  manum  meam  astringens:  Confortare,  inquit,  et  esto  robus- 
tus;  ego  enim  ero  tibi  in  auxilium  et  mane  superabis  in  manu  dei 
sarracenorum  a  quibus  obsessus  est  innumerabilem  multitudinem. 
Multi  tamen  ex  tuis  quibus,  iam  parata  est  eterna  requies,  sunt 
instanti  pugna  pro  xpisti  nomine  martirii  coronam  suscepturi.  Et 
ne  super  hoc  detur  locus  dubitationi,  et  uos  et  sarraceni  uidebitis 
me  constanter  in  albo  equo  dealbata  grandi  specie  máximum  uexil- 
lum  álbum  deferentem.  Summo  igitur  mane  facta  peccatorum 
uestrorum  confessione  et  accepta  penitentia,  celebratis  missis  et 
accepta  dominice  corporis  et  sanguinis  communione  armata  manu 
ne  dubitetis  inuadere  sarracenorum  acies  inuocato  nomine  dei  et 
meo;  pro  certo  enim  noueritis  eos  in  ore  gladio  ruituros.  Et  his 
dictis,  euanuit  a  conspectu  meo  uisu  desiderabilis  dei  apostolus. 

Ego  autem  pro  tanta  et  tali  uisione  uehementer  e  sompno 
excitatus  archiepiscopis,  episcopis,  abbatibus  et  religiosis  uiris 
seorsum  uocatis,  quicquid  michi  fuerat  reuelatum  cum  lacrimis 
et  singultibus  et  nimia  contrictione  cordis  eodem  ordine  pro- 
palaui.  lili  ergo  in  oratione  prius  prouoluti  deo  et  apostólo  pro 
tam  admirabili  consolatione  gracias  egerunt  innúmeras  ac  deinde 
rem  administrare  prout  nobis  fuerat  reuelatum,  festinarum  (sic). 
Armata  itaque  et  ordinata  nostrorum  acie  uenimus  cum  sarraee- 
nis  in  pugnam  et  beatus  dei  apostolus  apparuit,  sicut  promiserat, 
utrisque  instigando  et  in  pugnam  animando  nostrorum  aciem, 
Sarracenorum   uero    turbas   impediendo    et    diuerberando.    Quod 


LOS  TEES  PEIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  135 

quam  cito  nobis  apparuit  cogaouimas  beatissimi  apostoli  pro- 
missionem  implefcam;  et  de  tañí  preclara  uisione  exhilarati, 
nomen  dei  et  apostoli  in  inagnis  uocibus  et  nimio  cordis  affectu 
inuocauimus  dicentes:  Adiuua  nos  deus  et  sánete  iacobe.  Que  qui- 
dem  inuocatio  ibi  tune  prima  fuit  facta  in  hispania;  et  per  dei  mi- 
sericordiam  non  in  nanum;  eo  namque  die  corruerunt  circiter  se- 
ptuaginta  millia  sarracenoram.  Tune  etiam  euersis  eorum  municio- 
nibus  eos  insequendo  ciuitatem  Kalaforram  cepimus  et  xpistiane 
religione  subiecimus. 

Tantum  igitur  apostoli  miraculum  post  inopinatam  uictoriam 
considerantes,  deliberauimus  statuere  patrono  et  protectori  nostro 
beatissimo  iacobo  donum  aliquod  in  perpetuum  permansurum. 
Statuimus  ergo  per  totam  hispaniam,  ac  uniuersis  hispaniarum 
partibus,  quascumque  deus  sub  apostoli  iacobi  nomine  dignaretur  a 
sarracenis  liberare,  uouimus  obseruandum,  quatinus  de  uno  quoque 
iugo  boum  singule  mensure  de  meliori  fruge  ad  modum  primitia- 
rum  et  de  uino  similiter  ad  uictum  canonicorum  in  ecclesia  beati 
iacobi  commorantium  annuatim  ministris  eiusdem  ecclesie  in  per- 
petuum persoluantur.  Concessimus  etiam  et  similiter  in  perpetuum 
confirmauimus  quod  xpiani.  per  totam  hispaniam  in  singulis  ex- 
peditionibus  de  eo  quod  a  sarracenis  acquisierint  ad  mensuram 
porcionis  unius  militis,  glorioso  patrono  nostro  et  hispaniarum 
protectori  beato  iacobo  fideliter  attribuant. 

Hec  omnia  donatiua,  uota  et  oblationes,  sicut  superius  diximus, 
per  iuramentum  nos  omnes  xpistiani  hispanie  promissimus  annua- 
tim ecclesie  beati  iacobi  et  damus  pro  nobis  et  successoribus  no- 
stris  canonice  in  perpetuum  obseruanda. 

Petimus  ergo  pater  omnipotens  eterne  deus  quatinus  interce- 
dentibus  meritis  beati  iacobi  ne  memineres  domine  iniquitatum 
nostrarum  sed  sola  tua  misericordia  nobis  prosit  indignis.  Et  ea 
que  ad  honorem  tuum  beato  apostólo  tuo  iacobo  dedimus  et 
offerimus,  de  eis  que  per  te  ipso  opitulante  acquisiuimus,  nobis  et 
successoribus  nostris  proficiant  ad  remedium  animarum,  et  per 
eius  intercessionem  nos  recipere  digneris  cum  electis  tuis  in  eterna 
tabernacula,  qui  in  trinitate  uiuis  et  regnas  in  sécula  seculorum 
amen. 

Volumus  etiam  et  in  perpetuum  statuimus  tenendum  quatinus 


136  LIBRO  SEGUNDO 


quicumque  ex  genero  nostro  descenderint,  semper  suum  prestent 
auxilium  ad  pretaxata  beati  iacobi  donatiua.  Quod  si  quis  ex  gene- 
re nostro,  uel  aliorum,  ad  hoc  nostrum  testamentum  uiolandum 
uenerit,  uel  ad  implendum  non  adiuuerit,  quisquís  ille  fuerit,  cleri- 
cus  uel  laicus,  in  inferno  eum  iuda  traditore  et  datan  et  abiron 
quos  térra  uiuos  absorbuit  dampnetur  in  perpetuum,  et  filii  eius 
fiant  orfani  et  uxor  erius  uidua,  etregnum  eius  temporale  accipiat 
alter,  et  a  communione  corporis  et  sanguinis  xpisti  fiat  alienus, 
eterni  uero  regni  participatione  priuetur  pereeniter  (sic).  Insuper 
regie  maiestati  et  ecclesie  beati  iacobi  per  médium  sex  mille  libras 
argenti  pariat,  et  hoc  scriptum  semper  maneat  in  robore. 

Nos  etiam  archiepiscopi,  episcopi  et  abbates,  qui  illud  idem 
miraculum,  quod  dominus  noster  ihs.  xps.  fámulo  suo  illustri  regi 
nostro  ranemiro  per  apostolum  suum  iacobum  dignatus  est  mon- 
straré  propriis  oculis,  deo  iuuante,  uidimus,  predictum  ipsius  regis 
nostri  et  nostrum,  et  totius  hispanie  xpistianitatis  factum;  in  per- 
petuum confirmamus  et  canonice  sancimus  obseruandum. 

Quod  si  quis  ad  noc  scriptum  et  ecclesie  beati  iacobi  donatiuum 
ad  inrumpendum  uenerit  vel  persoluere  renuerit,  quisquis  ille  fue- 
rit,  rex  uel  princeps,  rusticus,  clericus,  uel  laicus,  eum  maledecimus 
et  excommunicamus  et  eum  iuda  traditore  gehennali  pena  dampna- 
mus  in  perpetuum  cruciandum.  Hoc  idem  successores  nostri  ar- 
chiepiscopi, episcopi  faciant  deuote  annuatim.  Quod  si  renuerint, 
omnipotentis  dei  patris  et  filii  et  spiritus  sancti  auctoritate  et 
nostra  dampnentur,  et  excommunicatione  et  potestatis  sibi  a  deo 
tradite  rei  teneantur. 

Facta  scriptura  consolationis,  donationis  et  oblationis  huius,  in 
ciuitatekalaforranoto  die  VIII  kalendarum  iunii,  era  DCCCLXXII. 
Ego  rex  ranemirus  eum  coniuge  mea  regina  urracha  et  filio  nostro 
rege  ordonio  et  fratre  meo  rege  garsia,  hoc  scriptum  quod  fecimus 
proprio  robore  confirmamus.  Qui  presentes  fuerunt. 

Ego  dulcius  cantabriensis  archiepiscopus   qui  presens  fui  con- 
firmo. 
Ego  suarius  ouetensis  episcopus,  qui  presens  fui,  confirmo. 
Ego  oueco  asturicensis  episcopus,  qui  presens  fui,  confirmo. 
Ego  salomón  astoriensis  episcopus,  qui  presens  fui,  confirmo. 


LOS  TEES  PBIMEROS  SIGLOS  BE  LA  I.  COMPOSTELAtf  A  137 

Ego  rodericus  lucensis  episcopus,  qui  presens  fui,  confirmo. 
Ego  petrus  biriensis  episcopus  qui  presens  fui,  confirmo  (1). 
Ego  regina  urracha,  confirmo. 
Ego  ordonius  eius  filius,  confirmo. 
Ego  rex  garsia  frater  regis  ranemirus  (2)  confirmo. 
Osorius  petrici  regis  maiordomus  qui  presens  fai,  confirmo. 
Pelagius  guterrici  regis  armiger  qui  presens  fui,  confirmo. 
Menendus  suarizi  potestas  terre,  qui  presens  fui,  confirmo. 
E-udericus  gunsaluiz  potestas  terre,  qui  presens  fui,  confirmo. 
Grudesteus  osorici  potestas  terre,  qui  presens  fui,  confirmo. 
Suarius  menendiz,  potestas  terre,  qui  presens  fui,  confirmo. 
Gruterre  osoriz  potestas,  qui  presens  fui,  confirmo. 
Osorius  guterrici  potestas  qui  presens  fui,  confirmo. 
Eanemirus  garsia,  potestas  qui  presens  fui,  confirmo. 
Martinus  testis. 
Petrus  testis. 
Pelagius  testis. 
Suarius  testis. 
Menendus  testis. 
Vincentius  sagio  regis  testis. 

Nos  omnes  hispanie  terrarum  habitatores  populi,  qui  presentes 
fuimus  et  superscriptum  miraculum  et  protectoris  nostri  glorio- 
sissimi  apostoli  iacobi  propriis  oculis  uidimus  et  triumpbum  de 
sarracenis  per  dei  misericordia  obtinuimus,  quod  superius  scriptum 
est.  sancimus  et  in  perpetüum  confirmamus  permansurum. 

Ego  Petrus  marcius  dei  gratia  ecclesie  beati  iacobi  cardinalis, 
sicut  inueni  in  alio  scripto  quod  in  beati  iacobi  thesauro  et 
in  eius  titulo  permanet,  ita  scripsi  et  hoc  translatum  feci  et 
proprio  robore  confirmaui. 

Grondisaluus  notui.» 

Hemos  dicho  que  D.  Ramiro  II,  debió  de  haber  con- 
firmado el  Privilegio  de  D.  Ramiro  I,  pues  él  mismo  lo 


(1)  Esta  subscripción  falta  en  la  copia  del  Tumbillo,  fol.  127. 

(2)  En  el  Tumbillo,  frater  eius. 


138 


LIBRO  SEGUNDO 


da  á  entender  en  el  Diploma  otorgado  á  la  Iglesia  com- 
postelana  en  León  á  21  de  Febrero  de  934  (1).  Refiere 
el  vencedor  de  Simancas,  que  viniendo  á  visitar  la  Igle- 
sia de  Santiago  (advenientes  aule  Mi.  Jacóbi  orationis  causa), 
después  de  examinar  atentamente  los  Diplomas  de  sus 
antecesores,  entre  los  cuales  Diplomas  cita  á  dos  de 
D.  Ramiro  I,  los  confirmó  todos;  et  testamentos  priores 
maiorum  nostroram  manu  propria  coyifirmamiis.  Y  en  efecto, 
cuando  otorgó  el  fechado  en  León,  parece  debió  de  ha- 
ber tenido  á  la  vista  el  de  los  Votos  de  D.  Ramiro  I. 
Véanse,  si  no,  confrontados  los  preámbulos  de  dichos  dos 
Diplomas: 


Diploma  de  D.  Ramiro  I. 

Antecessorum  facta  per  que 
successores  ad  bonum  poterunt 
crudiri,  non  sunt  pretereunda 
sub  silentio,  uerum  pocius  de- 
bent  comitti  monumentis  litte- 
rarum,  ut  eorum  recordatione 
ad  imitationem  bone  operatio- 
nis  inuitentur  posteri.  Eaprop- 
ter  ego  rex  ranemirus  et  a  deo 
michi  coniuncta  urracha  regi- 
na (2),  cum  filio  nostro  rege 
ordonio  et  fratre  meo  rege  gar- 
sia  oblationem  nostram  quam 
gloriosissimo  apostólo  dei  iaco- 
bo  fecimus  cum  assensu  arcie- 
piscoporum,  episcoporum  abba- 
tum  et  nostrorum   principum 


Diploma  de  D.  Ramiro  II. 

Antiquorum  etenim  exem- 
pla  et  opera  acta  obcelari  non 
queunt,  sed  pene  ómnibus  nota 
manent  que  de  tempore  succe- 
dente  in  témpora  gesta  fue- 
runt.  Literarum  monimenta  ad 
posterorum  memoriam  scripta 
ac  reservata  sunt,  ut  singulo- 
rum  solertiam  quisquis  legerit> 
aperta  mente  consideret  que  ei 
liceat  imitari.  Denique  in  cu- 
juscumque  chronicis  vel  mem- 
branis  tortum  invenerit,  discat 
se  omnimodis  custodire  ne  ta- 
ba operetur;  ubi  vero  in  Do- 
mino et  per  Deum  sanum  et 
desiderabile     repererit    scrip- 


(1)  España  Sagrada,  tomo  XIX,  Apéndice,  pág.  362. 

(2)  En  el  de  D.  Ramiro  II,  también  se  dice  antes,  cum  conjuncta  nobis 
0,  Domino  Urraca  regina. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA.  I.  COMPOSTELAVA  139 

et  omiiium  híspame  xpisfciano-  tum,  pie  et   cum  tota  mentís 

ram   litterarum   committimus  intentione   agere    studeat,    ut 

observationi,  ne  forte  suocesso-  sanctorum   sequendo  exempla 

res  nostri,  quod  a  nobis  factum  cum  eis  pro  bene  gestis  gaudio 

est,  per  iguorantiam  temptent  fruatur    perpetuo.    Jam    vero 

irrumpere,  et  ut  etiam  per  re-  quid   nostro  ob  amore   Dei  et 

cordationem    nostre   operatio-  sancto  ejus  Apostólo  uret   in 

iiis  ad  similiter  operandum  mo-  pectore,  faucibus  apertis  et  pa- 

veantur.  tulo  ore  coram  omni  catholico- 

rum  toga  fari  oportet. 

Los  antiguos  copistas  acostumbraron  siempre  á 
transcribir  los  Diplomas  poniendo  á  continuación  las 
subscripciones,  sin  cuidarse  de  distinguir  las  propias  del 
primitivo  documento,  de  las  que  se  añadieron  después 
al  tiempo  de  ser  suscripto  por  otros  Monarcas.  De  aquí  la 
confusión  que  se  nota  en  muchos  Privilegios,  los  cuales 
aparecen  suscriptos  por  personajes  que  vivieron  en  muy 
distintas  épocas.  Esto  sucedió  también  en  las  copias  del 
Diploma  de  los  Votos,  en  las  cuales  al  lado  de,  ó  á  con- 
tinuación de  las  suscripciones  de  los  primeros  firmantes, 
como  Dulció  Arzobispo  cantabrknse,  y  Suario  ovetense,  se  ven 
otras  evidentemente  muy  posteriores,  como  la  de  Salo- 
món astur ¡cense,  Pedro  Iriense,  y  entre  los  caballeros  la  de 
Gutier  Osorio  y  la  de  Osorio  Gutiérrez.  Estos  dos  últimos, 
lo  mismo  que  Salomón,  Obispo  de  Astorga,  vivieron  en 
tiempo  de  Ramiro  II,  y  debieron  subscribir  con  él  el 
Privilegio  de  Ramiro  I.    ' 

De  aquí  resulta  que  es  vana  tarea  el  empeñarse, 
como  hicieron  muchos,  en  buscar  en  tiempo  del  vence- 
dor de  Clavijo  personajes  que  vivieron  cien  años  des- 
pués; y  que  son  sin  fundamento  muchas  de  las  objecio- 
nes que  por  este  motivo  se  hicieron  al  Privilegio  de  los 
Votos. 


140  LIBRO  SEGUNDO 


Deben  también  tenerse  presentes  los  frecuentes  ye- 
rros materiales  en  que  incurrían  los  copistas  al  transcri- 
bir los  números  y  los  nombres  propios  de  personas  y  de 
lugares  de  los  documentos.  Mientras  no  sepamos  con 
evidencia  que  en  el  Diploma  original  estaba,  Suarius 
ovetensis  episcopus  y  no  Serranas  ovetensis  episcopus,  p.  ej.,  en 
vano  es  combatirle  por  este  concepto.  Lo  mismo  debe 
decirse  de  otras  subscripciones,  como  la  de  Oveco  asturien- 
sis,  (que  bien  pudo  ser  Oveco  II  de  Oviedo,  que  vivió  en 
tiempo  de  Ramiro  II),  la  de  Rudericus  lucensis  episcopus  y 
la  de  Petrus  iriensis  episcopus,  que  falta  en  algunas  copias. 

El  insigne  Mabillón,  en  su  célebre  tratado  De  re  di- 
plomática, lib.  I,  cap.  VII,  habla  de  la  renovación  de  los 
antiguos  Diplomas,  que  se  habían  extraviado  ó  perecido 
en  algún  incendio,  ó  que  se  habían  deteriorado  por  el 
uso,  la  acción  del  tiempo  ó  descuido  en  su  conservación. 
En  España,  en  el  siglo  XII,  después  que  se  generalizó  el 
uso  de  la  letra  francesa,  hubo  necesidad  de  renovar 
muchos  documentos  antiguos,  que  escritos  en  letra  góti- 
ca quedaban  casi  ininteligibles  para  la  generalidad.  El 
Privilegio  de  los  Votos,  que  desde  su  principio  forzosa- 
mente tuvo  que  estar  en  continuo  movimiento  á  causa 
de  la  frecuencia  con  que  había  que  presentarlo  y  llevar- 
lo de  una  parte  á  otra  para  hacer  las  oportunas  recla- 
maciones, lo  cual  supone  mucho  uso  y  el  consiguiente 
deterioro,  debió  de  pasar  también  por  la  renovación.  En 
esta  operación  fué  fácil  que  se  corrigiesen  algunos  de 
los  solecismos,  en  que  no  podía  menos  de  abundar  el 
texto  primitivo,  y  que  aún  se  añadiese  algún  inciso,  que 
no  alterase  en  nada  la  substancia  del  documento  (1). 


(1)    Tal  quizás  sería  uno  de  ellos  aquella  cláusula:  «Proh  dolor!   et 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  141 

A  nada  de  esto  atendieron  los  impugnadores  del  Di- 
ploma, ó  más  bien  del  Voto.  Su  única  preocupación  era 
combatir  bien  ó  mal  el  contenido  del  mismo,  y  buscar 
cualquiera  asomo  de  dificultad  que  sirviese  de  funda- 
mento para  contradecirlo  y  desacreditarlo.  Unos  lo 
combatían  por  la  corrección  (relativa)  y  elegancia  de  su 
estilo,  que  tanto  discrepa  del  que  se  observa  en  las  es- 
crituras de  la  época;  como  si  entonces  no  hubiera  quien, 
como  San  Eulogio,  Alvaro  Cordobés  ó  el  Abad  Sansón, 
no  supiese  escribir  correctamente  el  latín,  ó  como  si  la 
redacción  de  un  documento  tan  trascendental  é  impor- 
tante, se  confiara,  á  cualquiera  vulgar  notario.  Otros 
presentan  como  indicios  de  falsedad  los  títulos  de  Arzo- 
bispo y  Potestad,  que  emplea  el  Diploma,  los  cuales  títu- 
los, según  los  impugnadores,  eran  entonces  enteramente 
inusitados  en  España,  como  si  la  palabra  Arzobispo  no  la 
usara  ya  San  Isidoro  y  no  apareciera,  á  pesar  de  lo  que 
diga  Masdeu  (1),  entre  las  subscripciones  del  Concilio  III 
de  Mérida,  y  en  la  carta  de  Quirico,  Obispo  de  Barcelona, 
á  San  Ildefonso,  y  en  otros  varios  documentos  anteriores 
al  Privilegio  de  los  Votos,  que  pueden  verse  citados  en 
la  Apología  del  Voto  de'  Santiago,  pág.  250  y  siguientes;  y 
como  si  el  título  de  Postestas  terre  (si  es  que  no  debiera 
leerse  Princeps  terre,  como  conjetura  el  Sr.  Sánchez 
Vaamonde  (2),  no  se  viera  ya  usado  en  otros  antiguos 
documentos  (3).  Ya  indican  las  fuentes  de  que  se  sirvió 


exemplum  posteris  non  observandum!  pro  pactione  pacis  temporalis  et  tran- 
sitorie  tradebatur  captiva  christianitas  luxurie  sarracenorum  explende.» 

(1)  Historia  Crítica  de  España,  tomo  XI,  núm.  92. 

(2)  Apología  del  Voto  de  Santiago,  pág.  270,  nota. 

(3)  Apología,  etc.,  pág.  273  y  siguientes. 


142  LIBRO  SEGUNDO 


el  impostor  para  la  confección  del  Diploma,  y  citan  á 
Quinto  Curcio  y  á  Tito  Livio,  que  hablan  de  las  apari- 
ciones de  Hércules  á  Alejandro  y  de  Castor  y  Polux  en 
la  batalla  del  lago  Regilo;  sin  hacerse  cargo  que  de  este 
modo  hacen  al  impostor  más  versado  en  la  Historia  clá- 
sica (lo  cual  sería  verdaderamente  extraordinario),  que 
en  la  patria.  Ya  tachan  al  Diploma  de  falso,  porque  en 
él  se  supone  que  León  ya  estaba  poblada  en  tiempo  de 
Ramiro  I,  lo  cual,  según  los  impugnadores,  no  se  efectuó 
hasta  el  tiempo  del  sucesor  de  D.  Ramiro;  siendo  así 
que,  como  demostró  el  P.  Risco  (1),  León,  desde  que  fué 
recobrada  á  mediados  del  siglo  VIII  por  D.  Alfonso  I, 
siempre  estuvo  más  ó  menos  poblada,  y  con  iglesias  y 
monasterios.  Masdeu  (2),  para  tener  un  argumento  más 
que  poner,  inventó  que  el  Sayón  del  Rey  Vicente  había  fir- 
mado el  Diploma,  como  notario;  y  la  realidad  es,  que  lo 
subscribió  como  testigo.  El  que,  según  la  copia  más  an- 
tigua que  se  conserva,  autorizó  el  Diploma,  fué  Gonza- 
lo: Gondisalvvs  notvit. 

Una  objeción  hay,  sin  embargo,  que  se  convirtió  en 
lazo  en  que  se  vieron  cogidos  los  mismos  que  lo  tendie- 
ron. El  Diploma,  decían  con  aire  de  triunfo  y  como  si 
ya  tuvieran  en  la  mano  un  atestado  irrefragable  de  la 
falsedad,  llama  Urraca  á  la  esposa  de  D.  Ramiro,  y  es 
sabido  que  su  verdadero  nombre  fué  el  de  Paterna,  pues 
así  la  denomina  D.  Alfonso  III  en  su  Cronicón  (3).  Pero 


(t)     España  Sagrada,  tomo  XXXIV,  pág.  127. 

(2)  Historia  Crítica,  tomo  XVI,  pág.  6. 

(3)  Al  tratar  de  esta  objeción  no  puede  disculparse  á  los  impugnadores 
del  Diploma  de  la  tacha  de  ligeros  y  apasionados;  pues  de  otro  modo,  antes 
de  proponer  tal  argumento,  debieran  haber  resuelto  el  problema  del  nombre 
de  la  esposa  de  D.  Ramiro  II;  la  cual,  según  los  historiadores,  se  llamó  Te- 


LOS  TEES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  143 

¿cuántas  esposas  tuvo  D.  Ramiro  I?  La  primera,  es  indu- 
dable, que  se  llamó  Paterna,  y  ¿cómo  se  llamó  la  segunda 
de  la  cual  no  quieren  entender  los  impugnadores  del  Di- 
ploma, ó  si  entienden  la  tienen  por  anónima?  Refiere  don 
Alfonso  III  en  su  Cronicón,  que  á  la  muerte  de  D.  Alfon- 
so II  fué  proclamado  D.  Ramiro  I,  el  cual,  asociado  ya 
al  Trono  desde  hacía  algunos  años,  á  la  sazón  se  hallaba 
ausente  en  Castilla,  á  donde  ha.bía  ido  para  tomar  espo- 
sa (1).  Supongamos,  por  un  momento,  que  ésta  fuese  la 
doña  Paterna,  la  que  se  creía  única  esposa  de  D.  Rami- 
ro. Entonces  tendremos  que  este  monarca,  del  cual  no 
quiere  reconocerse  el  prodigio  de  Clavijo,  dejaría  un 
hijo,  D.  Ordoño  I,  dos  veces  prodigioso  por  las  razones 
siguientes:  D.  Ramiro  I,  que,  cuando  se  casó  en  Castilla 
y  sucedió  á  D.  Alfonso  II,  pasaba  ya  de  cincuenta  años, 
falleció  al  entrar  en  el  octavo  de  su  reinado,  ó  sea  á 
principios  de  850.  En  este  año  lo  más  que  podría  tener 
D.  Ordoño  I  (partiendo  siempre  del  supuesto  de  que  don 
Ramiro  no  estuvo  casado  más  que  una  vez),  serían  seis 
años  y  medio;  y  sin  embargo,  lo  vemos  ya  en  aptitud  de 
capitanear  grandes  ejércitos,  y  emprender  vigorosas 
campañas  (2). 


resa  Florentina  y  Sancha;  según  las  Escrituras,  Urraca.  Mas  el  desmedido 
afán  de  combatir  el  Diploma  de  Clavijo,  los  dislumbró  de  tal  modo,  que  no 
advirtieron  la  contestación  que  al  punto  podía  dárseles,  á  saber,  que  lo  que 
había  pasado  con  el  nombre  de  la  mujer  de  D.  Ramiro  II,  esto  pasó  con  el 
de  la  de  D.  Ramiro  I. 

(1)  Post  Adefonsi  decessum,  Ranimirus,  filius  Veremundi  Principis, 
electus  in  Regnum;  sed  tune  temporis  absens  erat  in  Barduliensem  provin- 
ciam  ad  accipiendam  uxorem.  (España  Sagrada,  tomo  XIII,  pág.  489). 

(2)  Adversus  chaldaeos  saepissime  praeliatus  est,  et  triumphavit  in 
primordio  regni  sui.  (Chron.  de  Sebastián  de  D.  Alfonso  III,  España  Sagra- 
da, tomo  XIII,  pág.  490). 


144  LIBEO    SEGUNDO 


No  es  esto  sólo.  D.  Ordoño  I  falleció  en  866,  dejando 
á  su  hijo  y  sucesor,  D.  Alfonso  III,  de  dieciocho  años  de 
edad,  como  dice  el  Albeldense.  Desde  el  año  842  en  que 
se  casó  D.  Ramiro,  hasta  el  866  en  que  falleció  su 
hijo  D.  Ordoño,  transcurrieron  veinticuatro  años.  Des- 
cuéntense de  estos  veinticuatro  años  los  dieciocho  que 
tenía  D.  Alfonso  III,  cuando  falleció  su  padre;  y  re- 
sultará que  éste  engendró  á  su  hijo  á  los  cinco  ó  cin- 
co años  y  medio  de  edad.  Dejemos  á  los  críticos  que  se 
entretengan  en  desatar  este  inextricable  nudo;  nosotros 
entretanto  repasemos  lo  que  con  gran  sencillez  y  con  no 
menor  exactitud  y  admirable  tino  histórico  expuso  en  su 
Crónica  (1)  sobre  el  particular,  el  célebre  Ambrosio  de 
Morales:  «Lo  cierto  es,  dice,  que  el  Rey  D.  Ramiro  estu- 
vo casado  dos  veces.  La  primera  antes  que  fuese  Rey 
con  esta  señora  doña  Paterna,  que  no  fué  Reyna,  más 
fué  madre  del  Rey  D.  Ordoño.  Y  después  otra  vez  con 
la  Reyna  doña  Urraca.  Esto  se  ve  claramente;  pues  el 
Rey  hemos  visto  como  se  casó  al  mismo  tiempo  que  co- 
menzó á  reynar.  Y  siendo  entonces  el  Rey  de  más  de 
cinquenta  años,  como  por  la  muerte  de  su  padre  parece, 
no  es  creible  que  se  casó  entonces  la  primera  vez. »  El 
P.  Flórez  (2)  siguió  en  esto  á  Morales,  y  cita  en  corrobo- 
ración de  lo  mismo  al  Tudense  y  al  Arzobispo  D.  Rodri- 
go, los  cuales  llaman  doña  Urraca  á  la  esposa  que  don 
Ramiro  había  traído  de  Castilla. 

Acerca  del  testimonio  del  Tudense  y  D.  Rodrigo,  de- 
bemos notar,  que  ambos  Prelados  tuvieron  indudable- 
mente á  la  vista  documentos,   de  los  cuales  hoy  ni  si- 


(1)  Libro  XIII,  cap.  LIV. 

(2)  Memorias  de  las  Reynas  Cathólicas,  tomo  I,  pág.  65. 


tOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANÁ         145 

quiera  hay  noticia.  D.  Rodrigo  dice  expresamente  en  el 
Prólogo  de  su  Historia,  que  para  la  composición  de  su 
obra  había  consultado  y  compulsado  minuciosamente, 
además  de  los  Cronicones,  Concilios  y  otras  obras  que 
nombra,  muchas  Escrituras  (1).  Así  es  que,  á  no  ser  que 
quiera  decirse,  que  D.  Rodrigo  lo  sacó  de  su  cabeza,  ha- 
brá que  confesar  que  en  algún  antiguo  documento  debió 
de  haber  hallado  que  D.  Ramiro  amaba  á  su  hermano 
D.  García  como  á  sí  propio,  y  que  doña  Urraca  era  una 
señora  piadosísima,  y  que  hizo  muchos  dones  á  las  igle- 
sias de  Santiago  y  San  Salvador  de  Oviedo. 

Además  de  D.  Ordoño,  tuvo  D.  Ramiro  otros  hijos, 
de  los  cuales  apenas  hay  noticia  cierta  (2).  Conócese, 
sin  embargo,  una  hija,  Aldonza,  que  correría  la  misma 
suerte,  que  estuvo  á  punto  de  correr  D.a  Urraca,  á  no 
haberla  puesto  á  salvo  una  Escritura  del  Tumbo  de  Sa- 
inos, que  cita  Flórez  en  las  Memorias  de  las  Beynas  catho- 
licas  (3),  y  que  sería  como  otras  que  pudieron  compulsar 
D.  Lucas  de  Tuy  y  D.  Rodrigo  al  redactar  sus  respecti- 
vas obras  (4). 


(1)  Et  alus  scripturis,  quas  de  membranis  et  de  pictaciis  laboriose  in- 
vestigatas,  laboriosius  compilavi. 

(2)  Berganza  cita  á  D.  García,  y  Salazar  á  D.  Rodrigo  y  á  D.a  Ildoni- 
cia  ó  Aldonza,  que  dice  nació  ciega. 

(3)  Tomo  I,  pág.  66. — De  esta  Escritura  hemos  visto  algunas  copias 
que  se  sacaron  directamente  del  Tumbo  de  Samos  en  el  siglo  pasado. 

(4)  He  aquí  cómo  extracta  Flórez  la  referida  Escritura,  que  era  la  VI 
del  Turnio  en  la  nota  1.a  de  la  citada  página:  «Dice  la  citada  Escritura  que 
D.a  Aldonza  dejó  después  de  sus  días  la  villa  de  Sala  al  nepto  (ó  sobrino) 
Bermudo,  quien  se  la  dio  á  su  mujer  Gontrode,  y  ésta  al  sobrino  Froylán, 
hijo  de  Alfonso,  (que  es  el  Rey  Fruela  II,  hijc  de  Alfonso  III),  y  Froylán 
se  la  dio  al  Rey  Ramiro  (que  es  el  II),  y  éste  á  su  hermana  D.a  Auria  y  al 
Conde  Nepociano.  Era,  pues,  Aldonza  hija   de  Ramiro  I,  no  del  II,  porque 

Tomo  II.— 10. 


146  LIBEO  SEGUNDO 


No  se  aleguen,  pues,  dificultades  contra  la  verdad 
histórica  de  la  jornada  de  Clavijo,  porque  á  la  luz  de  la 
sana  crítica  penosamente  podrán  prosperar.  Dígase  con 
franqueza  que  el  admitir  suceso  tan  prodigioso  en  el  si- 
glo pasado  no  convenía  á  las  miras  interesadas  y  egoís- 
tas de  muchos  (lo  cual  en  cierta  manera  es  disculpable); 
y  en  el  presente  no  lo  toleran,  ni  consienten  las  corrien- 
tes escépticas  y  racionalistas  dominantes. 


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después  de  este  II  no  huvo  Froylan  hijo  de  Alfonso,  sino  solo  después   de 
Harairol.» 

La  villa  de  Sala  debe  de  ser  una  aldea  de  este  nombre  en  la  parroquia 
de  San  Pedro  de  Armea,  cerca  de  Sarria,  y  no  lejos  de  Samos. 


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CAPITULO  VI 


Adulfo  II. —  Obtiene  de  Roma  autorización  para  erigir  en  Ca- 
tedral la  Iglesia  de  Santiago. — Es  acusado  de  un  crimen 
horrendo,  y  se  justifica  por  medio  de  la  prueba  del  Toro. 
—  Renuncia  la  Sede  y  se  retira  á  Asturias. 


Adaulfo  I  sucedió  Adaulfo  II  (1 
semejante  al  primero,  tanto  en 
el  nombre  como  en  las  virtudes 
y  en  la  ejemplaridad  de  su  vida, 
y  que  probablemente  era  el  Abad 
Adulfo,  que  en  tiempo  de  Rami- 
ro I  gobernó  el  monasterio  de  Antealtares  (2). 

Gravísimos  sucesos  no  tardaron  en  turbar  su  pontifi- 


(1)  Entre  los  dos  Adaulfos  puso  Huerta  (Anal,  de  Gal.,  t.  II,  libro  IX, 
cap.  1),  á  un  Obispo  Pedro,  del  que  no  hay  noticia  alguna,  y  cuya  existen- 
cia rechazan  de  consuno  la  Compostelana,  el  Iriense  y  D.  Diego  Gelmírez, 
en  el  Diploma  otorgado  á  San  Martín  Pinario  en  el  año  1115.  El  Obispo 
Pedro,  á  que  se  refiere  el  documento  de  Sobrado  citado  por  Huerta,  es  San 
Pedro  de  Mezonzo. 

(2)  Véase  el  Privilegio  concedido  por  D.  Alfonso  VII  en  el  año  1147 
á  Antealtares  entre  los  Apéndices  de  la  Coronica  de  Yepes,  tomo  IV. 


148  LIBRO  SEGUNDO 


cado;  3^  el  primero,  entre  ellos,  fué  una  nueva  invasión 
de  los  normandos,  que  como  un  torrente  devastador,  ha- 
cia el  año  858,  se  precipitó  sobre  la  Europa  meridional 
sin  parar  hasta  Grecia  (1).  Galicia,  como  la  primera  in- 
vadida, fué  la  que  sufrió  el  choque  en  toda  su  fuerza  y 
violencia.  Conocían  los  normandos,  por  los  embajadores 
que  habían  venido  á  Compostela  hacia  el  año  850  en 
compañía  de  Algazel  (2),  el  gran  concurso  de  peregri- 
nos de  todas  partes  que  casi  de  continuo  había  en  esta 
ciudad,  y  las  muchas  y  á  veces  valiosas  ofrendas  que  se 
presentaban  ante  el  Altar  de  Santiago.  Esto  avivó  su 
codicia,  y  les  hizo  proponerse  como  uno  de  los  principa- 
les objetivos  de  su  expedición,  el  apoderarse  ó  al  menos 
saquear  el  templo  del  Patrón  de  España."  Cual  huracán 
desencadenado  entraron  por  la  ría  de  Arosa,  llevándolo 
todo  á  sangre  y  fuego  (3).  Iria  no  fué  barrera  bastante 
para  contenerlos;  ó  más  bien,  si  los  detuvo,  fué  mientras 
duró  la  faena  de  arrebatar  y  apoderarse  del  botín  (4). 
El  Cabildo  de  Iria,  y  probablemente  el  mismo  Adaulfo, 
que  acaso  se  hallaría  allí  accidentalmente,  si  es  que  no 
había  acudido  á  las  primeras  noticias  de  la  invasión, 


(1)  España  Sagrada,  tomo  XIII,  pág.  492. 

(2)  Véase  cap.  III,  pág.  70. 

(3)  De  esta  invasión  hace  memoria  el  Cronicón  Iriense  (España  Sagra- 
da, tomo  XX,  pág.  602),  en  los  siguientes  términos:  «Eo  tempore  centum 
naves  Normanorum  in  Gallaeciam  venerunt,  et  post  triennium  ad  propria 
sant  reversae.» 

(4)  «ínter  caetera  reperimus,  se  lee  en  el  preámbulo  del  Diploma  por  el 
cual  D.  Diego  Gelmírez  restauró  la  Canónica  Iriense.  (Véase  Monumentos 
antiguos  de  la  Igelsia  Cornpostelana,  pág.  9),  eosdem  venerabiles  praede- 
cessores  nostros  Irienses  Pontifices  periculum  barbaricum,  quod  quam  má- 
xime océanos  fines  Grallaeciae  invaserat...» 


LOS  TEES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  149 

» 

tuvieron  que  retirarse  precipitadamente  á  Compostela, 
y  encerrarse  dentro  de  sus  muros  (1). 

Posesionados  los  normandos  de  Iria,  amagaron  á 
Compostela  y  la  obligaron  á  entrar  en  negociaciones,  y  á 
pagarles  un  tributo  para  no  verse  asaltada  y  saquea- 
da (2).  Mas  no  satisfechos  con  esto  algunos  de  los  jefes 
normandos,  se  concertaron  entre  sí  para  entrar  en  la 
Ciudad  Santa,  abrir  el  sepulcro  del  Apóstol  y  llevar  sus 
Sagrados  Huesos  (3).  Quizás  ya  se  disponían  á  llevar  á 
cabo  sus  propósitos,  cuando  en  esto  aparece  el  Conde 
gallego  Pedro,  que  los  pasó  á  todos  á  cuchillo  (4). 

Mas  Iria  había  quedado  desolada,  y  expuesta  de  con- 
tinuo á  nuevas  y  no  menos  terribles  invasiones.  Las  cien 
naves  que  arribaron  á  las  costas  de  Galicia,  se  destaca- 
ron sin  duda  de  la  gran  armada  normanda,  que  siguió 
su  derrotero  y  en  todas  partes  hasta  Grecia  dejó  huellas 
sangrientas  de  su  paso  (5).  Era  de  recelar  que  estas  fe- 
roces incursiones  se  repitiesen,  si  no  todos  los  años,  con 
sobrada  frecuencia,  tanto  más  cuanto  que  no  eran  so- 
los los  normandos  á  quienes  había  que  temer,  sino  á 


(1)  Fugiendo  ad  urbem  Compostellanam,  si  fieri  posset  ab  illorum  do- 
minio mancipandum,  usos  salubri  convaluisse  consilio.  (Monumentos  antiguos 
de  la  Iglesia  Compostelana,  pág.  9). 

(2)  Et  quia  Locum  Apostolicum  virtus  ipsa  barbárica  jam  sibi  per  vio- 
lentiam  subjugatum.  tributarium  instituerat...  (Monumentos,  etc...,  pág.  9). 

(3)  Jam  sane  quidam  de  barbarorum  principibus  sibi  condixerant,  qua- 
tinus  beati  Jacobi  sepulturam  effringerent,  et  os3a  sacratissima  asportarent. 
(Monumentos,  etc.,   pág.  9). 

(4)  Ejus  (Ordonii)  tempore  Lordomani  iteruin  venientes  in  Grallaeciae 
maritimis,  a  Pedro  comité  interfecti  sunt.  (Chronicon  Albeldense;  España  Sa- 
grada, tomo  XIII,  pág.  454). 

(5)  Véase  el  Cronicón  de  D.  Alfonso  III  en  la  España  Sagrada, 
tomo  XIII,  pág.  492. 


150  LIBEO   SEGUNDO 


los  árabes,  que  también  comenzaron  á  infestar  nuestras 
costas  (1).  Por  lo  tanto,  la  permanencia  del  Obispo  y 
del  Cabildo  en  Iria  se  hacía  imposible.  De  esta  difícil 
situación  dieron  cuenta  al  Rey  D.  Ordoño,  el  cual,  con 
consejo  de  los  Grandes  de  su  Corte  y  de  acuerdo  con  el 
Prelado,  envió  como  legados  al  Papa,  que  entonces  no 
podía  ser  otro  que  Nicolás  I  (858-867),  á  algunos  de  los 
arcedianos  de  la  diócesis  Iriense  para  que  pusiesen  en 
su  conocimiento  lo  aflictivo  de  las  circunstancias  en  que 
se  hallaba  la  Iglesia  de  este  título,  arruinada  ó  destrui- 
da, y  expuesta  á  las  continuas  incursiones  de  audaces  y 
furibundos  corsarios,  y  la  conveniencia  de  que  se  trasla- 
dase todo  el  Clero  catedral  á  la  Iglesia  de  Santiago,  en 
donde  podría  estar  más  seguro  y  tranquilo  (2). 

Parece  que  el  Papa  puso  alguna  dificultad  en  que  se 
abandonase  definitivamente  la  Sede  Iriense,  y  se  esta- 
bleciese la  Catedral  episcopal  en  una  iglesia  fabricada 


(1)  Según  Conde  (Historia  de  los  Árales,  tomo  I,  pág.  301),  en  el  año 
867  Mohammed  I  envió  sus  naves  para  la  guerra  en  las  costas  de  Galicia. 
Encargó  esta  expedición  al  emir  del  mar  Walid  ben  Abdelhamid,  y  salió 
la  armada  con  buen  viento  y  llegó  con  próspera  navegación  á  las  costas  del 
Gut  de  España,  y  estando  para  desembarcar  en  aquellas  costas  de  nahar 
Miño,  sobrevino  recia  tempestad,  y  las  naves  se  quebraron  unas  contra 
otras,  y  otras  fueron  á  estrellarse  contra  los  peñascos  de  unos  islotes  y  en 
la  costa  brava,  en  donde  pocos  se  salvaron,  y  de  éstos  fué  el  caudillo 
Abdelhamid. 

Por  tierra  también  entraron  los  w alies  de  la  frontera;  pero  al  retirarse 
con  el  botín  fueron  destrozados  por  los  cristianos. 

(2)  Quod  quidem  legionensi  Regi  per  fideles  legatos  iriensis  Pontificis 
intimatum  est.  Unde  idem  Legionensis  Princeps,  collecto  cum  potentibus 
regni  sui  consilio  per  missarios  et  archidiáconos  iriensis  Pontificis  apud 
Iíomanum  Pontificem  summis  precibus  impetravit,  quatinus  sedem  iriensem 
ad  composteUanam  transmigrare  jnssisset  ecclesiam.  (Monumentos,  etc., 
pág.  9). 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  151 

pocos  años  antes,  en  la  cual,  si  residían  habitualmente 
los  Prelados  con  parte  del  Clero  catedral,  no  era  por  tí- 
tulo canónico  de  Sede,  sino  por  tributar  más  esplendo- 
roso culto  al  Apóstol  Santiago  (1).  Quizás  el  Papa  Nico- 
lás I,  que  á  la  sazón  se  hallaba  bastante  preocupado  con 
la  cuestión  del  cisma  de  Focio,  comenzó  á  vislumbrar 
los  recelos,  que  después  abrigaron  sus  sucesores,  recelos 
que  se  patentizaron  en  el  Concilio  de  Peims  de  1059,  en 
donde  el  Prelado  compostelano  fué  excomulgado  por 
usar  el  título  de  Obispo  Ecclesiae  Apostolícete.  Lo  cierto,  es 
que,  sólo  en  atención  á  los  ruegos  y  á  las  vivas  instan- 
cias de  D.  Ordoño,  condescendió  con  que  el  Obispo  Irien- 
se  estableciese  Cátedra  pontifical  en  Compostela,  pero 
con  las  siguientes  condiciones:  primera,  que  la  Sede 
Iriense  continuase  siendo  considerada  como  tal  Sede, 
aunque  secundaria;  segunda,  que  se  la  dotase  convenien- 
temente para  sustento  y  decoro  del  Clero  adscripto  á  su 
servicio  (2). 

En  virtud  de  lo  ordenado  por  el  Papa,  se  señalaron 
á  la  Sede  Iriense  todas  las  tercias  del  arcedianato  de 
Saines,  los  diezmos  y  frutos  de  las  parroquias  de  Padrón 
y  Herbón,  varias  salinas  y  heredades,  y  cierto  número 
de  siervos  ministeriales,  como  panaderos,  cocineros,  mo- 
zos de  servicio,  labradores,  carpinteros,  etc.  (3). 


(1)  Foedum  sane  Romano  Pontifici  visum  fuerat,  ut  sic  nova  Sedes 
conderetur,  ut  illius  principalis  ac  veteris  memoria  tolleretur.  (Monumentos, 
etcétera...,  pág.  9). 

(2)  Ea  videlicet  semper  ratione  servata,  ut  memorata  Iriensis  eccle- 
sia,  opibus  et  gazis  refecta,  consistens  secundaria  sedes  Pontificis,  habere- 
tur  in  honore  et  honéstate  máxima,  utpote  ubi  XXVIIIo  pontificum 
sanctissima  sepulta  corpora  conquiescunt.  (Monumentos,  etc.,  pág.  9). 

(3)  Unde  ex  mandato  et  praecepto  jam  dicti  Romani  Praesulis  praefati 


152  LIBBO  SEGUNDO 


De  esto  se  deduce  que  hasta  esta  época,  aun  después 
de  descubierto  el  Sagrado  Cuerpo  de  Santiago,  el  cate- 
drático y  las  tercias,  que  eran  la  tercera  parte  de  los 
frutos  de  cada  parroquia,  se  llevaban  á  la  Iglesia  de 
Iria,  única  Cátedra  reconocida  en  toda  la  Diócesis.  Des- 
pués de  esta  época,  dichos  frutos  se  trajeron  á  Compos- 
tela,  á  excepción  de  los  del  arcedianato  de  Saines,  que 
se  reservaron  para  el  Cabildo  de  la  Catedral  Iriense;  y 
desde  entonces  la  Iglesia  compostelana  gozó  de  la  con- 
sideración de  Sede  primaria  de  la  Diócesis,  toda  vez  que 
el  Papa  definió  cuál  era  su  verdadero  puesto  jerárquico, 
que  hasta  aquella  ocasión  no  se  había  canónicamente 
precisado.  Es  verdad  que  D.  Alfonso  II,  con  consejo  ó 
autorización  de  los  Prelados  que  lo  habían  acompañado 
en  su  primer  viaje  á  Compostela,  había  unido  al  Lu- 
gar Santo  con  la  Sede  Iriense  (  Iriensem  Sedem  ciim, 
eodem  loco  Sancto  conjunximus) :  mas  aquí  lo  que  hizo  el 
Rey  Casto  fué  dejar  á  la  Iglesia  Iriense  en  su  antiguo 
estado  de  Sede  única  y  exclusiva  de  la  Diócesis,  y  poner 
á  la  nueva  Iglesia  del  Apóstol  bajo  el  régimen  inmedia- 
to y  personal  de  los  Prelados  de  Iria,  los  cuales,  por 
esta  razón,  con  parte  de  su  Cabildo,  residían  habitual- 
mente  en  el  Lugar  Santo,  ó  sea  Compostela. 

El  Rey  D.  Ordoño  quiso  por  su  parte  autorizar  todo 


irienses  Episcopi  in  eadem  Iriensi  ecclesia  ob  redivivam  tantae  ecclesiae 
memoriam  canonicatum  constituentes,  largos  redditus  et  possessiones  ad 
victum  et  tegumentum  canonicis  usquequaque  sufficientes,  gratissime  con- 
tulerunt;  id  est,  archidiaconatum  saliniensem,  ecclesiam  Patronensem,  eccle- 
siam  ürbonensem,  salinas,  haereditates  et  nomines  de  servitio,  id  est,  pisto- 
res,  coquos,  pincernas,  colonos,  carpentarios  et  alia  multa  quae  rescire  Ion- 
gum  est. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  153 

esto;  y  á  tal  fin  en  el  año  862  envió  á  Compostela  á  su 
hijo  primogénito  D.  Alfonso  con  el  carácter  de  Rey  de 
Galicia.  Proponíase,  sin  duda,  D.  Ordoño,  con  tal  medi- 
da, aumentar  los  recursos  de  defensa  de  Compostela,  y 
tener  allí  un  contingente  de  tropas  pronto  á  acudir  á 
donde  quiera  que  amenazase  el  peligro  de  una  nueva 
invasión  de  los  piratas  del  Norte.  Y  en  efecto,  hasta  me- 
diados del  siglo  siguiente  no  hay  noticia  de  que  se  repi- 
tiesen en  Galicia,  al  menos  en  tan  terribles  proporcio- 
nes, las  correrías  de  los  tan  famosos  y  temidos  wikingos. 

D.  Alfonso,  que  á  la  sazón  contaba  catorce  años  de 
edad,  debía  de  traer  instrucciones  de  su  padre  acerca 
del  gobierno  de  Galicia.  Una  de  ellas  versó  sobre  la  con- 
vocación de  una  junta  ó  concilio  en  Compostela  para 
ratificar,  de  un  modo  más  público  y  solemne,  la  conce- 
sión de  las  seis  millas  hecha  ocho  años  antes.  Damos 
aquí  traducido  al  castellano  el  interesante  documento, 
en  que  se  trata  de  este  asunto: 

«En  virtud  de  la  ordenación  de  nuestro  señor  el 
Príncipe  Ordoño,  se  reunió  un  concilio  en  el  lugar  san- 
tísimo del  bienaventurado  Apóstol  Santiago,  en  donde 
está  sepultado  su  Santo  Cuerpo.  En  él  hemos  visto,  exa- 
minado y  releído  la  ordenación  y  la  carta  del  mismo 
señor,  gloriosísimo  Príncipe  Ordoño,  por  la  cual  conce- 
dió á  este  lugar  las  villas  y  los  hombres  habitantes  en 
ellas  en  el  radio  de  seis  millas,  la  cual  carta  su  hijo  el 
Rey  Alfonso  confirmó  por  común  consejo  de  todo  el 
concilio.  En  la  Era  DCCCC  (año  de  C.  862).  Estuvieron 
presentes  Gudesteo,  Ervigio,  Emiliano,  Quiríaco  y  Bo- 
nelo  abad. — Alfonso  Rey  confirmo»  (1). 


(1)     Véase  Apéndice,  núm.  IV. 


154  LIBEO  SEGUNDO 


Y  después,  á  los  veinte  y  dos  días  de  fallecido  su 
padre  (f  27  de  Mayo  de  866),  el  18  de  Junio  del  referi- 
do año  866,  volvió  D.  Alfonso  á  confirmar  todo  cuanto 
sus  antecesores  habían  donado  á  la  Iglesia  del  Apóstol, 
y  en  especial  la  Sede  de  Iria  con  la  iglesia  de  Santa 
Eulalia  y  con  toda  la  Diócesis,  conforme  él  acababa  de 
demarcarla  en  el  Concilio,  y  según  la  habían  tenido  los 
Obispos  predecesores  Teodomiro  y  Adaulfo  I.  Encarga  á 
Adaulfo  II,  que  procure  regirlo  todo  con  vigilancia  y  fir- 
meza, extirpando  los  vicios  y  malas  costumbres,  y  que 
haga  oración  por  él  con  toda  su  congregación,  como  re- 
pite ,  al  final  del  Diploma.  Omnia  vigiliter  et  firmiter  regatis, 
et  mala  vitia  extirpetis,  et  pro  nobis  orationem  faciatis...  cum 
omni  congregatione  vestra  (1).  Aquí  se  ve  ya  cómo  la  Iglesia 
de  Santiago  ocupaba  el  primer  lugar  en  la  Diócesis,  aún 
respecto  de  la  de  Iria  (2). 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  V. 

(2)  En  este  mismo  año,  á  juzgar  por  lo  que  á  primera  vista  resulta  de 
un  Diploma  otorgado  por  D.  Alfonso  III  á  la  Iglesia  de  Mondoñedo  (es  el 
del  Apéndice  IV  del  tomo  XVIII  de  la  España  Sagrada),  habría  que  decir 
que  el  referido  Monarca  hizo  una  desmembración  de  la  Diócesis  composte- 
lana;  pues  consigna  al  Obispo  Mindoniense,  Sabarico  I,  dioecesim  Mam,  quae 
vocatur  Trasancos  et  Besancos  et  Prucios  cum  ómnibus  terminis  suis  proce- 
dentibus  usque  ad  aquam  de  Junqueras,  lnsuper  addimus  Ubi  illas  ecclesias 
de  Salagia  (Seaya,  cerca  de  Malpica  en  Bergantiños),  per  aquam  de  discessu 
usque  ad  montem  qui  vocatur  Neni  (Neme).  Mas,  aquí  conviene  distinguir, 
cerno  ya  hemos  notado  en  el  capítulo  III,  entre  iglesias  dioecesales  é  iglesias 
offertionales.  Las  primeras,  eran  las  que  en  todo  estaban  sujetas  al  Ordina- 
rio de  la  Diócesis;  las  segundas,  eran  como  propiedad  particular  de  los 
Reyes  ó  de  los  Magnates  en  su  caso.  (Véase  lo  que  acerca  de  estas  iglesias 
particulares  hemos  dicho  en  los  Fueros  de  Santiago  y  de  su  tierra,  tomo  I, 
páginas  29-30).  Pues  bien,  lo  que  aquí  consignó  D.  Alfonso  fué,  no  las 
iglesias  dioecesales  ó  diocesanas,  sino  las  offertionales.  Por  eso  declara  en  el 
Diploma  que  deja  de  contar  como  suyas  propias  á  dichas  iglesias,  para  que 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  155 

De  este  modo  iba  aumentando  y  afirmando  su  im- 
portancia la  Iglesia  de  Santiago,  que  ya  no  era  sólo  un 
santuario  visitado  y  concurrido  de  todas  las  partes  del 
mundo  y  servido  por  numeroso  y  respetable  Clero,  sino 
que  había  adquirido  en  la  escala  jerárquica  religiosa,  el 
puesto  más  encumbrado,  el  de  Cátedra  episcopal.  Mas 
al  poco  tiempo,  tuvo  que  sufrir  su  Cabeza  ó  su  Pastor 
una  terrible  prueba.  Las  eminentes  virtudes  de  Adaul- 
fo  II,  y  acaso  su  celo  por  la  conservación  de  la  disciplina 
eclesiástica,  ofuscaban  con  sus  destellos  á  muchos  espíri- 
tus débiles  (ó  fuertes,  según  la  carne),  que  no  podían 
soportar  el  vivo  resplandor  de  tanta  luz.  Urdieron,  pues, 
una  conspiración  para  sepultar  en  el  cieno  á  quien  de 
él  pretendía  levantarlos.  Buscaron  como  cómplices  é  ins- 
trumentos á  algunos  de  los  servidores  de  la  Iglesia  com- 
postelana  (1),  y  los  instigaron  para  que  acusasen  ante  el 
Rey  al  Obispo  Adaulfo  del  torpísimo  vicio  de  sodomía. 
El  Rey,  que  según  el  encadenamiento  de  los  sucesos, 


los  Obispos  de  Mondoñedo  las  posean  íntegramente.  De  nostro  jure  et  domi- 
nio omnium  Jiominum  radimus,  ui  habeas  tu  et  successores  tui  in  integrum. 
Esto,  de  ningún  modo  podía  decirlo  D.  Alfonso,  si  se  tratara  de  iglesias 
diocesanas. 

Pusimos  este  Diploma,  que  parece  de  los  renovados  en  el  siglo  XII,  no 
en  el  año  867,  como  lo  puso  Flórez,  sino  en  el  866;  porque  á  7  de  Mayo 
de  867  ya  era  Obispo  de  Mondoñedo  Kudesindo  I,  como  consta  de  la  Escri- 
tura de  Almerezo;  la  cual  además  de  señalar  en  la  fecha  la  Era  DCCCCV, 
año  867,  acusa  también  el  primer  año  completo  del  reinado  de  D.  Alfonso 
en  Asturias.  (Véanse  Apéndices,  núm.  VII). 

(1)  Según  el  Cronicón  Iriense  (España  Sagrada,  tomo  XX,  pág.  602), 
fueron  cuatro  los  criados  que  cometieron  tal  alevosía  contra  su  señor.  D.  Pe- 
layo  en  su  Cronicón  (España  Sagrada,  tomo  XIV,  pág.  481),  dice  que  fueron 
tres,  y  les  llama  Iadón,  Cadóny  Ensión,  ó  según  otra  lección,  Zadón,  Cadón 
y  Auxilien. 


156  LIBEO  SEGUNDO 


debía  ser  D.  Alfonso  III,  dio  oídos  á  la  denuncia  de  los 
siervos,  los  cuales  de  tal  modo  supieron  presentar  el  he- 
cho, que  el  crimen  parecía  fuera  de  duda.  Sorprendióse 
D.  Alfonso  con  lo  extraordinario  del  caso,  y  quedó  no 
poco  maravillado,  porque  de  una  persona  como  Adaulfo 
pudieran  decirse  tales  cosas;  sin  embargo,  como  no  era 
procedente  el  castigo  por  sólo  la  acusación  de  los  sier- 
vos, juzgó  que  el  Obispo  debía  purgarse  del  delito  ó  demos- 
trar públicamente  su  inocencia,  por  medio  de  una  de 
aquellas  pruebas  que  estaban  tan  en  uso  en  la  Edad 
media,  y  que  se  conocían  con  el  nombre  de  pruehas  vul- 
gares, ó  juicios  de  Dios.  La  prueba  que  propuso  el  mo- 
narca, sin  duda  por  consejo  de  los  maliciosos  émulos  del 
Prelado,  fué  el  ser  expuesto  á  la  furia  de  un  toro  braví- 
simo azuzado  por  los  ladridos  de  encarnizados  perros. 
Aceptó  Adaulfo;  y  el  día  convenido,  después  de  celebrar 
con  el  fervor  y  devoción  de  que  era  capaz  la  Santa  Mi- 
sa con  el  ceremonial  prescripto  para  tales  casos,  y  reves- 
tido como  estaba  de  pontifical,  salió  á  la  plaza  en  que 
había  de  tener  lugar  el  terrible  drama.  Grande  era  el 
concurso,  afanoso  de  contemplar  la  escena;  pues  convir- 
tióse en  festivo  espectáculo,  lo  que  no  podía  ser  más  que 
experiencia  jurídica  de  la  inocencia  de  un  tan  calificado 
acusado.  Sale  también  enfurecido  el  toro;  y  la  ansiedad 
por  ver  el  desenlace  del  fatal  encuentro,  se  refleja  en  el 
semblante  de  todos  los  espectadores.  Y  en  efecto,  el  des- 
enlace resultó  bien  digno  de  ser  contemplado!  Así  que 
el  toro  advirtió  la  presencia  del  Obispo,  depuso  su  fiere- 
za y  se  le  acercó  manso  y  humilde  hasta  poner  sus  te- 
midas defensas,  como  en  señal  de  reverencia,  entre  las 
manos  del  Prelado. 

Vencida  estaba  la  prueba;  Adaulfo  quedaba  declara- 


LOS  TEES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  1.  COMPOSTELA1ÍA         157 

do  inocente  del  crimen  que  se  le  achacaba;  sus  acusado- 
res convencidos  de  falsarios  y  perjuros;  y  sus  émulos 
confundidos  y  avergonzados.  No  se  aprovechó  el  venera- 
ble Prelado  de  su  triunfo  más  que  para  despedirse  del  Mo- 
narca, renunciar  la  Sede,  y  hacer  pública  manifestación 
de  que  olvidaba  la  injuria  que  le  habían  hecho  sus  ca- 
lumniadores. Desde  entonces  dispúsose  á  satisfacer  la 
constante  aspiración  de  su  vida,  el  entregarse  de  lleno 
á  la  contemplación  de  las  verdades  eternas  (tanto  ínter- 
nae  visionis  desiderio  succensus  extitit,  dice  la  Compostélana) ; 
y  se  retiró  á  un  lugar  solitario  en  Asturias,  su  patria  (1), 
en  donde  acabó  santamente  sus  días,  dejando  á  la  pos- 
teridad documentos  y  enseñanzas  admirables  de  piedad 
y  de  virtud  (ubi  exemplum  sanctae  conversationis  aliis  relin- 
quens  in  era  DCCCCIV  naturae  debita  per solvit  (2J.  La  Com- 
postelana  (3)  refiere  que  á  los  pocos  años  su  sucesor,  y 
sobrino  por  parte  de  madre,  Sisnando  I,  trajo  sus  vene- 
rables restos  á  Compostela,  y  les  dio  honrosísima  sepul- 
tura. Gil  González  (4)  coloca  su  sepultura  en  la  villa  de 
Grado,  donde  es  tenido  por  santo;  y  Argaiz  (5)  añade 
que  allí  «muestran  hoy  su  sepulcro,  por  cuya  intercesión 
ha  hecho  Dios  muchos  milagros  con  el  nombre  de  Santo 
Delpho.»   Todo  esto  se  compone  con  la  relación  de  la 


(1)  Según  el  Obispo  de  Oviedo,  D.  Pelayo,  (España  Sagrada,  t.  XIV, 
pág.  482),  Adaulfo  se  retiró  á  la  iglesia  de  Santa  Eulalia  en  el  valle  de  Pra- 
via  en  donde,  según  el  mismo  D.  Pelayo,  fué  sepultado. 

(2)  Compostelana. — (España  Sagrada,  tomo  XX,  pág.  10). 

(3)  Is  etiam  praedecessoris  ejusdem  Adaulfi  sanctam  vitam  recolens, 
summae  ac  fraternae  dilectionis  desiderio  Asturienses  partes  intravit, 
eumque  mortuum  Compostellam  asportavit,  et  cum  summa  reverentia  se- 
pelivit.  (España  Sagrada,  tomo  XX,  pág.  10). 

(4)  Theatro  ecles.,  tomo  I,  pág.  33. 

(5)  La  Soledad  laureada,  tomo  III,  pág.  341. 


158  LIBBO  SEGUNDO 


Compostelana;  pues,  como  nota  Flórez  (1),  «puede  verifi- 
carse que  recurriendo  los  fieles  al  sepulcro  donde  estuvo, 
reciban  de  Dios  algunos  beneficios  por  la  fe  y  devoción 
con  que  invocan  el  patrocinio  del  que  fué  sepultado  en 
aquel  sitio»  (2). 

Añade  la  Compostelana,  en  el  lugar  citado,  que  la  ca- 
sulla con  que  Adaulfo  celebró  Misa  el  día  de  la  terrible 
prueba,  se  guardó  como  una  reliquia;  y  de  ella  se  decía, 
que  el  que  la  vistiese  hallándose  reo  de  perjurio,  difícil- 
mente podía  quitarla. 

Díjose,  por  último,  que  el  toro  había  dejado  sus  astas 
en  las  manos  del  Prelado,  y  que  después  se  colgaron, 
como  recuerdo  del  memorable  suceso,  en  el  baldaquino 
del  altar  mayor.  Lo  de  dejar  el  toro  sus  cuernos,  parece 
indicarlo  la  Compostelana,  y  lo  afirman  el  Cronicón  Iriense 
y  el  Obispo  D.  Pelayo;  mas  de  que  después  se  hubiesen 
suspendido  en  el  altar  mayor,  no  hay  noticia  segura, 
porque  lo  que  se  tuvo  por  asta,  no  era  sino  una  bocina 
de  caza  donada  por  aJguno  de  los  Reyes  del  si- 
glo XIII  ó  XIV. 

Por  su  parte  D.  Alfonso,  no  satisfecho  con  echarse  á 
los  pies  del  Prelado  para  pedirle  perdón,  castigó  severa- 
mente á  todos  los  que  aparecieron  complicados  en  la 
infame  calumnia,  reduciéndolos  al  estado  de  servidum- 


(1)  España  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  79. 

(2)  Es  asimismo  de  recelar  que  el  Obispo  D.  Pelayo,  Gil  González  y 
Argaiz,  hayan  confundido  la  sepultura  de  Adulfo  de  Santiago  con  la  de 
otro  Obispo  Adulfo  que  hacia  la  misma  época  fué  sepultado  en  San  Juan 
Bautista  de  Neva.  cerca  de  Aviles.  ("Véase  el  Apéndice,  núm.  III,  del  to- 
mo XXXVIII  de  la  España  Sagrada).  —  La  sepultura  del  primero  debió  estar 
más  al  Oriente  de  Asturias;  pues  por  allí  residía  su  sobrino,  cuando  se  le 
encargó  el  gobierno  de  la  Diócesis  compostelana. 


LOS  TBES  PRIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  159 

i  ■  '  '  '  — ■ ■— 

bre  y  obligándolos,  á  ellos  y  á  sus  descendientes,  á  des- 
empeñar el  oficio  de  cocineros,  panaderos,  barrenderos, 
y  demás  servicios  necesarios  en  beneficio  de  la  Iglesia  y 
del  Clero  catedral  (1). 

El  P.  Flórez,  después  de  referir  minuciosamente  el 
suceso  del  toro  (2);  después  de  corregir  al  Obispo  D.  Pe- 
layo,  que  disloca  geográfica  y  cronológicamente  el  suce- 
so, pues  lo  dá  como  acaecido  en  Oviedo  y  en  tiempo  de 
Bermudo  II  (3);  después  de  corregir  á  D.  Lucas  de  Tuy 
y  al  Arzobispo  D.  Rodrigo,  que  siguieron  en  esta  parte 
al  Ovetense,  menos  en  lo  de  hacer  á  Adaulfo  Obispo  de 
la  capital  de  Asturias;  después  de  sentar  (página  77, 
núm.  6),  que  entre  la  narración  de  D.  Pelayo  y  los  que 
le  siguieron  y  la  de  la  Compostelana  y  del  Iriense,  debe 
darse  la  preferencia  á  la  de  los  últimos,  «pues  debiera 
presumirse  en  ellos  mejor  informe  por  hablar  de  cosas 
de  su  Iglesia;»  desde  la  página  80  trata  de  quitar  todo 
crédito  á  cuanto  antes  había  referido.  Dice  que,  en 
efecto,  el  testimonio  de  la  Compostelana  y  del  Iriense,  de- 
biera prevalecer;  pero  para  desvirtuarlo,  supone  gra- 


(1)  España  Sagrada,  tomo  XX,  páginas  9  y  11. — La  Compostelana, 
atribuye  al  sucesor  de  Adaulfo  la  imposición  de  este  castigo;  más  natural 
parece  que  fuese  el  mismo  D.  Alfonso  quien  lo  impusiese,  pues  así  lo  exigía 
la  justicia  y  su  propia  dignidad.  Por  lo  demás,  la  Compostelana  afirma  que 
Sisnando  procedió  en  esto  con  autorización  del  Rey,  auctoritate  Regís. 

(2)  España  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  75  y  siguientes. 

(3)  D.  Pelayo  refirió  el  hecho  tal  cual  lo  había  recogido  de  la  tradición 
vulgar,  la  cual,  como  de  costumbre,  lo  tenía  revestido  de  muchas  circuns- 
tancias y  detalles,  que  lo  hacían  más  dramático  y  de  mayor  sensación,  como 
la  de  que  el  toro,  desarmado  y  todo,  embistió  y  mató  á  muchos  de  los  espec- 
tadores, y  después  se  retiró  á  sus  bosques,  la  de  que  Adulfo  excomulgó  ó 
maldijo  al  Rey,  y  á  los  que  lo  habían  calumniado,  etc....  Tal  es  la  elocuencia 
del  vulgo. 


160  libro  segundo 


tintamente,  que  tanto  la  Cornpostelana,  como  el  Iriense, 
tratan  sólo  de  un  bárbaro  castigo,  impuesto  inconside- 
radamente sin  previo  juicio  por  la  precipitación  de  un 
Rey,  que  no  supo  contener  su  cólera,  y  que  ambos  afir- 
man, que  este  Rey  no  fué  otro  que  Ordoño  I.  La  Corn- 
postelana no  nombra  Rey  alguno;  sólo  habla  del  Rey  que 
entonces,  presidía  en  España  (Begis  qui  tune  temporis  His- 
paniae  praeeratj.  No  se  ve  aquí  razón  por  la  que  se  le 
antojase  al  P.  Flórez,  que  aquí  se  trataba  de  Ordoño  I. 

Es  cierto  que  el  Cronicón  Iriense,  va  tejiendo  simul- 
táneamente la  cronología  de  los  Reyes  y  de  los  Obispos 
compostelanos;  pero  de  esto  no  se  deduce  que  todos  los 
hechos  referentes  á  un  Prelado  hubiesen  acaecido  bajo 
el  reinado  del  Monarca  nombrado  como  contemporáneo; 
porque  para  esto  había  que  suponer  que  Rey  y  Prelado 
habían  entrado  á  gobernar  en  un  mismo  día  y  fallecido 
igualmente  á  un  mismo  tiempo.  Por  lo  tanto,  porque  el 
Iriense  diga  que  Adaulfo  comenzó  su  pontificado  en 
tiempo  de  Ordoño  1,  no  ha  de  inferirse  que  lo  terminó 
en  tiempo  del  mismo  Monarca. 

El  empeño  del  P.  Flórez  en  hacer  ver  que  la  Corn- 
postelana y  el  Iriense  habían  atribuido  á  Ordoño  I  el  su- 
ceso del  toro,  tenía  por  causa  el  creer  que  de  este  modo 
le  era  fácil  demostrar  la  falsedad  del  aserto  de  dichos 
cronistas,  enteramente  incompatible  con  lo  que  todos 
nos  dicen  de  dicho  Monarca,  á  quien  todos  nos  lo  pre- 
sentan como  discreto  á  maravilla,  y  de  condición  suma- 
mente dulce  y  apacible.  Mas  en  estas  cuestiones  bueno 
es  tener  presente  el  carácter  personal  de  los  individuos, 
pero  mejor  es  estudiar  el  carácter  peculiar  de  cada 
época,  la  cual  en  tales  casos  no  siempre  solía  tolerar 
tales  dulzuras  y  mansedumbres.  Entre  l&s  personas  que 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  161 

autorizaban,  ó  presenciaban  las  antiguas  pruebas  vulgares, 
como  la  calclaria,  la  de  las  ascuas,  la  del  desafío,  y  otras 
no  menos  bárbaras  y  terribles,  no  dejaría  de  haberlas 
bien  benignas  y  piadosas,  que  sin  embargo,  no  hallasen 
incompatible  con  su  carácter  el  contemplar  semejantes 
escenas. 

Pero  tranquilícese  el  P.  Flórez;  el  Rey  de  que  aquí 
se  trata  no  es  D.  Ordofio  I,  sino  su  hijo  D.  Alfonso  III, 
el  cual  á  los  veinte  años,  que  contaría  entonces,  no  po- 
día tener  reunido  tal  caudal  de  discreción  y  prudencia, 
cual  se  requería  para  la  resolución  de  los  negocios  gra- 
ves y  extraordinarios. 

Poco  propicias  eran,  por  otra  parte,  las  circunstan- 
cias para  que  D.  Alfonso  pudiese  conservar  la  calma  y 
serenidad  de  espíritu  necesarias  en  el  manejo  de  las 
cosas  públicas.  En  el  mismo  momento  de  subir  al  trono 
se  le  interpuso  y  se  adelantó  el  Conde  gallego  Fruela  y 
le  obligó  á  refugiarse  en  Castilla  (1).  D.  Fruela  en  Ga- 
licia tenía  mucho  arraigo,  y  contaba  con  numerosos 
parciales,  y  no  contento  con  lo  suyo  se  apropió  también 
lo  ajeno.  Tal  aconteció  á  la  iglesia,  ó  á  los  bienes  de  la 
iglesia  de  San  Pedro  de  Carcacía,  que  por  real  conce- 
sión pertenecía  á  la  Sede  de  Iria.  Vencido  y  muerto  don 
Fruela.  las  cosas  volvieron  á  su  antiguo  estado,  y  la  igle- 
sia de  Carcacía  volvió  á  sus  antiguos  dueños  en  virtud 
de  reclamación,  que  el  Obispo  Adaulfo  II  presentó  á  Don 
Alfonso  III,  á  principios  del  año  867  (2).  Ahora,  si  los 


(1)  Ab  apostata  Froilane,  Galliciae  comité,  per  tyrannidem  regno  pri- 
vatur;  ipseque  Rex  Castellam  se  contulit.  (Chron.  Alleldense  en  el  to- 
mo XIII  de  la  España  Sagrada,  pág.  454;  2.a  edición). 

(2)  Véanse  los  Apéndices,  núm.  VI. 

Tomo  II.— 11. 


162  LIBBO  SEGUNDO 


partidarios  de  D.  Fruela  en  Galicia  (entre  los  cuales  no 
debía  contarse  el  Obispo  de  Iria)  maquinaron  para 
usurpar  la  corona  al  primogénito  de  D.  Ordoño  I,  no  es 
difícil  que  maquinaran  también  para  vengarse  á  la  vez 
de  Adaulfo  y  de  Alfonso  III.  De  todos  modos,  si  este 
Monarca  en  esta  ocasión  procedió  con  ligereza,  bien 
caro  lo  pagó  en  los  últimos  años  de  su  vida. 

Por  lo  demás,  el  suceso  en  cuestión  no  tuvo  el  ca- 
rácter de  pena,  sino  de  prueba,  purgación.  Bien  clara- 
mente lo  dice  el  Iriense  que  afirma,  que  Adaulfo  se 
purgó,  expiavit  se  tauro  feroce,  en  el  lenguaje  recibido 
para  tales  casos. 

Según  la  Compostelana  (1),  Adaulfo  II  falleció  en  la 
Era  DCCCCIV,  año  866;  pero,  como  ya  advirtió  Fló- 
rez  (2),  dicha  Era  debió  salir  defectuosa,  con  una  X  ó  un 
diez  menos,  de  modo  que  el  año  verdadero  del  falleci- 
miento de  Adaulfo  resultase  ser  el  876  ú  877. 

Parece  que  D.  Alfonso  III  quedó  tan  vivamente  im- 
presionado del  prodigioso  desenlace  de  la  prueba  del 
toro,  que  mientras  vivió  Adaulfo,  á  pesar  de  su  irrevo- 
cable renuncia,  no  se  atrevió  á  designarle  sucesor,  y 
sólo  nombró  administrador  de  la  Diócesis  en  su  lugar  á 
su  sobrino,  el  presbítero  Sisnando,  cuyas  altas  prendas, 
aún  sin  esto,  bien  lo  hacían  acreedor  á  esta  y  á  otras 
mayores  distinciones.  En  el  año  869,  á  15  de  Abril,  ya 
Sisnando  estaba  nombrado  administrador  de  la  Diócesis 
de  Santiago,  pues  como  á  tal  en  dicha  fecha  concedió 
D.  Alfonso  la  iglesia  de  Santa  María  de  Teneiana  (Tene- 
jana)  en  el  territorio  de  Oviedo. 


(1)  España  Sagrada,  tomo  XX,  pág.  10. 

(2)  España  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  86. 


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CAPITULO  Vil 


Es  nombrado  Administrador  de  la  Diócesis  tríense  el  Pres- 
bítero Sisnando  de  Liébana.  — Donaciones  hechas  por  Don 
Alfonso  III  á  la  Iglesia  de  Santiago.  — Memorias  de  algunos 
de  los  Obispos  refugiados  en  ¡a  Diócesis  de  Iría. 


onocido  á  maravilla  tenía  D.  Alfonso  III 
á  Sisnando,  y  desde  luego  comprendió 
que  era  el  hombre  que  necesitaba  para 
suceder  á  Adaulfo  II.  Sisnando,  á  lo  que 
parece,  se  había  educado  y  formado  en 
el  monasterio  de  San  Martín  ó  Santo 
Toribio  de  Liébana,  de  donde  había 
salido  para  restaurar  el  de  San  Cristóbal  de  Cremanes, 
que  estaba  abandonado  (1).  Los  hábitos  de  retiro  y  con- 


(1)  De  este  Sisnando,  guiado  Argaiz  por  el  falso  Auberto  y  otros  auto- 
res de  la  misma  calaña  (La  soledad  laureada,  t.  III,  pág.  349),  hizo  dos  Pre- 
lados de  Santiago,  Sisnando  I  y  Sisnando  II,  y  entre  ellos  puso  á  un  Pedro, 
que  según  su  cronología,  resulta  el  Sexto  del  mismo  nombre,  el  cual  existió 
sólo  en  la  imaginación  de  los  corruptores  de  nuestras  fuentes  históricas. 

Al  Sisnando,  que  Argaiz,  llamado  Segundo  (y  es  el  que  nos  ocupa),  lo 
supuso  Abad  de  Altares;  pero  á  nuestro  juicio  sin  fundamento.  Cita,  no  obs- 


164  LIBEO  SEGUNDO 


templación,  que  había  contraído  en  el  monasterio,  en 
aquel  monasterio  en  que  habían  florecido  Santo  Toribio 
y  San  Beato,  le  hacían  mirar  con  repugnancia  el  desem- 
peño de  todo  cargo  público  (1);  así  es  que  sólo  obligado 
por  Alfonso  III,  pudo  decidirse  á  aceptar  la  administra- 
ción de  la  Diócesis  de  Santiago.  Esto,  sin  embargo,  no 
entorpecía,  ni  ataba  su  actividad.  Siendo  monje  de  Lié- 
bana,  restauró  el  monasterio  de  San  Cristóbal,  y  reedi- 
ficó las  iglesias  de  Santa  Eulalia  de  Alesce  (Alejes),  la  de 
San  Martín  de  Verdiagio  (Verdejo),  y  la  de  San  Martín 
de  Alione,  como  lo  refiere  el  mismo  Monarca  en  Privile- 
gio fechado  en   14  de  Febrero  de  974  (2). 

Deseaba  D.  Alfonso  restaurar  la  iglesia  y  monaste- 
rio de  Santa  María  de  Teneiana  (Tenejana,  no  Tenciana, 
como  imprimió  Flórez),  en  el  territorio  de  Oviedo,  la 
cual  iglesia  había  sido  del  Rey  D.  Pelayo,  y  después  ha- 
bía quedado  incluida  en  el  Real  Patrimonio.  No  halló 
persona  más  á  propósito  para  el  caso  que  al  Presbítero 
Sisnando,  que  estaba  ya  nombrado  administrador  de  la 
Diócesis  iriense  y  compostelana.  Encárgale  que  no  sólo 
reedifique  la  iglesia,  sino  que  recobre  todas  sus  posesio- 
nes, que  por  incuria  de  los  monjes,  habían  ido  á  parar 


tante,  una  donación,  que  parece  auténtica,  que  le  hizo  Suero  Suárez  de  una 
heredad  en  término  de  Furcas  y  Paradas;  la  cual  donación  comienza  así: 
In  Dei  nomine.  Ego  Suarius  Suariz  vobis  Sisnandum  Patri  in  Domino  Deo 
aeternam  salutem.  Sanum  habens  consilium,  qualem  placuit  mihi,  animo  bono 
et  pacis  volúntate,  ut  faceremus  sibi  iam  dicto  Patri  Sisnando  ista  scriptura, 
etc....  IV  Kls.  Decembris  Era  DCCCCIII.  Esta  era  debe  estar  errada  y 
quizás  deba  leerse  DCCCCLII,  año  914. 

(1)  Adeo  in  labore  sanctae  praedicationis  desuda vit,  quod  despectis 
rerum  saecularium  negotiis  supernae  contemplationi  toto  mentis  affectu 
inhiavit.  (España  Sagrada,  tomo  XX,  pág.  10). 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  XI. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  165 

á  manos  extrañas.  Dióle  D.  Alfonso  esta  comisión,  que 
llevaba  consigo  la  donación  de  la  iglesia  de  Santa  Ma- 
ría en  favor  de  la  Sede  de  Santiago,  el  15  de  Abril 
de  869  (1). 

Tales  fueron  algunas  de  las  obras  en  que  se  había 
ensayado  Sisnando  antes  de  ser  promovido  á  la  Cátedra 
de  Compostela;  así  es  que  cuando  llegó  este  día,  pudo 
muy  bien  decir  de  él  Gelmírez  (2):  «En  cuarto  lugar 
después  de  ellos  es  elegido,  contra  su  voluntad,  en  la 
Sede  del  Apóstol  Santiago,  Sisnando,  varón  religioso, 
lleno  de  sabiduría,  ilustre  por  su  elocuencia  y  de  suma 
dignidad.  >  Post  quos  Sisnandus  quartus  a  primo,  vir  religio- 
sas, scientia  plenus,  eloquio  clarus,  dignitate  sumrnus,  annuente 
Domino,  in  Apostoli  Jacob  i  Sede  invitus  eligitur  sácenlos. 

Difícil  es  precisar  el  tiempo  que  duró  la  administra- 
ción de  Sisnando,  y  el  año  en  que  fué  consagrado  Obis- 
po de  Iria  y  Compostela.  Argaiz  (3)  da  á  entender  que 
mientras  vivió  Adaulfo,  no  recibió  la  dignidad  pontifi- 
cal; y  como,  según  hemos  indicado,  su  antecesor  no  fa- 
lleció hasta  el  año  876  ú  877  (4),  sólo  después  de  esta 


(1)  Esp.  Sag.  t.  XIX,  Apénd.,  pág.  337. 

(2)  Yepes,  Coránica  general  de  San  Benito,  tomo  IV,  Escritura  XII. 

(3)  La  Soledad  laureada,  tomo  III,   pág.   350. 

(4)  El  P.  Flórez  (España  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  87),  partiendo  del 
supuesto  de  que  Adaulfo  no  renunció  la  Sede,  afirma,  no  sabemos  con  que 
fundamento,  que  falleció  mucho  antes,  por  más  que  en  la  página  anterior 
había  confesado  que  la  fecha,  que  la  Compostelana  había  señalado  á  su  fa- 
llecimiento, estaba  defectuosa.  El  autor  de  la  España  Sagrada  no  quiere 
reconocer  más  motivo,  ni  pretexto  para  el  nombramiento  de  Administrador 
en  favor  de  Sisnando,  que  la  mera  voluntad,  ó  pudiéramos  decir  capricho, 
de  Alfonso  III.— En  dos  Privilegios  otorgados  por  D.  Alfonso  á  la  Iglesia 
de  Mondoñedo,  el  uno  á  10  de  Febrero  y  el  otro  en  Febrero  ó  Abril  de  877, 
(España  Sagrada,  t.  XVIII,  pág.  308  y  pág.  67)  suscribe  un  Obispo  Ataul- 


166  LIBRO  SEGUNDO 


fecha  entró  como  Pontífice  á  gobernar  la  Diócesis.  En 
efecto,  en  el  año  879,  según  resulta  de  una  sentencia, 
que  expuso  Flórez  (1),  ya  estaba  consagrado  Obispo.  La 
sentencia  dada  á  7  de  Diciembre  de  885,  versó  sobre  la 
devolución  de  la  iglesia  de  San  Adrián  de  Sionda,  aneja 
del  monasterio  de  San  Martín  de  Lióbana,  que  el  Obispo 
Sisnando  había  dado  en  préstamo,  seis  años  antes,  áLilito 
y  á  Lilio.  Descontados  seis  años  de  los  885,  quedan  879; 
y  por  lo  tanto,  parece  que  ya  en  esta  fecha  Sisnando  era 
Obispo.  Lo  que  sí,  se  sabe,  es  que  en  su  elección  se  guar- 
daron las  formas  canónicas;  porque,  aunque  D.  Ordo- 
ño  III,  en  un  Diploma  del  año  952,  dice  que  lo  eligió 
D.  Alfonso  III,  tal  elección  sólo  debe  entenderse  como 
mera  propuesta  ó  designación,  toda  vez  que  el  mismo 
D.  Alfonso  III,  en  un  Privilegio  del  año  885,  hablando 
de  Sisnando,  afirma  que  había  sido  elegido  y  consagra- 
do en  Concilio:  Qui  nostro  temporeper  conclium  electus  et 
ordinatas  est.  En  30  de  Junio  de  880  aún  debía  hallarse 
recién  consagrado,  á  juzgar  por  el  Privilegio  que  con 
dicha  fecha  le  otorgó  D.  Alfonso  III,  en  el  cual  le  dice, 
que  según  lo  que  se  había  deliberado  en  el  Concilio  (en 
el  Concilio  acaso  en  que  fué  elegido  y  consagrado  Obis- 
po), le  concede  y  confirma  ]a  Sede  iriense  con  toda  su 
Diócesis  y  la  casa  ó  templo  del  Apóstol  Santiago  con 
todo  su  territorio,  para  que  en  virtud  de  esta  ordena- 
ción, pueda  él  regir,  vigilar,  enseñar  y  corregir  sin  obs- 


fo,  que  quizás  sea  el  nuestro.  En  otro  documento  de  la  misma  Iglesia  min- 
doniense,  que  extracta  Risco  (España  Sagrada,  t.  XL,  pág.  123),  firma 
también  un  Obispo  de  Iria,  cuyo  nombre  no  da  el  continuador  del  P.  Flórez. 
(1)  España  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  89.— Véanse  los  Apéndices  del 
mismo  tomo,  pág.  338. 


LOS  TBES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAN'A  167 

táculo  de  ninguna  clase,  y  darle  aviso  de  quien  intenta- 
re perturbarle  en  tales  tareas.  Ruégale  que  no  se  olvide 
de  hacer  frecuente  oración  por  él  con  los  Sacerdotes  de 
la  Iglesia  de  Santiago.  Anuncíale,  por  último,  que  comi- 
sionó al  Diácono  Julián,  que  estaba  presente,  para  que 
le  haga  formal  entrega  de  todo  (1). 

Después  que  D.  Alfonso  se  afianzó  en  el  trono,  su 
primer  pensamiento  fué  extender  los  confines  de  su  rei- 
no por  las  comarcas  meridionales  de  Galicia  y  las  limí- 
trofes de  Portugal.  Ya  personalmente,  ya  por  medio  de 
sus  capitanes,  alargó  la  conquista  hasta  la  ciudad  de  Mé- 
rida.  En  pos  del  conquistador  caminaba  el  poblador  y  el 
restaurador;  pues  la  voluntad  de  D.  Alfonso  era  poblar 
toda  la  extrema  ó  frontera  desde  Tuy  hasta  la  ciudad  de 
Eminio,  cerca  del  Mondego,  en  Portugal.  Ut  de  Tudense 
urbe  usqiie  Mineo  ciuitatem,  omnls  ipsa  extrema  a  xpisti  plebe 
popularetur,  sicuti  Deo  iubente  completum  est  (2).  Turbas  de 
pobladores,  agmína  populorum,  como  dice  el  Rey  Magno 
en  la  Escritura  citada,  se  posesionaron  de  esta  extrema 
región,  y  quién  sentó  sus  reales  al  lado  de  una  iglesia 
destruida,  quién  entre  los  escombros  de  una  antigua 
granja,  quién  en  medio  de  las  ruinas  de  una  ciudad  de- 
vastada y  demolida. 

En  esta  obra  patriótica  y  tan  beneficiosa  para  el 
Estado,  no  tomó  pequeña  parte  el  Obispo  de  Iria  y 
Compostela.   Entre  los  nuevos   pobladores,  se  señalaron 


(1)  Véanse  los  Apéndices,  núm.  XII. 

(2)  Escritura  otorgada  por  D.  Alfonso  III  en  favor  de  la  Iglesia  de 
Santiago  en  17  de  Agosto  de  883.  Esta  Mineo  civitas  no  puede  ser  otra  que 
Eminio,  ciudad  cerca  del  Mondego,  nombrada  por  Plinio,  Tolomeo  y  An- 
tonino. — Véanse  Apéndices,  núm.  XV. 


168 


LIBRO  SEGUNDO 


un  presbítero,    llamado    Cristóbal,    y   cierto    Romarico 
apellidado  Cerva.  El  primero  se  posesionó  del  monasterio 


Fotografía  de  J.  Limia.  Fotograbado  de  Laporta. 

Miniatura  del  Tumbo  A,  fol.  2,  que  representa  á  D.  Alfonso  III. 

de  San  Salvador   de  Montelios   cerca  de  Braga,  que 
había  sido  fundado  por  San  Fructuoso,  pero  que  á  la 


LOS  TBES  PBIMfcfcOS  SIGIOS  t)É  LA  I.  CO^POSTELAttA  16§ 

sazón  estaba  desierto  y  abandonado;  y  después  de  dis- 
frutarlo por  varios  años,  hizo  donación  de  él  y  de  todas 
sus  pertenencias  á  la  Iglesia  de  Santiago.  Romarico 
pobló  varias  villas  ó  lugares  del  otro  lado  del  Miño, 
frente  á  Tuy.  Donó  una  de  ellas,  la  de  Nogaria  (No- 
gueira),  á  la  Sede  de  Santiago,  y  en  ella  Sisnando 
edificó  una  gran  iglesia  dedicada  á  San  Cristóbal.  Ubi 
iam  uos  (SisnandusJ  amplum  templwn  sel.  Xplstofori  constru- 
xistis.  Probablemente,  tanto  Cristóbal,  como  Romarico, 
habrían  sido  dio3esanos  ó  acaso  familiares  de  Sisnando. 
Todo  esto  fué  confirmado  por  D.  Alfonso  en  el  Diploma 
de  17  de  Agosto  de  883. 

Así  fué  señalando  D.  Alfonso  cada  paso  que  daba  en 
el  camino  de  la  reconquista,  con  una  nueva  donación  á 
la  Iglesia  de  Santiago,  ya  en  los  países  recién  recobra- 
dos, ya  en  los  que  él  había  heredado  de  sus  mayores. 
Mas  esto  no  es  de  admirar  en  quien,  como  D.  Alfonso, 
siguiendo  las  huellas  de  los  grandes  Príncipes  cristia- 
nos, había  enarbolado  la  Cruz  como  símbolo  de  su  fe  y 
prenda  segura  de  victoria.  Desde  el  gran  Constantino, 
habían  experimentado  la  singular  eficacia  de  este  signo 
divino;  y  D.  Alfonso  el  Magno  no  se  sustrajo,  por  cierto, 
al  influjo  de  esta  salvadora  persuasión.  En  el  año  874, 
ofreció  á  Santiago  una  preciosísima  alhaja,  una  cruz  de 
oro,  semejante  á  la  de  Gala  Placidia,  que  se  conserva 
en  Brescia,  y  á  las  de  los  Angeles  y  de  la  Victoria  de 
Oviedo;  en  la  cual  se  hallaba  repetido  el  lema  inscripto 
en  el  lábaro  del  primer  Emperador  cristiano:  Hoc  signo 
vincitur  inimicus  (lj. 


(1)    La  inscripción  completa  dice  así:  f   OB  HONOHEM  S(AN)C(T)I 
IACOBI  AP(OSTO)LI  OFFERUNT  FAMULI  ADEFONSUS   PRIN- 


170  LIBUO   SEGUNDO 


Consiste  la  riquísima  presea  en  una  tenue  hoja  de 
oro  batido  que  cubre  y  envuelve  por  todas  partes  una 
alma  de  madera,  en  forma  de  Cruz,  de  brazos  casi  iguales 
realzada  en  el  anverso  con  adornos  sobrepuestos  como 
chatones  y  piedras  grabadas  (1),  y  un  menudo  trabajo 
de  filigrana  y  gusanillo  figurando  trenzados  y  otras  sen- 
cillas combinaciones  de  trazos  rectilíneos  y  curvilíneos, 
y  algunos  filetes  granulosos,  y  en  el  reverso,  con  la  ins- 
cripción que  hemos  copiado  y  algún  trabajo  de  levantado 
ó  repujado,  si  es  que  no  fueron  hechos  por  el  procedi- 
miento de  la  estampación,  que  parece  lo  más  probable. 

En  el  cruce  de  las  dos  traviesas  había  dos  medallo- 
nes circulares  también  de  oro.  El  del  anverso,  que  según 
Castellá,  estaba  adornado  de  doce  chatones,  ha  desapa- 
recido acaso  al  tiempo  en  que  en  el  siglo  XVÍI  se  puso 
en  su  sitio  una  Cruz  también  de  oro  de  que  hablaremos 
en  el  capítulo  XI,   cubierta   con  una  chapa    de   plata 


QEP3  ET  SCEMENA  REGINA.  ROO  OPUS  PERFECTUM  EST 
IN  ERA  DCCCC  DUODÉCIMA.  HOC  SIGNO  VINCITUR  INIMICUS, 
HOC  SIGNO  TUETUR  PIVS. 

( l )  Los  chatones  eran  39;  pero  sólo  quedaron  20.  Piedras  grabadas  hay 
dos:  en  una  se  lee  RE  1 1  (Rex);  en  la  otra:  ADFOHS 

DOMHO 
REII. 

Las  piedras  son,  en  su  mayoría,  corneninas,  alguna  turquesa,  melanitas 
ó  piedras  negras,  y  vidrios  incolores  sobre  fondo  colorido,  que  quiere  seme- 
jar rubí  ó  amatista. 

Entre  todas,  las  piedras  que  en  un  principio  adornaban  la  Cruz,  eran, 
por  lo  menos,  setenta  y  nueve. 

Las  dimensiones  de  la  Cruz,  son  4G  centímetros  de  alto  por  44  y  medio 
de  ancho  y  dos  de  grueso.  Los  brazos  de  la  Cruz,  en  los  extremos,  tienen 
seis  centímetros  de  ancho,  y  al  cruzarse  en  el  centro,  tres  y  medio. 


LOS  TEES  PRIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.   COMPOSTELANA  171 

dorada,  de  pésimo  gusto,  sobre  la  cual  S3  aplicó  un  Cru- 
cifijo también  de  plata  (1). 


Fotcgmfia  de  J.  Limia.  Fotograbado  de  Laporta. 

Anverso  de  la  Cruz  de  oro  donada  por  D.  Alfonso  III  á  la  Iglesia  de  Santiago. 

En  el  centro  del  medallón  del  reverso  se  ve  un  cu- 


jí)    Recientemente  se  quitó  la  chapa  de  plata  y  la  cruz  de  oro  que  es- 


172 


LtBRO    SEGUNDO 


riosísimo  esmalte  cloissonné  ó  de  campo   cercado,  que  re- 


fotografía  de  J.  Liniia.  Fotograbado  de  La  porta. 

Reverso  de  la  Cruz  de  oro  donada  por  D.  Alfonso  III  i  la  Iglesia  de  Santiago, 


presenta  dos  blancas  palomas  con  manchas  rojas  picando 

taba  debajo;  y  en  su  lugar  se  puso  una  rtruz  de   cristal  con  un  pequeño 
trocito  del  Lignum  crucis. 


LOS  TBES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  173 

una  fruta  azulada  sobre  fondo  verde.  Hállase  inscripto 
el  esmalte  en  un  marco  cuadrado  formado  de  dos  filas; 
la  interior  de  dieciseis  perlas,  la  exterior  de  bullones  de 
oro,  separadas  por  un  filete  de  filigrana.  En  el  campo 
del  medallón  sobre  el  cual  estuvieron  engastados  ocho 
chatones,  se  ven  también  trabajos  de  filigrana  rodeados 
de  un  círculo  de  bulloncicos.  En  el  extremo  de  cada  bra- 
zo había  también  un  medallón  ovalado  con  una  gran  pie- 
dra engarzada.  Estas  desaparecieron.  Castellá  aún  al- 
canzó á  ver  dos,  que  tenían  grabadas,  según  él,  una, 
una  figura  varonil  con  una  palma  en  la  mano,  y  la  otra 
una  inscripción  arábiga. 

En  los  brazos  de  la  cruz  se  conservan  aún  dos  pe- 
queñas asas  de  oro,  de  las  cuales  pendían,  sin  duda,  las 
letras  griegas  alfa  y  omega. 

En  el  citado  año  de  883,  á  25  de  Septiembre,  donó 
D.  Alfonso  á  su  Patrón  Santiago,  su  aldea  ó  villar  de 
Cerrito  cerca  del  monasterio  de  Vaorres,  con  la  condi- 
ción de  que  se  construyese  allí  una  iglesia  bajo  la  advo- 
cación del  Apóstol  (1).  Fácilmente  se  adivina  el  mo- 
tivo, que  impulsó  á  D.  Alfonso  á  hacer  esta  donación. 
En  aquella  fecha  ó  pocos  días  antes,  acababa  de  ser  re- 
chazado ante  los  muros  de  León  un  poderoso  ejército 
musulmán  á  las  órdenes  de  Almondzir,  hijo  del  Emir  de 
Córdoba  Mohamed  I. 

En  los  primeros  años  de  su  reinado,  se  había  apode- 
rado D.  Alfonso  de  la  ciudad  de  Coimbra,  y  posterior- 
mente se  posesionó  de  otros  muchos  lugares  en  aquella 
comarca.  También  de  los  frutos  de  tan  importante  con- 
quista quiso  el  magnánimo  Monarca  hacer  participante 


(1)     Véanse  Apéndices,  núin.  XVI. 


174  LIBBO  SEGUNDO 


á  la  Iglesia  de  Santiago;  y  en  el  año  895  (1),  el  día  30  de 
Diciembre,  fiesta  del  Patrón  de  España,  donó  á  su  Igle- 
sia varias  de  estas  villas  y  lugares,  que  como  él  dice, 
puso  el  Señor  en  sus  manos  por  la  intercesión  del  Após- 
tol. Villas  in  suburbio  conimbr Ícense,  quas  naper  Dominus  de 
manu  Gentilium  abstulit,  et  sancta  vestra  intercessione  ditioni 
nostrae  subdidit.  Las  villas  donadas,  fueron  una  á  orillas 
del  rio  Viaster  con  la  iglesia  de  San  Martín;  la  villa  de 
Crescemiro,  á  orillas  del  Cartoma,  con  la  iglesia  de  San  Lo- 
renzo, y  la  tercera  parte  de  la  villa  de  Travazolo,  entre 
el  Ágata  (Águeda),  y  el  Vauga  (Vouga)  (2). 

El  Albeldense  (3),  dice  que  D.  Alfonso  repobló  á  Coim- 
bra  con  gallegos.  Conimbriam  ab  inimicis  possessam  erema- 
vit,  et  Gallaecis  postea  populavit.  Entre  estos  gallegos,  debe 
contarse  el  abad  Itila,  que  edificó  ó  reedificó  varias  igle- 
sias en  aquella  comarca,  y  después,  como  refiere  D.  Al- 
fonso en  su  Privilegio,  donó  á  la  Sede  de  Santiago. 

El  25  de  Julio  de  893,  ya  había  hecho  donación  don 
Alfonso  al  templo  del  Apóstol,  de  la  iglesia  de  Santa 
María,  en  la  villa  de  Arenosium  (Arnoso),  cerca  del  río 
Tena  (Tea),  con  todas  las  casas  y  edificios,  huertas  y  vi- 
ñas comprendidas  dentro  de   los  84  pasos  alrededor  que 


(1)  Quizás  en  este  año  fué  cuando  obligó  á  los  árabes  á  levantar  el 
cerco  que  habían  puesto  á  la  ciudad  de  Coimbra  (Chron.  de  Sampiro;  Espa- 
ña Sagrada,  tomo  XIV,  pág.  454). — Véanse  Apéndices,  núm.  XXII. — Esta 
Escritura  trae  en  el  Tumbo  fol.  4  v.°,  Era  DCGCCXXXVII,  de  aquel  año 
de  C.  899.  Mas  si  se  tiene  en  cuenta  que  entonces  probablemente  el  año  se 
empezaba  á  contar  desde  el  25  de  Diciembre,  resulta  el  año  898,  que  es  el 
que  pusimos  en  el  Apéndice.  Castellá  y  la  copia  que  se  envió  á  Elórez  traen 
la  Era  DCGGCXXXIII,  año  895.  Es  fácil  que  esta  variante  estuviere  to- 
mada del  original,  existente  entonces;  y  en  tal  supuesto  debe  ser  preferida. 

(2)  Véanse  los  Apéndices  núm.  XXIV. 

(3)  España  Sagrada,  tomo  XIII,  pág.  455, 


LOS  TRES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAtíA  175 

le  correspondían,  como  diextros.  Esta  iglesia  también 
era  propiedad  de  D.  Alfonso  (1). 

El  lumbo  A,  al  folio  5  v.to,  trae  una  carta  de  D.  Al- 
fonso III  dirigida  á  Lucido  y  á  Aldroito,  en  que  les  hace 
saber  que  había  ordenado  de  palabra  á  Gutino,  que  en- 
tregase á  la  Iglesia  de  Santiago  y  al  Obispo  Sisnando 
las  villas  de  César,  San  Julián  y  Pazo  ó  Palacio  en  el 
territorio  de  Sarria,  según  ya  las  había  dado  al  templo 
apostólico  D.  Alfonso  el  Casto.  Añade,  que  ]por  su  parte, 
donaba  también  los  derechos  señoriales  ó  commissum  so- 
bre dichas  villas,  según  lo  había  tenido  Julián  Diligato. 
Les  encarga,  que  no  causen  en  esto  ninguna  perturba- 
ción, porque  al  fin  no  podrán  salir  con  su  intento,  como 
pueden  ver  por  los  ejemplos  acaecidos  en  dicho  lugar. 
Multo s  habetis  quos  in  exemplum  de  ipso  loco  habeatis  (2). 

Como  si  las  gloriosas  campañas  que  el  Rey  Magno 
sostuvo  contra  los  moros,  no  hubieran  sido  bastantes 
para  demostrar  su  valor,  otras  durísimas  pruebas,  pro- 
vocadas por  enemigos  interiores  y  aún,  lo  que  es  más, 
domésticos,  le  esperaban  para  que  mejor  resaltase  todo 
el  vigor  y  energía  de  su  carácter. 

Hacia  el  año  885  estalló  en  su  reino  una  vastísima  y 
tremenda  conspiración,  que  se  proponía  despojarle  del 
trono  y  de  la  vida,  y  en  la  cual,  al  parecer,  se  hallaban 
complicados  sus  propios  hermanos.  D.  Alfonso  no  se  de- 
jó sorprender;  desbarató  con  mano  fuerte  los  planes  de 
los  conjurados;  castigó  con  todo  rigor  su  temeridad  y 
alevosía  sin  perdonar  á  sus  propios  deudos;  y  á  unos 
confiscó  sus  bienes,  á  otros  impuso   fuertes  penas  corpo- 


(1)  Véanse  los  Apéndices,  núm.  XXI. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  XIII. 


176  LIBRO  SEGUNDO 


rales,  y  á  todos  hizo  sentir  cuánta  era  la  vigilancia  de 
su  espíritu  y  el  vigor  de  su  brazo.  Mas  D.  Alfonso,  que 
en  todas  sus  empresas  siempre  elevaba  su  corazón  hacia 
el  Dador  de  todo  bien,  reconocía  sin  dificultad  á  quien 
debía  atribuir  sus  éxitos  y  triunfos.  De  las  tierras  con- 
fiscadas a  Hanno,  uno  de  los  conspiradores,  donó  á  San- 
tiago la  iglesia  de  San  Román  de  Gerontiana,  en  el  su- 
burbio de  León;  y  cerca  de  Sublancio,  una  tierra  de  trein- 
ta modios  de  sembradura  (1). 

En  Galicia  también  tuvo  la  conjura  extensas  ramifi- 
caciones, y  el  principal  cabeza  fué  Hermenegildo,  hijo 
acaso  del  vencedor  de  los  normandos,  el  conde  Pedro  (2); 
el  cual,  con  su  esposa  Iberia,  fué,  por  su  soberbia  y  osa- 
día, uno  de  los  que  más  se  señalaron  entre  los  rebeldes 
y  conjurados.  D.  Alfonso  le  confiscó  sus  bienes,  y  de  ellos 
donó  á  la  Iglesia  de  Santiago,  en  Escritura  fechada  el  24 
de  Junio  de  886,  los  viveros  y  salinas  que  tenía  en  el 
condado  de  Saines,  desde  Plataneto  hasta  la  Lanzada  (3). 

En  el  año  895,  á  25  de  Noviembre,  hizo  D.  Alfonso 
donación  á  la  Iglesia  del  Apóstol  de  las  villas  de  Parata 
(Parada)  y  Limitóse  (Lindoso),  á  orillas  del  Valcarce  y 
del  Burbia,  en  el  Bierzo,  con  sus  iglesias  y  posesiones,  y 
del  próximo  lugar  de  Decemiani  (Trabadelo?);  las  cuales 
heredades  el  Rey  había  confiscado  á  los  hijos  de  Sarra- 
ceno y  Sindina,  que  también  se  habían  rebelado  contra 
él  y  contra  la  patria  (4).  Añade,  además,  la  villa  de 


(1)  Véanse  los  Apéndices,  núm.  XVII. 

(2)  D.  Alfonso  le  llama  hijo  de  Pedro;  Hermegildus  filius  Petri. 

(3)  Véanse  los  Apéndices,  núm.  XIX. 

(4)  Engentes  se  in  superbiam  contra  nos  et  patriam  regni  nostri,  quos 
per  vestram  (Bti.  Jacobi)  intercessionem  virtus  divina  humüiavit.*—  (Véan- 
se los  Apéndices^  núm,  XXII). 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  Lk  I.  COMPOSTELAtf A  177 

Montemasedo ,  y  el  bosque  llamado  Bustoynaiore  á  la  falda 
del  monte  Capeloso  (ad  rad'cem  montis  Cajtpelloso)  en  el 
mismo  territorio. 

No  era  sólo  el  Monarca  el  que  se  reconocía  deudor  al 
Santo  Apóstol  de  sus  victorias  y  de  las  muchas  gracias 
y  favores  que  recibía,  al  verse  libre  de  tantos  enemigos 
como  por  todas  partes  le  asediaban;  muchas  personas 
particulares  acudían  también  á  ofrecer  su  óbolo  ante  el 
Altar  de  su  gran  Protector.  Entre  ellas  únicamente  que- 
dó memoria  de  Dagaredo  y  Tintasindo  (Tructesindo?); 
los  cuales,  en  el  año  894,  hicieron  una  copiosa  donación 
á  Sisnando  y  á  la  Congregación  de  Santiago:  Sisenando 
ejnscopo  et  congregationi  sancti  Jacóbi  (1). 

Entre  tanto  Sisnando  proseguía  infatigable  en  el 
ejercicio  de  su  sagrado  ministerio,  y  de  un  modo  espe- 
cial, en  el  de  la  predicación  de  la  divina  palabra.  Esto 
no  le  estorbaba  para  que  fuera  de  su  Diócesis  toma- 
se parte  en  aquellas  fiestas  religiosas,  a  cuyo  mayor  es- 
plendor podía  contribuir  con  su  presencia.  Así,  en  el 
año  891,  con  Nausto  de  Coimbra  y  Ranulfo  de  Astorga, 
consagró  la  iglesia  de  San  Adrián  de  Tuñón  en  Astu- 
rias (2),  y  en  893  asistió  con  otros  seis  Obispos  a  la  consa- 
gración de  la  iglesia  de  Valdedios,  también  en  Asturias, 
como  se  ve  por  la  inscripción  que  publicó,  entre  otros, 
Flórez,  en  el  tomo  XVI  de  la  España  Sagrada.  Con  Naus- 
to de  Coimbra  y  Recaredo  de  Lugo  consagró  igualmente 
la  iglesia  de  San  Salvador,  dentro  del  castillo  de  Gau- 
zón,  que  el  Rey  D.  Alfonso  había  mandado  edificar  para 


(1)  Yepes,  Coránica  general  de  San  Benito,  tomo  IV,  pág.  287. 

(2)  España  Sagrada,  tomo  XXXVII,  pág.  21S. 
Tomo  II.— 12. 


178  LIBBO   SEGUNDO 


defensa  de  la  ciudad  de  Oviedo  contra  las  incursiones 
de  los  Normandos  (1). 

Acordándose  de  las  virtudes  de  su  buen  tío  Adaul- 
fo  II,  y  como  filial  obsequio  prestado  á  su  santa  memo- 
ria, trajo  de  Asturias  su  cadáver,  y  le  dio  honrosa  sepul- 
tura, probablemente  al  lado  de  las  de  Teodomiro  y 
Ataúlfo  I  (2). 

Continuó  prestando  generoso  asilo  á  los  Obispos,  que 
se  veían  obligados  á  vivir  fuera  de  sus  Sedes,  sitas  en 
países  dominados  por  los  sarracenos,  ó  continuamente 
expuestos  á  sus  correrías  y  rapacidad.  Entre  estos  Obis- 
pos, debemos  mencionar  á  Nausto  de  Coimbra,  cuyo 
noiíibre  en  los  antiguos  monumentos  aparece  casi  siem- 
pre al  lado  del  de  Sisnando,  como  que  vivió  por  espacio 
de  45  años,  con  raras  intermitencias,  retirado  en  nues- 
tra Diócesis,  probablemente  en  la  parroquia  de  San  An- 
drés de  Trobe,  á  orillas  del  Ulla,  y  á  unas  tres  leguas  al 
Sud  de  Santiago.  En  la  iglesia  parroquial  se  ve  aún  hoy 
la  losa,  que  cubría  su  sepulcro  con  esta  interesante  ins- 
cripción, en  que  se  hace  el  elogio  de  las  virtudes  del 
venerable  Prelado: 


(1)  España  Sagrada,  tomo  XXXVII,  pág.  215. 

(2)  Esjmña  Sagrada,  tomo  XX,  pág.  10. 


LOS  TEES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  1.  COMPOSTELANA        179 

HIO  QUIETUS  RECUBAT  FELICIS  SORTE 

NAUSTI  AEPISCOPI  SACERDOS,  QUEM  LETUS 

CELIS  MENTE  INTULIT  ALMA  FIDES. 

DEGENS  CULMINE  PONTIFICALI  CONIMBRIENSE 

SEDIS  PER  ANNIS  XXXXV. 

QUIESCENS  IN  HOC  TÚMULO  DIE  XI  (1)  KA- 

LENDAS  DECEMBRIS  ERA  DCCCCL. 

Sit  vestra  cuntorum  pro  illo  oracio  pia, 

Sic  vobis  det  dominus  sine  fine  premia  digna. 

Es  de  suponer  que  asistiesen  á  los  funerales  de  su 
entierro  en  Trobe,  sus  sobrinos  Hermogio,  que  al  poco 
tiempo  fué  Obispo  de  Tuy,  y  los  padres  del  santo  niño 
Pelayo,  mártir  en  Córdoba,  que  á  la  sazón  contaría  cin- 
co ó  seis  años  (2). 

El  P.  Argaiz  (3),  refiriéndose  á  una  Escritura  del 
monasterio  de  San  Martín  de  Jubia,  cerca  del  Ferrol, 
habla  de  un  Argemiro,  que  en  tiempo  de  Ramiro  I  se 
retiró  á  dicho  monasterio,  que  estaba  en  el  valle  de  Tra- 
sancos,  in  valle  Trasancos.  Fué  Obispo,  aunque  el  P.  Ar- 
gaiz no  dice  de  dónde;  pero  como  hacia  este  tiempo 
hubo  en  Lamego  un  Prelado  de  este  nombre,  y  como 
por  otra  parte  consta  por  un  Diploma  de  D.  Ordo- 
ño  II  (4),  que  los  Obispos  de  Lamego  fueron  de  los  que 
hallaron  hospitalidad  en  la  Diócesis  de  Iria  ó  Santiago  y 


(1)  Flórez,  en  la  copia  que  publicó  en  el  tom.  XIV  de  la  Esp.  Sag.  al 
tratar  de  la  Iglesia  de  Coimbra,  puso  erradamente  X  en  lugar  de  XI. 

(2)  En  los  confines  de  esta  parroquia  de  Trobe  con  la  de  Teo,  en  el 
lugar  de  Mallos,  hubo  una  iglesia  dedicada  á  San  Pelayo,  que  á  principios 
del  siglo  XIV  aún  era  parroquial.  Es  probable  que  esta  iglesia  date  de  los 
tiempos  próximos  al  martirio  de  San  Pelayo. 

(3)  La  Soledad  laureada,  tomo  III,  págs.  103  y  475. 

(4)  España  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  350. -Véanse  Apéndices,  nú- 
mero XXXVII. 


180  LIBBO  SEGUNDO 


cabalmente  en  el  territorio  de  Trasancos,  brota  espon- 
tánea la  conjetura  de  que  el  Obispo  Argemiro,  que  vivió 
retirado  en  Jubia,  era  el  de  Lamego. 

Por  allí  cerca,  en  la  comarca  de  Nendos  y  Faro,  como 
resulta  del  Privilegio  citado  de  D.  Ordoño  II,  tenía  su 
residencia  el  Obispo  de  Tuy,  Diego.  Más  al  Sur,  en  Ber- 
gantiños  y  en  la  parroquia  de  San  Tirso  de  Cospindo 
vivió  otro  Obispo,  Rudesindo  I,  de  Mondoñedo,  no  preci- 
samente como  refugiado,  sino  como  dueño  y  señor  de 
extensas  heredades.  En  el  año  867,  á  7  de  Mayo,  recién 
electo,  hizo  una  copiosa  donación  al  monasterio  de  San 
Vicente  de  Almórezo  (hoy  da  Grana  anejo  de  Cospindo), 
en  el  cual  había  sido  monje.  ¡Cuan  dulce  es  la  memoria 
de  este  Prelado  al  contemplarlo  en  su  obscuro  monaste- 
rio, interrumpiendo  sólo  el  canto  de  las  alabanzas  divinas 
para  escribir  Códices  en  compañía  de  sus  hermanos  (1), 
ó  para  ocuparse  en  dotar  á  su  iglesia  de  los  vasos  y  ves- 
tiduras sagradas  competentes  (2),  ó  afanarse,  en  fin,  en 


(1)  Dejó  para  el  Monasterio  las  siguientes  obras  que  había  escrito 
con  sus  hermanos;  San  Próspero,  las  Epístolas  de  San  Pablo,  los  Morales 
de  San  Gregorio  y  sus  Homilías  sobre  Ezequiel,  dos  Pasionarios  y  un  An- 
tifonario. Dejó  además  comenzados,  pero  con  propósito  de  terminarlos,  el 
Libro  de  Job,  quizás  el  atribuido  á  Beda,  los  comentarios  de  éste  sobre  el 
Eptatico,  ó  sean  los  siete  primeros  libros  del  Antiguo  Testamento  y  sobre 
el  Libro  de  los  Reyes,  un  libro  Glossematarum,  ó  sea  explicación  de  las 
palabras  de  obscura  significación,  un  Libro  Ordinum,  otro  de  Preces, 
un  Manual  in  duas  formas  dwisum  y  un  Gerovtio,  ó  una  colección  de  Vidas 
de  los  antiguos  Padres.  El  libro  Ordinum  en  España,  según  el  documento 
que  publicó  Flórez  (Esp.  Sag.,  t.  III,  Apénd.  pág.  391),  contenía  el  formu- 
lario para  la  administración  del  bautismo  y  para  el  Oficio  de  sepultura. 

(2)  Donó  una  cruz  de  plata,  dos  coronas  de  plata,  un  par  de  vasos 
ministeriales,  un  incensario  de  plata,  dos  de  cobre,  y  ropas  de  seda,  de  lana 
y  de  lino. 


LOS  TEES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  181 


proveer  á  los  monjes  de  todo  lo  necesario  para  su  sub- 
sistencia! (1). 

En  el  Tumbo  de  Sobrado,  t.  I,  núm.  LXXV,  hay  no- 
ticia de  otro  Obispo,  Froarengo  de  Oporto?,  que  también 
residía  en  nuestra  Diócesis,  y  que  como  juez,  dictó  sen- 
tencia contra  Letasia,  convicta  y  confesa  de  varios  deli- 
tos de  que  era  acusada.  Había  cometido  adulterio  con  el 
siervo  Ataúlfo,  que  guardaba  un  busto  ó  dehesa  de  Her- 
menegildo y  la  vacada  que  en  ella  se  criaba.  Se  les  pro- 
bó que  entre  los  dos  habían  comido  cuatro  vacas  y 
sesenta  quesos.  Et  comedimus  de  ipsis  suis  animalibus  quatuor 
uaccas  sexaginta  cáseos  furtíni.  Conducida  Letasia  ante 
Froarengo,  éste  la  condenó  á  pagar  doblados  las  vacas 
y  los  quesos.  Et  adduxerunt  me  ante  iudicem  nomine  Froa- 
rengum  episcopum.  Et  ipse  iudicauit,  ut  paríarem  ipsas  uaccas 
et  ipsos  cáseos  in  duplum.  Conformóse  Letasia,  y  en  pago 
dio  á  Hermegildo  una  heredad  que  tenía  en  la  aldea  en 
donde  había  habitado  su  padre  Cristóbal.  In  uilla  ubi  pa- 
ter  meus  xpistoualus  habitauit...  in  territorio  tamarense.  Ejecu- 
tóse la  sentencia  en  25  de  Agosto  de  858? 

9 

En  los  índices  del  Archivo  de  San  Martín  Pinario  se 
hace  mención  de  un  Obispo,  D.  Ñuño,  cuya  Sede  no  se 
expresa,  pero  que  vivió  por  estos  tiempos  en  nuestra 
Diócesis,  y  por  lo  que  parece,   en  el  monasterio  de  San 


(1)  Al  enumerar  los  bienes  que  dejaba  al  Monasterio,  cita  los  hórreos, 
las  bodegas,  la  cocina,  las  cubas,  las  herramientas,  los  vasos  de  vidrio,  de 
bronce  y  de  madera,  las  yeguas,  las  vacas,  las  ovejas,  los  bueyes,  los  cer- 
dos, etc..  Respecto  de  I03  siervos  y  siervas  declara,  que  como  ya  les  había 
dado  la  libertad  por  otra  Escritura,  quiere  que  sirvan  al  Monasterio  como 
libertos,  facultándolos  para  que  dejen  el  servicio  de  quien  los  maltrate,  y 
se  pongan  al  de  quien  los  trate  con  buenos  modos,  qut  eos  modaverit. 
(Véase  la  Escritura  íntegra,  en  los  Apéndices  núm.  Vil). 


182  LIBRO  SEGUNDO 


Pedro  de  Soandres,  en  la  comarca  de  Nendos.  El  nom- 
bre de  este  Obispo  apárese  entre  los  notabilísimos  per- 
gaminos del  Archivo  episcopal  de  Lugo,  lib.  VIII,  con 
motivo  de  una  sentencia  que  dio  en  el  año  922,  estando 
en  Soandres  con  el  conde  Froilán  Menéndez,  sobre  la 
propiedad  de  la  villa  de  Rausendi.  El  advenimus  inde  in 
concilio,  se  dice  en  el  documento,  lile  in  Suandres  in  presen- 
tía Nunnu  D¿i  gratia  ep'scopus  et  Fro'la  Menendiz  comes.,. 
Auctorgaverunt  eos  Froila  Menend'z  commes  et  Nunnus  Dei 
gratia  episcopus  et  elegerunt  in  ipso  concilio...  Sic  et  iurarunt 
lúe  in  Seo.  Felice  de  Boigoi  (San  Félix  de  Bijoy)  et  per 
manus  saioni  Gudesteo. 

De  aquí  es  dado  inferir,  con  cuánta  solemnidad  y 
aparato  se  celebrarían  algunas  fiestas  en  el  templo  apos- 
tólico, á  las  cuales  podían  dar  realce  con  su  presencia 
tres  ó  cuatro  Prelados,  que  de  ordinario  residían  en  la 
Diócesis.  Sisnando  procuraba,  por  su  parte,  que  el  perso- 
nal de  la  iglesia  fuese  escogido  y  numeroso;  así  es  que 
en  el  acta  de  fundación  del  monasterio  de  Arcos  de  Fur- 
cos,  cerca  de  Cuntís,  año  898,  subscribe  con  ventiocho 
miembros  del  Clero  Catedral,  cum  communi  conlatwne 
sancti  iacóbi  (1). 

Sin  embargo  de  todo  esto,  Sisnando  no  estaba  satis- 
fecho; echaba  de  menos  un  templo  capaz,  un  templo 
construido  con  la  solidez  y  magnificencia  propia  de  una 
gran  basílica;  y  esta  fué  la  constante  preocupación  de 
su  largo  pontificado. 


(1)     Véanse  Apéndices,  mira.  XXlíí, 


iijiiiijiMinmnmiiiHi^ 


CAPITULO  VIII 


Reedificación  del  Templo  de  Santiago.— Su  solemne   consa- 
gración en  el  año  899. 


L  Rey  D.  Alfonso,  en  este  punto,  se  halla- 
ba del  todo  identificado  con  las  ideas  y 
propósitos  de  Sisnando  (1).  La  continua 
agitación  en  que  casi  siempre  vivió  Don 
Alfonso,  batallando  sin  tregua  ni  descanso,  ora  con  los 
enemigos  de  dentro,  ora  con  los  de  fuera,  le  impidió  por 
mucho  tiempo  poner  manos  á  la  obra  (2);  pero  entre 
tanto  fué  reuniendo  materiales  á  propósito,  aprovechan- 
do los  que  quedaban  de  antiguos  edificios  arruinados  ó 
abandonados.  Entre  ellos,  utilizó  los  que  se  hallaban  en 
un  antiguo  palacio  que  habían  poseído  los  Reyes,  proba- 
blemente antes  de  la  irrupción  de  los  árabes,  en  una 


(1)  Cujus  (Sisnandi)  instinctu  —dice  en  el  Diploma  que  ponemos  en  el 
número  XXV  de  los  Apéndices  —  studuimus  aulam  tumuli  tui  instaurare  et 
ampliare...  Ego  Adefonsus  princeps  cum  praedicto  antistite  statuimus  aedi- 
ficare  domum  Domini,  et  restaurare  templum  ad  tumulum  sepulchri  Apostoli. 

(2)  Tempore  multo  omissimus  fabricare  templum.  (Escritura  citada). 


184  LIBRO  SEGUNDO 


ciudad  que,  dicen,  se  llamaba  Eabeca,  cuya  verdadera 
situación,  ó  cuya  equivalente,  no  puede  señalarse  á  pun- 
to fijo  (1).  Estos  materiales  fueron  transportados  por 
tierra  por  siervos  del  Real  Patrimonio,  por  entre  las  tur- 
bas de  los  moros  que  procuraban  estorbar  el  paso  (2). 
Por  mar  hizo  asimismo  conducir  D.  Alfonso  desde  Opor- 
to  otras  muchas  piezas,  como  sillares,  bases,  columnas, 
capiteles  de  mármol,  etc.. 

Reunidos  todos  estos  materiales,  Sisnando  dio  co- 
mienzo á  la  obra,  que  se  fué  prosiguiendo  con  la  activi- 
dad que  permitían  las  circunstancias.  Ignórase  quién 
haya  sido  el  arquitecto  que  dirigió  los  trabajos;  porque 
obra  de  tal  importancia  no  podía  confiarse  á  cualquiera 
vulgar  maestro;  acaso  fuese  el  mismo  que  tuvo  á  su  car- 
go las  notables  construcciones  que  se  llevaron  á  cabo 
bajo  D.  Alfonso  III  en  Oviedo  y  en  sus  alrededores  (3). 

Respetóse  la  forma  y  distribución  del  antiguo  tem- 
plo, dándose  al  nuevo  mayores  proporciones  en  largo  y 
en  ancho,  de  modo  que  la  primitiva  iglesia  de  San  Sal- 


(1)  Nos  quidem  inspiratione  divina  adlati  cum  subditis  ac  familia 
nostra  adduximus  in  sanctum  locum  ex  Hispania  inter  agmina  Maurorum. 
(Escritura  citada). 

(2)  Unos  dicen  que  Eabeca  es  Auca  (Oca)  en  tierra  de  Burgos,  otros 
que  es  Beteca,  Silla  episcopal  sucesora  de  Aquae  Flaviae  (Chaves)  al  Norte 
de  Portugal.  Es  más  verosímil  que  la  ciudad  de  Eabeca,  ó  como  quiera  que 
se  llamase,  estuviese  más  al  Mediodía  y  más  próxima  al  litoral;  porque  Don 
Alfonso  nos  advierte  que  los  mármoles  con  que  había  sido  edificado  el  pala- 
cio, fueran  traídos  por  mar...  petras  marmóreas,  quas  avi  nostri  ratibus  per 
pontum  transvexerunt,  et  ex  eis  pulchras  domos  aedificaverunt,  quae  ab  inimi- 
cis  manebant  destructae.  Eabeca  quizás  fuese  Coimbra  ó  Viseo. 

(3)  Ab  hoc  Principe  omnia  templa  Domini  restaurantur  et  civitas  in 
O  veto  cum  regÜ3  aulis  aedificatur.  (Chronicon  Albeldense,  España  Sagrada, 
tomo  XIII,  pág.  45G). 


LOS  TBES  PRIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  185 

vador  y  aún  el  baptisterio,  quedaron  incluidos  dentro  del 
nuevo  trazado,  si  bien  el  baptisterio  se  reconstruyó, 
como  entonces  aún  se  acostumbraba,  separadamente  del 
cuerpo  del  edificio  principal. 

En  nada  se  tocó  á  la  capilla  ú  oratorio  que  contenía 
los  sepulcros  de  Santiago  y  sus  dos  discípulos  San  Teo- 
doro y  San  Atanasio;  el  cual  oratorio  vino  á  quedar 
como  en  el  centro  de  la  iglesia,  y  estaba  aún  formado 
por  los  restos  que  quedaran  del  primitivo  mausoleo  del 
Apóstol. 

La  iglesia,  á  lo  que  hoy  puede  conjeturarse  con  bas- 
tante probabilidad,  venía  á  tener  tres  naves.  En  el  ábsi- 
de ó  cabecera  de  la  central  estaba  el  altar  de  San  Sal- 
vador, que  vino  á  sustituir  á  la  iglesia  del  mismo  título, 
construida  en  tiempo  del  Rey  Casto.  Más  al  centro  de 
la  Basílica  estaba  el  altar  de  Santiago.  En  el  ábside  de 
la  nave  lateral  de  la  derecha  estaba  el  altar  de  San 
Pedro;  y  en  el  de  la  otra  nave,  el  altar  de  San  Juan 
Apóstol. 

La  portada  principal,  ó  sea  la  de  Occidente,  se  cons- 
truyó con  los  mármoles  labrados  que  habían  venido  de 
Eabeca  (1);  se  aprovechó  el  dintel  de  la  puerta  antigua, 
por  estar  maravillosamente  esculpido  (2). 

En  la  puerta  lateral  del  Norte,  que  era  la  que  más 
se  usaba,  fué  en  donde  más  se  esmeraron  los  directores 
de  la  fábrica.  Allí  también  era  el  sitio  donde  se  adminis- 


(1)  Ostium  principale  occidentalis  partís  ex  ipsis  marmoribus  est  appo- 
situm.  (Escritura  citada). 

(2)  Supercilia  vero  liminaris  sedis  invenimus,  sicut  antiqua  sessio  fue- 
rat  miro  opere  sculpta. 


186 


LIBBO    SEGUNDO 


Planta  de  la  iglesia  edificada  por  D.  Alfonso  III  (1). 


(1)    A.  Altar  de  Santiago.— B.  Altar  y  ábside  de  San  Juan  Apóstol.— C.  Altar  y  ábside  de  San  Pe- 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  T.  COMPOSTELANA  187 

traba  justicia  (1).  Hallábase  presedida  la  puerta  por  un 
pórtico  sostenido,  por  lo  menos,  por  dieciocho  columnas 
de  mármol  de  las  que  vinieron  de  Oporto  (2);  y  sobre  el 
pórtico  había  una  especie  de  balcón  ó  galería. 

En  el  interior,  efecto  del  desnivel  del  terreno,  el 
pavimento  de  las  naves  estaba  algún  tanto  más  bajo 
que  el  de  los  ábsides,  á  cada  uno  de  los  cuales  se  subía 
por  su  correspondiente  escalera.  A  la  entrada  del  ábside 
principal,  había  un  gran  arco,  el  arco  triunfal,  que  des- 
cansaba sobre  dos  sólidas  pilastras  de  un  metro  de  ancho 
cuyos  cimientos  se  han  descubierto  en  las  excavaciones 
practicadas  en  el  año  1878  (3). 

Cerca  de  la  puerta  lateral  del  Norte,  se  construyó  el 
nuevo  baptisterio,  dedicado  como  todos  á  San  Juan 
Bautista,  no  de  manipostería,  sino  con  hiladas  regulares 
y  simétricas  de  sillares  (4).  Su  planta  sería  poligonal,  y 
en  el  centro  se  elevaría  la  pila  bautismal,  que  probable- 


(1)  Ostiumde  sinistro...  columnas  sex  cum  basibus  totidem  posuimus, 
ubi  abbobuta  (abbuta?,  cúspide,  remate)  tribunalis  est  constructa. 

(2)  Vel  alias  columnas  sculptas,  supra  quas  porticus  imminet  de  oppi- 
do  portucalense  ratibus  deportatas  adduximus  quadras  et  calcem,  unde  sunt 
aedificatae  columnae  decem  et  octo,  cum  alus  columnelis  marmoreis  simili 
modo  navigio  (artificio?) 

(3)  En  el  asiento  de  la  base  de  estas  pilastras  hemos  notado  una  parti- 
cularidad digna  de  ateución.  En  vez  de  estar  asentada  de  plano  sobre  los 
cimientos,  lo  estaba  tan  sólo  en  los  cuatro  ángulos,  de  modo  que  quedaba  en 
hueco  en  gran  parte  del  asiento. 

(4)  Oraculum  baptistae  et  martyris  Joannis,  quem  simili  modo  funda- 
vimus,  et  de  puris  lapidibus  construximus. 

dro.— D.  Altar  y  ábside  de  San  Salvador. — E.  Baptisterio.—/".  Puerta  occidental  precedida 
de  un  protyro  ó  vestíbulo  cubierto.—  O.  Puerta  septentrional. — H.  Puerta   meridional. 

Los  trazos  negros  indican  la  obra  antigua;  las  rayadas  la  obra  posterior  del  siglo  XI. 
Nótese  la  ligera  desviación  que  bay  entre  los  ejes  de  las  dos  iglesias. 


188  LIBBO  SEGUNDO 


mente  es  la  que  actualmente  sirve  de  depósito  de  agua 
bendita  (1). 

Desde  que  se  comenzaron  á  ejecutar  las  obras,  estu- 
vo preocupado  D.  Alfonso  con  la  gran  solemnidad  de  la 
consagración  de  la  nueva  iglesia.  Ansiaba  por  otra  par- 
te, hacer  que  Oviedo  fuese  lo  que  Toledo  había  sido  en 
tiempo  de  los  Godos.  Para  la  mejor  realización  de  sus 
designios,  envió  al  Papa  Juan  VIII  á  los  dos  Presbíte- 
ros, Severo  y  Sidérico,  con  cartas  en  que  le  participaba 
las  victorias  que  había  obtenido  de  los  moros,  como  esta- 
ba poblando  á  Braga  y  á  otras  muchas  ciudades,  como 
se  había  apoderado  de  Coimbra,  de  Coria,  de  Idaña,  y  lle- 
gado hasta  cerca  de  Mérida.  Le  manifestaba  sus  deseos 
de  que  se  congregase  como  un  Concilio  nacional  en  la 
Sede  regia  de  Oviedo,  y  que  se  la  declarase  la  principal 
Metrópoli,  ó  sea  la  primada  de  su  reino   (2).  Le  hizo 


(1)  Véase  el  grabado  de  la  pág.  32. 

(2)  Ya  D.  Alfonso  II  había  solicitado  de  San  León  III,  la  declaración 
de  Metrópoli  en  favor  de  la  Sede  Ovetense  (véase  Risco,  España  Sagrada, 
tomo  XXXVII,  Disertación  sobre  el  Concilio  I  de  Oviedo,  pág.  173  y  si- 
guientes); pero  la  pretensión  del  Rey  Casto  se  limitaba  á  la  declaración  de 
simple  Metrópoli.  D.  Alfonso  III  quería  más;  quería  que  Oviedo  fuese  con- 
siderada como  Sede  regia  y  con  las  mismas  prerrogativas,  que  como  tal 
Sede  regia,  había  tenido  Toledo  en  otro  tiempo.  Al  mencionar  el  Albeldense 
(España  Sagrada,  tomo  XIII,  pág.  437),  los  Obispos  que  había  en  su  tiem- 
po, nombra  en  primer  lugar  á  Hermenegildo  de  Oviedo;  Regiamque  Sedem 
Hermenegildus  tenet;  é  inmediatamente  después  á  los  dos  Metropolitanos  de 
Braga  y  de  Lugo. 

Cuando  D.  Ordoño  II  estableció  la  Corte  en  León,  caducaron  los  privi- 
legios y  prerrogativas  de  la  Sede  Ovetense;  quedó  sin  efecto  lo  dispuesto 
en  sus  Concilios;  cuyas  Actas  para  el  caso  vinieron  á  ser  letra  muerta.  Cuan- 
do dos  siglos  después,  á  fines  del  siglo  XI  ó  á  principios  del  XII,  algún 
copista  inexperto,  ó  poco  cuidadoso,  quiso  trasladar  las  Actas,  vio  que  se 
referían  á  un  Concilio  celebrado  en  tiempo  de  un  Rey  D.  Alfonso,  en  que  se 


ÍiOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  189 

también  saber  su  propósito  de  consagrar  con  toda  so- 
lemnidad la  Iglesia  de  Santiago.  Concluye,  como  solía 
hacer  D.  Alfonso  cuando  se  dirigía  á  las  personas  reli- 
giosas, encomendándose  á  sus  oraciones. 

Con  dos  cartas  contestó  el  Sumo  Pontífice  á  las  de 
D.  Alfonso,  y  las  remitió  por  su  mensajero  Rainaldo,  que 
vino  con  Severo  y  Sidérico.  La  una  iba  dirigida  á  sólo 
D.  Alfonso;  la  otra  al  Rey,  á  los  Obispos,  á  los  Abades 
y  á  todo  el  pueblo  ortodoxo.  En  la  primera  se  congratu- 
la el  Papa  con  D.  Alfonso  por  sus  triunfos,  y  le  autoriza 
para  que  pueda  hacer  consagrar  la  Iglesia  de  Santiago, 
y  celebrar  el  Concilio  que  deseaba  (1).  En  la  otra,  exhor- 


había  acordado  erigir  en  Metrópoli  á  la  Sede  Ovetense.  Juzgó  que  en  reali- 
dad sólo  se  trataba  de  un  Concilio;  confundió  y  mezcló  las  del  uno  con  las 
del  otro;  é  hizo  tal  embrollo  y  tal  madeja,  que  muchos  escritores  para  salir 
pronto  del  paso,  creyeron  que  lo  mejor  era  negar  la  existencia  de  uno  y  otro 
Concilio.  Pero  la  verdad  en  estas  materias  no  siempre  se  encuentra  siguien- 
do vías  francas  y  expeditas,  sino  después  de  recorrer  senderos  muy  in- 
trincados y  difíciles.  Véase  la  Disertación  citada  del  P.  Risco,  la  cual  á 
pesar  de  las  diatribas  del  Sr.  de  La  Fuente,  por  ahora  espera  cumplida 
refutación. 

(1)  Le  dice  además,  que  también  él  se  ve  frecuentemente  acosado  por 
los  paganos,  á  quienes  tiene  que  combatir  de  día  y  de  noche.  Lo  mismo 
escribió  Juan  VIH  en  Noviembre  de  876  á  Carlos  el  Calvo,  y  en  882  á 
Carlos  el  Craso.  El  Chronicon  Salernitanum  publicado  por  Muratori  en  el 
tomo  II,  parte  II,  col.  264  de  Berum  Italicarum  Scriptores,  dice,  refi- 
riéndose al  año  876  ó  877;  Tune  Salernum,  Neapolis,  Gajeta  et  Amalfia 
pacem  habentes,  cum  Agareni  navalibus  incursibus  Bomam  gravi  angustiabant 
depopulatione...  Eu  alguno  de  los  años  que  mediaron  entre  el  876  y  el  882, 
fué  cuando  D.  Alfonso  III  debió  dirigirse  á  Juan  VIII,  pidiéndole  la  auto- 
rización que  solicitaba. — En  esta  ocasión  debió  tener  lugar  la  ida  á  Roma 
del  Conde  Gisuado,  enviado  por  D.  Alfonso  III.  Habla  de  esta  embajada 
Sandoval,  citado  por  Yepes  (Coronica  general  de  la  Orden  de  San  Benito, 
tomo  IV,  fol.  355  vuelto),  al  tratar  del  monasterio  de  San  Adrián  de  Boñar. 
Al  volver,  trajo  el  Conde  por  donación  del  Papa,  los  Cuerpos,  ó  Reliquias 


190  LIBEO  SEGUNDO 


ta  al  Rey,  al  Clero  y  al  pueblo  á  que  perseveren  cons- 
tantes en  la  adhesión  á  la  Cátedra  de  Pedro,  y  á  todos  en- 
carga que  se  muestren  subditos  de  la  Iglesia  ovetense  (1). 
He  aquí  el  texto  de  la  carta  en  que  el  Papa  autori- 
zaba á  D.  Alfonso  para  hacer  consagrar  la  Iglesia  de 
Santiago  (2):    • 

Joannes  episcopus  servus  servorum  Dei  dilecto  filio  Adefonso 
Regi  Gallaeciarum.  Litteras  devotionis  vestrae  suscipientes,  quia 
devotum  vos  esse  cognovimus  erga  nostram  Sanctam  Ecclesiam, 
gratias  vobis  multíplices  referimus,  Dominum  exorantes,  ut  vigor 
Regni  vestri  abundet,  de  inimicis  vestris  victoriam  vobis  concedat. 
Nam  Nos,  fili  charissime,  sicut  petistis,  sedulas  preces  Domino  fun- 
dimus,  ut  Regnum  vestrum  gubernet,  vos  salvos  faciat,  custo- 
diat  et  protegat,  et  super  omnes  inimicos  vestros  erigat. 

Ecclesiam  autem  Beati  Jacobi  Apostoli  ab  Hispanis  Episcopis 
consecrare  facite  et'  cum  eis  Concilium  celébrate. 

Et  Nos  quidem,  glorióse  Rex,  sicuti  vos,  a  Paganis  jam  con- 
stringimur,  et  die  ac  nocte  cum  illis  bella  committimus;  sed  Omni- 
potens  Deus  donat  nobis  de  illis  triumphum.  Hujus  rei  gratia,  ro- 
gamus  dilectionem  vestram  et  animum  deprecamur,  ut  quia,  ut 
diximus,  valde  a  Paganis  opprimimur,  aliquantos  útiles  et  óptimos 
Mauriscos  cum  armis,  quos  Hispani  caballos  alfaraces  (3)  vocant,  ad 
Nos  dirigere  non  omittatis,  qualiter  Nos  recipientes,  J)ominum 
collaudemus,  vobis  gratias  referamus,  et  per  eorum  portitorem  de 
benedictionibus  Sci.  Petri  vos  remuneremus.  Bene  vale,  dilectissi- 
me  fili  et  charissime  Rex. 


insignes,  de  los  Santos  Adriano  y  Natalia,  en  cuyo  honor  construyó  el  mo- 
nasterio de  Boñar.  Por  el  mismo  tiempo  se  construyó  también  el  de  San 
Adrián  de  Tuñón  en  Asturias.  El  Conde  Gisuado  iría  quizás  acompañando 
á  los  dos  Presbíteros  Severo  y  Sidérico  ó  Sinderico;  si  es  que  no  fué  después 
para  cumplimentar  al  Papa,  y  llevarle  ciertos  caballos  que  pedía. 

(1)  Véase   esta  otra  Carta  en  el   tomo   XIV  de  la  España  Sagrada, 
página  455. 

(2)  España  Sagrada,  tomo  XIV,  pág.  455. 

(3)  Ligeros,  veloces. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELÁNA  191 

En  Julio  de  896  ya  estaban  terminadas  las  obras  de 
la  Iglesia  de  Santiago  (1);  ya  nada,  pues,  impedía,  ni  en 
lo  material,  ni  en  lo  formal,  que  cuanto  antes  se  llevase 
á  cabo  la  consagración.  No  así  las  cosas  de  D.  Alfonso; 
quien,  habiéndose  propuesto  dar  al  acto  todo  el  realce 
posible,  y  hacer  con  este  motivo  como  un  alarde  de 
ostentación  y  magnificencia,  veíase  á  la  sazón  envuelto 
en  tal  red  de  tenebrosas  conjuras,  que  no  le  permitieron 
otra  cosa,  que  atender  á  desbaratar  las  mallas  en  que 
se  pretendía  cogerlo.  Vencidas  las  sublevaciones  de  Her- 
menegildo, Hanno,  Witiza  y  otros  magnates,  otras  no 
menos  temibles  hubo  de  combatir,  las  de  sus  propios  her- 
manos Fruela,  Bermudo,  Ñuño  y  Oduario,  alguno  de  los 
cuales,  por  testimonio  de  Sampiro,  con  la  ayuda  de  los 
árabes  y  berberiscos,  sostuvo  por  espacio  de  siete  años 
en  Astorga  el  estandarte  de  la  rebelión. 

Al  fin,  en  el  año  899,  comenzaron  á  lucir  días  más 
serenos  y  tranquilos,  y  D.  Alfonso  quedó  en  libertad 
para  la  realización  de  sus  proyectos.  Convocó  ó  citó  para 
Compostela,  para  principios  de  Mayo  de  dicho  año  899, 
á  todos  los  Prelados  y  Magnates  de  su  reino,  y  en  el 
momento  oportuno  se  puso  él  en  camino  acompañado  de 
la  Reina  D.a  Jimena,  de  sus  hijos  D.  García,  D.  Ordoño, 
D.  Fruela,  D.  Ramiro  y  D.  Gonzalo  (y  al  parecer,  de  sus 
hermanos  Ñuño  y  Oduario,  que  acaso  se  habrían  recon- 
ciliado con  él),  y  de  los  principales  funcionarios  de  la 
Corte.  Al  mismo  tiempo,  afluían  de  todas  partes  á  Corn- 


il) Castellá  (Historia  del  Apóstol  Santiago,  fol  4G3),  dice  que  las  obras 
duraron  33  años;  pero  el  pasaje  de  la  Escritura  á  que  Castellá  se  refiere, 
sólo  afirma  que  la  consagración  se  verificó  en  el  año  XXXIII  del  reinado 
de  D.  Alfonso. 


192  LIBEO   SEGUNDO 


postela  turbas  de  devotos  y  peregrinos  ávidos  de  con- 
templar aquella  fiesta,  que  á  juzgar  por  la  fama  y  por 
los  trabajos  que  con  tanta  antelación  se  habían  hecho, 
en  la  memoria  de  los  nacidos  no  había  tenido  otra  se- 
mejante (1). 

El  día  6  de  Mayo,  quinta  Dominica  después  de  Pas- 
cua, era  el  señalado  para  la  gran  festividad.  Concurrie- 
ron diecisiete  Prelados:  Juan  de  Oca,  Vicente  de  León, 
Gómelo  de  Astorga,  Hermenegildo  de  Oviedo,  Dulcidio 
de  Salamanca,  Nausto  de  Coimbra,  Argemiro  de  Lame- 
go,  Teodomiro  de  Viseo,  Guiñado  de  Oporto,  Jacobo  de 
Coria,  Argemiro  de  Braga,  Diego  de  Tuy,  Egila  de 
Orense,  Sisnando  de  Iria,  Recaredo  de  Lugo,  Rudesindo 
de  Mondoñedo  y  Britonia  y  Eleca  de  Zaragoza,  y  los 
Condes  Alvaro  de  Luna,  Bermudo  de  León,  Sarracino 
de  Astorga  y  Bierzo,  Bermudo  de  Torres,  Betote  de 
Deza,  Hermenegildo  de  Tuy  y  Oporto,  su  hijo  Arias  de 
Eminio,  Pelayo  de  Brigancio,  Oduario  de  Castela  y 
Orense,  Silo  de  Pruzos,  Ero  de  Lugo,  Gonzalo,  Osorio  y 
Lucidio  (2). 

Celebróse  la  consagración  con  la  solemnidad  que  es 


(1)  cVoeatis  de  diversis  sedibus  Pontificibus  et  universo  Hispaniae  et 
Gallaeciae  populo,»  se  lee  en  el  Privilegio  otorgado  por  Grelmírez  á  San 
Martín  en  el  año  1115. 

(2)  El  nombre  de  casi  todos  estos  Condes  aparece  citado  en  los  antiguos 
documentos.  Llamaremos  la  atención  sobre  algunos  de  ellos;  porque  esto 
ha  de  importarnos  para  mejor  seguir  el  hilo  de  nuestra  narración. 

El  Conde  de  Deza,  Betote,  fué  padre  de  D.  Gonzalo,  fundador  de  los 
monasterios  de  Camanzo  y  Carboeiro,  y  de  D.  Tello. 

El  Conde  de  Tuy  y  Oporto,  Hermenegildo,  fué  abuelo  de  San  Rosende. 

Oduario,  Conde  de  Castela  y  Auria,  fué  poblador  de  gran  parte  de  la 
provincia  de  Orense  y  de  la  de  Trasosmontes  en  Portugal. 

Los  Condes  Sarracino  de  Astorga  y  Bierzo  y  Bermudo  de  Torres,  debie- 


tOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMI»OSTELANA  193 

de  suponer.  Los  altares  estaban  convenientemente  dis- 
puestos; las  mesas  descansaban  sobre  macizos  revocados 
con  blanquísimo  estuco?  y  cal,  y  en  ellos  estaban  abier- 
tos los  sepulcros  revestidos  con  láminas  de  oro  y  perfu- 
mados con  incienso  y  otras  substancias  aromáticas. 
Altaría  sancta  ninquide  et  calce  cons&pta,  quae  urnas  áureas 
habent,  Sepulchra  balsamum  et  incensum  redolent  fragraniia. 

Las  Reliquias,  al  ser  introducidas  en  los  sepulcros, 
fueron  depositadas  previamente  en  cajas  de  cedro,  cu- 
yas estrechas  juntas  fueron  tapadas  con  pasta  formada 
de  cera  y  polvo  de  mármol,  sobre  la  cual  pasta  se  im- 
primieron los  sellos  de  los  Consagrantes.  Los  sepulcros 
se  cerraron  con  pequeñas  losas  cuadradas  de  mármol 
y  yeso.      . 

En  el  altar  del  Salvador  se  colocaron  diecisiete  Reli- 
quias (1);  de  sepulchro  Domini,  de  vestlmento  Domini  quando 
crucifixus  est,  ítem  de  túnica  Salvatoris,  de  térra  ubi  Dominus 
stetit,  de  ligno  sanctae  Grucis,  de  pane  Domini,  de  lacte  sanctae 
Mariae,  de  Santiago  Apóstol,  de  Santo  Tomás  Apóstol, 
de  San  Martín  Obispo,  de  San  Vicente  Levita,  de  San 
Cristóbal,  de  San  Baudilio,  de  San  Julián  y  Santa  Basi- 
lisa,  de  Santa  Leocadia  Confessor,  de  las  Cenizas  y  San- 
gre de  Santa  Eulalia  de  Mérida  y  de  Santa  Marina.  En 
el  altar  de  San  Pedro  se  depositaron  Reliquias  de  San 
Pedro  y  San  Pablo  Apóstoles,  del  Sepulcro  del  Señor, 
de  San  Andrés  Apóstol,  dé  San  Fructuoso   Obispo,  de 


ron    de   ser   hijos    del  célebre  Conde   D.  Gutón,    poblador    del    Bierzo. 

El  Conde  Osorio  fué  abuelo  del  Conde  Santo,  fundador  del  monasterio  de 
Lorenzana. 

(1)     Muchas  de  estas  Reliquias  debieron  de  ser  de  las  que   Santo  Tori- 
bio  trajo  de  Jerusalén,  y  depositó  en  su  monasterio  de  Liébana,  de  cuyas 
cercanías  era,  al  parecer,  natural  el  Obispo  Sisnando. 
Tomo  II.— 13. 


194  LIBRO  SEGUNDO 


Santa  Lucía,  de  Santa  Rufina  y  de  Santa  Leocricia.  En 
el  altar  de  San  Juan  Apóstol  se  pusieron  Reliquias  del 
Santo  titular,  del  Sepulcro  del  Señor,  de  San  Bartolomé 
Apóstol,  de  San  Lorenzo  Diácono,  de  San  Baudilio  y  de 
Santa  Leocadia  Confessor.  En  el  altar  del  Baptisterio  se 
colocaron  Reliquias  de  San  Juan  Bautista,  del  Sepulcro 
del  Señor,  de  la  Sangre  del  Señor,  de  Santa  María  Vir- 
gen Madre  del  Señor,  de  San  Julián  y  Santa  Basilisa, 
de  Santa  Leocricia  Mártir  y  de  Santa  Eulalia  de  Mérida. 

El  altar,  que  estaba  sobre  el  Sepulcro  de  Santiago, 
se  conservó  tal  cual  se  hallaba,  cuando  fué  descubierto 
en  tiempo  de  Teodomiro;  así  es  que  no  osaron  tocarlo, 
ni  modificarlo  en  nada.  Super  corpore  quoque  benivoli  Apo- 

stoli  patet  altar ium  sacrum,  in  quo  patet  antiqua  es marty- 

rum  tlieca,  quam  a  sanctis  Patribus  scimus  conditam  esse,  unde 
nemo  ex  nóbis  ausus  fuit  tollere  saxa  (1). 

Todo  debió  de  ser  conmovedor  y  grandioso  en  aque- 
lla augusta  ceremonia;  pero  el  momento  en  que  Don 
Alfonso,  seguido  de  su  esposa  y  de  sus  hijos,  se  prosternó 
delante  del  sagrado  altar  para  depositar  en  él  la  Escri- 

(1)  Véase  la  Escritura  de  los  Apéndices,  núm.  XXV. — En  el  Cronicón 
de  Sampiro,  interpolado  en  Oviedo,  se  describe  así  esta  festividad:  «Conse- 
cratum  est  jam  dictum  templum  a  praedictis  Pontificibus  hoc  ordine  sub- 
scripto. Imprimis  consecraverimt  altare  in  honorem  Salvatoris  nostri  Jesu 
Christi;  et  ad  dexteram  praedicti  altaris  consecraverunt  altare  in  honorem 
Apostolorum  Petri  et  Pauli,  et  ad  laevam  dicti  altaris  consecraverunt  altare 
in  honorem  sancti  Joannis  Apostoli  et  Evangelistae.  In  altare  quoque,  quod 
est  snper  corpus  Beati  Jacobi  Apostoli,  quod  consecratum  fuerat  a  septem 
discipulis  ejus,  quorum  nomina  suDt  haec,  Calocerus,  Basilius,  Pius,  Griso- 
gonus,  Theodorus,  Athanasius,  Maximus,  tamen  nemo  ex  jam  dictis  Episco- 
pis  ausus  fuit  aliquid  in  eo  agere,  nisi  tantum  orationem,  Missamque  can- 
tare.» (España  Sagrada,  tomo  XIV,  pág.  457). — El  interpolador  tuvo  indu- 
dablemente á  la  vista,  además  de  la  Escritura  citada,  otros  documentos  que 
hoy  no  conocemos. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA     195 

tura  de  dotación,  como  era  de  rito  en  semejantes  casos, 
y  expresar  al  mismo  tiempo  sus  profundos  sentimientos 
de  piedad  y  devoción,  quedó,  sin  duda  alguna,  indeleble- 
mente grabado  en  la  memoria  de  todos  los  circunstantes. 

En  este  notabilísimo  Diploma  de  dotación,  D.  Alfon- 
so resumió  todas  las  donaciones  que  había  hecho  á  la 
Iglesia  del  Apóstol  hasta  la  fecha,  y  además  hizo  otras 
nuevas,  que  fueron  las  siguientes:  una  villa  del  Real  Se- 
ñorío en  Montenegro,  que  había  cultivado  un  siervo  pa- 
nadero de  la  Iglesia  Iriense,  llamado  Pedro;  la  villa  de 
Nubolis  ó  Juniolis  con  la  iglesia  de  San  Clemente,  á  ori- 
llas del  Ulla;  la  de  Vitallia;  la  de  Vallaga  (Valga);  en  el 
territorio  de  Braga  una  villa  en  donde  estaba  fundada 
la  iglesia,  de  San  Víctor,  á  orillas  del  río  Ateste,  con  los 
lugares  á  ella  anejos,  Efigies,  Murgoros  y  Palatium;  la  villa 
de  Molendinis,  entre  Braga  y  la  iglesia  de  San  Víctor;  la 
isla  de  Ons  con  la  iglesia  de  San  Martín;  la  de  Arosa 
con  la  de  San  Julián;  la  de  Sálbora  con  su  iglesia;  la 
iglesia  de  San  Vicente  del  Grove;  la  mitad  de  unas  vi- 
llas en  San  Vicente  de  Bama;  en  Presaras  las  iglesias  y 
villas  que  le  había  cedido  el  Abad  Reterico;  y  en  el  con- 
dado de  Sonarla  (Soneira),  la  iglesia  de  San  Julián  en  la 
villa  de  Oneja  y  la  villa  de  Gernio,  de  las  que  le  había 
hecho  donación  Gradino  (1). 

Termina  el  Dipjoma  con  esta  hermosa  deprecación: 
«Recibe,  te  lo  pedimos,  Señor,  esto  que  te  ofrecemos  en 


(1)  Nótese  que  en  esta  Escritura  ninguna  mención  se  hace  de  alhajas, 
vasos  sagrados,  libros  y  ropas  donadas  por  el  Monarca  á  la  Iglesia,  como 
era  de  costumbre  en  tales  ocasiones.  O  se  suprimieron  estas  cláusulas  al 
trasladar  el  original,  ó  D.  Alfonso  consideró  ya  bastante  provista  á  la  Igle- 
sia de  todos  esos  sagrados  objetos. 


196  LIBBO  SEGUNDO 


el  templo  de  tu  gloria,  es  decir,  de  tu  Apóstol  Santiago, 
y  ponemos  en  manos  de  su  Pontífice  Sisnando,  Obispo, 
el  cual  con  nosotros  hizo  esta  obra,  y  trabajando  sin  des- 
canso la  llevó  á  debida  ejecución.  Ratificamos  y  confir- 
mamos cuanto  nuestros  abuelos  y  nuestros  padres  devo- 
tísimamente  ofrecieron,  á  saber:  nuestro  bisabuelo  Al- 
fonso y  nuestro  abuelo  Ramiro,  Príncipes  de  buena 
memoria,  y  nuestro  padre,  el  Príncipe  Ordoño;  los  cua- 
les todos,  con  pura  mente,  hicieron  á  vuestro  santo  altar 
muchos  dones  y  beneficios. » 

«Hecha  la  Carta  de  donación  en  el  año  XXXIII 
del  reinado  del  glorioso  Príncipe  Alfonso,  presentes 
en  medio  de  dicha  iglesia  los  Obispos  y  Condes  el  día 
de  la  consagración  del  templo,  6  de  Mayo  de  la 
Era  DCCCC.XXX.VII  (año  899).»  Siguen  las  subscrip- 
ciones del  Rey  y  sus  hijos,  y  las  de  muchos  Obispos  y 
Proceres  (1). 

El  año  en  que  tuvo  lugar  tan  solemnísima  consagra- 
ción, efecto  de  las  muchas  erratas  de  los  Códices  y  de 
las  de  las  diversas  copias  del  original,  fué  por  bastante 
tiempo  objeto  de  muchas  dudas  é  incertidumbres.  Mora- 
les en  su  Crónica,  lib.  IX,  cap.  VII,  la  pone  en  el  año  873; 
y  en  el  lib.  XV,  cap.  XXV,  en  el  900.  Noguera,  en  el 
Ensayo  cronológico  añadido  á  la  edición  de  Mariana  en 
Valencia,  prefiere  el  año  898.  Flórez,  en  el  tomo  II  de 
la  España  Sagrada,  la  coloca  en  el  año  876;  pero  en  el 
tomo  XIX  (2),  la  fija  definitivamente  en  el  año  899.  Esta 
es  la  única  fecha  admisible,  pues  es  la  en  que  uniforme- 
mente concurren  todos  los  datos  cronológicos  más  claros 


(1)  Véase  la  Escritura  íntegra  en  los  Apéndices,  núm.  XXV. 

(2)  Página  95  y  siguientes. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  197 

y  seguros,  que  ofrecen,  así  la  Escritura  de  dotación,  como 
el  Acta  adjunta  de  la  consagración. 

En  prueba  de  ello,  examínense  estas  dos  notas  crono- 
lógicas que  trae  el  Acta  de  consagración:  Completam  hoc 
est  Era  eongruit  esse  novies  centena  (900)  sexies  sena  (-+-  36) 
addito  tempore  uno  (-H  1),  ó  sea  937;  y  Erectum  in  Regno 
anno  (de  la  Era)  DCGCCIV  ó  sea  el  año  de  Nuestro  Se- 
ñor 866,  nunc  ordinem  credhnus  impletum  volvens  tricesimum 
tertium.  Si  al  año  de  la  Era  DCCCCIV,  ó  año  del  Se- 
ñor 866,  se  añaden  treinta  y  tres,  resultan  años  de  la 
Era  DCCCCXXXVII,  año  del  Señor  899.  Estas  notas 
no  ofrecen  duda,  ni  tergiversación  de  ninguna  clase. 
Por  lo  tanto,  de  los  otros  cómputos  que  traen  la  referida 
Acta  (1),  como  la  interpolación  de  Sampiro  (2),  que  de 
suyo  son  obscuros  y  además  ofrecen  bastantes  variantes, 
no  puede  sacarse  ningún  dato  firme  que  destruya  la 
certeza  que  presentan  las  notas  cronológicas  que  hemos 
aducido  antes. 

Visto  esto,  es  de  extrañar  como  el  P.  Risco  en  el 
tomo  XXXVII  de  la  España  Sagrada  (3),  trató  de  embro- 
llar la  cuestión.  Tampoco  se  ve  la  razón  que  tuvo  para 


(1)  Ideoque  secundo  Nonas.  Maii,  anno  Incarnationis  Domini 
DCCCLXXXXVIIII,  secunda  feria  deducebat  annum  ad  lunae  cursum  III, 
luna  XI...  (España  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  345). 

(2)  In  prima  die,  quae  erat  Nonis  Maii  anno  Incarnationis  Domini 
Era  DCCCCXXXVII,  secunda  feria  ducebat  annum  ad  lunae  cursum  III, 
luna  XI.  (España  Sagrada,  tomo  XIV,  pág.  457). 

En  este  año  de  899  el  Áureo  Número  fué  VII,  y  por  tanto  en  6  de 
Mayo  era  la  luna  XXI,  pues  había  empezado  en  15  de  Abril.  El  ciclo  ó 
curso  lunar  era  IV,  ó  como  entonces  se  solía  escribir  IIII.  El  escribir  III 
en  lugar  de  IIII,  y  XI  en  lugar  de  XXI,  no  es  yerro  en  que  fácilmente 
no  incurriesen  los  copistas  de  entonces. 

(3)  Página  246  y  siguientes, 


198  LIBRO  SEGUNDO 


pretender  (1)  que  se  borrase  de  la  colección  de  Concilios 
el  que  el  Cardenal  Aguirre  puso  en  la  suya  con  este 
título:  Concilkim  ovetense  XVIII  Episcoporum,  praesente  TJieo- 
dulfo  Episcopo  legato  Regís  Francorum.  Era  DCCCCXXXIX, 
id  est  anuo  Christi  DCCCCL  Aquí  se  ve  patente  la  confu- 
sión del  Concilio  celebrado  en  tiempo  de  Teodulfo,  ó  sea 
en  tiempo  de  Alfonso  II,  con  el  celebrado  en  tiempo  de 
Alfonso  III. 

Una  de  las  causas  por  las  que  muchos  autores  se 
vieron  embarazados  para  fijar  el  año  en  que  se  consa- 
gró la  Iglesia  de  Santiago,  fué  la  persuasión  que  ellos 
mismos  se  formaron,  de  que  la  consagración  y  el  Conci- 
lio de  Oviedo  habían  de  celebrarse  bajo  el  pontificado 
de  Juan  VIII,  que  fuera  el  que  otorgara  la  autorización 
para  dichos  actos.  Mas  como  advirtieron,  primero  Mora- 
les y  después  Baronio  (2),  D.  Alfonso  III,  ocupado  con 
las  guerras  civiles  y  con  las  externas,  no  pudo  por  mu- 
chos años,  y  hasta  después  de  muerto  Juan  VIII,  usar 
de  la  autorización  que  este  Pontífice  le  había  concedido. 

Terminada  la  solemnidad  de  la  consagración,  los 
Prelados  asistentes  constituyéronse  en  Concilio  para  oir 
ciertas  reclamaciones  que  presentó  el  Obispo  de  Lugo, 
Recaredo.  Quejábase  este  venerable  Prelado  de  que, 
cuando  en  tiempo  de  D.  Alfonso  II  se  desmembró  su 
Diócesis  para  fundar  el  Obispado  de  Oviedo  (3),  como 
en  compensación  se  habían  sometido  al  régimen  y  juris- 


(1)  Página  252. 

(2)  Ad  ann.  882. 

(3)  Véase  en  el  Cronicón  de  Sampiro,  (España  Sagrada,  tomó  XIV, 
pág.  460),  las  muchas  tierras  que  se  disgregaron  de  la  Diócesis  de  Lugo  y 
aún  de  la  de  Orense,  y  se  incorporaron  á  la  de  Oviedo. 


LOS  TEES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA.  I.  COMPOSTE  LANA  199 

dicción  de  los  Obispos  lucenses  los  territorios  de  las  dos 
Sedes  de  Braga  y  Orense,  mientras  éstas  estuviesen  des- 
pobladas, y  además  se  les  había  reconocido  la  categoría 
de  Metropolitanos.  No  obstante  esta  concesión  de  D.  Al- 
fonso II  y  del  Concilio  celebrado  en  su  tiempo,  para 
Braga  se  había  continuado  nombrando  Obispo  con  la 
consideración  de  Metropolitano;  y  esto  venía  á  consti- 
tuir una  derogación  de  la  prerrogativa  que  en  compen- 
sación se  le  había  concedido;  pues  él  era  el  verdadero 
Metropolitano  de  Braga,  según  lo  dispuesto  por  el  Con- 
cilio ovetense  en  tiempo  de  D.  Alfonso  II.  Lo  mismo  su- 
cedía respecto  de  la  Sede  de  Orense. 

El  Concilio,  y  lo  mismo  D.  Alfonso  III,  atendieron  las 
reclamaciones  del  Prelado  lucense,  y  aún  declararon  que 
eran  razonables  y  fundadas  en  justicia;  pero  parece  que 
se  aplazó  la  resolución  definitiva  para'el  Concilio  que  es- 
taba para  celebrarse  en  Oviedo.  Has,  itaaue,  urbes  et  pro- 
vincias praedictas  (Bracharensem  et  Auriensem),  dice  Don 
Alfonso  en  el  Diploma  que  sobre  el  particular  otorgó  á 
Lugo  el  6  de  Julio  de  899  (1),  vobis  (Recaredo)  condona- 
mus  pro  ipsis  ecclesiis  vestris  et  ^rovinciis,  qiias  Seo.  Salvatori 
Ovetensis  Ecclesiae  subdidinius,  de  quibus  vos,  vestrique 
clerici  conquesti  estis  querimoniam  nobis  obiectam  in 
concilio  episcoporum  et  nobilium  virorum  congregato  in 
apostólica  Ecclesia  Sci.  Jacobi  die  eius  consecrationis; 
in  quo  videlicet  loco  in  praesentia  pene  omnium  qui 
aderant  tantae  dedicationi,  a  vobis  mihi  praesentatam  pre- 
decessoris  mei  domini  Adephonsi  Regís,  etc.. 

Mas,  como  ya  hemos  indicado,  la  resolución  definiti- 


(1)    España  Sagrada,  tomo  XL,  Apéndice  XX,  pág.  395, 


200  LIBBO  SEGUNDO 


va  se  aplazó  para  el  próximo  Concilio  de  Oviedo,  que 
ya  estaba  convocado,  y  que  se  celebró  once  meses  des- 
pués. Por  lo  tanto,  las  Actas  de  lo  acordado  en  Santia- 
go, encabezadas  con  el  Acta  de  la  Dedicación  de  la 
Iglesia,  se  llevaron  á  Oviedo  para  que  allí  las  tuviesen 
presentes  los  Padres.  De  estas  Actas,  no  sin  confundir- 
las con  las  del  primer  Concilio  ovetense,  debió  servirse 
el  interpolador  de  Sampiro,  para  ingerir  en  el  Cronicón 
de  éste,  la  descripción  de  este  Concilio  II  ovetense  y  la 
de  la  consagración  de  la  Iglesia  compostelana  (1). 

En  el  Concilio  de  Oviedo  se  procuró  afirmar  la  auto- 
ridad del  Prelado  de  esta  Iglesia  é  insistir  en  que  Ovie- 
do venía  á  substituir  á  Toledo,  y  que  por  lo  mismo,  con 
arreglo  á  lo  dispuesto  en  el  Concilio  XII  toledano,  todos 
los  Prelados,  incluso  los  Metropolitanos,  debían  de  estar 
sumisos  al  Ovetense. 

Confirmóse  también  en  este  Concilio  II  la  asignación 
que  se  había  hecho  en  el  I  de  iglesias  y  heredades  cerca 
de  Oviedo,  para  que  en  ellas  y  con  sus  rentas  tuviesen 
hospedaje  y  mantenimiento  los  Obispos,  cuando  concu- 
rriesen para  celebrar  Concilio  (2).  Al  Prelado  de  Iria  se 
había  señalado  la  iglesia  de  Santa  María  de  Teneiana  ó 
Tiniana  (Tenejana),  que,  como  hemos  visto  en  el  año  869, 
se  hallaba  desierta  y  casi  del  todo  arruinada. 


(1)  En  el  Tesoro  de  la  Santa  Iglesia  de  Oviedo  también  se  hallaban 
las  Escrituras  del  monasterio  de  Samos.  (Véase  España  Sagrada,  tomo  XL. 
Apéndice  XX,  pág.  401). 

(2)  En  el  can.  V  del  Concilio  VII  de  Toledo,  también  se  dispuso  que 
asistiese  de  continuo  en  la  Sede  regia,  al  lado  del  Rey  y  del  Metropolitano, 
alguno  de  los  Obispos  comarcanos.  Placuit,  ut  pro  reverentia  Principis,  ac 
Begiae  Sedis  honore  vel  Metropolitani...  convicini  Toletanae  Sedis  episcopi... 
singulis  per  annum  mensibus  in  eadem  Urbe  debeant  commorari. 


LOS  TBES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  201 

Respecto  á  la  reclamación  de  Recaredo,  parece  que 
se  acordó  que  mientras  tanto  viviese  Argemiro,  que  era 
el  Metropolitano  titular  de  Braga,  se  le  respetase  la  po- 
sesión de  este  título.  Lo  cierto  es,  que  muerto  Argemiro, 
hasta  la  restauración  definitiva  de  la  Sede  de  Braga,  á 
fines  del  siglo  XI,  no  aparecen  otros  Metropolitanos  bra- 
carenses,  que  los  Prelados  de  Lugo  (1). 


(1)     Véase  sobre  esto  la  nota  manuscrita  que  dejó  Flórez,   publicada  en 
la  segunda  edición  de  la  España  Sagrada,  tomo  XV,  pág.  182. 


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CAPITULO  IX 


Carta  de  D.  Alfonso  III  al  Clero  y  pueblo  de  Tours.  —  Corres- 
pondencia epistolar  entre  el  Papa  Juan  X  y  el  Obispo  Sis- 
nando  I. 


isnando,  con  tantos  edificios,  con  tantas 
instituciones,  había  ensanchado  considera- 
blemente los  confines  del  horizonte  de  la 
naciente  Compostela.  La  antigua  Arca  marmórica  había 
dejado  de  ser  un  montón  de  ruinas  cubierto  de  césped  y 
maleza;  ya  era  más  que  un  Santuario  visitado  incesan- 
temente por  turbas  de  peregrinos  de  todas  clases  y  con- 
diciones; era  un  centro  de  civilización  y  de  cultura,  que 
en  poco  tiempo  se  había  convertido  en  capital  efectiva 
de  la  región  gallega,  tanto  en  el  orden  religioso,  como 
en  el  civil  y  político.  Era  la  residencia  ordinaria  de  los 
Reyes  de  Galicia,  herederos  designados  ó  presuntos  del 
trono  de  Asturias  y  León,  primero  de  D.  Alfonso  III, 
después  de  D.  Ordoño  II  y  luego  de  D.  Sancho  Ordóñez. 
Allí  acudían  los  hijos  de  los  principales  magnates  para 


204  LIBEO  SEGUNDO 


educarse  é  instruirse,  como  Bermudo,  nieto  del  gran 
Oduario,  Conde  de  Castela  y  Orense;  Gutierre,  hijo  del 
Conde  Ordoño  Velázquez,  y  más  tarde  el  propio  D.  Gar- 
cía, hijo  de  Fernando  I.  Allí  se  ventilaban  y  resolvían, 
en  Juntas  ó  Concilios  más  ó  menos  numerosos,  los  más 
arduos  asuntos  eclesiásticos,  que  en  época  de  tanta  agi- 
tación y  de  tanta  zozobra  no  podían  menos  de  surgir  á 
cada  instante.  Allí  hormigueaba  de  continuo  una  nume- 
rosa población  flotante,  en  la  cual  se  veían  mezclados  y 
confundidos  Prelados  con  Clérigos  y  Monjes,  magnates 
y  caballeros,  con  simples  soldados  y  peones  y  artesanos 
y  mercaderes;  señoras  de  altísima  prosapia  con  mujeres 
del  pueblo;  personas  libres  é  ingenuas  con  siervos  y  es- 
clavos; y  todo  esto,  como  detalles  que  se  destacaban  so- 
bre un  gran  fondo,  las  muchedumbres  de  romeros  de 
todas  las  lenguas  y  naciones,  que  acudían  fervorosos  á 
postrarse  ante  la  Tumba  de  Aquel  que  había  bebido,  el 
primero  entre  los  Apóstoles,  del  cáliz  que  hasta  las 
heces  había  apurado  nuestro  Salvador. 

En  el  año  903  apoderáronse  los  normandos  de  la 
ciudad  de  Tours,  y  redujeron  á  cenizas  el  famoso  tem- 
plo de  San  Martín.  No  quedaron  tan  abatidos  los  turo- 
nenses,  que  no  se  propusiesen  al  punto  reedificar  á  toda 
costa  la  Basílica  de  su  glorioso  Patrón;  y  á  fin  de  alle- 
gar recursos,  despacharon  comisionados  á  diversas  par- 
tes de  la  cristiandad  exponiendo  el  aprieto  en  que  se 
hallaban,  y  solicitando  de  la  piedad  de  todos  socorro  y 
ayuda  para  la  obra  que  acababan  de  emprender.  Noti- 
ciosos de  las  virtudes  del  gran  Prelado  de  Iria  y  Com- 
postela,  Sisnando,  y  del  prestigio  de  que  gozaba  en  su 
país,  que  desde  el  tiempo  de  los  suevos  profesara  siem- 
pre profunda  devoción  á  San  Martín,  le  enviaron  dos 


LOS  TEES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  205 

legados,  á  Mansión  y  á  Dato,  para  que  al  mismo  tiempo 
que  recogían  las  limosnas,  le  rogasen  que  apoyase  la 
pretensión  que  traían  para  ante  el  Monarca  español, 
D.  Alfonso  III,  de  recibir  de  él  una  cantidad  alzada  en 
metálico  en  cambio  de  una  preciosa  corona  imperial  de 
oro  y  pedrería,  que  habían  podido  conservar. 

Sisnando  recibió  benignamente  á  los  dos  legados  de 
Tours,  que  á  lo  que  parece  vinieron  por  tierra;  se  enteró 
con  avidez  del  contenido  de  las  misivas  de  que  eran 
portadores;  se  prestó  solícito  á  lo  que  de  él  deseaban  los 
turonenses,  trasmitiendo  á  D.  Alfonso,  eficazmente  re- 
comendadas, las  cartas  que  acababan  de  llegar  á  sus 
manos  (1);  y  no  le  fué  difícil  obtener  del  piadoso  Mo- 
narca una  respuesta  tan  favorable,  como  acaso  no  osa- 
rían esperar  los  de  Tours.  Por  sí  mismo  se  dignó  contes- 
tarles D.  Alfonso,  y  acomodándose  sin  duda  á  su  len- 
guaje, llama  Arzobispo  á  Sisnando,  y  cuenta  los  años, 
no  por  la  Era  española,  sino  por  la  Encarnación  del 
Señor,  que  era  el  cómputo  usual  en  Francia  (2).  Co- 
mienza por  lamentarse  de  lo  que  les  había  ocurrido  con 
motivo  de  la  invasión  de  los  normandos;  les  felicita  y  se 
congratula  con  ellos  por  la  resolución  que  habían  toma- 


(1)  Postquam  eas  (litteras)  ille  (Sisnandus)  gratiose  suscepit,  et  avide 
percurrens  usque  ad  nostram  Clementiam  destinare  solerter  non  pepercit.... 
Ob  id  apostolicam  serení tatem  Sisinandi  intervenistis  ut  hoc  nobis  insinuare 
procuret... 

(2)  De  este  modo  de  expresarse  de  D.  Alfonso,  tan  natural  en   quien 
como  él  se  dirigía  y  contestaba  á  extranjeros,  quiso  valerse  el  P.  Cúper 
(Act.  Sanct.,  tom.  VI  del  mes  de  Julio)  para  insinuar  no  sabemos  qué  rece- 
los acerca  de  la  autenticidad  de  esta  Epístola;  pero  la  prevención  y  la  es- 
crupulosidad excesivas  nada  tienen  que  ver  con  la  crítica. 


296  tIBEO   SEGUNDO 


do  de  restaurar  y  fortificar  convenientemente  la  Basílica 
de  su  glorioso  Patrón;  y,  viniendo  al  punto  concreto, 
que  era  el  principal  objeto  de  la  embajada,  les  dice  que 
él  ante  todo  deseaba  ver  la  corona,  y  les  propone  el  me- 
dio de  remitírsela  sin  peligro  de  ninguna  clase.  A  me- 
diados de  Mayo  de  aquel  año  906,  tenía  pensado,  según 
les  advierte,  enviar  varias  naves  á  Burdeos,  en  las  cua- 
les naves,  que  probablemente  zarparían  de  Gijón,  irían 
algunos  empleados  de  su  Palacio,  que  llevaban  el  encar- 
go de  avistarse  con  su  amigo  el  Duque  de  dicha  ciudad, 
Amalvino.  Para  dicho  tiempo  podrían  ellos  remitir  á 
Burdeos  la  corona  por  Clérigos  de  toda  confianza;  y  des- 
de allí,  en  una  de  las  naves  que  él  mandase,  traerían  á 
España  la  corona  parte  de  los  comisionados  que  la  ha- 
bían conducido  desde  Tours  juntamente  con  algunos  de 
los  empleados  de  su  Palacio.  Vista  la  corona,  al  punto 
se  firmaría  el  contrato  para  su  adquisición;  pero  en  caso 
de  que  no  agradase,  él,  de  todos  modos,  se  manifestaba 
dispuesto  á  remitir  una  considerable  limosna  para  la  fá- 
brica de  la  Iglesia  de  Tours,  y  además  recompensar  bien 
á  los  comisionados  las  fatigas  y  los  gastos  del  viaje. 

Después  de  esto,  pasa  D.  Alfonso  á  contestar  en  su 
Epístola  á  algunas  preguntas  que  habían  hecho  los  tu- 
ronenses  en  las  suyas.  Como  hay  dos  Apóstoles  del  nom- 
bre de  Santiago,  y  entonces,  como  ahora,  la  voz  pública 
llamaba  Santiago,  sin  más  calificativo,  al  Apóstol  que 
se  hallaba  sepultado  en  Arca  marmórica  de  Galicia,  du- 
daban los  turonenses  cuál  era  de  los  dos  Apóstoles  de 
este  nombre,  el  que  tenía  allí  su  sepultura.  D.  Alfonso 
les  contesta  que  lo  que  pueden  tener  por  cierto  es,  que 
el  Apóstol,  cuyo  sepulcro  está  in  Archis  marmoricís  en  la 
provincia  de  Galicia,  no  es  otro  que  Santiago  Zebedeo 


LOS  TBES  PRIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAtf  A  207 

el  Boanerges,  el  que  fué  degollado  por  Herodes  (1).  Tra- 
ta en  seguida  de  explicarles  cómo  vino  á  parar  á  Galicia 
el  Cuerpo  de  Santiago  Zebedeo,  y  habla  también  de  los 
muchos  milagros  que  se  hacían  cabe  el  sepulcro  de  este 
glorioso  Apóstol,  según  él  mismo  había  visto  y  oído  á 
personas  dignas  de  entero  crédito.  Todo  esto  lo  hace 
muy  sumariamente,  porque  los  emisarios  de  Tours  ya 
deseaban  dar  vuelta  á  su  patria,  y  además  tenía  ocasión 
de  enviar  una  relación  extensa  y  detallada  por  los  Clé- 
rigos que  le  trajesen  la  corona  (2). 

No  se  conserva  noticia  del  desenlace  que  tuvo  el 
asunto  de  la  corona;  pero  este  mismo  suceso  demuestra 
el  gran  crédito  de  que  fuera  de  España  gozaba  nuestro 
insigne  Obispo  Sisnando.  Otro  hecho  lo  hace  resaltar 
más,  y  es  el  que  vamos  á  exponer  con  las  siguientes  pa- 
labras del  P.  Flórez  (3):  «Fue  el  caso,  que  el  Papa 
Juan  X  oyendo  la  fama  del  Obispo  de  Compostela,  Sis- 
nando, y  deseando  la  protección  del  Apóstol  Santiago, 
envió  un  legado  al  santo  Obispo  Sisnando,  pidiéndole 
que  en  su  nombre  orasse  al  Santo  Apóstol,  que  le  fuese 
propicio  en  vida  y  en  la  hora  de  la  muerte.  Assi  lo  refie- 
re Baronio  con  Morales;  y  assi  se  halla  también  en  el 


(1)  Certissime  pernoscite  Iacobi  apostoli  Zebedei  Boanergis,  qui  ab 
Herode  decolatus  est,  sepulchrum  habemus  in  Archis  marmoricis  provincia 
Galeciae. 

(2)  Hemos  publicado  textualmente  este  pasaje  déla  Epístola  de  Al- 
fonso III  en  el  primer  tomo,  página  185.  La  Carta  íntegra  la  trae  Flórez 
entre  los  Apéndices  del  tomo  XIX  de  la  España  Sagrada.  Antes  había  sido 
publicada  por  Andrés  Duchesne  entre  las  notas  á  la  Bibliotheca  clunia- 
sertsis,  por  Baluze  en  el  tomo  VII  de  las  Misceláneas  y  por  el  P.  Cúper  en  el 
tomo  VI  de  Julio  de  Acia  Sanctorum.  (Véanse  Apéndices,  núm.  XXVII). 

(3)  Esp.  Sag.,  t,  III,  pág.  273. 


208  tlBBO    SEGUNDO 


Chronicon  Iriense.  El  Obispo  Sisnando  y  el  Rey  D.  Or- 
doño  volvieron  a  enviar  como  Legado  propio  al  mismo 
que  vino;  aunque  según  variedad  de  instrumentos,  pare- 
ce fué  distinto.  En  fin,  el  Legado  se  llamaba  Janelo  o 
Zanelo;  y  el  Rey  le  dio  varios  dones  preciosos  para  el 
Papa.  Recibiéronle  en  Roma  magníficamente,  y  mantú- 
vose allí  un  año  entero.  A  este  tiempo  falleció  el  santo 
Obispo  Sisnando  en  la  Era  958,  año  de  920;  y  por  tanto 
se  debe  reducir  el  principio  de  la  Embajada  al  918  como 
dice  Baronio.» 

Janelo  ó  Zanelo  se  llamaba  el  Legado  que  envió  el 
Papa  en  la  segunda  embajada  hacia  el  año  924  para 
reconocer  y  examinar  los  libros  litúrgicos,  de  que  usaba 
la  Iglesia  de  España.  Que  éste  fuese  también  el  nombre 
,  del  Legado  que  enviaron  á  Roma  Sisnando  y  Ordoño  II, 
no  parece  probable;  pues,  por  más  que  así  lo  llame  el 
Cronicón  Iriense,  es  de  recelar  que  se  hayan  equivocado 
ó  confundido  los  nombres  de  los  Legados.  El  nombre  de 
Janelo  ó  Zanelo  puede  decirse  desusado  en  España. 

Del  Legado  que  envió  Sisnando  á  Roma,  dice  el 
Iriense,  que  al  volver  trajo  consigo  muchos  libros,  que  en 
su  mayoría  serían  litúrgicos.  Collecta  multorum  librorum 
multitudine,  cum  gandió  ad  propria  rediit  (1).  Esto  indica  el 
vuelo  que  había  tomado  la  cuestión,  y  cómo  se  habían 
puesto  en  juego  todos  los  medios  conducentes  para  es- 
clarecerla. Lo  cierto  es  que  estas  gestiones  de  Sisnando 
y  de  su  Legado,  no  pudieron  menos  de  atraer  la  aten- 
ción de  la  Corte  Pontificia  sobre  las  discrepancias  que 
se  notaban  entre  la  Liturgia  española,  que  databa  por 
lo  menos  del  tiempo  de  los  godos,  y  la  que  se  usaba  en 


(1)     Esp.  Sag.,  t.  XX?  pág.  603. 


LOS  TflES  PBIMEBOS  SIGÍLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAKA         209 

las  iglesias  de  Roma;  y  esto  fué  sin  duda  lo  que  provocó 
la  venida  de  nuevos  Legados,  y  por  último  la  legacía  de 
Zanelo  hacia  el  año  924,  para  reconocer  y  examinar 
minuciosamente  los  libros  de  la  Liturgia  española  (1). 

Como  se  trata  de  un  punto  tan  importante,  inserta- 
remos aquí  lo  que  sobre  el  particular  escribe  el  P.  Flórez 
en  el  lugar  citado:  «Después  de  esto  resolvió  el  mismo 
Pontífice  (Juan  X)  volver  enviar  a  Janelo  por  Legado  a 
España,  a  fin  de  reconocer  el  estado  de  la  Religión,  y  en 
especial  el  modo  con  que  se  hacían  los  Divinos  Oficios. 
Según  esto,  se  infiere  que  ya  se  habían  excitado  en  Roma 
los  recelos  sobre  nuestros  Ritos  eclesiásticos.  La  causa  de 
esto  se  puede  atribuir  a  que  por  el  fin  del  siglo  antece- 
dente estuvo  en  España  otro  Legado  llamado  Raynaldo, 
en  tiempo  de  Juan  VIII,  el  cual  extrañaría  el  orden  de 
nuestras  Misas  por  ser  muy  diverso  del  Romano,  y  desde 
entonces  andaría  por  Italia  esta  especie  (2);  que  ahora 
volvería  á  renovar  Janelo  pues  para  todo  Estrangero 
seria  muy  notable  este  punto,  por  no  estar  acostumbrado 
a  tal  Rito.  Al  recelo  de  esta  variedad  se  juntaría  el  de  si 
por  la  mezcla  con  infieles  se  había  introducido  en  los  Mis- 
terios algo  malo:  y  para  salir  de  estos  cuidados  envió  el 
Papa  Juan  X  al  mencionado  Janelo  a  que  lo  reconociese 
puntualmente.    Hízolo  asi,   y  hallando  que  todo  estaba 


(1)  Las  iglesias  de  Galicia,  desde  el  año  538,  habían  adoptado  la  Li- 
turgia romana,  como  resulta  de  la  Epístola  del  Papa  Vigilio  al  Metropolita- 
no de  Braga,  Profuturo.  En  el  Concilio  IV  de  Toledo,  celebrado  en  el 
año  633,  se  ordenó  que  en  todas  las  iglesias  comprendidas  en  el  imperio  de 
los  godos,  como  estaban  entonces  las  de  Galicia,  se  observase  la  Liturgia 
gótica,  llamada  después  muzárabe. 

(2)  Recuérdese  á  este  propósito  lo  que  sucedió  á  San  Metoiio  en  tiem- 
po del  mismo  Papa  Juan  VIII. 

Tomo  II.— 14. 


210  LIBEO  SEGUNDO 


muy  conforme  con  la  fe,  se  alegró  mucho.  Dio  cuenta  de 
ello  al  Papa,  quien  con  todo  su  Colegio  dio  gracias  al 
Señor,  alabando  y  confirmando  aquel  Oficio;  sin  que 
tuviesen  que  advertir  otra  cosa  más,  que  de  allí  adelante 
usasen  de  las  palabras  de  la  Consagración,  de  que  hoy 
usamos,  dejándolas  antiguas»  (1). 

Lo  que  aquí  nos  importa  notar  es,  cómo  en  el  mismo 
documento  en  qué  pormenor  se  refiere  este  suceso  (2),  se 
hace  resaltar,  entre  todas  las  de  su  tiempo  en  España,  la 
gran  figura  del  Obispo  Sisnando.  Dícese,  en  efecto,  para 
indicar  la  época  del  suceso,  que  reinaba  en  Francia.  Car- 
los el  Simple  y  en  León  Ordoño  II,  que  el  Papa 
Juan  (X)  tenía  la  Sede  Romana  y  Apostólica,  y  que  Sis- 
nando presidía  en  la  Sede  Iriénse.  Regnante  carolo  franco- 
rum  Rege  ac  patricio  rome,  et  Ordonio  rege  in  Legione  civitate, 
jhoanes  papa  romanam  et  apostolicam  sedem  tenebat,  Sisenan- 
dus  vero  iliensi  Sedí  rct  mentís  corpus  beati  Jacob  i  apostoli  presi- 
debat,  quotempore,  etc..  En  el  orden  eclesiástico  no  halló  el 
redactor  de  este  documento  personaje  más  conspicuo  y  de 
más  viso  y  categoría,  que  el  Obispo  de  Iria  para  que  pu- 
diese poner  su  nombre  á  continuación  de  los  de  Carlos  el 
Simple,  Ordoño  II  y  Juan  X.  Y  esto  tanto  más  es  de 
ponderar,  cuanto  que  el  documento  no  fué  escrito  en  Gra- 
licia,  ni  en  León,  sino  en  la  Rioja. 

También  podrá  inferirse  de  aquí  la  parte  que  debió 
tener  Sisnando  en  el  asunto  de  la  revisión  y  aprobación 


(l)  Las  antiguas,  o  propias  del  oficio  gótico,  eran:  Hoc  est  Corpus 
meum,  quod  pro  vobis  tradetur]  y  Hic  est  Calix  vovi  testamenti  in  meo  san- 
guine,  qut  pro  vobis  ct  pro  multis  effundetur  in  remissionem  peccatorum. 

('2)  Está  tomado  este  documento  del  célebre  Códice  Einilianense,  que 
se  guarda  en  la  Biblioteca  del  Escorial.  Fué  publicado  con  gran  fidelidad 
en  el  tomo  III  de  la  Esp.  Sag.,  Apénd.  III,  pág.  390. 


LOS  TRES  PEIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  211 

de  la  antigua  Liturgia  española;  porque  aunque  esta 
aprobación  se  dio,  según  la  opinión  más  probable  (1),  en 
el  año  924,  es  decir,  cuatro  años  después  de  muerto  Sis- 
nando,  los  trabajos  previos  y  preparatorios  debieron  co- 
menzar antes,  por  lo  menos  desde  que  el  Legado  que 
nuestro  insigne  Obispo  envió  á  Roma  trajo  de  allá  los 
libros  de  que  habla  el  Cronicón  Iriense.  De  otro  modo  no 
se  ve  razón  por  la  cual  el  autor  de  la  nota  inserta  en  el 
Códice  Emilianense,  citara  el  nombre  de  Sisnando  para 
un  suceso,  que  tuvo  lugar  después  de  su  muerte,  y  en  el 
que  él  no  tuvo  parte  alguna. 

Pero  esto  consta  hoy  de  una  manera  cierta  por  una 
cláusula  de  la  Escritura  que  en  1115  concedió  Grelmírez 
á  San  Martín  Pinario.  Esta  cláusula,  que  omitió  Yepes  en 
el  ejemplar  que  publicó  en  los  Apéndices,  núm.  XII,  del 
tomo  IV  de  su  Coránica  (2),  está  tomada  de  una  copia 
que  á  fines  del  siglo  pasado  se  sacó  del  original  existente 
en  el  archivo  del  citado  monasterio,  y  dice  así:  Qui  fSis- 
nandus)  tantae  sanctitatis  fnít,  quod  a  Romano  Pontífice  Joan- 

nes  Misae  Secreta  recipere  noluit  scriptis  et  nunciis tari  in 

Ecclcsia  Dei,  nisi  quantum  Dominus  Jesús  in  Coena  proprio 
ore  discípulos  docuit  (3). 

(1)  Unos  leen  Era  DCCCCLX'V,  otros  Era  DCCCCLXV,  otros 
Era  DCCCCLII,  que  es  la  lección  más  probable.  (Véase  Flórez,  España  Sa- 
grada, t.  III,  pág.  274  y  siguientes).  Este  ejemplo  nos  demuestra  cuan  oca- 
sionadas son  á  yerros  y  equivocaciones  las  fechas  de  los  documentos  de  la 
Edad  Media.  Y  eso  que  aquí  se  trata  de  un  documento  original  leído  por 
personas  muy  competentes.  La  X  con  rasguillo,  como  es  sabido,  vale  cua- 
renta. 

(2)  El  ejemplar  de  Yepes  está  plagado  de  erratas  é  incorrecciones; 
algunas  de  sus  variantes  son,  sin  embargo,  importantes,  por  estar  tomadas 
en  tiempo  en  que  el  original  estaba  mejor  conservado. 

(3)  La  copia  de  que  está  tomada  esta  cláusula,  es  digna  de  toda  fe,  pues 
se  sacó  con  ocasión  del  pleito  con  el  Duque  de  Arcos. 


212  LIBRO  SEGUNDO 


De  tan  interesante  cláusula  resulta,  que  la  revisión 
y  aprobación  del  rito  de  las  iglesias  de  España  hubo  de 
pasar  entonces  por  varios  trámites,  y  que  se  prolongó  por 
algunos  años.  En  un  principio  el  Papa  Juan  X  (914-928) 
aprobó  el  rito  español  sin  introducir  más  novedad,  que 
en  la  forma  de  la  consagración.  Resistióse  á  esto  el  Obis- 
po de  Compostela,  fundado  en  que  debía  conservarse 
intacta  la  antigua  forma  española,  por  cuanto  no  conte- 
nía más  que  lo  que  por  su  boca  había  enseñado  á  sus 
Discípulos  Nuestro  Señor  Jesucristo;  y  en  apoyo  de  su 
sentir  recurrió  á  Roma  por  medio  de  nuncios  y  alegatos 
(scriptis  et  nanciis).  En  esto,  en  el  año  920,  ocurrió  la 
muerte  de  Sisnando;  y  el  Papa,  á  pesar  de  lo  expuesto 
por  el  Prelado  compostelano,  prefirió  que  en  punto  tan 
esencial  la  Iglesia  de  España  se  conformase  con  la  de 
Roma;  y  en  924  envió  por  segunda  vez  al  Legado  Zane- 
lo  para  que  propusiese  é  hiciese  aceptar  la  corrección 
deseada:  lo  cual  por  entonces,  parece,  no  tuvo  efecto. 


i 


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CAPÍTULO  X 


Estado  de  la  Iglesia  compostelana  bajo  el  pontificado  de  Sis- 
nando  I.— monasterios  de  Antealtares  y  San  Martín  Pina* 
rio.— Montesacro  ó  Picosagro. 


emos  visto  en  la  pág.  182  que  Sis- 
nando  había  aumentado  considera- 
blemente el  número  de  Canónigos 
y  Ministros  de  la  Iglesia  del  Após- 
tol. Entre  tantos  servidores,  era  natural  que  pasado  al- 
gún tiempo,  hubiese  más  de  uno  que  por  su  vejez,  ó  por 
sus  achaques,  quedase  imposibilitado  para  asistir  de 
continuo  al  Coro  y  á  los  divinos  Oficios.  Este  caso,  esta- 
ba previsto  en  el  canon  CXLII  del  Concilio  de  Aquis- 
grán,  que  ordenaba  que  para  los  enfermos  y  para  los 
ancianos,  que  por  ventura  no  tuviesen  casa  propia,  se 
hiciesen  moradas  en  el  claustro  de  los  Canónigos,  en  las 
cuales  pudiesen  más  fácilmente  sobrellevar  los  achaques 


214  LIBEO  SEGUNDO 


é  incomodidades  de  la  vejez  ó  de  la  enfermedad  (1). 

El  Prelado  compostelano,  atemperándose  en  lo  subs- 
tancial á  lo  dispuesto  en  el  Concilio  Aquisgranense,  ha- 
bilitó varias  mansiones,  no  precisamente  en  el  claustro 
canonical,  sino  en  los  monasterios  que  rodeaban  la  Igle- 
sia Apostólica,  y  que  en  cierta  manera  eran  como  sus 
dependencias;  á  las  cuales  mansiones  podían  retirarse 
los  ancianos  y  débiles,  y  aun  los  que  aspirasen  á  hacer 
una  vida  más  recogida  y  penitente.  A  tal  fin  hizo  im- 
portantes obras  en  los  monasterios  de  Antealtares  y  de 
San  Martín,  y  acrecentó  considerablemente  sus  rentas  y 
posesiones  (2).  Lo  que  con  esto  se  proponía  el  prudente 
Prelado  era,  que  los  que  de  entre  los  Canónigos  por  sus 
achaques  ó  por  su  vejez  ó  por  otro  motivo  más  elevado 
deseaban  vivir  en  mayor  retiro  y  sosiego,  pudiesen  ha- 
llarlo, los  más  dignos  y  de  más  categoría  en  Antealtares, 
y  los  otros  en  San  Martín  (3). 

No  se  sabe  á  punto  fijo  lo  que  Sisnando  donó  á  Ante- 


(1)  Debet  tamen  a  Praelato  mansio  infirmorum  et  senura  neri  intra 
claustra  canonicorum,  ut  qui  suam  forte  non  habent,  in  eadem  possint  suam 
aptissime  tolerare  imbecillitatem. 

(2)  De  aquí  nació  el  que  alguno3  autores  atribuyesen  á  Sisnando  la 
fundación  de  dichos  monasterios. 

(3)  Iste  prior  ordinavit  familias  et  decanias,  unamque  suo  servitio  con- 
gruam;  ad  honorem  et  excellentiam  clericorum  intra  tam  dignam  deservien- 
tium  aulam;  ita  ut,  qui  po3tea,  relicta  dignitatis  potentia,  tantum  Deo  vellet 
famulari,  unusquisque,  secundum  sui  gradus  officium,  haberet  et  quietis 
otium;  majoribus  monasterium  Antealtare  cum  titulo  sancti  Petri  sub  ab- 
bate  Ataúlfo;  secundis  et  aequalibus  arcisterium  de  Pignario  cum  sancta 
Maria  et  sancto  Stephano  ac  sancta  Columba  sub  abbate  Guto;  ac  si  minori- 
bus  Lovium;  verum  etiam  minoribus  turrim  competentibus  aedificavit  locis 
et  de  suae  Ecclesiae  bonis  partem  tribuit.  (Escritura  otorgada  en  1115  por 


s 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  2  15 

altares  en  compensación  de  tan  importante  servicio;  si 
bien  es  de  suponer  que  se  estimó  suficientemente  resar- 
cido el  monasterio  por  la  gran  parte  que  tenía  en  las 
ofrendas  presentadas  en  el  Lugar  Apostólico;  las  cuales, 
en  aquella  fecha,  ya  habían  aumentado  considerablemen- 
te. Esto  fué  por  lo  que  á  fines  del  siglo  XI  el  abad  S.  Fa- 
gildo  puso  demanda  al  Clero  Catedral  (1). 

De  lo  que  Sisnando  cedió  al  monasterio  de  San  Mar- 
tín, llamado  en  un  principio  de  la  Gorticella,  hay  en  cam- 
bio una  Escritura,  en  que  se  expresan  y  enumeran  las 
muchas  heredades  y  posesiones  con  que  el  Prelado  quiso 
enriquecer  el  convento  para  aumentar  suficientemente 
sus  rentas  y  recursos.  Donóle,  en  primer  lugar,  con  con- 
sentimiento del  cuerpo  capitular  (cum  omnem  congregatio- 


D.  Diego  Grelmírez  á  San  Martín  Pinario,  y  publicada  por  Yepes  en  el  t.  IV 
de  la  Coron.  gen.  de  San  Benito,  Apénd.  núm.  XII). 

Lo  mismo  dicen  la  Gompostelana  (lib.  I,  c.  2,  núm.  3)  y  el  Iriense  (Espa- 
ña Sagrada,  tomo  XX,  pág.  603). 

Las  decanías  venían  á  ser  granjas,  principalmente  monasteriales,  regi- 
das y  administradas  por  un  prepósito,  y  cultivadas  por  un  número  más  ó 
menos  considerable  de  trabajadores,  que  regularmente  solían  ser  monjes. 
Del  prepósito  dependían  los  decanos  (de  donde  quizás  provino  el  nombre  de 
decanía),  que  mandaban  cada  uno  un  grupo  de  trabajadores.  Es  curioso  lo 
que  de  las  decaníis  dice  San  Fructuoso  en  el  capítulo  VI  de  su  primera  Re- 
gla. «In  operando  haec  ratio  observetur.  Verno,  vel  aestate,  dicta  prima, 
commoneantur  decani  a  praeposito  suo  quale  opus  debeant  excercere,  atqui 
illi  reliquos  admoneant  fratres;  tune  demum,  dato  signo,  sumptis  ferramen- 
tis,  congregentur  in  unum,  factaque  oratione,  pergent  recitantes  ad  opus 
usque  ad  horam  diei  tertiam,  etc..»  (Migne,  Patrol.  lat.,  tomo  LXXXVII, 
col.  1102). 

(1)  Quo  peracto  cum  eodem  Episcopo  (D.  Diego  Peláez)  ante  faciem 
domini  Regis  Adefonsi  (Alfonso  VI)  se  praesentavit  (San  Fagildo),  et  de 
Apostoli  iure,  quod  hactenus  tenuerat,  et  de  altaribus  Sancti  Salvatoris  et 
S.  Petri  et  S.  Joannis  qualiter  eos  in  futurum  peracto  opere  ecclesiae,  obti* 
nere  possent,  causare  coepit. 


216  LIBRO  SEGUNDO 


nem  Sci.  Jacóbi  Apostoli),  la  tercera  parte  del  diezmo  deli- 
ro, ó  de  los  alrededores  de  Santiago;  el  diezmo  íntegro  del 
pomerio  del  palacio  episcopal,  ó  sea  de  los  terrenos  que  le 
estaban  adjuntos,  y  un  ramal  del  acueducto  que  surtía  de 
aguas  á  Santiago.  Dióle  además  la  mitad  de  la  isla  de 
Arosa  con  su  iglesia  y  salinas,  la  iglesia  de  Santa  Eulalia 
de  Arena  Longa  ( Villagarcía) ,  con  la  otra  iglesia  próxima 
de  Alobre  (1),  con  todas  sus  propiedades  y  pertenencias; 
la  iglesia  de  San  Vicente  de  Ogrove  (Grove),  con  sus  sier- 
vos y  sus  propiedades;  la  de  San  Jorge  de  Bellegia  (Vea), 
con  sus  tercias;  el  Monasterio  de  San  Sebastián  de  Mon- 
te Sacro  con  la  iglesia  de  San  Lorenzo,  con  sus  siervos, 
bienes  y  demás  propiedades. 

Sisnando  había  hecho  de  antemano  considerables  me- 
joras en  el  primitivo  monasterio  de  la  Cortkella,  las  cua- 
les le  merecieron  el  título  de  fundador  del  convento.  En- 
tre estas  mejoras,  debemos  contar  la  reedificación  de  la 
iglesia  de  la  Corticela,  en  la  cual  además  de  el  de  la  ti- 
tular, Santa  María,  puso  otros  tres  altares  dedicados  á 
San  Esteban,  San  Silvestre  y  Santa  Columba.  Reedificó 
también,  á  lo  que  parece,  la  casa  de  los  monjes  ó  sea 
la  antigua  casa  de  Besulio  en  el  lugar  de  Pinar io  ó  Piñei- 
ro.  Construyó  en  ella,  ó  junto  á  ella,  un  oratorio  consa- 
grado al  Santo  Obispo  de  Tours,  tan  venerado  en  todo 
el  Noroeste  de  España. 

Todo  esto  confirma  y  cede  Sisnando  al  abad  Gruto 
y  á  sus  monjes  en  una  solemne  Escritura,  que  subscri- 
ben algunos  Obispos  y  varios  Abades  y  Canónigos  de 


(1)     Debía  hallarse  hacia  dónde  hoy  la  quinta  de  los  señores  Marqueses 


de  Villagarcía. 


LOS  TRES  PRÍMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  217 

Santiago  (1).  Fué  otorgado  el  Privilegio  el  19  de  Abril 
de  912  (2);  y  en  confirmación,  poco  tiempo  después,  el 
Rey  de  Galicia  D.  Ordoño  II,  el  27  de  Junio  del  mismo 
año  912,  despachó  otro  solemne  Diploma,  en  el  cual  no 
sólo  ratifica  todo  cuanto  había  concedido  Sisnando,  sino 
que  por  su  parte  amplía  las  donaciones  hechas  por  el 
Prelado  y,  con  su  consentimiento,  añade  otras  nuevas. 
Dona  la  otra  mitad  de  la  isla  de  Arosa;  la  isla  de  Corte- 
gada  con  su  iglesia;  la  iglesia  de  Santa  María  de  Fratríbus 
(Frades,  anejo  de  San  Jorge  de  Vea);  las  villas  de  Antas  y 
Gañón,  y  un  casal  poblado  en  Padrón  á  orillas  del  río 
Sar  (3). 

Esto  había  hecho  Sisnando  por  consideración  á  las 
Dignidades  y  Canónigos  de  Santiago,  que  aspirasen  á 
tener  un  lugar  retirado  en  donde  con  más  facilidad  pu- 
diesen dedicarse  á  la  contemplación,  y  pasar  los  últimos 
años  de  su  vida  recordando  y  llorando  los  extravíos  de  su 
juventud.  Quiso  el  discreto  Prelado  que  los  clérigos  infe- 
riores de  la  Catedral  pudiesen  disfrutar  proporcional- 
mente  del  mismo  beneficio;  y  para  ello  reedificó  la  igle- 
sia de  San  Félix  de  Lovio,  y  levantó  junto  á  ella  una 
casa  que  sirviese  como  de  vivienda  á  los  ministros  jubi- 


(1)  Algunas  de  las  subscripciones  de  Obispos  que  aparecen  en  el  Do- 
cumento, la  de  Oveco  de  Oviedo,  por  ejemplo,  debieron  ser  puestas  posterior- 
mente, al  tiempo  en  que  el  Privilegio  fué  confirmado  por  alguno  de  los  Reyes. 

(2)  Véase  en  los  Apéndices  núm.  XXXII.— Yepes  (t.  IV,  Apéndices), 
lo  publicó  con  la  fecha  Era  DCCCCLI,  ó  sea  año  913;  pero  el  Obispo 
Nausti  de  Coimbra,  uno  de  los  firmantes,  había  ya  fallecido  en  el 
año  anterior;  y  además  esta  donación  debió  de  preceder  á  la  de  D.  Ordoño  II, 
que  se  hizo  en  el  año  912,  pues  de  otro  modo  resultaría  inútil  y  sin   objeto. 

(3)  Yepes,  Coron.  gener.  de  San  Benito,  t.  IV,  Apéndices. 


^18  LIBBO  SEGUNDO 


lados  del  Templo  Apostólico,  y  de  hospedaje  á  los  pobres 
y  peregrinos  (1). 

Aún  se  extendió  á  más  el  celo  caritativo  del  gran 
Prelado.  La  Iglesia  del  Apóstol  contaba  entonces  con 
gran  número  de  siervos,  muchos  de  los  cuales  por  los 
años,  por  el  trabajo  ó  por  accidentes  fortuitos,  se  veían 
imposibilitados  para  ganarse  por  sus  manos  el  sustento 
de  cada  día.  Para  ellos  construyó  también  vivienda  el 
próvido  Sisnando  en  una  de  las  torres  de  las  cercas  de 
la  ciudad,  próxima  á  la  Catedral,  y  señaló  rentas  para 
su  sustentación  (2). 

De  todas  estas  obras,  que,  á  juzgar  por  el  sello  de  ri- 
queza y  magnificencia  que  se  procuró  imprimir  en  todos 
los  productos  del  arte  bajo  el  reinado  de  Alfonso  III,  de- 
bían de  ser  muy  notables  y  de  rela-tiva  importancia,  pue- 
de decirse  que  nada  ha  quedado.  Únicamente  el  tímpano 
de  la  puerta  de  la  iglesia  de  San  Félix,  que  tiene  escul- 

(1)  El  P.  Yepes  (Coron.  gener.  de  San  Benito,  t.  IV,  al  año  835,  capí- 
tulo III),  cita  una  Escritura,  por  la  cual  el  Presbítero  Frarigo  donó  la  terce- 
ra parte  de  la  aldea  de  Girantes  ad  illos  fratres  de  homo.  Añádese  en  esta 
Escritura  que  Frarigo  encomendó  el  gobierno  de  la  casa  de  Lovio  al  Abad 
de  San  Martín,  Guto.  Falta  saber  si  este  Lovio,  de  que  habla  Yepes,  es  el 
mismo  que  el  Lobio  que  reedificó  Sisnando;  lo  cual  nos  parece  poco  probable. 

Algunos  quisieron  también  identificar  á  San  Félix  de  Lobio  con  el  mo- 
nasterio de  San  Pedro  de  Afora;  pero  ambas  iglesias  siempre  fueron  distin- 
tas é  independientes  la  una  de  la  otra. 

(2)  Et  Lovium  ad  susceptionem  pauperum,  ubi  nunc  ecclesia  Sci.  Fe- 
licis  est  constituía;  et  sedes  ad  suscipiendos  pauperes  de  familia  tam  viros 
quam  feminas  inter  turres;  et  de  redditibus  Ecclesiae  pro  posse  sustentabat 
eos.  (Cron.  Iriense  en  el  t.  XX  de  la  España  Sagrada,  pág.  603). 

La  Compostelana  nada  habla  de  esta  especie  de  hospicio  establecido  en 
las  torres  de  la  ciudad,  pues  lo  confunde  (España  Sagrada,  t.  XX,  pág.  11), 
con  la  casa  edificada  junto  á  San  Félix  de  Lobio.  Tanto  el  Iriense,  como  Don 
Diego  Gelmírez  en  la  Escritura  otorgada  á  San  Martín  en  11 15,  distinguen 
claramente  un  establecimiento  de  otro. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  k219 

pida  en  bajo  relieve  una  cruz  procesional,  hoy  cubierta 
por  una  espesa  capa  de  cal  y  argamasa,  parece  de  esta 
época. 

A  otro  punto  importante,  cual  era  la  sabia  adminis- 
tración de  la  hacienda  de  la  Iglesia,  dirigió  al  mismo 
tiempo  su  celosa  atención  el  Obispo  Sisnando.  Según  el 
Cronicón  Iriense  mandó  hacer  un  apeo  ó  inventario  de  to- 
dos los  bienes,  estableció  un  plan  de  administración  for- 
dinav't  omnia  hona),  y  puso,  por  consiguiente,  personas 
que  conforme  á  él  los  administrasen  (1).  En  este  espi- 
noso trabajo  debieron  servirle  de  poderosos  auxiliares  los 
notarios  que  tenía  nombrados,  entre  los  cuales  conocemos 
á  los  Canónigos  Hermemiro,  Elias  y  Alfonso. 

Hemos  dicho  en  la  página  216  que  entre  las  iglesias 
que  Sisnando  donó  al  Monasterio  de  San  Martin,  se  con- 
taban las  de  San  Sebastián  y  San  Lorenzo  de  Monte- 
sacro  ó  Picosagro.  Veamos  ahora  el  origen  y  comienzos 
de  estas  dos  iglesias. 

Refiere  el  interpolador  de  Sampiro,  que  al  otro  día 
de  la  consagración  de  la  Iglesia  de  Santiago,  los  Obis- 
pos concurrentes  defiriendo  á  los  deseos  del  Rey  D.  Al- 
fonso, se  encaminaron  al  monte  Ilicino  ó  Sacro,  para  con- 
sagrar la  iglesia  de  San  Sebastián,  que  sobre  la  cumbre 
había  edificado  Sisnando  I  (2). 


(1)  Deinde  supradictus  Sisnandus  Pontifex,  vir  religiosus  ac  castus, 
ordinavit  omnia  bona  quaecumque  potuit  scire  et  intelligere  in  Ecclesia  sua 
tam  de  clero,  quam  de  familia,  et  de  omni  bonitate.  (España  Sagrada,  t.  XX, 
página  603). 

(2)  Peracta  die  Dedicationis,  praedicti  Pontífices  jussu  Regis,  secus 
numen  Ulia  in  monte,  qui  ab  antiquis  vocabatur  Ilicinarius,  consecraverunt 
ecclesiam  in  honorem  Sancti  Sebastianii  Martyris.  (España  Sagrada, 
tomo  XIV,  pág.  457). 


•220  LIBEO  SEGUNDO 


El  objeto  que  se  propusiera  el  piadoso  Prelado  al 
construir  esta  iglesia,  nos  lo  expresa  él  mismo  en  la  Es- 
critura en  que  anejó  el  nuevo  templo  al  Monasterio  de 
San  Martín  Pinario.  Quería  continuar  en  el  Ilicino  la 
obra  de  purificación,  que  habían  iniciado  los  Discípulos 
de  nuestro  Apóstol  al  rociarlo  con  agua  bendita,  y  al 
destruir  el  centro  de  abominación  y  culto  infernal  que 
allí  tenía  establecido  el  Demonio  (1). 

Terminada  y  consagrada  la  obra,  Sisnando  la  puso  al 
cuidado  de  un  piadoso  presbítero  llamado  Leodulfo,  el 
cual,  obedeciendo  á  las  instrucciones  que  había  recibido 
del  Prelado,  fué  trabajando  con  todo  ahinco  para  pro- 
veer la  nueva  iglesia  de  los  objetos  necesarios  al  servicio 
del  culto,  y  crearla  recursos  suficientes  para  cuando  lle- 
gase el  caso  de  establecer  allí  una  comunidad  de  religio- 
sos. El  espacio  que  ocupa  la  iglesia  y  el  pequeño  atrio 
que  la  rodea,  se  excavó  en  la  roca  y  en  los  duros  peñas- 
cos de  que  está  erizado  aquel  vericueto  (2).  La  casa  pa- 
ra los  religiosos,  se  construyó  en  la  vertiente  meridional 
y  como  á  unos  cuatro  metros  más  abajo  del  nivel  del 
atrio.  (3) 

Al  hacer  entrega  Leodulfo  á  Sisnando  de  la  casa 


(1)  In  honorem  domini  nostri  Iesu  Xpisti  et  in  honore  gloriosi  Marti - 
ris  Sebastiani  edificamus  ecclesiam  sub  umbráculo  et  alis  et  sub  protectio- 
ne  beati  Jacobi  et  nostri  pontificatus  labore  nostro  et  expensa  nostra,  in 
monte  quod  quondam  lllicinus  dictus  est,  post  adven tum  Sci.  Jacobi  mons 
sacer  est  appellatus,  qui  a  septem  pontificibus,  discipulis  bti.  Jacobi,  as- 
persus  sacramento  salis  et  aque,  et  ab  omni  spurcitia  diaboli  et  flatu  pesti- 
feri  draconis  purgatus. 

(2)  De  esta  iglesia  actualmente  sólo  se  conserva  el  ábside  y  parte  del 
muro  lateral  del  Norte. 

(3)  "En  este  sitio,  en  una  extensa  zona,  se  han  hallado  carbones,  gran- 
des capas  de  ceniza  y  restos  de  vasijas  de  barro. 


LOS  TBES  PRIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA 


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222  LIBRO   SEGUNDO 


é  iglesia,  recontó  lo  que  él  con  su  industria  y  trabajo 
(propriis  manibus  auxiliante  Domino  lahoravi)  había  adquiri- 
do, ó  recibido  en  oblación  de  los  fieles  (seu  quod  ex  populo 
ibidem  obtulerunt).  Contáronse  entre  estas  cosas  un  salte- 
rio, un  oracionario,  un  pasionario,  un  comicum  (1),  un  ma- 
nual, una  campanilla  de  plata,  cuatro  mantas,  cinco  col- 
chones de  pluma,  una  alfombra,  seis  camas,  diez  sillas, 
ocho  mesas,  ocho  fuentes,  quince  tazas,  tres  arcas,  diez 
cubas,  tres  cubos,  diez  bueyes,  veinte  vacas,  diez  yeguas, 
treinta  ovejas,  y  la  mitad  de  un  pomar  que  había  com- 
prado á  Belesario  en  el  lugar  de  Palacio  ó  Pazo  de 
Sudares. 

Cuando  Sisnando  juzgó  que  ya  estaba  todo  dispuesto 
para  que  allí  pudiera  instalarse  una  comunidad  de  Re- 
ligiosos, dotó  la  iglesia  con  terrenos  suficientes  para 
esparcimiento  y  sustento  de  los  monjes  para  las  nece- 
sidades del  culto  y  para  socorro  de  los  pobres  que  allí 
se  acogiesen.  Mas  abajo,  en  la  misma  montaña,  en  la 
vertiente  que  mira  al  Este  y  como  á  un  kilómetro,  ha- 
bía edificado  otra  iglesia  dedicada  á  San  Lorenzo,  la 
cual  quiso  que  también  fuese  servida  por  los  monjes  de 
San  Sebastián.  Señaló  el  coto  ó  términos  de  ambas  igle- 
sias, comenzando  por  el  lugar  de  Artillar io  ( Ardilleiro) , 
que  está  al  Este,  siguiendo  hacia  el  Norte,  hasta  tocar  en 
la  parroquia  de  Sergude,  continuando  por  el  Oeste  hasta 
el  lugar  de  Bebordellum  (Rebórdelo),  en  la  parroquia  de 


(1)  El  libro  Comicum,  Comes,  Comitis,  Commicum,  era  el  que  contenía 
las  profecías,  las  epístolas  y  los  evangelios  que  se  recitaban  en  la  Misa. 
Véase  el  interesante  opúsculo  que  publicó  el  Sr.  Villa-Amil  (Madrid,  1874) 
intitulado:  Loa  Códices  de  las  Iglesias  de  Galicia. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAÍÍA  223 

Lestedo  (1),  y  subiendo  desde  aquí,  hasta  montar  la  sie- 
rra y  llegar  al  lugar  de  Ardilleiro  (2). 

Sisnando  ofreció,  además,  á  la  iglesia  de  San  Sebastián 
tres  cálices,  uno  de  ellos  con  su  patena  (paropsidej  de 
plata,  una  cruz  y  una  caja  de  plata,  una  campana,  una 
campanilla  de  plata  apreciada  en  seis  sueldos  que  tenía 
esculpido  su  nombre,  dos  frontales,  paños  para  encima 
del  altar,  dos  mantos,  dos  velos  para  suspender  á  la  en- 
trada del  ábside,  dos  casullas,  tres  estolas,  un  libro  de 
Ordinum  Sacerdotalium ,  un  Geroncio  y  un  tercero,  con  la 
misa  y  pasión  de  San  Sebastián. 

•  Donó,  por  último  Sisnando,  las  penas  ó  multas  (Clamo- 
res), en  que  incurriesen  los  habitantes  del  coto,  y  dos  ter- 
ceras partes  del  Voto  de  Santiago  que  se  pagaba  por  las 
heredades  del  mismo  coto. 

Con  esto  ya  el  venerable  Prelado  tenía  todo  lo  nece- 
sario para  la  fundación,  es  decir,  rentas  para  el  sustento 
de  los  monjes,  é  iglesia  ó  iglesias  surtidas  de  lo  más  indis- 


(1)  En  este  lugar  se  reunía  ya  entonces  el  Clero  y  el  pueblo  para  can- 
tar las  Letanías. 

(2)  La  sierra  del  Picosagro  forma  una  prolongada  loma  que,  como  una 
colosal'trinchera,  se  extiende  de  N.  á  S.  por  espacio  de  unas  tres  leguas  y 
divide  lo  que  llamamos  Ulla  alta,  de  la  Ulla  baja.  Describe  un  arco,  cuya 
parte  convexa  mira  al  Poniente.  Atraviésala  el  río  Ulla  en  el  famoso  paso 
de  S.  Juan  da  Coba.  Al  extremo  N.  yérguese  hasta  unos  500  metros  sobre 
el  nivel  del  mar,  un  empinado  cerro,,  casi  cónico,  que  es  el  Monte  Sacro  pro- 
piamente dicho.  En  el  extremo  opuesto  hay  otro  agudo  picacho,  sobre  el  que 
estuvo  edificado  el  castillo  de  Cira,  propiedad  del  Excmo.  Sr.  Duque  de  Te- 
rranova.  Entre  ambos  extremos  surgen  de  trecho  en  trecho  sobre  la  loma 
informes  grupos  en  los  que  se  ven  como  al  azar  hacinados  asperísimos  pe- 
ñascos, ya  de  cuarzo  medio  cristalizado,  ya  de  formación  basáltica. 

Sobre  la  loma  y  como  á  media  altura  del  cerro  del  N.,  está  la  iglesia  de 
San  Sebastián;  la  de  S.  Lorenzo  está  ya  en  el  declive  de  la  loma  por  el  lado 
del  Este. 


224  LIBBO  SEGUNDO 


pensable  para  el  culto.  Por  lo  tanto,  hizo  extender  la  es- 
critura de  fundación,  que  publicó  el  P.  Yepes,  en  el 
tomo  IV  de  la  Coronica  general  de  S.  Benito  (1),  y  encomen- 
dó á  Nantemiro  Gruto  y  al  buen  presbítero  Leodulfo  el 
cuidado  de  ejecutarla  en  todos  sus  detalles  (2). 

Estas  eran  las  iglesias  de  San  Sebastián  y  San  Lo- 
renzo de  Montesacro,  que  Sisnando  había  donado  á  San 
Martín;  pero  no  por  pura  donación,  sino  para  que  el  abad 
Guto  tuviera  á  su  cuidado  la  dirección  del  monasterio 
de  San  Sebastián,  y  el  procurar  que  en  él  estuviese  siem- 
pre en  vigor  y  en  observancia  la  disciplina  monástica  (3). 
Tal  era  la  confianza  que  el  Prelado  tenía  en  la  pruden- 
cia y  en  las  virtudes  de  Gruto,  que  quiso  que  el  monaste- 
rio de  San  Sebastián  para  nada  dependiese  de  la  jurisdic- 
ción del  Diocesano,  y  que  en  todo  estuviese  sujeto  á  la 
autoridad  del  Abad  de  San  Martín  (4).  Y  como  la  expe- 
riencia enseñaba  que  en  los  monasterios  pobres  difícil- 
mente se  conservaba  por  mucho  tiempo  la  rigidez  de  la 


(1)  Apéndices,  núm.  XIV. 

(2)  Commendamus  jam  dictum  locum  cuín  omnia  quidquid  ibidem  per- 
tinet  Nantemiro  pro  cognomento  Guto  et  Leodulpho  presbytero,  qui  coa- 
dunen ibi  fratres,  qui  in  vita  sancta  juvante  Domino  persistant,  et  habeant 
ipsum  locum  firmiter  absque  alicujus  dominatione. 

Yepes  pone  por  fecha  la  era  DCCOCLII,  año  914;  mas  como  esta  Escritu- 
ra debe  ser  anterior  á  la  en  que  Sisnando  anejó  este  Monasterio  al  de  San 
Martín,  año  912,  creemos  que  su  verdadera  debe  colocarse  en  el  año  904. 
(Véanse  Apéndices,  núm.  XXVI). 

(3)  Ut  per  ipsius  abbatis  (Guto)  institutionem  et  ipsius  monasterii 
(Sci.  Martini),  ut  mittant  ibi  fratres  presbyteros  in  regula  sancta  in  praedi- 
cto  monasterio  Sci.  Sebastiani. 

(4)  Et  tam  ipsum  monasterium  (Sci.  Sebastiani),  quam  omnes  adjunc- 
tiones  suas  ab  omni  fisco  Regis,  et  ab  omni  debito  nostre  Sedis  absolvimus 
in  perpetuum. 


LOS  TEES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  225 

vida  monástica,  para  que  el  nuevo  monasterio  no  resulta- 
se gravoso  al  de  San  Martín,  ni  sus  monjes  se  viesen  pre- 
cisados á  preocuparse  por  otros  cuidados  extraños  á  su 
profesión,  lo  dotó  espléndidamente,  como  se  ve  por  la  Es- 
critura en  que  otorgó  su  anexión.  Cedióle  dos  terceras 
partes  de  los  Votos  (1)  que  se  pagaban  á  la  Iglesia  de 
Santiago    en   las   siguientes    parroquias    del   contorno: 
de  Seo.  Mámete  (San  Mamed  de  Bivadulla),  de  Sea.   Cruce 
(Santa  Cruz  de  Rivadulla),  de   Villanova  (San  Pedro  de 
Vilano  va),  de  Seo.  Xpistoforo  (San  Cristóbal  de  Merín), 
de  Seo.  Miehaele  (San  Miguel  de  Sarandón),  de  Sea.  Eulalia 
Vetereo  (Santa  Eulalia  de  Vedra),  de  lalobre  (San  Andrés 
de  Trobe),  de  Talegio  (Santa  María  de  Teo),  de  Vaamun- 
di  (Santa  María  de  Vaamonde),  de  Seo.  Andrea  (San  An- 
drés de  Illobre),  de  Seo.   Iuliano  (San  Julián  de  Sales), 
de  Seo.   Felice  (San  Félix  de  Sales),   de  Lestedo   (Santa 
María  de  Lestedo),  de  Sergudi  (San  Verísimo  de  Sergu- 
de),  de  Lamas  (Santa  María  de  Lamas),  de    Vigo   (San- 
ta Eulalia  de  Vigo),  de  Laureda  (San  Pedro  de  Loure- 
da),  de  Gradanes  (Santa  Marina  de  Castrar?),  de  Pre- 
vidinos    (Santiago    de    Previdiños),    de    Foganes    (San 
Verísimo  de  Foxás),  de  Aural  (Santa  María  de  Oural), 
de  Minuci  (San  Lorenzo  de  Pousada?),  de  Castro  (San 
Miguel  de  Castro),  de  Vilar  (San  Miguel  de  Vilar),  de  Co- 
dession  (Santa  Eulalia  de  Codeso),  de  Buqueison  (San  Vi- 
cente de  Boqueixón),  de  Sea.  Marina  (Santa  Marina  de 
Sucira),  y  de  Asnois  (San  Julián  de  Arnois)  (2).  Era  obli- 


(1)  La  otra  tercera  parte  la  reservó  para  el  monasterio  de  San  Juan 
da  Coba. 

(2)  En  casi  todas  estas  parroquias  se  descubren  vestigios  de  muy   re- 
mota antigüedad.  Así  en  Vedra  y  en  San  Miguel  de  Sarandón,  se  hallaron 

Tomo  II.— 15. 


226  LIBEO   SEGUNDO 


gación  de  los  presbíteros  ó  clérigos  de  estas  parroquias, 
el  lle.var  anualmente  á  San  Sebastián  los  votos  ó  rentas 
que  a  cada  una  correspondiesen;  de  los  cuales  votos  así 
reunidos  se  había  de  deducir  una  tercera  parte  para  San 
Juan  da  Gota,  cuya  iglesia,  según  el  Arzobispo  D.  Pedro 
Helias,  había  reedificado  el  mismo  Sisnando.  Dióle,  ade- 
más, parte  en  varias  penas  pecuniarias  de  las  que  se  co- 
braban en  Iria,  en  el  Giro  ó  alrededores  de  Santiago,  en 
Montaos,  en  Cercedello  ó  Sabugueira,  en  Rivadulla,  en 
Tabeirós  y  en  Vea,  y  cierta  renta,  seis  cuartales  de  trigo, 
en  el  lugar  de  Cornado  de  Sub  vereda,  que  debe  ser  el  de 
Cornado,  en  la  paroquia  de  San  Félix  de  Sales.  Consig- 
nó, por  último,  para  servició  del  monasterio,  á  dos  fami- 
lias de  esclavos,  á  Daniel  con  su  mujer  Fragundia  y  sus 
hijos,  y  á  otro  Daniel  con  su  mujer  Gota  y  sus  hijos. 

Otorgóse  esta  notable  Escritura  que  puede  verse  en 
los  Apéndices,  número  XXXV,  el  1.°  de  Febrero  del 
año  914.  Está  subscripta  por  veintiocho,  entre  presbíteros 
y  diáconos,  que  probablemente  todos  eran  Canónigos  de 
Santiago,  incluso  el  notario  Elias. 


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sepulturas  antropomórficas,  labradas  en  la  peña;  en  Trobe  y  en  Teo,  sarcófa- 
gos de  granito;  en  Vilanova,  un  capitel  de  mármol  del  siglo  IV  ó  V;  en  Les- 
tedo,  restos  de  una  cruz  de  mármol  de  hacia  los  siglos  VI  ó  VII;  en  Arnois, 
un  sepulcro  de  Santa  Paderjia  ó  Paterna,  que  parece  del  siglo  IX  ó  X,  etc.. 


CAPITULO  XI 


Fin  del  reinado   de  D.   Alfonso  III,    y  comienzos 
del    de  D.   Ordoño   II. 


E  los  documentos  expedidos 
en  la  regia  Cancillería  de 
D.  Alfonso  III  en  los  últi- 
mos diez  años  de  su  vida,  ó  sea  en  los  diez  primeros  del 
siglo  X,  muy  pocos  son  los  que  nos  quedan;  pero  en  casi 
todos  ellos  aparece  el  nombre  de  Sisnando.  Así  en  el 
año  902  subscribe  el  Diploma  que  D.  Alfonso  otorgó  al 
monasterio  de  Samos,  y  en  el  905  el  otorgado  á  la  San- 
ta Iglesia  Ovetense. 

En  un  Privilegio  concedido  á  29  de  Enero  del  año  915 
á  la  Iglesia  de  Santiago  por  D.  Ordoño  II,  se  dice  que  su 
padre,  D.  Alfonso  III,  había  ampliado  el  coto  de  la  Iglesia 
Compostelana,  tanto  por  la  parte  del  Tambre,  como  pol- 
la del  Ulla,  hasta  doce  millas  de  radio.  La  donación  de 
Alfonso  III,  cuya  Escritura  ha  desaparecido,  se  limitó, 


228  LIBRO  SEGUNDO 


pues,  á  extender  el  radio  por  el  Sur  y  por  el  Norte.  Su 
hijo  D.  Ordofio,  según  luego  veremos,  lo  extendió  tam- 
bién hasta  doce  millas  por  el  Oriente  y  por  el  Poniente. 

Otras  adquisiciones  logró  por  este  tiempo  la  Iglesia 
Compostelana,  y  entre  ellas  la  que  se  registra  en  el 
Tumbo  C,  fol.  142.  El  presbítero  Viliulfo  que  había  edi- 
ficado, ó  quizá  reedificado  la  iglesia  de  San  Juan  en  el 
lugar  de  Penséllo,  á  la  falda  del  Lartito  y  á  orillas  del 
Selo,  en  el  territorio  de  Braga,  y  reunido  en  ella  una 
comunidad  de  Monjes,  la  ofrece  con  todas  sus  posesiones 
al  Apóstol  Santiago,  inclusas  las  cruces,  los  cálices,  las 
coronas,  los  libros,  los  cortinajes  y  demás  indumentaria 
sagrada,  y  los  lechos,  mesas,  cátedras,  bancos  ó  compendía- 
les, cubas  y  todo  el  mobiliario  necesario  para  servicio  de 
los  Monjes.  Datóse  la  Escritura  en  4  de  Marzo  de  908, 
y  está  subcripta  por  los  abades  Gundesindo,  Hermerote 
y  Adaulfo  (1),  y  por  varios  presbíteros  y  diáconos  que 
sin  duda  eran  Canónigos  de  Santiago  (2). 

En  su  largo  y  azaroso  reinado,  había  recibido  D.  Al- 
fonso III  muchos  desengaños  de  los  hombres;  estábale 
reservado  para  sus  últimos  años  el  experimentar  hasta 
dónde  llegaba  la  ingratitud  y  deslealtad  de  sus  propios 
hijos  y  aún  de  su  esposa  D.a  Jimena.  Su  hijo  primogéni- 
to, D.  García,  celoso  acaso  de  la  preferencia  que  D.  Al- 
fonso había  dado  al  segundogénito  D.  Ordoño,  nombrán- 
dole Rey  de  Galicia,  estimulado  por  su  madre  Doña 
Jimena,  apoyado  por  su  suegro  el  Conde  de  Amaya,  Don 
Munio  Fernández,  y  secundado  por  sus  hermanos,  levan- 


(1)  Los  nombres  de  estos  tres  abades  aparecen  en  varios  documentos 
compostelanos  de  aquel  tiempo.  Adaulfo  se  llamaba  el  Abad  de  Antealtares. 

(2)  Véanse  en  los  Apéndices,  núm.  XXVIII. 


LOS  TBES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         229 

tó  el  estandarte  de  la  rebelión  y  trató  de  privar  á  su  pa- 
dre del  trono.  Acaso  no  le  habría  sido  difícil  á  D.  Alfon- 
so el  sofocar  la  rebelión  de  sus  denaturalizados  hijos; 
pero  prefirió  dedicar  lo  que  le  restaba  de  vigor  y  de 
fuerza  á  otras  empresas  más  gloriosas  y  patrióticas,  que 
la  de  teñir  su  siempre  vencedora  espada  en  la  sangre  de 
los  mal  aconsejados  rebeldes,  que  al  fin  y  al  cabo  era  la 
suya  propia.  Rasgó  su  pecho  como  el  ave  de  la  fábula 
para  que  pudiesen  vivir  sus  hijos.  Pensó  quizás  que  á 
sus  años  no  le  faltaba  más  que  la  más  difícil  de  las  vic- 
torias, la  de  vencerse  a  sí  mismo;  y  renunciando  á  soste- 
ner por  más  tiempo  el  Cetro,  quiso  probar  si  podía  ser 
tan  buen  subdito,  como  había  sido  glorioso  Monarca. 

Su  primer  acto  después  de  la  renuncia  ó  deposición, 
fué  venir  á  Compostela  y  presentar  como  oblación  pura 
ante  el  Altar  del  Patrón  de  España  el  sacrificio,  que  con 
magnánima  resolución  acababa  de  hacer  de  su  amor  pro- 
pio (1).  Vuelto  á  Astorga,  suplicó  á  su  hijo  D.  García 
que  le  permitiese  otra  vez  más,  guerrear  con  los  Sarrace- 
nos; y  reunido  un  gran  ejército,  corrió  con  él  las  tierras 
de  los  Moros,  causando  grandes  estragos  y  obteniendo 
señaladas  victorias.  ¡Digno  fin  de  su  gloriosa  carrera!  Al 
llegar  á  Zamora  de  vuelta  de  su  expedición,  falleció 
en  910,  de  muerte  natural,  á  los  62  años  de  edad  y  44 
de  reinado  (2).  En  sus  últimos  momentos  no  se  olvidó  de 


(1)  Ipse  (Adephonsus)  autem  causa  orationis  ad  Sanctum  Jacobum  Rex 
perrexit...  (Cron.  de  Sampiro  en  el  tomo  XIV  de  la  España  Sagrada,  pá- 
gina 461). 

(2)  Inde  (Sto.  Jacobo)  reversus,  Astoricam  venit,  atque  á  filio  suo  Gar- 
seano  petivit  ut  adhuc  vel  semel  Sarracenos  persequeretur;  et  multo  agmine 
aggregato,  multas  strages  fecit,  et  cum  magna  victoria  regressus  est,  atque 
Zemoram  veniens  proprio  morbo  decessit.  {Cron.  de  Sampiro,  loe.  cit.) 


230  LIBBO  SEGUNDO 


Santiago,  y  sin  duda,  de  los  despojos  de  su  victoria  se- 
paró 500  monedas  de  oro,  que  entregó  al  Obispo  de  As- 
torga,  San  Genadio,  para  que  éste  las  llevase  ó  enviase 
como  ofrenda  á  la  Iglesia  del  Apóstol  (1). 

Con  la  muerte  de  D.  Alfonso,  quedaron  sus  hijos  li- 
bres del  remordimiento  que  debía  causarles  el  ver  des- 
pojado por  ellos  mismos,  y  errante,  al  que  había  sido 
autor  de  sus  días.  D.  García  se  había  posesionado  de 
León,  D.  Fruela  de  Asturias,  y  D.  Ordoño  se  quedó  en 
Galicia. 

D.  Ordoño  no  debió  entrar  en  la  conspiración  que 
hicieron  sus  hermanos  para  destronar  á  D.  Alfonso.  Ha- 
bía recibido  de  su  padre  señaladas  muestras  de  predi- 
lección, para  que  así  se  las  pagase  con  tan  negra  ingra- 
titud, del  todo  incompatible  con  su  excelente  índole. 
Algunos  años  antes  de  su  muerte  y  aún  de  declarada  la 
rebelión,  quizás  en  906,  D.  Alfonso  atendiendo  á  lo 
noble  y  belicoso  de  su  carácter,  quiso  compartir  con  él  los 
cuidados  del  Poder  Real,  y  lo  declaró  Rey  de  Galicia  (2). 

Para  demostrar  D.  Ordoño  que  era  muy  digno  de  la 
confianza  que  en  él  había  puesto  su  padre,  al  frente  de 
un  numeroso  ejército,  que  había  reunido  y  organizado 
en  Galicia,  rompió  por  tierra  de  Moros,  atravesó  el 
Tajo  y  el  Guadiana,  y  siguió  devastando  é  incendiando 
campos,  aldeas  y  villas,  y  todo  cuanto  encontraba  á  su 


(1)  Esto  no  pudo  llevarse  á  efecto  hasta  algunos  años  después  por  la 
mala  voluntad  del  Rey  D.  García. 

(2)  Quem  profecto  Ordonium  insignem  militem  Aldefonsus  pater, 
magnus  et  gloriosus  Rex,  vivens  Galliciensum  provinciae  praefecerat...  Erat 
namque  (Ordonius)  in  onini  bello  providus  ac  prudentissimus;  in  Civibus 
justus  et  inisericordissimus...  (Gron.  del  Silense,  en  el  tomo  XVII  de  la  Es- 
paña Sagrada,  pág.  294). 


LOS  TEES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  231 

paso,  hasta  que  logró  penetrar  en  Sevilla,  por  la  puerta 
de  Regel.  Desde  aquí,  dio  vuelta  cargado  de  despojos  y 
trayendo  consigo  un  gran  número  de  cautivos,  y  esta- 
bleció su  campo  en  la  ciudad  de  Viseo  (1). 

De  esta  manera  inauguró  su  reinado  D.  Ordoño  II; 
y  cuando  en  Diciembre  de  910  falleció  su  padre  D.  Al- 
fonso, se  hallaba  ya  con  suficiente  fuerza  y  prestigio 
para  que  nada  pudiese  temer  de  la  ambición  de  sus  her- 
manos. 

El  guerrero  intrépido  y  denodado,  era  un  cristiano 
profundamente  religioso,  que  se  sentía  tanto  más  obli- 
gado á  ejercer  actos  públicos  de  piedad  y  devoción, 
cuánto  era  más  elevado  su  puesto  en  la  sociedad.  Per 
hoc  nóbis  a  Deo  cumulentur  pracmia,  per  quod  nos  coram  vpso 
d'spensamus  terrena,  decía  él  en  el  Diploma  en  que  segui- 
damente vamos  á  ocuparnos.  Apenas  habían  transcurri- 
do cuatro  meses  después  de  la  muerte  de  su  buen  padre 
D.  Alfonso,  cuando  con  su  esposa  D.a  Elvira,  señora  de 
nobilísima  estirpe  gallega,  ofreció  ante  el  Altar  del 
Apóstol  Santiago,  á  quien  llama  su  glorioso  Señor,  un 
cuantioso  y  riquísimo  donativo  consistente  en  piezas  de 
vajilla  é  indumentaria  sagradas,  en  esclavos  cogidos  á 
los  Sarracenos,'  y  en  extensas  haciendas  y  posesiones. 
Dona  en  primer  lugar,  treinta  y  cinco  esclavos,  cuyos 
nombres  expresa;  los  cuales  esclavos,  probablemente  se- 


(l)  Siquidem  dum  Pater  adhuc  viveret,  et  ipse  Galliciensibus  domina- 
retur,  collecto  totius  provinciae  exercitu  Baeticam  provinciana  petiit.  Dein 
Vastatis  circumquaque  agris,  et  villis  incensis,  primo  Ímpetu  Regel  civita- 
tem,  quae  inter  occidentales  omnes  Barbarorum  urbes  fortior,  opulentiorque 
videbatur,  pugnando  cepit.  (Cron.  del  Silense,  en  la  España  Sagra- 
da, loe.  cit.) 


232 


LIBEO    SEGUNDO 


rían  de  los  prisioneros  cogidos  en  su  expedición  á  An- 
dalucía. 


Fotografía  de  J.  Limia.  Fotograbado  de  Laporta. 

Miniatura  del  Tumbo  A.,  fol.  5  v.°,  que  representa  a  D.  Ordoño  II. 

Las  alhajas  que  ofreció  eran  de  subido  valor  y  méri- 
to como  se  verá  por  su  simple  enumeración.  Dos  cajas 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  233 

de  oro  purísimo,  primorosamente  adornadas  de  piedras 
preciosas  y  perlas,  y  esculpido  en  ellas  el  nombre  de  Or- 
doño  y  Elvira;  otra  caja  de  vidrio  de  Ultramar,  dispuesta 
en  forma  de  arcos;  un  cíngulo  ó  cinturón  pontifical  de 
oro,  tachonado  de  piedras  preciosas  y  perlas;  un  cáliz 
con  su  patena  de  oro,  piedras  preciosas  y  perlas;  otro 
todo  de  vidrio;  dos  grandes  cortinas  de  polea,  una  de 
ellas  recamada  con  figuras  de  papagayo;  tres  relucien- 
tes coronas  de  oro  purísimo,  sembradas  de  piedras  pre- 
ciosas; una  Cruz  de  oro  batido  adornada  de  piedras  va- 
liosas; una  casulla  episcopal  piscina;  otra  con  dos  caras 
en  el  mismo  tegido,  una  piscina  y  otra  verde;  otra  casu- 
lla blanca  (aluataroni) ;  tres  frontales  recamados  de  oro; 
jarras  de  plata  dorada  y  cincelada;  intermisium  (flabel- 
lum?)  rotundum  palmiceum  miro  opere  pictum  et  exauratum; 
una  cátedra  episcopal  de  madera  y  hueso  con  su  escabel, 
armada  y  sujeta  con  clavos  y  bolas  ó  remates  de  plata. 

En  el  Relicario  de  la  Catedral,  se  conserva  un  pe- 
queño Crucifijo  de  lámina  de  oro,  cuya  forma  damos  en 
el  grabado  de  la  pág.  235;  La  cual,  á  nuestro  juicio,  per- 
tenece también  á  D.  Ordoño  II  (1). 

Confirmó  también  la  donación  que  había  hecho  Don 
Alfonso,  de  las  islas  Grove,  de  Ons,  Framio,  Sálvora, 
A  rosa,  Cias  y  Tambo,  y  por  su  parte,  añadió  la  villa  de 
Ardena  (Árdea),  que  fuera  propia  de  un  cierto  Pedro,  y 
la  villa  de  Noalia  (Noalla),  con  sus  colonos  y  sus  salinas 
además  de  un  pomar  en  Cornado,  según  su  padre  D.  Al- 


(1)  En  época  muy  posterior,  quizás  hacia  el  siglo  XV  ó  XVI,  se  cortó 
una  tira  en  forma  de  cruz,  de  la  lámina  del  reverso,  sin  duda,  para  dejar 
ver  la  madera  que  estaba  dentro,  y  que  probablemente  sería  un  trozo  del 
Lignum  Crucis.  En  lugar  de  la  tira  sacada,  se  puso  otra  movible  por  medio 


234  LIBBO    SEGUNDO 


fonso,  lo  había  donado  al  presbítero  Hermemiro,  y  éste 
á  la  Iglesia  de  Santiago,  reservándose  la  mitad  de  los 
frutos  durante  su  vida.  Concedió  por  último,  en  el  terri- 
torio de  Braga,  la  iglesia  de  San  Juan  á  orillas  del  Avo, 
con  todas  sus  pertenencias,  según  se  las  había  donado  el 
abad  Honorico,  pero  con  la  condición  de  que  mientras 
viviese  el  presbítero  Gundesindo,  á  quien  él  se  la  había 
concedido  por  Escritura,  gozase  de  la  mitad  de  los  fru- 
tos. Está  fechada  la  Escritura  en  20  de  Abril  de  911  (1). 
Por  entonces  ya  debieron  de  surgir  algunas  cuestio- 
nes y  dificultades  acerca  de  la  condición  social  en  que 
habían  de  considerarse  los  colonos  habitantes  en  el  coto 
de  Santiago,  especialmente  respecto  de  los  que  habían 
procedido  de  otra  jurisdicción  ó  señorío.  Por  esto  Don 
Ordoño  II,  dos  días  después  de  haber  concedido  el  ante- 
rior Privilegio,  despachó  otro  en  que  confirma  las  dona- 
de  una  pequeña  charnela.  Al  cortar  la  lámina,  cortaron  también  una  ins- 
cripción grabada  con  punzón,  de  la  cual  sólo  quedaron  las  letras  siguientes: 

En  la  traviesa: 

V 

IRM 

En  el  brazo  largo: 
H C 

DO V 

DE F 

R IT 

S O 

IA O 

B 

A S 

LO 
Claramente  sólo  se  lee  S(c)o.  Ia(c)ob(o)  A(po)s(to)lo.  —  La  Cruz  mide  22 
centímetros  de  alto  por  15  de  ancho. 
(1)    Véanse  Apéndices,  núm.  XXX. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA 


235 


ciones  de  sus  antecesores,  y  en  especial  las  de  su  abuelo 
D.  Ordoño  I  y  la  de  su  padre  D.  Alfonso  III,  declaran- 
do que  los  habitantes  del  coto  de  Santiago  deben  pagar 
á  esta  Iglesia,  lo  que  tributaban  al  Real  Señorío,  pero 


Pequeño  Crucifijo  de  lámina  de  oro,  que  se  conserva  en  la  capilla  de  las  Reliquias 

de  la  Catedral  de  Santiago. 


no  como  siervos,  sino  como  libres  é  ingenuos.  Declara, 
además,  que  es  su  voluntad  que  la  Iglesia  de  Santiago  y 
de  Iria,  continúen  poseyendo  todos  sus  dominios  y  ha- 
ciendas del  mismo  modo  que  las  había  poseído  en  tiem- 


236  LIBRO  SEGUNDO 


po  de  su  padre,  é  intima  á  los  Condes  y  demás  funciona- 
rios públicos,  que  no  se  atrevan  á  mermar  en  nada  lo 
que  se  ha  escriturado  en  favor  de  dicha  Iglesia  (1). 

La  Reina  D.a  Jimena,  había  heredado  de  una  seño- 
ra gallega,  llamada  Gonnerodis,  ciertos  siervos  y  here- 
dades en  Varna  (San  Vicente  de  Bama),  en  el  Condado 
de  Montesacro.  Los  hijos  de  Gonnerodis  y  de  su  esposo 
Suero  ó  Suario,  tenían  también  parte,  como  era  natu- 
ral, en  estos  siervos  y  heredades,  y  en  León  pidieron  al 
Rey  D.  Alfonso  que  se  hiciese  la  par  tija  de  dichos  bie- 
nes, entre  ellos  y  la  Reina  D.a  Jimena.  D.  Alfonso  acce- 
dió á  la  súplica  de  los  hijos  de  Gonnerodis,  y  comisionó 
al  Obispo  Sisnando,  que  á  la  sazón  se  hallaba  en  León, 
para  que  hiciese  la  partija  que  se  pedía.  Vuelto  Sisnan- 
do á  su  Diócesis,  convocados  todos  los  partícipes,  se 
constituyó  en  la  iglesia  de  San  Vicente  de  Bama,  con 
peritos  y  otras  personas  competentes,  y  á  cada  una  se 
fué  adjudicando  la  parte  que  proporcionalmente  le  co- 
rrespondía. A  D.a  Jimena  le  tocó  la  familia  de  Herme- 
gotona  con  sus  hermanos,  hijos  y  sobrinos,  entre  todos, 
dieciseis  siervos,  con  las  heredades  que  labraban. 

Muerta  á  principios  de  912  D.a  Jimena,  tocó  esta  ha- 
cienda á  D.  Ordoño  II,  el  cual  en  30  de  Mayo  de  dicho 
año,  hizo  donación  de  parte  de  ella  al  Apóstol  Santiago, 
al  cual  llama:  Domino,  Sando,  invlctissimo  atque  triumphatori 
glorioso  Dei  martiri  apostólo.  Lo  que  dio  D.  Ordoño,  fué  un 
hijo  de  Hermegotona,  llamado  Visterlano,  con  sus  cuatro 
hijos  Nausto,  Hermegotona,  Vitilano,  diácono?  y  Animia, 
y  á  dos  nietas  de  la  misma  Hermegotona,  llamadas  Vis- 


(1)    Véanse  Apéndices,  núm.  XXXI. 


LOS  TRES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELNA  237 

trileuba  y  Manosinde,  con  sus  hijos.  Los  da  con  todo  su 
peculio,  tanto  con  el  que  ellos  por  sí  adquirieron,  como 
con  el  que  heredaron  de  su  madre  y  abuela  Hermegoto- 
na,  aunque  con  esta  declaración,  que  mientras  viva  el 
Obispo  Sisnando,  permanezcan  en  su  condición  servil, 
pero,  muerto  éste,  dejen  de  ser  siervos  fiscales  ó  de  la 
Iglesia,  y  sean  habidos  como  ingenuos,  sin  más  obliga- 
ción que  la  de  pagar  al  Templo  Apostólico,  el  tributo 
cuadragesimal  que  en  Galicia  los  de  su  clase  solían  pa- 
gar al  Real  Señorío  (1). 

Otro  asunto  resolvió  D.  Ordoño  tres  días  después  de 
la  data  del  Diploma  que  acabamos  de  extractar.  Vi- 
viendo aún  D.  Alfonso  III,  una  señora  llamada  Lupela, 
demandó  como  siervos  á  un  tal  Muzurri  y  á  toda  su  pa- 
rentela ó  casata.  Muzurri  contestó,  que  pasaba  ya  de  no- 
venta años,  que  ni  él,  ni  toda  su  casata,  prestaran  ser- 
vicio alguno  á  la  demandante,  ni  aún  por  razón  de  pa- 
trocinio. Como  no  había  testigos,  ni  documentos,  D.  Al- 
fonso, ante  quien  se  llevó  el  asunto,  con  los  jueces  que 
lo  asesoraban,  dispuso  que  se  recurriese  al  juramento  y 
á  alguna  de  las  pruebas  judiciarias  que  se  estilaban  en- 
tonces. Lupela  se  retrajo;  y  en  representación  suya  pu- 
sieron los  jueces  para  asistir  al  acto  y  recibir  el  jura- 
mento, á  su  hijo  Sanzote. 

El  éxito  de  la  prueba  había  sido  favorable  á  Muzu- 
rri; pero  pasado  ya  algún  tiempo,  los  hijos  de  Lupela 
introdujeron  nueva  demanda,  alegando  que  su  madre 
ni  había  asistido  á  la  prueba,  ni  recibido  el  juramento, 
y  comprometiéndose  á  demostrar,  como  hicieron,  que 
hacía  treinta  años  que  los  demandados  les  habían  esta- 


(1)     Véanse  Apéndices,  núm.  XXXIII. 


238  LIBEO  SEGUNDO 


do  prestando  servicio.  Pero  al  entrar  en  posesión  los 
hijos  de  Lupela  de  los  siervos  demandados,  se  presentó 
en  tercería  el  propio  D.  Ordofio  II,  alegando  que  Lupela 
había  hecho  Escritura  á  su  madre  D.a  Jimena  de  las  dos 
cuartas  partes  de  los  siervos;  que  los  hijos  de  Lupela  le 
habían  hecho  á  él  Escritura  de  otra  cuarta  parte;  y  que 
en  la  cuarta  restante  era  él  heredero  por  tres  porciones 
con  los  hijos  de  Lupela.   Quedaron,  pues,  todos,  ó  casi 
todos,  declarados  siervos  de  D.  Ordoño;  el  cual  al  poco 
tiempo,  á  2  de  Junio  de  912,  á  petición  del  Obispo  Sis- 
nando,  los  cedió  á  la  Iglesia  de  Santiago,  pero  en  la 
condición  de  ingenuos  y  libres,  y  seguros  de  toda  acción 
cualquiera  que  fuese.  Las  familias  donadas  en  esta  oca- 
sión, fueron:  la  de  Muzurri  con  sus  hijos  y  nietos;  la  de 
Zili  con  sus  hijos  y  nietos;  la  de  Trudilde  con  sus  hijos  y 
nietos;  la  de  Severilde  con  sus  hijos  y  nietos;  la  de  Fru- 
gilde  con  sus  hijos  y  nietos;  la  de  Avolina  con  sus  hijos 
y  nietos;  la  de  Flamulina  con  sus  hijos;  la  de  Teodilde 
con  sus  hijos;  la  de  Sabarico  con  sus  hijos  y  nietos;  la  de 
Velasco  con  sus  hijos  y  nietos;  y  la  de  Sisnando  con  sus 
hijos  y  nietos.  Al  terminar,  repite  D.  Ordoño,  que  todos 
estos  nombrados  queden  ingenuos  ante  Dios  Padre  Om- 
nipotente, y  que  sólo  paguen  á  Santiago  lo  que  los  de- 
más ingenuos  pagaban  al  Fisco,  que  sería  el  tributo  cua- 
dragesimal (1). 

En  todos  estos  documentos  se  transparenta  el  gran 
afecto  y  veneración  que  D.  Ordoño  profesaba  á  Sisnan- 
do I,  á  quien  consideraba  como  á  un  padre  y  á  su  prin- 
cipal consejero.  En  este  mismo  año  912,  á  27  de  Junio, 
por  consejo  y  consentimiento  del  Prelado  y  todo  su  Cle- 


(1)     Véanse  Apéndices,  núm.  XXXI V. 


LOS  TBES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA 


239 


ro,  per  consilium  et  consensum  domini  Sisnandi  Episcopi  Loci 
Sancti  cum  ornni  suo  Clero,  confirmó  las  donaciones  que 
dos  meses  antes,  á  19  de  Abril,  Sisnando  había  hecho  al 
monasterio  de  San  Martín  Pinario.  Es  de  advertir  que 
el  Prelado,  por  las  razones  que  hemos  expuesto  en  el 
capítulo  anterior,  de  la  hacienda  de  su  Iglesia  Catedral 
había  cedido  alguna  parte  al  referido  monasterio,  como 
la  península  del  Grove,  la  mitad  de  la  isla  de  Arosa,  la 
de  Cortegada,  etc..  Todo  esto  confirma  por  su  parte  Don 
Ordoño,  y  además,  por  consejo  del  Prelado,  añade  otras 
donaciones,  como  la  de  la  otra  mitad  de  la  isla  de  Arosa 
y  una  finca  en  Padrón,  etc.. 

De  todos  cuantos  se  conservan,  éste  es  el  último  Di- 
ploma que  firmó  D.  Ordoño,  como  Rey  de  Galicia. 


-M 


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CAPITULO  XII 


Donaciones  hechas  á  la  Iglesia  compostelana  por  D.  Ordo- 
ño  II,  como  Rey  de  León.— Últimos  días  del  gran  Prelado 
Sisnando  I.  — Su  gloriosa  muerte. 


principios  del  año  914  ■ — no  á  fines, 
como  dice  Risco  (1) —  falleció  D.  Gar- 
cía, Rey  de  León,  y  su  hermano  D.  Or- 
doño  se  apresuró,  desde  Galicia,  á  re- 
coger el  Cetro  que  por  tan  poco  tiempo 
había  empuñado  su  antecesor.  El  primer  Privilegio,  que 
como  Rey  de  León  otorgó  D.  Ordoño  á  la  Iglesia  com- 
postelana, está  fechado  en  6  de  Diciembre  de  914.  En 
él,  después  de  confirmar  la  donación  que  su  padre  Don 
Alfonso  había  hecho  á  esta  Iglesia  de  las  villas  de  San 
Román  de  Jeronciana,  cerca  de  León,  de  Parada  en  el 
Bierzo,  y  de  Bustomayor,  á  la  falda  del  monte  Capeloso, 
ratifica  también  la  concesión  que  á  la  misma  Iglesia  ha- 
bía hecho  la  abuela  paterna  de  la  Reina  D.a  Elvira, 


(1)     Eupaiia  Sagrada,  tomo  XXXIV,  pág.  1208. 
Tomo  II.— 16. 


242  LIBBO  SEGUNDO 


D.a  Egilona  (1),  de  las  villas  de  San  Mamed  de  Ameo,  de 
Peñalba  en  Vadapia  y  de  San  Salvador  de  Parada  en 
el  Bierzo  (2). 

Halagado  D.  Ordoño  con  el  glorioso  triunfo  que  en 
San  Esteban  de  Grormaz  había  obtenido  en  el  primer 
año  de  su  reinado  en  León,  triunfo  que  á  su  parecer 
aseguraba  las  conquistas  hechas  por  él  y  por  su  padre,  y 
que  se  extendían  hasta  más  allá  del  Mondego,  juzgó  que 
era  llegado  el  momento  oportuno  para  restablecer  de 
hecho  algunas  de  las  Sedes  Episcopales  que  por  efecto 
de  la  devastación  causada  por  los  moros,  se  hallaban 
aún  abandonadas  y  desiertas.  Con  este  propósito,  el  29 
de  Enero  de  915,  reunió  un  Concilio  en  Compostela,  ó 
quizás  en  Zamora,  al  que  asistieron  Recaredo,  Obispo  de 
Lugo;  Froarengo,  de  Coimbra;  Jacobo,  de  Coria;  Genna- 
dio,  de  Astorga;  Sabarico,  de  Dumio;  Ansurio,  de  Oren- 
se; Atilano,  de  Zamora;  Fronimio,  de  León;  Oveco,  de 
Oviedo,  y  Anserico,  de  Viseo  (3);  y  en  él,  propuso  Don 
Ordoño  el  restablecimiento  de  las  Sedes  de  Tuy  y  La- 
mego,  puesto  que  en  estas  ciudades  ya  vivían  seguros 
los  cristianos,  tanto  seglares  como  clérigos,  y  que  además 
convenía  dejar  á  la  Sede  Iriense,  unida  al  Lugar  Apos- 
tólico de  Santiago,  en  su  antiguo  ser  y  estado,  con  todo 
el  territorio  que  le  habían  señalado  los  antiguos  Cánones. 


(1)  La  esposa  de  I).  Ordoño,  D.a  Elvira,  era  hija  de  D.  Bermudo  y 
nieta  de  los  Condes  gallegos  D.  Galón  y  D.a  Egilona.  (Véase  Flórez,  Bey- 
nas  Cathólicas,  tomo  I,  pág.  81). 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  XXXVI. 

(3)  No  se  cita  en  la  Escritura  que  trata  de  esto,  el  nombre  de  Sisnando 
de  Compostela;  sin  duda  es  una  omisión  del  copista.  La  verdad  es  que  en 
todo  el  cuerpo  de  la  Escritura  no  se  hace  de  Sisnando  mención  alguna. 
Véase  Apéndice  XXXVII. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         243 

Esto  lo  decía  D.  Ordoño,  porque  hasta  entonces  los  Obis- 
pos de  Tuy  y  Lamego  estuvieron  residiendo  en  la  Dió- 
cesis de  Iria,  teniendo  cada  uno  de  ellos  territorio  se- 
ñalado para  morada  y  sustentación;  el  de  Lamego,  las 
comarcas  de  Trasancos,  Labacengos,  Nemancos,  Célticos 
y  Camota;  y  el  de  Tuy,  las  de  Nendos,  Bergantiños  y 
Soneira  (1). 

Deliberaron  los  Padres  sobre  el  punto,  ó  puntos  pro- 
puestos (hoc  tractatum  figentes  cum  patríbus  et  episcopis  no- 
stris),  y  resolvieron  que,  ya  que  dichas  ciudades  episco- 
pales se  hallaban  pobladas,  que  se  restituyesen  á  ellas 
los  Obispos  titulares,  y  que  la  Sede  Iriense  continuase 
poseyendo  su  Diócesis  con  los  mismos  términos  y  confi- 
nes, que  estaban  demarcados  en  los  antiguos  Cánones. 
(Et  haec  Sedes  Iriensis,  quae  est  conjuncta  loco  Patroni  nostri 
Sci.  Jacobi  Apostoli,  fines  suos  áb  omni  integriiate  custocliat  et 
contineat,  sicut  áb  antiquis  Patribas  praescriptos  cognovirnusj. 

En  la  misma  Escritura,  en  que  se  consignó  este  de- 
creto del  Concilio,  hizo  D.  Ordoño  dos  importantes  con- 
cesiones á  la  Iglesia  del  Apóstol.  Por  la  primera  conce- 
sión, completó  hasta  doce  millas  por  la  parte  del  Oriente 
y  del  Poniente,  desde  San  Vicente  del  Pino  hasta  Iria, 
el  radio  del  coto  de  Santiago,  al  que,  como  ya  hemos 
dicho,  su  padre  D.  Alfonso  había  dado  la  misma  exten- 
sión por  el  Norte  y  el  Mediodía.  Para  esto,  cedió  por  el 
Oriente  el  Condado  de  Montesacro,  según  lo  había  teni- 
do el  Abad  Gundesindo,  y  por  el  Poniente,  hasta  Iria, 
las  dos  Amaías,  según  las  poseyeran  los  Condes  Lúcido 
Vimaraniz  y  Ñuño  Gutiérrez;  pero  advirtiendo  que  los 


(1)     Había,  además,  otros  dos  distritos  desmembrados,  el  de  Pruzos  y  el 
de  Bezoucos,  que,  al  parecer  estaban  agregados  á  la  Diócesis  de  Oviedo, 


244  LIBEO  SEGUNDO 


colonos  moradores  de  estas  comarcas  cedidas  habían  de 
ser  habidos  como  ingenuos  y  no  pagar  más  que  el  tribu- 
to cuadragesimal,  como  los  otros  habitadores  del  coto. 

La  segunda  concesión  tendía,  no  sólo  á  evitar  enojo- 
sas querellas,  sino  á  aumentar  el  vecindario  de  Compos- 
tela.  «Otorgo,  pues  — dice —  y  al  Santo  Apóstol  confir- 
mo (1),  que  si  los  hombres  que  moran  en  la  ciudad,  ó  sea 
junto  á  la  tumba  del  Apóstol  Santiago,  fueren  reclama- 
dos y  demandados  como  siervos  dentro  de  los  primeros 
cuarenta  días  de  su  residencia  en  la  ciudad,  sean  al  pun- 
to expulsados;  pero  si  pasaren  dichos  cuarenta  días  sin 
ser  reclamados,  desde  entonces,  puedan  permanecer  en 
la  ciudad  sin  temor  á  ninguna  acción,  ni  demanda  por 
tal  concepto»  De  este  modo  quedaba  abierta  ancha 
puerta  á  los  esclavos  (que  á  la  sazón  debían  de  ser  muy 
numerosos,  atendido  á  los  muchos  cautivos  que  habían 
hecho  en  sus  expediciones,  tanto  D.  Alfonso  III,  como 
D.  Ordoño),  para  restaurarse,  como  se  decía  entonces  en 
lenguaje  cristiano,  y  no  emanciparse,  y  entrar  en  la 
clase  de  los  libres  é  ingenuos.  Y  he  aquí  también  un 
nuevo  contingente,  con  el  cual  Compostela  podía  au- 
mentar su  población  (2). 

Del  día  siguiente,  30  de  Enero,  hay  dos  Diplomas  de 
D.  Ordoño  II  referentes  á  un  mismo  suceso,  que  cada 
uno  describe  á  su  manera,  sin  que  por  eso  se  note  entre 
ellos  substancial  discrepancia.  Uno  de  estos  Diplomas 
ha  sido  publicado  por  Flórez    entre    los  Apéndices  del 


(1)  E3ta  palabra  confirmo  demuestra  que  la  concesión  era  ya  anterior 
á  D.  Ordoño. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  XXXVII. — Véanse  las  subscripciones  de 
este  documento  en  el  Apéndice  núm.  XLV;  si  bien  es  de  advertir  que  se 
hallan  involucradas,  como  sucede  de  ordinario,  con  otras  posteriores. 


LOS  TBES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  245 

tomo  XIX  de  la  España  Sagrada;  el  otro  se  lee  en  el 
Tumbo  A,  al  íol.  8,  y  hasta  ahora  no  ha  sido  publicado. 
Hemos  dicho  que  D.  Alfonso  III,  al  tiempo  de  su  falleci- 
miento, había  legado  á  la  Iglesia  compostelana,  500  mo- 
nedas de  oro,  confiando  el  encargo  de  llevarlas  ó  man- 
darlas al  Obispo  de  Astorga,  San  Grenadio.  Según  el  texto 
publicado  por  Flórez,  aunque  D.a  Jimena  había  consen- 
tido espontáneamente  en  el  legado  hecho  por  su  esposo, 
sin  embargo,  San  Genadio  no  pudo  dar  cumplimiento  al 
encargo,  porque  se  lo  estorbó  el  Rey  D.  García,  que 
hizo  guardar  todos  los  caminos  que  conducían  á  San- 
tiago. Fallecido  D.  García,  el  Santo  Obispo  de  Astorga 
entregó  las  500  monedas  á  D.  Ordoño,  el  cual  se  las  de- 
volvió, y  lo  comisionó  para  que  las  trajese  á  Compostela. 
Así  lo  hizo  San  Genadio;  pero  pasado  algún  tiempo,  el 
mismo  D.  Ordoño,  viendo  que  las  500  monedas  guarda- 
das en  el  Tesoro  de  la  Iglesia  nada  producían,  propuso 
á  Sisnando  y  á  la  gran  Congregación  de  la  Aula  Apos- 
tólica (1),  la  permuta  de  este  dinero  por  una  finca  equi- 
valente, cuyos  frutos  pudiesen  emplearse  en  la  susten- 
tación de  los  ministros  del  Templo,  en  las  urgencias  del 
Culto  y  en  socorro  de  los  pobres  y  peregrinos.  Aceptó 
Sisnando  y  su  Cabildo;  y  D.  Ordoño,  en  compensación 
de  las  500  monedas,  donó  la  villa  de  Santo  Tomás  de 
Corneliana  (Cornelhá,  en  Portugal),  á  orillas  del  Limia. 
Este  es,  en  compendio,  el  texto  de  Flórez.  El  texto  iné- 
dito dice  que  D.  Alfonso  y  D.a  Jimena,  legaron  las  500 
monedas  (metcales  ex  auro  purissirno),  á  Santiago,  y  que  co- 


(1)  Con  razón  el  P.  "Flórez  en  el  Prólogo  del  tomo  XIX  de  la  España 
Sagrada,  se  detiene  en  estas  palabras  illius  magnae  congregationis,  y  ad- 
vierte, que  ningún  Rey  trató  de  Grande  á  otro  Cabildo,  sino  al  de  Santiago. 


246  LIBBO   SEGUNDO 


metieron  este  encargo  á  San  Genadio  y  á  Fronimio  que 
después  fué  Obispo  de  León.  Omite  lo  de  la  oposición 
del  Rey  D.  García,  y  expresa  que  en  efecto  las  500  mo- 
nedas no  tenían  objeto  (vacantes  ab  aliqua  operatione  in 
thesauro);  porque  la  Iglesia  se  hallaba  bien  surtida  de 
todo,  de  cajas,  de  cruces,  de  cálices,  de  patenas,  de  co- 
ronas, etc..  y  que  por  lo  mismo  era  preferible  emplear- 
las en  socorro  de  los  pobres  y  peregrinos,  y  que  en 
satisfacción,  á  él  le  placía  dar  la  villa  de  Corneliana  con 
todas  sus  pertenencias,  según  sus  antiguos  términos, 
con  el  censo  ó  tributo  que  debían  pagar  los  moradores 
ingenuos,  y  los  servicios  que  debían  prestar  los  siervos  y 
libertos,  cada  uno  según  su  clase  (1). 

En  el  año  siguiente  916,  á  17  de  Enero,  ejecutó  Don 
Ordoño  otra  última  disposición  testamentaria,  la  de  su 
joven  hermano  D.  Gonzalo,  el  cual  al  morir,  mandó 
por  su  alma  á  la  Iglesia  de  Santiago,  la  villa  de  Lánca- 
ra,  en  la  Diócesis  lucense,  junto  al  río  Neira.  Mas  con- 
venía al  Rey  la  posesión  de  esta  villa;  y  así  ofreció  en 
cambio  otras  dos  villas  de  igual  valor  en  el  territorio 
de  Nendos;  la  de  Oza  que  había  heredado  de  su  padre 
D.  Alfonso,  y  la  quinta  parte  de  la  de  Cela,  á  orillas 
del  Mero,  que  también  había  sido  de  D.  Alfonso  por  do- 
nación de  Renfurco.  Aceptaron  el  Obispo  Sisnando  y  su 
Cabildo,  y  otorgóse  en  el  citado  día  la  Escritura  que 
confirman  los  Obispos  Ansurio  y  Recaredo,  y  los  Mag- 
nates Gutierre  Menéndez  y  Gutierre  Osórez  (2).  Algún 
tiempo  después,  D.  Ordoño  mudó  de  parecer,  y  en  lugar 
de  la  villa  de  Cela,  donó  la  de  Arcdbria  en  la  comarca 


(1)  Véanse  Apéndices,  núms.  XXXVIII  y  XXXIX. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  XL. 


LOS  TEES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  247 

de  Castela,  á  orillas  del  Miño,  entre  Layas  y  CastreUo,  con 
sus  casas,  viñas,  bosques  y  demás  pertenencias,  que 
habían  sido  de  Vizoy  y  de  Elvira  (1). 

Con  consentimiento  de  Sisnando  y  de  todo  el  Cabil- 
do (cum  omni  Collegio  cunctorum  canonlcorum  suorumj  con- 
firmó D.  Ordoño  á  17  de  Agosto  de  916  la  fundación 
del  monasterio  de  San  Salvador,  en  el  lugar  de  Spinare- 
to,  cerca  del  río  Lérez,  que  había  hecho  el  abad  Cunta- 
do  en  terreno  propio  del  Monarca.  D.  Ordoño  dotó 
espléndidamente  la  nueva  fundación;  le  señaló  un  ex- 
tenso coto;  le  cedió  la  propiedad  de  todas  las  heredades 
que  tenía  dentro  del  coto,  con  los  siervos  destinados  á 
su  cultivo;  donóle  dos  muy  buenas  campanas,  un  cáliz 
de  plata,  una  cruz  y  una  caja  también  de  plata,  cuatro 
capas  de  seda  y  otros  ornamentos,  misales,  salterios,  an- 
tifonarios, la  Regla  de  San  Benito,  etc..  y  además  la 
eximió  con  el  referido  consentimiento  de  Sisnando  y  su 
Cabildo,  de  la  jurisdicción  del  Prelado  Iriense  y  de 
todo  pecho  y  tributo  debido  á  la  voz  Real.  Subscriben 
el  Diploma,  Sisnando  y  otros  cinco  Obispos,  varios  Ca- 
nónigos de  Santiago  y  de  Iria,  y  al  fin,  el  notario  en 
esta  forma:  Adefonsus .  notarius  episcopi  domni  Sesnandl  in 
sede  irlensi  in  loco  apostólico  canonicus,  Scripsit  et  conjlrmat  (2). 

Por  este  tiempo  ya  tenía  realizado  D.  Ordoño  su 
propósito  de  establecer  la  Corte  en  León,  y  de  elevar  la 
Iglesia  legionense  á  la  consideración  de  Sede  regia, 
como  él  mismo    dice    en  un  Privilegio  otorgado  á  la 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  XLIV. 

(2)  Véase  el  Diploma  íntegro  entre  los  Apéndices  de  la  España  Sa- 
grada, tomo  XIX.  En  el  ejemplar  comunicado  al  P.  Flórez  hay  algunas  in- 
terpolaciones que  deben  ya  proceder  de  alguna  copia  antigua;  como  la  de 
Ordonius  secundus,  la  de  Sisnandi  bonao  memoriae. 


248  LIBBO  SEGUNDO 


Iglesia  de  Lugo  en  1.°  de  Septiembre  de  915  (1).  Quia 
auc  torüate  regali  inter  caeteras  Sedes  pontificales  (Ecclesiam 
Legionensem),  statuere  decrevimus  fírmato  íbi  solio  regni 
nostri  De  tal  suerte,  quedaba  sin  efecto  lo  decretado 
quince  años  antes  en  el  Concilio  de  Oviedo,  respecto  de 
la  sublimación  de  esta  Sede,  y  las  Actas  del  referido 
Concilio,  quedaron  como  letra  muerta  y  hasta  cierto 
punto  perdida. 

Para  facilitar  la  ejecución  de  estos  proyectos,  Don 
Ordoño  cedió  el  palacio  que  habitaba  dentro  de  los  mu- 
ros de  la  ciudad,  la  cual,  á  lo  que  parece,  venía  á  ser 
una  antigua  Basílica  de  tres  naves  de  la  época  romana, 
rodeada,  á  lo  que  se  cree,  de  Termas.  En  el  fondo  de  las 
tres  naves  se  colocaron  tres  altares,  dedicados  el  del 
centro  á  Nuestra  Señora,  el  de  la  derecha  al  Salvador 
y  á  los  doce  Apóstoles,  y  el  tercero  á  San  Juan  Bautis- 
ta. La  antigua  Basílica  dejó  de  ser  palacio  de  Reyes? 
y  contra  lo  que  quizás  estarían  muy  lejos  de  prever  sus 
primeros  constructores,  fué  consagrada  palacio  del  único 
Rey  y  Señor  del  Cielo.  A  la  solemnidad,  que  según 
opina  Ruico  (2),  tuvo  lugar  el  año  916,  á  14  de  Abril; 
asistieron  casi  todos  los  Obispos  del  Reino,  y  entre  ellos 
nuestro  Sisnando  de  Iría  y  Compostela  (3). 

Probablemente,  este  fué  el  último  viaje  largo  que 
emprendió  Sisnando.  Sus  muchos  años,  que  á  la  sazón 

(1)  Véase  España  Sagrada,  tomo  XL,  Apéndice  XXI. 

(2)  España  Sagrada,  tomo  XXXIV,  pág.  215. 

(3)  Entre  los  firmantes  de  la  Escritura  que  se  refiere  á  este  suceso 
(Apéndice  del  tomo  XXXIV  de  la  España  Sagrada,  núm.  VII),  hay  un 
Sisnando  Obispo  de  la  Sede  Iriense;  pero  como  entre  dichos  firmantes,  hay 
algunos  que  son  muy  posteriores  á  la  fecha  de  la  Escritura,  la  Reina  Urra- 
ca, p.  ej.,  y  el  .Obispo  Arias  de  Dumio,  cabe  dudar  si  este  Sisnando 
es  el  I  ó  el  II. 


LOS  TEES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  249 

debían  pasar  de  ochenta,  y  las  continuas  fatigas  de  una 
vida  incesantemente  laboriosa,  debilitaron  sus  fuerzas, 
hasta  el  punto  de  que  en  este  último  período  de  su  exis- 
tencia, no  se  ven  señales  de  aquella  prodigiosa  activi- 
dad, que  era  una  de  las  principales  dotes  de  su  espíritu. 
Es  muy  verosímil,  que  también  él  buscase  en  Antealta- 
res aquel  asilo  que  con  tan  buen  deseo  había  proporcio- 
nado á  los  demás  (1);  es  decir,  aquel  lugar  de  retiro,  de 
descanso,  de  contemplación  y  de  preparación  al  indecli- 
nable desenlace  de  la  humana  existencia,  al  crítico  mo- 
mento en  que  deshecho  y  descompuesto  el  cuerpo,  se 
desprende  el  alma  como  responsable  ante  la  presenci  a 
de  su  Criador. 

Sin  duda  al  venerable  Prelado  habían  precedido  en 
Antealtares  algunos  de  los  miembros  de  su  numeroso 
Cabildo,  en  el  que  desde  el  año  898  hasta  el  912  ó  913, 
es  decir,  en  el  espacio  de  quince  años,  se  contaron  unos 
setenta  individuos,  á  saber,  además  del  Abad  Gunde- 
sindo,  que  era  el  Presidente,  ó  el  que  ocupaba  la  pri- 
mera silla, 

Abdias  Abad.  Gundisalvo  pbro. 

Adaulfo  diácono.  Hermegildo 

Agustino  presbítero.  Honorico  pbro. 

Alarico  pbro.  Islielmo  diac. 

Alfonso  notario.  loannes  diac. 

Alvito  diac.  Josefo  diac. 


(1)  Parece  que  por  entonces,  debió  fallecer  aquel  varón  de  gran  san- 
tidad, Ataúlfo,  que  era  el  Abad  del  monasterio.  Sandoval  (Cinco  Obispos, 
pág.  255),  cita  un  Privilegio  dado  en  el  año  919  al  Abad  Sancho,  que  servía 
con  sus  monjes  en  la  Iglesia  de  Santiago.  Este  Abad  Sancho,  era  probable- 
mente el  sucesor  de  Ataúlfo. 


250 


LIBRO  SEGUNDO 


Ariulfo  diac. 
Armentario  diac. 
Ascarico  pbro. 
Atanasio  diac. 
Baltimiro  pbro. 
Cresconio  pbro. 
Cresconio  diac. 
Dagaredo  diac. 
Diego  pbro. 
Diego  Alvitez. 
Eccemiro  diac. 
Ederonio  pbro. 
Elias  notario. 
Ermemiro  pbro. 
Ermerote  abad. 
Ero  pbro. 

Fernando  Guntadi. 
Fredo  pbro. 
Froarengo  subdiacono. 
Froarico  diac. 
Frojulfo  diac. 
Gundesindo  Lupelici  diac. 
Guntero  pbro. 
Gabino  pbro. 
García  diac. 
Gradila  abad. 
Guifulfo  diac. 
Gundemaro  pbro. 
Gundisalvo  abad. 


Lugemiro  pbro. 
Mirachio  pbro. 
Mundino  abad. 
Munino  Diaz  diac. 
Munino  diac. 
Oduario  Gutiérrez. 
Pedro  pbro. 
Placedon  diac. 
Justo  pbro. 
Quiríaco  diac. 
Ramiro  diac. 
Romano. 
Sagato  pbro. 
Salamiro  pbro. 
S andino  abad. 
Segeredo  abad. 
Sentario  pbro. 
Sisnando  diac. 
Tedon  diac. 
Teodila  diac. 
Teodomiro  diac. 
Tello  diac. 
Veremundo  diac. 
Viliulfo  pbro. 
Vimara  pbro. 
Visclamundo  pbro. 
Visterla  diac. 
Vistrario  diac. 
Xristoforo  pbro.  (1). 


(1)     Todos  estos  nombres,  y  aún  algunos  otros  que  quizás  pudiéramos 
añadir,  están  tomados  de  los  Privilegios  que  Sisnando  otorgó  con  el  Cabildo 


LOS  TEES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  251 

Esta  era  la  Congregación  capitular  del  Templo  de 
Santiago,  la  Congregación  que  D.  Ordoño  llamaba 
grande,  magna.  Añádase  á  ésta  la  Comunidad  de  Ante- 
altares, que  oficiaba  en  el  mismo  Templo  en  los  altares 
de  San  Salvador,  San  Juan  y  San  Pedro;  la  de  San  Mar- 
tín, que  servía  en  la  capilla  de  Nuestra  Señora  de  la 
Corticela;  la  muchedumbre  de  Sacerdotes  extranjeros  y 
peregrinos  que  afluía  en  las  épocas  más  solemnes  del 
año;  la  turba  de  Clérigos  de  Menores  y  de  ministros,  de 
siervos  que  asistían  en  la  Iglesia;  de  cambiadores,  de 
plateros,  de  azabaclieros  y  de  candeleras  ó  vendedoras  de 
velas,  que  formaban  fila  á  las  entradas;  y  en  virtud  de 
todo  ello  podrá  formarse  alguna  idea  de  la  pompa,  so- 
lemnidad y  concurso  con  que  entonces  debían  de  cele- 
brarse las  principales  fiestas  en  el  Templo  de   Santiago. 

Rodeado  de  tan  numerosa  y  selecta  familia,  fijo  el 
pensamiento  en  el  Gielo,  desasido  el  corazón  de  la  tie- 
rra, iba  contando  Sisnando  los  momentos  que  tardaría 
en  llegar  su  disolución,  que  al  fin  fué,  cual  era  de  esperar 
de  su  vida  y  de  sus  merecimientos.  Su  cuerpo  fué  man- 
dado á  la  tierra  entre  las  lágrimas  y  sollozos  de  sus  hi- 
jos; su  alma  voló  al  Cielo  entre  coros  de  ángeles,  que, 
según  el  Iriense,  le  invitaban  diciéndole:  Ven,  elegido  de 
Dios,  y  entra  en  él  gozo  de  tu  Señor  (1).  La  posteridad  dirá 

á  los  Monasterios  de  Arcos  de  Furcos,  San  Martín  Pinario  y  San  Sebastián 
de  Picosagro.  Los  Abades  serían,  tal  vez,  Canónigos  que  fuesen  superiores 
de  algunos  de  los  monasterios  agregados  á  la  Sede.  En  el  año  905  cuando 
Sisnando  asistió  á  la  dotación,  que  el  20  de  Enero  hizo  D.  Alfonso  III  á  la 
Santa  Iglesia  ovetense,  le  acompañaban  el  Abad  Abdias  (Abdias  dbbas  de 
Seo.  Jacobo)  y  el  Diácono  Gonzalo  (Gundisalvus  diaconus  de  Seo  Jacobo). — 
Véase  España  Sagrada,  tomo  XXXVII,  cap.  XXVII. 

(1)     Postea  vero  venerabilis   vir,   sanctissimüs   Sisnandus   Episcopus 
senio  affectus  moritur.  Sepultus  in  pace  audita  canentium  Angelorum  muí- 


252 


LIBRO  SEGUNDO 


siempre:  ¡Bendita  eternamente  la  memoria  del  Prelado 
insigne,  que  eon  la  santidad  de  su  vida  y  sus  eminentes 
virtudes  y  su  talento  verdaderamente  organizador,  elevó 
á  tanta  alteza  la  Iglesia  del  Patrón  de  España!  (1) 

El  P.  Flórez  (2),  apoyado  en  la  data  de  la  Escritura 
por  la  cual  D.  Ordoño  II  permutó  por  la  de  Láncara  las 
villas  de  Oza  y  de  Arcabria,  coloca  la  muerte  de  Sisnan- 
do  á  principios  del  año  922.  Tanto  la  Gompostehna,  como 
el  Iriense,  la  ponen  en  el  920;  y  esto  es  lo  que  debe  pre- 
valecer, como  luego  veremos. 


titudine  et  dicentium:  Veni  electe  Dei,  et  intra  in  gaudium  Domini  tui.  La 
Compostelana  con  el  esquivo  laconismo,  que  sabe  emplear  á  veces,  solo  dice: 
Era  DGGCC  et  LVIII  idem  Catholicus  Episcopus  in  pace  vitam  finivit. 
(España  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  11). 

(1)  El  Arzobispo  D.  Pedro  Elias,  resumió  así  su  elogio  en  un  Diplo- 
ma otorgado  á  San  Juan  da  Coba:  Predecessor  noster  dompnus  Sisnandus, 
sanctissimus  praesul,  quartus  a  primo,  virtute  sanctitatis  praeclarus,  et  ho- 
nor ibus  bonis  ornatus,  primitus  praefatam  ecclesiam  sci.  Iohannis  construxit 
et  ser  vis  Dei  reliquit,  qui  prior  in  ecclesia  bti.  Iacobi  plura  bona  fecit  et 
ordinavit,  cuius  memoria  usque  in  praesentem  diem  nobilis  et  sancta  me- 
moratur. 

(2)  España  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  112. 


tiiiiitiiiiinrttrit<«tÉttiinitii*t»iittttiiiiitiittiiititiniiiitiiiiiititi*ttiiiii>iiÉt*iiiitiiititii*t*tiiitiiiiiiiiiiiitiiw>it»i**iiiii«*<tii*i***Hiiiiiiiiniiiiiiiiiniiiiiifimitim 


CAPÍTULO  XIII 


Algunos  rasgos  acerca  de  las  ¡deas  religiosas  y  sociales  do* 
minantes  en  aquellos  tiempos  en  nuestra  Diócesis. 


uesto  que  se  trata  de  una  época 
tan  obscura  y  tan  escasa  en  memo- 
•  rias  y  monumentos,  para  que  pue- 
da formarse  alguna  idea  del  estado 
moral  y  religioso  de  aquella  socie- 
dad, creemos  del  caso  reunir  en  un 
capítulo  las  pocas  noticias  que  nos 
quedan  de  fundaciones  ó  restauraciones  de  casas  mona- 
cales de  aquellos  tiempos  en  nuestra  Diócesis. 

El  historiador  es  como  un  viajero,  al  cual  á  veces 
toca  recorrer  áridas  y  extensas  estepas,  en  las  que  sólo 
aquí  y  allá  se  ven  surgir  pequeñas  matas  de  arbustos  y 
ramaje,  que  recrean  la  vista,  refrescan  el  ambiente  é  in- 
terrumpen la  monotonía  del  horizonte.  En  la  historia, 
hay  además  el  atractivo  de  los  recuerdos.  Tal  vez  donde 
hoy  se  alza  una  humilde  ermita,  que  pasaría  inadvertida 


254  LIBBO   SEGUNDO 


á  no  indicarnos  su  carácter  la  mohosa  espadaña  que  la 
corona,  existió  en  otro  tiempo  floreciente  escuela  de  pie- 
dad y  perfección,  en  que  las  almas  puras  aprendieron 
las  sendas  que  conducen  á  la  celestial  mansión.  Tal 
vez  aquella  iglesia  de  agrietadas  paredes  que  se  le- 
vanta solitaria  en  extensa  vega,  señala,  con  el  atrio 
que  la  rodea,  el  solar  que  en  lejana  época  ocuparon  los 
talleres  y  oficinas  en  que  devotos  y  laboriosos  Monjes 
escribían  ó  iluminaban  Códices,  ó  se  entretenían  en  otras 
labores  que  hoy  son  tan  buscadas,  tan  estudiadas  y  apre- 
ciadas. No  es  difícil  que  el  montón  de  escombros  rodea- 
do de  derruidos  muros,  que  surge  al  extremo  de  aquella 
suave  ladera,  oculte  los  únicos  restos  que  nos  quedaron 
de  la  retirada  mansión  en  que  se  reunieron  varias  fami- 
lias para  vivir  unidas  y  reglamentadas,  no  sólo  con  los 
vínculos  de  la  caridad  cristiana,  sino  con  los  que  impone 
el  pacto  y  regla  aceptados  voluntariamente. 

Reinando  D.  Alfonso  el  Católico  (739-756),  ó  D.  Frue- 
la  I  (756-768),  vinieron  á  morar  en  Galicia  Recesvindo 
y  su  mujer  Egila.  Estableciéronse  en  el  extremo  septen- 
trional de  la  Amaía,  cerca  de  un  antiguo  Castro,  y  en 
donde  probablemente  habría  habido  alguna  antigua 
villa  romana,  á  la  sazón  del  todo  abandonada,  y  que 
desde,  entonces,  si  es  que  ya  no  lo  tenía  de  antes,  tomó 
el  nombre  de  Amexeneta  (Ameixenda),  por  las  muchas 
ciruelas  (en  gallego  ameixas),  que  en  ella  se  daban.  Am- 
bos cónyuges  eran  profundamente  religiosos;  y  tan  bien 
supieron  infundir  en  el  corazón  de  su  hija  Calatrudia 
sus  generosos  sentimientos,  que  ésta  no  experimentaba 
sosiego  y  deleite  en  otros  ejercicios,  que  en  los  de  la  pie- 
dad. Y  tanto  pidió  y  tanto  suplicó,  movida  por  celestial 
impulso,  que  obligó  á  sus  padres  á  que  le  edificasen  una 


LOS  TEES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  255 

iglesia  dedicada  á  las  gloriosas  mártires  Marina  y  Eula- 
lia, de  la  cual  iglesia,  ni  en  vida  ni  en  muerte,  quiso  se- 
pararse, pues  mandó  que  la  sepultasen  al  pie  de  sus 
muros  (1). 

Recesvindo  ó  Recesindo  y  su  esposa  Egila,  tan  cum- 
plidamente satisficieron  los  deseos  de  su  hija,  que  no 
sólo  edificaron  la  iglesia,  sino  que  la  proveyeron  de  or- 
namentos y  de  todo  lo  demás  necesario  para  el  Culto,  la 
dotaron  de  suficiente  hacienda,  y  reunieron  Monjes  que 
la  administrasen  y  sirviesen  (2). 

Algún  tiempo  después  vino  de  Asturias,  á  poblar  en 
Galicia,  el  Conde  Alvito,  y  se  fijó,  con  algunos  de  los 
que  le  acompañaban,  Sumemiro,  Sénior,  Crescencio, 
Teodemiro,  Sumiemiro  y  Aufila.  no  lejos  de  Ameixen- 
da,  pero  al  N.  del  Tambre,  y  en  el  territorio  de  los  Mon- 
tanos ó  Montañeses.  Había  allí,  á  la  falda  del  Castro 
Brión,  una  antigua  villa  llamada  Lentobre,  que  ya  enton- 
ces, por  efecto  de  algún  incendio,  tomara  el  nombre  de 
ustulata  ú  ostulata,  y  que  hoy  se  llama  Vilouchada.  Cerca 
de  ella,  se  levantaba  una  iglesia  dedicada  al  insigne 
mártir  español  San  Vicente,  la  cual  estaba  al  cuidado 
de  una  pequeña  comunidad  de  sacerdotes  y  religiosos. 
Aconteció,  que  sobre  la  propiedad  de  esta  villa  y  otras 


(1)  Sucedió  á  esta  iglesia  la  de  Santa  Marina  de  Ameixenda,  á  unos 
nueve  kilómetros  al  NO.  de  Santiago. 

(2)  «Después  parece,  continúa  el  índice  de  que  hemos  tomado  estas 
noticias,  que  por  tiempo  se  fué  deshaciendo  del  a3'untamiento  y  nú- 
mero de  los  moDjes,  y  vino  á  dar  en  manos  extrañas  y  de  seglares,  y  se  ha 
despoblado  del  todo.  Y  después  de  allí  a  muchos  años,  ha  sucedido  de  los 
sobredichos  (otro  Recesindo  que  con  Eita  monje  y  diácono  otorgante  de  la 
Escritura),  la  reedificó,  pobló  y  plantó  en  tiempo  de  Alonso  V  y  su  madre 
Elvira  y  Vistrario  obispo  compostelano;  y  en  la  era  MLXXXV1I  (año  1049), 
hizo  la  donación  á  los  religiosos  y  religiosas,  que  allí  moraban.» 


256  LIBKO  SEGUNDO 


tierras,  hubo  pleito  entre  los  hijos  de  Kicilano,  — Villoi, 
Avolina,  Astaguerra,  Gasuilde  y  Trasarico —  3^  Vitina;  y 
después  de  varias  sentencias,  arreglos  y  composiciones, 
en  las  cuales  el  Conde  Alvito  conoció  por  comisión  del 
Rey  D.  Alfonso  II,  la  tercera  parte  de  la  referida  villa 
Ostulata,  vino  á  parar  al  dominio  del  Conde,  el  cual  la 
cedió,  por  Escritura  otorgada  en  1.°  de  Septiembre 
de  818,  al  monasterio  d$  San  Vicente  pro  victo  ac  vestito 
sacerdotum  et  monachorum  Dei  in  ista  ecclesia  deservientium, 
sive  pro  luminaria  altar is  sui,  vel  helemosinis  pauperam  fl).  El 
mismo  Conde  Alvito  guardó  por  su  mano  la  Escritura 
en  las  arcas  de  la  iglesia. 

En  la  margen  derecha  del  Ulla,  como  una  legua  más 
abajo  del  lugar  en  donde  este  río  mezcla  sus  aguas  con 
las  del  Deza,  hay  un  valle  estrecho,  pero  amenísimo,  que 
hoy  lleva  el  nombre  de  Donas.  En  remotísimos  tiempos 
hubo  allí  una  iglesia  consagrada  á  los  santos  mártires 
Verísimo,  Máximo  y  Julia;  la  cual  iglesia  era  como  ma- 
dre tierna  y  solícita,  que  acogía  en  su  seno  á  los  fieles 
de  las  cercanías.  En  el  año  854,  según  una  Escritura 
que  vio  Yepes  en  el  archivo  de  San  Pelayo  de  Anteal- 
res  (2),  el  abad  Juan,  los  presbíteros  Vidal  y  Argensio, 
la  monja  Pruvina  con  otros  religiosos  y  religiosas,  que- 
riendo estrechar  más  los  vínculos  que  los  unían  con  aque- 
lla iglesia,  ofrecieron  á  Dios  sus  personas  y  sus  hacien- 
das, y  propusieron  profesar  y  guardar  en  ella  las  reglas 
del  instituto  monacal  (3).  Por  mucho  tiempo  fué  dúplice 


(1)  Véase  la  Escritura  íntegra  en  los  Apéndices,  núm.  I. 

(2)  Coron.  gen.  de  San  Benito,  t.  IV,  al  año  854. 

(3)  Cum  in  unum  duxissemus  vitam  nostram  traddi...  post  Dominum 
in  parte  regulae  Sanctae  sunt  nobis  vel  Patres  nostri,  qui  in  loco  hujus  mo- 
nas terii  in  pace  requiescunt... 


LOS  TBES  PRIMEHOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  257 

este  monasterio;  pero  después  quedó  sólo  como  monaste- 
rio de  Monjas,  Donas,  Dueñas,  de  donde  le  vino  el  nom- 
bre de  San  Breixo  (Verísimo)  das  Donas  (1). 

En  la  misma  margen  del  río,  media  legua  más  abajo 
y  casi  en  el  centro  del  profundo  corte  abierto,  fuese  na- 
tural ,  fuese  artificialmente ,  en  la  sierra  del  Pico- 
sagro,  para  dar  paso  al  Ulla,  anidado  en  la  hórrida 
oquedad  del  inmenso  peñasco  que  por  el  lado  derecho 
cierra  la  estrecha  garganta,  existía  desde  muy  antiguo, 
un  monasterio  dedicado  á  San  Juan  Bautista,  que  se- 
guía la  Regla  de  San  Agustín  (2).  En  el  último  tercio 
del  siglo  IX,  gobernaba  esta  casa  el  virtuoso  abad  Pa- 
nosindo,  ó  mejor  Spanosindo,  al  cual  D.  Alfonso  III, 
amenazado  de  continuo  por  las  incesantes  rebeliones  de 
ambiciosos  magnates,  encomendó  que  orase  por  él  y  por 
la  tranquilidad  de  sus  Estados.  (Dominum  pro  nobis  depre- 
care... Et  pro  nostrae  gloriae  tranquillitate  íbi  Donúnum  de- 
preceris).  En  9  de  Agosto  de  883,  confirmóle  en  la  pose- 
sión del  monasterio  y  de  todas  sus  pertenencias,  y  entre 


(1)  De  este  monasterio  no  queda  hoy  más  que  la  iglesia  parroquial  de 
San  Pedro  de  Donas,  que  del  todo  fué  reedificada  en  el  siglo  pasado,  y  que 
de  la  fábrica  antigua  no  conserva  sino  algunos  restos  de  los  antiguos  contra- 
fuertes á  ambos  lados  de  la  fachada.  El  Cardenal  Hoyo,  que  visitó  esta  igle- 
sia á  principios  del  siglo  XVII,  vio  en  una  casa  inmediata  ]a  siguiente  ins- 
cripción sepulcral,  que  después  se  trasladó  á  la  iglesia: 

-+■   HIC  i  REQVIESCIT  :  FAMVLO  i  DI-FROILA  :  CFPN 
DF  i  ERA  i  M.  i  C.  :  XVI  :  K  i  INS. 

Hic  requiescit  fámulo  Dei  Froila,  confessor.  Defecit  era  MCXVI  kalen- 
das  iunias  (á  1.°  de  Junio  del  año  1078). 

(2)  Monasterium  Sci.  Ioannis  in  Eremo,  quod  est  fundatum  in  ripa 
fluvii  Uliae  in  caverna  montis,  quam  dicunt  Montem  Sacrum,  qui  antiqui- 
tus  vocabatur  Elicinus. 

Tomo  II.— 17. 


258 


LIBRO  SEGUNDO 


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LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  259 

ellas,  algunas  iglesias  (que  quizás  serían  las  inmediatas 
de  Santa  Magdalena  de  Puente-Ulla,  San  Nicolás  y  San 
Adriano)  (1)  y  otras  que  había  recobrado  Spanosindo  (2). 
Se  ignoran  los  otros  hechos  en  que  debió  tomar  activa 
parte  este  celoso  Abad;  en  algunos  documentos  de  esta 
época,  aparece  subscribiendo  un  abad  Spanosindo,  pero 
no  puede  asegurarse  que  sea  el  mismo,  que  el  abad  de 
San  Juan  da  Coba,  ó  de  la  Cueva  ó  Caverna  (3). 

Las  iglesias  ofercionales  de  San  Pedro  y  Santa  María 
de  Mosoncio  ó  Mezonzo,  eran  administradas,  con  benepláci- 
to de  D.  Alfonso  III,  por  el  piadoso  abad  Reterico.  Hubo 
en  aquel  sitio  un  antiquísimo  monasterio,  como  lo  indican 
el  sobrenombre  de  Monasterio,  que  ya  entonces  llevaban 
dichas  iglesias  (san.  Petrum  et  sea.  María  Monasterio),  y 
las  marmóreas  columnas  y  capiteles  que  aún  se  ven  en 
las  hermosas  portadas  del  actual  edificio,  que  parece 
elevado  entrada  la  segunda  mitad  del  siglo  XII  (4).  Du- 


(1)  La  situación  de  San  Nicolás,  era  muy  cerca  del  Puente-Ulla;  la  de 
San  Adriano,  en  el  monte  vecino,  que  hoy  lleva  el  nombre  de  Santardao, 
corrupción  del  antiguo  gallego,  Santo  Adrao.  En  los  Ap.  núm.  LXXVIII  se 
mencionan  también  las  iglesias  de  San  Mamed,  San  Jorge  y  San  Vicente. 

(2)  Véase  la  Escritura  en  los  Apéndices,  núm.  XIV. 

(3)  Posteriormente  este  convento  se  unió  con  el  Priorato  de  Sar  de 
Santiago.  A  mediados  del  siglo  XVI  una  gran  avenida  del  río  Ulla  derribó 
la  mayor  parte  del  edificio,  y  desde  entonces  quedó  del  todo  abandonado.  El 
Cardenal  Hoys  aún  alcanzó  á  ver  una  inscripción  grabada  en  una  puerta, 
que  parecía  la  de  la  entrada  de  la  casa  monasterial.  Decía  así: 

E  •  I  •  C  •  LX  •  S  •  F. 

Era  MCLX  (año  1122)  Sancius?  fecit? 

(4)  Nuestro  caro  amigo,  el  señor  D.  Ricardo  Blanco  Cicerón,  guarda 
en  su  riquísimo  museo  dos  capiteles  de  marmol,  que  pudo  recoger  en  aquel 
sitio;  los  cuales,  como  los  de  las  portadas  de  la  iglesia,  acusan  los  siglos  VI 
ó  VIL 


260 


LIBRO  SEGUNDO 


rante  su  vida,  pagó  anualmente  Reterico  á  D.  Alfonso  III 
la  ofercion  por  dichas  iglesias;  y  á  su  muerte,  se  las  dejó 
al  Monarca  con  todo  lo  que  en  ellas  había  adquirido  (1). 
En  el  año  871,  en  virtud  de  un  solemne  pacto,  se 
instaló  en  la  iglesia  de  Santa  María  una  comunidad  de 


Fotografía  de  J.  Limia. 


Fotograbado  de  La-porta. 


Capiteles  de  la  antigua  iglesia  de  Santa  María  de  Mezonzo 
en  el  Museo  del  Sr.  Blanco  Cicerón. 


personas  religiosas  de  ambos  sexos,  que  se  comprome- 
tieron á  seguir  la  regla  trazada  por  los  Santos  Padres 
bajo  el  régimen  del  celoso  abad  Fulcaredo  ó  Fulgaredo, 


(1)     Son  las  iglesias,  que  en  la  Escritura  de  consagración  de  la  Basílica 
compostelaua,  dice  D.  Alfonso,  que  le  donó  en  Presares  el  Abad  Reterico. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  261 

sobrino  del  abad  Reterico,  y  del  presbítero  Pedro  (1 
Los  que  subscribieron  el  pacto  fueron  los  presbíteros 
Pedro,  Unila,  Heldefonso,  Holomo,  Terenciano,  Gendo  y 
Iubando  ;  los  diáconos  Sesemiro,  Recesindo,  Ermildo, 
Visterla,  Ageredo,  Grundesindo,  Greodeberto  y  Sisnando; 
las  monjas  Senderica  y  Aliberta,  con  el  notario  Rano- 
sindo;  y  todos  ellos  se  obligaron  por  medio  de  este  pacto 
y  común  acuerdo  á  abrazar  la  regla  activa  y  á  vivir 
según  los  ejemplos  de  los  Santos  Padres,  á  renunciar  á 
toda  propiedad  y  á  obedecer  humildemente  y  cumplir 
todos  los  preceptos  y  mandatos  del  abad  Fulcaredo,  en 
quien  reconocían,  asimismo,  autoridad  para  castigar  á 
los  negligentes  y  contumaces  con  la  excomunión,  con 
azotes  ú  otras  penas  corporales,  según  la  gravedad  de 
la  culpa  (2). 

En  el  mismo  día  del   otorgamiento  de  la  Escritura, 


(1)  La  situación  de  esta  iglesia  se  determina  así  en  la  Escritura  de 
convenio:  In  villa  ubi  dicunt  Nantone,  ubi  est  baselica  fúndala,  quod  dicüur 
Monasterio,  iuxta  fluuio  Tamare...  En  la  donación  hecha  por  Reterico  á  Al- 
fonso III,  se  añade:  ínter  Presares  et  Montanos. 

(2)  Véanse  los  Apéndices,  núm.  VIII  y  IX. — Estos  pactos  eran  entonces 
frecuentísimos  en  Galicia,  y  se  redactaban  con  arreglo  á  la  fórmula  que  dio 
San  Fructuoso  al  fin  de  su  Regula  monástica  communis  (Migne,  Patrol.  lat., 
tomo  LXXXVII,  col.  1.127-1.130). 

A  pesar  del  celo  y  sabiduría  con  que  el  santo  Metropolitano  de  Braga 
reglamentó  esta  institución,  no  pocos  monasterios  de  los  así  fundados  (que 
en  Galicia  fueron  muchísimos),  degeneraron  pronto  de  la  primitiva  discipli- 
na y  observancia.  Esto  en  gran  parte,  dependió  de  no  haberse  guardado  las 
condiciones  que  San  Fructuoso  había  puesto  en  los  dos  primeros  capítulos 
de  su  Regla:  I.  TJt  nullus  praesumat  suo  arbitrio  monasteria  faceré,  nisi 
communem  collationem  consuluerit1  et  hoc  Episcopus  per  cañones  et  regulam 
confirmaverit. — II.  TJt  praesbyteri  saeculares  non  praesumant  ábsque  Episco- 
po,  qui  per  regulam  vivit  aut  consilio  Sanctorum  Patrum,  per  villas  monaste- 
ria construere. 


262  LIBEO  SEGUNDO 


5  de  Junio  de  871,  Fulcaredo  había  adquirido  para  su 
iglesia,  por  donación  del  abad  Sigerico,  ciertas  villas 
entre  el  Miño  y  el  Ladra,  en  la  Diócesis  de  Lugo,  y  ade- 
más, la  proveyó  de  cortinas,  cruces,  campanas,  cálices, 
patenas,  coronas,  candeleros,  libros,  vestiduras  de  lana 
y  de  lino,  etc..  (1). 

En  el  año  867,  por  muerte  ó  renuncia  de  Sabarico  I, 
fué  electo  y  consagrado  Obispo  de  Dumio,  Rudesindo  I, 
el  cual,  como  ya  hemos  dicho  en  otra  parte  (2),  había  pa- 
sado algún  tiempo  observando  la  vida  monacal  en  el  mo- 
nasterio de  San  Vicente  de  Almerezo,  sito  en  la  comarca 
de  Bergantiños  (3).  Elevado  Rudesindo  á  la  dignidad  epis- 
copal, quiso  demostrar,  de  un  modo  palpable,  que  en  el 
afecto  quería  continuar  siendo  Monje  y  servir  á  su  mo- 
nasterio, como  lo  había  hecho  hasta  entonces.  El  7  de 
Mayo  del  referido  año  867  hizo  testamento,  y  en  él  lega 
al  monasterio  el  propio  lugar  de  Almerezo,  que  había 
heredado  de  su  tío  Gravinio.  y  las  tierras  que  tenía  en  el 
lugar  de  Seretio  (4).  Deja  á  sus  hermanos  y  sobrinos  las 
granjas,  pomares  y  viñas  que  tenía  en  la  parroquia  ve- 
cina de  San  Martín  de  Cores.  En  lo  restante  de  sus  bie- 
nes instituye  herederos  á  sus  siervos  y  siervas,  á  los 
cuales  ya  había  dado  la  libertad.  Nombra  testamenta- 
rios á  sus  hermanos  y  sobrinos,  para  que  á   su  falleci- 


(1)  Véanse  loa  Apéndices,  núm  X. 

(2)  Página  180. 

(3)  Hoy  es  la  iglesia  de  San  Vicente  da  Qraña  (aunque,  á  lo  que  pare- 
ce, edificada  en  distinto  sitio),  anejo  de  San  Tirso  de  Cospindo.  Quedó  redu- 
cido á  esta  condición  después  de  la  exclaustración  de  los  Regulares;  pues 
antes  era  priorato  y  granja  (de  donde  vino  el  nombre  de  Qraña),  del  monas- 
terio cisterciense  de  Sobrado. 

(4)  Cerezo,  lugar  entre  Cospindo  y  la  Grana, 


LOS  TEES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  263 

miento  se  apoderen  de  todo  lo  móvil  que  hallen  en  sus 
haciendas,  así  ganados,  como  ropas  de  lino,  lana  y  seda, 
tanto  de  cama,  como  de  vestir,  y  lo  empleen  en  sus  fu- 
nerales y  sufragios,  in  meas  missas.  Declara,  no  obstante, 
que  mientras  viva  su  madre  tenga  ella  el  usufructo  de 
todos  estos  bienes.  Firman  como  testigos  los  abades  Gri- 
sulfo,  Palmacio  y  Pelayo,  Patruina  y  Gudigena,  y  Ero, 
Gavinio,  Atanito,  Félix,  Ikila,  Gemundo  y  Baltario  (1). 

Rudesindo  no  renunció  á  trabajar  entretanto  en  pro 
de  su  monasterio,  como  copiando  Códices  y  promoviendo 
todo  cuanto  podía  redundar  en  utilidad  de  sus  antiguos 
hermanos  y  compañeros;  pero  aunque  vivió  unos  treinta 
años  después  del  otorgamiento  de  esta  Escritura,  por  lo 
escaso  de  los  documentos  de  aquella  época,  que  han  lle- 
gado a  nuestros  tiempos,  pocas  noticias  han  quedado 
referentes  á  los  hechos  del  último  período  de  su  vida. 

Pasando  de  Bergantiños  al  vecino  territorio  de  Né- 
mitos  ó  Nendos,  en  un  elevado  risco  que  está  sobre  el  río 
Mandeo  y  como  á  una  legua  corta  al  Sudeste  de  Betan- 
zos,  medio  oculta  entre  peñascos,  se  ve  una  pequeña 
iglesia,  la  de  Santa  Aya  ó  Eulalia  de  Espenuca,  ó  sea 
Spelunca  (2).  De  esta  casa  apenas  nos  queda  más  que 
un  documento,  una  inscripción  grabada  en  una  peña, 
de  la  cual  inscripción,  por  haber  sido  la  peña  deshecha 
como  material  de  construcción,  hoy  sólo  se  conserva  al- 
gún pequeño  fragmento.  La  inscripción,  según  la  publi- 


(1)  Véanse  los  Apéndices,  núm.  VII. 

(2)  La  misma  iglesia,  hasta  la  altura  de  un  metro  próximamente,  está 
excavada  en  la  roca. 


*264 


LIBRO    SEGUNDO 


có  D.  Antonio  de  la  Iglesia  en  la  revista  La  Galicia  (1), 
decía  así: 

IINII ISETEIIETEP^ IN  ALTVS 

IOCVSCOIISRV ESTOoISPEP  DNIIV 

TENDYFOS 


IER 
INO 


+ 


VENIT  CENDVLFVS  PbSPIILIScIO...  NOSCE 

EVLALIE  IV AIS 

KL-DS  MARCIAS  ERA  DCCCCXVIIIL 


Advierte  el  Sr.  La  Iglesia,  que  las  letras  se  hallaban 
ya  muy  gastadas,  y  que  los  dos  últimos  renglones  pare- 
cían posteriores,  y  que  en  éstos  la  fecha  se  conservaba 
muy  clara.  En  vista  de  lo  borroso  del  letrero,  difícil  es 
darle  una  interpretación  exacta  y  completa.  Hay,  sin 
embargo,  algunas  palabras  que  están  bastante  claras,  y 
que  ofrecen  pie  para  poder  por  ellas  sacar  algún  senti- 
do. Lo  que  con  alguna  verosimilitud  puede  leerse,  es,  á 
nuestro  juicio,  lo  siguiente: 

\   In  nomine  Domini templum  in  altus 

locus  consecratum,  ó,  constructum  est  db  eplscopo  domino 

Kendulfo  (2) 


%n  era. 


(1)  Tomo  III,  núm.  24;  La  Coruña  1863. 

(2)  Puede  ser  el  Obispo  Iriense,  Quindulfo  I  ó  II.  (V.  t.  I,  pág.  381), 


LOS  TBES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  265 

+ 

Venit  Cendulfus  presbyter in  honore  Sánete  Eulalie 

Virginis  et  martyris. 

Kalendas  marcias  Era  DGCCCXVIIII 

(1.°  de  Marzo  de  881)  (1). 

En  este  mismo  territorio  de  Nendos,  en  el  lugar  de 
Aciones,  existía  una  basílica  dedicada  clominis  invktissimis 
ac  triumphatoribíis  gloriosis,  la  Santísima  Virgen,  Madre  de 
Dios,  Santiago  Apóstol,  San  Juan  Bautista  y  San  Mar- 
tín Obispo,  á  la  cual  en  el  año  910  una  piadosa  señora 
llamada  Godoigia,  hizo  donación  de  parte  de  dos  poma- 
res, uno  en  la  aldea  de  Mariniano  que  poseía  con  Alcedo- 
nia,  y  otro  en  la  aldea  de  Morobio  (2).  Subscriben  el  pres- 
bítero Rudesindo,  Froila,  Nebociano,  Africano,  Teodigo 
y  Teodosindo,  probablemente  hijos  de  Godoigia,  y  como 
testigos,  Goimiro,  Gondulfo  y  Flámula. 

Otro  monasterio,  el  de  San  Salvador  de  Cinis,  había 
en  la  misma  comarca,  que  alcanzó  gran  nombradla  por 
la  calidad  de  las  personas  que  lo  fundaron  y  dotaron. 
Fué  fundado  á  principios  del  siglo  X,  ó  mejor  á  fines  del 
antecedente,  por  los  Condes  D.  Aloito  ó  Alvito  y  Doña 
Paterna,  padres  de  D.a  Argilo  ó  Argilona,  la  cual  casa- 
da con  otro  D.  Alvito,  dejó  numerosa  y  muy  renombra- 
da prole.  La  D.a  Paterna,  habiendo  quedado,  á  lo  que  pa- 
rece, viuda,  se  hizo  religiosa,  deovota,  y  consagró  todos 
sus  pensamientos  y  cuidados  á  dotar  convenientemente 


(1)  Con  el  tiempo  este  monasterio  de  Espenuca  pasó  á  ser  priorato  de 
San  Martín  de  Santiago. 

(2)  Es  la  iglesia  de  Santiago  de  Oís.— (Véase  la  Escritura  en  los  Apén- 
dices, núm.  XXIX). 


266  LIBRO    SEGUNDO 


el  monasterio  que  con  su  marido  había  fundado.  Obtuvo 
del  Rey  D.  Ordoño  II  y  de  su  esposa  D.a  Elvira  el  acota- 
miento de  los  términos  del  monasterio,  que  eran  tan  ex- 
tensos, que  comprendían  las  parroquias  de  Cuiña,  Salto, 
Mandayo,  Cullergondo  y  Vívente,  y  después  de  señalar- 
los, lo  entrega  todo  al  abad  Sabarico,  et  omni  congregationi 
sub  regula  Sancti  Benedicti  vobiscum  consistenti  (1). 

La  hija  de  D.a  Paterna,  D.a  Argilona,  prosiguió  dis- 
pensando el  mismo  favor  y  protección  al  monasterio  de 
Cinis.  En  el  año  915,  advirtiendo  que  por  descuido  de 
los  Monjes  había  desaparecido  del  Tesoro  de  la  Iglesia  la 
Carta  de  fundación  otorgada  por  sus  padres,  procuró  ella 
remediar  la  falta  dando  otra  nueva,  de  la  cual  se  conser- 
va un  ejemplar  bastante  borroso,  en  la  Biblioteca  de  la 
Universidad  compostelana,  entre  los  Documentos  proce- 
dentes de  San  Martín.  Demarca,  pues,  con  su  marido 
Don  Alvito  los  términos  del  monasterio,  y  dona,  además, 
diez  vacas  con  su  toro,  cinco  yeguas,  diez  ovejas,  diez 
(cerdos?...)  gagnabe,  antemanam,  tapete,  plomazios  cum  suas 
Uniólas,  y  á  un  mancebillo  y  á  una  mancebilla,  mancipél- 
lum  et  mancipellam,  Lopillo  y  Elina.  Otrosí,  añadió  como 
ofrenda  al  monasterio,  un  servicio  de  plata  para  la  mesa, 
á  saber,  fisorio,  fertoria,  troterion,  coliare,  cell....  Subscriben 
los  cuatro  hijos  varones  que  había  tenido  de  D.  Alvito, 
á  saber,  el  abad  Grundesindo,  presidente  de  la  Canónica 
compostelana,  que  fué  inmediato  sucesor  de  Sisnando  I 
en  la  Sede,  y  los  Condes  Arias,  Gutierre  y  Hermenegildo, 
padre  este  último  del  Obispo  compostelano  Sisnando  II. 


(1)  Entre  los  Documentos  procedentes  del  monasterio  de  San  Martín, 
que  se  guardan  en  la  biblioteca  de  la  Universidad,  hállase  un  extrato  de 
esta  Escritura. 


LOS  TEES    PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         267 

No  fueron  menos  ilustres  los  fundadores  ó  restaura- 
dores del  monasterio  de  Santa  María  de  Cambre,  á  me- 
diados del  siglo  IX,  en  la  misma  comarca  de  Nendos,  á 
saber,  el  Conde  Alvito,  Vistiberga,  Urraca  y  Odrocia, 
hermanos  todos,  á  lo  que  parece,  de  aquel  noble  Conde 
Pedro,  que  desbarató  á  los  Normandos  en  su  segunda 
venida  á  Galicia.  Entre  las  muchas  haciendas  concedidas 
por  ellos  al  monasterio,  citaremos  las  villas  de  Calambre 
(Cambre),  Elviña  y  Leira,  la  iglesia  de  Santiago  de  Ci- 
driales  (Sigrás);  la  villa  de  Caurio  (Coiro)  en  Céltigos;  la 
iglesia  de  Roo  en  Entines;  la  de  San  Pedro  de  Bona  (Boa), 
la  villa  de  Taramancos  cerca  de  Noy  a,  etc.  Depositó  Al- 
vito  las  Escrituras  de  todas  estas  donaciones  en  la  iglesia 
de  Oviedo;  pero  después  los  Monjes  se  vieron  precisados 
á  recoger  estos  títulos,  ofreciendo  á  D.  Alfonso  III  500 
sueldos  de  plata  para  sacarlos.  Fueron  también  bienhe- 
chores de  este  monasterio  Hermenegildo  é  Iberia,  hijos 
del  Conde  Pedro,  que  después  aparecieron  complicados 
en  las  rebeliones  contra  D.  Alfonso  III.  Hacia  el  año  942, 
Ghitier  y  Alvito,  descendientes  laterales  de  los  fundado- 
res, agregaron  este  monasterio  al  de  Antealtares  de  San- 
tiago (1). 

Siguiendo  más  al  Norte,  en  el  territorio  de  Trasancos, 
que  entonces  pertenecía  á  la  Diócesis  compostelana,  ha- 
llaríamos al  monasterio  de  San  Martín  de  Jubia,  en  el 
cual,  como  hemos  dicho,  estuvo  retirado  el  Obispo  de 
Lamego,  Argemiro.  Muerto  éste,  vivió  aquí  honesta  y 
santamente  su  sobrina  Elvira  en  compañía  de  otras  mu- 
chas religiosas.  Por  este  tiempo  una  poderosa  señora,  lla- 
mada Visclavara  Vistruariz,  viuda  de  Tello,  donó  consi- 


(1)    Véase  Yepes,  Coron.  gen.  de  San  Benito,  t.  V,  fol.  73. 


268  LIBBO  SEGUNDO 


derables  haciendas  al  monasterio,  y  entre  ellas,  la  igle- 
sia de  San  Jorge  de  Modesti,  hoy  Moeche.  Al  señalar  los 
términos  del  monasterio,  cita  una  ciudad  antigua  que  es- 
taba en  la  cumbre  del  monte  de  Jubia  (1). 

No  lejos  de  Almerezo,  en  la  villa  de  Corissumarlo 
(Cores),  había  un  grupo  de  iglesias  dedicadas  á  San 
Tirso,  á  San  Martín  y  á  los  Santos  Julián  y  Basilisa,  en 
las  cuales  prestaba  culto  una  comunidad  de  Monjes  y 
Sacerdotes  (2).  En  el  año  860,  á  14  de  Diciembre,  cua- 
tro hermanos,  Helaguncia,  Pelayo,  Baroncelo  Alvino  y 
Visclavara,  hijos  de  Hermiario  y  Groldrogotona,  hicieron 
donación  á  dicha  Comunidad  de  parte  de  un  pomar  en 
Corissumario,  junto  á  la  iglesia  de  San  Martín,  y  de  una 
granja  entre  Castro  y  Nemeño,  con  sus  casas  y  las  viñas 
y  pomares  que  allí  había  plantado  cierto  colono  llamado 
Félix,  para  que  los  Monjes  y  Sacerdotes  lo  posean  todo 
en  comunidad,  sicut  docet  regular is  ordo,  et  canónica  docet 
sententia. 

De  otro  contrato  solemnísimo  y  original  de  vida 
regular  (pactum  regulae),  hecho  en  la  iglesia  de  San  Ve- 
rísimo  de  Arcos  de  Furcos  en  el  año  898,  se  conserva  un 
notable  fragmento  en  la  Biblioteca  de  la  Universidad 
compostelana,  entre  los  documentos  procedentes  del  mo- 
nasterio de  San  Martín  (3).  En  el  respaldo  del  documen- 
to un  Archivero  de  dicho  monasterio  escribió  en  el  siglo 
pasado  lo  siguiente:  «De  esta  Escritura  se  da  noticia  en 
el  primer  tomo  del  Archivo  abreviado,  folio   67,  por  es- 


(1)  Argaiz,  La  Soledad  laureada,  t.  III,  pág.  103  y  475. 

(2)  En  la  actualidad,  los  monasterios  del  célebre  monte  Athos  aún 
cuentan  numerosas  iglesias  y  capillas;  algunos  hasta  treinta  ó  más. 

(3)  Véanse  Apéndices,  núm.  XXIII. 


LOS  TRES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         269 

tas  palabras:   «Donación  que  hicieron  á  Adaulfo  abad 
»Sisnando  y  Tructesindo  y  Gudesteo  y  Fortunio  y  Ana- 
»gildo  y  Formisario,  presbíteros,  de  todos  y  cualesquiera 
» bienes  que  ellos  pareciere  tener  por  herencia  de  sus  pa- 
»dres,  asi  muebles  como  raices,  villas,  pomares,  bosques, 
»jomentos,   animales,   bueyes  y   vacas  y  casas  y  otras 
> cualesquiera  cosas,  y  esto  para  que  lo  tenga  la  iglesia 
»de  San  Martín  de  Arcos,  que  sus  abuelos  edificaron,  y 
»los  monjes  que  allí  habitaban.  Lo  que  asimesmo  le  dan 
» con  sus  libros  y  ornatos  y  con  sus  casas  y  con  lo  a  ello 
» perteneciente  cierto  tiempo  y  después  sea  tenedor  de 
»todo  ello  el  sobredicho:  su  fecha  Era  DCCCCXXVI.» 
Hay  otra  noticia  en  otro  libro  en  cuarto,  algo  más  an- 
tiguo que  el  antecedente,  que  al  folio  8,  dice  así:  «Iten 
»una  donación  que  hacen  seis  hermanos  y  una  hermana 
»al  abad  Adulfo  dándole  todo  cuanto  tenían;  se  metie- 
ron ellos  en  religión  en  el  monasterio  y  ella  se  quedó 
>con  alguna  poca  hacienda  que  le  quedó.  Lo  que  dieron 
»al  dicho  Abad  fué  su  iglesia  de  San  Breixo  o  Berisimo 
»y  San  Martín  que  es  todo  una  iglesia,  y  dice  que  fué 
» fundada  por  sus  abuelos  en  tierra  de  Gralicia  en  los  con- 
» fines  de  Iria,  en  la  aldea  de  Arcos  acerca  de  las  Aguas 
»  Calientes,  que  agora  llaman  los  Baños  de  Caldas  de  Cun- 
áis (1)  debajo  del  monte  de  la  Mora,  y  más  dan  toda  su 
> hacienda,  quanta  tenían  enteramente  al  abad  Adaulfo 
»y  á  los  Monjes  y  no  habla  que  lo  da  a  monasterio  sino 
»al  abad  Adaulfo  y  á  los  monjes  que  con  el  vivían  en 
>vida  santa;  y  entiendo  que,  pues  esta  iglesia  está  junto 
»á  San  Miguel  de  Couselo,  debía  entonces  de  ser  este 


(1)     Las  Thermae  ó  Aquae  calidae  de  otros  documentos. 


270  LIBRO  SEGUNDO 


»Adaulfo  abad  de  allí;  y  así  será  esta  donación  á 
»él.  Confirma  esta  donación  el  obispo  Sisnando, 
Era  DCCCCXXXII»  (1). 

Ocho,  según  el  original,  y  no  siete  son  los  firmantes 
del  pacto  ó  contrato,  de  la  Escritura  de  concesión  y 
aceptación  de  la  regla  (Kartula  concessionis  et  regala  tra- 
ditionis),  á  saber:  los  presbíteros  Sisnando,  Tructesindo, 
Gudesteo  y  Anagildo,  Fortunit,  Fr(umario?)  y  Vegito,  y 
la  monja  (deovota)  Fradegunda.  Después  de  los  otorgantes 
subscribe  el  Obispo  compostelano  Sisnando  con  la  co- 
munidad capitular  de  Santiago  (cum  comuni  conlatione 
sancti  lacóbi). 

La  próxima  comarca  Saliniense  conservaba  aún  vivos 
los  recuerdos  de  la  estancia  en  ella  del  Metropolitano  de 
Braga,  San  Fructuoso,  y  se  hallaba  no  menos  favo- 
recida de  santuarios  y  monasterios,  que  mantuviesen 
siempre  en  vigor  entre  el  pueblo  el  ejercicio  de  la  pie- 
dad, y  la  práctica  de  las  virtudes  morales  y  sociales,  que 
entraña  la  doctrina  eminentemente  civilizadora  del  Ca- 
tolicismo. Citaremos  como  más  inmediato,  al  monasterio 
de  San  Salvador  de  Lérez,  fundado  y  regido  á  principios 
del  siglo  X  por  el  abad  Gruntado,  á  quien  en  el  año  916 


(1)  En  tres  equivocaciones  incurrió  el  autor  de  este  extracto:  primera, 
confundir  el  monasterio  de  Couselo  con  el  de  San  Verísimo  de  Arcos;  se- 
gunda, suponer  que  Fradegunda,  que  así  se  llamaba  la  hermana  á  que  alude 
el  autor  del  extracto,  se  había  quedado  sola  con  alguna  parte  de  la  herencia, 
siendo  así  que  ella  misma  en  su  suscripción  dice  lo  contrario:  fradegunda 
deouota  uobis  abbati  meo  domno  addaulfo,  sicut  me  iam  dudum  uobis  et  eccle- 
sie  sci.  Verissimi  tradidi  cum  omnia ita  modo  per  textum  scripture ira- 
do...; tercera,  leer  Era  DCCCCXXXII,  en  lugar  de  DCCCCXXXVI, 
que  trae  el  original.  También  el  autor  del  primer  índice  citado,  suprimió 
una  X  en  la  fecha. 


LOS  TEES  PRIMEBOS  SIGLOS  DE  LA.  I.  COMPOSTELANA  271 

otorgó  el  Rey  D.  Ordoño  con  consentimiento  del  Obispo 
Sisnando  I,  amplios  privilegios  y  exenciones. 

El  monasterio  de  San  Juan  del  Poyo,  se  enorgullecía 
de  haber  sido  fundación  de  San  Fructuoso,  y  en  el  siglo 
VII  ú  VIH  había  sido  ilustrado  por  la  vida  inmaculada 
y  prodigiosa  de  Santa  Trahamunda,  cuyo  sepulcro  se 
conservó  por  mucho  tiempo  en  la  iglesia. 

A  mediados  del  siglo  IX,  el  magnate  Grundilano  Grun- 
desindiz  dona  al  monasterio  de  Callago  (Calogo),  y  á  su 
abad  Viliato,  el  cual  monasterio  había  sido  también  fun- 
dado por  San  Fructuoso,  la  iglesia  de  San  Cornelio  y 
San  Cipriano,  que  él  había  edificado  en  un  lugar  próxi- 
mo, y  dotado  de  vasos  sagrados  y  de  los  ornamentos  sufi- 
cientes para  el  Caito.  Subscribe  la  donación  el  abad  Vi- 
liato cum  collegio  fratrum  y  otras  muchas  personas.  En  el 
año  929,  D.  Alfonso  IV  y  el  Obispo  compostelano  Her- 
menegildo, enriquecieron  este  monasterio  con  nuevas  do- 
naciones. 

Podríamos  prolongar  indefinidamente  esta  larga 
enumeración,  exponiendo  otras  muchas  análogas  enér- 
gicas manifestaciones  de  la  vida  profundamente  religio- 
sa en  la  Diócesis  compostelana;  pero  esto  ocasionaría,  á 
no  dudarlo,  tedio  y  cansancio.  Hay,  sin  embargo,  otras 
dos  iglesias  rurales  que  por  la  importancia  de  los  monu- 
mentos que  contienen,  no  deben  omitirse  en  esta  árida  y 
escabrosa  reseña.  Nos  referimos  á  la  iglesia  de  San  Mar- 
tín de  Churío,  anejo  de  Santa  María  de  Mantaras,  en  el 
partido  judicial  de  Betanzos,  y  á  la  de  San  Salvador  de 
Sietecoros  en  el  de  Caldas  de  Reyes. 

En  la  pared  de  la  de  San  Martín  de  Churío,  hállase 
incrustada  por  la  parte  de  afuera  una  losa  rectangular, 
excavada  algún  tanto  en  el  centro  y  dejando  de  realce, 


272  LIBBO  SEGUNDO 


alrededor,  una  especie  de  faja  ó  marco.  En  el  campo  ex- 
cavado, está  representada,  de  relieve,  una  cruz  de  bra- 
zos casi  iguales.  De  los  brazos  horizontales,  penden  las 
letras  griegas  alfa  y  omega;  y  sobre  los  mismos  vense  es- 
culpidos como  unos  candelabros  de  tres  mecheros.  En  el 
marco,  está  grabada  una  inscripción  interrumpida  por 
cuatro  palmetas,  una  en  cada  esquina;  la  cual  inscrip- 
ción, según  la  copia  que  hemos  visto,  parece  decir: 

EMANVEL  NOVISCVM  EST  P 
SV  ARA  EIVS  :  S  :  MARTINI  EPI :  ET  Co(nfessoris?) 

Es,  sin  duda  alguna,  una  ara  de  la  época  de  los  sue- 
vos, hecha,  quizás,  al  tiempo  en  que  comenzó  á  exten- 
derse en  Galicia  el  culto  de  San  Martín  con  motivo  de 
las  Reliquias  enviadas  al  Rey  Camarico. 

De  la  antiquísima  iglesia  de  Sietecoros  (1),  se  con- 
servan tres  ó  cuatro  columnas  de  mármol  de  unos  dos 
metros  de  alto,  con  varios  hermosos  capiteles  de  forma 
casi  clásica,  y  bases  de  la  misma  materia,  y  algunas 
dovelas  de  ladrillo,  unidas  aun  por  el  cemento.  Trátase, 
pues,  á  lo  que  parece,  de  una  Basílica  del  siglo  III  ó  IV, 
destruida  al  tiempo  de  la  irrupción  de  los  bárbaros. 

Aun  nos  sentimos  tentados  á  abusar  por  más  tiempo 
de  la  paciencia  de  nuestros  lectores,  haciendo  mención 
aquí  de  un  notable  documento,  que  por  más  que  no  se 
refiera  á  edificantes  escenas  de  la  vida  regular  y  mona- 
cal, refleja,  sin  embargo,  vivamente  las  costumbres  y  las 
ideas  dominantes  en  aquella  época  en  otro  orden  de  per- 
sonas é  instituciones.  En  el  año  887,  un  galán  aristócrata, 


(l)     El  edificio  actual   comenzóse   hacia  el  siglo  XVI.  La  fachada  se 
terminó  en  1701. 


LOS  TBES  PRIMEKOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  273 

Sisnando,  discretamente  enamorado  de  una  noble  y  be- 
llísima doncella,  para  hacer  ver  con  cuanta  satisfacción 
estrechaba  aquella  virginal  mano  á  la  que  con  tanta 
ansia  había  aspirado  y  que  consideraba  como  un  don 
del  Cielo,  hizo  extender  al  presbítero  Vianamundo  (Vis- 
clamundo?),  la  carta  de  dote  en  la  que  todo  se  le  hizo 
poco  para  ofrecer  como  regalo  á  su  amada  Aldonza.  Dó- 
nale diez  pajes  y  diez  doncellas;  veinte  caballos  y  una 
muía  ricamente  enjaezada;  cincuenta  yeguas  con  su  po- 
tro; cien  vacas;  veinte  pares  de  bueyes;  quinientas  cabe- 
zas de  ganado  menor;  cuatrocientos  sueldos  de  oro  para 
el  tocado  y  vestidos;  treinta  granjas  sitas  en  las  comar- 
cas de  Nendos,  Montaos,  Presares  y  junto  al  Miño, 
y  además  la  décima  de  toda  su  hacienda  para  que  de 
todo  dispusiese  ella  á  su  libre  albedrío.  Firman  la  Es- 
critura los  abades  Cissila  y  Hermildo,  como  confirman- 
tes, y  once  testigos,  nueve  varones  y  dos  mujeres  (1). 


-*«§»«4*~ 


(t)     Véanse  Apéndices,  núm.  XX. 
Tomo  II.— 18. 


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CAPITULO  XIV 


Sucede  á  Sisnando  I  D.  Gundesindo.  — Sus  gestiones  para  ad- 
quirir el  monasterio  de  Santa  Columba  en  tierra  de  Bando. 
—  Su  muerte. 


odo  en  lo  creado  está  sujeto  á 
decadencia  y  á  defección.  El  mis- 
mo astro  esplendoroso,  fuente  in- 
agotable de  luz  y  de  calor,  pade- 
ce eclipses  que  por  más  ó  menos 
tiempo  empañan  su  resplandor,  y  deslucen  su  claridad. 
Y  sucede  con  frecuencia  que  en  el  mismo  momento  en 
que  se  pisa  la  cumbre  de  la  grandeza,  se  abre  por  modo 
inevitable  el  camino  del  descenso,  del  decaimiento,  de 
la  flojedad,  del  abatimiento. 

En  el  año  920,  á  18  de  Mayo,  D.  Ordoño  II  otorgó  á 
la  Iglesia  de  Santiago  un  Privilegio,  en  el  que  refiere, 
que  el  presbítero  Scissa  había  hecho  donación  por  Escri- 
tura á  la  Reina  D.a  Jimena  de  toda  su  hacienda  en  la 
cual  se  incluían  varias  villas  con  iglesias  y  monasterios. 
Pasado  algún  tiempo,  el  mismo  presbítero  hizo  nueva  do- 


276  LIBEO  SEGUNDO 


nación  de  todos  estos  bienes  á  la  Iglesia  de  Santiago. 
Esta  segunda  donación  era  á  todas  luces  nula,  porque 
D.a  Jimena  había  aceptado  la  primera;  sin  embargo,  Don 
Ordoño  por  hacer  bien  por  el  alma  de  su  madre,  de  los 
bienes  donados  por  Scissa,  cede  la  villa  de  Pelayo,  entre 
los  ríos  Parga  y  Láncara  en  la  Diócesis  de  Lugo,  con  la 
iglesia  de  San  Martín,  y  con  los  libertos  que  cultivaban 
dicha  villa  (1). 

Debía  de  hallarse  vacante  á  la  sazón  la  Sede  de  San- 
tiago, porque  D.  Ordoño  en  el  Diploma  no  se  dirige,  según 
era  costumbre,  al  Prelado,  sino  en  general  al  Sacratissimo 
Licgar  de  Santiago.  Dedúcese  de  esto,  que  en  18  de  Mayo 
de  920,  ya  había  fallecido  Sisnando,  y  que,  por  consi- 
guiente, había  que  tratar  de  designarle  sucesor.  Pero, 
¿quién  podría  ocupar  dignamente  aquella  Silla  que  por 
tantos  años  había  ilustrado  y  ennoblecido  el  gran  Sisnan- 
do con  tantos  y  tan  esclarecidos  hechos?  La  persona  más 
significada  parecía  el  abad  Gundesindo,  presidente  ó 
Prior  de  la  Canónica,  hijo  del  Conde  Alvito  y  de  la  pia- 
dosísima Condesa  D.a  Argilona,  patronos  y  bienhecho- 
res insignes  del  monasterio  de  San  Salvador  de  Cinis. 
Abrazó  Gundesindo  desde  muy  joven  la  carrera  ecle- 
siástica, y  debe  de  ser  uno  de  los  dos  Diáconos  Grundesin- 
dos  que  subscribieron  en  el  año  898  el  Privilegio  otorga- 
do por  Sisnando  al  monasterio  de  San  V erísimo  de  Ar- 
cos (2).  Diez  ó  doce  años  después  ocupó  con  título  de 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  XLIII. 

(2)  El  Cronicón  Iriense  indica  que  en  un  principio  había  seguido  la 
milicia.  Quizás  en  esto  aluda  á  la  administración  y  gobierno  que  Gunde- 
sindo tuvo  del  Condado  del  Picosagro;  los  cuales  cargos  solían  conferirse  á 
caballeros  y  hombres  de  armas. 


LOS  TEES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         277 

Abad  (1),  la  primera  Silla  en  el  Cabildo;  que  antes,  á  lo 
que  parece,  había  tenido  el  abad  Spanosindo. 

Era  persona  del  agrado  del  Rey  D.  Ordoño;  el  cual  le 
había  dado  la  administración  del  Condado  del  Picosagro, 
y  en  el  año  917,  á  20  de  Enero,  le  donó  las  villas  de 
Cela  (2),  Pravio  y  Paiaragio,  de  las  cuales  Espasando  y 
Renfurco  habían  hecho  Escritura  á  los  Reyes  D.  Alfon- 
so III  y  D.a  Jimena,  que  las  legaron  á  D.  Ordoño  (3). 
En  1.°  de  Octubre  del  referido  año  920  ya  estaba  consa- 
grado Obispo,  pues  como  tal  subscribe  la  donación  que  en 
dicho  día  hizo  San  Genadio  á  los  Monjes  y  Anacoretas 
del  Bierzo  (4). 

A  principios  del  año  922,  vino  D.  Ordoño  á  Santia- 
go, á  lo  que  parece,  á  recomendar  por  sí  mismo  que  se 
hiciesen  sufragios  por  su  difunta  esposa  D.a  Elvira,  y  á 
ofrecer  ante  el  altar  del  Santo  Apóstol  nuevos  testimo- 
nios de  su  piedad  y  de  su  devoción.  Después  de  referir, 
como  en  cambio  de  la  villa  Láncara  que  había  legado 
su  hermano  D.  Gonzalo,  había  él  ofrecido  las  de  Oza  y 
la  de  Arcabria  (o),  añade,  que  deseando  ampliar  esta  do- 
nación, ofrece  otra  villa  en  Arcabria,  que  también  había 
sido  de  una  señora  llamada  Elvira,  y  que  á  la  sazón 
poseía  su  hijo  el  Infante  D.  Sancho.  Cedió,  además,  los 


(1)  El  título  de  Deán  no  se  introdujo  en  Santiago  hasta  mediar  el 
primer  tercio  del  siglo  XII. 

(2)  Esta  villa  de  Cela,  es  la  que  en  un  principio  había  dado  D.  Ordo- 
ño  á  la  Iglesia  de  Santiago  en  cambio  por  la  de  Láncara.    (Véase  pág.  246). 

(3)  Véanse  Apéndices,  núm.  XLI. 

(4)  España  Sagrada,  tomo  XVI,  Apéndice  núm.  III. — La  Compostela- 
na  da  á  entender  que  en  su  elección  debió  suceder  algo  de  irregular  y  anó- 
malo. Así  lo  indican  aquellas  palabras:  Quah'cumque  modo  succedens, 

(5)     Véase  pág.  246. 


278  LIBEO    SEGUNDO 


derechos  que  correspondían  al  fisco  sobre  los  habitantes 
de  dichas  villas,  y  por  mano  del  Obispo  Gundesindo, 
presentó  como  ofrenda  ante  el  altar  de  Santiago,  ade- 
más de  varios  Códices  para  uso  de  la  Iglesia,  dos  ricas 
joyas,  un  cinturón  de  oro,  adornado  con  primoroso  tra- 
bajo de  piedras  preciosas,  y  otra  á  que  da  el  nombre  de 
limace  ó  lunace,  también  de  oro  cincelado  y  realzado  con 
piedras  de  gran  valor.  Cada  una  de  ellas  estaba  valua- 
da en  500  sueldos.  Datóse  la  Escritura  de  donación,  en 
27  de  Febrero  de  922  (1). 

En  9  de  Marzo  del  mismo  año,  subscribió  Gundesindo 
la  donación  de  la  iglesia  de  Santa  Marina  de  Puerto- 
marín,  hecha  por  el  Obispo  de  Lugo,  Recaredo,  al 
Conde  D.  Gutierre  Menéndez  (2).  Con  el  Prelado  de 
Lugo,  Recaredo,  había  tenido  antes  una  cuestión 
Gundesindo ,  sobre  los  Condados  de  Pruzos  y  Be- 
soucos,  que  se  ventiló  en  León,  en  presencia  de  los  Re- 
yes D.  Ordoño  y  D.a  Elvira  y  de  los  Obispos  Fronimio 
legionense  y  Fortis  asturicense  y  de  otras  muchas  per- 
sonas, así  seglares  como  eclesiásticas.  Esta  cuestión  no 
afectaba,  como  pudiera  creerse,  á  los  términos  de  la  Dió- 
cesis compostelana,  sino  á  ciertos  derechos  políticos  y  ci- 
viles sobre  los  habitantes  de  dichos  commisos  ó  Conda- 
dos (3).  El  fallo  que  pronunció  la  Junta  ó  concilio,  fué 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  XLIV.  —  En  esta  Escritura  se  apoya  el 
P.  Flórez  para  afirmar  (España  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  114),  que  Sis- 
nando  I  vivió  hasta  el  año  922;  mas  la  donación  se  hizo  ya  al  Obispo  Gun- 
desindo; y  el  consentimiento  del  Obispo  Sisnando  que  en  ella  se  cita,  (cum 
consensu  domini  Sisnandi  episcopi),  se  refiere  al  cambio  que  ya  había  hecho 
antes  D.  Ordoño  II.  (Véase  pág.  246). 

(2)  Cartulario  de  Celanova,  lib.  III,  fol.  198  vuelto. 

(3)  Así  lo  da  claramente  á  entender  la  sentencia  de  la  Junta  ó  jurado 


LOS  TEES  PRIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELNA  279 

que,  mientras  viviese  Recaredo,  gozase  de  la  mitad  de  las 
rentas  que  en  lo  civil  tributasen  dichos  Condados,  y  que 
á  su  muerte  pasasen  íntegros  al  Señorío  del  Obispo  com- 
postelano  (1). 

A  fines  de  este  mismo  año  922  otorgó  D.  Ordoño  otro 
Diploma  en  favor  de  la  Iglesia  de  Santiago.  A  mediados 
del  siglo  IX,  el  Conde  D.  Gatón  (2),  abuelo  de  D.  Ordo- 
ño,  por  parte  de  su  mujer  D.a  Elvira,  restauró  el  monas- 
terio de  San  Pedro  y  San  Pablo  de  Triacastela,  en  la 
Diócesis  lucense  (3),  á  la  falda  del  Monte  Seiro,  y  le  donó 
la  villa  de  Ranimiro,  con  la  legítima  de  un  Sabarico,  á 
quien  D.  Ordoño  llama  tío  suyo,  y  que  probablemente 
sería  hijo  de  D.  Gatón  y  hermano  de  D.  Bermudo,  pa- 
dre de  la  Reina  D.a  Elvira.  En  el  año  919,  á  22  de  No- 
viembre, el  Rey  D.  Ordoño  con  su  esposa  D.a  Elvira, 
que  consideraban  á  este  monasterio  como  dependencia 
de  su  familia,  lo  proveyeron  de  libros,  ornamentos,  cor- 
tinas, etc..  y  declararon  que  era  su  voluntad  que  su 
iglesia  no  fuese  parroquial,  ni  pública,  sino  exclusiva  de 
los  Monjes,  que  bajo  el  régimen  del  abad  Sancto,  perse- 
veraban militando  en  la  milicia  del  Señor  (4).  Pues  en 
este  Diploma  de  fines  de  922  (de  18  de  Diciembre), 
otorgó  D.  Ordoño  á  la  Iglesia  de  Santiago  este  monaste- 
rio de  Triacastela  con  todo  cuanto  le  pertenecía,  con 
toda  la  vajilla,  mobiliario  é  indumentaria  de  la  iglesia 


de  León,  pues  dice:   Dividimus  homiues  bene,   ut  sint  medii  post  partetn, 
JSci.  Jacobi  et  medii  post  par tem  illius  (Recaredi). 

(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  XLV. 

(2)  No  Gutón,  como  por  error  se  puso  en  la  nota  de  la  pág.  193. 

(3)  Entonces  pertenecía    á    la    de    León.— Véase  España    Sagrada^ 
tomo  XXXIV,  pág.  225. 

(4)  Véanse  Apéndices,  núm.  XLII. 


280  LIBBO    SEGUNDO 


y   una   campana   ex   metallo    fusile    (1),    que  allí   habí  a 
puesto. 

Adviértese  en  este  último  documento  que  no  se  hace 
mención  alguna  del  Obispo  Gundesindo.  Por  otro  docu- 
mento del  Cartulario  de  Celanova  (2),  sabemos  que  á  la 
sazón  se  hallaba  ocupado  en  una  empresa,  que  él  sin 
duda  alguna  consideraba  laudable,  pero  que  á  la  verdad 
no  estaba  contenida  dentro  de  los  límites  de  la  pruden- 
cia. Refiere  el  citado  documento  de  Celanova,  que  se 
hallaba  en  Santiago  como  paje  ó  familiar  de  Gundesindo 
(sal)  regimine  domni  Gundesin&i),  un  joven  de  muy  distin- 
guida familia.  Llamábase  Bermudo,  y  era  hijo  del  diáco- 
no Odoino  y  sobrino  de  Oduario,  aquel  gran  campeón 
gallego,  que  por  comisión  de  D.  Alfonso  III,  pobló  y  for- 
tificó buena  parte  de  la  provincia  de  Orense  y  de  la  de 
Trasosmontes  en  Portugal,  y  á  quien  el  interpolador  de 
Sampiro  llama  Conde  de  Castela  y  de  Auria  (Orense). 
Entre  los  cuantiosos  bienes  que  Bermudo  había  hereda- 
do de  su  padre,  contábase  la  antiquísima  iglesia  de  San- 
ta Comba  ó  Columba,  que  había  restaurado  Oduario,  y 
que  aún  hoy  se  conserva,  y  es  uno  de  los  monumentos 
arquitectónicos  más  notables  que  poseemos  (3).  Aconte- 
ció que  sobrevino  grave  enfermedad  á  Bermudo,  que  le 
puso  á  punto  de  muerte;  y  Gundesindo,  que  deseaba 
poseer  la  iglesia  de  Santa  Comba  para  establecer  en 
ella  un  monasterio,  tanto  hizo,  que  consiguió  que  su 
joven  alumno  se  la  donase  por  Escritura.  Al  poco  tiempo 
Bermudo  recobró  la  salud;  pero  se  encontró  sin  la  igle- 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  XLVL 

(2)  Lib.  II,  núm.  CXLVI. 

(3)  Hállase  en  el  partido  judicial  de  Bande,  cerca  del  río  Limia. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA.  I.  COMPOSTELANA  281 

sia  de  Santa  Comba,  por  la  cual  tenía  él  tanto  interés, 
por  lo  menos,  como  Gundesindo,  y  sobre  la  que  abrigaba 
quizá  el  mismo  pensamiento,  que  el  Prelado.  Juzgó  que 
aquello  había  sido  un  despojo;  pues  decía  que  si  había 
firmado  la  Escritura,  había  sido  contra  su  voluntad,  por 
no  haber  podido  resistir  la  imposición  de  Gundesindo 
(invitissinie,  quod  non  pacifice). 

Había  venido  á  la  sazón  el  Rey  D.  Ordoño  á  Galicia, 
y  había  convocado  un  Concilio  que  se  reunió  en  Lugo 
el  1.°  de  Agosto  de  922  para  tratar  de  la  restauración 
de  la  insigne  abadía  de  San  Julián  de  Samos.  Presentó- 
se en  el  Concilio  Bermudo,  llevando  por  abogado  y  de- 
fensor al  Conde  D.  Gutier  Menóndez,  padre  de  San 
Rosendo;  mas,  á  todo  esto,  se  había  instalado  en  Santa 
Comba  Gundesindo  con  una  comunidad  de  hermanos  ó 
religiosos  (1).  Oídas  las  quejas  de  Bermudo,  resolvió  el 
Rey,  con  el  Concilio,  que  Gundesindo  sólo  podía  perma- 
necer en  Santa  Comba  en  el  caso  de  que  á  Bermudo  le 
pluguiese  vivir  allí  como  religioso  y  reconocerlo  como 
Abad;  que  de  otro  modo,  tenía  que  abandonar  la  casa 
con  toda  su  comunidad,  y  dejarla  libre  al  hijo  de  Odoi- 
no.  Así  se  hizo,  y  Bermudo  quedó  en  pacífica  posesión 
de  la  casa  de  Santa  Comba,  aunque  sin  la  Escritura  de 
donación  que  había  hecho,  y  que  quedó  guardada  en  el 
Archivo  ó  Tesoro  de  Santiago.  Gundesindo  tuvo  que  vol- 
verse con  su  comunidad  á  su  Iglesia  (2). 


(1)  La  Escritura  sólo  dice  suos  fr aires,  que  bien  pudieran  ser  sus  her- 
manos según  la  carne;  pero  es  más  probable  que  se  trate  de  hermanos  de 
profesión,  como  Canónigos,  Monjes  de  Antealtares,  San  Martín,  etc.. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXV. — Por  más  que  no  conozcamos  las 
razones  íntimas  por  qué  en  general  los  Obispos  del  siglo  X  procuraban 
tener  bajo  su  régimen  inmediato  uno  ó  más  monasterios,  el  hecho  era  tan 


282  LIBRO  SEGUNDO 


Este  es  el  último  hecho,  siquiera  frustrado,  que  se 
conoce  de  Grundesindo.  Quizás  quiso  imitar  al  Obispo 
legionense,  Cixila  II,  el  cual,  desde  su  monasterio  de 
San  Cosme  y  San  Damián,  rigió  por  algún  tiempo  la 
Diócesis  de  León  (1).  Grundesindo  tuvo  que  renunciar  á 
hacer  lo  mismo  desde  Santa  Comba;  pero  no  es  difícil 
que  intentase  llevar  á  cabo  su  propósito  desde  otro  mo- 
nasterio. Mas  al  poco  tiempo  un  accidente  inesperado 
cortó  el  hilo  de  su  existencia,  y  por  lo  mismo  la  prose- 
cución de  sus  planes.  Se  ignora  qué  clase  de  accidente 
haya  sido  éste,  pues  la  Compostelana  (2)  únicamente  dice: 
Ex  habitáculo  camis  fertur  acrius  evulsus  fuisse:  acaso  una 
muerte  repentina  ó  violenta;  lo  cierto  es  que  de  la  rela- 
ción de  la  Compostelana  se  desprende  que  falleció  sin  el 
consuelo  de  los  auxilios  espirituales.  Lo  cual  tanto  afec- 
tó á  su  buena  madre,  la  Condesa  D.a  Argilona,  que  casi 
puede  decirse  que  renunció  su  hacienda-  en  beneficio  de 
los  pobres,  y  postrada  noche  y  día  ante  el  altar  de  San- 
tiago, imploraba  con  todo  el  fervor,  con  toda  la  efusión 
de  que  su  gran  corazón  era  capaz,  de  la  infinita  miseri- 


frecuente  en  aquella  época  que  sólo  puede  explicarse  suponiendo  en  todos 
ellos  como  una  necesidad  moral  ó  intelectual,  que  los  obligaba  á  poseer  uno 
ó  más  lugares  de  refugio,  en  que  con  mayor  facilidad  pudieran  satisfacer  las 
aspiraciones  de  su  corazón.  Acabamos  de  ver  cuanto  trabajó  Gundesindo 
para  adquirir  el  monasterio  de  Santa  Columba.  Más  tarde  Sisnando  II, 
además  de  contribuir  eficazmente  á  la  fundación  de  el  de  Sobrado,  que 
él  administraba  por  sí  mismo,  cooperó  á  la  restauración  de  el  de  Cinis. 
San  Rosendo  tenía  á  su  disposición  muchos  monasterios  que  visitaba 
con  frecuencia,  y  defendía  cuando  era  preciso  con  su  influencia  y  la  autori- 
dad. También  San  Pedro  de  Mezonzo  fué  dueño  de  varios  monasterios,  de 
los  cuales  podía  disponer  á  su  voluntad  aún  para  después  de  su  muerte. 

(1)  Véase  España  Sagrada,  tomo  XXXIV,  pág.  20G. 

(2)  España  Sagrada^  tomo  XX,  pág.  11. 


LOS  TEES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  í.  COMPOSTELANA  Ü83 

cordia  de  Dios  Omnipotente,  clemencia  y  salvación  para 
su  hijo.  Y  tanto  se  encendió  su  espíritu  con  el  fervor  y 
con  la  confianza  de  ser  oída,  que  pidió  al  Señor  que  se 
dignase  manifestarle  de  algún  modo,  cuál  era  el  estado 
de  su  Gundesindo.  Así  permaneció  por  algún  tiempo, 
durante  el  cual  su  alimento  era  el  recuerdo  de  su  hijo, 
al  pie  del  altar  del  Apóstol,  y  su  descanso  la  oración  y 
la  contemplación  de  la  Divina  Bondad.  En  una  ocasión, 
á  media  noche,  el  desvelo  y  el  cansancio  cerraron  sus 
párpados  y  la  sumergieron  en  un  letargo,  más  bien  que 
sueño.  En  tal  estado  tuvo  una  visión:  vio  que  un  perso- 
naje venerable  se  acercaba  al  armario  en  donde  se  guar- 
daban los  libros  del  Oficio  Divino,  que  los  cogía  y  que 
les  ponía  fuego.  Despertó  sobresaltada,  y  oyó  una  voz 
que  decía:  Sábete  que  esta  noche  tu  hijo  ha  sido  admitido  á  la 
compañía  de  los  escogidos. 

Antes  de  referir  esto,  había  dicho  la  Compostelana 
que  Gundesindo  más  se  había  cuidado  de  las  cosas  tem- 
porales, que  de  las  espirituales,  y  que  el  tenor  de  su 
vida  no  había  sido  muy  conforme  con  su  carácter  sacer- 
dotal. El  Iriense,  por  su  parte,  dice  que  era  hombre  pro- 
bo, y  que  desde  un  principio  abandonó  la  milicia  y  las 
cosas  del  siglo,  y  que  siempre  estuvo  alejado  de  toda  re- 
lación ilícita.  Lo  que  puede  tacharse  en  Gundesindo  es 
cierta  ligereza  é  inconstancia  en  sus  propósitos,  y  algo 
de  impremeditación  en  concebirlos  é  inmoderado  afán 
en  ejecutarlos. 


(9 


G) 


CAPITULO  XV 


Del  Obispo  D.  Hermegildo.-  La  Iglesia  de  Santiago  durante 
los  reinados  de  D.  Fruela  II,  D.  Sancho  Ordóñez,  D.  Alfon- 
so IV  y  D.  Ramiro  II. 


on  Gundesindo  debió  falle- 
cer á  fines  del  año  923  ó  á 
principios  de  924.  En  28  de 
Junio  de  este  último  año  ya  se  hallaba  consagrado  su 
sucesor  D.  Hermenegildo  ó  Hermegildo,  el  cual  parece 
haber  sido  antes  Canónigo  de  Santiago,  si  es  el  mismo 
que  el  que  con  este  nombre  aparece  en  algunos  Diplo- 
mas de  los  años  911,  912  y  913  subscribiendo  entre  los 
miembros  del  Cabildo  compostelano.  En  el  Diploma  de 
Lérez  del  año  916,  subscribe  el  diácono  Hermegildo  Si- 
geredo,  que  sin  duda  es  nuestro  Obispo. 

Malos  tiempos  tocaron  á  D.  Hermegildo;  tan  malos, 
que  la  Monarquía  leonesa  estuvo  al  borde  de  su  ruina, 


286  LIBRO  SEGUNDO 


Casi  á  la  vez  tuvo  el  Prelado  compostelano,  siempre 
buscado  y  solicitado  con  afán  de  todos  lados,  que  enten- 
derse y  acomodarse  con  cuatro  ó  cinco  Reyes  rivales, 
que  muriendo  casi  todos  prematuramente,  lejos  de  poder 
prestar  apoyo  á  las  personas  que  les  habían  demostrado 
afecto  y  sumisión,  las  dejaban  expuestas  á  la  saña  de 
los  sobrevivientes.  La  crisis  fué  larga  y  terrible;  y  los 
Estados  cristianos,  de  aquella  vez,  se  salvaron  milagro- 
samente, gracias  al  valor  y  esfuerzo  del  Rey  D.  Rami- 
ro II,  que  con  el  auxilio  de  Dios,  triunfó  de  sus  rivales 
y  anonadó  en  Simancas  la  fiera  arrogancia  y  poderío 
del  Califa  de  Córdoba,  Abderrhaman  III.  Mas  los  efectos 
de  tan  larga  y  pertinaz  agitación  duraron  por  mucho 
tiempo,  y  con  ellos  los  odios,  los  rencores,  la  sed  de  ven- 
ganza, la  calumnia,  la  difamación  y  todos  los  demás 
vicios  y  pecados,  que  crecen  y  se  arraigan,  como  en  te- 
rreno propio,  en  las  sociedades  así  perturbadas  y  re- 
vueltas. 

Esto,  en  gran  parte,  explica  lo  que  acerca  de  Her- 
megildo  dicen  la  Cowpostelana  y  aún  el  Iriense;  á  saber, 
que  desde  que  fué  elegido  Obispo  se  entregó  de  lleno  á 
la  disipación  y  á  la  satisfacción  de  sus  mundanales  ape- 
titos, y  que  fué  como  un  esclavo  de  la  iniquidad.  Lo  que 
sabemos,  por  los  antiguos  documentos,  está  muy  lejos  de 
acreditar  este  juicio  de  la  Compostelana;  por  lo  que  en  él 
sólo  podemos  ver  un  eco  de  los  clamores  levantados  en 
otro  tiempo  por  los  émulos  del  Obispo. 

Para  desgracia  de  Hermegildo,  al  poco  tiempo  de 
ser  elegido,  falleció  D.  Ordoño  II,  á  principios  del 
año  924,  y  por  lo  tanto,  el  reino  quedó  á  merced  de  las 
ambiciones  de  sus  hermanos  y  de  sus  hijos.  El  que  se 
adelantó  á  todos,  fué  su  hermano  D.  Fruela,  que  ya  rei- 


LOS  TEES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.    COMPOSTELANA  287 

naba  en  Asturias,  y  que  con  la  fuerza  y  con  la  osadía, 
consiguió  dejar  postergados  á  sus  sobrinos,  y  en  particu- 
lar á  D.  Sancho,  que  era  el  hijo  mayor  de  D.  Ordoño,  y 
tenía  ya  el  gobierno  de  Galicia.  Para  granjearse  Don 
Fruela  el  afecto  de  D.  Hermegildo  y  del  Clero  compos- 
telano,  tan  pronto  como  se  vio  apoderado  del  Trono, 
el  28  de  Junio  de  924,  comisionó  á  los  diáconos  Ataúlfo 
y  Fruela  para  que  viniesen  á  Santiago,  y  en  su  nombre, 
midiesen  y  acotasen  las  doce  millas  en  torno  de  la  Tum- 
ba del  Apóstol,  que  ya  habían  concedido  sus  anteceso- 
res. Quería  que  de  este  modo  constasen  como  dadas  y 
otorgadas  por  él,  ex  dato  nostro  (1). 

Del  apeo  verificado  por  los  diáconos  Ataúlfo  y  Frue- 
la, resultó  que  varias  de  las  tierras  comprendidas  en  el 
radio  de  las  doce  millas,  estaban  usurpadas  (maltas  exin- 
de  reperimus  oblatas).  No  desperdició  D.  Fruela  esta  oca- 
sión de  testimoniar  su  amor  y  devoción  al  Patrón  de 
España;  así  es,  que  acompañado  de  su  esposa  D.a  Urra- 
ca, de  los  Obispos  Recaredo,  metropolitano  de  Lugo;  de 
Sabarico,  de  Dumio;  de  Oveco,  de  la  regia  Sede  de 
Oviedo;  de  Branderico,  de  Tuy,  y  de  Fortis,  de  Astorga; 
de  los  Condes  D.  Gutier  Menéndez  y  D.  Gutier  Osórez, 
y  de  otros  muchos  Magnates,  vino  á  Compostela  y  allí, 
en  presencia  de  todos,  confirmó  de  nuevo  el  coto  de  las 
doce  millas,  según  lo  habían  ofrecido  sus  antepasados;  y 
él,  por  su  parte,  lo  extendió  por  el  lado  del  Norte  otras 
tres  leguas,  hasta  el  territorio  de  Nemitos  ó  Nendos,  do- 
nando el  Señorío  del  commisso  ó  Condado  do  Montanos 
(Montaos),  según  lo  había  tenido   Sigeredo  Egicaz,  des- 


(1)     Véanse  Apéndices,  núm.  XL VII. 


288  LIBRO  SEGUNDO 


de  el  Tambre  hasta  la  citada  comarca  de  Nendos  (1). 
Para  nada  suena  en  este  Diploma,  otorgado  en  17  de 
Septiembre  de  924,  el  nombre  del  Prelado  compostela- 
no;  lo  cual  no  deja  de  ser  significativo.  Más  adelante 
veremos  lo  que  haya  de  pensarse  de  estos  Privilegios. 

El  mismo  silencio  se  nota  en  otro  Diploma  despa- 
chado por  D.  Fruela  el  25  de  Octubre  de  924  (si  es  que 
este  Privilegio  no  fué  dado  en  el  año  912,  como  trae  la 
copia  inserta  en  el  Tumbo  A,  fol.  11,  de  la  Catedral 
compostelana,  cuando  D.  Fruela  no  era  más  que  Rey  de 
Asturias;  lo  cual  no  es  inverosímil).  Por  esta  Escritura, 
confirma  el  Monarca  á  la  Iglesia  de  Santiago  la  dona- 
ción que  su  padre  D.  Alfonso  le  había  hecho  de  la  villa 
de  Vallega  (Valga)  (2),  y  concede,  además,  otras  muchas 
que,  sin  duda,  habían  caído  en  su  legítima,  tales  son: 
las  de  Vilanium  (Vilano),  Valdani,  Teudiscli,  Invólati  y 
Proami,  en  Bergantiños;  las  de  Andogio  (Andoyo),  con  la 
iglesia  de  San  Mamed,  Lepore,  Gundesindi  y  Fornelos,  en 
Montanos;  las  de  Mourentan  y  Villamayor,  á  orillas  del 
Siaonia;  las  de  Barcalla,  Parata,  Laurinia,  Resera?,  Párete- 
longa,  Mazanaria,  Palatio,  Adamiri;  y  la  de  Ad  mola,  entre 
Laurum  y  Magnola,  á  orillas  del  Ulla  (3). 

Pero,  sea  esta  Escritura  del  año  924,  sea  del  año  912 
lo  cual,  en  realidad,  no  parece  lo  más  probable,  lo  cierto 
es  que  D.  Fruela  poco  tiempo  perseveró  en  este  buen 
camino.  Lo  que  hizo  con  el  Obispo  de  León,   Fronimio, 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  XLVIII.  . 

(2)  Según  consigna  D.  Fruela,  D.  Alfonso  había  adquirido  esta  villa 
por  donación  de  Baltario. 

(3)  Véanse  Apéndices,  núm.  XLIX. 


LOS  TRES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  289 

y  con  sus  hermanos  Aresindo  y  .Gebuldo  (1),  demuestra 
cuan  poco  amigo  era  de  contemplaciones,  y  con  cuánta 
precaución  debían  guardarse  de  él  aquellos  que  incu- 
rriesen en  su  desagrado. 

Si  hemos  de  prestar  fe  á  lo  que  de  él  dice  el  Rey  de 
Galicia,  D.  Sancho,  en  un  Diploma  de  que  luego  habla- 
remos, algo  parecido,  aunque  no  tan  grave,  debió  pasar 
en  Compostela.  Dice  D.  Sancho,  que  viniendo  en  rome- 
ría D.  Fruela  á  Santiago,  y  presentándole  D.  Hermegil- 
do  con  todo  su  Cabildo,  para  que  los  confirmase,  los 
Privilegios  de  sus  antecesares,  no  sólo  no  quiso  hacerlo, 
sino  que  recogió  los  documentos,  y  sometió  á  los  subditos 
de  la  Iglesia  del  Apóstol  al  tributo  fiscal,  de  que  estaban 
exentos  (2).  Visto  esto,  y  las  confirmaciones  que  hemos 
citado,  dadas  por  D.  Fruela  á  los  Privilegios  de  sus  ma- 
yores, habrá  que  suponer  que  después  las  revocó  y  las 
anuló  del  todo.  Lo  cierto  es,  que  la  donación  del  Conda- 
do Montanos,  hecha  por  D.  Fruela,  por  entonces  no  tuvo 
efecto. 

D.  Fruela  acabó  malamente,  y  su  muerte,  ocurri- 
da á  principios  del  año  925,  vino  á  plantear  de  nuevo 
el  problema  de  la  sucesión  al  Trono,  que  de  esta  vez  se 
resolvió  quedando,  como  Rey  en  Galicia,  D.  Sancho,  el 


(1)  Al  primero  lo  desterró  de  su  diócesis,  á  los  segundos  los  mandó 
matar. 

(2)  Adveniens  (Rey  Froila)  in  locum  saepedictum  causa  orationis,  de- 
monstrans  ei  Praesul  loci  ipsius  pater  Hermegildus  cum  omni  collegio  cle- 
ricorum  testamenta  priorum  Regum,  ut  majorum  exempla  imitando,  et  ipsa 
confirmaret,  et  alia  propter  semetipsum  superadderet,  ille  autem  obduratam 
habens  mentem,  non  solum  eadem  non  confirmavit,  sed  ibi  confirmata  sa- 
crilego  more  abstraxit,  et  plebem  cui  erat  mitis  Apostolus,  superimposito 

fiscali  imperio,  acrius  adstrinxit. 
Tomo  U.— 19. 


290 


LIBEO  SEGUNDO 


primogénito  de  D.  Ordofio  II  (1);   en  León,  el  hijo  se- 
gundo D.  Alfonso  IV;  y  en  Asturias,   D,  Ramiro,  tío 


Fotografía  de  J.  Limia.  Fotograbado  de  Laporta. 

Miniatura  del  Tamb>  A,  fol.  ^,  que  representa  á  D.  Fruela  II. 

de  los  anteriores  y  hermano  de  D.  Ordoño  II.  D.  Sancho 
coronóse  en  Santiago,  y  de  sobre  el  Altar  Apostólico 

(1)     Este  D.  Sancho  estuvo  por  mucho  tiempo  confundido  con  D.  San- 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  291. 

tomó,  ó  recibió  de  manos  de  Hermegildo,  el  Cetro,  em- 
blema de  su  real  poderío.  El  mismo  lo  dice  en  Diplo- 
ma que  acabamos  de  citar:  Dam  Domino  adjuvante  in  eo- 
dem  saepe  nominato  Loco  apostólico  sceptrum  acciperem  regni. 

La  prudencia  y  la  razón  de  Estado,  aconsejaban  á 
los  dos  hermanos,  D.  Sancho  y  D.  Alfonso  (1),  el  vivir 
en  paz  y  en  buena  armonía;  mas  á  ello  no  se  prestaba 
el  carácter  voluble,  inquieto  y  descontentadizo  del  se- 
gundo; que  unas  veces  aparecía  en  buenas  relaciones 
con  su  hermano,  otras  se  mostraba  desatento  y  cojijoso. 

D.  Sancho,  de  carácter  pacífico,  y  si  se  quiere,  apoca- 
do y  nada  ambicioso,  se  dedicó  á  gobernar  sus  Estados 
con  mano  floja  y  remisa,  más  bien  que  fuerte  y  áspera. 
Su  muerte  prematura  debió  de  ser  muy  sentida  por 
todos  sus  subditos,  que  sin  duda  desearían  que  se  prolon- 
gase por  muchos  años  el  paternal  gobierno  de  aquel, 
que  bien  podían  aclamar  el  D.  Sancho  Deseado  de  Ga- 
licia, y  tanto  más  deseado,  cuanto  que  nuestro  D.  San- 
cho murió  sin  sucesión. 

El  documento  más  antiguo  que  conocemos  de  D.  San- 
cho, es  la  donación  que  hizo  en  16  de  Abril  de  927  al 
Conde  D.  Grutier  Menéndez  y  á  su  familia,  del  lugar  de 


cho  el  Gordo.  Los  primeros  que  comenzaron  á  distinguirlos,  fueron  el  Padre 
Yepes  en  su  Coránica  general  de  San  Benito,  y  Castellá  y  Ferrer  en  la  His- 
toria de  Santiago. 

(1)  El  P.  Flórez,  Memorias  de  las  Reynas  Cathólicas,  tomo  I,  pág.  82), 
sostiene  que  el  primogénito  de  D.  Ordoño  II  fué,  no  D.  Sancho,  sino  D.  Al- 
fonso IV,  y  á  las  Escrituras  que  nombran  al  primero  antes  que  al  segundo 
responde:  «que  lo  hacen  por  ser  Escrituras  de  Galicia  donde  reinaba  D.  San- 
cho, y  por  tanto  le  dan  el  primer  lugar.»  Pero  el  P.  Risco  (España  Sagrada , 
tomo  XXXIV,  pág.  232),  cita  varias  Escrituras  del  reino  de  León  en  que 
firma  D.  Sancho  antes  que  D.  Alfonso;  por  lo  cual  la  salida  del  P.  Flórez, 
resulta  ineficaz. 


292 


LIBRO  SEGUNDO 


Villare,  en  donde  después  fundó  San  Rosendo  el  célebre 
monasterio  de  Celanova;  el  cual  lugar,  como  se  dice  en 
la  Escritura,  estaba  próximo  á  la  casa  de  D.  Gutier  en 
Villanueva  de  los  Infantes.  Despachóse  el  Diploma  en  el 
año  segundo  (no  primero,  como  publicó  Flórez),  del  rei- 
nado de  D.  Sancho  (1).  En  el  mismo  año,  á  25  de  Agos- 
to, concedió  á  la  Iglesia  de  Santiago  y  al  Obispo  Her- 
megildo  y  á  todos  sus  sucesores  el  lugar  de  Busto  Varga- 
no,  en  tierra  de  Luana  (2).  Unos  tres  meses  después,  á 
21  de  Noviembre,  con  su  esposa  D.a  Gotona,  noble  seño- 
ra gallega,  emparentada  con  la  real  familia,  otorgó  á  la 
misma  Iglesia  y  á  su  Obispo  D.  Hermegildo  otro  Diplo- 
ma, en  el  cual  se  hace  mención  del  desafecto  que  demos- 
tró D.  Fruela  II  á  esta  Iglesia,  y  de  su  negativa  á  con- 
firmar los  Privilegios  de  sus  antecesores.  D.  Sancho,  des- 
pués de  enterarse  del  contenido  de  estos  Privilegios,  los 
confirma  y  quiere  que  valgan  en  todo  tiempo  (3). 

A  fines  del  mismo  año,  á  23  de  Diciembre,  concurrió 
D.  Hermegildo  con  otros  cuatro  Obispos  al  Concilio,  cu- 
ya celebración  procuró  el  Conde  D.  Gutier  Menéndez 
para  restaurar  el  monasterio  de  Santa  María  de  Loyo 
(no  de  San  Eloy,  como  se  ha  repetido  tantas  veces),  en- 
tre el  Miño  y  el  Loyo  en  la  Diócesis  de  Lugo,  monaste- 
rio que  fué  la  cuna  de  la  ínclita  Orden  militar  de  San- 
tiago. Estuvieron  presentes  en  el  Concilio  los  dos  Reyes 
D.  Sancho  y  D.  Alfonso  (4). 

En  el  año  siguiente  928,  á  20  de  Febrero,  subscribió 


(1)  España  Sagrada,  tomo  XVIII,  Apéndice,  pág.  320. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  L. 

(3)  Véanse  Apéndices,  núm.  LI. 

(4)  Véase  España  Sagrada,  tomo  XVIII,  Apéndice,  pág.  321. 


LOS  TEES  PEIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  293 

D.  Hermegildo  una  Escritura,  por  la  que  D.  Sancho  y 
su  esposa  D.a  Gotona  restituyeron  á  Oduario  varias  vi- 
llas en  tierra  de  Navia,  de  Lemos,  y  junto  al  río  Lor, 
que  habían  sido  de  su  abuelo  Oduario,  y  de  las  que  éste 
había  sido  privado  por  sentencia  del  Rey,  acaso  en 
tiempo  de  las  sublevaciones  contra  D.  Alfonso  III. 
Oduario  presentó  á  los  Reyes,  como  donativo,  un  caba- 
llo mauricello  (morcillo),  una  cama  con  sus  ropas,  un  mulo 
arnarello,  tres  pieles  de  cordero  adobadas,  y  reiteles  de 
plata  dorada  apreciados  en  cien  sueldos,  que  le  había 
dado  el  Rey  D.  Fruela  (1). 

Después  de  esta  fecha,  poco  más  de  un  año  continuó 
gozando  Galicia  del  gobierno  de  D.  Sancho.  Una  muer- 
te prematura  llevó  al  sepulcro  al  joven  Monarca,  y  pri- 
vó por  entonces  á  Galicia  de  su  autonomía.  La  Reina 
D.a  Gotona  se  retiró  al  monasterio  de  Cástrelo,  que  ha- 
bía fundado  á  orillas  del  Miño,  en  la  Diócesis  de  Orense, 
y  en  él  dio  honrosa  sepultura  al  cadáver  de  su  esposo, 
por  cuyo  eterno  descanso  no  cesó  de  orar  mientras  no 
tuvo  revelación  de  que  se  hallaba  gozando  de  la  pre- 
sencia de  Dios  en  compañía  de  los  bienaventurados   (2). 

Ya  que  la  sucesión  al  Trono  se  había  declarado  divi- 
sible, en  aquella  ocasión  no  debía  de  hacerse  caso  omiso 
del  Príncipe  D.  Ramiro;  mas  el  Rey  de  León,  D.  Alfon- 
so, apreció  las  cosas  de  otra  manera,  y  así  que  tuvo  no- 
ticia de  la  muerte  del  Rey  D.  Sancho,  se  proclamó  su 
heredero  en  el  Reino  de  Galicia.  No  faltó  á  lo  que  solían 
hacer  todos  los  Reyes  al  comenzar  su  reinadp,  y  confirmó 

(1)  Cartulario  de  Celanova,  libro  II,  núm.  CXIV,  en  el  Archivo  Histó- 
rico Nacional. 

(2)  Véase  Flórez,  Memorias  de  las  Bey  ñas  Cathólicas,  tomo  I,  pág.  95 
y  siguientes. 


294  LIBBO   SEGUNDO 


todas  las  posesiones  que  tenía  la  Iglesia  de  Santiago,  tan- 
to en  la  provincia  de  Galicia,  como  en  el  Bierzo  ó  en  las 
tierras  de  fuera.  Fechóse  la  confirmación  á  8  de  Agosto 
de  929  (1).  Lo  mismo  había  hecho  tres  meses  antes,  á  12 
de  Mayo,  á  ruego  y  por  sugestión  del  Obispo  D.  Herme- 
gildo,  con  las  posesiones  del  monasterio  de  San  Cipriano 
de  Calogo  en  Villanueva  de  Arosa.  Después  de  un  largo 
preámbulo,  en  que  se  hace  como  un  resumen  de  la  His- 
toria eclesiástica,  demarca  el  coto  de  este  monasterio  dedi- 
cado á  San  Cornelio,  á  San  Cipriano,  á  San  Salvador, 
á  Santa  María  Virgen,  á  Santa  María  Magdalena,  á 
Santa  Tecla,  á  la  Santa  Cruz,  á  San  Sebastián,  á  San 
Andrés  y  á  Santo  Tomás,  y  edificado  en  tierra  de  Lo- 
beira  (in  térra  LupariaeJ  y  junto  al  castro  llamado  de 
Colago,  y  se  lo  confirma  para  siempre.  Confirma  además 
al  monasterio  en  la  posesión  de  las  salinas  que  los  Mon- 
jes, con  sus  propias  manos,  habían  hecho  en  el  lugar  de 
Usa.  La  subscripción  de  Hermegildo  está  concebida  en 
estos  términos:  Sub  Xpisti  nomine  Hermegildus  Sedis  iriensis 
episcopus  hunc  privilegium  in  amore  Dei  et  in  honore  Sancti 
Cipriam  et  aliorum  Sanctorum,  quorum  reliquiae  in  dicto  mo- 
nasterio sunt,  fieri  élegi  et  manu  propria  confirmo  (2). 

Para  captarse  asimismo  la  benevolencia  de  los  mag- 
nates gallegos,  encomendó  D.  Alfonso  al  Conde  D.  Gu- 
tier  Menéndez,  á  quien  llama  su  tío,  el  gobierno  de  va- 


(1)  Véanse  Apéndices,  ntim.  LIL 

(2)  Documentos  procedentes  de  San  Martín  en  la  Biblioteca  de  la  Uni- 
versidad de  Santiago. — Hasta  no  hace  muchos  años  se  conservaban  restos 
considerables  de  esta  iglesia  monasterial,  y  aún  hemos  llegado  á  ver  ínte- 
gro el  ábside.  A  juzgar  por  estos  restos,  la  iglesia  debía  de  ser  de  bellísimas 
proporciones,  y  parecía  haber  sido  construida  á  fines  del  siglo  XII  ó  prin- 
cipios del  siguiente. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  295 

rias  comarcas  de  Galicia,   como  las  de  Quiroga,  Sabiñao, 
Ortigueira,  etc..  (1) 

Al  poco  tiempo  se  le  antojó  á  D.  Alfonso  el  renun- 
ciar la  Corona  en  su  hermano  D.  Ramiro,  y  vestir  la 
cogulla  en  el  monasterio  de  Sahagún  (2).  Pronto,  sin 
embargo,  se  cansó  de  vivir  en  el  claustro,  y  quiso  pres- 
cindir de  su  hermano,  y  volver  de  nuevo  á  empuñar  las 
riendas  del  Estado  en  ocasión  en  que  D.  Ramiro,  al 
frente  de  un  numeroso  ejército,  se  disponía  á  invadir  el 
territorio  de  los  moros.  Mas  D.  Ramiro  no  se  decidió  á 
someterse  á  las  veleidades  de  D.  Alfonso;  lo  sitió  en 
León,  se  apoderó  de  él  y  lo  encerró  en  un  calabozo.  Con 
esto  quedó,  desde  el  año  931,  único  Rey  y  señor  de  León 
y  Gralicia. 

Siguiendo  D.  Ramiro  la  senda  trazada  por  sus  ma- 
yores, á  13  de  Noviembre  de  932,  confirmó,  así  para  du- 
rante el  pontificado  de  D.  Hermegildo,  como  el  de  sus 
sucesores,  todas  las  posesiones  de  la  Iglesia  de  Santiago; 
omnem  dioecesem  et  plebem  et  villulas  sive  ínsulas  et  commissos, 
atque  in  omnigyro  millie  constituía  (3).  Y  como  si  presintiese 
el  terrible  trance  por  qué  al  poco  tiempo  los  Estados  cris- 


(1)  España  Sagrada,  t.  XVIII,  Apénd.,  pág.  325. 

(2)  No  están  acordes  los  historiadores  acerca  del  año  en  que  D.  Alfon- 
so hizo  profesión  religiosa  en  Sahagún.  El  P.  Flórez  supone  que  D.  Alfonso 
se  retiró  á  este  monasterio  en  el  año  926;  en  cambio  su  continuador,  el  Pa- 
dre Risco,  sienta  que  hasta  el  año  931  D.  Alfonso  no  se  decidió  á  dar  ese 
paso.  Lo  más  probable,  parece  que  D.  Alfonso  se  hizo  religioso  al  poco  tiem- 
po de  subir  al  Trono,  pero  con  el  propósito  de  gobernar  el  reino  desde  su 
monasterio,  ó  fuera,  cuando  á  bien  lo  tuviese.  Esto  explicaría  por  qué  en 
algunos  Diplomas  anteriores  al  año  931,  se  llama  á  sí  mismo  Adefonsus  Eex 
Castus. 

(3)  Véanse  Apéndices,  núm.  LIV, 


296  LIBBO   SEGUNDO 


tianos  tenían  que  pasar,  á  principios  del  año  934  vino 
con  su  esposa  D.a  Urraca  á  Santiago  orationis  causa,  y 
personalmente  procuró  enterarse  de  todas  las  donacio- 
nes hechas  por  sus  progenitores  á  la  Iglesia  del  Patrón 
de  España  con  el  fin  de  confirmarlas  más  especialmente. 
Cita  y  confirma  los  Privilegios  otorgados  por  D.  Alfon- 
so II,  D.  Ramiro  I,  D.  Ordoño  I,  D.  Alfonso  III  y  sus 
padres  D.  Ordoño  II  y  D.a  Elvira  (1),  y  él,  por  su  parte, 
ofrece  el  commisso  ó  Condado  de  Pistomarcos  (Postmar- 
cos),  según  lo  había  obtenido  Lucido  Vimaraz  ó  Vima- 
rano,  y  según  se  comprendía  entre  el  mar,  el  Ulla,  y  el 
Tambre  (2). 

Con  estos  preparativos,  se  disponía  tal  vez  D.  Rami- 
ro para  la  expedición  que  por  este  tiempo  emprendió 
para  someter  á  los  caudillos  musulmanes,  que  se  habían 
rebelado  contra  el  Rey  de  Aragón  Mohamad-ben-Ha- 
chim,  de  la  cual  expedición  volvió  victorioso;  reversus  est 
Legionem  cum  magna  victoria,  como  dice  Sampiro.  Mas 
ésta  y  otras  expediciones  que  había  hecho  ya  D.  Ramiro 
no  fueron,  por  decirlo  así,  sino  ensayos  y  simulacros 
para  la  gran  jornada  de  Simancas.  El  pérfido  Rey  de 
Aragón  se  reconcilió  con  el  Califa  de  Córdoba,  Abder- 
rhaman  III,  y  ambos,  juntos,  invadieron  los  Estados  cris- 
tianos. D.  Ramiro  II,  que  sin  duda  tuvo  noticia  á  tiem- 
po de  estos  manejos  y  conciertos  de  los  dos  Reyes  inva- 
sores, recordando  lo  que  en  ocasión  semejante  había 
hecho  su  tatarabuelo  D.  Ramiro  I,  vino  por  segunda  vez 
á  Compostela,  y  ante  el  Altar  del  Apóstol  confirmó  el 


(1)  Ninguna  mención  hace  D.  Eamiro  de  la  donación  del  Condado  de 
Montanos,  hecha  por  su  tío  D.  Fruela  II. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  LV. 


LOS  TEES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  297 


Fotografía  de  J.  Limia.  Fotograbado  de  Laporta. 

Miniatura  del  Tumbo  Á,  fol.  12,  que  representa  á  D.  Ramiro  II. 


298  LIBUO  SEGUNDO 


Privilegio  de  los  Votos  y  prometió  extenderlo  hasta  el 
río  Pisuerga,  que  entonces  era  el  límite  oriental  del 
reino  de  León  (1).  Por  su  parte  el  Conde  de  Castilla, 
Fernán  González,  prometió  hacer  análoga  donación  á  la 
iglesia  de  San  Millán  de  la  Cogolla  en  todos  sus  Esta- 
dos, que  comenzaban  donde  terminaban  los  de  León. 
Llegó,  al  fin,  el  temido  día,  y  el  5  de  Agosto  de  939,  en- 
contráronse los  dos  ejércitos,  y  trabóse  una  de  las  más 
encarnizadas  y  sangrientas  batallas  de  cuantas  hasta 
entonces  se  habían  librado.  D.  Ramiro  batió  primero  á 
los  moros  en  Simancas,  y  después,  prosiguiendo  la  victo- 
ria, acabó  de  desbaratarlos  en  Alhandega.  «Esta  victo- 
ria, dice  Dozy  (2),  fué  tan  completa  y  tan  señalada,  que 
de  ella  se  habló,  tanto  en  el  fondo  de  la  Alemania,  como 
en  los  países  más  alejados  de  Oriente.» 

Diez  años  después  de  la  batalla  de  Simancas,  otor- 
gó D.  Ramiro  II  un  Privilegio  en  favor  de  D.  Herme- 
gildo  y  de  todo  el  Cabildo  de  Santiago  (vóbis  patri  domno 
Hermegildo  episcopo,  vel  omni  congregationi  Sancti  Jacóbi  Apo- 
stoli),  por  el  cual  permutó  la  villa  de  Paradela,  en  la  co- 
marca de  la  Amaía,  que  le  donara  Alvito  Muñiz  y  que 
antes  había  poseído  el  hermano  de  éste,  el  abad  Munino, 
por  la  villa  de  Ameo,  fuera  de  Galicia.  D.  Ramiro  dio 


(1)  Cujus  (Eanemiri)  tempore  Abdirahaman  Cordobensis  Rex  cum 
omni  exercitu  suo  fugatus  et  victus  est.  Qui  rex  ante  accesserat  ad  Beatum 
Jacobum  causa  orationis,  et  obtulit  ibidem  vota  usque  in  Pisorga,  ut  singu- 
lis  annis  redderent  censum  Apostolicae  Ecclesiae;  et  Deus  magnam  dedit 
ei  victoriam.  (Gron.  Iriense,  Esp.  Sag.,  t.  XX,  pág.  604).  El  Sr.  Sánchez 
Vaamonde  (Apol.  del  Voto  de  Santiago,  pág.  149),  califica  de  imaginario  este 
Privilegio  de  D.  Ramiro  II;  pero  á  él  aluden  indudablemente  en  sus  Bulas 
los  Papas  Inocencio  III,  Alejandro  III  y  Pascual  II.  (Véase  pág.  96  y  97). 

(2)  Becherches  sur  V  Histoire  et  la  littérature  de  V  Espagne;  3.a  edición, 
tomo  I,  pág.  157. 


LOS  TBES  PBIMEKOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         299 

asimismo  una  villa  en  Lago  y  otra  en  Vadapia,  por  otras 
dos  villas  de  la  Iglesia  de  Santiago,  sitas,  la  primera, 
también  en  Lago,  y  la  segunda,  llamada  Lameira,  en 
Vadapia,  según  la  había  poseído  el  Obispo  de  buena  me- 
moria, Sisnando  I.  Subscriben  la  Escritura,  que  se  fechó 
en  3  de  Junio  de  949,  los  Reyes  D.  Ramiro  y  D.a  Urra- 
ca, D.  Ordoño  proles  Regis,  D.  Sancho  pignus  Regís,  Ro- 
drigo, Jimeno  y  varios  testigos  (1). 


(1)    Véanse  Apéndices,  núm.  LX. 


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111-IMIIllllllllllllllltinillMIIIIIIIIIVIIilllllIIMIIIIIHMIIIltlllllIlllllllllllllllllltllUtltllltllltlllItlllllllllltlllllllttlIlllllllllllflllltMlllllllltlllItllltllllllltllllllltllll 


CAPITULO  XVI 


Discútese  lo  que  puedan  tener  de  verdad  las  aseveraciones 
de  la  Compostelana  acerca  del  Obispo  D.  Hermenegildo.— Do- 
naciones de  D.  Ordoño  III.— Indícanse  algunas  de  las  cau- 
sas de  la  perturbación  social  que  por  aquel  tiempo  reina- 
ba en  Galicia. 


E  los  hechos  que  hemos  refe- 
rido hasta  aquí  de  D.  Her- 
menegildo ,  ningún  indicio 
se  desprende  que  pueda  hacer  valer  la  afirmación  de  la 
Compostelana,  de  que  nuestro  Prelado  era  un  hombre  da- 
do á  la  gula  y  á  la  satisfacción  de  toda  clase  de  vicios  y 
pasiones.  Veamos  si  en  los  que  nos  restan  por  referir, 
aparece  alguno  que  pueda  hacer  siquiera  verosímil  lo 
dicho  por  la  Compostelana;  de  otro  modo  habrá  razón  para 
inferir  que  aquí  los  autores  de  la  célebre  Historia  no  hi- 
cieron más  que  acoger  incautamente  alguna  de  las  tan- 


302  LIBBO  SEGUNDO 


tas  calumnias,  que  en  época  de  tanta  turbulencia  y  de 
tanto  apasionamiento,  no  pudieron  menos  de  surgir  y 
propalarse  en  cada  bando  contra  los  personajes  más  in- 
fluyentes que  militaban  en  el  opuesto. 

Hemos  visto  que  á  ruego  de  Hermegildo,  confirmó 
D.  Alfonso  IV  todas  las  posesiones  del  monasterio  de 
San  Cipriano  de  Calogo.  Viendo  que  la  próxima  isla  de 
Arosa  era  lugar  muy  á  propósito  para  el  retiro  y  la 
contemplación,  fundó  allí,  en  el  mismo  año  929,  un  mo- 
nasterio dedicado  á  San  Julián,  dependiente  de  los  de 
Santiago.  «El  Obispo  de  Iria  D.  Hermenegildo,  dice 
Yepes  (1),  en  la  Escritura  de  fundación  de  este  monas- 
terio, va  haciendo  una  muy  larga  relación,  en  que  dice 
que  el  Rey  D.  Alonso,  luego  que  fué  hallado  el  Cuerpo 
de  Santiago,  viniendo  á  visitarle  y  á  reverenciarle,  ha- 
lló que  los  Monjes  que  estaban  en  su  servicio,  padecían 
necesidad,  por  lo  que  pro  victu  atque  vestitu  monachorum  in 
ipso  loco  deservientium  les  dio  las  islas  de  Ons,  Sálvora, 
Framio,  Sias,  Arosa,  etc..» 

Diez  años  después,  donó  Hermegildo  al  monasterio 
de  San  Juan  de  Pravio,  fundado  en  territorio  de  Nen- 
dos  y  junto  al  río  Mero,  la  quinta  parte  que  él  tenía 
en  la  villa  de  Pravio,  y  según  Espasando  y  Renfurco,  la 
habían  dado  al  Rey  D.  Ramiro  I  (2).  Son  de  notar  las 
palabras  que  emplea  Hermegildo  en  la  inscripción  del 


(1)  Coránica,  etc.,  t.  IV,  fol.  45. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  LVII .--Firman  este  documento  los  presbí- 
teros Cesario,  Alactancio,  Oduario,  Baltario,  Odisclo  y  Cresconio,  los  diáco- 
nos Hermegildo  y  Sandino,  y  además  Diego  Menéndez,  Alfonso,  Gemun- 
do,  Guimiro,  Sigeredo  con  el  presbítero  Baldemiro,  que  hizo  de  notario. 
Probablemente  todos  ellos  serían  Canónigos  de  Compostela. 


LOS  TBES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  303 

documento:  Ego  humillimus  ac  servorum  Domini  servus  licet 
immerito  Hermegildus  episcopus.  Placuit  mihi,  etc.. 

Casi  la  misma  frase  emplea  Hermegildo  (Ego  exiguus 
servus  servorum  Dei  Hermegildus  suo  gratia  Dei  in  culmine 
pontificale  compto),  en  la  inscripción  de  otro  Diploma,  por  el 
cual,  con  consentimiento  de  todo  su  Clero  catedral  (cum 
consensu  fratrum  et  congregationum  sancti  Jacobi),  concede 
para  siempre  al  diácono  Sisnando  la  villa  é  iglesia  de 
San  Vicente  de  Villaostulata  (Vilouchada);  la  cual  villa  é 
iglesia  había  sido  dada  antes  en  administración  al  pres- 
bítero Oduario,  primero  por  el  Obispo  Gundesindo,  tío 
del  diácono  Sisnando,  y  después  por  el  mismo  Hermene- 
gildo. Otorgóse  la  donación  en  30  de  Agosto  de  947  (1). 
En  otras  muchas  Actas  de  aquellos  tiempos,  aparece  el 
nombre  de  nuestro  Obispo;  tal  es  la  donación  que  hizo 
el  Abad  Adelfio  al  monasterio  de  Samos  en  31  de  Mayo 
de  938,  que  citan  Sandoval,  Yepes  y  Risco;  la  sentencia 
que  en  el  año  942  pronunció  San  Rosendo  con  otros 
jueces  nombrados  ya  desde  el  tiempo  de  D.  Alfonso  IV 
en  ruidoso  pleito  sobre  la  posesión  del  lugar  de  Paredes 
entre  las  parroquias  de  San  Esteban  de  Codoais  (Cos?)  y 
San  Salvador  de  Lemenioni  (Limiñón),  cerca  del  río 
Mero;  la  fundación  del  monasterio  de  Celanova,  en  que 
Hermegildo  subscribe:  Ego  Hermegildus  miseratione  divina 
apostolicae  ecclesiae  episcopus;  etc..  (2) 

De  entre  otros  asuntos, en  que  haya  intervenido  más 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  LIX. 

(2)  Sobre  esta  subscripción,  dice  Flórez  (España  Sagrada,  t.  XIX,  pá- 
gina 138),  que  á  partir  de  aquí  «se  fué  introduciendo  el  título  del  Apóstol,» 
pero  este  título  ya  venía  usándose,  por  lo  menos,  desde  los  tiempos  de  Sis- 
nando I. 


304  LIBBO  SEGUNDO 


directamente  D.  Hermenegildo,  citaremos  dos  por  su 
relativa  importancia.  El  presbítero  Letimio  se  había 
desvelado  por  surtir  á  la  iglesia  de  Santa  Marina  de 
Paradela,  á  orillas  del  Ulla,  en  el  partido  judicial  de  la 
Estrada,  de  todo  lo  necesario  para  el  culto  y  para  la 
manutención  de  los  monjes  que  allí  perseveraban,  ha- 
ciendo vida  santa.  Letimio  era  uno  de  ellos,  y  había 
hecho  profesión  de  obediencia  y  de  pobreza,  en  manos 
de  Exeriola,  que  parece  era  el  Abad.  Donó  cortinas, 
una  cruz  de  plata,  un  cáliz  y  una  patena  de  la  misma 
materia,  un  candelabro  de  bronce,  una  campana  de 
metal,  libros,  casullas  para  la  iglesia,  y  para  la  casa 
una  bodega  con  veinticinco  cubas,  dos  hórreos,  cinco  le- 
chos tornatizos,  treinta  cátedras  ó  taburetes,  mesas,  servi- 
cio de  plata,  ropas  de  cama,  ajuar  de  cocina,  y  además 
muchas  posesiones,  y  entre  ellas  la  mitad  de  la  próxima 
iglesia  de  Santa  Eulalia,  que  Letimio  había  heredado 
de  su  abuelo  Eulalio,  y  otra  iglesia  dedicada  al  Salvador 
en  el  Castro  Barbudo,  (San  Martín  de  Barbude,  ane- 
jo de  Paradela),  que  había  adquirido  por  concesión  del 
presbítero  Iuverico.  Sobre  la  propiedad  de  estas  dos 
iglesias,  movieron  pleito  á  Letimio  en  distintas  ocasiones 
y  ante  diversos  jueces.  El  pleito  sobre  Barbude  lo  falló 
el  Conde  D.  Gonzalo,  fundador  del  monasterio  de  Ca- 
manzo  y  padre  de  la  Reina  D.a  Aragonta.  Letimio,  en 
cuyo  favor  se  falló  el  pleito,  ofreció  como  obsequio  al 
noble  Conde,  un  muleto  de  color  bayo,  apreciado  en 
nueve  sueldos.  El  pleito  sobre  la  iglesia  de  Santa  Eula- 
lia, en  la  cual  Letimio  había  trabajado  con  no  menor 
celo,  generosidad  y  esmero,  se  vio  en  Santiago,  ante 
una  asamblea  ó  concilio  presidido  por  el  Obispo  D.  Her- 
megildo.  Los  jueces  dieron  sentencia  en  favor  de  Leti- 


LOS  TBES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTEL1NA  305 

mió,  el  cual  como  obsequio,  ofreció  al  Prelado  un  caballo 
bayo  apreciado  en  el  valor  de  seis  bueyes,  otro  caballo 
castaño  apreciado  en  ocho  bueyes,  y  una  esquila  ó  cam- 
panilla de  plata  de  doce  sueldos.  Todo  lo  consignó  el 
piadoso  presbítero  en  una  Escritura,  cuyo  original  se 
conserva  en  el  Archivo  de  la  Universidad  Eclesiástica 
de  Santiago  (1),  en  la  cual  Escritura  subscribe  D.  Her- 
megildo, el  diácono  ó  arcediano  Sisnando  y  otros  muchos 
individuos  del  Cabildo  compostelano. 

El  otro  asunto  en  que  tomó  parte  D.  Hermegildo, 
revistió  mayor  importancia  por  los  personajes  que  en  él 
intervinieron.  Dijimos  en  la  página  281  que  la  Escritura 
en  la  cual  el  joven  Bermudo  había  firmado  la  donación 
de  la  casa  é  iglesia  de  Santa  Comba,  en  favor  del  Obis- 
po D.  Gundesindo,  había  quedado  guardada  en  el  Ar- 
chivo ó  Tesoro  de  la  Iglesia  compostelana.  Apesar  de 
esto,  Bermudo  se  retiró  tranquilo  á  Santa  Comba;  se 
instaló  en  la  casa,  y  la  poseyó  pacíficamente  sin  que 
nadie  le  molestase,  ni  contradijese.  Empero,  la  iglesia 
de  Santa  Comba,  no  sabemos  por  qué  — acaso  porque 
guardaba  el  sepulcro  de  San  Torcuato,  uno  de  los  prin- 
cipales discípulos  de  Santiago —  tenía  muchos  apetece- 
dores. Sucedió  que  pasado  algún  tiempo,  el  Conde  D.  Or- 
doño  Velázquez  envió  á  su  hijo  Gutier  á  criar  y  educar 
en  Compostela,  bajo  el  cuidado  del  Obispo  Hermegildo 
(dedit  filio  suo  Guttier  ad  nutríendum  ad  ipso  pont/ifex  Herme- 
fjildus).  La  intención  del  Conde  D.  Ordoño  era,  apoderar- 
se de  la  iglesia  de  Santa  Comba;  pero  para  esto  le  con- 
venía hacerse  con  la  Escritura  de  cesión  que  había 
firmado  Bermudo.  Consiguió  engañar  á  D.  Hermegildo, 


(1)    Véanse  Apéndices,  niíin.  LVIII. 
Tomo  II— 20. 


306  LIBRO    SEGUNDO 


el  cual  entregó  la  Escritura  á  su  alumno  Gutier,  y  éste, 
por  orden  de  su  padre,  á  su  ayo  Nausto  Vimaraz.  Ya  se 
disponía  Nausto  y  su  pupilo  á  incautarse  de  Santa 
Comba;  pero  el  primero  vióse  de  repente  acometido  de 
dolores  tan  acerbos  y  agudos  que  le  privaron  de  la  vida. 
Lo  mismo  aconteció  al  Conde  D.  Ordoño  y  á  su  esposa 
D.a  Ermesinda.  Con  esto  siguió  Bermudo  poseyendo  tran- 
quilamente su  casa  de  Santa  Comba,  y  en  tal  estado  se 
la  dejó  á  su  hijo  Odoino  Bermúdez.  En  cambio  la  codi- 
ciada Escritura  fué  á  parar  á  manos  de  D.a  Gunterote 
ó  Guntroda,  Abadesa  de  Palatiolo  cerca  de  Celanova,  é 
hija  del  Conde  D.  Gutier  Osorio,  la  cual  había  tenido 
buen  cuidado  de  recogerla  al  tiempo  de  la  muerte  de  su 
cuñado,  el  Conde  D,  Ordoño  Velázquez. 

Continuó  Odoino  poseyendo,  como  su  padre,  la  iglesia 
de  Santa  Comba  sin  que  nadie  le  inquietase,  ni  pertur- 
base en  su  posesión,  por  más  que  gobernaban  aquella  tie- 
rra D.  Gutier  Osorio  y  su  hijo  D.  Froila  Gutiérrez,  pa- 
dre el  uno,  y  hermano  el  otro,  de  D.a  Gunterote.  Sin 
embargo,  Odoino  no  estaba  tranquilo  y  recelaba  que  la 
fatal  Escritura  fuese  origen  ú  ocasión  de  nuevos  intentos 
de  despojo.  Pidiósela  repetidas  veces,  pero  siempre  en 
vano,  á  D.a  Gunterote;  y  entonces  decidió  recurrir  á  la 
benignidad  y  clemencia  del  Rey  D.  Ramiro  II,  suplicán- 
dole con  toda  instancia,  que  interpusiese  su  poderoso  va- 
limiento para  que  la  austera  señora  no  desoyese  sus  sú- 
plicas. Accedió  el  Monarca,  y  comisionó  á  su  tío  el  Obis- 
po San  Rosendo  para  que  en  su  nombre  hablase  á  Doña 
Gunterote,  y  la  redujese  á  entregar  la  Escritura,  como  al 
fin  así  lo  hizo.  Entonces  Odoino  en  prueba  de  agradeci- 
miento y  para  acabar  de  ablandar  á  la  fiera  señora,  le 
hizo  un  gran  regalo  consistente  en  caballos  alf articen,  mu- 


LOS  TBES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  307 

los,  alhajas  de  plata,  paños  de  seda;  apreciado  todo  en 
quinientos  veinte  bueyes.  Al  Rey  le  hizo  el  obsequio  de 
un  hermoso  caballo  álfarace  (1),  que  sabía  que  le  agrada- 
ba y  de  otros  objetos  de  valor  (causas  bonas)  valuados  en 
ciento  veinte  sueldos. 

Todo,  sin  embargo,  fué  inútil;  y  D.a  Gunterote  como 
para  demostrar,  que  no  había  sido  por  puro  capricho  el 
negarse  á  entregar  la  Escritura,  puso  demanda  á  Odoi- 
no  sobre  la  casa  de  Santa  Comba.  Y  ciertamente  la  oca- 
sión para  ello,  era  de  lo  más  propicio  para  D.a  Guntero- 
te. Presentó  la  demanda  ante  un  numeroso  Concilio  que 
se  celebraba  en  León  al  tiempo  en  que  su  padre,  D.  Gu- 
tier  Osorio,  volvía  de  Asturias  y  presentaba  al  Rey  Don 
Ramiro,  prisioneros  á  los  hijos  de  D.  Fruela  II,  los  in- 
fantes D.  Alfonso,  D.  Ordoño  y  D.  Ramiro,  y  en  que  el 
Conde  en  premio  de  sus  servicios,  recibía  de  manos  del 
Rey  el  gobierno  de  las  tierras  de  que  los  Infantes  habían 
sido  despojados  (2).  En  presencia  del  Concilio,  discutió 


(1)  Aquí  tiene  el  Sr.  La  Fuente  los  caballos  alfar accs,  no  alfaraclies, 
que  tanta  atención  le  llamaron  en  la  Epístola  del  Papa  Juan  VIII.— De 
aquí  también  resulta,  que  la  fama  de  la  excelencia  de  los  caballos  de  la 
Limia,  tuvo  en  la  antigüedad  su  fundamento. 

(2)  Creemos  que  no  pueden  ser  otros  los  Infantes  á  que  alude  la  Es- 
critura, que  vamos  extractando,  en  el  siguiente  párrafo:  Hada  sunt  hcc  om- 
nia  iudiebus  quanclo  ipse  comes  Outtier  Osoriz  prese ntavit  illos  infantes  ante 
prefatus  rex  in  civitatem  rege  sedís  Legionem,  quando  eos  ceciderunt,  et  suam 
ierram  ipse  comes  et  cum  gens  sua  de  manu  regís  ad  imperandum  acceperunt. 
Sirve  grandemente  este  párrafo  para  ilustrar  el  Cronicón  de  Sainpiro,  en  lo 
que  dice  al  final  del  reinado  de  Alfonso  IV.  (España  Sagrada,  tomo  XIV, 
página  465). 

Los  Obispos  que  estaban  presentes  en  el  Concilio,  eran  Oveco  Núñez  do 
León,  Oveco  de  Oviedo,  Dulcidio  de  Zamora,  Salomón  de  Astorga,  Aldere- 
do  de  Simancas,   Dulcidio  de  Viseo,  Ornato  de   Lamego,  Gundesindo  de 


308  LIBRO    SEGUNDO 


Odoino  con  el  Conde  Osorio  Gutiérrez,  hermano  de 
D.a  Gunterote,  sobre  la  propiedad  de  la  casa  de  Santa 
Comba;  y  el  Conde,  acaso  á  falta  de  otras  razones,  re- 
quirió al  Obispo  de  Santiago  para  que  terciase  en  el  de- 
bate. Mas  D.  Hermegildo  ya  se  había  retirado  del  Con- 
cilio y  estaba  en  camino  de  vuelta  para  su  Diócesis;  y 
como  era  persona  que  tenía  motivos  para  estar  enterado 
de  la  cuestión,  su  voto  fué  considerado  por  el  Rey  Don 
Ramiro,  como  muy  digno  de  tener  en  cuenta  para  el 
mejor  acierto  en  la  resolución  del  asunto.  Envió,  pues, 
al  Diácono  ó  Arcediano  de  Santiago,  Sisnando  Menén- 
dez,  que  á  la  sazón  desempeñaba  el  cargo  de  Intendente 
de  Palacio  fprepositus  domus  sue),  para  que  hiciese  volver 
al  Prelado  compostelano,  como  en  efecto  lo  hizo. 

En  el  Concilio  interrogó  el  Conde  Osorio  al  Obispo 
Hermegildo,  si  no  era  á  él  y  á  su  hermana  Grunterote,  á 
quien  se  debía  entregar  la  casa  de  Santa  Comba.  El  Pre- 
lado contestó  resueltamente  que  sería  una  injusticia  en- 
tregarla á  otra  persona  que  á  Odoino,  y  que  él,  por  su 
parte,  declaraba  que  éste  era  su  verdadero  dueño;  y  ante 
el  Concilio  sostuvo  con  energía  su  afirmación  contra  los 
argumentos  y  objeciones  del  Conde  Osorio,  á  las  cuales 
el  Concilio  halló  de  ningún  valor  (1).  En  virtud  de  esto, 
el  Rey  y  la  venerable  Asamblea,  autorizaron  á  San  Ro- 


Coimbra,  Baltario  de  Tuy,  Hermegildo  de  Lugo  y  Arias  de  Mondoñedo. 
Hallábanse  también  los  Condes  de  Castilla,  Fernán  González,  Ansur  Fer- 
nández y  Diego  Muñoz,  y  los  de  Galicia,  Pelayo  González  y  Jimeno  Díaz,  y 
otra  mucha  cristiandad  (multa  xpistianitate). 

(1)  Tuno  invocavit  eum  (Hermegildum)  ipse  Osorio  ut  autorigasset  illi 
illa  casa  et  domna  Gunterode  de  facie;  et  ille  episcopus  noluit  eis  autorigare, 
sed  contendivit  multum  cuín  eis  in  ipso  concilio,  dicens  eis  quia  injuste  mihi 
faciobant,  autorigavit  mihi  illa. 


LOS  TRES    PHIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTE  LANA        30!) 

sendo,  que  probablemente  entonces  se  hallaría  en  Cela- 
nova,  para  que  en  su  nombre  pusiera  á  Odoino  en  pose- 
sión de  la  casa  é  iglesia  de  Santa  Comba,  como  así  se 
llevó  á  cabo  (1). 

De  otro  Documento  histórico  que  se  registra  en  el 
Tumbo  A  de  la  Catedral  compostelana  (2),  tomaremos 
otro  dato  referente  al  pontificado  de  D.  Hermegildo. 
Entre  los  Magnates  que  en  los  comienzos  del  reinado  de 
D.  Alfonso  III,  tomaron  posesión  de  muchas  villas  y 
tierras  abandonadas  en  el  Mediodía  de  Galicia  y  en  el 
Norte  de  Portugal,  contóse  el  Conde  Alfonso,  por  sobre- 
nombre Bettote  (3),  el  cual  se  posesionó  entre  otras  mu- 
chas, de  la  villa  de  Borvene  á  orillas  del  Miño,  cerca  de 
Ribadavia  y  de  otro  lugar  llamado  Maganes.  según  anti- 
guamente habían  estado  amojonados.  A  su  muerte  sus  hi- 
jos Tello,  Gonzalo,  Teoda  y  Aragonta,  partieron  las  villas 
que  había  poblado  y  poseído  su  padre,  y  á  Teoda  ó  Teo- 
dón  tocaron  las  referidas  de  Borvene  y  Maganes  con  todas 
sus  pertenencias.  Al  fallecer  Teoda,  dejó  herederos  á  sus 
hijos,  el  Diácono  Tello,  que  era  Canónigo  de  Santiago  y 
Leovigildo,  pero  legó  á  sus  libertos  el  quinto  de  las  mis- 
mas villas.  Los  libertos  hicieron  Escritura  de  este  quinto 
al  Rey  Don  Alfonso  III,  el  cual  quinto  á  la  muerte  de 
Alfonso  pasó  á  poder  de  D.  Ordoño  II,  después,  de  D.  Ra- 
miro II,  y  por  último,  de  D.  Ordoño  III.  Queriendo  esto 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXV,  pág.  178.— Posteriormente  la 
iglesia  de  Santa  Coraba,  fué  agregada  á  Celanova,  y  el  cuerpo  de  San  Tor- 
cuato,  no  el  sepulcro,  trasladado  á  la  iglesia  de  dicho  monasterio. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núra.  LXI. 

(3)  Es  el  Conde  de  Deza,  Betote,  que  asistió  á  la  consagración  de  la 
Iglesia  de  Santiago  en  el  año  899.  (Véase  Esp.  Sag.,  t.  XIV,  pág.  456). 


10  LIBRO  SEGUNDO 


Monarca  al  subir  al  Trono,  hacer  algún  bien  por  el  alma 
de  sus  mayores  en  la  Iglesia  de  Santiago,  consultó  al 
Obispo  D.  Hermegildo  y  á  su  Diácono  Tello,  como  po- 
dría realizar  éste  su  proposito.  Le  contestaron  el  Obispo 
y  el  Canónigo,  que  cediendo  al  monasterio  que  se  había 
fundado  en  Borvene,  el  quinto  que  los  libertos  de  su  pa- 
dre Teoda  habían  donado,  sin  haber  obtenido  para  ello 
licencia  de  los  patronos,  al  Rey  D.  Alfonso  III.  Así 
lo  hizo  D.  Ordoño  III;  cedió  el  quinto  que  tenía  á 
los  religiosos  de  Borvene  para  que  con  intervención 
del  Obispo  Hermegildo ,  del  Diácono  Tello  y  de  la 
Monja  Aragonta,  sirviesen  con  los  bienes  del  monaste- 
rio á  la  Iglesia  de  Santiago.  Firmóse  la  cesión  á  5  de 
Marzo  de  951  (1),  y  en  ellas  firman  el  Rey  D.    Ordoño, 


(1)  En  el  Tumbo  se  lee  Era  DCCCCLXXXVIII  (año  950);  pero  como 
trató  de  demostrar  Dozy  (Becherches0..,  t.  I,  pág.  170),  D.  Ordoño  III  no 
subió  al  Trono  hasta  principios  del  año  951.  La  fecha  exacta  del  falleci- 
miento de  D.  Ramiro  II,  tuvo  por  mucho  tiempo  divididos  á  nuestros 
historiadores;  pues  unos  decían  que  D.  Ramiro  había  fallecido  el  5  de  Ene- 
ro de  950,  y  otros  diez  meses  después.  Un  documento  de  Samos  que  cita 
Sandoval  (Cinco  Obispos,  pág.  273),  fechado  en  27  de  Febrero  de  951, 
dirimiría  la  cuestión;  pues  trae:  Incoante  regno  dominissimo  Ordonio  princi- 
pe domini  Bamiri  filio  anno  regni  sui  primo;  mas  las  fechas  publicadas  por 
este  autor,  suelen  ofrecer  poca  seguridad.  La  causa  de  la  confusión,  á  nues- 
tro juicio,  estuvo  en  que  como  la  Era  DCCCCLXXXVIIII  termina  en 
cuatro  IIII,  fué  fácilmente  al  trasladar  los  documentos  suprimir  una  I,  y 
por  consiguiente,  disminuir  en  un  año  la  verdadera  fecha.  Esto  se  ve  paten- 
temente en  la  Escritura,  núm.  VIL,  lib.  I,  del  Tumbo  de  Celanova,  la  cual 
pone  la  Era  DCCCCLXXXVIII;  pero  un  ejemplar  suelto  de  la  misma  Escri- 
tura de  fines  del  siglo  X  ó  principios  del  XI,  trae  Era  DCCCCLXXXVIIII. 
Lo  más  probable,  por  lo  tanto,  es,  que  D.  Ramiro  II  falleció  el  5  de  Enero 
de  951  ó  pocos  días  después,  y  que  por  entonces  comenzó  á  reinar  su  hijo 
D.  Ordoño  III. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         3L1 

los  Obispos  Hermegildo  de  Santiago,  San  Rosendo, 
Gonzalo  de  León,  Fronimio,  dimisionario  de  la  misma 
Sede,  Arias  de  Dumio,  Hermegildo  de  Lugo,  y  San  Vi- 
liulfo  de  Tuy,  los  Condes  Rodrigo,  Munino  y  Osorio  y 
catorce  testigos. 

De  lo  hasta  aquí  expuesto,  no  puede  inferirse  que 
D.  Hermegildo  hubiese  sido  un  dechado  de  virtud;  pero 
lo  que  desde  luego  resulta  es  que  no  fué  un  monstruo  de 
iniquidad,  como  nos  lo  pintó  la  Compostelana.  Durante  su 
largo  pontificado,  que  duró  más  de  veinte  y  seis  años,  á 
pesar  de  lo  crítico  y  azaroso  de  las  circunstancias,  no 
decayó  visiblemente,  como  sucedió  más  tarde,  el  esplen- 
dor y  grandeza  de  la  Iglesia  compostelana;  antes  bien, 
la  fama  de  la  observancia  y  santidad  con  que  se  vivía 
en  sus  monasterios,  especialmente  en  el  de  Antealtares, 
estaba  muy  extendida.  Por  esto,  el  Abad  de  Santa  Ma- 
ría de  Cambre,  D.  Munio,  á  la  hora  de  su  muerte  en- 
cargó á  sus  hermanos  Grutier  y  Alvito,  que  agregasen 
este  monasterio  con  todas  sus  pertenencias,  al  de  Ante- 
altares, y  se  sometiesen  en  todo  á  la  dirección  del  vene- 
rable abad  Adulfo  III.  Así  lo  hicieron  los  dos  hermanos 
hacia  el  año  942  por  una  Escritura  que  vio  Yepes  (1),  y 
de  la  cual  se  conserva  un  extracto  entre  los  documentos 
de  San  Martín,  de  la  Biblioteca  de  la  Universidad  com- 
postelana. Entre  las  cosas  entregadas  se  contaban  tam- 
bién los  documentos  que  había  recogido  su  padre  en 
tiempo  de  D.  Alfonso  III.  Firman  la  Escritura  los  Obis- 
pos Baltario  (y  no  Branderico,  como  leyó  el  copiante)  de 
Tuy;  Hermegildo,  de  Compostela;  Rudesindo,  de  Dumio, 


(1)    Coron...,  t,  V,  fol.  03. 


312  LIBBO  SEGUNDO 


y  Hermegildo,  de  Lugo;  y  los  abades  Vimara,   Gladila, 
Gruto  y  Cristóbal  (1). 

Hacia  el  año  968  el  diácono  Ñuño,  probablemente 
Canónigo  de  Santiago  y  descendiente  del  Rey  de  Gali- 
cia D.  Silón,  concedió  en  Deza,  al  mismo  monasterio, 
extensas  heredades:  la  iglesia  de  Santa  Eulalia  de  Fil- 
gueira  ó  Donseón,  que  habían  edificado  sus  mayores,  y 
la  décima  parte  de  las  aldeas  de  Bergazos,  Val  y  Vi- 
llamala. 

Por  este  mismo  tiempo  se  refugiaron  en  Santiago 
los  Monjes  de  Santa  Marina  del  Tostó  en  tierra  de 
Soneira  (Somnaria),  en  la  brava  costa  del  Océano,  entre 
Camarinas  y  Laje.  Asaltados  y  saqueados  su  iglesia  y 
monasterio  por  una  banda  de  piratas  ó  salteadores,  no 
les  quedó  más  recurso  para  salvar  la  vida  que  apelar  á 
la  faga,  y  buscar  en  Compostela  un  asilo  seguro.  Se  lo 
prestó  generosamente  el  Abad  de  Antealtares,  el  cual 
con  sus  Monjes,  después  de  enterarse  de  todo  lo  que  ha- 
bía ocurrido,  desplegó  toda  su  caridad  con  aquellos  sus 
desgraciados  y  afligidos  hermanos.  Los  hospedó  en  su 
monasterio,  los  admitió  en  su  refectorio  y  los  consideró 
como  miembros  de  su  comunidad.  Y  tan  pronto  como  se 
presentó  ocasión  propicia,  restauró  el  monasterio  del 
Tostó,  y  envió  allí  Monjes  y  estableció  una  comunidad 
que  se  tenía  por  hija  de  la  de  Antealtares. 

Sucesos  como  el  de  Santa  Marina  del  Tostó  comen- 


(1)  Desde  entonces  el  monasterio  de  Cambre,  quedó  corno  priorato 
de  Antealtares.  En  la  actualidad  es  iglesia  parroquial  y  una  de  las  más 
bellas  de  la  Diócesis.  Pertenece  al  último  período  románico-bizantino,  y  su 
ábside  está  rodeado  de  corona  ó  deambulatorio.  Guarda  también  una  de 
las  hidrias  de  las  Bodas  de  Cana. 


LOS  TRES  PUlMERÓS  SIGLOS  DE  LA  I.  C0M20STELANA  313 

zaban  entonces  á  hacerse  demasiado  fresuentes.  Ade- 
más de  otras  razones  que  pudieran  aducirse,  como  el 
estado  continuo  de  guerra,  el  aislamiento  con  que  solía 
vivir  cada  región  respecto  del  poder  central,  hay  una 
que  debe  tenerse  muy  presente,  y  es  la  gran  muchedum- 
bre de  cautivos  y  esclavos  que  debía  de  haber  entonces 
en  los  reinos  cristianos.  En  sola  la  expedición  que  Don 
Ramiro  II  hizo  á  Talavera  poco  antes  de  morir,  trajo 
7.000  cautivos.  En  la  que  hizo  á  Osma  en  los  primeros 
años  de  su  reinado,  trajo  también  muchos  miles  de  pri- 
sioneros. Como  nos  acreditan  recientes  y  dolorosas  ex- 
periencias, por  muy  buena  voluntad  que  quiera  supo- 
nerse en  D.  Ramiro  y  en  sus  generales,  no  era  fácil 
proporcionar  suficiente  sustento  para  tanto  cautivo;  por 
lo  que  éstos  tendrían  que  buscárselo  por  su  mano.  Si  á 
éstos  se  agregan  los  muchos  siervos  ó  colonos  que  aban- 
donaban las  tierras  á  que  se  hallaban  adscriptos,  se  con- 
cebirá fácilmente  el  gran  número  de  bandas  de  foragi- 
dos  que  debían  infestar  el  país. 

En  prueba  de  ello,  citaremos  algunos  de  los  casos 
ocurridos,  no  á  iglesias  y  monasterios,  sino  á  un  podero- 
so Magnate,  el  Conde  D.  Hermenegildo,  hermano  del 
Obispo  Gundesindo  y  padre  del  Obispo  Sisnando  II.  Por 
los  años  931  un  tal  Salomón  había  hecho  un  hurto;  y 
cogido,  lo  entregaron  á  D.  Hermenegildo  y  lo  condena- 
ron á  pagar  treinta  bueyes.  D.  Hermenegildo  lo  dejó  en 
libertad  bajo  fianza,  que  prestaron  los  presbíteros  Saba- 
neo y  Froilán  y  otros  cuatro  individuos,  obligándose 
todos  á  pagar  veintiún  bueyes,  si  Salomón  escapaba.  Los 
padres  de  éste,  Donadeo  y  Tidina,  prestaron  caución 
con  todos  sus  bienes.  Sucedió  que  Salomón  se  fugó  y  se 
llevó  consigo  á  un  siervo  de  D.  Hermenegildo  llamado 


314  LIBBO  SEGUNDO 


Maurelo,  y  á  un  ladrón  á  quien  soltó  de  la  cadena,  el 
cual  tenía  que  pagar  tres  caballos  por  su  robo  (1).  En 
este  mismo  año  Desiderio  y  su  mujer  Gudileuba  tuvie- 
ron que  entregar  á  dicho  Conde  la  mitad  de  su  heren- 
cia, porque  habían  afianzado  á  su  hijo  Florido  en  diez 
bueyes  para  que  no  escapase;  y  Miro  y  su  mujer  Froisen- 
da  fueron  multados  en  la  pérdida  de  todos  sus  bienes 
por  el  robo,  que  con  Gatón,  siervo  del  Conde,  le  había 
hecho  su  hijo  Faíila.  Un  año  antes,  Astruedo  y  su  mu- 
jer Froilona,  fueron  condenados  á  dar  todo  cuanto  te- 
nían en  Presares  como  restitución  de  lo  que  habían  ro- 
bado á  D.  Hermenegildo  y  á  su  esposa  D.a  Paterna. 
Tales  eran  los  materiales  que  se  fueron  hacinando  para 
la  intensa  y  profunda  perturbación  que  reinó  en  León 
y  Galicia  durante  la  segunda  mitad  del  siglo  X. 

Pero  volvamos  á  D.  Hermenegildo.  La  Compostelana 
quiso  que  el  fin  de  nuestro  Prelado  correspondiese  al 
tenor  de  su  vida,  según  ella  nos  lo  había  pintado.  Una 
vida  completamente  estragada,  no  podía  menos  de  tener 
un  fin  trágico;  en  esto  estuvo  acorde  consigo  misma  la 
Compostelana;  pero,  ¿lo  estuvo  así  con  la  realidad  de  los 
hechos?  Desde  luego  hay  motivos  para  dudarlo,  y  no 
faltan  indicios  seguros  que  demuestran  todo  lo  con- 
trario. 

Refiere  la  Compostelana  que  la  víspera  del  día  de  su 
muerte,  D.  Hermenegildo  en  un  acceso  de  ira,  mandó 
arrebatar  á  una  pobre  viuda,  una  vaca  con  cuya  leche 
se  sustentaban  ella  y  sus  hijos  que,  según  el  Cronicón 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  Lili. — Es  curioso  este  documento,  porque 
nos  da  á  conocer  algo  de  los  procedimientos  de  aquella  época,  en  materia 
judicial. 


LOS  TRES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  315 

Iriense  eran  ocho.  Al  día  siguiente  celebró  D.  Hermene- 
gildo un  banquete,  al  que  convidó  á  los  caballeros  que  es- 
taban á  servicio.  Ya  se  hallaba  completamente  ahito  y 
con  la  cabeza  no  muy  firme  á  causa  de  los  vapores  del 
exquisito  vino,  cuando  en  una  escudilla  de  plata  le  pre- 
sentó un  gentilhombre  parte  del  vientre  de  la  vaca  ro- 
bada. No  se  contuvo;  metió  un  trozo  en  la  boca  pero  al 
disponerse  á  triturarlo  con  toda  voracidad,  reventó  á  la 
vista  de  todos.  Añade  la  Compostelana  que  su  sepulcro  fué 
incendiado,  aunque  no  dice  si  con  fuego  del  Cielo  ó  puesto 
por  mano  humana;  y  que  con  sus  propios  ojos  había  vis- 
to las  señales  de  dicho  incendio  (1).  Siendo  esto  así,  ha- 
bría que  confesar  que  la  memoria  de  D.  Hermegildo  de- 
bía reputarse  como  de  lo  más  execrable.  Sin  embargo, 
no  la  consideraron  así  los  contemporáneos.  Su  sucesor 
Sisnando,  al  confirmar  el  Privilegio  otorgado  al  monas- 
terio de  Calogo  en  el  año  929,  dice  expresamente:  Sis- 
nandus  episcopus  atque  successor  ex  id  db  antecessore  nostro 
domno  Hermegildo  episcopo  divine  memorie,  qui  hunc  privile- 
gium  confirmare  voluit.  De  divina  memoria  se  le  llama  tam- 
bién en  otro  Diploma  del  año  961  de  que  más  adelante 
hablaremos;  y  por  último,  se  le  da  el  dictado  de  Santis- 
simo  en  otro  Privilegio  concedido  por  D.  Ordoño  IV, 
en  2  de  Marzo  de  958. 

Por  lo  que  toca  á  las  señales  de  incendio  que  dice  ha- 
ber visto  la  Compostelana  en  el  sepulcro  de  D.  Hermegil- 
do, nada  tienen  de  extraño;  porque  restos  de  incendio,  y 


(1)  España  Sagrada,  t.  XX,  pág.  12. — El  Cronicón  Iriense  (España 
Sagrada,  t.  XX,  pág.  604),  dice  que  la  viuda,  anegada  en  lágrimas,  se  había 
arrojado  á  los  pies  del  Prelado  implorando  misericordia,  pero  que  no  ha- 
bía conseguido  que  se  rindiese  á  sus  ruegos  y  á  sus  lamentos. 


3Í6  LIBBO  SEGUNDO 


de  considerable  incendio,  anterior  al  siglo  XII,  se  han 
hallado  á  medio  metro  de  profundidad  debajo  del  pa- 
vimento actual  de  la  Capilla  Mayor  de  la  Basílica;  los 
cuales  muy  probablemente  datarían  del  tiempo  de  Al- 
manzor. 

La  Compostelana  que  tanto  se  detuvo  en  dar  porme- 
nores acerca  de  los  últimos  momentos  de  Hermegildo, 
nada  dijo  de  la  fecha  de  su  fallecimiento.  El  ver  que  su 
sucesor  Sisnando  II  ya  estaba  consagrado  en  18  de  Mayo 
de  952,  como  luego  diremos,  nos  hace  suponer  con  mu- 
cha verosimilitud,  que  Hermegildo  falleció  á  fines  del 
año  951. 


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CAPITULO  XVII 


Es  elegido  sucesor  de  D.  Hermenegildo,  el  Diácono  Sisnando 
Menéndez. — Funda    con    sus    padres    D.    Hermenegildo  y 
D.a  Paterna,  el  monasterio  de  Sobrado.— Concilio  compos 
telano  en  que  fué  consagrado  Metropolitano  de  Tarrago- 
na, Cesarlo,  Abad  de  Monserrat. 


emos  dicho  al  dar  fin  al  capítulo 
anterior,  que  en  18  de  Mayo  de  952 
ya  estaba  consagrado  el  sucesor  de 
D.  Hermegildo,  Sisnando  II.  Así 
nos  lo  testifica  en  un  Diploma  de  dicha  fecha,  D.  Ordo- 
ño  III,  el  cual  hablando  de  Sisnando,  dice:  (¿ni  tempore 
nostro  per  Concílium  electus  et  ordinatus  ibi  fuit.  Indudable- 
mente Sisnando  parecía  la  persona  más  significada  para 
ocupar  la  Cátedra  episcopal  de  Compostela.  Lo  reco- 
mendaba su  nacimiento,  como  hijo  que  era  de  los  Con- 


318  LIBBO  SEGUNDO 


des  D.  Hermenegildo  ó  Meriendo  y  D.a  Paterna  (1),  y 
sobrino  del  Obispo  Grundesindo;  pero  sus  prendas  perso- 
nales, su  actividad,  su  afabilidad,  su  carácter  emprende- 
dor, su  iniciativa,  lo  hacían  sobresalir  entre  todos  los 
miembros  de  la  Corporación  capitular,  de  la  cual  era  Diá- 
cono ó  Arcediano  (2).  Ya  hemos  visto  como  en  el  año  947 
el  Obispo  D.  Hermegildo  con  consentimiento  del  Cabildo, 
le  había  donado  la  aldea  de  Vilouchada  con  su  iglesia  de 
San  Vicente.  Por  este  tiempo  ya  nuestro  Diácono  debía 
hallarse  desempeñando  el  cargo  de  Intendente  del  Real 
Palacio;  y  D.  Ramiro  II  para  premiar  sus  servicios,  le 
cedió  en  usufructo  la  mitad  de  un  cortijo  en  León,  que 
le  había  dejado  un  su  eunuco.  Esto  también  le  dio  oca- 
sión para  tratar  al  Príncipe  D.  Ordoño,  y  para  merecer 
su  amistad  y  confianza. 

De  las  palabras  antes  citadas  de  D.  Ordoño  III,  se 
deduce  que  en  la  elección  de  Sisnando  se  observaron  las 
prescripciones  canónicas,  pues  fué  hecha  en  Concilio  al 
que  asistirían  los  Obispos  más  inmediatos,  y  el  Clero  y 
el  pueblo  compostelano.  Otra  cosa  muy  distinta  insinúa 
la  Gompostelana  (3);  pues  dice  que  Sisnando  sucedió  á 
Hermegildo  por  una  especie  de  coacción,  quadam  sorte 
potestatis;  lo  cual  no  está  muy  conforme  con  lo  que  asien- 
ta D.  Ordoño  III,  que  ya  reinaba  al  tiempo  en  que  se 
hizo  la  elección.  Sin  embargo,  habrá  que  confesar  que  la 


(1)  D.a  Paterna  era  hija  de  los  Condes  D.  Gundesindo  y  D.a  Sénior,  y 
hermana,  á  lo  que  parece,  de  D.a  Jimena,  esposa  de  D.  Alfonso  IV. 

(2)  Por  entonces  parece  que  era  Presidente  del  Cabildo  otro  Abad 
Grundesindo. — Según  Yepes  (t.  IV,  fol.  301),  Sisnando  ya  era  Arcediano  en 
el  año  909;  pero  es  de  recelar  que  en  la  Escritura  del  monasterio  de  Cinis 
que  cita  el  célebre  Cronista,  haya  algún  yerro  en  la  fecha. 

(3)    España  Sagrada,  t.  XX,  pág.  13, 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  319 

circunstancia  de  ser  Sisnando  persona  tan  acepta  á  los 
Reyes,  debió  pesar  no  poco  en  el  ánimo  de  los  electores. 

Hemos  dicho  que  Sisnando  se  había  hecho  acreedor 
á  la  estimación  y  afecto  del  Príncipe  D.  Ordoño.  Así  re- 
sulta de  los  Privilegios  concedidos  por  este  Monarca  á  la 
Iglesia  de  Santiago;  no  precisamente  por  las  muchas  do- 
naciones hechas  al  Templo  Apostólico,  sino  por  las  fra- 
ses y  elogios  que  en  dichos  Diplomas  dedica  al  Obispo. 
En  el  otorgado  en  12  de  Septiembre  de  954,  le  llama  ín- 
clito y  venerabk  padre  D.  Sisnando,  Obispo  de  este  lugar  de 
nuestro  Patrón,  y  Pontífice  de  todo  el  orbe.  fVobis  inclyto  ac  ve- 
nerabili  patri  domno  Sisnando,  episcopo  hujas  Patroni  nostri, 
et  totius  orbis  antistiti).  Más  abajo  añade  D.  Ordoño,  que 
en  atención  á  los  eminentes  servicios  que  siempre  le  ha- 
bía prestado  después  de  la  muerte  de  su  padre,  D.  Rami- 
ro II,  le  había  concedido  íntegro  el  usufructo  del  cortijo 
de  que  más  arriba  hemos  hablado,  (ob  famulationem  fidelis- 
simam  vestram  in  ómnibus  nobis  exhibentes,  cortem  ipsam,  etc..) 
Estos  servicios  debieron  ser  tanto  más  de  agradecer  por 
D.  Ordoño,  cuánto  que  sin  duda  fueron  prestados  en  oca- 
sión en  que  su  hermano  D.  Sancho  ayudado  del  Rey  de 
Navarra  D.  García  y  del  Conde  de  Castilla  Fernán  Gon- 
zález, quiso  disputarle  el  Trono. 

Por  el  Diploma  de  18  de  Mayo  de  952  (1),  otorgó 
D.  Ordoño  III  á  la  Iglesia  de  Santiago  el  commisso  de 
Cornado,  entre  el  río  Ulla  y  sus  afluentes  Laña  é  Iso, 
según  antes,  por  Real  ordenación,  lo  habían  tenido  mu- 
chos Condes,  sicuti  eum  habuerunt  multi  comités  per  ordina- 
tionem  regiam.  Subscriben  los  Obispos  Frominio,  dimisio- 


(1)     Véanse  Apéndices,  núin.  LXI11, 


320  LIBBO  SEGUNDO 


nario  de  León,  San  Rosendo,  Gonzalo  de  León,  Arias  de 
Dumio,  y  Hermegildo  de  Lugo  (1). 

Otro  commisso  ó  encomienda  ó  Condado,  el  de  Vento- 
sa, concedió  D.  Ordoño  en  un  Privilegio  de  11  de  No- 
viembre de  952,  según  también  lo  habían  tenido  antes 
muchos  Condes.  Subscriben,  además  de  Hermegildo, 
Obispo  de  Lugo,  Dulcidio  de  Viseo,  Ornato  de  Lamego, 
Ilderedo  de  Simancas  y  Menendo  (2). 

Por  estos  años  hallábanse  grandemente  afanados  los 
padres  de  Sisnando  II  con  la  fundación  del  monasterio 
de  Sobrado.  Viéndose  ya  de  edad  avanzada,  y  conside- 
rando que  para  ellos  los  cuidados  y  faenas  de  este  mun- 
do podían  darse  por  terminadas,  quisieron  consagrar  lo 
que  les  restaba  de  vida,  de  actividad  y  de  fuerzas  y  parte 
de  su  hacienda  al  servicio  de  su  Criador  y  de  su  Redentor. 
Con  este  fin,  en  una  de  las  tierras  de  su  propiedad  lla- 
mada Sobrado  (3),  á  la  falda  del  monte  Mauramorta,  allí 
donde  un  pequeño  arroyo  mezcla  sus  aguas  con  el  ria- 
chuelo que  bajando  de  la  sierra  del  Bocelo  toma  el  nom- 
bre de  Támara  ó  Tambre,  y  corre  impetuoso  hasta  per- 
derse en  la  inmensidad  del  Océano,  comenzaron  á  edifi- 
car una  iglesia  bajo  el  título  de  Santiago  Apóstol,  y  á 
levantar  en  su  derredor  casas  para  una  comunidad  de 
mujeres  y  otra  de  varones.  En  14  de  Mayo  de  952  ya 


(1)  Este  commisso  de  Cornado  confinaba  por  el  Este  con  el  de  Avean- 
cos.  Segi'm  habían  convenido  en  tiempo  de  Ramiro  II  los  Condes  D.  Jime- 
no  Díaz  y  D.  Arias  Alvítez,  el  río  Iso,  afluente  del  Ulla,  era  la  linca  diviso- 
ria de  los  Condados.  Este  convenio  fué  ratificado  por  Sisnando  al  recibir  el 
Condado  de  Cornado,  y  por  el  Conde  D.  Gonzalo  Menéndez  que  á  la  sazón 
tenía  el  de  Aveancos. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXV. 

(3)  Había  sido  del  presbítero  Sentario,  el  cual  la  había  donado  por  Es- 
critura á  los  padres  del  Conde  Hermenegildo,  Alvito  y  Argilona. 


LOS  TEES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  321 

estaba  construida  la  iglesia,  é  instalada  en  una  de  las 
casas  una  comunidad  de  religiosas  bajo  el  régimen  de  la 
abadesa  Elvira.  Así  consta  de  la  Escritura  que  en  dicha 
fecha  otorgaron  en  Santiago  (in  loco  Sancti  Iacobi  arcis 
marmorice  locus)  D.  Hermenegildo  y  D.a  Paterna,  por  la 
cual  dotaron  la  Iglesia  de  Santiago  y  de  los  demás  San- 
tos, cuyas  reliquias  allí  están  guardadas,  con  la  villa  de 
Sobrado  y  otras  muchas  heredades  que  en  la  Escritura 
se  expresan,  para  sustento  de  las  Monjas  y  Monjes,  para 
la  lumbre  de  los  altares  y  para  limosnas  de  los  pobres, 
hospedaje  de  los  viajeros  (hospitum  viatorum),  y  socorro  de 
los  peregrinos.  Subscriben  los  Obispos  Sisnando  de  San- 
tiago y  San  Viliulfo  de  Tuy,  el  abad  Gutierre,  varios 
Abades  y  Canónigos  y  Religiosos  (1). 

En  9  de  Octubre  del  mismo  año  952,  ya  estaban  defi- 
nitivamente establecidas  las  dos  comunidades,  como  se 
ve  por  el  Diploma  que  en  dicho  día  otorgaron  D.  Herme- 
negildo y  D.a  Paterna.  Señalan  al  monasterio,  además 
de  los  diextros  con  que,  según  la  disciplina  entonces 
vigente,  debía  dotarse  toda  iglesia  nueva,  otras  muchas 
haciendas  en  el  territorio  de  Presares  y  en  el  de  Nen- 
dos.  Donan,  además,  al  monasterio  10  yeguas,  20  vacas, 
18  bueyes  y  50  ovejas;  y  á  la  iglesia,  los  libros  siguien- 
tes: un  Antifonario,  un  Oracionario,  un  Salterio,  un  Pa- 
sionario,  un  Cómico,  un  Manual,  un  libro  de  Sermones, 
otro  Ordinum,  otro  de  Horas,  otro  de  Preces,  el  Opúsculo 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXII. — La  subscripción  de  Sisnando  está 
concebida  así:  Sub  xpisti  nomine  Sisnandus  episcopus  prior  quartus  a  primo 
confirmo.  El  inciso  prior  quartus  a  primo  debió  de  ser  añadido  al  trasláden- 
la Escritura  al  Tumbo.  Según  esto,  Sisnando  ya  estaba  consagrado  en  14  de 

Mayo  de  952. 

Tomo  II.— 21. 


322  LIBRO  SEGUNDO 


sobre  la  Virginidad  de  Nuestra  Señora,  las  Sinonimias 
de  San  Isidoro,  con  la  indumentaria  y  vajilla  correspon- 
diente, como  dos  cortinas  grandes  (velos  principales)  de 
seda?;  cuatro  de  lino,  siete  frontales  de  seda...  (1),  cuatro 
casullas,  una  capa  de  seda,  tres  estolas  de  seda,  un  cín- 
culo,  una  cruz...  y  una  caja  dorada,  un  cáliz  con  patena, 
un  candelabro,  un  incensario  y  una  campana  de  me- 
tal (2).  La  abadesa  D.a  Elvira  dona  por  su  parte  varias 
heredades  en  la  villa  de  Condearagonde  (Cullergondo). 
Encabezan  las  ñrmas  Hermenegildo  y  Paterna  y  su  hijo 
Rodrigo  Menóndez.  Sisnando  subscribe  al  fin  en  esta 
forma:  Sisnandus  Dei  gratia  episcopus  (3). 

Llegadas  las  cosas  á  este  punto,  ya  los  dos  venera- 
bles ancianos  podían  cumplir  sus  deseos  de  recogerse,  no 
sólo  con  el  cuerpo,  sino  con  el  espíritu,  en  un  lugar  en 
donde  sus  pensamientos  y  sus  aspiraciones  pudiesen  ele- 
varse más  fácilmente  al  Trono  de  Dios.  De  Hermenegil- 
do se  sabe  que  en  30  de  Marzo  de  955  ya  tenía  hecha 
en  Sobrado  profesión  de  vida  religiosa;  pues  en  dicha 
fecha,  titulándose  confesso  con  su  hijo  Sisnando,  había 
adquirido  para  su  monasterio  de  Sobrado  por  cambio 
con  otras  heredades  (4),  la  iglesia  de  Santa  María  de 


(1)  Lo  señalado  con  puntos  suspensivos  está  borroso  en  la  copia  del 
Tumbo  de  Sobrado. 

(2)  Anteriormente  las  campanas  eran  de  hierro,  como  se  ve  por  el  Pri- 
vilegio de  D.  Alfonso  I,  otorgado  en  740  á  Covadonga  (duas  campanas  de 
ferro),  y  el  de  Adelgaster  á  Obona  (duas  campanas  de  ferro).  (España  Sa- 
grada, t.  XXXVII,  pág)  303  y  308).  En  el  siglo  IX  ya  se  hicieron  de  me- 
tal fundido  (fusile). 

(3)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXIV. 

(4)  Las  posesiones  que  en  la  permuta  dieron  Hermenegildo  y  Sisnando, 
fueron  la  iglesia  de  Santa  María  de  Vüaianes,  á  la  falda  del  monte  Sacro 
ó  Picosagro,  y  una  aldea  llamada  Argonti. 


LOS  TRES  PRIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANÁ  323 

Mezonzo.  Era  esta  iglesia  del  abad  Gundesindo,  descen- 
diente lateral  del  abad  Reterico,  y  de  los  demás  abades 
que  á  Reterico  sucedieron  en  el  gobierno  y  posesión  de 
esta  casa,  los  cuales,  hasta  Gundesindo,  fueron  Fulcare- 
do,  Pedro  y  Vimara  (1).  Convinieron,  pues,  Sisnando  y 
su  padre  Hermenegildo  de  una  parte,  y  el  abad  Gunde- 
sindo de  la  otra,  en  hacer  la  permuta  indicada,  que  in- 
dudablemente era  muy  ventajosa  al  monasterio  de  So- 
brado, porque  la  iglesia  de  Santa  María  de  Mezonzo 
poseía  muchos  libros  (libros  nimis  abundanter)  y  buen  sur- 
tido de  cortinas  y  paños  de  altar  (vela  et  vestimenta  altaris 
satis  affluenter).  Sólo  se  reservó  Gundesindo  el  villar  ó  lu- 
gar de  Busto  y  la  mitad  de  el  de  Reboredo,  junto  á  la 
iglesia  de  San  Pedro  de  Mezonzo.  Firman  la  Escritura 
de  permuta,  además  del  abad  Gundesindo,  los  abades 
Gutier,  Alactancio  y  Hermiario,  y  varios  Presbíteros  y 
Diáconos  (2). 

Mas  la  importancia  de  la  obra  erigida  por  Herme- 
negildo y  su  hijo  Sisnando,  se  evidencia  por  otro  Diplo- 
ma fechado  en  30  de  Diciembre  de  955.  En  él  Sisnando, 
llamándose  Obispo,  aunque  indigno,  de  la  Cátedra  de 
Santiago  Apóstol  y  de  la  Sede  Iriense  (licet  indignus  Ca- 
thedrae  sancti  lacobi  Apostoli  et  Iriensis  Sedis  episcopus),  con 
su  padre  Hermenegildo,  dirigiéndose  á  Nuestro  Salvador 
y  Redentor  Jesucristo  y  á  los  gloriosos  mártires  y  pa- 
tronos San  Juan  Bautista,  San  Pedro  Apóstol,  Santiago 
Apóstol,  San  Miguel  Arcángel  y  San  Pelayo  mártir, 
después  de  un  hermoso  preámbulo,  esmaltado  de  altos 


(1)  Véase  cap.  XIII,  pág.  259  y  siguientes. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXVI. 


324  LIBBO  SEGUNDO 


y  piadosísimos  conceptos,  enumera  los  bienes,  así  mue- 
bles como  raíces,  con  que  enriqueció  el  monasterio.  Co- 
menzando por  el  mobiliario  de  la  iglesia,  mentaremos 
tres  cruces,  una  de  ellas  de  plata  dorada  adornada  de 
piedras  preciosas  valuada  en  85  sueldos;  las  otras  dos, 
sencillas;  una  tapa  ó  caja  de  los  Santos  Evangelios, 
también  de  plata  dorada  y  adornada  de  piedras  precio- 
sas de  valor  de  100  sueldos;  un  cáliz  con  la  patena  de 
plata  dorada,  adornado  de  piedras  de  50  sueldos;  otro 
cáliz  de  plata;  tres  coronas  de  plata,  una  dorada  y  con 
piedras  preciosas  de  40  sueldos,  y  las  otras  dos  de  40 
sueldos;  tres  candeleros  de  bronce  fusilia;  dos  ciriales 
(caniclstahs)  de  cobre;  una  lucerna  con  su  pie  de  bronce 
fusile;  un  incensario  de  plata  con  su  naveta  de  40  suel- 
dos; cuatro  campanas  de  metal;  dos  cortinas  grandes  de 
seda  y  cuatro  más  pequeñas;  frontales,  palias  y  paños; 
cuatro  dalmáticas;  tres  cogullas  de  seda  y  otras  cogullas 
y  albas  de  lino  fusiles;  dos  Antifonarios  completos;  dos 
Oracionarios,  un  Manual,  un  Cómico  (1),  un  Pasionario, 
un  Salterio  con  salmos,  cánticos  é  himnos;  dos  libros  de 
Ordenes,  uno  episcopal  y  otro  más  pequeño  (2);  un  volu- 
men con  las  Horas  del  Oficio  y  con  preces;  las  Vidas  de 


(1)  El  libro  Cómico  ó  Comüum  contenía  las  Profecías,  las  Epístolas  y 
los  Evangelios.  Librum  in  Ecclesia  necessarium,  dice  el  Obispo  de  León  Don 
Pelayo  en  la  Donación  que  en  1073  hizo  á  su  Iglesia  (España  Sagrada, 
tomo  XXXVI,  Apéndices,  pág.  59),  de  Prophetiis,  Epistolls  et  Evangeliis, 
qui  Comicus  dicifur. — Véase  el  interesante  Opúsculo  del  Sr.  Villaamil  y 
Castro,  intitulado:  Códices  de  las  Iglesias  de  Galicia;  Madrid,  1874. 

(2)  El  libro  Ordivum,  según  la  nota  puesta  al  fin  del  Códice  Emilia- 
nense,  que  publicó  el  P.  Flórez  (España  Sagrada,  t.  III,  Ap.  III),  contenía 
la  fórmula  del  Bautismo  y  el  Oficio  de  Sepultura. 


LOS  TBES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  325 

los  Padres,  laá  Sinonimias,  las  Reglas,  las  Instituciones 
y  la  obra  de  Alcuino?  que  se  intitulaba  Octo  vitia  (1). 

Para  la  mesa  donaron,  Hermenegildo  y  Sisnando, 
un  fixorium  (2),  una  inferturla  (3),  cuatro  cucharas,  un  tro- 
lionem  (4),  todas  estas  cosas  de  plata  de  valor  de  43  suel- 
dos, un  salero  de  plata,  una  suleiera  (salsera)  de  plata, 
otro  trolion  de  marfil  (5),  diez  escudillas  fíalas  (6)  de  pla- 
ta, apreciadas  en  120  sueldos,  otra  escudilla  de  15  suel- 
dos, dos  nidrias,  dos  concos,  y  ocho  juegos  completos  de 
ropas  de  mesa.  Para  el  dormitorio  cuatro  galnapes  palleas, 
cuatro  colchones  de  pluma  de  tela  de  seda,  cinco  tapetia, 
una  alfombra,  dos  almohadas  (álmozálas) ,  dos  Unidas, 
diecinueve  galnapes  de  lana  y  once  colchones  de  pluma 
de  tela  de  lana. 

Sigue  después  la  enumeración  de  las  fincas,  en  que 
se  citan  la  de  Sobrado  (7),  y  otras  muchas  en  tierra  de 
Nallar  (Narla),  de  Mera  y  de  Sarria  en  la  Diócesis  de 
Lugo,  en  Britonia,  en  Presares,  en  Postmarcos,  en  Ven- 
tosa, en  Castela,  en  Montesacro,  etc..  Donan,  por  últi- 


(1)  En  el  Libellus  precum  de  Alcuino,  hay  un  capítulo  que  se  intitula 
De  octo  vitiis  principali bus. 

(2)  En  otros  documentos  fissorium.  Cuchillo?  ó  aro  para  recibir  la 
fuente? 

(3)  Fuente  para  servir  la  comida  en  la  mesa.  De  inferior,  «dapifer  qui 
dapes  infert.» 

(4)  Vas  vinarium;  jarra,  ánfora  de  vino. 

(5)  Un  colmillo  de  elefante  montado  sobre  armadura  de  plata  para  que 
pudiese  prestar  el  servicio  de  jarra,  como  el  que  se  ve  en  el  Museo  de  Dres- 
de  citado  por  V.  Gay  en  su  Glossaire  archeologique,  art.  Cor. 

(6)  En  el  original:  paaras  (pateras?)  vel  fíalas. 

(7)  La  mitad  de  todo  este  solar,  que  Sisnando  tenía  por  su  padre  Her- 
menegildo, había  tocado  á  su  hermano  Rodrigo,  al  cual  en  compensación  se 
le  dio  la  mitad  de  otras  villas  que  habían  caído  en  la  porción  de  Sisnando  y 
de  su  madre  D.a  Paterna. 


326  LIBBO   SEGUNDO 


mo,  tres  mulos  domesticados  y  otros  mulos  y  caballos 
indómitos,  tres  yeguadas,  vacadas,  rebaños  de  ovejas 
hasta  el  número  de  600,  y  rebaños  de  cabras  y  cerdos. 

Subscriben  el  Documento  Sisnando,  su  hermano  Ro- 
drigo con  su  esposa  Elvira,  y  varios  Abades  y  Canóni- 
gos de  Santiago.  No  confirma  el  abad  Diego,  que  al  pa- 
recer ya  había  sucedido  al  primer  abad  Gutierre;  pero 
de  él  se  hace  mención  en  el  cuerpo  de  la  Escritura.  Pos- 
teriormente, la  Escritura  fué  confirmada,  como  sucede 
con  otras  muchas,  por  los  Reyes  D.  Ordoño  IV  y  Don 
Sancho  el  Craso  (1). 

A  excepción  del  más  antiguo,  ninguna  mención  se 
hace  en  estos  Documentos  de  la  madre  de  Sisnando,  Doña 
Paterna,  á  la  cual  en  algunas  Escrituras  se  da  el  título 
de  Infanta  (2).  En  el  último  Documento,  dice  Sisnando 
que  da  la  mitad  de  la  villa  de  Sobrado  por  su  alma  y 
por  la  de  su  madre;  con  lo  cual  parece  que  da  á  enten- 
der que  D.a  Paterna  ya  había  fallecido.  Sin  embargo, 
de  las  palabras  de  Sisnando  no  se  deduce  rigurosamente 
el  fallecimiento  de  la  Condesa.  Es  posible  que  D.a  Pa- 
terna se  hubiese  retirado,  para  mayor  recogimiento,  á 
alguna  de  las  solitarias  iglesias  ó  conventos  que  poseía 
en  sus  tierras,  p.  ej.,  en  la  Ulla;  y  no  es  del  todo  inverosí- 
mil que  sea  la  Santa  Paderna,  cuyo  sepulcro  se  venera 
en  la  iglesia  parroquial  de  San  Julián  de  Arnois,  cerca 
del  Puenteulla. 

Otros  monasterios  más  que  el  de  Sobrado,  debieron 
conservar  gratos  recuerdos  de  Sisnando  II.  En  los  Indi- 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXVII. 

(2)  «Et  ipsa  Infante  —se  dice  de  D.a  Paterna  en  una  Escritura  del 
Tumbo  de  Sobrado—  creavit  illum  Petrum  (de  Mezonzo),  et  fuit  capellán  ua 
in  casa  de  ipsa  Infanta.» 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         327 

ees  del  Archivo  de  San  Martín  Pinario  se  dice  que  en  la 
Era  DCCCCL  el  Obispo  Sisnando  y  la  Reina  D.a  Urraca 
concedieron  á  este  monasterio  los  cotos  de  Betetos  y 
Orto.  La  Era  está  indudablemente  errada,  faltosa,  por 
lo  menos,  de  40  años.  La  Reina  D.a  Urraca,  de  que  aquí 
se  habla,  debe  ser  la  viuda  de  D.  Ramiro  II  (1).  Confir- 
mó también  Sisnando  en  la  forma  que  hemos  visto  en 
la  pág.  315  la  donación,  que  con  el  Rey  D.  Alfonso  IV 
había  hecho  al  monasterio  de  Calogo  su  antecesor  Don 
Hermegildo. 

Por  las  firmas  de  estos  Documentos  de  Sobrado,  se 
ve  que  el  Cabildo  compostelano  formaba  aún  una  Cor- 
poración nutrida  y  numerosa,  como  en  los  tiempos  del 
gran  Sisnando.  Entresacaremos  de  estas  Escrituras,  los 
nombres  de  los  que  probablemente  por  entonces  eran 
Canónigos  de  Santiago.  Además  del  abad  Gundesindo, 
citaremos  á  los  presbíteros  Gravinio,  Tructesindo ,  Ma- 
nila, Ortofredo,  Sentario,  Leovigildo,  Bonoso,  Trasulfo, 
García,  Trasuario,  Marciano,  Armentario  y  Baldemiro, 
y  á  los  diáconos  Tello,  Ñuño,  Vistrerio,  Mariulfo,  Gun- 
desindo, Espasando,  Gudino,  Visclamundo ,  otros  dos 
Gundesindos,  Ventremiro,  David,  Lázaro,  etc.. 

No  se  encuentra  por  entonces  en  las  Escrituras  de 
Santiago  el  título  de  Arcediano;  pero  es  indudable  que 
el  oficio  ó  dignidad  de  hecho  existía,  y  que  los  Diáconos 
ascendidos  á  la  dignidad  episcopal,  como  Hermegildo  y 
Sisnando  II,  eran  en  realidad  Arcedianos.  El  Presidente 
del  Cabildo  era  por  entonces,  á  lo  que  creemos,  el  abad 


(1)  El  coto  de  Betetos  es  un  despoblado  que  hay  á  Ja  falda  del  Picosa- 
gro  en  la  parroquia  de  Santa  María  de  Lestedo;  el  de  Orto  dio  su  nombre  á 
un  lugar  en  la  parroquia  de  San  Vicente  de  Boqueijón,  del  otro  lado  de  la 
sierra. 


328  LIBEO  SEGUNDO 


Gundesindo,  al  parecer,  el  mismo  que  cedió  á  Sobrado 
el  monasterio  de  Mezonzo.  Hay,  empero,  otro  Abad  lla- 
mado Alactancio,  cuyo  nombre  se  ve  muy  repetido  en 
los  Diplomas  de  entonces,  y  que  quizás  pueda  también 
disputar  el  mismo  honor. 

Mas  el  crédito  y  estimación  de  que  por  este  tiempo 
gozaba  la  Iglesia  de  Santiago,  no  ya  en  Galicia  y  León, 
sino  fuera  de  España,  se  patentiza  con  el  siguiente  he- 
cho, que  por  su  misma  singularidad,  nos  revela  hasta  que 
punto  se  había  formado  idea  del  poder  y  de  la  autoridad 
de  nuestra  Iglesia.  La  ciudad  de  Tarragona,  desde  la 
irrupción  de  los  árabes,  se  hallaba  destruida  y  deshabi- 
tada, y  el  fuero  metropolítico  de  su  Iglesia  se  había  en- 
comendado á  la  Metrópoli  de  Narbona.  Por  este  tiempo 
algunos  catalanes,  queriendo  prescindir  de  Narbona  y 
restaurar  su  antigua  Metrópoli  tarraconense,  nombraron 
Metropolitano  á  Cesario,  Abad  de  Santa  Cecilia  de 
Monserrat.  En  el  año  957  vino  éste  á  Compostela,  de- 
mandando la  consagración,  fundado  en  que  toda  España 
y  los  lugares  occidentales  eran  la  Provincia  del  Apóstol 
Santiago,  que  la  conquistó  con  su  predicación  y  doctri- 
na. Fuese  porque  á  la  sazón  los  Obispos  leoneses  se  ha- 
llasen en  Compostela  reunidos  en  Concilio,  ó  porque 
Sisnando  con  anuencia  del  Rey  D.  Sancho,  que  se  halló 
presente,  los  convocase  exprofeso,  lo  cierto  es  que  en 
Concilio  pudo  exponer  Cesario  su  pretensión  y  pedir  el 
ser  consagrado.  Hallábanse  congregados,  además  de  Sis- 
nando, que  presidía,  Hermegildo,  Metropolitano  de  Bra- 
ga y  Lugo,  San  Viliulfo  de  Tuy,  San  Rosendo,  Gonzalo 
de  la  Sede  regia  de  León,  Oduario  de  Astorga,  Domin- 
gi  de  Zamora,  Teodomundo  de  Salamanca,  Fredulfo 
de  Orense,  Ornato  de  Laniego,  Diego  de  Oporto,  y  va- 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DU  LA  I.  COlíPOSTEÍLAtf  A  329 

rios  Abades.  Oída  la  súplica  de  Cesario,  tomó  la  palabra 
el  Metropolitano  de  Lugo.  «Sabemos,  dijo,  que  está  es- 
tablecido por  los  Santos  Padres  que  en  cada  Provincia 
haya  un  Metropolitano,  y  puesto  que  Tarragona  en  un 
principio  fué  ciudad  metropolitana  en  la  que  se  celebra- 
ron Concilios  hasta  la  destrucción  de  nuestro  reino  por 
los  ismaelitas,  restablezcamos  lo  antiguo  y  consagremos 
al  punto  á  éste  por  Prelado.  »  Viliulfo  de  Tuy  prosiguió: 
«Procedamos  á  la  consagración,  porque  por  nuestros 
Príncipes  y  los  Concilios  de  Toledo  tenemos  potestad  de 
hacer  lo  que  halláremos  justo.  Esto  es  justo  y  debe  ha- 
cerse. >  El  abad  Adamancio  — ó  quizás  Alactancio,  el  cual 
nombre  se  ve  en  muchos  Diplomas  de  la  época —  varón 
santísimo  y  timorato,  dice  Cesario,  y  de  jovial  aspecto, 
resumió  lo  dicho  del  modo  siguiente:  «Según  lo  que  se 
contiene  en  las  Reglas  y  lo  que  nos  enseñan  los  Cáno- 
nes, conviene  elevar  á  éste  á  la  dignidad  episcopal.» 
«Ciertamente,  exclamaron  á  la  vez  otros  muchos,  reco- 
nocemos que  debemos  elegir  Arzobispo  á  este  siervo  de 
Dios,  Cesario,  Abad.» 

Luego  que  Cesario  fué  consagrado  en  Compostela 
Metropolitano  de  Tarragona,  se  presentó  con  el  Acta  de 
consagración  á  los  Obispos  de  su  Provincia;  los  cuales, 
en  especial  Emerico  ó  Aimerico,  Metropolitano  de  Nar- 
bona,  Pedro  de  Barcelona,  Arnulfo  de  Gerona,  Atton 
de  Vich  y  Wisaldo  de  Urgel,  como  era  de  esperar,  se 
negaron  á  reconocerlo  como  Metropolitano.  Entonces 
Cesario  se  vio  precisado  á  recurrir  al  Papa  Juan  XIII, 
(965-972),  no  Juan  XII,  (955-964),  como  generalmente 
se  dice,  suplicándole  por  medio  de  una  Epístola  que  se 
hizo  célebre  por  la  hinchazón  y  extravagancia  de  su  es- 
tilo, la  confirmación  de  todo  cuanto  se  había  hecho  en 


330  LIBRO  SEGUNDO 


el  Concilio  de  Compostela.  Y  decimos  que  Cesario  re- 
currió al  Papa  Juan  XIII ,  porque  en  su  carta  su- 
pone muertos  á  Sisnando  de  Compostela  y  Arnulfo  de 
Gerona,  (Sisnandum  condam...  Arnulphus  quondam),  los 
cuales  fallecieron,  el  primero  en  29  de  Marzo  de  968  y 
el  segundo  en  17  de  Abril  de  970  (1);  y  en  tal  fecha 
había  ya  fallecido  Juan  XII. 

Respecto  de  la  fecha  en  que  tuvo  lugar  la  celebra- 
ción del  Concilio  compostelano,  nada  puede  afirmarse 
con  seguridad,  porque  la  data  según  se  ha  publicado, 
está  conocidamente  errada.  Unos  lo  ponen  en  el  año  957, 
otros  en  el  962,  otros  en  el  siguiente  (2).  Respecto  del 
día  29  de  Noviembre  no  ocurre  dificultad,  aunque  tam- 
poco hay  seguridad  de  que  no  haya  yerro  en  la  indica- 
ción. Como  conjetura  diremos  que  quizás  se  celebraría 
en  el  año  966,  en  que  D.  Sancho  se  hallaba  en  Galicia, 
pudiendo  por  lo  tanto  asistir  personalmente  al  Conci- 
lio. Desde  966  hasta  970  en  que  Cesario  recurrió  á 
Roma,  mediaron  cuatro  años,  espacio  suficiente,  y  no 
excesivo,  para  que  el  recién  consagrado  pudiese  presen- 
tarse á  los  Obispos  de  su  Provincia,  discutir  con  ellos  la 
validez  de  su  elección,  y  gestionar  el  ser  reconocido 
como  tal  Metropolitano.  Sin  embargo,  no  insistiremos 
en  ello,  y  aún  recordaremos  que  en  13  de  Noviembre 
de  956,  parece  que  también  D.  Sancho  se  hallaba  en 
Santiago  (3). 


(1)  España  Sagrada,  t.  XLIII,  pág.  135. 

(2)  Lo  que  no  puede  admitirse  es  la  fecha  que  á  este  Concilio  da  el 
Sr.  La  Fuente;  el  cual  (Hist.  ecles.  de  Espn  2.a  ed.,  tom.  III,  pág.  255),  lo 
coloca  en  el  año  914,  y  sobre  él  se  extiende  en  juicios  harto  aventurados. 

(3)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXVIII. 


LOS  TBES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  331 

En  definitiva,  el  Papa  optó  por  la  separación  de 
la  Metrópoli  Tarraconense  de  la  Narbonense;  pero  á 
instancia  del  Conde  de  Barcelona,  Borrell  II,  en  971, 
encomendó  á  Attón  ó  Adón,  Obispo  de  Vich,  el  cuidado 
de  la  Iglesia  de  Tarragona. 

Hechos  parecidos  por  aquellos  tiempos,  debían  repe- 
tirse con  frecuencia  en  Compostela;  y  si  D.  Ordoño  III 
en  su  Privilegio  de  12  de  Septiembre  de  954,  llama  á 
Sisnando  II,  Antistes  totíus  orbís,  no  sería  por  otra  cosa 
sino  porque  su  Iglesia  se  veía  diariamente  visitada  y  so- 
licitada por  personas  de  todas  clases  y  naciones.  Mas  los 
Notarios,  encargados  de  redactar  las  Actas,  no  solían  ha- 
cer aprecio  de  estas  cosas;  y  no  porque  de  él  se  halle 
rastro  en  los  Diplomas  del  Archivo  Compostelano,  tene- 
nemos  noticia  de  este  Concilio  que  presidió  Sisnando  II, 
sino  por  el  documento  que  publicó  Esteban  Baluze  (1). 

En  el  año  961  vino  á  Santiago  Hugo  de  Vermandois, 
Obispo  de  Reims,  el  cual  subscribe  la  Escritura  de  27  de 
Febrero  de  dicho  año  sobre  el  litigio  que  tuvieron  San 
Rosendo  y  Sisnando  II.  Ugo  remensis  episcopus.  Se  ha- 
bía entrometido  ilegalmente  en  el  gobierno  de  esta 
Diócesis,  por  lo  que.  fué  excomulgado  en  el  año  949. 
Quizás  vino  á  Santiago  para  rehabilitarse,  al  menos, 
en  el  terreno  de  la  conciencia  ,  y  de  sus  labios  ,  si 
es  que  no  le  acompañó  en  su  peregrinación,  pudo  es- 
cuchar el  Canónigo  de  Reims,  Flodoardo,  las  maravillas 
que  pasaban  en  Compostela,  y  tomar  notas  para  su 
poema  De  triumphis  Christi  Sanctorumque  Palaestinae,  en 
que  cantó  de  Santiago: 


(1)    Miscellanea;  ed.  de  Luca,  1761,  t.  II,  pág.  11G. 


á32  LIBBO  SEGUNDO 


At  fratris  Jacobi,  Gallaecia,  corpore  fulges 
Quo  capifc  extremum  locuples  Hispania  finem. 


Huno  gladio  Solymis,  Herodes  saeve,  necasti 
Sed  metas  orbis,  te  damnato,  ille  decorat  (1). 

Diez  años  antes  había  llegado  á  los  fines  de  Galicia, 
para  implorar  la  intercesión  de  Santiago,  BU.  Iacobí 
suffragia  iniploraturus,  otro  Prelado  francés,  Grotescalco, 
Obispo  de  Le  Puy  en  Velay. 

En  12  de  Septiembre  de  954,  concedió  D.  Ordoño  III 
á  Santiago  y  á  su  Obispo  Sisnando,  á  quien  llama  ínclito 
y  venerable*  Padre,  Pontífice  de  todo  el  orbe,  el  cortijo  de 
León,  cuyo  usufructo  había  tenido  el  mismo  Sisnando, 
siendo  diácono,  por  Real  concesión.  En  el  Diploma  se 
hace  mención  de  los  grandes  servicios  prestados  en  to- 
das ocasiones  fin  ómnibus)  por  el  Prelado  (2).  Fácil  es 
presumir  los  servicios  que  en  esta  ocasión  pudo  hacer 
nuestro  Obispo  á  D.  Ordoño,  si  se  tiene  á  la  vista  aque- 
lla cláusula  de  Sampiro  (3),  en  que  se  dice  que  este  Mo- 
narca, al  frente  de  un  gran  ejército,  domó  á  Galicia,  y 


(1)  Lib.  I,  cap.  XI,  en  el  tomo  CXXXV  de  la  Patrol.  lat.  de  Migue. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXIV.— Otro  servicio  importante  prestó 
sin  duda  Sisnando,  al  cual  por  entonces  no  pudo  referirse  D.  Ordoño;  y  fué 
traer  á  Compostela,  á  la  muerte  de  este  Monarca,  á  su  hijo  D.  Bermudo 
(después  D.  Bermudo  II),  que  quedaba  en  muy  tierna  edad,  y  encargarse  él 
de  su  educación.  El  Tríense  (Esp.  Sag.,  t.  XX,  pág.  607),  dice  de  D.  Bermu- 
do que  había  sido  educado  en  Santiago.  Apud  inclytam  beati  Jacobi  urbem 
educatum.  Lo  cual  nada  tiene  de  extraño,  pues  su  madre,  la  Reina  D.a  El- 
vira, era  hija  de  los  Condes  gallegos  (no  asturianos,  como  dice  Flórez), 
D.  Gonzalo  y  D.a  Teresa,  fundadores  de  los  monasterios  de  Camanzo  y  Car- 
bonario ó  Carboeiro.  (Véase  Flórez,  Memorias  de  las  Rey  ñas  Catholicas,  to- 
mo I,  página  111). 

(3)  España  Sagrada,  t.  XIV,  pág.  469. 


LOS  TBES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  333 

que  después,  continuando  su  victoriosa  carrera,  saqueó 
á  Lisboa  (Ipse  quidem  rex  Ordonius,  magno  exercitu  aggregato, 
Gallaeclam  edomuit,  Olisbonam  depraedavit,  etc..)  Lo  que  en- 
tonces podían  hacer  los  Magnates  gallegos,  nos  lo  ex- 
presa Odoino  Bermúdez  en  su  notable  Escritura  (1), 
cuando  habla  de  la  conjuración  que  hicieron  los  Condes 
de  Galicia  para  expulsar  al  Rey  D.  Sancho,  hermano 
de  D.  Ordofio  III,  y  dar  la  corona  á  D.  Ordofio  IV. 
(Tune  in  Mis  diebus  cogitantes  comités  galléeos  necnon  et  mag- 
nates palatii  eicere  Sancionem  de  sede  sua  Legione,  et  daré  tro- 
num  glorie  regni  ad  Ordonium,  prolis  AdefonsiJ.  Lo  que  los 
gallegos  no  pudieron  con  D.  Alfonso  III,  lo  hicieron  con 
su  hermano  D.  Sancho. 

Es  de  advertir  que  los  hijos  de  D.  Alfonso  IV,  Don 
Ordoño,  D.  Fruela  y  D.  Fortis,  tenían  muchos  partida- 
rios entre  los  gallegos,  los  cuales  no  olvidaban  que  Don 
Alfonso  había  reinado  en  Galicia  juntamente  con  su 
Rey  D.  Sancho  Ordóñez.  El  Infante  D.  Fruela  fijó,  á  lo 
que  parece,  su  residencia  en  nuestro  país.  En  una  Escri- 
tura del  Tumbo  de  Célanova,  lib.  I,  núm.  LXXXI,  con- 
firma D.  Froila,,  hijo  del  Rey  D.  Alfonso.  Después,  en  el 
año  958,  lo  vemos  aparecer  como  confesso  ó  religioso  en 
Sobrado,  pues  con  este  título  firma  un  Diploma  otorga- 
do por  su  hermano  D.  Ordoño  IV  á  dicho  Monasterio. 
Por  último,  en  el  año  975,  según  resulta  de  una  Escri- 
tura cuyo  original  gótico  se  guarda  en  el  Archivo  Na- 
cional Histórico  de  Madrid,  tuvo  una  cuestión  con  Ful- 
gencio, abad  de  Samos,  sobre  la  iglesia  de  Santa  María 


(1)     Véanse  Apéndices,  núm.  LXXV. 


334  LIBBO  SEGUNDO 


y  San  Félix  de  Loureiro,  en  el  territorio  de  Lousada  (1). 
D.  Fortis  parece  fué  Canónigo  de  Lugo.  En  una  Escri- 
tura que  cita  Flórez  (2)  del  año  974,  firma  Fortis  diacu- 
nus  Adefonsi  Principis  ftlius...  Se  deja  adivinar  por  estos 
datos,  cuál  pudo  ser  el  fin  que  se  propusieron  los  gallegos 
al  rebelarse  contra  D.  Ordoño  III  (3);  y  asimismo  se  co- 
lige de  la  Escritura  que  venimos  comentando,  que  el 
Obispo  Sisnando  y  el  Clero  de  Santiago,  permanecieron 
firmes  y  constantes  en  la  obediencia  del  Rey  de  León;  el 
cual,  acaso  de  vuelta  de  su  gloriosa  expedición,  vino  por 
Compostela  para  dar  gracias  á  Santiago  por  los  benefi- 
cios recibidos,  como  lo  hizo  en  la  tierna  plegaria  con 
que  termina  la  Escritura,  y  para  ofrecer  ante  su  Altar, 
la  donación  del  cortijo,  cuyo  usufructo  había  tenido 
Sisnando. 


jrt» — 


(1)  «Orta  fuit  contentio  — dice  la  Escritura —  inter  illo  infantem  domni 
Froylani,  prolix  Adefonsi  principis  divi  memorie  cum  Fulgentius  abba...» 
D.  Fruela  cedió  la  iglesia,  y  recibió  como  obsequio  del  Abad  y  monasterio 
sesenta  y  ocho  sueldos,  cuatro  arentios  in  aventum  y  dos  caballos  apreciados 
en  sesenta  sueldos. 

En  una  Escritura  de  Sobrado  del  año  1 204  se  hace  mención  de  un  alto- 
zano cerca  de  este  monasterio;  en  el  cual  altozano  hubo  unos  palacios  llama- 
dos de  los  Infantes.  (Auctarium  ubi  fuerunt  palatia  de  InfantibusJ.  Estos 
Infantes  acaso  serían  los  hijos  de  D.  Alfonso  IV. 

(2)  Jleynas  Catholicas,  t.  I,  pag.  94. 

(3)  Entre  los  rebeldes  gallegos  figuraron  dos  sobrinos  de  San  Rosen- 
do, D.  Gonzalo  y  D.  Bermudo,  hijos  del  Conde  D.  Jimeno  Díaz  y  de  Doña 
Adosinda,  hermana  del  Santo  Obispo.  (Véase  España  Sagrada,  t.  XVIII, 
Apéndices,  pág.  331). 


CAPITULO  XVIII 


Averiguase  si  hubo  tiempo  hábil  para  la  prisión  de  Sisnan- 
do  II,  de  que  hablan  la  Compostelana  y  otros  Cronistas.  Te- 
rrible invasión  normanda  en  el  año  968.  — Perece  Sisnan- 
do  II  en  la  batalla  de  Fornelos. 


on  la  muerte  de  D.  Ordoño  III,  ocurrida 
en  Agosto  del  año  955,  comenzaron  á 
turbarse  los  días  tranquilos  y  serenos, 
de  que  hasta  entonces  habían  gozado 
Sisnando  y  la  Iglesia  compostelana.  Y 
no  era  porque,  al  menos  por  entonces, 
tuviesen  que  recelar  de  la  actitud  y  ca- 
rácter del  sucesor  de  D.  Ordoño,  el  Rey  D.  Sancho;  el 
cual  en  13  de  Noviembre  de  956  con  fórmulas  que  respi- 
raban la  más  acendrada  piedad  y  el  más  sincero  afecto, 
para  sustento  de  los  Clérigos  que  servían  en  el  Templo 
del  Santo  Apóstol,  donó  el  commisso  ó  Condado  de  Bavegio 
(Bembejo).  Llama  á  Sisnando  Padre   Santísimo  (Patri 


336  LIBEO  SEGUNDO 


SanctissimoJ ,  y  ordena  que,  como  en  los  demás  commissos 
cedidos  á  la  Iglesia  compostelana,  en  el  de  Bembejo  pa- 
guen sus  habitantes  todos  los  años  lo  que  acostumbra- 
ban pagar  al  Real  Fisco,  que  era  el  tributo  cuadragesi- 
mal, y  lo  que  los  Condes,  que  lo  tenían  en  comisión  ó 
administración,  solían  de  él  percibir.  Subscriben  los  Obis- 
pos D.  Rosendo,  Gonzalo  de  León  y  Hermegildo  de 
Lugo  (1). 

Mas  el  fuego  de  la  discordia  yacía  latente,  pronto  á 
convertirse  á  la  menor  ocasión  en  voraz  incendio.  Ya  en 
el  mismo  año  956,  el  hijo  de  D.  Alfonso  IV,  D.  Ordoño, 
se  había  presentado  en  Galicia  para  disputar  la  Corona 
á  D.  Sancho,  como  se  ve  por  un  Diploma  de  15  de  Junio, 
en  que  titulándose  Rey  concede  al  Obispo  Teodomundo 
la  mandarían  ó  commisso  de  Robleda,  Tribes,  Caldelas  y 
Quiroga  (2).  Entonces  fué  cuando,  como  dice  Odoino  en 
su  Escritura,  se  concertaron  los  Condes  gallegos  con  los 
Magnates  de  la  Corte  para  expulsar  á  D.  Sancho  y  pro- 
clamar á  D.  Ordoño  (3).  Y  en  efecto,  apenas  cumplido 
un  año  de  reinado,  D.  Sancho  tuvo  que  abandonar 
á  León,  y  refugiarse  en  Pamplona  de  donde  pasó  á 
Córdoba. 

Posesionado  D.  Ordoño  IV,  á  quien  Sampiro  dio  el 
sobrenombre  de  Malo,  del  Trono  de  León,  al  menos  en 
Galicia,  no  quiso  hacer  méritos  para  que  dicho  califica- 
tivo se  hallase  justificado.   La  villa  de  Salto  de  Lite,  que 


(1)  Véanse  Apéndices,  núra.  LXVIII. 

(2)  Véase  España  Sagrada,  t.  XVI,  Apéndice  VIII. 

(3)  Tune  in  illis  diebus  cogitantes  Comités  galléeos  necnon  et  magnati 
palatii  eicere  Sancionem  de  sede  sua  Legione,  et  daré  tronum  glorie  regni 
ad  Ordonium  prolis  Adefonsi. 


LOS  TEES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  337 

pertenecía  al  patrimonio  de  la  Iglesia  de  Santiago  en 
tiempo  del  Rey  D.  Ramiro  II  y  del  Obispo  D.  Hermegil- 
do  por  manejos  de  Gemundo  Menéndez,  había  sido  ena- 
jenada é  incorporada  en  el  Real  dominio.  Todo  esto  hizo 
presente  Sisnando  á  D.  Ordoño,  el  cual  al  punto  dispuso 
delante  de  la  Junta  ó  Concilio  en  que  se  había  visto  el 
asunto,  que  las  cosas  se  restituyesen  á  su  antiguo  estado; 
y  á  este  fin,  á  2  de  Marzo  de  958,  despachó  un  Diploma, 
en  el  que  después  de  referir  lo  ocurrido,  ordenó  que  di- 
cha villa  de  Salto  de  Lite  se  destinase,  como  antes,  para 
servicio  del  Altar  del  Santo  Apóstol,  y  para  congrua  sus- 
tentación del  Obispo  y  del  Cabildo.  Y  D.  Ordoño,  que  no 
quería  pasar  por  usurpador,  hace  notar  en  el  Diploma, 
que  él  estaba  en  el  Trono  de  su  Padre,  porque  le  corres- 
pondía heredar  el  reino  reinando.  ( Successor  adest  in 
regno  domnus  Hordonius  princeps,  proles  domni  Adefonsi  regís, 
cnius  proprium  est  regnum  regnando  her  editare).  Firman  el 
Privilegio,  San  Rosendo,  Gonzalo,  Obispo  de  León,  San 
Viliulfo  de  Tuy,  Diego  de  Orense  y  Hermegildo  de 
Lugo  (1). 

En  el  mismo  día  2  de  Marzo  de  958  otorgó  D.  Ordo- 
ño  á  la  Iglesia  compostelana  las  dos  aldeas  de  Monumen- 
ta  (Moimenta),  y  Parata  (Parada),  que  eran  de  su  propie- 
dad, y  estaban  sitas  en  el  confín  del  Condado  de  Morana, 
entre  Cuntís  y  Pontevedra,  al  pie  del  monte  León.  Con- 
firman los  Obispos  San  Rosendo  y  San  Viliulfo  y  Her- 
megildo de  Lugo  (2).  Otra  aldea,  la  de  Jovellini,  concedió 
D.  Ordoño  á  Santiago  en  el  mismo  año,  á  21  de  Mayo. 


(1)  Véanse  Apéndices,  niun.  LXIX. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXX. 

Tomo  II.— 22. 


838  LIBRO  SEGUNDO 


Estaba  sita  esta  hacienda  á  orillas  del  Miño  y  cerca  de 
Layas,  que  era  del  patrimonio  de  D.  Ordoño.  Firman  el 
Documento  los  Obispos  Rodrigo,  Gronzalo,  Hermegildo, 
Diego  y  Domingo,  y  los  Magnates  Ñuño  Osoriz,  Pelayo 
González,  Ñuño  Núñez  y  Osorio  (1). 

La  Iglesia  compostelana  no  fué  la  única  en  Galicia, 
que  experimentó  la  generosidad  de  D.  Ordoño.  En  13  de 
Noviembre  de  958  concedió  al  monasterio  de  Sobrado  y 
al  Obispo  Sisnando,  bajo  cuyo  inmediato  régimen  y  cui- 
dado se  hallaba  entonces  la  casa,  el  commisso  de  Presares, 
para  que  los  Monjes  lo  tengan  como  hasta  entonces  lo 
habían  tenido  los  Condes  designados  por  los  Reyes.  Fir- 
man los  Obispos  Gonzalo  de  León,  Hermegildo,  Teodo- 
mundo  de  Salamanca,  Diego  de  Orense?,  y  el  Infante 
D.  Fruela,  hermano  de  D.  Ordoño  (2).  Otra  gran  dona- 
ción había  hecho  dos  días  antes  al  célebre  Conde  Santo, 
D.  Osorio  Gutiérrez,  á  quien  varias  veces  en  la  Escritura 
llama  D.  Ordoño  tío  suyo  (3).  Otorgóse  el  Documento  en 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXI. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXII. 

(3)  El  Conde  Santo  era  hijo  de  los  Condes  D.  Gutier  Osorio  y  D.a  Al- 

donza,  y  hermano  de  D.  Rodrigo,  D.  Fruela,  D.a  Gunterote,  D.a  Ermesinda, 

D.a  Adosinda  y  D.a  Elvira  y  de  otros  señores  de  que  se  halla  mención  en 

las  Escrituras.  D.a  Gunterote  fué  Abadesa  en  el  monasterio  de  Palatiolo, 

cerca  de  Celanova.  D.a  Elvira  fué  Monja,  y  D.a  Adosinda,  en  un  documento 

del  Turneo  de  Celanova  (lib.  I,  núm.  XLVIII  del  año  941),  se  intitula  reina; 

Adosinda  Olim  regina.  ¿De  dónde  le  vino  á  Adosinda  este  título?  A  nuestro 

juicio  de  haber  estado  casada  con  D.  Alfonso  IV  y  de  haber  engendrado  á 

D.  Ordoño  IV.  Siendo  esto  así,  nada  tiene   de  extraño  que  este  Monarca 

llamase  tío  al  Ccnde  Osorio,  hermano  de  su  madre.  Es  cierto,  que  la  esposa 

de  D.  Alfonso  IV  se  dice  haber  sido  D.a  Jimena;  pero  D.a  Adosinda   pudo, 

como  otras  muchas,  tener  doble  nombre,  ó  pudo   haber  estado  casada  con 


LOS  TEES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  339 

León,  en  presencia  de  un  numeroso  Concilio  de  Obispos, 
Abades  y  Condes,  al  cual  asistió  el  Prelado  de  San- 
tiago (1). 

Pronto  cerró,  no  obstante,  D.  Sancho  el  paréntesis 
que  en  su  reinado  había  abierto  D.  Ordoño  IV;  pues  si 
no  hay  yerro  en  la  fecha  de  un  Documento  del  Tumbo  de 
Celanova,  lib.  II,  fol.  133,  en  29  de  Marzo  de  959,  ya  se 
hallaba  de  vuelta  de  Córdoba  posesionado  segunda  vez 
del  reino  de  León.  Era  natural  que  á  su  vuelta  se  mos- 
trase no  muy  benévolo  con  los  que  se  habían  conjurado 
para  expulsarle  del  Trono,  y  aun  que  considerase  poco 
afectos  á  su  persona  á  aquellos,  que  habían  recibido 
mercedes  y  beneficios  de  su  rival,  D.  Ordoño;  con  tanta 
más  razón,  cuánto  que  los  partidarios  de  éste  no  se  ha- 
bían resignado  con  su  desgracia,  ni  tampoco  renunciado 
á  nuevas  tentativas  de  insurrección. 

Como  si  fueran  pocas  estas  causas  de  inquietud  y 
agitación,  una  nueva  plaga  cayó  sobre  Galicia,  y  la  lle- 
nó de  luto  y  desolación.  Los  normandos  volvieron  á  in- 
festar nuestras  costas,  al  principio  en  pequeñas  expedi- 
ciones como  para  ejercitarse  y  reconocer  el  terreno, 
después  en  grandes  masas  y  con  numerosos  ejércitos  de 
desembarco.  La  Diócesis  de  Iria  era  la  más  amenazada 
por  lo  abierto  de  sus  rías  y  de  sus  puertos,  y  por  la  ri- 
queza y  fertilidad  de  su  territorio.  El  estado  del  reino 


D.  Alfonso  IV  antes  qne  D.a  Jimena,  y  después  separarse  por  causa  de  al- 
gún impedimento  de  consaguinidad. 

La  D.a  Aldonza,  madre  del  Conde  Santo,  era  hermana  de  D.  Gutierre 
Menéndez,  padre  de  San  Rosendo.  Los  dos  Magnates  más  poderosos  de  Ga- 
licia en  su  tiempo  eran,  pues,  hermanos  políticos.  Ambas  casas  se  hallaban 
emparentadas  con  la  familia  real,  y  eran  de  la  primera  nobleza  de  España. 
(1)     España  Sagrada,  t.  XVIII,  pág.  305. 


340 


LIBRO  SEGUNDO 


no  permitía  que  en  Galicia  hubiese  otro,  que  el  Prelado 


Fotografía  de  J.  Limia.  Fotograbado  de  Laporta. 

Miniatura  del  Tumbo  A ,  fol.  16,  que  representa  á  D.  Sancho  el  Craso. 


compostelano,  que  pudiera  encargarse  de  la  defensa  y 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAíí  A  341 

armamento  del  país;  y  en  efecto,  Sisnando  desempeñó  á 
maravilla  este  encargo.  Levantó  fortalezas  como  la  de 
la  Lanzada  y  la  de  Cedofeita  en  los  puntos  más  estra- 
tégicos, estableció  guardias  y  retenes  para  vigilar  y 
guardar  las  costas,  organizó  milicias,  y  arbitró  recursos 
para  atender  á  todas  estas  urgencias.  Receloso  de  un 
golpe  de  mano  sobre  Compostela,  reparó  los  muros  de  la 
ciudad,  construyó  nuevos  torreones,  abrió  profundos  fo- 
sos, y  los  dispuso  de  manera  que,  cuando  fuese  preciso, 
quedasen  inundados  de  agua.  Para  todas  estas  obras 
reunió  arquitectos  y  canteros,  y  obligó  á  los  pueblos  al 
acarreo  de  materiales,  y  á  prestar  los  servicios  acos- 
tumbrados en  semejantes  casos  (1). 

Lo  que  más  urgía  era  allegar  fondos  para  sostener 
las  guarniciones  y  destacamentos  estacionados  en  los 
castillos  y  fortalezas  de  las  costas,  que  en  su  mayor  par- 
te estaban  en  el  arcedianato  de  Saines  ó  Sáliniense,  y  pa- 
gar y  gratificar  á  los  caballeros  y  campeones  que  quisie- 
sen encargarse  de  la  dirección  de  la  defensa.  Para  ello 
determinó  Sisnando  destinar  las  rentas  del  arcedianato 
de  Saines,  que  como  hemos  dicho  en  el  cap.  VI,  pág.  151, 
se  habían  asignado  para  sostenimiento  del  Cabildo  de  la 
antigua  Catedral  Iriense  (2). 

Después  de  las  palabras  que  acabamos  de  poner  en  la 
nota  1.a  de  esta  página,  añade  el  Cronicón  Iriense  las  si- 


(1)  Ne  forte  beatissimi  Jacobi  Apostoli  venerabile  corpus  ob  illorum 
hostium  (Normanorum  ac  Frandensium)  occupatione  súbito  caperetur,  lar- 
gita  architectis  munificentia,  ac  plebibus  labori  implicitis,  circumquaque 
eura  Locum  sanctum  maenium,  turriumque  munitione  ac  profundis  vallorum 
fossis  aqua  circumfusa,  ut  Locus  sanctus  tutus  esset,  summopere  cingi  prae- 
cepit.  (Chron.  Iriense,  España  Sagrada,  t.  XX,  pág.  605). 

(2)  Haec  omnia  diutissime  asservata  permanserunt  praeter  archidia- 
conatum  Salinensem,  quem  dominus  Sisnandus  pontifex  iriensis  ob   barba- 


342  LIBEO  SEGUNDO 


guientes  cláusulas,  en  alto  grado  depresivas  del  buen 
nombre  y  reputación  de  Sisnando.  «Como  era  tan  ase- 
glarado y  poderoso,  dice,  ocupó  opresivamente  á  los  sier- 
vos de  la  Iglesia  en  la  construcción  de  sus  palacios  y  de 
los  monasterios  de  Cinis,  Sobrado  y  Caneda,  y  distrajo 
los  caudales  eclesiásticos,  entregándolos  sin  tasa  ni  me- 
dida á  sus  parientes.  Reprendiólo  varias  veces  el  Rey 
D.  Sancho  cuando  de  ello  tuvo  noticia,  y  los  individuos 
del  Cabildo  lo  amonestaron  para  que  reconociese  sus 
yerros  y  se  enmendase;  pero  por  su  soberbia  y  por  la 
presunción  de  su  alto  linaje,  á  todo  se  hizo  sordo.  Sabe- 
dor el  Rey  Sancho  de  su  contumacia,  mandó  prenderlo 
y  encerrarlo  en  lugar  seguro;  y  en  su  sitio  fué  elevado 
octavo  Obispo  en  la  Sede  Apostólica,  Rudesindo,  varón 
santísimo  y  de  ilustre  prosapia. » 

A  la  muerte  del  Rey  D.  Sancho,  continúan  la  Com- 
postelana  y  el  Iriense,  Sisnando  fué  puesto  en  libertad  ó 
se  fugó  de  la  prisión,  según  el  autor  de  la  Vida  de  San 
Rosendo  (1);  y  en  la  noche  de  Navidad,  al  frente  de  un 
tropel  de  gente  armada,  penetró  en  el  dormitorio  donde 
yacía  descansando  San  Rosendo  con  los  Canónigos,  y 
con  la  punta  de  la  espada  levantó  la  manta  que  cubría 
el  lecho  en  donde  reposaba  el  santo  Obispo.  El  cual, 
viéndose  así  interpelado;  «Sisnando,  quien  con  hierro  anda, 
dijo,  á  hierro  muere;»  y  esto  dicho,  se  retiró  al  monasterio 
de  Celanova  (2),  en  donde  permaneció  hasta  su  muerte. 


rorum  infestationem  Salinensis  terrae  militibus  in  donativum  constituit. 
(Véase  Monumentos  antiguos  de  la  Iglesia  compostelana...;  Madrid,  1885, 
página  9). 

(1)  España  Sagrada,  t.  XVIII,  pág.  382. 

(2)  O  á  Caaveiro,  según  el  autor  de  la  Vida  de  San  Koscndo. 


LOS  TEES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  343 

Con  esto  Sisnando,  cada  vez  más  orgulloso  y  altanero, 
ocupó  de  nuevo  la  Sede,  hasta  que  una  saeta  normanda 
lo  privó  de  la  vida. 

No  es  inverosímil  que  el  Rey  D.  Sancho  hiciese  algu- 
na advertencia  á  Sisnando,  por  no  considerarlo  tan 
adicto  á  su  persona  y  á  su  partido,  como  él  deseaba. 
Tampoco  es  inverosímil  que  entre  San  Rosendo  y  Sis- 
nando mediase  alguna  cuestión  por  divergencia  de  apre- 
ciaciones sobre  algún  punto  concreto  (1).  Esto  sólo,  en 
épocas  de  efervescencia  como  aquella  y  en  que  las  pa- 
siones se  hallaban  tan  concitadas,  pudo  servir  de  base 
para  que  los  hechos  se  desfigurasen  y  agrandasen  de  tal 
modo,  que  alcanzaran  las  proporciones  con  que  nos  los 
describen  la  Compostelana  y  el  Iriense  (2j.  Este  último 
Cronicón  nos  da  muchos  pormenores  acerca  de  Sisnando, 
que  tienen  algún  fondo  de  verdad,  pero  los  presenta  tan 
confundidos  y  embrollados,  que  sólo  compulsando  los  Do- 
cumentos coetáneos  puede  desenredarse  tal  madeja,  y  sa- 


(1)  Y  en  efecto  la  hubo,  como  luego  veremos  con  motivo  de  unas  pes- 
queras en  el  Tambre. 

(2)  La  Escritura  de  Odoino  nos  refiere  de  este  modo  una  de  las  escenas 
que  tan  frecuentes  debían  de  ser  entonces  en  Galicia.  «Tune  in  illis  diebus 
(á  la  muerte  del  Rey  D.  Sancho)  excita verunt  Galléeos  inter  se  seditionem 
comités  domino  unum  Rudericum  VelascDniz  et  alterum  GundÍ3aivum  Me- 
nendiz,  qui  multa  inter  se  per  internuntio3  recalcitrantes,  et  aiversus  invi- 
cem  verba  tyranidem  musitantes,  constituerunt  diem  ultionis  inter  se  ut 
bellum  agerent.» 

En  otro  Documento  del  Tumbo  de  Sobrado,  lib.  I,  ndm.  CXXT,  ario  933, 
se  nos  habla  en  los  siguientes  términos  de  una  insurrección  contra  un  Mo- 
narca cuyo  nombre  no  se  dice,  pero  que  debía  ser  D.  Sancho:  «Cumque  pos- 
sideret  diabolus  corda  cuuctorum  infelicium,  ut  spreuerent  et  abnegarant 
regem  catholicum,  et  odirent  legem  eius  et  contemnerent  iussa  eius  atque 
tributa,  ascenderunt  singuli  in  singulas  rupes,  agentes  contra  Deum  in  su- 
perbia  et  deuorantes  plebem  eius  sicut  cibum  pañis...» 


344  LIBRO    SEGUNDO 


car  algo  en  limpio,  y  restituir  á  los  hechos  su  verdadero 
alcance.  Así  confunde  al  Rey  D.  Sancho  el  Craso  con 
D.  Sancho  Ordoñez,  á  la  Reina  D.a  Teresa  con  la  Reina 
D.a  Grotona.  Sabía  que  los  monasterios  de  Cinis,  Sobrado 
y  Caneda  tenían  algo  que  ver  con  Sisnando;  pero  igno- 
raba, ó  se  olvidaba  de  que  el  de  Cinis  había  sido  fundado 
por  los  bisabuelos  del  Obispo,  que  el  de  Sobrado  lo  ha- 
bía sido  por  los  padres,  y  que  el  de  Caneda  era  de  tal  in- 
significancia, que  no  se  sabe  donde  estuvo  (1).  Es  cierto 
que  Sisnando  hizo  grandes  donaciones  á  Sobrado;  pero 
siendo,  como  era,  de  familia  sobradamente  rica,  con  sólo 
dar  su  legítima  y  Los  bienes  que  con  su  industria  y  en 
los  cargos  que  ejerció,  especialmente  en  el  de  Intenden- 
te del  Real  Palacio,  ya  podía  ser  reputado  como  bien- 
hechor y  protector  insigne  del  Monasterio,  sin  que  para 
esto  tuviera  que  lesionar  en  lo  más  mínimo  los  intereses 
de  su  Iglesia  Catedral, 

Compulsemos,  pues,  los  antiguos  Documentos  partien- 
do del  supuesto  de  que  la  prisión  de  Sisnando,  en  caso 
de  que  se  diese,  debió  tener  lugar  dentro  de  los  siete 
años  que  mediaron  entre  el  regreso  de  D.  Sancho  en  959 
y  su  muerte  acaecida  á  fines  de  966.  Advirtamos,  ante 
todo,  que  las  grandes  obras  de  fortificación  que,  según  el 
Iriense,  llevó  á  cabo  Sisnando  con  consejo  de  D.  Sancho, 
no  pudieron  hacerse  sin  tiempo,  ni  tampoco  eran  para 
ser  dirigidas  desde  una  prisión. 

El  año  959,  á  13  de  Noviembre,  el  Conde  D.  Rodrigo 
Menéndez,  hermano  de  Sisnando,  con  su  esposa  D.a  El- 


(1)  Por  conjetura  se  señala  el  lugar  de  Cañedo  en  la  parroquia  de  San 
Pedro  de  Loureda,  cerca  de  Santiago;  el  cual  lugar  era  propiedad  de  los  pa- 
dres de  Sisnando  II, 


LOS  TEES    PBIMEBÓS  SIGLOS  DE  LA  I.  COAtPOSTELANA        345 

vira  Alvítez,  viéndose  sin  hijos,  instituyeron  su  heredero 
al  monasterio  de  Sobrado.  Subscriben  los  otorgantes  en 
esta  forma:  Rudericus  Menendiz  in  hac  scriptura  bonefacti 
uel  titulum  donationis  a  me  facta  et  in  conventu  ecclesiae 
Sci.  Iacobi  Arcis  marmorice  manu  propria  confirmata. — 
Gilvira  Alvitiz  in  hac  scriptura  benefacti  uel  titulum  donationis 
a  me  facta  et  in  concilio  Sci.  Iacobi  Arcis  marmorice  mana 
propria  confirmata.  Confirman  los  Obispos  San  Rosendo, 
Arias,  que  le  sucedió  en  Dumio  ó  Mondoñedo,  y  Sis- 
nando  (1). 

En  3  de  Marzo  de  960,  Silon  Luces  ó  Lucidez  hizo 
una  donación  á  San  Rosendo,  en  la  cual  firman  los 
Obispos  Sisnando  y  Hermegildo  de  Lugo  (2).  Estos  no 
son  indicios  de  prisión;  porque  la  Escritura  no  iría  á 
otorgarse  en  el  lugar  en  donde  estuviese  encerrado 
Sisnando. 

Tampoco  estaba  preso  Sisnando  en  27  de  Febre- 
ro de  961,  en  el  cual  día,  ante  el  Sepulcro  de  Santiago 
se  terminó  el  litigio  que  había  tenido  con  San  Rosendo 
sobre  unas  pesqueras  en  el  río  Tambre.  Creía  San  Ro- 
sendo, que  á  su  madre  Santa  Ilduara  correspondía 
la  cuarta  parte  en  dichas  pesqueras;  afirmaba  Sisnando 
que  dichas  pesqueras  eran  íntegras  de  la  Iglesia  de  San- 
tiago, en  virtud  de  la  donación  que  á  la  misma  había 
hecho  D.  Ramiro  II  del  Condado  de  Postmarcos.  En  una 
gran  Junta  que  se  celebró  en  el  monasterio  de  Vimara- 
nes  (Gruimarans,  en  Portugal),  no  pudo  aclararse  la  ver- 
dad por  falta  de  pruebas.  Entonces  convinieron  los  dos 
Prelados,  en  que  cada  uno  buscase  cuatro  hombres  bue- 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXII. 

(2)  Tumbo  de  Sobrado,  lib.  I,  núm.  CXXI. 


346  LIBBO    SEGUNDO 


nos,  los  cuales,  bajo  juramento  y  en  un  lugar  sacrosan- 
to, declarasen  lo  que  supiesen  con  certeza  sobre  el  pun- 
to en  cuestión.  El  lugar  elegido  fué  el  del  Sepulcro  del 
Apóstol.  Entraron  todos;  pero  los  cuatro  hombres  bue- 
nos buscados  por  San  Rosendo,  no  se  atrevieron  á  con- 
firmar con  el  juramento  su  deposición;  los  de  Sisnando 
juraron  que  nunca  habían  visto  que  en  las  pesqueras, 
objeto  del  litigio,  desde  la  fecha  del  Diploma  de  Rami- 
ro II,  tuviese  parte  otra  persona  que  la  Iglesia  de  San- 
tiago y  sus  Obispos  (1).  Dióse  con  esto  por  terminado  el 
pleito,  y  la  Iglesia  compostelana  quedó  en  pacífica  pose- 
sión del  aprovechamiento  íntegro  de  las  pesqueras  (2). 

En  otra  cuestión  intervino  por  este  tiempo  Sisnando, 
no  como  parte,  sino  como  Juez  y  arbitro  componedor. 
Al  comenzar  la  reconquista,  algunos  ascendientes  de 
los  Condes  D.  Gonzalo  y  D.a  Teresa  (3)  se  posesionaron 


( 1)  Elegerunt  omnes  magnati,  abbates,  presby tero3  et  diáconos  necnon 
et  confessores,  ut  intrarent  Hoduarius  diaconus  Taginiz,  Benedictus,  Rude- 
ricus  et  Trevuleus  in  tumulum  beati  Iacobi  Apostoli,  sicut  et  intraverunt  et 
dederunt  sacrum  iuramentum  per  ipsius  corpus  Apostoli  et  per  omnes  san- 
ctorum  virtutes,  que  ibi  sunt  recondite,  quod  ipsas  piscarias  unde  contentio 
est  de  tempore  domni  Hermegildi  episcopi  in  parte  ista  de  quanto  tempore 
testamentum  et  era  resonat,  numquam  ullo  homni  vidimus  inde  rationem 
reddenti,  nisi  post  partem  sancti  Iacobi.  (Véase  la  Escritura  íntegra  entre 
los  Apéndices  del  tomo  XIX  de  la  España  Sagrada). 

Quizás  este  litigio,  que  no  debió  dejar  de  ser  ruidoso,  dio  margen  á  la 
invención  de  la  temeraria  y  teatral  aventura  de  Sisnando. 

(2)  Consignóse  todo  en  la  Acta  ó  Escritura,  que  acabamos  de  citar, 
que  posteriormente  fué  confirmada  por  D.  Ramiro  III. 

(3)  A  principios  del  siglo  X  fundaron  estos  Condes,  según  ya  hemos 
dicho,  los  monasterios  de  San  Salvador  de  Camanzo  y  San  Lorenzo  de  Car- 
boeiro.  Fueron  padres  de  dos  Reinas,  de  D.a  Aragonta  y  de  D.a  Elvira, 
segunda  esposa  de  D.  Ordono  III,  según  conjetura  Flórez, 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  347 

de  algunas  tierras  en  la  comarca  de  Saines  donde  hoy 
están  sitas  las  parroquias  de  Nogueira,  Villalonga,  Noa- 
11a  y  Dena,  cerca  de  Cambados;  construyeron  casas  y 
pusieron  colonos  para  trabajar  el  terreno.  Sus  descen- 
dientes estuvieron  por  mucho  tiempo  en  pacífica  pose- 
sión de  dichas  tierras;  pero  á  mediados  del  siglo  X,  algu- 
nos de  los  moradores  de  aquel  país  entraron  en  aquellas 
aldeas,  las  arrasaron  y  en  sus  alrededores  abrieron  sa- 
linas. Supiéronlo  el  Conde  D.  Pelayo  (1)  y  la  Reina 
D.a  Aragonta,  hijos  de  D.  Gonzalo  y  D.a  Teresa;  se  per- 
sonaron en  el  sitio,  embargaron  las  salinas,  prendieron  á 
los  insolentes  usurpadores  y  los  presentaron  á  una  Junta 
ó  Jurado,  en  que  presidían  el  Obispo  Sisnando,  la  Conde- 
sa Ilduara,  que  tenía  la  torre  de  Lobeira,  y  Menendo 
Menendiz  que  gobernaba  aquel  territorio,  quejándose  al 
mismo  tiempo  del  atropello  que  aquellos  villanos  acaba- 
ban de  cometer.  Las  salinas  eran  diez;  y  á  propuesta  de 
Sisnando  se  hizo  de  ellas  la  distribución  siguiente:,  cua- 
tro se  dejaron  á  los  que  las  .habían  hecho,  y  de  las  otras 
seis,  una  se  destinó  para  el  monasterio  de  Camanzo,  otra 
para  el  de  Salceda  en  que  vivía  D.a  Aragonta,  otra  para 
el  de  Celanova,  otra  para  el  de  Villanueva  de  la  Conde- 
sa, fundado  por  Santa  Ilduara,  madre  de  San  Rosendo, 
otra  para  los  de  San  Lorenzo  de  Nogueira,  Pilono,  Lan- 
taño,  Pesegueiro  y  Carboeiro,  y  la  sexta  para  D.  Pela- 
yo y  D.a  Aragonta  y  sus  herederos  (2). 


(1)  Fundó  D.  Pelayo  González  el  convento  de  San  Lorenzo  de  Noguei- 
ra con  Monjes  que  llevó  de  Carboeiro. 

(2)  De  un  extracto  que  se  conserva  entre  los  Documentos  procedentes 
de  San  Martín  Pinario,  que  se  guardan  en  la  Biblioteca  de  la  Universidad 
de  Santiago. 


348  LIBRO  SEGUNDO 


En  Junio  de  962  concedió  D.  Sancho  el  Craso  un 
Privilegio  al  monasterio  de  Samos;  en  el  cual  Privilegio 
con  San  Rosendo  y  San  Viliulfo  de  Tuy,  firman  Sis- 
nando  de  Iria  y  otros  Obispos  (1). 

En  el  año  963  y  en  el  964  pasó  Sisnando  algún  tiempo 
en  Sobrado,  sin  duda  para  dar  la  última  mano  á  las  obras 
del  monasterio.  A  5  de  Junio  de  963,  Gutier  Alvítez  con 
su  esposa  Amudia,  por  sobrenombre  Lilio,  donó  á  Sobra- 
do y  á  su  protector  Sisnando,  una  aldea  en  Brocos,  Con- 
dado de  Ventosa.  Confirman  San  Viliulfo,  Obispo  de  Tuy, 
los  abades  Diego,  Gutierre,  Alactancio  y  Gundesindo,  y 
el  monje  Hermegildo,  que  era  el  padre  de  Sisnando  (2). 
En  23  de  Octubre  de  964,  en  nombre  de  la  Comunidad 
de  Sobrado,  hizo  Sisnando  con  su  padre  Hermegildo,  un 
cambio  de  ciertas  heredades  con  el  monasterio  dúplice 
de  San  Vicente  de  Besoucos  (3).  El  29  de  Noviembre,  el 
presbítero  Argívolo  hizo  profesión  religiosa  en  Sobrado 
en  manos  de  Sisnando,  y  al  mismo  tiempo  ofreció  la 
iglesia  de  San  Juan  de  Pratis  (Brates),  que  habían  edi- 
ficado sus  abuelos.  En  la  fecha  se  lee:  Anno  regís  Sancii 
Rarniri  proles  et  irlense  sedis  patri  domini  Sisnando  Epi- 
scopo  (4). 

En  el  año  965  no  hemos  hallado  noticia  alguna  de 
Sisnando;  pero  no  fué  porque  se  hallase  en  prisiones, 
pues  en  el  año  966  aún  lo  veremos  en  libertad,  y  ésta, 
después  que  cayó  preso,  como  se  supone,  no  pudo  obte- 


(1)  España  Sagrada,  t.  XL,  pág.  145. 

(2)  Tumbo  de  Sobrado,  lib.  I,  núm.  XLIV. 

(3)  Tumbo  de  Sobrado,  lib.  I,  núm.  CXX. 

(4)  Tumbo  de  Sobrado,  lib.  I,  núm.  VIII. — Termina  la  Escritura  con 
esta  curiosa  subscripción:  Et  omnem  congregationem  setter ii  Superato,  intus 
et  foris,  fratrum  et  laicorum,  confirmat. 


LOS  TEES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA.  I.  COMPOSTELANA  349 

nerla  hasta  después  de  muerto  el  Rey  D.  Sancho.  Sin 
duda,  comenzaba  á  arreciar  la  furia  normanda  y  urgían 
los  trabajos  de  fortificación  y  defensa  del  país. 

Regístrase  en  el  Tumbo  de  Sobrado,  lib.  I,  núm.  V  y  VI, 
una  Escritura  en  que  se  revela  el  propósito  de  Sisnando 
de  retirarse  á  este  monasterio  y  permanecer  en  él  guar- 
dando la  regla  monacal.  Es  el  testamento  que  con  su 
hermano  D.  Rodrigo  y  su  cuñada  D.a  Elvira  Alvítez, 
que  abundaban  en  los  mismos  deseos,  otorgó  en  10  de 
Diciembre  de  966,  poco  tiempo  después  de  fallecido  su 
padre  D.  Hermenegildo.  Instituyen  los  tres  mancomu- 
nadamente  heredero  al  convento  de  Sobrado,  con  las 
condiciones  siguientes:  1.a,  la  de  gozar  mientras  vivan, 
del  usufructo  de  sus  bienes,  ellos  y  los  que  con  ellos  per- 
manezcan para  servicio  de  Dios  en  el  monasterio  (sub  ea 
tándem  rajtione  servato,  ut...  dum  vita  advixerimus,  sint  omnia 
riostra  communia  et  pernotata  pro  v'ctum  et  vestitum  tam  no- 
strum,  quam  qui  in  servitio  Dei  nóbiscum  in  ipso  prefato  mo- 
nasterio permanserint);  y  2.a,  la  de  que  fallecido  alguno  de 
los  tres  otorgantes,  pase  dicho  usufructo  á  los  supervi- 
vientes ó  superviviente  en  su  caso.  Sigue  la  enumeración 
de  las  fincas,  en  Mera,  en  Narla,  en  Parga,  en  Rábade, 
en  Besoucos,  en  Presares,  en  Montaos,  en  Castela,  en 
Portugal,  etc..  Añaden  los  Condes  D.  Rodrigo  y  Doña 
Elvira,  los  trajes  de  lujo  y  otras  aparatosas  alhajas  con 
que  habían  engalanado  á  sus  pajes  y  donceles  en  las  re- 
cepciones y  otras  ocasiones  solemnes  (adkimus  nostros 
atonitus  flj  et  nostras  magnificencias,  que  dedimus  per  nostros 


(1)    De  atónito  viene  el  castellano  antiguo  atue)\do. 


350  LIBEO  SEGUNDO 


infanzones,  sive  villas  sen  argento,  vel  quecumque  de  ganato 
nostro  eis  dedimus,  nobis  cum  eo  servitium  exercuissent  (1). 

Sisnando,  por  su  parte,  donó  la  iglesia  de  Santa  Eu- 
lalia de  Car  olio,  junto  á  Farum  Precantium  (La  Coruña), 
de  la  que  le  había  hecho  Escritura  el  presbítero  Floren- 
cio, y  legó,  además,  también  todo  su  atuendo;  pero  se  re- 
servó el  castillo  de  Aranga.  Subscriben  el  testamento, 
Sisnando,  Rodrigo  y  Elvira,  el  abad  de  Sobrado,  Pedro  y 
varios  testigos  (2). 

En  este  mismo  año  966,  se  insurreccionaron  nueva- 
mente los  gallegos  contra  D.  Sancho,  que  corrió  presuro- 
so desde  León  á  apagar  aquel  incendio;  y  con  el  auxilio 
de  los  partidarios  con  que  aquí  contaba,  no  tardó  en  so- 
focarlo, paseándose  luego  victorioso  por  toda  Galicia  has- 
ta el  Duero.  Sólo  el  Conde  ó  Duque  D.  Gonzalo  (3),  que 
mandaba  en  el  territorio  comprendido  entre  el  Duero  y 
el  Mondego  — el  cual  territorio  venía  á  constituir  enton- 
ces la  frontera  meridional  de  Galicia —  quiso  persistir  en 
su  actitud  rebelde  y  sostenerla  por  medio  de  las  armas. 


(1)  Recuérdense  los  veinte  pajes  y  doncellas  con  que  Sisnando  obse- 
quió á  su  esposa  Aldonza. 

(2)  En  el  testamento  hace  mención  Sisnando  de  un  primo  suyo  (conger- 
manus  noster),  llamado  Gundesindo  Suárez,  del  cual  dice  que  le  dio  una 
villa  ó  granja,  en  compensación  de  setecientos  sueldos  en  que  había  afian- 
zado á  un  esclavo  moro  del  Obispo,  el  cual  moro  se  había  fugado.  Paturavit 
unam  villam  pro  nostro  mauro  que  nobis  fidiavit  pro  DCC  solidos,  et  fugavit 
illo.  Este  moro,  para  ser  apreciado  en  setecientos  sueldos,  debía  ser  persona 
de  valer,  ó  por  su  industria,  ó  por  su  habilidad,   ó  por  otra  dote  semejante. 

(3)  (Véase  el  Cronicón  de  Sampiro  en  el  tomo  XIV  de  la  España  Sagra- 
da, pág.  470).  Entonces  había  varios  Condes  de  este  nombre  en  Galicia,  Don 
Gonzalo  Sánchez,  D.  Gonzalo  Menéndez,  D.  Gonzalo  Jiménez,  D.  Gonzalo 
Bermúdez,  etc.,  por  lo  que,  por  sólo  este  indicio,  no  podemos  identificar  la 
persona.  . 


LOS  TBES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  351 

Después  mudando  de  opinión,  apeló  á  una  infame  alevo- 
sía, é  invitando  al  Rey  á  una  entrevista  amistosa  y  pa- 
cífica á  orillas  del  Duero,  le  ofreció  una  manzana  empon- 
zoñada. Tan  pronto  la  gustó  D.  Sancho,  conoció  que  es- 
taba envenenado,  y  dio  vuelta  apresuradamente  á  León; 
pero  al  tercer  día  falleció  en  el  camino.  Tuvo  lugar  este 
desgraciado  acontecimiento,  no  en  el  año  967,  como  dice 
Florez  (1),  sino  á  fines  del  966,  según  resulta  de  una  Es- 
critura del  monasterio  de  Sahagún  fechada  á  19  de  Di- 
ciembre de  este  último  año,  en  la  cual  se  dice  que  Don 
Ramiro,  hijo  de  D.  Sancho,  comenzaba  entonces  el  pri- 
mer año  de  su  reinado,  f incipiente  primo  anuo  regni  sui 
Ranimiri  prolis  Sanctiori). 

Y  henos  aquí  en  el  momento  crítico  en  que  debió  te- 
ner lugar  la  escena  de  la  noche  de  Navidad.  A  princi- 
pios de  Diciembre  de  966  falleció,  como  acabamos  de 
ver,  el  Rey  D.  Sancho;  por  lo  tanto  Sisnando,  si  es  que 
estaba  preso,  quedó  en  libertad  para  ejecutar  en  la  no- 
che del  24  la  descabellada  é  insensata  hazaña  de  pene- 
trar, armado  de  coraza  y  espada,  en  el  dormitorio  en 
que  reposaba  su  pariente  San  Rosendo,  para  expulsarlo 
de  Santiago.  Ahora  dígasenos  si  en  la  Escritura  ó  Tes- 
tamento de  10  de  Diciembre  del  mismo  año,  se  descubre 
en  Sisnando  disposición  de  ánimo  á  propósito  para  co- 
meter tal  atropello. 

Poco  tiempo  dejaron  los  normandos  permanecer 
tranquilo  y  sosegado  á  nuestro  Obispo  en  su  retiro  de 
Sobrado,  entregado  á  la  meditación  y  á  las  prácticas  de 
la  piedad.  Al  entrar  la  primavera  del  año  968,  una  nu- 
merosa escuadra  normanda  compuesta  de  cien  naves 


(1)     España  Sagrada,  t.  XIV,  pág.  451. 


352  LIBEO    SEGUNDO 


penetró  en  la  ría  de  Arosa,  y  acercándose  á  los  brafia- 
les  ó  juncales  que  aún  hoy  se  ven  cerca  de  las  Torres 
de  Oeste,  saltaron  en  tierra,  desembarcaron  sus  bélicos 
pertrechos,  ordenaron  sus  haces  y  se  pusieron  en  marcha 
con  dirección  á  Iria,  siguiendo  sin  duda  la  antigua  ca- 
rretera que  unía  á  dicha  ciudad  con  la  vía  militar  que 
venía  de  Caldas  y  atravesaba  el  Ulla  por  aquel  punto  (1). 

Sisnando,  que  acaso  había  venido  á  Compostela  para 
asistir  á  los  Oficios  de  Cuaresma  en  la  Catedral,  á  la 
primera  noticia  salió  precipitadamente  en  busca  del 
enemigo  para  desconcertar  sus  planes  con  una  acción 
rápida  y  un  golpe  atrevido. 

Entretanto,  los  normandos  se  habían  ido  internando 
en  el  país,  y  saliendo  de  la  carretera  como  de  un  cauce, 
se  desbordaron  sobre  las  vegas  de  Janza,  Cordeiro,  Cam- 
paña, Requeijo  é  Iria,  cautivando  hombres  y  mujeres, 
haciendo  presa  en  todo  cuanto  encontraban,  é  incen- 
diando y  arrasando  pueblos,  villas  y  aldeas.  Hallólos 
Sisnando,  á  lo  que  parece,  en  Iria  ó  cerca;  los  acometió 


(1)  La  Compostelana  (España  Sagrada,  t.  XX,  pág.  13),  dice  que  los 
normandos  desembarcaron  en  el  puerto  de  Junquera.  Cumque  Normani  ex 
portu,  qui  Juncariae  dicitur  et  Illiam  tendentes,  partes  istas  depraedarentur... 
El  Iriense  (España  Sagrada,  t.  XX,  pág.  606),  añade:  Ecce  ante  eum  (Sis- 
nandum)  venerunt  nuntii  dicentes,  quod  Normani  et  Fr anden ses  et  gens  mul- 
ta inimicorum  veniens  de  Juncariis,  volentes  iré  ad  Iriam,  quoscumque  nomi- 
nes et  mulleres  in  itinere  inveniebant,  ducebant  captos  et  terram  vastabant  et 
praedabant.  La  Crónica  Iriense  de  Ruy  Vázquez,  que  en  esta  parte  no  hizo 
más  que  traducir  casi  literalmente  al  Iriense,  llama  puerto  de  Vacariza  al 
de  Juncar ia.  u  Vieron  moytas  ñaues  de  Normanos  et  Frandeses,  et  moytas  gen- 
tes de  enemigos  da  fe  ao  porto  de  Vacariza  et  entraron  a  Ilia..."  El  puerto  ó 
aldea  de  Bacariza,  sobre  la  margen  derecha  del  Ulla  en  la  parroquia  de  San- 
ta María  de  Isorna,  está  enfrente  del  de  Cabreriza,  del  otro  lado  del  Ulla, 
en  la  parroquia  de  Dimo.  Aquí  fué  en  donde  debieron  desembarcar  los  nor- 
mandos. 


LOS  TEES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  353 

con  denuedo  y  los  hizo  retroceder  hasta  un  lugar  que 
llamaban  Fornelos  y  estaba  sobre  el  Louro,  río  que  co- 
rre entre  las  parroquias  de  Cordeiro  y  Campaña  (1). 
Allí  los  invasores  se  rehicieron;  recrudecióse  la  batalla; 
Sisnando,  envanecido  con  las  ventajas  hasta  entonces 
obtenidas,  lanzóse  al  frente  de  sus  tropas  sobre  las  filas 
enemigas,  hasta  que  alcanzado  por  acaso  por  una  saeta, 
cae  en  lo  más  rudo  del  combate  traspasado  y  muerto. 
Tanto  como  llenó  de  consternación  á  sus  soldados  este 
desgraciado  suceso,  otro  tanto  infundió  valor  y  arrojo  en 
los  enemigos;  los  cuales,  como  si  ya  nada  tuvieran  que 
temer,  saquearon  é  incendiaron  á  Iria  y  se  esparcieron 
por  toda  Galicia  sin  hallar  otra  barrera  que  los  contu- 
viese, que  las  montañas  del  Cebrero.  Dieciocho  fueron, 
según  el  Deán  de  San  Quintín  de  Noyón,  Dudón  (2),  las 
villas  y  poblaciones  saqueadas  ó  incendiadas  por  los 
normandos  (3).  En  este  número  no  podemos  contar  á 
Compostela  (4),  al  amparo  de  cuyos  fosos  y  muros,  que 
con  tanta  oportunidad  había  abierto  y  reparado  Sisnan- 


(1)  Véanse  Monumentos  antiguos  de  la  Iglesia  compostelana,  pági- 
na 18,  nota  3. 

(2)  Migne,  Patrol.  lat.,  tomo  CXLI. 

(3)  Las  hazañas  de  los  normandos  en  nuestro  país  se  ven  vivamente 
descritas  en  este  pasaje  de  la  Escritura,  que  publicó  Flórez  entre  los  Apén- 
dices del  tomo  XIX  de  la  España  Sagrada,  pág.  384:  «Peccato  prepediente 
venerunt  gentes  Lotimanorum  in  ipsam  terram,  et  vastaverunt  sic  ipsam 
ecclesiam  (Scae.  Eulaliae  de  Curtis),  sicut  et  alias  convicinas  eiusdem,  sicut 
et  sacerdotes  sui  captivitate  ducti,  et  gladio  trucidati  fuerunt,  ipsasque 
scripturas  ipsius  ecclesie  de  ignibu3  concremaverunt,  usquequo  non  reman- 
sit  ibidem  non  petre  ignibus  ustulato  Por  todas  partes  incendio,  ruina,  de- 
solación y  cuchillo. 

(4)  Sampiro  sólo  dice:  Strages  multas  facientes  in  gyro  Sancti  Jacobi 
Apostoli,  Episcopum  loci  ipsius  gladio  peremerunt. 

Tomo  IL— 38. 


554  LIBEO    SEGUNDO 


do,  se  concentró  toda  la  gente  de  armas  que  habia  en 
las  cercanías,  pudiendo,  merced  á  todo  esto,  resistir  y 
rechazar  con  éxito  los  asaltos  de  los  feroces  invasores  (1). 

Sobre  la  fecha  puntual  en  que  tuvo  lugar  la  muerte 
de  Sisnando,  reinó  gran  incertitumbre  y  discrepancia 
entre  los  Autores,  si  bien  la  opinión  más  recibida  era  la 
de  que  había  fallecido  en  el  año  970. 

La  Compostelana,  no  obstante,  ofrece  tales  notas  cro- 
nológicas (que  sin  duda  tomó  de  la  lápida  sepulcral  del 
Prelado),  que  combinadas  con  otros  datos,  no  dejan 
el  menor  lugar  á  duda.  Dice  que  Sisnando  falleció  á  me- 
diados de  la  Cuaresma,  el  IV  de  las  Kalendas  de  Abril 
de  la  Era  MVI,  ó  sea  á  29  de  Marzo  de  968.  En  el  año 
970  la  Pascua  cayó  en  27  de  Marzo,  por  consiguiente,  en 
este  año  el  29  de  Marzo  no  fué  día  de  Cuaresma,  sino  de 
Pascua.  En  el  año  968  cayó  la  Pascua  en  19  de  Abril,  y 
por  lo  mismo  el  29  de  Marzo  fué  la  Dominica  cuarta  de 
Cuaresma.  Añádase  á  esto  que  Sampiro  (2)  sienta  que 
la  invasión  de  los  Normandos  ocurrió  en  el  año  segundo 
de  D.  Ramiro  III,  el  cual  comenzó  á  reinar  á  fines  del 
año  960.  Por  último,  en  una  Escritura  del  Tumbo  de  So- 
brado, lib.  I,  núm.  CVII,  del  17  de  Septiembre  de  968  se 


(1)  Tampoco  Lugo  debió  de  ser  de  las  ciudades  saqueadas;  pero  el  1  de 
Noviembre  (no  se  indica  el  año,  que  sin  duda  fué  el  mismo  de  9G8),  los  ha- 
bitantes de  su  suburbio  hicieron  con  su  Obispo  D.  Hermegildo  el  pacto  de 
residir  en  la  ciudad  y  llevar  todas  sus  cosas  para  combatir  desde  allí  deno- 
dadamente á  los  normandos.  Veniamus  omnes  strenue  adipsam  civitatem  ad 
habitandum,  et  faciamus  riostras  casas,  in  quo  reponamus  ganatum  et  nosírum 
afomtum,  et  si  mus  ibidem  habitantes  el  dimicantes  contra  sevientem  gentem 
Lofhomanorum.  (España  Sagrada,  t.  XL,  Apéndice  XXII). 

(2)  España  Sagrada^  t.  XIV,  pág.  491. 


LOS  TBES    PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA        355 

supone  fallecido  á  Sisnando  (1).  Es  cierto  que  en  el  Acta 
de  fundación  del  monasterio  de  San  Salvador  de  Loren- 
zana,  fechada  en  17  de  Julio  de  969  (2),  subscribe  el 
Obispo  Sisnando  y  se  le  presenta  como  asistiendo  al  Con- 
cilio que  allí  se  describe;  mas,  ó  la  fecha  del  Acta  está 
errada,  ó  el  Acta  se  refiere  al  Concilio  celebrado  antes, 
— y  esto  es  más  que  probable —  no  como  cosa  actual,  sino 
como  preliminar  que  había  precedido  para  que  la  funda- 
ción se  hiciese  con  todas  las  solemnidades  y  requisitos  que 
los  Cánones  exigen,  como  deseaba  su  fundador.  En  tal 
caso  el  Concilio  pudo  celebrarse  en' el  año  967;  y  de  este 
modo  no  hay  inconveniente  en  que  á  él  asistiese  Sisnan- 
do, ni  en  que  en  el  Acta,  como  sucedía  en  otros  casos,  se 
pusiese  su  subscripción,  aunque  entonces  ya  hubiera  fa- 
llecido; ya  que  se  trataba  de  una  persona  que  á  la  obra 
había  prestado  su  asentimiento  y  cooperación. 

Un  año  largo,  desde  la  Primavera  de  968  hasta  la 
de  969,  duró  el  saqueo  de  nuestro  país  por  los  norman- 
dos; pues  Galicia  abandonada  á  sus  propios  recursos  (3), 
destrozada  por  las  facciones  de  sus  Magnates,  se  hallaba 
impotente  para  sacudir  de  su  suelo  á  los  invasores.  Mas 
al  fin  la  prudencia  de  San  Rosendo,  cuya  acción  provi- 
dencial y  benéfica  se  siente  en  todos  los  acontecimientos 


(1)  Es  un  Privilegio  otorgado  á  Sobrado  por  D.  Ramiro  III  y  por  su 
tía  y  tutora  D.a  Elvira,  en  que  se  confirma  al  monasterio  en  la  posesión  de 
varios  commisos  ó  Coüdados,  según  los  habían  tenido  hasta  su  muerte  Her- 

megildo  y  Paterna,  Sisnando  y  su  hermano  Rodrigo.  Comitatus  iwstros 

quam...  obtinuerunt  Hermegildus  et  Paterna,  Sisnandus  episcopvs  et  suus 
germanus  Rudericus  usque  finem  illorum. 

(2)  España  Sagrada,  t.  XVIII,  Apéndice  XVII. 

(3)  Ocupaba  entonces  el  Trono  de  León  D.  Ramiro  III,  niño  de  seis  ó 
siete  anos,  de  cuyas  débiles  manos,  si  no  se  escapaban  las  riendas  del  Esta- 
do, era  debido  al  talento  y  virtudes  de  su  tutora  D.a  Elvira. 


356  LIBRO  SEGUNDO 


de  aquella  calamitosa  época,  y  el  valor  del  Conde  Don 
Gonzalo  Sánchez  vengaron  cumplidamente  á  los  galle- 
gos de  las  horribles  depredaciones  de  los  piratas  del  Nor- 
te. Cuando  ya  se  disponían,  cargados  de  despojos,  á 
regresar  á  sus  naves,  el  Conde  D.  Gonzalo  Sánchez,  con- 
fiado en  la  ayuda  de  Dios  y  en  el  favor  del  Apóstol  San- 
tiago, les  salió  al  encuentro  y  con  sus  huestes  arremetió 
contra  ellos  con  tal  denuedo,  que  á  todos  los  pasó  á  cu- 
chillo sin  excluir  á  su  Rey,  Jefe  ó  Wiking,  Gunderedo. 
No  satisfecho  con  exterminar  á  los  normandos  en  tierra, 
se  lanzó  al  mar,  apresó  sus  naves  y  las  hizo  pasto  de  las 
llamas  (1).  Casi  al  mismo  tiempo  los  moros,  aprovechan- 
do las  circunstancias,  intentaron  invadir  nuestro  territo- 
rio por  la  parte  del  Mondego  en  Portugal,  que,  según 
ya  hemos  dicho,  era  entonces  el  límite  meridional  de 
Galicia.  Salióles  al  paso  San  Rosendo,  que  en  momentos 
tan  críticos  por  delegación  de  D.  Ramiro  III,  ó  más 
bien  de  su  tía  D.a  Elvira  (2),  se  había  encargado  del  go- 


(1)  Cornos  itaque  Gundisalvus  Sancionis  in  nomine  Domini  et  honore 
Sancti  Jacobi  Apostoli,  cujus  terram  devastaverant,  exivit  cum  exercitu 
magno  obviam  illis  et  caepit  praeliari  cum  illis.  Dedit  illi  Dominus  victo- 
riam,  et  omnem  genteni  ipsam  simul  cum  rege  suo  gladio  interfecit,  atque 
classes  eorum  igne  crema vit  divina  adjutus  clementia.  (Cronicón  de  Sampi- 
ro,  en  el  tomo  XIV  de  la  España  Sagrada,  pág.  471). 

(2)  A  l  de  Enero  de  968,  D.a  Elvira,  en  nombre  de  su  sobrino  D.  Ra- 
miro, concedió  un  Privilegio  á  Celanova.  Ego  humillima  atqae  clientula  Gil- 
vira  religionis  ordo  Deo  dicata...  una  cum  suprino  meo  serenissimo  principe 
domno  Ranemiro...  ( Tumbo  de  Celanova,  lib.  I,  núm.  XCIII).  Odoino  Ber- 
múdez  dice  también  en  su  Escritura:  Defuncto  autem  ipso  Santio  principe, 
accepit  regnum  eius  germana  sua  domna  Ocluirá,  et  perunctus  est  in  regno 
filius  ipsius  Santionis  nomine  Eanemirus,  minimam  etpussillam  agens  etatem. 
De  aquí  se  desprende,  cuan  poco  acortado  anduvo  Flórez  al  corregir  á  Sam- 
piro  en  las  notas  1  y  1  de  las  páginas  470  y  471  de  España  Sagrada , 
tomo  XIV. 


LOS  TEES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  357 

bierno  general  de  Galicia  (1),  les  salió  al  paso  y  los  re- 
chazó victoriosamente  (2). 


(1)  En  la  Vida  de  San  Rosendo  (España  Sagrada,  t.  XVIII,  pág.  383), 
se  dice  del  Santo  Obispo:  Quamvis  super  partes  Gallaeciae  regias  vices  impe- 
rando exerceret. 

(2)  Lo  refiere  su  Vida  (loe.  cit.  pág.  381)  y  lo  repite  el  Cardenal  Ja- 
cinto en  el  Decreto  sobre  su  culto:  Portugalensium  patriam  divina  gratia  ab 
incursu  Sarracenorum  liberavit...  Gallaeciam  vero  a  Normanorum  mul- 
titudine. 


==  rrnn  1 1 1 1 1 1  itti  t  rrm  i  f  n  1 1  un  1 1  iti  1 1  n  i  n  1 1  ru¡  ¡ti  n  ítí  rrrfTTnTin  m  1 1  ■  1 1 1 1  rfiri  i  iriTii  i  r  mi  n  r  n  i  n  í  n  n  n  1 1 1  n  m  i  ¡  i  ni  fin  rr  1 1 1 1  rin  1 1 1 1  ■  1 1  un  1 1 1 1 1 1 1 1 1  í  1 1 1 n  1 1  rn  1 1 1 1 1 1 1 1 1 1  ■  i  ■  == 

=  M 1 1 1 1 1 1 II 1 1 1 M 1 1 1 1 1 1 1 1 1  * '  I  >l  1 1 1 1 1 M 1 1 1 1 1 1  ti  I M 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 M 1 1 1 M 1 1 1 M 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 III 1 1 1 1 II 1 1 1 H I  >  I M  M 1 1 1  >  I M 1 1 H 1 1 1 IH  MUJ I ' '  t ' ' '  JJI '  li  >H '  t  J11H 1 1 II  j  1 1 1  >  1 1  tt  H  H 1 1 1 H 1 1 1 H 1 1 1 1 1  = 


CAPITULO  XIX 

Confíase  á  San  Rosendo  la  administración  de  la  Diócesis 

compostelana. 


AS  críticas  circunstancias  en  que  á 
la  muerte  de  Sisnando  II  se  vio  la 
Iglesia  compostelana,  huérfana  de  Pastor,  asediada  por 
los  normandos,  y  por  lo  mismo  aislada  ó  imposibilitada 
para  hacer  eleccción  canónica  de  nuevo  Prelado,  la  obli- 
garon á  volver  los  ojos,  como  entonces  los  volvió  toda 
Galicia,  hacia  aquel  varón  providencial,  que  con  la 
energía  de  su  alma,  la  dulzura  y  afabilidad  de  su  trato, 
sus  eminentes  virtudes,  su  gran  saber  y  doctrina,  su  acti- 
vidad incansable,  su  incuestionable  prestigio,  enjugó  las 
lágrimas  de  la  patria,  restañó  la  sangre  que  corría  de 


360  LIBBO    SEGUNDO 


sus  heridas,  y  la  levantó  del  abismo  de  postración  y  mi- 
seria en  que  se  hallaba  sumida  (1). 

No  es  este  el  lugar  de  hacer  la  biografía  de  San  Ro- 
sendo, que  de  todo  buen  gallego  debe  ser  conocida;  sólo 
recordaremos  que  ya  antes  de  esta  fecha  el  Santo  Fun- 
dador de  Celanova,  por  muchos  conceptos,  había  mereci- 
do bien  de  nuestra  Diócesis,  pero  en  especial  con  la  fun- 
dación del  monasterio  de  San  Juan  de  Caaveiro. 

Abunda  nuestro  suelo  en  bizarros  y  caprichosos  jue- 
gos de  combinaciones  orográficas;  pero  quizás  ninguna 
sea  comparable  á  la  que  nos  ofrece  la  situación  de  Caa- 
veiro. En  el  centro  de  una  profundísima  sima,  que  afec- 
ta la  forma  de  un  inmenso  cono  hueco  invertido,  yér- 
guese  un  pequeño  cerro  que  aparece  completamente  ais- 
lado por  el  tortuoso  curso  del  Eume  y  de  un  su  afluente. 
Desde  allí  el  hombre,  á  quien  fué  dada  erguida  mirada, 
contempla  el  firmamento  que  se  presenta  como  aérea 
cúpula  apoyada  sobre  las  copas  de  los  árboles,  que  por 
todas  partes  van  trepando  hasta  dibujar  su  silueta  sobre 


(1)  La  clase  de  servicios,  que  con  su  prestigio  é  influencia  podía  pres- 
tar San  Rosendo  á  la  sociedad  de  su  tiempo,  se  infiere  claramente  de  la  re- 
ñida pendencia  que,  sólo  por  alardear  de  valientes  y  poderosos,  sostuvieron 
los  Condes  D.  Gonzalo  Menéndez  y  D.  Rodrigo  Velázquez.  Encontráronse 
los  dos  rivales  en  el  lugar  de  Aquüuntias,  Diócesis  de  Orense,  al  frente  ca- 
da uno  de  su  respectiva  mesnada,  y  trabaron  encarnizada  batalla,  de  la 
cual,  por  defección  de  algunos  de  sus  parciales,  salió  muy  mal  parado  D.  Ro- 
drigo. Si  llegó  á  verse  libre  de  la  saña  de  los  que  le  perseguían,  fué  debido 
á  que  hallándose  no  muy  distante  de  San  Rosendo  en  el  lugar  de  Sabucedo, 
pudo  acogerse  á  su  amparo  como  á  puerto  seguro  de  salvación.  Inito  certa- 
mine,  se  lee  en  la  Escritura  de  Odoino,  in  locum  quod  dicunt  Aquüuntias, 
Budericus  terga  dedit,  et  ad  domino  Episcopo  semivivum  se  collegit  in  civita- 
te  Sabucedo,  et  Gundisalvus  victor  abscessit.  Si  San  Rosendo  podía  dispen- 
sar tal  protección  á  los  poderosos,  ¿qué  no  podría  hacer  en  favor  de  los  dé- 
biles y  humildes? 


LOS  TEES  PMMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  361 

el  azul  del  Cielo.  Pocas  veces  se  ve  con  tal  apariencia 
la  celestial  morada  en  tan  íntimo  contacto  con  la  tierra. 
Este  lugar  tan  hecho  para  la  contemplación,  este 
pequeño  cerro  tan  oculto  en  aquella  profunda  sima,  fué 
el  que  escogió  San  Rosendo  para  establecer  allí  un  refu- 
gio en  el  que  pudiesen  hallar  seguro  asilo  todos  los  que 
considerando  lo  mísero  y  fugaz  y  deleznable  de  lo  pre- 
sente, quisieran  poner  la  mira  en  lo  eterno,  en  lo  inson- 
dable de  lo  que  el  Señor  tiene  preparado  para  el  hombre 
que  redimió.  Hacia  el  año  930  ya  residía  allí  el  abad 
Exum?  con  los  monjes  Velasco,  Frugulfo  y  Astrupidio; 
pero  el  sitio  comenzaba  á  ser  solicitado  por  muchos,  y  á 
fin  de  que  para  todos  hubiese  comodidad  y  medios  de 
vivir  abstraídos  del  mundo,  San  Rosendo  en  unión  con 
el  Obispo  de  Lugo  D.  Ero  y  los  abades  Rodrigo  y  Ana- 
gildo,  y  el  clérigo  Sisualdo,  hizo  una  gran  donación  al 
monasterio,  no  sólo  en  bienes  raíces,  sino  también  en  mo- 
biliario, vajilla  é  indumentaria  sagrada.  Donan  cortinas, 
vestiduras,  misteria,  que  serían  cajas  para  guardar  las 
Sagradas  Formas,  cruces,  cálices  y  coronas  de  plata,  un 
candelabro,  un  incensario  y  una  campana  de  metal. 
Proveyeron  la  iglesia  de  algunos  libros  sagrados,  como 
dos  Salterios,  uno  completo  y  otro  más  pequeño  (psalte- 
rioh),  uno  ordinum,  un  oracionario  y  un  manual.  No  se 
olvidaron  de  la  biblioteca  del  convento,  y  le  regalaron 
un  Códice  intitulado  Explanatio,  que  sería  la  Exposi- 
ción de  San  Gregorio  Magno  sobre  Ezequiel,  las  obras 
del  abad  Smaragdo,  que  había  florecido  á  principios 
del  siglo  IX  y  compuesto  varias  obras  exegéticas  y 
místicas   (1),  Homilías,   probablemente,    de  San   Gre- 


(1)    Véase  el  tomo  CII  de  la  Patrol.  lat.  de  Migne. 


362  LIBRO  SEGUNDO 


gorio,  los  Diálogos  del  mismo,  las  Sentencias,  Etimo- 
logías y  Sinonimias  de  San  Isidoro,  una  colección  de  Vi- 
das de  los  antiguos  Padres  (Geruntiquorum) ,  las  obras  de 
San  Próspero,  el  Líber  Prenosticorum  de  San  Julián  de 
Toledo,  un  Códice  rotulado  Glosornatarurn,  que  acaso 
contendría  la  obra  del  Ven.  Beda  sobre  la  explicación 
de  algunas  palabras  obscuras  de  la  Sagrada  Escritura, 
los  cuatro  ó  cinco  primeros  libros  de  los  Moraks  de  San 
Gregorio,  otro  Códice  Octo  vitia,  otro  intitulado  Questio- 
nurn,  y  por  último,  la  Regla  de  San  Benito. 

Conceden  también  las  casas  que  habían  edificado  en 
torno  de  la  iglesia,  y  eximen  al  monasterio  de  toda  voz 
real  y  episcopal.  Señalan,  por  último,  el  coto  del  monas- 
terio que  comprendía  las  parroquias  de  San  Baudilio 
(hoy  San  Braulio)  de  Caaveiro,  Santa  María  de  Caballar, 
Santiago  de  Cápela,  Santa  Eulalia  de  Soaserra,  San 
Martín  de  Groente  y  San  Pedro  de  Unta,  los  cuales  bienes 
los  otorgantes  habían  adquirido  por  donaciones,  permu- 
tas y  compras  que  ellos  mismos,  en  especial  San  Rosen- 
do, habían  hecho.  La  fecha  de  la  Escritura  es  DIIII. 
Debe  leerse  DCCCCL.XXIIII,  año  936  (1). 

Poco  tiempo  pudo  residir  San  Rosendo  en  Caaveiro, 
porque  las  atenciones  que  á  todas  horas  sobre  él  pesaban 
casi  le  traían  en  continuo  movimiento.  Sin  embargo, 
son  tan  vivos  los  recuerdos  que  en  Caaveiro  se  conser- 
van del  glorioso  Santo,  que  se  diría  que  allí  había  resi- 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  LVI. — Este  monasterio  que  en  esta  época 
era  de  la  Orden  de  San  Benito,  pasó  después  á  ser  de  Canónigos  Reglares 
de  San  Agustín.  Estaba  dedicada  la  iglesia  á  San  Juan  Bautista,  á  San- 
tiago y  sus  compañeros  (et  comitum  eius),  á  la  Santísima  Virgen,  á  San  Mi- 
guel, á  San  Juan  Apóstol,  á  Santa  Cristina  y  á  otros  Santos,  cuyas  Reliquias 
allí  se  guardaban. 


LOS  TRES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELNA  363 

dido  y  vivido  siempre  hasta  su  último  momento.  Mos- 
traban en  la  antigua  iglesia  conventual  algunos  objetos 
(ahora  dispersos  y  algunos  recogidos  en  el  Tesoro  de  la 
Iglesia  compostelana),  como  cálices,  cruces,  vestiduras 
que  se  creía  habían  pertenecido  al  Santo  Fundador, 
pero  que  evidentemente  son  muy  posteriores.  Como  sue- 
le suceder  en  tales  casos,  con  el  transcurso  del  tiempo 
en  la  memoria  del  pueblo,  dichos  objetos  fueron  confun- 
didos con  los  verdaderos  y  auténticos,  que  habían  des- 
aparecido. Consérvase,  sin  embargo,  en  la  capilla  de  las 
Nieves,  parroquia  de  Cápela,  en  un  gran  armario-reta- 
blo del  siglo  XVII,  que  antes  estaba  en  la  iglesia  de 
Caaveiro,  una  alba,  que  con  verdad  puede  ser  atribuida 
á  San  Rosendo  (1). 

Tal  era  el  varón,  que  no  por  título  de  propiedad, 
sino  por  comisión,  se  encargó  provisionalmente  del  go- 
bierno de  la  Diócesis  compostelana.  De  él  decía  el 
diácono  Egilano,  en  una  donación  que  hizo  á  Celanova, 
que  era  verdadero  maestro,  que  con  la  palabra  y  el 
ejemplo  enseñaba  á  sus  subditos.  (Vobis  egregio  Episcopo, 
domino  Rudesindo,  Sanctissimo  Patri  et  vero  magistro,  qui  ver- 
bo et  exemplo  docetis  vestros  subditos)  (2).  Como  es  sabido,  San 


(1)  Esta  notabilísima  pieza,  cuyo  grabado  damos  en  la  página  siguien- 
te, es  uno  de  los  rarísimos  ejemplares  que  se  conserva  en  Europa  de  dicha 
época.  Es  muy  parecida  á  la  de  San  Gerardo,  Obispo  de  Toul  (-J*  994),  de  la 
cual  sólo  nos  resta  un  dibujo  conservado  entre  los  papeles  de  Montfaucón,  y 
á  la  de  San  Bernulfo,  Obispo  de  Utrecht  (f  1056).  De  ambas  publicó  des- 
cripciones y  diseños  Rohault  de  Fleury,  (t.  VII  de  La  Messe,  pág.  15  y  16, 
y  lam.  DXIX).  La  de  San  Rosendo  es  de  tela  fina  de  hilo,  y  mide  l'90m  de 
alto  y  siete  metros  de  vuelo.  El  cuello,  las  bocamangas  y  el  borde  inferior 
estaban  adornados  de  una  franja  también  de  tela  de  hilo,  formada  de  listas 
blancas  y  encarnadas. 

(2)  La  Cueva,  Hist,  Ms.  de  Celanova,  pág.  103, 


364 


LIBRO  SEGUNDO 


Rosendo  ya  había  sido  Obispo  de  Mondofiedo,  cuya  Mi- 
tra renunció  hacia  el  año  940  (no  en  957,  como  dice 


Alba  de  San  Rosendo,  que  se  conserva  en  la  capilla  de  las  Nieves, 
parroquia  de  Santiago  de  Cápela. 


Flórez),  habiendo  sido  elegido  para  sucederle  su  sobrino 
Arias,  hijo  de  su  hermano  Munio  y  de  D.a  Elvira  su 
prima  (1). 


(1)  En  una  Escritura  del  Tumbo  de  Cetanova  (líb.  1,  núm.  VIH),  de  11 
de  Junio  de  962,  subscribe  D.  Arias  en  esta  forma:  Sub  Xpisti  nomine  gra* 
tia  Dei  Arias  episcopus  devotionem  meae  genitricis  (Gilvirae),  bono  animo 
confirmo.  San  Rosendo  tuvo  otro  sobrino  llamado  también  Arias,  hijo  de  su 
primo  el  Conde  D.  Pelayo  González,  el  cual  sobrino  fué  igualmente,  según 


LOS  TBES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  365 

Refiérenos  su  biógrafo  (1),  que  siendo  Obispo  de  San- 
tiago, expulsó  de  Galicia  á  los  normandos  y  á  los  árabes; 
mas  supone,  que  si  entonces  San  Rosendo  ocupaba  la 
Sede  compostelana,  era  porque  Sisnando  II  se  hallaba 
encarcelado  por  orden  del  Rey  D.  Sancho.  Como  ya  he- 
mos visto,  cuando  los  normandos  fueron  expulsados  de 
nuestro  territorio,  habian  muerto  tanto  D.  Sancho,  co- 
mo Sisnando.  Por  consiguiente,  no  por  estar  preso  Sis- 
nando, sino  por  hallarse  á  la  sazón  vacante  la  Sede,  te- 
nía San  Rosendo  el  gobierno  de  la  Iglesia  compostelana. 

De  los  hechos  de  San  Rosendo  durante  tuvo  el  go- 
bierno de  la  Diócesis  de  Santiago,  y  después  que  los 
compostelanos,  como  dice  su  biógrafo,  lo  recibieron  den- 
tro de  los  muros  de  su  ciudad  como  á  su  libertador  (2), 
pocas  noticias  se  conservan.  Sábese  que  con  su  sobrino 
D.  Munino  González,  que  tenía  el  Condado  de  Avean- 
cos,  aceptó  los  límites  de  antiguo  establecidos  entre 
dicho  Condado  y  el  de  Cornado. 

En  el  año  969,  á  17  de  Junio,  asistió  al  Concilio,  ó 
más  bien  subscribió  el  Acta  de  fundación  que  su  primo 
el  Conde  Santo,  D.  Osorio  Gutiérrez,  hizo  del  monaste- 
rio de  Lorenzana.  En  este  Documento  se  intitula  Obis- 
po  Dumiense :    Sub   Xpisti    nomine  Rudesindus  Dumiense 


parece,  Obispo  de  Mondoñedo  por  el  año  977.  (Véase  Yepes,  Coron.  ge- 
neral de  S.  B.f  t.  V,  Apéndice  núm.  VII,  y  Risco,  España  Sagrada,  to- 
mo XXXIV,  página  283).— Sin  embargo,  San  Rosendo  siguió  llamándose 
Obispo  Dumiense. 

(1)  España  Sagrada,  t.  XVIII,  pág.  381.— Como  ya  advirtió  Flórez  en 
el  tomo  citado,  pág.  84,  en  el  orden  cronológico  de  los  sucesos  no  observó 
gran  exactitud  el  biógrafo  de  San  Rosendo. 

(2)  Víctor  a  Compostellae  civibus  communi  gratulatione  receptus  est. 
(España  Sagrada),  t.  XVIII,  pág.  382. 


366  LIBBO  SEGUNDO 


Sedis  cettenovense  confirmo.  En  17  de  Enero  de  974,  con 
título  de  Obispo  Iliense,  confirma  un  Privilegio  otor- 
gado por  D.  Ramiro  III  á  la  Santa  Iglesia  de  Astor- 
ga.  Sub  Xpisti  nomine  Rudesindus  Deí  gratia  iriensis  epis- 
copus  confirmat  (1).  Había  motivado  esta  Escritura  la 
supresión  del  Obispado  de  Simancas,  que  había  creado 
D.  Alfonso  IV  hacia  el  año  927  (2),  la  cual  supresión  fué 
acordada  en  un  Concilio  que  por  aquel  tiempo  se  cele- 
bró en  León  (3).  Asistió  á  este  Concilio  San  Rosendo, 
que  en  él  tuvo  la  principal  parte,  como  se  colige  de  su 
subscripción,  que  es  la  primera  después  de  la  de  los  Re- 
yes, y  está  concebida  en  estos  términos:  Ego  indignus  et 
mérito  ultimus  Apostolícete  cathedrae  et  Sedis  Iriense  Rudesin- 
dus Episcopus  commissus  cum  omnes  collegas  et  coepiscopos  simul 
tractavimus,  et  simul  Deo  gloriam  dedimus,  et  tanquam  reci- 
divam  (redivivam)  hanc  Legionensis  Ecclesiam  cum  conniven- 
tía  concilii  et  ad  nutu  dominae  nostrae  memoratae  Reginae  rem 
proprie  ipsius  indecenter  eversam  ad  jus  proprium  reduximus, 
et  permanere  Deo  factore  totis  nixíbus  sanximus,  et  ab  his,  qui 
vota  atque  donaría  aliena  sacrilege  et  audacter  disrumpunt,  se- 
jungi  quam  adhereri  satius  praemuniti  vitam  nostram  ad 
interitu  instabili  gressu  et  mentís  fidei  pede  retraximus. 

Acompañó  á  San  Rosendo  en  su  viaje  á  León  el 
Abad  de  Antealtares,  aquel  venerable  Pedro  que  más 
tarde  había  de  sucederle  en  el  régimen  de  la  Iglesia 
compostelana,  á  la  cual  igualmente  había  de  ilustrar  con 
su  prudencia,  con  su  santidad  y  con  su  doctrina.  La  fir- 
ma de  Pedro  dice:  Petrus  abba  confessor,  regenti  sciterio  añ- 


il)   España  Sagrada,  t.  XVI,  Apéndice. 

(1)  España  Sagrada,  t.  XXXIV,  pág.  245  y  284. 

(2)  España  Sagrada,  t.  XXXIV,  pág.  285,  y  Apéndice  núm.  XX. 


LOS  TEES  PEIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  367 

teáltarios.  Excusado  es  decir  que  bajo  el  régimen  de  va- 
rón tan  consumado  en  toda  virtud,  el  monasterio  de 
Antealtares  nada  había  de  perder  del  crédito  de  que 
gozaba,  de  escuela  de  santidad  y  perfección  (1). 

Después  del  Concilio  de  León,  presintiendo  tal  vez 
San  Rosendo  la  proximidad  de  su  fin,  quiso  abandonar 
de  una  vez  para  siempre  los  enojosos  cuidados  del  mun- 
do, y  retirarse  á  su  amado  convento  de  Celanova,  que  en 
su  ausencia  regía  su  más  aventajado  discípulo,  el  Santo 
Abad  Manilán  (2).  «No  mucho  después,  dice  Flórez  al 
tratar  de  su  fin  (3),  considerándose  el  Santo  en  el  térmi- 
no de  su  peregrinación,  convocó  á  los  hermanos,  y  decla- 
ró la  cercanía  del  fin  de  su  destierro.  Prevínoles  la  gran 
comodidad  para  servir  á  sólo  Dios  en  aquella  Santa  Casa 
independiente  de  ajena  sujeción;  y  que  admitiesen  en 
ella  á  toda  suerte  de  personas,  nobles  y  plebeyos,  libres 
y  esclavos,  que  deseasen  consagrarse  al  Señor;  porque 
Dios  no  mira  la  nobleza  de  la  sangre,  sino  la  contrición 
del  corazón.  Crecía  la  debilidad  del  cuerpo,  y  recibidos 
los  Santos  Sacramentos,  le  rogaron  los  Monjes  con  al- 
gunos Obispos  que  allí  había,  declarase  el  que  le  había 
de  suceder  en  la  Abadía.  El  Santo  consolándoles,  les 
dijo,  que  nunca  los  desampararía,  y  que  tomasen  por 
padre  á  su  hijo  espiritual  Mamila  (Manilán);    y  habién- 


(1)  En  el  año  985  á  6  de  Junio,  el  Conde  D.  Tello  Alvítez  hizo  varias 
donaciones  á  Antealtares  y  á  su  abad  Pedro.  Subscriben  los  Obispos  San 
Viliulfo  de  Tuy,  Hermegildo  de  Lugo,  Pelayo  de  Iria,  Armentario  de  Du- 
mio  y  Gonzalo  de  Orense. 

(2)  En  Septiembre  de  974  ya  parece,  que  San  Rosendo  se  hallaba  en 
Celanova,  pues  con  su  convento  cambió  varias  heredades  con  Octavio  y  su 
mujer  Spanubrida.  (Tumbo  de  Celanova,  lib.  II,  núin.  CXXIV). 

(3)  España  Sagrada,  t.  XVIII,  pág.  84. 


368  LIBRO  SEGUNDO 


dolos  consolado  de  su  ausencia,  entregó  el  espíritu  al 
Señor  á  hora  de  Completas,  reinando  Ramiro  III, 
en  1.°  de  Marzo  (como  se  verificó  en  el  año  977,  cuya 
letra  Dominical  fué  Gr),  á  los  setenta  años,  después  de 
haber  anunciado  el  ángel  su  nacimiento»  (1). 


(1)     Véase  Facta  et  miracula  S.  Rudesindi  Episcopi,  lib.  I,  cap.  III, 
en  el  tomo  XVIII  de  la  España  Sagrada,  pág.  386, 


ii"illiliiriiiiiiii*iiiitiiti«iiiiiii«iiiiiiiiitiiitii«ititiiiiiitiii*iiiititifiiiiiimitiitimiiiitn«iiiiiitntiitifiiiiiiiiiiiiiiiiiiiintiiitiitiiii*iiiiniiimiiiTiiiiiiiiiiiniiiiitm 


CAPITULO  XX 


El  Pontificado  de  D.  Pelayo  Rodríguez  en  Compostela. 


ntre  los  numerosos  Monjes  que  por  aquel 
tiempo  poblaban  el  insigne  monasterio  de 
Celanova,  distinguíase  Fray  Pelayo  Ro- 
dríguez, que  sin  duda  era  muy  conocido 
en  Santiago  por  formar  quizás  parte  del  séquito,  que  en 
sus  viajes  acompañaba  á  San  Rosendo.  Era  Fray  Pelayo 
hijo  del  Conde  ó  Duque  D.  Rodrigo  Velázquez  y  de  su 
esposa  D.a  Onega  Adosinda  Luces,  los  cuales  tuvieron, 
además,  cinco  hijas,  Onega,  Trudilli  ó  Trudilde,  Velas- 
quita,  Munia  Donna  y  Aldonza.  No  recomendaban  me- 
nos á  Fray  Pelayo  sus  cualidades  personales,  que  la  no- 
bleza de  su  alcurnia;  así  es  que  cuando  San  Rosendo  se 
decidió  á  abandonar  á  Compostela  y  á  retirarse  definiti- 
vamente á  Celanova,  los  Canónigos  pusieron  en  él  los 
ojos,  y  lo  reclamaron  como  digno  de  ocupar  aquella  Sede 

Tomo  II— 24. 


370  LIBRO  SEGUNDO 


que  ya  no  podía  regir  el  glorioso  y  venerable  an- 
ciano (1). 

Se  ignora  el  año  en  que  D.  Pelayo  fué  consagrado 
Obispo  compostelano;  probablemente  debió  de  serlo  poco 
antes  de  fallecer  San  Rosendo  (f  1  de  Marzo  de  977), 
pues  en  el  testamento  del  Santo,  otorgado  en  17  de 
Enero  de  977,  aún  firma  sin  título  de  Obispo:  Pelagius 
dracenus  (diaconus?)  proles  Ruclerici. 

Una  amarga  prueba  lo  esperaba  al  poco  tiempo  de 
ser  consagrado,  y  era  la  muerte  de  su  buen  padre,  que 
falleció  en  la  villa  de  Paredes,  y  en  su  testamento  dis- 
puso que  se  le  diese  sepultura  en  el  monasterio  de  Cela- 
nova,  y  que  el  quinto  de  todos  sus  bienes  se  emplease  en 
limosnas  y  otras  obras  pías.  Su  hijo  Pelayo,  que  era  el 
primer  testamentario  designado,  no  se  dio  paz  mientras 
no  vio  cumplida  la  última  voluntad  de  su  padre.  En  23 
de  Octubre  de  978  donó  á  Celanova  la  villa  de  Paredes 
incluida  en  el  quinto  de  los  bienes  de  D.  Rodrigo  ¡y  con 
qué  humildad  y  fervor  de  espíritu  no  dictó  la  carta  de 
donación!  «Yo,  como  hijo  sumiso  y  obediente,  dice,  á  mi 
piadoso  padre,  he  resuelto  hacer  cuanto  antes  con  buen 
ánimo  y  de  muy  buena  voluntad  lo  que  se  me  había 
mandado;  y  al  ejecutarlo,  cayó  en  el  quinto  de  su  libre 
disposición  la  villa  de  Paredes  en  donde  él  había  termi- 
nado sus  días;  y  se  me  ocurrió  y  me  pareció  justo  conce- 
der, y  ofrecer  dicha  villa  á  Dios  misericordioso  y  á  mi 
Salvador,  para  que  á  él  y  á  mí  nos  sea  propicio,  en  el 


(1)  «A  Dominis  et  Senioribus  rogatus  adducitur»  (Cronicón  Iriense). 
En  lo  que  grandemente  se  equivocó  el  Iriense  fué  en  decir  que  al  tiempo  en 
que  Pelayo  fué  elegido  Obispo  de  Compostela,  ya  lo  era  de  Lugo.  Argaiz  lo 
Lace  pasar  nada  menos  que  por  cuatro  Obispados. 

La  Compostelava  (lib.  I,  cap.  II.  núm.  7)  insinúa,  que  si  llegó  á  alcanzar 


LOS  TEESPEIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  371 

monasterio  de  Celanova,  en  donde  su  cadáver  descansa 
sepultado.  Ya,  Señor  misericordioso  ó  inefable,  ya  cum- 
plo lo  mandado;  ya  ejecuto  los  preceptos  que  me  dejó 
mi  padre,  ya  estoy  pronto  á  dar  algo,  según  lo  que  pue- 
do, por  la  salvación  de  su  alma»  (1).  En  17  de  Diciem- 
bre del  mismo  año  978  otorgó  D.  Pelayo  al  monasterio 
de  Celanova,  juntamente  con  otras  personas,  la  villa  de 
San  Julián  de  Cabarcos  de  Aguiar  en  el  Bierzo.  Facta 
scriptura  firmitatis,  se  dice  en  la  fecha,  in  Concilio  Pdagius, 
episcopas  et  mater  eius  Honega  in  Villamartini  in  die  XVII 
decernbris,  Era  MXVL  (2). 

Cuatro  años  después,  á  11  de  Septiembre,  dio  á  Ce- 
lanova la  villa  de  Olimbra  (Oimbra),  en  el  valle  de  Ba- 
roncelle,  á  orillas  del  Tamaga  (partido  judicial  de  Verín). 
En  esta  Escritura  recuerda  D.  Pelayo  su  monacato,  que 
abrazó  por  consejo  de  su  padre,  flpse  vero  quo  milii  filio  suo 
providit  monasticam  ducere  vitam);  y  llama  carísimos  y  ve- 
nerables hermanos  al  abad  Diego  y  á  toda  la  Comunidad; 
(Carissimis  et  venerandis  fratribus  meis  Didacus  abba  et  omnem 
congregationem  sanctam).  En  la  inscripción  del  Documento 
dice  que  él,  aunque  indigno,  por  la  misericordia  del  Se- 
ñor Dios,  ejerce  la  cura  Pastoral  de  la  Sede  Apostólica 
de  Santiago,  y  que  por  hacer  bien  por  el  alma  de  su  pa- 
dre el  Duque  D.  Rodrigo,    y  que  por  temor  al  juicio 


la  dignidad  Pontifical,  fué  debido  á  la  osadía  propia  de  todo  hombre  podero- 
so, según  el  mundo.  Dignitatem  hujus  Pontificatus  saeculari  potentia  susci- 
piens...  Como  en  lo  que  inmediatamente  sigue,  no  da  la  Compostelana  muchas 
muestras  de  estar  bien  enterada,  es  de  suponer  que  no  tuvo  mejores  infor- 
mes, cuando  escribió  las  palabras  transcriptas. 

(1)  España  Sagrada,  t.  XIX,  Apéndices. 

(2)  Cartulario  de  Celanova,  lib.  III.  núni.  XCV, 


372  LIBRO  SEGUNDO 


en  el  día  de  las  venganzas,  y  en  expiación  por  sus  peca- 
dos, dona,  etc..  (1). 

En  estos  Documentos  se  ve  que  Pelayo  no  estaba  tan 
olvidado  de  las  cosas  divinas,  como  da  á  entender  la  Com- 
postdana  (2).  El  Cronicón  Írteme  agrava  más  la  acusación, 
y  dice  que  siendo  más  dado  á  los  negocios  mundanales, 
que  á  los  eclesiásticos,  depuso  á  los  más  ancianos  y  dig- 
nos y  se  rodeó  de  gente  joven  é  inexperta;  con  lo  cual 
hizo  caer  en  completo  desprestigio  las  dignidades  y  hono- 
res de  la  Iglesia.  Añade,  que  por  esta  razón  tanto  D.  Pe- 
layo,  como  su  padre  D.  Rodrigo,  se  hicieron  con  su  pro- 
ceder tan  odiosos  á  los  Magnates  gallegos,  que  éstos 
para  tenerlos  á  raya,  acordaron  entre  sí  coronar  Rey  en 
Santiago  al  infante  D.  Bermudo,  hijo  de  D.  Ordoño  III. 
La  Compostelana  omite  esto,  pero  lanza  contra  el  padre  de 
D.  Pelayo  la  más  grave  de  las  acusaciones,  la  de  que 
D.  Rodrigo  fué  el  que,  con  otros  Condes,  trajo  á  Galicia  á 
Almanzor.  Para  que  se  vea  el  valor  de  estos  dichos,  baste 
recordar  que  D.  Rodrigo  falleció  cuatro  años  antes  de 
ser  proclamado  D.  Bermudo  en  Santiago,  y  diecinueve 
antes  de  la  venida  del  célebre  caudillo  árabe  á  nuestro 
país  (3). 


(1)  «Ego  vero  Pelagius  quamvis  indignus  sed  per  misericordiam,  Do- 
mine Deus,  pastorali  gerens  quram  Sedis  apostolice  Iacobi  propter  reme- 
dium  anime  genitoris  mei  domni  Rudericis  ducis  et  formidatio  tui  iudicii  in 
diem  ultionum  atque  expiationem  mei  delicti,  elegi,  etc...»  (Tumbo  de  Cela- 
nova,  lib.  III,  fol.  159).  Firman  esta  Escritura  los  Obispos  San  Viliulfo  de 
Tuy  y  Gonzalo  de  Orense,  y  los  abades  Placencio,  Adaulfo,  Ansurio,  Froi- 
jano  y  Florencio. 

(2)  Nec  in  hujus  peregrinationis  valle  per  desideriorum  caelestium  la- 
menta suo  se  Creatori,  ut  deberet,  humiliavit.  (España  Sagrada,  t.  XX,  pá- 
gina 14). 

(3)  En  el  fondo  hay,  sin  embargo,  algo  de  verdad  en  lo  que  dice  la 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  373 

El  Obispo  de  Oviedo,  D.  Pelayo,  tomó  por  otro  cami- 
no, y  en  vez  de  desacreditar  al  Obispo  compostelano, 
presenta  al  Rey  D.  Bermudo  como  perseguidor  de  Pre- 
lados y  dominado  por  todos  los  vicios  (1).  El  Obispo  de 
Santiago  fué  también,  según  D.  Pelayo,  blanco  de  las 
iras  de  D.  Bermudo;  pero  aquí  el  Ovetense  confunde  la 
supuesta  persecución  de  nuestro  Prelado  (la  cual  por 
otra  parte  no  es,  si  se  quiere,  inverosímil),  con  el  suceso 
del  Obispo  Adaulfo  II  (2),  que  en  el  Cronicón  de  D.  Pe- 
layo  aparece  exornado  de  circunstancias,  no  del  todo 
dignas  de  crédito.  Los  dichos,  pues,  de  la  Compostelano,  y 
del  Iriense,  vienen  en  cierto  modo  á  quedar  desmentidos 
por  D.  Pelayo  de  Oviedo. 

La  proclamación  y  coronación  de  D.  Bermudo  en 
Santiago,  son  hechos  indubitables,  pero  no  obedecieron 
á  los  móviles  que  supone  el  Iriense,  sino  á  los  que  dice 
Sampiro,  á  saber,  á  las  maneras  ásperas  y  duras  con  que 
el  Rey  D.  Ramiro  III  trataba  á  los  Grandes  de  su  rei- 
no, los  cuales,  cansados  de  sufrir  su  tiranía,  proclama- 
ron Rey  á  D.  Bermudo,  que   fué  ungido   y  coronado  en 


Compostelano,;  pero  como  le  sucede  á  veces,  confunde  los  tiempos,  los  hechos 
y  las  personas.  Según  Dozy,  que  cita  á  Aben  Jaldón  (Hist.  des  Musulmán*, 
t.  III,  pág.  105),  hacia  el  año  9GG  D.  Rodrigo  Velázquez  hizo  las  paces  non 
el  Califa  de  Córdoba  Hescán  II,  por  mediación  de  su  madre,  la  cual  fué  re- 
cibida con  las  mayores  consideraciones  en  la  corte  del  Califa,  y  agasajada 
por  éste  con  riquísimos  presentes.  Esto  indica  que  á  la  sazón  D.  Rodrigo 
gobernaba  alguno  de  los  distritos  de  la  frontera  de  Portugal,  como  el  de 
Viseo  ó  Coimbra,  y  que  por  esto  tuvo  ocasión  de  entrar  en  tratos  con  el 
Califa  cordobés. 

(1)  Cronicón  de  D.  Pelayo  en  el  tomo  XIV  de  la  España  Sagrada,  pá- 
gina 480  y  siguientes. 

(2)  Véase  página  lf>P>f 


374  LIBBO  SEGUNDO 


Santiago  el  15  de  Octubre  del  año  982  (1).  D.  Ramiro 
quiso  batir  á  su  primo  y  escarmentar  á  los  rebeldes,  y 
desde  León  corrió  en  su  busca  al  frente  de  un  gran 
ejército.  D.  Bermudo  no  se  descuidó  por  su  parte,  y  á  la 
cabeza  de  sus  parciales  salió  de  Santiago  para  esperar  á 
su  rival.  Dióse  la  batalla  en  Pórtela  de  Arenas,  cerca 
de  Monterroso;  y  por  ambos  lados  se  peleó  con  tal  de- 
nuedo, que  la  victoria  quedó  indecisa.  Sin  embargo,  mo- 
ralmente  D.  Bermudo  quedó  vencedor,  pues  obligó  á  su 
contrario  á  retirarse  á  León,  y  él  continuó  en  pacífica 
posesión  de  Galicia  (2).  Y  no  satisfecho  con  esto,  al  aso- 
mar la  primavera  del  año  984,  invadió  á  su  vez  los  do- 
minios de  su  rival,  y  en  24  de  Abril  se  hallaba  instala- 
do en  la  ciudad  de  León,  como  resulta  del  Privilegio 
que  publicó  Risco  en  el  tomo  XXXIV  de  la  España  Sa- 
grada, Apéndice  núm.  XXII;  por  el  cual  Privilegio  otor- 
gó D.  Bermudo  varias  villas  á  la  Santa  Iglesia  Legio- 
nense.  Subscribe  este  Documento  el  Obispo  de  Compos- 
tela  en  esta  forma:  Cum  divina  virtus  Pélagius  Iriense 
Seáis, 

D.  Ramiro  se  vio  obligado  á  abandonar  á  León  y  á 
replegarse  al  Mediodía  de  Astorga,  en  donde  falleció  el 
26  de  Junio  del  referido  año,  recibiendo  sepultura  en 
Destriana  (3).  Con  esto  D.  Bermudo  quedó  pacífico  po- 


(1)  Rex  vero  Ranimirus  cum  esset,  elatus  et  falsiloquus  et  in  módica 
scientia  positus ,  caepit  comités  Gallaeciae  et  Legionis  sive  et  Castellae 
factis  acriter  ac  verbis  contristan.  Ipsi  quidem  comités  talia  aegre  feren- 
tes  callide  adversus  eum,  etc..  (España  Sagrada,  t.  XIV,  pág.  471). 

(2)  Así  e3  que  los  Cronistas  sólo  dan  á  D.  Ramiro  quince  años  de  rei- 
nado, no  contando  los  dos  que  reinó  en  León,  después  de  la  batalla  de 
Pórtela. 

(3)  Véase  Dozy,  Recherches,  etc.,  1. 1,  pág.  179. 


LOS  TBES  PRIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  375 

seedor  de  todos  los  Estados  de  León  y  Galicia,  como  él 
mismo  lo  expresa  con  las  siguientes  palabras  en  el  Di- 
ploma que  en  1  de  Enero  de  986  despachó  en  favor  de 
Celanova:  Ego  iam  dictus  ¡winceps...  mihi  diuino  regni  subli- 
matas  honore,  nidio  resistente,  nulloque  yer  amplitudinem  tiel 
latitudinem  terre  regni  nostri  hábitans  contradicentem,  sed  cum 
ómnibus  gentibus  datam  finibus  nostris  et  omni  populo  terre  ré- 
quiem, me  pacem  habentem...  (1). 

Por  una  Escritura  del  Tumbo  de  Celanova  (2),  se  ve  que 
en  30  de  Mayo  de  985  se  hallaba  D.  Bermudo  en  San- 
tiago, y  que  presidió  una  Junta  ó  Concilio  en  que  el 
Abad  de  Celanova  celebró  un  contrato  con  Froilán 
Iustiz  y  otros  sobre  la  villa  de  Felgaria.  Subscriben  varios 
Obispos,  y  entre  ellos  Pelayo  de  Compostela.  Subscribe 
también  el  famoso  Conde  gallego  D.  Menendo  Gonzá- 
lez, tutor  que  había  de  ser  de  D.  Alfonso  V. 

Y  asistió  nuestro  D.  Pelayo  á  la  coronación  de  Don 
Bermudo  en  Compostela?  Algún  motivo  hay  para  dudar- 
lo. D.  Bermudo  fué  coronado  en  15  de  Octubre  de  982. 
Ya  hemos  visto  que  el  1 1  de  Septiembre  del  mismo  año, 
D.  Pelayo  concedió  á  Celanova  la  villa  de  Oimbra,  y  en 
1  de  Octubre  subscribió  la  donación  que  hizo  Odoiiio  á 
dicho  Monasterio.  Como  quiera  que  sea,  D.  Bermudo  que 
parece  era  algún  tanto  suspicaz,  y  que  sin  causa  alguna, 
como  dice  el  Ovetense,  tuvo  tres  años  encerrado  en  un 
castillo  al  Obispo  de  Oviedo,  Gudesteo,  quizás  no  dejaría 
de  hallar  algún  motivo  de  queja  en  la  conducta  política 
de  D.  Pelayo,  y  que  en  efecto  se  propasase  á  expulsarlo 
de  su  Sede.  A  domino  rege    Veremudo  expulsus  est,  dice  la 


(1)  Tumbo  de  Celanova,  lib.  I,  núm.  V. 

(2)  Libro  III,  núm.  XL  VI. 


376 


LIBEO  SEGUNDO 


Gompostelana.  Pero,  ¿fueron  deméritos  del  Prelado,  ó  la 


Fotografía  de  J.  JÁmia.  Fotograbado  de  Laporta, 

Miniatura  del  Tumbo  A,  fol.  17,  que  representa  á  D.  Bermuclo  II. 


arbitrariedad  del  Monarca  la  causa  de  esta  expulsión,  si 


LOS  ÍHES  fBlMEltÓS  SIGLOS  DE  LA  I.  COJktPOSTELANA  3 77 

es  que  la  hubo?  Los  deméritos  del  Prelado,  todo  lo  más, 
no  pasan  del  confín  de  la  duda,  y  que  el  Monarca  en 
ciertas  ocasiones,  procedió  arbitrariamente  y  con  formas 
violentas,  parece  indudable.  Lo  cierto  es,  que  en  el  Di- 
ploma otorgado  á  la  Iglesia  Compostelana  en  29  de  Sep- 
tiembre de  985,  por  el  cual  dona  cinco  viñadores  y  vein- 
ticinco labradores  para  que  cultiven  la  granja  de  Vite 
(Vide),  que  justamente  había  concedido  por  su  alma  á 
la  Iglesia  el  padre  de  D.  Pelayo,  ninguna  mención  de 
éste  se  hace  en  la  Escritura  (1).  Subscribe,  sin  embargo, 
D.  Pelayo  como  Obispo  de  Iria,  la  donación  que  en  el 
mismo  día  29  de  Septiembre  de  985,  hizo  D.  Bermudo  al 
monasterio  de  Celanova  de  las  niandat  iones,  commissos  6 
decanías  de  Ablocinos  (S.  Juan  de  Abruciños)  y  Barra  (San- 
ta María  de  Barra)  cerca  del  Miño;  pero  en  otro  Privile- 
gio fechado  en  1  de  Marzo  de  986  en  que  el  Monarca 
renovó  y  amplió  la  misma  donación,  ya  firma  como 
Obispo  Iriense,  D.  Pedro  (2). 

De  todo  lo  expuesto,  y  teniendo  en  cuenta  cuan  fre- 
cuente era  entonces  el  que  los  Prelados  hiciesen  renun- 
cia de  sus  Sedes  y  se  retirasen  á  hacer  vida  santa  y 
recogida  en  algún  monasterio,  es  dado  colegir,  sin  nece- 
sidad de  apelar  á  problemáticas  persecuciones  y  violen- 
tas expulsiones,  que  nuestro  D.  Pelayo,  notando  acaso 
el  desvío  con  que  lo  miraba  D.  Bermudo,  se  decidió  á 
hacer  dimisión  del  Obispado  y  á  retirarse  á  Celanova, 
en  donde  se  había  educado,  en  donde  yacían  su  maestro 
San  Rosendo  y  su  padre  D.  Rodrigo,  y  en  fin,  al  país  en 
donde  moraban  su  madre  y  sus  hermanas.  Y  en  efecto, 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXVI. 

(2)  Tumbo  de  Celanova,  lib .  I,  núm,  V. 


378  LIBBÓ  SEGUNDO 


en  dicho  monasterio  vivió  recogido  por  espacio  de  cerca 
de  treinta  añosr  firmando  en  algunos  documentos  con  el 
título  de  Obispo  Cellanovensis  (1).  En  Santiago  dejó,  no 
obstante,  un  perdurable  recuerdo,  la  iglesia  de  San  Be- 
nito, cuya  fundación  debe,  á  nuestro  juicio,  atribuírsele. 
Después  de  referir  Sampiro  la  sublevación  de  los 
Condes  gallegos  y  la  coronación  de  D.  Bermudo  en  San- 
tiago, trae  su  interpolador  (2),  que  el  Rey  de  los  agare- 
nos,  Alcorrexi,  entró  en  Galicia  por  Portugal,  y  que  aso- 
lándolo y  devastándolo  todo,  llegó  á  Compostela.  Quiso 
penetrar  en  la  Iglesia  en  donde  se  custodiaba  el  Sepul- 
cro de  Santiago,  pero  el  Señor  le  infundió  tal  terror,  que 
dio  precipitadamente  vuelta,  y  de  su  ejército  perecieron 
todos  de  enfermedad  en  el  camino  antes  de   llegar  á  su 


(1)  Entre  las  muchas  Escrituras  que  pudieran  citarse,  que  atestiguan 
la  permanencia  de  D.  Pelayo  en  Celanova,  insertaremos  estas  palabras  de 
una,  registrada  con  el  núm.  LXVIII,  lib.  I,  del  Tumbo  de  dicho  monasterio. 
El  monje  Vistrario  ofrece  «post  partera  prefati  monasterii  uel  pontifice  dom- 
no  Pelagio  episcopo,  Manillani  abbati  uel  fratribus  in  ipso  loco  pie  uiuenti- 
bus  uillam  quam  uocitant  Villare  subtus  Seo.  Petro  de  Mezquita  territorio 
Bubale  subtus  Castro  Veines.» 

Conocida  la  fecha  en  que  D.  Pelayo  se  retiró  á  Celanova  y  le  sustitu- 
yó San  Pedro  de  Mezonzo,  fácil  es  determinar  la  data  de  un  notabilísimo 
Documento  del  Tumbo  de  Samos,  que  estractó  Morales  en  su  Crónica, 
libro.  XVII,  cap.  I,  y  citó  Flórez  en  las  Memorias  de  las  Reynas  ca- 
thólicas,  tom.  I,  pág.  66  y  82,  insertando  una  larga  cláusula  en  la  nota  1  de 
esta  última  página.  Morales  decía  que  la  fecha  estaba  tan  confusa,  que  sólo 
se  podía  sacar  que  el  Documento  había  sido  otorgado  en  14  de  Mayo.  Fló- 
rez lo  coloca  en  la  página  82,  en  el  año  997;  pero  como  allí  aparece  la 
firma  de  D.  Pelayo  intitulándose  Obispo  de  la  Sede  Apostólica:  Sub  divina 
clementia  Pelagius  episcopus  Apostolice  Sedis,  con  la  de  Hermegildo  Obispo 
de  Lugo,  que  también  cesó  en  985,  á  este  año  hay  que  atribuir  la  fecha  del 
Documento. 

(2)  España  Sagrada,  t.  XIV,  pág.  472. 


LOS  TBES  PBIMEBÓS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAff  A  379 

patria  (1).  Mas  aquí  Sampiro,  ó  su  interpolador,  confun- 
de con  la  de  Almanzor  en  997  la  que  verificó  en  el 
año  981  Abdallah-Al-Hadjar.  Éste  no  pudo  entrar  en  Ga- 
licia, y  no  pasó  de  las  inmediaciones  de  Zamora,  aunque 
sí,  causó  grandes  destrozos,  y  en  un  sólo  distrito  destru- 
yó cerca  de  mil  lugares  con  sus  iglesias,  llevándose  á 
Córdoba  4.000  cautivos  (2). 


-h 


(1)  Interim  Rex  Alcorrexi,  cum  multis  agmíníbus  Agarenorum  per 
Portugalen8em  terram  intravit  Gallaeciam  et  Compostellam  venit  et  totam 
ipsam  terram  depopulavit.  Ad  Ecclesiam  vero  sive  ad  Sepulcrum  beati  Ja- 
cobi  cum  magna  audacia  accederé  voluit,  sed  Deo  renuente  territus  rediit; 
sed  Rex  noster  coelestis  non  est  oblitus  christianam  plebem,  misit  in  Aga- 
renos  infirmitatem  ventris,  et  nemo  ex  eis  vivus  remansit,  qui  rediret  in 
patriam  unde  venerat. 

(2)  Véase  Dozy,  Recherches,  etc.,  t.  I,  pág.  175. 


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CAPITULO  XXI 


San  Pedro  de  Mezonzo 


gnoramos  si  D.  Pelayo  Rodríguez  esta- 
ría á  la  altura  de  los  acontecimientos, 
que  dentro  de  poco  iban  á  desarrollarse 
en  nuestra  patria;  quizás  este  mismo 
recelo  lo  movería  á  deponer  la  Mitra  y 
á  retirarse  á  Celanova;  pero  ciertamen- 
te el  hombre  providencial,  cual  lo  reque- 
rían las  circunstancias,  era  el  que  á  la 
sazón  empuñaba  el  báculo  abacial  en 
Antealtares.  Y  quién  era  este  varón 
insigne  cuyas  relevantes  cualidades  así  lo  señalaban  pa- 
ra ocupar  un  puesto  tan  eminente,  tan  ambicionado  y 
tan  expuesto  al  choque  de  las  diversas  y  encontradas 
corrientes,  que  tan  agitada  y  perturbada  traían  á  nues- 
tra región? 


382  LIBRO    SEGUNDO 


El  abad  de  Antealtares,  Pedro,  había  nacido  hacia  el 
año  930  en  Curtís,  parroquia  del  partido  judicial  de  Ar- 
zúa,  y  era  hijo  de  Martín  Placencio,  descendiente  de  un 
piadoso  caballero  llamado  también  Placencio,  que  á  prin- 
cipios del  siglo  IX  había  fundado  el  monasterio  de  San- 
ta Eulalia  de  Curtís  (1),  y  de  una  distinguida  dama  de 
nombre  Mustacia,  la  cual  en  su  adolescencia  había  sido 
ansaria  (2)  de  la  Infanta  D.a  Paterna,  madre  del  Obispo 
Sisnando  II.  Fruto  de  tan  honrado  matrimonio  fueron, 
además  de  Pedro,  Adelfio  que  también  fué  monje,  Vima- 
ra,  padre  de  otro  Vimara,  Obispo  de  Orense  (3),  Aragon- 
ta  y  Mustacia.  Desde  sus  primeros  años,  estuvo  también 
Pedro  al  servicio  de  la  referida  Infanta  y  fué  su  cape- 
llán (4);  mas  después  que  esta  señora  se  hizo  religiosa, 
vistió  la  cogulla  en  el  monasterio  de  Santa  María  de  Me- 


(1)  Nuestro  dialecto  patrio,  fiel  depositario  de  nuestras  patrias  anti- 
güedades, conservó  en  el  lugar  de  Chácente,  de  la  parroquia  de  Curtis,  el 
nombre  de  este  virtuoso  caballero;  pues  Chácente  se  deriva  de  Placencio. 

(2)  No  podemos  decir  con  certeza  lo  que  significa  esta  palabra  ansaria. 
Puede  conjeturarse  con  bastante  fundamento  que  Mustacia  fué  dama  de 
honor  de  la  Infanta,  y  que  le  recogería  por  medio  de  una  asa  (ansa),  la  cola 
del  manto  cuando  dicha  señora  se  presentase  en  traje  de  ceremonia. 

(3)  Este  virtuoso  Prelado  mereció  ser  contado  entre  los  nueve  Santos 
Obispos  que  recibieron  sepultura  en  el  monasterio  de  San  Esteban  de  Ri- 
vas  de  Sil.  El  P.  Plórez  (España  Sagrada,  t.  XVII),  lo  excluyó  del  Episcopo- 
logio  de  la  Iglesia  de  Orense.  En  la  donación  hecha  en  1042  por  el  Obispo 
de  Lugo  á  la  Iglesia,  subscribe  Vimara,  en  esta  forma:  Auxilio  Xpisti  fultus. 
Vimarani  auriensis  Seáis  episcopus.  (España  Sagrada,  t.  XL,  pág.  161.)  En 
1045  subscribe  otra  donación  hecha  á  Celanova:  Sub  Xpisti  nomine  Vima- 
rani epiécopi  oriensis  Seáis.  (Véanse  Apéndices,  núm.  LXXV  bis). 

(4)  Et  ipsa  infanta  (domna  Paterna)  creavit  illum  Petrum  et  fuit  capel- 
lanus  in  casa  de  ipsa  infanta.  (Tumbo  áe  Sobraáo,  t.  I). — Por  su  edad,  Pe- 
dro que  á  la  sazón  tendría  á  lo  más  veinte  años,  no  podía  ser  capellán  en  el 
sentido  que  hoy  damos  á  esta  palabra,  y  sí  más  bien  sacristán  ó  custodio  de 
la  capilla. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  383 

zonzo  ó  Mosoneio,  que  poco  después  se  anexionó  al 
de  Sobrado.  En  el  monasterio  de  Mezonzo  que  estaba  tan 
bien  surtido  de  libros  (libros  nimis  dbundanter,  como  se 
lee  en  la  Escritura  de  agregación,  año  955),  pudo  adqui- 
rir nuestro  Pedro  aquel  caudal  de  conocimientos,  que  lo 
hizo  sobresalir  entre  todos  sus  contemporáneos.  Figura 
de  tanto  relieve,  difícilmente  puede  contemplarse  desde 
un  sólo  aspecto;  procuraremos,  pues,  estudiarlo  en  cuan- 
to Monje,  en  cuanto  Obispo  y  en  cuanto  celoso  é  incansa- 
ble restaurador. 


I 

El  Monje 


n  el  año  952,  como  hemos  visto  en  otra  par- 
te, fué  cuando  se  fundó  el  monasterio  de 
Sobrado,  y  cuando  D.a  Paterna  y  su  esposo 
D.  Hermenegildo  se  hicieron  Religiosos.  Desligado  en- 
tonces nuestro  Pedro  de  los  lazos  que  le  unían  al  mun- 
do, siguiendo  el  ejemplo  que  le  daban  sus  señores,  pensó 
también  en  retirarse  á  algún  lugar  en  donde  pudiera 
dedicarse  con  más  asiduidad  á  la  oración,  á  la  medita- 
ción  y  al  estudio.  A  unas  dos  leguas  de  Curtís  había  un 
monasterio  que  gozaba  fama  de  muy  observante  desde 
los  tiempos  del  abad  Reterico,  á  fines  del  siglo  IX,  y 
que  poseía  una  copiosa  biblioteca.  Este  monasterio  era 
el  de  Santa  María  de  Mezonzo  ó  de  Monasterio,  pues  es- 
te nombre  también  llevaba  por  antonomasia.  Este  con- 


384  LIBBO  SEGUNDO 


vento  fué  el  que  eligió  Pedro  para  su  retiro,  y  tan  rápi- 
dos progresos  hizo  en  el  estudio  de  las  ciencias  eclesiás- 
ticas, que  muy  pronto  alcanzó  fama  de  sabio;  que  así  le 
califica  el  Cronicón  Iriense  en  los  siguientes  términos: 
Monasterii  Mosontii  sapientem  monachum  flj.  Cuando  en  el 
año  955  el  monasterio  de  Mezonzo  se  agregó  al  de  So- 
brado, es  de  suponer  que  el  monje  Pedro  pasase  á  este 
convento,  en  donde  en  9  de  Julio  de  959  le  hallamos 
ordenado  de  Sacerdote  y  desempeñando  el  cargo  de  no- 
tario, si,  como  es  probable,  es  suya  la  siguiente  subscrip- 
ción, que  figura  en  una  Escritura  del  Tumbo  de  Sobrado, 
(tomo  I,  núm.  XX)  de  dicha  fecha  Petrus  presbyter  confír- 
mate qui  notavit  (2). 

A  medida  que  corrían  los  días,  el  nombre  de  Pedro 
se  hacía  más  ilustre,  y  la  fama  publicaba  más  activa  las 
virtudes  del  Monje  de  Mezonzo.  Los  amigos  y  todos 
cuantos  lo  conocían,  deseaban  con  ansia  verlo  colocado 
en  un  puesto  que  ofreciese  más  ancho  campo  á  su  celo  y 
laboriosidad.  No  tardó  en  presentarse  la  ocasión  en  que 
pudiesen  ver  satisfechos  sus  deseos,  porque  hacia  el 
año  965  vacó  la  abadía  de  Sobrado  por  muerte  ó  renun- 
cia del  abad  Diego,  que  era  el  cuarto  que  contaba  aquel 
convento;  y  ya  nadie  dudó  de  que  pudiese  ser  otro  que 
Pedro,  el  que  ocupase  la  vacante  (3).  En  sus  manos,  el 


(1)  El  P.  Car  bajo  en  la  Historia  del  Convento  de  Sobrado  (de  la  cual  se 
conservan  algunos  ejemplares  manuscritos  y  de  uno  de  ellos  es  poseedor  el 
Sr.  D.  Jesús  Fernández  Suárez,  de  Santiago),  valiéndose  de  una  errada  lec- 
ción de  la  Historia  Iriense,  dice  que  San  Pedro  se  llamó  no  de  Mezonzo 
sino  Mansoro  ó  Monsoro,  por  la  gran  paciencia  y  mansedumbre  que  demos- 
tró al  tiempo  de  la  invasión  de  Almanzor. 

(2)  La    misma  subscripción    aparece    en    otras  Escrituras    hasta    el 
año  064. 

(3)  El  Pf  Flórez  (España,  Sagrada,  t,  XIX,  pág.   176),  mueve  alguna 


LOS  TBES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  385 

10  de  Diciembre  de  966,  hicieron  al  monasterio  la  ofren- 
da de  todos  sus  bienes  el  Obispo  Sisnando  II  y  sus  her- 
manos D.  Rodrigo  y  D.a  Elvira.  Dos  años  después  el  Rey 
D.  Ramiro  III,  por  indicación  de  su  tía  la  Reina  D.a  El- 
vira, hizo  una  copiosa  donación  á  Sobrado  y  á  sus  dos 
congregaciones  de  hombres  y  mujeres,  y  a  sus  respecti- 
vos Abades,  la  monja  Elvira  y  el  presbítero  Pedro  (Fe- 
mine  Geluire  confesse  et  continenti  cibbati  PetroJ.  La  Escritura 
termina  con  esta  subscripción:  Petras  albas  notavit  (1). 

Por  este  tiempo  ocurrió  la  invasión  normanda,  y  la 
iglesia  de  Santa  Eulalia  de  Curtís  fué  una  de  las  que 
más  experimentaron  hasta  dónde  llegaba  el  furor  y  ra- 
pacidad de  aquellos  corsarios.  Cuando,  merced  a  la  sere- 
nidad de  San  Rosendo  y  al  valor  del  Conde  D.  Gonzalo 
Sánchez,  se  disipó  la  tormenta,  el  venerable  Martín  con 
sus  hijos,  el  abad  Pedro  y  el  presbítero  Adelfio,  no  se 
dio  paz  hasta  que  restauró  aquella  iglesia,  en  la  cual  se 
hallaban  concentrados  todos  sus  pensamientos  y  afeccio- 
nes.  (Ipse  Uei  servus  Martinus...  cooperuit  parietes  avorum 


duda  acerca  de  la  prelacia  de  San  Pedro  en  Sobrado,  fundado  en  que  el 
abad  Pedro  que  sucedió  á  Diego,  vivió  según  la  Cronología  de  los  Abades 
de  este  Monasterio,  que  puso  Bravo  en  las  Notas  á  la  Regla  de  San  Benito, 
como  tal  abad  hasta  el  año  990,  y  que,  por  consiguiente,  tiene  que  ser  dis- 
tinto de  San  Pedro  de  Mezonzo,  que  era  Obispo  de  Compostela  desde  el  año 
985.  Si  se  admiten,  como  es  procedente,  dos  abades  del  nombre  de  Pedro,  en 
vez  de  uno  en  dicho  período,  desaparece  la  dificultad  del  P.  Flórez.  El  caso 
es  que  el  mismo  San  Pedro  de  Mezonzo,  en  la  Escritura  del  pleito  con  el 
Obispo  de  Lugo,  D.  Pelayo,  de  que  luego  hablaremos,  insinúa  con  bastante 
claridad  que  él  también  había  sido  Abad  de  Sobrado;  pues  dice  que  ni  en 
tiempo  de  los  tres  Abades  que  cita,  Alvito,  Guncito  y  Diego,  ni  en  el  suyo 
(nec  cum  ipsis  Abbatibus,  nec  mecum,  hodie  XXXannos),  no  había  oído  nada 
de  lo  que  en  el  valle  de  Presares  demandaba  el  Obispo  de  Lugo. 
(1)  Tumbo  de  Sobrado,  t.  I,  núm.  CIX. 
Tomo  II.—  25. 


386  LIBRO  SEGUNDO 


suorum,  et  quantum  illi  Bominus  ad  optionem  dedit,  continua- 
vit  et  possedit  (lj. 

La  Historia  no  nos  dice,  ni  cómo,  ni  cuándo  San  Pe- 
dro pasó  á  gobernar  el  monasterio  de  Antealtares,  que 
por  entonces  era  el  más  insigne  de  la  Diócesis  compos- 
telana.  Es  quizás  muy  probable  que  San  Rosendo,  que 
por  aquel  tiempo  regía  la  Iglesia  de  Santiago,  conoce- 
dor de  sus  virtudes,  lo  llamase  para  presidir  en  aquella 
ilustre  abadía,  así  como  antes  había  llamado,  para  pre- 
sidir en  la  de  Celanova,  á  San  Franquila,  Abad  de  San 
Esteban  de  Ribas  de  Sil.  Lo  cierto  es  que  en  el  año  973 
ó  974,  acompañó  á  San  Rosendo  en  el  Concilio  que  se 
celebró  en  León  para  la  supresión  del  Obispado  de  Si- 
mancas. En  las  Actas  firma,  según  ya  hemos  visto: 
Petrus  Abba  confessor,  regenti  sciterio  Antealtar  ios  (2). 

Pocas  noticias  nos  quedan  de  la  prelacia  de  San  Pe- 
dro en  Antealtares.  Sólo  hay  memoria  de  la  donación 
que  á  6  de  Junio  de  985  le  hizo  el  Conde  D.  Tello  Alví- 


(1)  España  Sagrada,  t.  XIX,  pág.  385. 

(2)  El  P.  Flórez  (España  Sagrada,  t.  XIX,  pág.  176),  trajo  inmediata- 
mente á  San  Pedro  desde  Mezonzo  á  Antealtares,  porque,  dice,  la  primera, 
era  casa  unida  á  la  segunda.  En  esto  se  equivocó  grandemente  el  Autor  de 
la  España  Sagrada,  y  aún  contradice  lo  que  dejaba  dicho  en  la  página  ante- 
rior. Mosoncio  estaba  agregado  á  Sobrado  desde  el  año  955.  (Véase  Apéndi- 
ce, núm.  LXVI).  Si  Flórez  excluyó  á  San  Pedro,  de  Sobrado,  en  cambio 
Bravo  y  Carbajo,  lo  excluyeron  de  Antealtares. 

En  14  de  Mayo  de  976,  parece,  aún  estaba  vacante  la  Abadía  de  Sobrado, 
pues  en  una  Escritura  de  venta  que  hizo  Recila,  no  se  menciona  Abad  algu- 
no, y  sí  sólo  la  abadesa  D.a  Elvira.  En  978  á  18  de  Julio,  tenemos  ya  en  So- 
brado á  un  abad  Pedro;  pero  este  Pedro  era  hermano  del  Rey  D.  Ramiro  III; 
pues  así  lo  llama  éste  en  el  Privilegio  que  con  dicha  fecha  concedió  al  mo- 
nasterio: Tibi  fratri  nostro  Petro  abbati,  Munie  abbatisse  uel  omni  congrega- 
tioni  fratram  et  sororum...  (Tambo  de  Sobrado,  t.  I,  núm.  CVIII).  Aquí,  no 
obstante,  cabe  el  recelo  de  que  el  copista  haya  leído  fratri  en  lugar  de  Patri. 


LOS  TRES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  387 

tez.  Subscriben  la  Escritura ,  que  se  otorgó  regnanie 
principe  nostro  domno  Veremudo,  los  Obispos  San  Viliulfo 
de  Tuy,  Hermegildo  de  Lugo,  Pelayo  de  Iria,  Armenta- 
rio  de  Dumio  y  Gonzalo  de  Orense  (1). 

Durante  este  tiempo,  tuvo  que  pasar  el  Abad  de 
Antealtares  por  amarga  y  dolorosa  prueba,  el  falleci- 
miento de  su  buen  padre  Martín,  con  la  circunstancia 
de  no  haber  podido  llegar  á  tiempo  para  recibir  su  ben- 
dición y  recoger  de  sus  labios  la  última  recomendación, 
que  con  el  ansia  de  un  agonizante,  había  querido  ha- 
cerle, de  que  no  diese  sepultura  á  su  cadáver  en  otro 
sitio,  que  en  aquel  en  donde  yacían  sus  padres,  sus 
abuelos,  su  esposa  y  sus  hijos.  ¿Con  qué  ternura  y  senti- 
miento no  describe  el  mismo  San  Pedro  este  lance  de 
su  vida  en  la  Escritura  de  restauración  de  Curtis?  «A 
los  pocos  días  — dice —  llegué  yo  pecador  Pedro,  que  en- 
tonces era  Abad  y  ahora,  por  voluntad  de  Dios,  Obispo, 
llorando  á  mi  benignísimo  padre.  Muchos  de  sus  vecinos 
y  amigos  me  refirieron  minuciosamente  todo  cuanto  ha- 
bía hecho  en  sus  últimos  momentos,  y  cómo  me  había 
requerido  y  conjurado  para  que  hiciese  lo  que  él  había 
dispuesto»  (2).  Mas  si  el  corazón  de  San  Pedro  debió  de 
quedar  traspasado  de  dolor  al  escuchar  este  relato,  no 
sintió  menor  consuelo  al  saber  lo  maravilloso  de  la 
muerte  de  su  padre,  el  cual,  como  se  dice  en  la  Escritu- 


(1)  Esta  Escritura,  que  está  ya  casi  borrosa,  se  guarda  en  el  archivo 
de  la  Escuela  Diplomática  de  Madrid. 

(2)  Ad  non  multos  dies  veni  ego  peccator  Petrus,  qui  tune  eram  Abbas, 
nunc  vero  nu tu  divino  Episcopus,  plangens  benignissimum  patrem  meam, 
et  omnes  alii  adjacentes  convicini  et  amici  ipsius  patris  mei  ad  singula 
narrantes  quidquid  gessit  ad  extremara  horain,  et  quoraodo  me  sanctificaret 
si  fecissem  quod  ille  taxaverat,  (España  Sagrada,  t.  XIX,  pág.  385). 


388 


LIBKO  SEGUNDO 


ra  citada,  migravit  mirifice  acl  Dominum.  Fuertemente  im- 
presionado, dejó  el  Abad  de  Antealtares  á  Curtís,  y  en 
sus  oídos  iba  de  continuo  resonando  el  eco  de  las  últi- 
mas palabras  pronunciadas  por  su  padre,  y  transmitidas 
por  los  que  habían  presenciado  sus  últimos  instantes. 

Tales  fueron  los  caminos  que  hasta  aquí  fué  reco- 
rriendo el  hijo  de  Martín  Placencio,  dejando  en  todos 
ellos  muy  marcadas  huellas  de  virtud,  de  prudencia  y 
santidad  nada  comunes. 


II 


El  Obispo 


ua:ndo  á  fines  del  año  985  el  Obispo 
compostelano,  D.  Pelayo  Rodríguez,  se 
decidió  á  renunciar  la  Mitra,  indispu- 
tablemente en  la  Diócesis  la  persona  que  entre  todas 
las  clases,  aún  las  más  encumbradas,  gozaba  de  mayor 
crédito  y  consideración,  era  el  Abad  de  Antealtares. 
Cuando  llegó  el  momento  de  la  elección,  todos  los  votos 
recayeron  en  él.  A  cundís  ¿enioribus  Loci  San  di  d'gnc  ele- 
dum,  dice  el  Cronicón  Iriense.  La  elección  y  consagración 
debieron  tener  lugar  entre  el  29  de  Septiembre,  en  que 
D.  Pelayo  aún  firma  como  Obispo  de  Iria  un  Privilegio 


LOS  TRES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  389 

de  Celanova  (1)  ,  y  el  1G  de  Noviembre  del  mismo 
año  985,  en  que  en  otro  Documento  de  la  Santa  Iglesia 
de  León  (2)  ya  subscribe  el  Abad  de  Antealtares,  inti- 
tulándose Obispo  de  Iria  y  de  la  Sede  Apostólica. 

Colígese  de  este  último  Documento  que  D.  Bermudo 
quiso  celebrar  en  León  una  especie  de  Cortes  en  las  cua- 
les fuese  pública  y  solemnemente  reconocida  por  todos 
su  autoridad  (3),  para  poder  decir  después,  como  liemos 
visto  en  la  pág.  375,  que  reinaba  pacíficamente  sin  que 
nadie  en  toda  la  extensión  de  sus  Estados  osase  contra- 
decirle.  A  estas  Cortes  de  León  asistieron  los  dos  Obis- 
pos de  Compostela,  el  recién  consagrado  y  el  dimisiona- 
rio; de  lo  cual  es  dado  inferir,  que  si  D.  Bermudo  expul- 
só á  D.  Pelayo,  como  se  pretende,  de  Compostela,  no  le 
expulsó  de  su  Corte,  ni  tampoco  le  excluyó  de  su  Conse- 
jo.  A  1  de  Enero  de  986  confirmó  también  San  Pedro  el 
Diploma  que  D.  Bermudo  otorgó  a  Celanova  (4). 

El  alto  concepto  que  D.  Bermudo  II  se  tenía  forma- 
do de  las  eminentes  virtudes  de  San  Pedro,  se  patentiza 
en  el  Privilegio,  que  á  7  de  Febrero  de  986  (5)  concedió 
este  Monarca  á  la  Iglesia  de  Santiago.  En  el  año  981, 
Almanzor  tomó  por  asalto  la  ciudad  de  Simancas,  pasó 
á  cuchillo  á  la  mayor  parte  de  sus  habitantes  y  á  los 


(1)  Lib.  III,  núm.  XLIII. 

(2)  España  Sagrada,  t.  XXXIV,  Apénd.  núm.  XXIII. 

(3)  En  este  Documento  subscribe  también:  Freduarius  abbas  in  loco 
apostólico. 

(4)  In  presentia  dominissimi  Itermudus...  residente  in  solio  ad  Cathe- 
dra  sua  cum  omnem  totam  Palatii  sui  filii  bene  natorum  et  Pontificum 
multorum,  id  sunt,  Viliulfus,  Sabastianus,  Virmundus,  Armentarius,  Salo- 
moni,  Petrus,  simul  et  Pelagius,  quorum  concilium  adunatum  judicum 
et  abbatum... 

(5)  Véase  España  Sagrada,  t.  XIV,  Apéndices  X,  t.  XIX,  pág.  179. 


390  LIBBO  SEGUNDO 


otros  los  llevó  cautivos  á  Córdoba,  en  donde  encerrados 
en  oscuros  calabozos  y  cargados  de  cadenas,  lejos  de 
abatirse  y  titubear  en  la  fe  ante  aquella  inmensa  des- 
gracia, cantaban  himnos  de  alabanza  al  Señor,  á  quien 
plugo  purificarlos  y  someterlos  á  tan  terrible  prueba. 
Dos  años  y  medio  soportaron  con  gran  resignación  aquel 
duro  cautiverio,  y  al  cabo  de  ellos  alcanzaron,  por  me- 
dio del  martirio,  la  libertad  y  el  descanso  eterno  en  la 
morada  celestial. 

Al  posesionarse  D.  Bermudo  del  reino  de  León,  ha- 
bía querido  gestionar  su  rescate,  y  con  tal  objeto  envió 
legados  á  Córdoba;  pero  cuando  éstos  llegaron,  ya  los 
cautivos  habían  sido  martirizados.  Entre  estos  heroicos 
cristianos,  se  distinguía  un  varón  piadosísimo  llamado 
Domingo  Sarracino,  el  cual  tenía  cortijos,  aceñas  y 
otras  propiedades  cerca  de  Zamora.  Como  Sarracino  no 
tenía  herederos,  D.  Ramiro  III  se  incautó  de  sus  bienes, 
que  consideró  como  mostrencos,  ó  por  el  derecho  de  ma- 
ñería  ó  maniadigo;  mas  D.  Bermudo,  considerando  inde- 
coroso que  el  dueño  estuviese  reinando  en  el  Cielo  y  sus 
bienes  en  poder  de  manos  seglares,  los  donó  á  la  Iglesia 
de  Santiago  y  á  su  Obispo  Pedro,  á  quien  llama  amado 
de  Dios,  dilectus  Dei.  Subscriben  la  donación,  que  publicó 
Flórez  en  el  tomo  XIV,  Apéndice  X,  de  la  España  Sa- 
grada, los  Obispos  Sebastián  de  Salamanca,  Gonzalo  de 
Astorga,  Sabarico  de  León,  Armentario  de  Dumio,  Pe- 
layo  de  Coimbra  y  Pedro  de  Iria  (1). 


(1)  «Inutile  et  inconveniens  erat,  ut  ille  (Dominicus)  esset  in  regno 
celorum,  et  hereditatem  eius  possideret  rustica  et  laicalis  conventio.» 

Flórez  tomó  su  copia  de  Ambrosio  Morales,  el  cual  puso  por  fecha 
Era  post  millenam  tertia  scilicet  et  decima.  La  fecha  en  el  Tumbo  A,  fol.  17, 
que  es  el  original  de  que  se  valió  Morales,  es  Era  post  millena  III  scilicet 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  891 

r 

A  1  de  Junio  del  mismo  año  986,  dio  D.  Bermudo  á 
Santiago,  vóbis  patrono  meo  Seo.  Iacobo  apostólo,  un  cortijo 
en  León,  que  había  sido  de  Paterno  Iustiz  y  de  su  espo- 
sa María.  Subscriben  el  Diploma  los  Obispos  Viliulfo, 
Gonzalo,  Bermudo,  Armentario,  Sabarico  y  Pedro,  y  los 
abades  Diego,  Pascual,  Julián  y  Pedro  (1).  El  piadoso 
Monarca  quería  tener  asegurado  el  patrocinio  del  Após- 
tol ante  las  gravísimas  contingencias  que  previa.  Sabía 
que  tarde  ó  temprano  tendría  que  habérselas  con  el  te- 
rrible Almanzor;  conocía  el  estado  de  sus  fuerzas,  que 
se  hallaban  muy  divididas,  pues  muchos  de  los  Condes 
,que  se  llamaban  sus  subditos,  inquietos  y  turbulentos  de 
profesión,  se  le  rebelaban  con  frecuencia,  y  aún  eran 
capaces  de  entrar  en  tratos  con  los  musulmanes.  Todo 
esto  tenía  acongojado  á  D.  Bermudo;  y  ya  que  en  lo  hu- 
mano no  veía  suelo  firme  en  que  poner  el  pie,  volvía  los 
ojos  al  Cielo  implorando  auxilio  oportuno. 

La  sierra  del  antiguo  monte  Ilicino,  hoy  Picosagro, 
fué  en  otro  tiempo,  como  hemos  dicho,  gran  plantel  de 
monjes  y  anacoretas,  que  habitaban  unos  su  cumbre, 
otros  sus  laderas,  y  otros  las  más  ásperas  quebradas  de 
aquella  histórica  montaña.  Cerca  del  famoso  sitio  por 
donde  el  Ulla  atraviesa  dicha  sierra,  había  un  grupo  de 
basílicas,  de  las  que  la  principal  era  la  de  San  Juan  da 
Coba,  ó  del  Yermo.  Las  basílicas  estaban  dedicadas  á 
San  Mamed,  á  San  Jorge,  á  San  Vicente  y  á  San  Juan 
Bautista,  etc.;  tenía  cada  una  su  comunidad  de  religiosos 


et  X.  Mas  aquí  hay  evidentemente  yerro,  y  así  debe  corregirse,  como  pro- 
puso Flórez  (España  Sagrada,  t.  XIX,  pág.  179),  de  modo  que  resulte  el 
año  986. 

(1)     Véanse  Apéndices,  núm.  LXXVII, 


392 


LIBBO  SEGUNDO 


ó  religiosas;  y  todas  ellas  estaban  regidas  por  el  abad 
Grundesindo  Sarraceniz.  Al  servicio  de  cada  una  de  es- 
tas basílicas  y  comunidades,  había  destinados  varios 
hombres,  que  voluntariamente  vinieran  de  los  Condados 
de  Lobeira,  Tabeirós,  Deza  y  otras  partes.  D.  Bermu- 
do  II,  por  hacer  bien  á  estos  monasterios  y  en  remisión 
de  sus  culpas,  el  7  de  Marzo  de  987,  otorgó  á  estas  igle- 
sias un  Diploma  por  el  cual  dispuso  que  dichos  hombres 
sirviesen  á  los  monasterios  en  la  condición  de  ingenuos, 
sin  que  nadie  pudiese  molestarlos,  ni  someterlos  al  pago 
de  tributo  alguno,  aún  de  los  pertenecientes  al  Real 
Fisco.  La  misma  exención  otorgó  D.  Bermudo  á  todos 
los  pecheros  que  en  lo  sucesivo  viniesen  espontáneamen- 
te, aún  desde  segundo  y  tercero  Condado,  á  prestar  sus 
servicios  en  las  referidas  iglesias.  Firman  el  Privilegio, 
que  fué  confirmado  por  D.  Alonso  V  y  D.  Fernando  I, 
el  Prelado  compostelano  y  varios  Magnates  (1). 

En  este  mismo  año  987,  tuvo  que  hacer  San  Pedro 
un  viaje  á  las  montañas  de  Sobrado.  El  motivo  que  allá 
lo  llamaba  era  una  cuestión  que  había  surgido  entre  el 
Obispo  de  Lugo,  D.  Pelayo,  y  el  monasterio  en  que  nues- 
tro D.  Pedro  había  sido  Abad,  y  que  continuaba  consi- 
derando como  cosa  propia.  Fundado  en  algunas  Escritu- 
ras del  archivo  de  su  iglesia,  reclamaba  el  Obispo  de 
Lugo  al  monasterio  varios  pechos  y  servicios  que  al- 


(i)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXV1IL— En  29  de  Octubre  de  996, 
otorgó  D.  Bermudo  un  Privilegio  semejante,  á  la  Comunidad  de  Ermitaños 
de  Parameño,  concediendo  un  hombre  que  con  su  familia  sirviese  no  como 
esclavo,  sino  como  ingenuo,  á  cada  una  de  las  Ermitas  de  que  se  componía 
la  Comunidad.  (España  Sagrada,  t.  XXXIV,  pág.  306). 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA.  I.  COMPOSTELA.NA.  398 

gunos  de  los  habitantes  en  el  Condado  de  Presares  de- 
bían pagar  á  la  Iglesia  lucense.  Negaba  el  monasterio 
que  la  Iglesia  de  Lugo  tuviese  derecho  alguno  sobre  los 
habitantes  de  Presares;  pues  todo  este  territorio  con  sus 
habitantes  había  sido  donado  á  Sobrado  desde  el  año  958 
por  el  Rey  D.  Ordoño  IV.  Para  ventilar,  pues,  esta 
cuestión,  reuniéronse  en  la  iglesia  de  San  Pedro  de  Pre- 
sares el  Obispo  de  Lugo  y  el  Prelado  compostelano,  que 
salió  á  la  defensa  del  monasterio,  juntamente  con  otras 
muchas  personas,  así  eclesiásticas,  como  seglares. 

Constituido  el  Tribunal  ó  Concilio,  el  Obispo  lucen- 
se propuso  su  demanda,  según  el  tenor  que  arriba  he- 
mos indicado.  Tomó  después  la  palabra  D.  Pedro,  y  con- 
testó en  los  siguientes  términos:  «Créame  vuestra  Cari- 
dad, mi  venerable  señor  y  pontífice,  que  tengo  ahora 
57  años,  y  habité  en  Sobrado  en  tiempo  de  los  abades 
Alvito,  Guncito  y  Diego,  y  pongo  por  testigo  á  Dios, 
que  no  necesita  de  otro  testimonio,  de  que  ni  en  mi 
tiempo,  ni  en  el  de  dichos  Abades,  desde  hace  30  años, 
nada  más  supe,  ni  tuve  otra  noticia,  sino  que  el  Rey 
D.  Ordoño  (el  IV),  de  buena  memoria,  concedió  á  este 
monasterio  el  commisso  de  Presares.» 

En  vista  de  esto,  dispuso  el  Concilio  ó  Jurado  que  se 
nombrasen  dos  fieles  ó  investigadores  que  averiguasen  lo 
que  había  de  cierto  sobre  el  particular;  y  por  parte  de 
la  Iglesia  de  Lugo  fué  nombrado  el  abad  Alfonso,  y  por 
parte  de  Sobrado  el  abad  Adelfio.  Catorce  días  anduvie- 
ron los  dos  investigadores  recorriendo  las  aldeas  y  luga- 
res de  Presares  preguntando  á  jóvenes  y  á  ancianos,  si 
tenían  noticia  de  lo  que  se  contenía  en  la  demanda  del 
Obispo  de  Lugo.  Al  decimoquinto  día  se  presentaron 
ante  el  Jurado  á  dar  cuenta  del  resultado  de  su  investi- 


394 


LIBBO  SEGUNDO 


gación,  y  declararon  que  á  nadie  habían  hallado  que 
supiese  la  más  mínima  palabra  de  lo  que  demandaba  el 
Obispo  D.  Pelayo. 

Pocos  días  después,  volvieron  á  reunirse  en  la  iglesia 
de  San  Julián  de  Ghidín,  á  unas  tres  leguas  al  Sudoeste 
de  Lugo,  los  dos  Prelados  con  el  de  Tuy,  San  Viliulfo,  y 
un  gran  número  de  hombres  buenos  para  constituir  el 
Jurado.  Sentados  todos  en  círculo  fin  clrcuitu),  requirie- 
ron de  nuevo  á  los  dos  investigadores  para  que  manifes- 
tasen lo  que  habían  averiguado  durante  su  comisión. 
Alfonso  y  Adelfio  repitieron  lo  que  ya  habían  declarado 
en  San  Pedro  de  Presares;  pero  á  esto  repuso  el  Obispo 
de  Lugo,  que  los  habitantes  de  aquella  comarca  trata- 
ban de  ocultarle  la  verdad. 

Entonces  acordó  el  Jurado  que  los  investigadores,  de 
cada  aldea  de  las  que  componían  el  comrnisso,  á  saber, 
de  Sobrado,  Golimbrianos  (Cumbraos),  Gritario,  Folgoso, 
Presares,  Villarplano  (Vilarchao),  Manadelos,  Villamauri 
(Villamor)  y  Poade,  designasen  dos  vecinos  de  los  más 
honrados  y  de  más  arraigo,  que  declarasen,  bajo  jura- 
mento, lo  que  sabían  sobre  el  particular.  El  presbítero 
Fulgencio,  que  hacía  de  alguacil,  presentó  á  los  designa- 
dos, que  eran  de  los  más  nobles  y  ricos  (nóbilior-es  et  locu- 
pletes),  ante  el  altar  de  San  Julián,  y  allí  todos  unánime- 
mente juraron  por  Dios  y  por  su  divina  palabra,  que 
sabían,  por  lo  que  ellos  mismos  habían  visto  y  por  lo  que 
habían  oído  á  los  que  fallecieran  en  los  últimos  cincuenta 
años,  que  la  Iglesia  de  Lugo  no  tenía  derecho  alguno  so- 
bre los  habitantes  de  Presares.  Los  presarenses,  añadie- 
ron, nunca  pagaron  más  tributo  que  lo  que  los  demás  in- 
genuos pagan  al  Rey,  hasta  que  D.  Ordoño  concedió  este 
commisso  al  monasterio  de  Sobrado.  Y  declaramos  que 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA        395 

en  este  juramento  no  hay  fraude  alguno;  y  si  somos  per- 
juros é  invocamos  falsamente  el  nombre  de  Dios,  seamos 
reos  de  lesa  Majestad  divina  y  quedemos  sujetos  ala 
"pena  caldaria. 

Apelóse,  pues,  á  esta  prueba;  nombráronse  fieles  para 
su  ejecución,  por  parte  de  Lugo  al  abad  Alfonso,  y  por 
parte  de  Sobrado  al  monje  y  presbítero  Trasuario;  y  en 
el  día  señalado  se  presentó,  para  sufrirla,  un  virtuoso 
Sacerdote  llamado  Salamiro.  Diez  piedras  sacó  Salamiro 
del  fondo  de  un  caldero  de  agua  hirviendo;  y  terminada 
la  operación,  los  dos  fieles  le  vendaron  el  brazo  y  sellaron 
las  ligaduras.  Al  cuarto  día  rompieron  los  fieles  los  sellos; 
quitaron  las  vendas,  y  apareció  el  brazo,  en  medio  del  ge- 
neral asombro,  sano  é  ileso,  sin  señal  alguna  de  quema- 
dura. En  vista  de  este  prodigio,  el  Obispo  de  Lugo  desis- 
tió de  su  demanda,  y  al  punto  firmó  la  Escritura  reco- 
nociendo la  libertad  y  exención  de  los  habitantes  de 
Presares.  Subscriben  este  curioso  Documento,  que  se  re- 
gistra en  el  Tumbo  de  Sobrado,  y  publicó  Flórez  entre  los 
Apéndices  del  tomo  XIX  de  la  España  Sagrada,  además 
de  los  Obispos  de  Lugo,  Compostela  y  Tuy,  los  fieles 
Alfonso  y  Trasuario,  el  alguacil  Fulgencio,  el  propio  Sa- 
lamiro, los  abades  Ghindesindo,  Requilán,  Pedro,  Galin- 
do  y  Manilán,  los  nobles  Froilán  Vimáraz  y  Pelayo  Me- 
néndez  y  otras  muchas  personas. 

Ahora  que  hemos  visto  con  que  celo  y  entereza  de- 
fendió San  Pedro  los  intereses  del  monasterio  de  Sobra- 
do, fácil  es  concebir  con  que  solicitud  no  miraría  por  los 
derechos  de  su  Iglesia  Catedral.  Por  consideración  á  sus 
graves  y  autorizadas  instancias,  hizo  D.  Bermudo  que 
se  devolviesen  á  la  Iglesia  de  Santiago  los  bienes  y  ha- 
ciendas de  que  había  sido  privada  en  tiempos  anterio- 


396  LIBUO  SEGUNDO 


res  (1).  Esto  quizás  principalmente  se  refiera  al  arce- 
dianato  de  Saines,  cuyos  frutos  y  obvenciones  el  Obispo 
Sisnando  II,  en  circunstancias  difíciles  y  apremiantes, 
había  distribuido  entre  los  caballeros  de  la  comarca 
para  estimularlos  con  este  aliciente  á  ser  más  vigilantes 
y  animosos  contra  las  incursiones  de  los  normandos. 
Conseguido  esto,  no  cesó  D.  Pedro  un  instante  hasta  es- 
tablecer en  su  Iglesia  una  administración  bien  organi- 
zada y  vigorosa  á  la  vez,  que  además  de  fomentar  los 
productos  de  los  bienes  eclesiásticos,  impidiese  que  éstos 
fuesen  á  parar  á  manos  extrañas,  ó  se  distrajesen  de  su 
propio  destino  (2). 

Es  de  creer  que  ya  entonces,  atendida  la  masa  con- 
siderable de  bienes  inmuebles  que  poseía  la  Iglesia,  se 
introdujesen,  si  es  que  no  estaban  introducidas  desde  los 
tiempos  de  Sisnando  I,  las  tenencias,  decanías,  honores  ó 
mandatíones,  que  eran  lotes  ó  porciones,  que  por  un  mó- 
dico canon  ó  por  ciertos  servicios,  se  adjudicaban  en  un 
principio  indistintamente  á  seglares  ó  eclesiásticos,  y 
después  exclusivamente  á  los  ministros  de  la  misma 
Iglesia. 

Respecto  de  los  Votos,  es  de  suponer  que  para  facili- 
tar su  cobranza  en  tiempos  tan  revueltos  y  tan  sujetos 
á  continuos  cambios  políticos,  celebraría  San  Pedro  con- 
cordias con  las  iglesias  y  monasterios  obligados  al  pago, 


(1)  Huius  (Petri)  ergo  sanctitate  et  religione  dominus  Rex  Veremu- 
dus,  superni  timoris  amore  interveniente,  compunctus,  quidquid  Ecclesia 
bti.  Jacobi  temporibus  omnium  Episcoporum  amiserat,  huic  reverendissimo 
viro  omnino  praecepit  restituí.  (H.  Comp.,  lib.  I,  cap.  II,  pág.  14). 

(2)  Qui  (Petrus)  honores  et  dignitates  et  familias  Ecclesiae,  et  reddi- 
tus  et  vota  et  omnem  honorem  et  bonum  statum  rectum  reduxit.  (Cronicón 
Iriense,  en  el  t.  XX  de  la  España  Sagrada,  pág.  607). 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  397 

por  ejemplo,  como  la  que  se  hizo  con  el  monasterio  de 
Samos  (1), 

La  solicitud  del  Prelado  compostelano  alcanzó  tam- 
bién á  los  monasterios  anejos  á  la  Catedral.  El  convento 
de  Monjas  de  San  Esteban  de  Boiro,  sito  en  la  ría  de 
Arosa,  había  sido  uno  de  los  quemados  y  destruidos  en 
el  año  968  al  tiempo  de  la  invasión  normanda.  Sus  bie- 
nes quedaron  casi  del  todo  abandonados  y  sin  cultivo. 
Estaba,  pues,  perdida  aquella  hacienda  y  sin  producir 
fruto  alguno.  Por  otra  parte,  San  Pedro  no  creyó  opor- 
tuno reedificar  un  convento  de  monjas  en  aquellas  cos- 
tas tan  frecuentemente  asaltadas  por  los  corsarios;  juz- 
gó más  conveniente  agregar  aquella  hacienda  á  algún 
monasterio  poderoso,  que  pudiese  guardar  y  utilizar 
aquellos  bienes  en  servicio  de  todos.  Unió,  pues,  todas 
las  tierras  que  habían  sido  de  San  Esteban  de  Boiro  al 
monasterio  de  Antealtares,  para  que  éste  pusiese  allí 
labradores  que  las  cultivasen  y  aprovechasen,  y  se  en- 
cargase del  culto  de  la  nueva  iglesia  que  con  tal  motivo 
hubo  de  construirse  (2). 

Al  mismo  monasterio  de  Antealtares,  en  25  de  Mar- 
zo de  988,  hizo  donación  de  cuantiosos  bienes  el  monje 


(1)  Por  esta  razón,  dicen  algunos  autores,  que  la  firma  del  Obispo 
Iriense  Pedro  que  aparece  en  alguna  de  las  copias  del  Privilegio  de  los  Vo- 
tos, es  de  nuestro  San  Pedro,  que  firmó  algunos  de  los  ejemplares  expedi- 
dos con  motivo  de  estas  gestiones. 

(2)  Yepes,  Coron.  gen.  de  San  Benito,  t.  IV,  pág  55. — La  anexión  se 
hizo  en  el  año  990.  Por  este  tiempo  debieron  también  agregarse  á  Ante- 
altares los  monasterios  de  San  Martín  de  Corenza  (hoy  iglesia  parroquial 
en  el  partido  de  Noya),  San  Martín  de  Ozón  (iglesia  parroquia]  en  el  dis- 
trito municipal  de  Mugía)  y  Santa  María  de  Portor,  Portus  Odorii  (iglesia 
parroquial  en  el  juzgado  de  Negreira). 


398 


LIBEO    SEGUNDO 


Leodefredo.  Ofrece  á  Dios  omnipotente,  á  Santa  María 
siempre  Virgen,  á  los  bienaventurados  Apóstoles  Pedro, 
Pablo  y  Tomás,  á  San  Pelayo  mártir  y  á  San  Nicolás 
confesor,  cuyas  reliquias  se  guardan  en  el  monasterio  de 
Antealtares,  construido  cerca  de  la  Basílica  del  Beatísi- 
mo Apóstol  Santiago,  en  la  villa  de  Compostela  (in  villa 
Cornpostella),  al  abad  Gutierre  y  á  todos  los  monjes,  la 
iglesia  de  San  Mamed,  San  Pelayo  y  San  Miguel  del 
Monte,  en  el  partido  de  Negreira,  con  los  lugares  de 
Duomes,  Suilán,  Nantón,  Trians,  Buchain,  Pazos,  etc.... 
Subscribe  la  Escritura  en  el  siguiente  modo,  el  Obispo 
D.  Pedro:  Stib  Xpisti  nomine  Petrus  iriense  et  apostolice  Seáis 
episcopus  confirmo  (lj. 

Pocos  años  después,  Suero  Rodríguez  y  Elvira  Ramí- 
rez, donaron  al  monasterio  de  Antealtares,  fundado  al 
lado  del  templo  de  Santiago  (fundatum  ad  latus  templum 
bti.  Iacobi  apostoli),  la  villa  de  Marotio  hacia  Arzúa,  y  ade- 
más varias  familias  de  siervos.  Confirmó  esta  donación 
el  Rey  D.  Bermudo,  y  subscriben  como  testigos  Velasco 


(1)  De  un  ejemplar  ya  muy  estropeado  del  siglo  XII  y  de  hermosa  le- 
tra francesa,  que  se  conserva  entre  los  Documentos  procedentes  de  San 
Martín,  en  la  Biblioteca  de  la  Universidad  de  Santiago. 

A  continuación  de  la  de  San  Pedro  está  la  firma  de  su  capellán,  el  pres- 
bítero Pedro,  en  esta  forma:  Petrus  presbyter  eius  capellanus  et  cho...  napa... 
confirmo. 

Por  este  Documento  conocemos  también  los  nombres  de  algunos  de  los 
principales  miembros  del  Clero  Catedral,  como:  Visclamundus  primicle- 
rus...,  airazco  Rapinadiz  que  et  maiordomus,  Froila  Didaci  diaconus,  Gudi- 
nus  diaconus  que  et  primiclerus,  Renamirus  Prosperis,  diaconus,  Guterus, 
Muninz,  diaconus,  Didacus  Archipresbyter,  Aloytus  Froylaz,  Petrus  albas, 
Petrus  preposiius.  Se  citan  asimismo  los  nombres  de  los  monjes  de  Anteal- 
tares, Baltario,  Sandino,  Rodrigo,  Pedro,  Geodesindo,  Argemiro,  Gulderigo 
y  Emilo,  del  anacoreta  (anagoretvs)  Pedro,  y  del  hermano  (frater)  Romari- 
go,  que  sería  seglar, 


LOS  TEES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  399 

Eneguiz,  Fromarigo  Spasandiz,  Egika  Veremuiz,  Bera 
Sandizniz,  etc....  (1). 

En  San  Martín  Pinario  introdujo  San  Pedro  una  im- 
portante mejora,  que  evitó  á  los  Monjes  graves  y  conti- 
nuas molestias .  Hallábase  este  monasterio  edificado 
fuera  del  recinto  murado  de  la  ciudad;  pero  los  Monjes 
tenían  que  concurrir  á  todas  horas  para  celebrar  los  Ofi- 
cios divinos,  ó  en  la  Catedral  ó  en  su  propia  iglesia  de 
la  Corticela.  Esto  era,  sin  duda,  muy  molesto  y  aún  pe- 
ligroso, especialmente  en  las  altas  horas  de  la  noche.  Y 

San  Pedro  prescindió  del  antiguo  oratorio  dedicado  á 

*  .  .  . 

San  Martín,  que  ya  existía  en  el  convento;  hizo  construir 

una  iglesia  más  capaz,  y  con  consentimiento  del  Cabil- 
do autorizó  á  los  Monjes  para  que  en  ella  celebrasen  to- 
dos los  Oficios  del  culto  (2).  Regía  por  entonces  esta  casa 
el  abad  Riquilano. 

Otras  muchas  oportunas  medidas  debió  tomar  San 
Pedro  para  hacer  florecer  la  Religión  y  la  piedad  en  su 
Diócesis,  que  por  otra  parte,  edificaba  con  su  ejemplo  y 
doctrina.  Mas  sus  desvelos  no  se  limitaban  al  sólo  pasto 
espiritual  de  los  fieles  que  le  estaban  encomendados; 
también  en  lo  temporal  se  manifestaba  como  una  provi- 


(1)  De  un  pergamino  que  se  guarda  en  la  Biblioteca  de  la  Universi- 
dad compostelana.  Merece  conocerse  esta  cláusula  referente  á  los  siervos,  y 
aunque  en  parte  está  ya  borrosa:  Non  damus  eis  licentiam  in  alio  loco  trans- 
ferre,  nec  vende ndi  Ínter  se  ad  invicem... 

(2)  Quia  grave  erat  monachis  ad  Sanctuin  Iacobum,  vel  ad  proprium 
titulum  Sanctae  Mariae  de  Cortecella,  cotidie  confluere,  cuidam  Potro  Epi- 
scopo,  viro  religiosísimo,  et  dominis  Sancti  Iacobi  placuit  intra  Pinarii 
claustrum  fabrican  habitaculum  Dei  parvulum  in  lionore  Sancti  Martini 
Episcopi  et  Confessoris.  (Yepes,  Coron.  gen.  de  San  Benito,  t,  IV,  Apéndice, 
núm.  XII). 


400  LIBRO    SEGUNDO 


dencia  que  se  extendía  á  todos  los  menesterosos.  Él  era 
el  padre  de  los  pobres,  el  tutor  de  los  desvalidos,  el  d  e- 
fensor  de  los  débiles  contra  las  continuas  demasías  y 
atropellos  de  los  poderosos;  y  todos  los  que  á  él  acudían, 
obtenían  benigna  y  paternal  acogida  (1). 

Frecuente  mención  se  halla  de  San  Pedro  en  los  Di- 
plomas de  aquella  época.  Aparece  su  subscripción  en  un 
Privilegio  de  Celanova  de  24  de  Diciembre  de  988  (cum 
aám'fica  Dei potentia  Petras  Iriensis  et  Apostolieae  Seáis  Epi- 
scopus);  en  otro,  concedido  también  por  D.  Bermudo  II 
en  el  año  990  al  monasterio  de  Carracedo  en  el  Bierzo; 
en  otro  del  mismo  Monarca  á  la  Santa  Iglesia  de  Lugo, 
de  1  de  Marzo  de  991  (Sió  Xpisti  nomine  Petras  Iriensis  Se- 
áis et  Seáem  Sancti  lacóbi  Apostoli  praesal,  Dei  gratia,  episco- 
pus),  etc..  No  podía  ser  de  otro  modo,  atendido  el  gran 
aprecio  que  de  él  hacía  el  Rey  D.  Bermudo,  del  cual 
era  nuestro  Obispo  principal  consejero  en  unión  con 
otros  dos  insignes  Prelados  gallegos,  Armentario  de  Du- 
mio  ó  Mondoñedo  y  San  Viliulfo  de  Tuy. 

En  24  de  Mayo  de  991,  otorgó  D.  Bermudo  á  la 
Iglesia  de  Santiago  un  notable  Privilegio,  que  publicó 
Flórez  en  el  tomo  XIX  de  la  España  Sagraáa,  pág.  379  y 
siguientes.  Después  de  un  elocuente  preámbulo,  que  pa- 
ra aquella  época  hace  honor,  sino  al  Rey  D.  Bermudo, 
al  notario  que  extendió  el  Documento,  sigue  una  exten- 
sa relación  de  los  bienes  que  ofrece  al  Santo  Apóstol  y 
al  Obispo  compostelano,  D.  Pedro.  Dona  D.  Bermudo  el 


(1)  Estoes  lo  que  viene  a  decir  en  k>3  siguientes  términos  el  Rey  Don 
Bermudo  II  en  un  Diploma  del  año  991,  de  que  luego  hablaremos:  cPetro 
Episcopo,  qui  ipsa  Sancta  Sede  populum  Dei  etgregem  clominicum  pascit  ac 
regit  carnaliter  ac  spiritualüer  f'ovet  tuelur.» 


LOS  TBES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  401 

Señorío  y  propiedad  del  valle  de  Salvatierra,  que  había 
heredado  de  su  padre  D.  Ordoño  III.  El  valle  de  Salva- 
tierra está  en  la  parte  meridional  de  Galicia.  Por  el  Sur 
lo  limita  el  Miño,  y  lo  riega  á  lo  largo  el  río  Tea.  Ya  en- 
tonces contaba  con  algunas  iglesias  y  poblaciones,  como 
la  de  Verdukgio,  la  de  Frexenedo,  las  dos  aldeas  llamadas 
Villaverde,  la  de  Santolobari  (Santa  Comba  de  Sotolobre), 
la  de  Moraría  (San  Martín  de  Moreira),  la  de  Nesperaria 
(Nespereira),  la  de  Caretello,  la  de  Bania  (Raña,  lugar 
en  San  Martín  de  Moreira),  la  de  Casal  en  San  Verísi- 
mo  de  Arcos,  la  de  Boga,  la  de  Asantei  (San  Pedro  de 
Arantei.  La  villa  principal  era  la  de  Latid  urium  ó  Laci- 
torium,  en  el  siglo  XIV  Lazoiro,  y  desde  fines  del  si- 
glo XV  Salvatierra.  Dona  también  D.  Bermudo  otras 
trece  aldeas  que  estaban  de  la  otra  parte  del  Miño  en 
Portugal;  el  commisso  ó  Condado  de  Farum  Brigantium 
con  la  ciudad  que  cerca  del  Faro  se  había  edificado  en 
los  antiguos  tiempos;  y  en  el  territorio  de  Deza,  cerca 
del  monasterio  de  Pilono,  la  aldea  de  Pastoriza  (1). 

Una  circunstancia  singular  y  especial  hay  en  este 
Privilegio;  y  es  que  D.  Bermudo  reservó  á  favor  de  Don 
Pedro,  y  mientras  él  viviese,  el  usufructo  de  todos  estos 
bienes,  aún  en  caso  de  que  el  venerable  Prelado  renun- 
ciase la  Mitra  y  se  retirase  á  algún  monasterio  (2),   pa- 


(1)  De  esto  se  infiere,  que  cuando  Dozy  dijo  (Histoire  des  musulmans 
d'Espagne,  t.  III,  pág.  200)  que  D.  Bermudo  después  de  la  pérdida  de  León, 
quedó  sólo  reducido  á  los  distritos  próximos  al  mar,  se  expresó  con  bastan- 
te exageración. 

(2)  Dum  iste  pontifex  Petrus  vivus  fuerit,   sive  in  eadem  (sede),   si  ve 

in  monasterio,  sint  illi  omnia  in  stipendio  usui  fructuario.  Post  recessum  ve 

ro  ejus,  etc. 

Termina  D.  Bermudo  esta  Escritura,  que  subscriben  San  Pedro  y  v,i- 
Túmo  II.— 26. 


402  LIBRO  SEGUNDO 


sando  después  todos  íntegramente  al  dominio  de  los  mi- 
nistros del  Templo  apostólico  y  de  los  que  en  él  se 
ocupaban  en  el  canto  de  la  divina  Salmodia. 

Dos  años  después,  el  12  de  Abril  de  993,  concedió 
D.  Bermudo  á  la  Iglesia  de  Santiago  la  villa  de  Puerto- 
marín,  en  la  margen  izquierda  del  Miño,  de  la  cual  se 
había  apoderado  con  ocasión  de  la  rebelión  de  que  ha- 
blaremos en  el  artículo  siguiente,  juntamente  con  la  de 
San  Pedro  de  Recelle. 

A  fines  del  siglo  IX,  ó  quizás  antes,  tres  matrimo- 
nios cuyos  varones  se  llamaban  Al  vito,  Cendón  y  Sige- 
redo,  se  posesionaron  de  un  terreno  abandonado,  que 
estaba  á  orillas  del  Tambre,  en  el  territorio  de  Presares. 
A  fuerza  de  perseverancia,  lo  redujeron  á  cultivo,  y 
cuando  la  tierra  comenzaba  á  pagarle  con  opimos  fru- 
tos las  fatigas  que  allí  habían  pasado,  pensaron  en  le- 
vantar una  iglesia,  que  fuese  como  la  morada  de  su 
espíritu,  ya  que  el  cuerpo  tenía  la  suya  en  los  humildes 
edificios  que  para  vivienda  habían  construido.  Dedica- 
ron la  iglesia  á  las  santas  Vírgenes  Eulalia  y  Cristina, 
en  un  lugar  abundante  en  heléchos,  y  que  por  esto  se 
llamaba  Filicosus  ó  Folgoso.  Muertos  los  tres  fundadores, 
sus  descendientes  continuaron  cultivando  aquel  lugar, 


ríos  Obispos  y  Abades,  con  esta  tierna  plegaria:  «Te  pedimos,  Santo  Padre, 
Eterno  Dios,  qne  este  pequeñísimo  don  hecho  á  tu  Apóstol  se  multiplique 
ante  vuestra  presencia,  y  que  así  como  los  de  Abel  y  Melquisedech  os  fue- 
ron tan  aceptos,  así  éste  se  nos  haga  abundante  y  pingüe  en  vuestra  santa 
presencia.» 

En  esta  Escritura  hace  mención  D.  Bermudo,  de  su  tío  el  Infante  Don 
Bermudo  (Véase  Flórez,  Mem.  de  las  Rey  ñas  CathoL,  t.  I,  pág.  97),  por 
cuyo  eterno  descanso  se  había  donado  á  la  iglesia  de  San  Torcuato  la  mitad 
de  la  villa  de  Verdulegio. 


LOS  TKES  PBIMEHOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA    403 

y  haciendo  las  mejoras  que  su  posibilidad  les  permitía. 
Ildeberto,  nieto  de  uno  de  ellos,  reedificó  y  agrandó  la 
iglesia  y  puso  en  ella  á  un  sacerdote  llamado  Oilán,  que 
celebrase  Misa  y  los  demás  Oficios  sagrados. 

Oilán  hizo  Escritura  de  satisfacer  á  D.  Pedro  las  ter- 
cias de  aquella  iglesia,  como  las  satisfacían  las  demás 
iglesias  de  la  Diócesis;  pero  muerto  Oilán,  el  presbítero 
Varginán  y  su  primo  Sigeredo,  descendientes  de  los 
fundadores,  reclamaron  contra  esta  obligación  de  Oilán, 
fundados  en  que  dicha  iglesia  era  de  propiedad  particu- 
lar,  y  que  por  lo  mismo  no  estaba  sujeta  en  esto  al  Dere- 
cho común.  San  Pedro  atendió  sus  reclamaciones;  pero 
Varginán  y  su  primo  no  pretendían  sino  que  se  les  reco- 
nociese su  derecho,  pues  hicieron  donación  al  Prelado 
de  la  iglesia  y  de  todos  sus  frutos,  con  la  condición  de 
que  todo  lo  referente  al  culto  quedase  á  cargo  de  Don 
Pedro.  Encomendaron  también  á  su  inmediato  cuidado 
la  iglesia  de  San  Miguel  de  Osoari,  que  debe  ser  la  de 
San  Miguel  de  Boimil,  y  la  de  Santiago  de  Bove  mortuo 
(Boimorto).  Al  mismo  tiempo,  la  abadesa  Odrocia  y  la 
monja  Argilona,  que  debían  ser  parientas  de  Varginán 
y  Sigeredo,  otorgaron  al  Obispo  el  lugar  de  Bartinone 
(Barcioy),  á  orillas  del  Tambre,  en  el  territorio  de  Pre- 
sares. Fechóse  la  Escritura  en  18  de  Julio  de  094  (1). 

Del  contexto  de  esta  Escritura,  y  de  lo  que  D.  Ber- 
mudo  manifiesta  en  la  donación  del  añoí)01  (2),  se  de- 
duce que  D.  Pedro  abrigaba  la  idea  de  renunciar  el 
Obispado,  y  retirarse  como  hacían  otros  muchos  Prela- 


(l)  Véanse  Apéndices  núm.  LXXX.— En  esta  Escritura  firman  los 
diáconos  Gutierre,  Arias,  Ero,  otro  Arias,  Valario,  Vistruario  y  Froilán, 
que  debían  ser  Canónigos  de  Santiago. 

(l2)     Véase  la  nota  2  de  la  pág.  401. 


404  LIBRO  SEGUNDO 


dos  en  aquella  época,  á  algún  solitario  monasterio,  en 
dónde  con  más  tranquilidad  y  sosiego,  pudiera  dedicar- 
se á  la  meditación  y  á  la  contemplación  de  las  verdades 
eternas;  pero  pronto  los  graves  sucesos  que  sobrevinie- 
ron, le  obligaron  á  desistir  de  sus  propósitos. 

La  piedad,  era  una  de  las  notas  características  de 
nuestro  Prelado.  Humilde  y  contrito  en  la  presencia  de 
Dios,  devoto  y  fervoroso  en  la  de  la  Santísima  Virgen  y 
de  los  Santos,  era  también  piadoso  y  solícito  para  con 
los  suyos,  y  en  especial  para  con  sus  padres.  Las  últimas 
palabras  del  anciano  Martín  Placencio,  tan  profunda 
impresión  habían  hecho  en  su  ánimo,  que  no  pudo  ha- 
llar sosiego  mientras  no  vio  cumplido  el  supremo  encar- 
go que  en  ellas  se  le  hacía.  Esta  gran  satisfacción  para 
su  corazón  de  hijo  amante  y  cariñoso,  le  cupo  el  1  de 
Julio  del  año  995.  Pero  antes  de  llegar  á  este  término, 
¿cuántas  ansias  y  cuántas  fatigas?  San  Pedro  había  de- 
rribado la  iglesia  vieja  de  Curtís;  la  había  reedificado 
de  nueva  planta:  con  ímprobo  trabajo  había  apeado  las 
propiedades  que  de  antiguo  poseía  la  casa;  por  compras 
ó  por  donaciones  había  adquirido  otras  muchas  hacien- 
das, y  entre  ellas,  cerca  de  la  misma  iglesia,  una  de 
tanto  valor  que  por  ella  había  pagado  en  yeguas,  caba- 
llos y  paños  cien  siclos;  había  reunido  y  arreglado  todo 
el  mobiliario,  así  de  la  iglesia,  como  de  la  casa;  y  cuan- 
do, por  fin,  lo  tenía  todo  dispuesto,  invitó  á  las  princi- 
pales personas  del  Clero  de  Galicia  y  aún  de  León  para 
que  concurriesen  á  la  gran  solemnidad  que  estaba  para 
celebrar  el  día  que  hemos  indicado,  con  motivo  de  la 
consagración  de  la  nueva  iglesia. 

Concurrieron  el  decano  de  los  Obispos  del  reino,  San 
Viliulfo    de   Tuy,    Armentario   de   Dumio,   Pelayo   de 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  405 

Lugo,  Gudesteo  de  Oviedo,  Jimeno  de  Astorga  y  Froi- 
lán  de  León;  los  abades  San  Manilán  de  Celanova,  que 
también  se  intitula  anacoreta;  Diego,  otro  Abad  anaco- 
reta; Riquilano,  Abad  de  San  Martín  de  Santiago;  Pe- 
dro, Gausendo,  Galindo,  Ildebedro,  Visterla,  Silón  y 
Rodrigo;  Pedro,  prepósito  de  Antealtares;  Teodomiro, 
prepósito  de  Soñeiro;  Palmerio,  prepósito  de  Mezonzo; 
Argesindo,  prepósito  de  Brates;  Trasuario,  prepósito  de 
Sobrado,  varios  Canónigos  de  Compostela  y  otros  mu- 
chos Presbíteros  y  Clérigos.  Veíase  también  allí  congre- 
gado el  Clero  de  las  iglesias  filiales  de  Curtís,  dedicadas 
á  Nuestra  Señora,  á  San  Pedro  y  San  Pablo,  á  San  Ci- 
priano, á  San  Martín  y  á  San  Pelayo,  el  de  otras  mu- 
chas iglesias  vecinas  y  un  inmenso  concurso  de  fieles 
atraídos  por  la  fama  de  la  gran  fiesta  que  iba  á  cele- 
brarse. Hízose  la  consagración  en  medio  del  júbilo  ge- 
neral, y  San  Pedro,  profundamente  conmovido,  firmó 
la  Escritura  de  dote,  que  como  era  de  rito,  mandó  ex- 
tender en  aquel  memorable  día.  En  ella  se  hace  relación 
de  los  vasos  sagrados,  de  las  alhajas,  de  los  libros  y  or- 
namentos dados  á  la  iglesia;  del  mobiliario,  del  ajuar  y 
del  ganado  con  que  surtió  la  casa;  y  de  las  tierras  y  po- 
sesiones que  destinó  para  sostén  y  mantenimiento  del 
culto  y  de  sus  ministros.  En  esta  Escritura  invita  á  sus 
hermanos  y  á  sus  hermanas  y  á  sus  demás  parientes 
consanguíneos,  á  habitar  en  aquella  casa,  haciendo  vida 
santa,  y  encomienda  el  gobierno  de  ella  á  su  sobrino  el 
Sacerdote  Vimara,  que  después  fué  Obispo  de  Orense, 
prohibiéndole  toda  suerte  de  enagenación. 

Antes  de  la  fecha,  hizo  estampar  San  Pedro  esta 
humilde  plegaria:  «Santos  del  Señor:  Yo,  miserable  Pe- 
dro, Obispo,  no  en  las  obras,  sino  en  el  nombre,  os  rué- 


406  LIBEO  SEGUNDO 


go,  os  suplico  que  este  vilísimo  hecho  mío  sea  estable 
ante  vuestros  ojos,  para  que  cuando  fuere  interrogado 
en  el  Tribunal  del  Señor,  aparezca  entre  los  coros  angé- 
licos, y  por  vuestra  intercesión  merezca  la  bienaventu- 
ranza el  día  de  la  resurrección,  y  que  jamás  la  muerte 
tenga  sobre  mí  poder. »  Y  al  signar  la  Escritura,  hizo 
otra  oración  no  menos  sentida  y  fervorosa. 


rl 


III 

El  restaurador 


n  1  de  Enero  de  986  ,  bien  pudo  decir 
D.  Bermudo  que  su  autoridad  era  reco- 
$^£)Á  nocida  y  respetada  en  todo  el  Reino,  y 
que  por  nadie  era  turbada  la  paz  de  que 
se  gozaba  en  todos  sus  Estados;  pero  pronto  hubo  de 
convencerse  de  cuan  aparentes  eran  aquella  tranqui- 
lidad y  aquella  calma.  Sino  en  el  mismo  año  986,  en  el 
siguiente,  estalló  en  Galicia  una  imponente  sublevación 
capitaneada  por  los  turbulentos  Magnates  Suero  Gun- 
demáriz,  Gonzalo  Menéndez,  Galindo  y  Osorio  Díaz,  los 
cuales,  á  juzgar  por  todos  los  indicios,  se  hallaban  en 
connivencia  con  el  fiero  Almanzor,  que  por  entonces 
estaba  preparándose  para  invadir  los  Estados  cristianos 
del  Occidente  de  la  Península.  Corrió  animoso  D.  Ber- 
mudo desde  León,  para  desbaratar  los  planes  de  los  re- 
beldes; los  batió  en  campo  raso;  tomó  y  arrasó  sus  casti- 


LOS  TBES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  407 

líos;  confiscó  sus  bienes,  y  los  ahuyentó  del  reino  (1).  Al- 
gunos de  los  rebeldes  fueron  á  buscar  refugio  en  los 
dominios  de  su  protector  Almanzor,  el  cual  los  acogió 
de  muy  buen  grado,  considerando  los  importantísimos 
servicios  que  podrían  prestarle  (2). 


(1)  Véase  la  cita  que  hace  Risco  (España  Sagrada,  t.  XL,  pág.  148), 
de  un  Privilegio  otorgado  por  D.  Bermudo  á  la  Santa  Iglesia  de  Lugo  en 
10  de  Septiembre  de  988.— Por  este  Privilegio  y  otros  concedidos  en  estos 
años  por  el  mismo  D.  Bermudo  á  Santiago,  Lugo  y  Celanova,  se  ve  cuanto 
hay  de  exageración  en  la  pintura  que  hace  Dozy  flíist.  des  Musulmans..., 
t.  III,  pág.  215)  del  estado  á  que  por  dicho  tiempo  se  vio  reducido  dicho 
Monarca;  y  que  lo  que  cuenta  Aben  Jaldón,  citado  por  Dozy,  (Recherches..., 
3.a  edic,  t.  I,  pág.  100-101),  más  traza  tiene  de  novela  que  de  relato  his- 
tórico. 

En  un  Privilegio  de  D.  Bermudo  III  del  año  1032  (España  Sagrada, 
t.  XL,  Apéndice  XXV),  se  refiere  que  D.  Bermudo  II  vino  á  Galicia  para 
castigar  y  domar  á  los  sublevados;  que  permaneció  muchos  días  con  este  ob- 
jeto en  Lugo,  que  después  de  muchas  batallas  sometió  á  toda  Galicia,  que 
convocó  junta  de  los  principales  gallegos  en  la  referida  ciudad  y  que  allí 
acordó  arrasar  todas  las  fortalezas  que  habían  levantado  los  rebeldes.  «In 
tempore  avii  nostri  Veremundi  Rex,  rebellaverunt  illi  Comités  Gallecie 
Suarius  Gundemariz  ceterosque  Comités,  eius  cómplices.  Pro  tale  facto 
exercitu  aggregato  venit  in  isto  opido  Luco,  ubi  multis  diebus  commoravit, 
quousque  Domini  misericordia  multis  bellis  peregit  et  provincia  ipsa  Galle- 
tie  humiliatos  iure  suo  reduxit.  Cum  autem  concilio  acto  cum  ómnibus  ha- 
bitantibus  terre  ipsius  peregit,  jussit  omnes  castros,  qui  fuerant  in  superbia 
fabricatos  ad  terram  redigere,  et  in  plano  fecit  omnes  habitare.» 

(2)  Entre  los  rebeldes  que  hallaron  seguro  asilo  á  la  sombra  de  Al- 
manzor, debemos  contar  al  Conde  Osorio  Díaz,  del  cual  una  Escritura  del 
Tumbo  de  Celanova  (lib.  II,  núm.  CXLVII),  dice,  que  después  de  rebelarse 
contra  el  Rey,  se  juntó  á  los  sarracenos  é  hizo  muchos  estragos  en  la  sierra, 
especialmente  en  la  comarca  del  referido  monasterio.  D.  Bermudo  expulsó 
de  Galicia  al  rebalde  Conde,  le  confiscó  sus  bienes,  y  de  ellos  donó  el  1  de 
Septiembre  de  993  la  villa  de  San  Pedro,  sobre  el  Sil,  al  monasterio  de  Cela- 
nova  y  á  su  abad  San  Manilano. 

Expulsado  ó  ahuyentado  de  Galicia  Osorio  Díaz,  fué  sin  duda  á  ofrecer 
sus  servicios  á  Almanzor;  y  lo  propio  debieron  de  hacer  por  entonces  el  Con- 


408  LIBRO  SEGUNDO 


Por  tales  medios,  Almanzor,  que  era  no  menos  hábil 
político,  que  consumado  guerrero,  fué  allanando  el  terre- 
no para  la  gran  empresa  que  meditaba.  La  fama  del 
Santuario  de  Santiago,  se  había  extendido  por  todos  los 
Estados  musulmanes,  no  sólo  de  España,  sino  aún  en  los 
de  Oriente;  y  los  mismos  muslimes  no  tenían  reparo  en 
comparar  la  Basílica  de  nuestro  Apóstol  por  el  gran 
concurso  de  peregrinos  que  la  visitaban,  con  su  propia 
Caba.  Engreído  Almanzor  con  sus  no  interrumpidas 
victorias,  concibió  el  audaz  proyecto  de  llevar  sus  hues- 
tes aguerridas  hasta  el  pie  de  los  muros  de  Compostela, 


de  Gonzalo  Menéndez  y  su  hijo  Rudesindo.  Estos  habían  recogido  á  tres 
siervos  de  D.  Bermudo  II  que  se  habían  fugado  y  se  negaron  á  devolverlos 
á  pesar  de  las  reiteradas  reclamaciones  del  Monarca.  Cuando  D.  Bermudo 
se  presentó  en  Galicia  para  combatir  á  los  rebeldes,  prendió  á  Rudesindo  é 
insistió  en  la  restitución  de  sus  tres  siervos.  Rudesindo  propuso  al  Rey  que 
si  lo  dejaba  en  libertad,  buscaría  á  los  siervos  y  los  pondría  á  su  disposición, 
ó  en  otro  caso  volvería  á  la  prisión.  Para  mayor  seguridad  presentó  tres 
fiadores,  Diego  Románez,  Pelayo  Menéndez  y  Cid  Díaz,  los  cuales  se  obli- 
garon á  pagar  cada  uno  200  sueldos  si  Rudesindo  dentro  del  plazo  conve- 
nido, no  traía  los  siervos,  ó  no  se  presentaba  en  la  prisión,  aunque  quedán- 
dose en  prenda  con  la  villa  de  Puertomarín  que  era  propia  del  Conde 
Gonzalo  Menéndez.  Rudesindo,  así  que  se  vio  libre,  se  puso  á  buen  recaudo, 
y  envió  á  decir  á  sus  fiadores,  que  ni  esperasen  por  él,  ni'  por  los  siervos. 
Entonces  D.  Bermudo  procedió  contra  los  fiadores,  quienes  fueron  condena- 
dos á  pagar  los  600  sueldos,  como  así  lo  hicieron  en  vasos  de  plata,  en  ca- 
ballos, en  frenos  y  en  paños.  Quedábales  la  villa  Puertomarín;  pero  conside- 
rándose acaso  poco  seguros  con  esta  prenda,  se  valieron  de  la  intercesión 
de  varios  Conde3  y  Magnates  y  obtuvieron  del  Rey  que  les  devolviese  los 
600  sueldos  en  cambio  de  la  referida  villa,  que,  D.  Bermudo,  según  hemo3 
visto  donó  á  Santiago  en  993,  juntamente  con  la  de  Recelle. 

Esta  villa  de  Puertomarín,  de  que  aquí  se  habla,  no  es  la  que  está  á  la 
derecha  del  Miño,  á  cuatro  leguas  al  Sur  de  Lugo,  sino  la  que  está  á  la  iz- 
quierda del  mismo  río,  y  que  es  como  un  arrabal  de  la  primera,  con  la  cual 
comunica  por  medio  de  un  puente, 


LOS  TRES  PHIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         409 


y  asaltar  con  ellas  aquel  templo  tan  venerado  por  los 
cristianos  de  toda  Europa.  Halagábale  la  idea  del  riquí- 
simo botín  que  allí  esperaba  recoger,  y  quizás  más  aún 
la  aureola  de  gloria  con  que,  como  resultado  de  tan 
arriesgada  empresa,  aparecería  rodeada  su  frente  entre 
todos  los  sectarios  del  Corán. 

A  principios  de  Julio  de  997  movióse,  pues,  de  Cór- 
doba, al  frente  de  numerosas  tropas,  parte  de  las  cuales, 
la  Infantería,  viajaron  por  mar  hasta  entrar  en  el  Due- 
ro, en  donde  se  unieron  con  los  que  habían  venido  por 
tierra.  Antes  de  atravesar  el  río,  se  habían  agregado  ya 
á  la  hueste  de  Almanzor,  los  Condes  gallegos  y  leoneses, 
sus  aliados,  que  tan  eficaz  ayuda  le  prestaron  en  esta 
ocasión  (1).  Realizada  felizmente  esta  primera  parte  de 
su  plan  de  campaña,  prosiguió  Almanzor  su  marcha 
sin  hallar  grave  dificultad  hasta  llegar  al  Miño.  Al  pa- 
recer, atravesó  este  río  por  cerca  de  Salvatierra,  por  un 
desfiladero  llamado  de  Tallares,  del  cual  hace  mención 
D.  Bermudo  II  en  el  Privilegio  dado  á  Santiago  en  el 
año  991.  Desde  aquí  comenzó  el  ejército  invasor  su  obra 
de  saqueo  y  destrucción.  Arrasaron  los  muros  de  la  ciu- 
dad de  Tuy,  destruyeron  y  saquearon  el  monasterio  de 
San  Cosme  y  San  Damián,  cerca  de  Bayona,  y  llegaron 
al  puente  de  Sampayo,  que  estaba  defendido  por  un 
castillo.  Poco  tiempo  pudo  detenerlos  esta  fortaleza;  la 
tomaron  por  asalto;  y  vencido   aquel  ligero  obstáculo, 


(1)  Entre  ellos  ya  no  podemos  contar  al  tamOso  Conde  Suero  Guilde* 
máriz,  el  cual  había  fallecido  en  el  año  991.  A  su  esposa  D.a  Guncina,  que 
era  de  la  familia  de  San  Rosendo,  devolvió  D.  Bermudo  II  en  10  de  Agosto 
de  994,  parte  de  los  bienes  que  había  confiscado  al  Conde  D.  Suero. 


410  LIBBO  SEGUNDO 


continuaron  avanzando  y  robando  y  talando  todo 
cuanto  hallaban  al  paso.  Desde  Sampayo  habían  adver- 
tido que  en  una  isla  próxima,  probablemente  la  de  San 
Simón,  se  hallaban  refugiados  gran  número  de  cristia- 
nos. Descubrieron  un  vado;  pasaron  á  la  isla,  y  despoja- 
ron á  los  fugitivos  de  todos  los  objetos  de  valor  que  con- 
sigo habían  llevado. 

Hablase  de  un  monasterio  dedicado  á  Santa  María, 
que  los  musulmanes  encontraron  á  su  paso  antes  de  lle- 
gar á  Iria.  Este  monasterio  de  Santa  María,  ó  sería  la 
iglesia  de  Caldas  de  igual  título,  ó  quizás  la  misma  an- 
tigua Catedral  de  Iria.  A  esta  ciudad  y  al  monasterio, 
cupo  la  misma  suerte  que  á  otras  muchas  poblaciones; 
fueron  asolados  por  orden  de  Almazor. 

¿Qué  era  lo  que  pasaba,  entre  tanto,  en  Compostela? 
San  Pedro,  que  indudablemente  procuraría  tener  aviso, 
hora  por  hora,  de  los  movimientos  del  invasor,  compren- 
dió desde  luego  que  sería  temeridad  insigne  el  esperar  á 
pie  firme  en  Compostela  á  un  enemigo  que  contaba  con 
tan  poderosos  medios  de  combate,  y  al  cual  tuvieran 
que  rendirse  ciudades  mucho  más  fuertes  y  mejor  defen- 
didas. Juzgó,  pues,  más  prudente  y  acertado  evacuar  la 
ciudad  con  todo  cuanto  de  precioso  y  digno  de  estima- 
ción en  ella  se  encerraba,  y  guarecerse  y  ocultarse  en  el 
interior  del  país,  al  abrigo  de  una  áspera  sierra,  en  don- 
de sería  más  fácil  burlar  al  enemigo,  gastar  sus  fuerzas, 
agotar  sus  recursos  y  obligarlo  á  la  retirada.  Excusado 
es  decir  que  lo  primero  que  con  toda  ansia  y  solicitud 
procuró  San  Pedro  poner  á  salvo,  fueron  las  Reliquias 
de  Santiago  y  de  sus  dos  Discípulos,  San  Teodoro  y  San 
Atanasio,  y  la  vajilla  y  demás  alhajas  de  la  Catedral. 
Lo  mismo  habían  hecho  en  León  con  los  cuerpos  de  San 


LOS  TRES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  411 

| 1 

Pelayo  y  San  Froilán,  antes  que  Almanzor  asaltase 
dicha  ciudad  (1). 

Mas  los  muslimes  seguían  avanzando,  y  el  10  ú  11 
de  Agosto  dieron  vista  á  los  muros  de  Compostela.  Se 
acercan  cautelosos,  pero  advierten  con  sorpresa  que  las 
torres  y  las  almenas  se  hallaban  desiertas,  y  que  no 
ofrecían  la  menor  señal  de  resistencia.  Penetran  en  la 
ciudad  y  notan  la  misma  quietud,  la  misma  soledad,  el 
mismo  silencio.  Se   dirigen  al  templo  del  Apóstol,  y  lo 

r 

ven  también  abierto  y  abandonado.  Únicamente  al  pie 
de  la  Tumba  de  Santiago  hallan  postrado  á  un  anciano 
Monje,  en  actitud  de  orar. 

— ¿Qué  haces  aquí?  — le  interroga  Almanzor. 

—Estoy  orando  ante  el  Sepulcro  de  Santiago  — con- 
testó el  Monje. 

— Reza  cuanto  quieras  — replicó  Almanzor. 

Y  prohibió  que  nadie  le  molestase;  y  aún  se  añade, 
que  puso  guardias  cerca  del  Sepulcro  para  impedir  cual- 
quier desmán  y  atropello  (2). 


(1)  El  cuerpo  de  San  Pelayo  fué  retirado  á  Oviedo;  el  de  San  Froilán 
al  monasterio  de  San  Juan  de  Valdecesar,  en  las  montañas  de  León  (Véase 
España  Sagrada,  t.  XXXIV,  pág.  305). — Verosímilmente  San  Pedro  ocul- 
taría las  Sagradas  Reliquias  y  el  Tesoro  de  Santiago,  ó  en  el  monasterio  de 
Sobrado,  ó  en  el  de  Curtís. 

(2)  Los  Cronistas  árabes  exornaron  el  relato  de  esta  expedición  de  Al- 
manzor con  ciertos  episodios,  en  los  cuales  parece  que  tuvo  más  parte  la  fan- 
tasía, que  la  fidelidad  histórica.  Entre  estos  episodios,  el  del  solitario  Monje 
acaso  sea  el  que  ofrezca  mayores  visos  de  probabilidad.  Quizás  echaron 
mano  de  este  rodeo,  para  poder  atribuir  á  la  magnanimidad  de  Almanzor, 
lo  que  fué  efecto  de  un  repentino  terror  y  de  un  forzado  respeto,  c Quiso 
acercarse  al  Sepulcro  del  Apóstol,  dice  el  Silense,  (España  Sagrada,  t.  XVII) 
pág.  300),  para  hacerlo  pedazos;  pero  aterrado,  retrocedió.  Ad  sepulchrum 
vero  Apostoli,  ut  illud  frungeret,  iré  disposuerat,  sed  terriíus  rediit, 


412  LIBBO  SEGUNDO 


Empero,  la  generosidad  del  fiero  caudillo  no  pasó  de 
aquí.  Como  para  vengarse  de  los  compostelanos,  por  la 
determinación  que  habían  tomado  de  abandornar  la 
ciudad,  ordenó  seguidamente  la  destrucción  de  todas  las 
casas  y  edificios.  La  Catedral  fué  arrasada  hasta  tal 
punto,  que,  según  un  autor  árabe  citado  por  Dozy  (1), 
«al  día  siguiente  no  era  posible  señalar  el  sitio  donde 
había  estado.»  Ocho  días  pasó  Almanzor  en  Compostela, 
entretenido  en  esta  obra  de  destrucción  (2).  El  Siknse  (3), 
dice,  que  arruinó  é  incendió  las  iglesias,  los  monasterios 
y  los  palacios.  Ecclesias,  monasterio,,  palatia  fregit  atque  igne 
cremavit.  Al  mismo  tiempo,  destacó  tropas  ligeras  que 
saqueasen  y  devastasen  los  pueblos  cercanos,  y  cautiva- 
sen á  sus  moradores.  Se  dice  que  algunas  de  estas  fuer- 


(1)  Hist.  des  Musulmans,..,  t.  III,  pág.  234. 

(2)  Hasta  tal  punto  no  pudo  llegar  la  destrucción  y  arrasamiento  de  la 
Catedral,  porque  no  lo  habrían  consentido  los  guardias  que  puso  Almanzor 
para  custodiar  el  Sepulcro  del  Apóstol.  Mas  verosímil,  y  aún  más  conforme 
con  lo  que  dicen  los  mismos  árabes,  es  la  versión  de  la  Composlelana,  la 
cual  asienta  que  en  efecto  los  soldados  de  Almanzor  arrasaron  la  mayor  par- 
te de  los  muros  de  la  Iglesia,  pero  que  respetaron  el  altar  del  Apóstol.  «Ma- 
jorem  partem  parietum  Bti.  Iacobi  Ecclesiae,  praeter  ejus  sanctissimum  al- 
tare, penitus  destruxerunt.»  (España  Sagrada  t.  XX,  pág.  14). — La  religiosa 
Flora,  Abadesa  del  Convento  de  Santiago  de  León,  describe  con  estos  ne- 
gros colores  la  obra  de  devastación  llevada  entonces  á  cabo  por  los  sarrace- 
nos. Sic  dedit  Mis  (Ismaelitis)  insidiator  noster,  antiquissimus  serpens,  victo- 
riam,  et  projecere  civitates  in  térra,  destruxerunt  parietes,  et  nos  posuerunt 
in  concultatione,  civitates  dimiserunt  in  pavimento;  capita  hominum  truncave- 
runt  in  gladio  percutere,  ut  non  civem,  non  vicus,  non  castellis  eis  non  reman- 
sit  ad  ejus  devastatione.  (España  Sagrada,  t.  XXXIV,  pág.  307). 

En  la  Catedral  compostelana  emplearon  también  como  elemento  destruc- 
tor el  fuego,  del  cual  en  las  excavaciones  verificadas  en  el  año  1878,  se  ha- 
llaron muy  claros  indicios,  que  no  pueden  atribuirse  á  otra  causa. 

(3)  España  Sagrada,  t.  XVII,  pág.  301 


LOS  TBES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA.  I.  COMPOSTELAKA  413 

zas  destacadas,  se  adelantaron  hasta  Sant  Manicas  (San 
Cosme  de  Mayanca  ?),  cerca  de  la  costa  del  Océano. 

Con  esto  dio  Almanzor  por  teminada  la  campaña,  y 
se  dispuso  á  dar  vuelta  para  su  patria.  Entre  las  filas  de 
sus  soldados  colocó  los  cuatro  mil  cautivos  (número  no 
muy  considerable  para  la  importancia  de  la  expedición), 
que  habían  logrado  hacer  sus  tropas.  Como  principal 
trofeo  hizo  cargar  sobre  los  hombros  de  cautivos  las 
campanas  y  las  puertas  de  la  Catedral  que  había 
mandado  reservar  al  tiempo  de  la  destrucción  de  la 
iglesia  (1). 

Del  desenlace  de  este  sangriento  drama  no  dicen 
más  los  Cronistas  árabes,  sino  que  Almanzor  al  repasar 
el  Duero,  despidió  á  los  Condes  Cristianos,  sus  aliados,  á 
los  cuales  hizo  grandes  regalos,  consistentes  principal- 
mente, en  telas  de  gran  valor,  que  desde  aquí  remitió  á 
la  Corte  una  relación  minuciosa  de  su  campaña,  y  que  al 
llegar  á  Córdoba  mandó  que  las  puertas  del  templo 
de  Santiago  se  colgasen  del  techo  de  la  mezquita,  y 
que  las  campanas  se  suspendiesen  de  manera  que  pu- 
dieran servir  de  lámparas.  Nada  más  dicen  los  Historia- 
dores árabes,  ni  de  otras  nuevas  campañas   que  haya 


(1)  No  se  dice  de  que  materia  eran  las  puertas.  Probablemente,  serían 
de  bronce  esculpido,  como  otras  que  había  en  las  principales  iglesias  de  la 
época. 

La  expedición  de  Almanzor  dejó;  como  era  natural,  profunda  huella  en 
la  memoria  de  los  compostelanos.  Al  célebre  caudillo  debieron  de  atribuir- 
se muchos  hechos  cuyo  recuerdo  después  con  el  tiempo  fué  desvaneciéndo- 
se. Entre  estos  hechos  mentaremos  el  relativo  á  la  pila  bautismal  que  aún 
se  conserva  en  la  iglesia.  Decíase  que  Almanzor  intentó  abrevar  en  ella  á 
su  caballo,  el  cual  reventó  en  castigo  de  la  soberbia  y  del  sacrilego  arrojo 
de  su  dueño.  Ambrosio  de  Morales  en  su  Viaje  Santo,  hace  memoria  de  esta 
tradición. 


414  ,  LIBRO  SEGUNDO 


emprendido  Almanzor  después  de  ésta,  y  antes  de  la  en 
que  miserablemente  perdió  la  vida  (1).  Este  silencio  es 
significativo;  y  tiene  su  explicación  en  lo  que  afirman 
tanto  la  Compostélana,  como  el  Silense.  La  primera  dice, 
no  queriendo  el  Apóstol  Santiago  que  quedasen  impu- 
nes los  ultrajes  y  destrozos  hechos  en  su  iglesia,  con  tal 
peste  hirió  á  los  Sarracenos,  que  la  mayor  parte  pere- 
cieron en  el  camino  y  pocos  llegaron  á  su  tierra  (2).  El 
Silense,  por  su  parte,  asienta  que  no  olvidado  el  Rey  del 
Cielo  de  su  misericordia,  castigó  duramente  á  sus  enemi- 
gos, que  desde  entonces  fueron  falleciendo  repentina- 
mente y  quedando  reducidos  á  la  impotencia  (3).  Mas 
las  fuerzas  de  Almanzor,  no  sólo  quedaron  quebranta- 
das físicamente,  sino  también  moralm ente.  «¡Veinte  mil 
hombres  cuento  entre  las  filas  de  mi  ejército,  exclamaba 
él  en  su  última  campaña  del  año  1002,  aquejado  por 
una  desconocida  enfermedad  que  le  hacía  padecer  ho- 
rriblemente, y  ninguno  entre  ellos  es  tan  desgraciado 
como  yo!»  (4). 

No  nos  detendremos  aquí  en  las  circunstancias  de  la 
célebre  batalla  de  Catalañazor,  de  la  cual  dice  en  resu- 


(1)  Almanzor  falleció  el  27  de  Ramadán,  del  año  de  la  Egira  392 
(20  Noviembre  1001-10  Noviembre  1002).  Véase  Codera,  Boletín  de  la  Real 
Academia  de  la  Historia,  t.  XXXII,  pág.  101. 

(2)  Igitur  beatissimus  Iacobus  volens,  ne  ab  Ecclesia  sua  quam  ipsi 
(Saraceni)  tantae  superbiae  calce  oppresserant,  impune  evaderent,  tanto  di- 
senteriae  morbo  eos  percussit,  quod  mortuis  eorum  quampluribus,  perpau- 
ci  ad  propria  redierunt.  (Esparta  Sagrada,  t.  XX,  pág.  14). 

(3)  Rex  caelestis  memorans  misericordiae  suae,  ultionein  fecit  de  ini- 
micis  suis.  Morte  quidem  subitánea  et  gladio,  ipsa  gens  Agarenorum  caepit 
interire,  et  ad  nihilum  quotidie  pervenire.  (España  Sagrada,  t.  XVII, 
pág.  301) 

(4)  Dozy,  Hist.  des  Musulmans  d'Espagne,  t.  III,  pág.  239. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  415 

men  Dozy  (1),  con  gusto  y  desenfado  propios  de  Voltai- 
re,  que  fué  una  invención  sugerida  por  el  deseo  de  justi- 
ficar á  la  Providencia  y  de  absolverla  de  la  falta  de  haber 
dejado  sin  condigno  castigo  las  horribles  profanaciones 
cometidas  por  las  huestes  de  Almanzor  en  los  templos 
cristianos,  y  en  especial  en  el  de  Santiago.  Pero,  ¿cómo 
pudo  Dozy  concebir  esta  aprensión  del  apuro  y  embara- 
zo en  que  debieron  de  verse  los  cristianos,  para  explicar 
la  extraña  impunidad  de  los  sectarios  de  Mahoma?  ¿No 
nos  dice  él  mismo  (2),  que  Almanzor,  tocado  de  un  mal 
desconocido  y  padeciendo  horriblemente,  se  proclamaba 
el  más  desdichado  de  sus  subditos?  ¿No  pondera  (3)  el 
cambio  inesperado  que  en  brevísimo  tiempo  sufrieron 
las  relaciones  de  las  dos  partes  beligerantes,  de  modo 
que  los  que  antes  daban  leyes  á  los  Príncipes  cristianos 
se  vieron  forzados  á  recibirlas  de  un  Conde  de  Castilla? 
¿No  nos  recuerda  (4)  que  el  hijo  de  Almanzor,  Abdelmi- 
lic,  que  ya  por  sus  hechos  tenía  demostrado  que  here- 
dara los  talentos  de  su  padre,  murió  en  el  año  1008,  en 
la  flor  de  su  edad?  ¿No  se  lamenta  (5)  de  que  la  soberbia 
Córdoba,  aquella  ciudad  que  por  tantos  años  había  lan- 
zado impetuosos  escuadrones  para  sembrar  la  desolación 
y  la  muerte  en  los  Estados  cristianos,  en  el  espacio  de 
seis  meses  (1009-1010),  se  hubiese  visto  hollada  y  saquea- 
da por  las  huestes  del  Conde  Sancho  de  Castilla  y  por 
las  de  los  Condes  Raimundo  de  Barcelona  y  Armengol 
de  Urgel,  y  devastada  por  las  hordas  de  los  berberiscos? 


(1)  Recherches...,  t.  I,  pág.  20  y  199. 

(2)  Recherches...,  1. 1,  pág.  194. —Histoirc...,  t,  III,  pág.  239. 

(3)  Histoire...,  t.  III,  pág.  291. 

(4)  Histoire...,  t.  III,  pág.  268. 

(5)  Histoire...,  t.  III,  pág.  296  y  siguientes. 


416  LIBRO  SEGUNDO 


¿No  reconoce  (1)  que  desde  esta  fecha  el  Califato  de 
Córdoba  comenzó  á  caer  á  pedazos  y  quedó  reducido  á 
la  más  completa  impotencia,  que  era  justamente  lo  que 
había  dicho  el  Monje  de  Silos?  ¡Y  todo  esto  en  trece 
años,  que  no  son  gran  cosa  en  el  reloj  de  la  Providen- 
cia!  ¿O  pretendería  aún  Dozy  mayores  y  más  ejemplares 
castigos?  Creemos  que  para  la  escena  del  mundo,  los  re- 
feridos son  suficientes  (2). 

Por  las  noticias  que  San  Pedro  tenía  de  los  destrozos 
causados  por  los  soldados  de  Almanzor  en  León  y  en 
otras  ciudades,  ya  podría  formarse  idea  de  lo  que  ha- 
brían hecho  en  Compostela  aquellos  feroces  enemigos 
del  nombre  cristiano,  que  con  tanto  empeño  tomaran 
esta  expedición;  pero  la  realidad,  la  triste  realidad  so- 
brepujó acaso  todo  cuanto  él  se  había  imaginado.  ¡Ver 
convertidos  en  montones  de  humeantes  ruinas,  ó  cómo 
edificios  devorados  por  las  llamas,  su  antiguo  monasterio 
de  Antealtares,  el  de  Pinario,  el  de  Afora,  todos  los  edi- 
ficios de  Santiago,  y  hasta  el  mismo  templo  del  Apóstol, 
objeto  de  veneración  para  todos  los  pueblos  cristianos, 
debió  ser  para  su  corazón  magnánimo  y  profundamente 


(1)  Histoire...,  t.  III,  pág.  304. 

(2)  Si  Dozy  hubiera  leído  con  algún  detenimiento,  un  Privilegio  de 
D.  Bermudo  II  que  está  en  Yepes,  poco  antes  del  que  cita  en  la  nota  de  la 
pág.  99,  t.  I,  3.a  edic,  de  sus  Recherches,  vería  el  ningún  apuro  en  que  se 
vieron  los  cristianos  para  justificar  á  la  Providencia  de  la  supuesta  impu- 
nidad de  los  musulmanes.  Léase  si  no  el  bellísimo  preámbulo  de  dicho  Pri- 
vilegio fechado  catorce  meses  después  de  la  destrucción  de  Compostela,  en 
el  cual  preámbulo  D.  Bermudo  invita  á  todas  las  criaturas,  incluso  las  an- 
gélicas, á  dar  gracias  á  la  Divina  Providencia  por  los  beneficios  que  le  ha- 
bía hecho.  ¿No  podría  contarse  entre  estos  beneficios  el  de  ver  á  sus  enemi- 
gos heridos  de  la  peste  que  dicen  los  Cronistas,  y  el  de  poder  fatigarlos  y 
perseguirlos  en  su  desastrosa  retirada? 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  417 

religioso,  un  espectáculo  desolante  y  desgarrador!  Pero 
ya  lo  hemos  dicho;  el  Prelado  compostelano  abrigaba  en 
su  seno  un  corazón  tan  grande,  como  era  inmensa  la 
catástrofe  que  registraba  con  sus  ojos,  y  lejos  de  abatir- 
se y  anonadarse,  con  la  misma  actividad  que  habían 
empleado  los  moros  en  destruir,  emprendió  él  la  restau- 
ración y  reedificación  de  las  iglesias,  de  los  monasterios, 
y  de  todos  los  demás  edificios  públicos  de  Santiago. 
Prestóle  gran  auxilio  en  esta  penosísima  tarea  el  Rey 
D.  Bermudo,  que  vino  exprofeso  á  Santiago  para  reco- 
nocer por  sí  mismo  el  estado  de  la  ciudad,  y  levantarla 
de  sus  ruinas  (1).  Este  mismo  hecho  bien  á  las  claras  da 
á  entender,  que  las  huestes  de  Almanzor  debieron  que- 
dar bien  escarmentadas,  y  que  por  entonces  nada  había 
que  temer  de  la  osadía  del  feroz  caudillo. 

Los  trabajos  de  San  Pedro  en  la  Basílica  del  Após- 
tol, y  esto  era  lo  natural  en  aquellas  circunstancias,  se 
limitaron  á  levantar  las  derribadas  paredes,  y  á  restituir 
el  edificio,  prescindiendo  de  insignificantes  detalles,  á  la 
forma  precisa  que  tenía  antes,  sin  alterar  en  nada  su 
antigua  planta.  Sin  embargo,  el  templo,  dada  la  premu- 
ra con  que  fué  reconstruido,  no  podía  presentar,  máxi- 
me en  las  portadas,  la  belleza  y  magnificencia  que  os- 
tentaba antes.  Los  mármoles  que  decoraban  las  fachadas 
occidental  y  septentrional,  debieron  desaparecer  calci- 
nados por  la  acción  del  fuego.  En  su  lugar  se  colocaron 


(1)  Rex  igitur  (Veremundus)  superni  amoris  stimulo  excitatus,  in  hanc 
urbem  curiosa  intentione  venit,  et  hujus  Apostoli  ecclesiara,  quam  dirutam 
invenit,  cura  eodem  episcopo  domino  Petro,  Deo  adjuvante,  restauravit. 
(Hist.  Gomp.,  lib.  I,  cap.  II). 

Rex  vero  Veremundus  a  Domino  adjutus  coepit  restaurare  ipsum  locum 
in  melius.  (Cron.  Silense,  en  la  España  Sagrada,  t.  XVII,  pág.  309). 
Tomo  II—  27. 


418  LIBBO    SEGUNDO 


otros  capiteles  y  esculturas  labradas  en  granito;  una  de 
las  cuales  debió  de  ser  el  relieve  que  representa  la  bata- 
lla de  Clavijo,  y  que  hoy  se  conserva  embutido  en  uno 
de  los  muros  del  brazo  meridional  del  crucero  (1).  La 
obra  no  debió  durar  mucho  tiempo;  y  supuesta  la  acti- 
vidad que  San  Pedro  imprimió  á  los  trabajos,  quizás 
estaría  terminada  á  fines  del  año  998. 

El  abad  de  Antealtares  Gutierre,  (si  no  le  había  su- 
cedido ya  Ariano,  de  quien  se  hace  mención  en  un  Do- 
cumento de  Lugo  del  año  1005),  y  el  de  San  Martín, 
Riquilano,  emprendieron  á  la  vez  la  restauración  de  sus 
respectivas  iglesias  y  monasterios.  El  Cabildo,  por  su 
parte,  activó  también  la  reparación  de  la  Canónica  y  de 
las  dependencias  anexas;  y  todos  los  compostela,nos,  á 
no  dudarlo,  rivalizarían  en  celo  y  laboriosidad  para  re- 
edificar sus  moradas  y  los  establecimientos  en  que  ejer- 
cían su  industria  (2).  Con  esto,  Compostela  recobró  en 
breve  plazo  su  habitual  fisonomía,  y  pronto  continuó 
siendo,  como  hasta  entonces,  fuente  copiosa  de  espiritual 
regeneración,  y  lugar  de  abocamiento  para  todos  los 
pueblos  cristianos. 

El  proveer  á  la  Catedral  y  á  las  demás  iglesias  de  la 
ciudad,  del  mobiliario,  vajilla  é  indumentaria  necesarios, 
no  fué  difícil  á  San  Pedro.  Para  ello  no  tuvo  más  que 
devolver  á  Compostela  lo  que  se  había  sacado  y  oculta- 


(1)  Véase  pág.  107. 

(2)  La  destrucción  de  Santiago  no  debió  de  ser  tan  total,  como  pudiera 
creerse.  Durante  los  ocho  días  que  Almanzor  permaneció  en  nuestra  ciudad, 
necesitó  locales  para  alojar  sus  tropas,  y  para  tal  objeto  destinaría  la  Canó- 
nica, los  monasterios,  las  alberguerías,  etc..  Es  de  creer  que  hasta  el  mo- 
mento de  abandonar  la  ciudad,  los  muslimes  no  se  preocupasen  del  incendio 
de  dichos  edificios. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  419 

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do  al  tiempo  de  la  invasión,  y  colocarlo  en  su  propio  lu- 
gar tan  pronto  como  las  obras  de  fábrica  estuvieron 
concluidas.  Escena  tiernísima  y  conmovedora  debió  es- 
tar la  de  restituir  las  Reliquias  de  Santiago  y  sus  dos 
Discípulos  á  sus  respectivos  sepulcros;  la  cual  tendría  lu- 
gar  juntamente  con  la  reconciliación  de  la  Iglesia.  A 
esta  solemnidad,  sin  duda  asistió  el  Rey  D.  Bermudo,  al 
cual  tanta  parte  atribuyen  en  la  reedificación  de  la  Ba- 
sílica, así  la  Compostelana,  como  el  Silense.  Y  aun  es  de 
suponer  que  tanto  él,  como  su  esposa  D.a  Elvira,  ofre- 
ciesen al  Santo  Apóstol,  como  era  costumbre  en  tales 
casos,  algunas  alhajas  ó  dones  preciosos  (1). 

Terminada  la  restauración  de  la  Iglesia  y  ciudad 
compostelanas,  San  Pedro  concurrió  á  la  del  monasterio 
de  San  Lorenzo  de  Carboeiro,  que  D.  Bermudo  II  confió 
por  un  Diploma  publicado  por  el  P.  Yepes,  en  el  tomo  V 
de  su  Coránica y  al  presbíteix)  Anscario  y  al  monje  Tra- 
suario.  San  Pedro  subscribe  así  el  documento  que  se 
otorgó  en  5  de  Enero  de  999:  Súb  pondas  timoris  Domini 
Pctnis  -iriensis  et  apostolice  Sedis  episcopus,  confirmo. 

Estas  graves  ocupaciones,  aunque  penosas  y  moles- 
tas, las  sobrellevaría  San  Pedro  con  gusto,  como  tan  con- 
formes con  sus  inclinaciones  y  los  deseos  de  su  corazón. 
En  este  mismo  año  de  999  se  le  ofreció  otra  más  enojosa, 


(1)  En  un  privilegio  fechado  en  1  de  Marzo  de  1028,  la  infanta  Doña 
Teresa,  hija  de  D.  Bermudo  y  D.a  Elvira,  hace  mención  de  una  alaiara,  ó 
alhaiara  valde  mirifica  (*),  que  su  madre  había  ofrecido  á  la  Iglesia  de  San- 
tiago. Quizás  este  donativo  fuese  hecho  al  tiempo  de  la  consagración  del 
templo  apostólico. 

(')  La  alaiara  ó  alhaiara  6 alagara,  debía  de  ser  ana  cortina.  En  La  Escritura  <!•■  fundación 
del  monasterio  de  Santa  María  en  León,  año  1042,  (véase  España  Sagrada,  b.  X  XX  VI,  \  pón- 
dice  XX),  entre  las  alhajas  y  prendas  oon  que  se.dotó  la  iglesia,  se  dloe;  temp  o 

ara  xna  grecisca. 


420  LIBRO  SEGUNDO 


en  que  estaba  altamente  interesada  la  hacienda  de  su 
Iglesia.  Era  derecho  consuetudinario  en  la  tierra  de 
Santiago,  que  los  siervos  nacidos  de  matrimonios  mix- 
tos, es  decir,  de  matrimonios  en  los  cuales  uno  de  los 
cónyuges  pertenecía  á  dominio  distinto  de  el  de  la  Igle- 
sia, se  dividiesen  por  mitad  entre  la  Iglesia  y  el  señor  á 
quien  pertenecía  uno  de  los  cónyuges.  Por  esto  tales 
siervos  se  llamaban  incommuniatos  ó  mancomunados,  por 
más  que  la  madre,  mientras  viviese  el  marido,  seguía 
siempre  la  condición  y  señorío  de  éste.  Por  este  tiempo 
un  señor  llamado  Vigila  ó  Vela,  que  había  heredado 
algunos  siervos  casados  en  el  coto  de  Santiago,  reclamó 
como  exclusivamente  suyos  á  todos  los  hijos  nacidos  de 
tales  matrimonios.  Opúsose  San  Pedro  á  esta  pretensión 
que  cedía  en  perjuicio  de  los  derechos  de  su  Iglesia,  y 
llevó  el  asunto  al  inmediato  conocimiento  del  Rey  Don 
Bermudo,  el  cual  á  la  sazón  se  hallaba  en  Santiago,  y 
con  su  Consejo  sentenció,  que  los  nacidos  de  tales 
matrimonios  perteneciesen  por  mitad  á  Vigila  y  á  la 
Iglesia  del  Apóstol.  En  virtud  de  esta  sentencia,  que  se 
dictó  el  22  de  Junio  de  999  (1),  fué  adjudicado  á  Santia- 
go Sidiges,  y  á  Vigila  Honorico,  nacidos  ambos  del  ma- 
trimonio de  Grogio,  siervo  de  la  Iglesia  iriense,  con  Sin- 
dilona,  sierva  de  la  casa  de  Vigila. 

A  esta  época  debe  referirse  la  donación,  que  D.  Ber- 
mudo hizo  á  Santiago  de  unos  siervos  en  el  Condado  de 
Camota,  á  saber,  Trasmiro  y  sus  cuatro  hijos  Gronzalo, 
Vimaredo,  Benedicto  y  Gudigeva.  La  donación  la  hizo 
el   Rey   verbal,    pero   con   la   intención   de   revalidar- 


(1)     Véanse  Apéndices,  núm.  LXXXL 


• 


LOS  TBES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  421 

la  oportunamente  por  escrito.  Mas  esto  no  pudo  efec- 
tuarse, porque  teniendo  D.  Bermudo  que  ausentarse  de 
Galicia,  le  sorprendió  la  muerte  en  el  Bierzo,  el  5  de 
Septiembre  del  mismo  año  999  (1).  No  obstante,  lo  que 
no  hizo  D.  Bermudo,  lo  efectuó  su  hijo  D.  Alfonso  en  el 
año  1011  (2). 

A  juzgar  por  las  circunstancias  en  que  se  hallaba  el 
reino,  la  muerte  inopinada  de  D.  Bermudo  podía  consi- 
derarse como  una  verdadera  catástrofe.  El  Monarca  di- 
funto dejaba  varios  hijos  bastardos;  pero  el  legítimo, 
D.  Alfonso  V,  sólo  contaba  cinco  años,  y  se  criaba  en 
casa  del  Magnate  gallego,  D.  Menendo  González.  Lo  que 
en  aquel  apurado  trance  acordaron  los  leales  servidores 
de  D.  Bermudo,  fué  llevar  sin  pérdida  de  tiempo  á  León 
al  tierno  Príncipe,  y  allí  ungirlo  y  coronarlo  como  Rey 
y  señor  de  los  Estados  cristianos  del  Noroeste  de  Espa- 
ña. Uno  de  los  que  acompañaron  á  D.  Alfonso  en  su 
precipitado  viaje,  fué,  sin  duda,  el  Prelado  compostela- 
no,  el  cual  subscribe  el  primero  entre  los  Obispos,  un 
Privilegio  que  el  nuevo  Monarca  otorgó  á  la  Catedral 
de  León  el  13  de  Octubre  del  mismo  año  999,  probable- 
mente al  tiempo  de  ser  ungido  y  coronado  (3).  Es  muy 
verosímil  que  en  la  ceremonia  de  la  unción  y  corona- 
ción, tuviese  la  parte  principal  nuestro  Obispo  de  la  Se- 
de Apostólica. 


(1)  Esta  es  la  fecha  de  un  pequeño  Cronicón  escrito  con  letras  de  oro 
sobre  púrpura  en  el  Salterio  de  Fernando  I,  que  posee  la  Universidad  coni- 
postelana.   (Véanse  Apéndices,  núm.  XCII). 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXXIV. 

(3)  España  Sagrada,  t.  XXXV,  pág.  4  y  t.  XXXVI,  Apéndice  II. 


422 


LIBBO  SEGUNDO 


IV 


Últimos  hechos  de  San  Pedro  de  Mezonzo 


cíoso  nos  parece  consignar,  que  hasta 
ahora  había  sufrido  San  Pedro  con  inde- 
cible valor  y  entereza  y  paciencia  inalte- 
rables, las  persecuciones  de  los  enemigos 
declarados;  faltábale  otra  prueba  para  que  su  virtud  re- 
saltase cada  vez  más  acrisolada:  la  persecución  de  los 
enemigos  encubiertos.  Algunos  nobles  ambiciosos,  viendo 
tal  vez  privado  á  nuestro  Santo  del  apoyo  y  amistad  de 
D.  Bermudo  II,  juzgaron  que  podían  disputarle  con  es- 
peranza de  éxito  su  puesto,  y  molestarle  y  afligirle  hasta 
conseguir  su  renuncia  ó  deposición.  He  aquí  como  Ye- 
pes  (1)  expone  estos  sucesos  de  la  vida  de  San  Pedro: 
«Acostumbra  Dios  dar  trabajos  á  los  justos  para  mayor 
merecimiento  suyo,  y  allende  de  los  males  (que  hemos 
visto)  que  hizieron  los  moros  en  Santiago,  que  afligieron 
mucho  a  este  santo  Prelado,  le  fué  también  cosa  muy 
penosa  sufrir  las  insolencias  de  dos  hermanos,  el  vno 
llamado  Pelagio  Diaz  y  otro  Sumarra  (Vimara?)  Diaz; 
vnos  los  llaman  potestades  del  Reyno,  que  deuian  ser 
juezes  en  cosas  temporales;  otros  los  hazen  pretensores 
del  Obispado;  sea  lo  que  fuere,  ello  es  cierto,  que  estos 
hombres  poderosos  causaron  muchas  inquietudes  y  sedi- 


(*)     Inicial  del  Salterio  de  D.  Fernando  I. 

(1)     Coránica  general  de  la  Orden  de  San  Benito,  t.  V,  fol.  217  vuelto, 


LOS  TBES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         423 

ciones,  de  las  quales  nuestro  Señor  libró  al  santo  Obispo, 
y  en  ellas  fué  favorecido  de  los  caualleros  del  Reyno, 
que  por  estar  tan  bien  quisto  con  ellos,  le  defendieron 
destos  hermanos  que  le  querían  molestar;  y  asi  salió  con 
victoria  y  mejorado  con  los  pleitos  y  competencias  que 
con  ellos  tuuo»  (1).  Estos  triunfos  no  engreían  á  San 
Pedro,  antes  lo  hacían  más  humilde,  y  lo  estrechaban  á 
reconocerse  más  obligado  á  la  Divina  Clemencia. 

A  pesar  de  su  avanzada  edad,  no  rehusaba  el  pres- 
tar su  cooperación  siempre  que  fuese  requerido,  y  así  lo 
exigiesen  el  bien  público,  ó  la  utilidad  de  la  Iglesia. 
En  10  de  Marzo  del  año  1000,  aún  le  hallamos  en  tierra 
de  León;  pues  en  dicha  fecha  confirmó  una  donación 
hecha  por  el  abad  Salvato  al  monasterio  de  San  Cipria- 


(1)  Sobre  este  pasaje  dice  el  P.  Flórez  (España  Sagrada,  t.  XIX,  pági- 
na 184),  que  no  descubre  prueba  de  lo  que  refiere  Yepes,  pues  éste  no  cita 
más  que  á  la  Compostelana,  en  la  cual  no  hay  tal  cosa.  Este  es  uno  de  los 
yerros  en  que  incurrió  el  P.  Flórez  al  escribir  la  vida  de  San  Pedro.  El 
P.  Yepes  después  de  presentar  en  compendio  la  vida  de  nuestro  Santo,  di- 
ce: «Algunas  de  las  cosas  que  aquí  se  han  referido,  son  sacadas  de  la  His- 
toria compostelana.  >  Ahora,  el  pretender  por  estas  palabras,  como  hace  Fló- 
rez, que  el  P.  Yepes  haya  dicho  que  también  sacó  de  la  Compostelana  la 
especie  de  la  persecución,  es  completamente  arbitrario.  El  verídico  y  dili- 
gente Cronista  benedictino  manejó  muchísimos  de  los  Documentos  de  San 
Martín  y  Antealtares,  y  allí  halló  sin  duda  noticia  de  los  sucesos  que  narra 
con  tanta  seguridad.  Y  en  cuanto  á  lo  que  añade  Flórez,  que  la  Compostelana 
al  hablar  de  los  inmediatos  sucesores  de  San  Pedro,  Pelayo  Díaz  y  Vimara 
Díaz,  nada  dice  de  que  se  hayan  mezclado  con  el  Santo,  bueno  sería  que  el 
Autor  de  la  España  Sagrada,  parase  mientes  en  aquellas  palabras  de  la  Com- 
postelana, al  tratar  de  D.  Pelayo  Díaz;  Temporali  potestati  subnixus  pastora- 
lis  curae  dignitatem  post  eum  usurpavit;  que  no  dejan  de  ser  significativas. 

Mariana  debió  tener  noticia  de  este  Documento  á  juzgar  por  lo  que  dice 
en  el  lib.  VIII,  cap.  VIII,  de  la  Historia  de  España:  «A  Pedro  sucedió  en 
aquella  iglesia  Pelayo  Diaz,  de  Juez  seglar  repentinamente  mudado  en 
Obispo  por  malas  mañas  y  fuerza  de  que  usó.» 


424  LIBBO  SEGUNDO 


no  de  Valdesalce,  cerca  de  Valencia  de  D.  Juan  (1).  En 
tierra  de  León  perseveraba  en  13  de  Julio  y  en  12  de 
Noviembre  del  mismo  año,  según  se  ve  en  los  Apéndi- 
ces IV  y  V  del  tomo  XXXVI  de  la  España  Sagrada.  Sin 
duda  se  retiró  á  aquellos  lugares,  para  evitar  las  per- 
secuciones de  los  que  en  Galicia  se  habían  levantado 
contra  él  (2). 

El  Tumbo  de  Sobrado,  que  es  un  rico  venero  del  que 
pueden  extraerse  muchas  y  muy  interesantes  noticias, 
en  el  tomo  I,  folio  52,  nos  suministra  una  de  las  últimas 
que  se  conservan  de  San  Pedro,  con -motivo  de  una 
cuestión  que  sostenía  dicho  convento  con  el  caballero 
Lúcido  Quiriáquiz,  el  cual  traía  usurpada,  desde  hacía 
veinte  años,  la  aldea  de  Bidualdo.  Vióse  el  pleito  en  una 
gran  Junta  presidida  por  el  Conde  Gonzalo  Menéndez, 


(1)  España  Sagrada,  t.  XXXV,  pág.  5,  y  t.  XXXVI,  Apéndice  III. 

(2)  El  15  de  Agosto  de  este  mismo  año,  firmó  San  Pedro  otro  Di- 
ploma que  se  halla  registrado  en  el  tomo  I,  núm.  CXXX,  del  Tumbo  de  So- 
brado. No  se  dice  dónde  haya  sido  redactado  el  Documento,  acaso  lo  haya 
sido  en  León,  si  es  que  San  Pedro  no  vino  á  Galicia  en  el  intermedio  de  Ju- 
lio á  Noviembre.  Viene  á  ser  una  Carta  de  ingenuidad  ó  completa  libertad 
que  la  monja  D.a  Teresa,  sobrina  de  San  Rosendo,  expide  á  treinta  y  ocho 
familias  de  libertos  que  moraban  en  el  Condado  Presares  y  en  el  valle  de 
Gr  i  jaiba.  Los  absuelve  "ab  omni  nexu  libertatis,  et  in  aulam  ingenuitatis 
permanere  iubemus...  ita  ut,  ubi  volueritis,  vivendi,  iendi,  manendi,  largique 
fovendi  vitam  vestram...  vobis  a  Deo  et  nobis  concessa  licentia  et  potestas.  Et 
propter  confirmandam  aulam  ingenuitatis  vestre,  damus  atque  concedimus  vo- 
bis omnepeculium  vel  ganatum,  quantum  habere  videmini  simul  hereditas  ve- 
stra.  Et  ad  die  Sce.  Marie  pro  memoria  in  domo  Domini  cereum  et  oblationem 
offeraiis,  vel  bucellam  pauperibus  tribuatis  quantum  iure  habueritis," 

San  Pedro  subscribe  así:  Sub  pondus  timoris  Domini  Petrus  Irievsis  Se- 
dis  confirmans.  Después  de  San  Pedro,  subscriben  los  Obispos  Armentario 
de  Dumio,  Pelayo  de  Lugo  y  San  Viliulfo  de  Tuy.  Firma  también  una  Gel- 
vira  Xpisti  ancilla,  que  acaso  sea  la  viuda  de  D.  Bermudo  II, 


LOS  TBES  PEIMEBOS  SIGLOS  DK  LA  I.  COMPOSTELANÁ  425 

á  la  que  asistieron  los  caballeros  Gudesteo  Díaz,  Arias 
Pepiz  y  Froila  Gutiérrez,  los  abades  Bermudo,  Alfonso, 
Manilán  y  Visterlán,  y  otras  muchas  personas;  y  allí  se- 
ñalóse plazo  para  la  prueba.  Al  día  señalado,  en  la  igle- 
sia de  San  Cristóbal  de  Pezobre,  á  tres  leguas  y  media 
de  Arzúa,  se  reunieron  de  nuevo  todos  los  jueces,  jun- 
tamente con  el  Prelado  compostelano  y  la  Condesa 
D.a  Aragonta.  Trasarico  Sendíniz,  que  era  el  procurador 
del  monasterio,  y  el  diácono  Gutierre  Muñiz,  descen- 
diente de  los  fundadores  y  probablemente  Canónigo  de 
Santiago,  presentaron  nada  menos  que  doscientos  veinte 
testigos,  todos  contestes  en  favor  de  Sobrado.  Con  esto, 
á  Lúcido  no  le  quedó  más  recurso  que  postrarse  de  rodi- 
llas ante  los  jueces,  é  implorar  misericordia.  Y  en  efecto, 
la  obtuvo;  pues  aunque  el  Tribunal  sentenció  en  favor 
de  Sobrado,  benignamente  le  otorgó  durante  su  vida  la 
tercera  parte  de  los  frutos  de  la  aldea  en  cuestión.  Dio- 
se  la  sentencia,  que  firma  San  Pedro  con  título  de  Obispo 
Iriense  de  la  Sede  Apostólica,  el  5  de  Junio  de  1001. 

En  la  última  Escritura  que  nos  queda  referente  á 
San  Pedro,  otorgada  el  8  de  Julio  de  1001,  se  hace 
mención  del  atropello  y  usurpación  que  á  la  muerte  de 
D.  Bermudo  II  intentaron  hacer  varios  hombres  malva- 
dos en  algunos  de  los  bienes  y  haciendas  que  dicho  Mo- 
narca, en  diversas  ocasiones,  había  cedido  á  nuestro 
Obispo,  para  que  con  sus  productos  pudiese  atender  á 
las  necesidades  de  los  monasterios,  de  cuya  administra- 
ción se  hallaba  él  encargado.  En  estas  donaciones,  esta- 
ban incluidas  veinte  familias  de  siervos  que  habitaban 
en  los  lugares  de  Corneda  y  Juvencos,  en  tierra  de  Cas- 
tela  y  cerca  del  Miño.  Fallecido  D.  Bermudo,  algunos 
caballeros  poderosos  trataron  de  enseñorearse  de  dichos 


426 


LIBEO  SEGUNDO 


siervos,  y  de  sujetarlos  á  su  servicio.  De  ello  se  quejó  San 
Pedro  á  la  Reina  viuda  D.a  Elvira,  la  cual  acogió  be- 


i'S:  *'  1 


Fotografía  de  J.  Linda.  Fotograbado  de  Laporta. 

Miniatura  del  Tumbo  A,  fol,  35  vuelto,  que  representa  á  D.a  Elvira,  viuda  de  D.  Bermudo  II. 


nignamente  la  reclamación  del  Prelado,   y  por  hacer 
bien  por  su  alma,  y  para  que  su  pequeñuelo  hijo  D.  Al- 


LOS  TEES    PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         427 

fonso  creciese  y  se  desarrollase  sin  ningún  contratiempo 
fut  crescat  in  novissimo  vita  fUii  me  i  regís  domini  Adefonsi), 
ratificó  la  donación  de  su  difunto  marido,  y  el  8  de  Julio 
de  1001,  mandó  extender  el  Diploma,  que  puede  verse 
en  los  Apéndices,  núm.  LXXXIL  Por  este  Documento,  se 
ve  que  D.a  Elvira  profesaba  á  nuestro  Prelado  el  mismo 
afecto  y  consideración  que  su  difunto  esposo  D.  Bermu- 
do.  En  la  inscripción  llama  á  San  Pedro  su  padre  y  Pon- 
tífice (Vóbis  patri  et  pontifici  meo  domino  Petro).  Y  con  ésta 
cesan  en  los  Documentos  las  Memorias  de  D.  Pedro; 
pues  no  podemos  estar  ciertos  de  que  el  Obispo  Pedro, 
que  en  21  de  Diciembre  de  1002  firma  la  donación  he- 
cha á  la  Santa  Iglesia  legionense  por  su  Prelado  Froi- 
lán  II  (1),  sea  nuestro  insigne  Santo. 

Sin  embargo,  esta  mera  indicación  (2),  nos  obliga  á 
retrasar  preventivamente  la  fecha  del  fallecimiento  de 
San  Pedro  hasta  el  año  1003,  en  el  cual,  á  10  de  Setiem- 
bre, se  apagó  aquella  preciosa  existencia  empleada  siem- 
pre en  obras  laudables  y  meritorias,  y  siempre  consagra- 
da á  restaurar  las  ruinas  causadas  por  los  enemigos  de 
la  Religión  y  de  la  patria.  La  Compostelana  condensa  así 
su  elogio:  «Después  de  restaurada  y  consagrada  la  Igle- 
sia del  Apóstol,  murió  en  el  Señor»  (3).  De  los  que  mue- 
ren en  el  Señor,  se  dice  que  son  bienaventurados  y  di- 
chosos. Esto,  aún  en  lo  humano,  era  muy  aplicable  á 
nuestro  San  Pedro.  Después  de  tanto  desastre,  en  medio 
de  un  período  en  que  parecía  que  estaba  para   repetirse 


(1)  Véase  España  Sagrada,  t.  XXXVI,  Apéndice  VII. 

(2)  La  subscripción  citada,  sólo  dice:  Sub  Xpisti  nomine  Petrus  episco- 
pus  confirynat. 

(3)  Post  restaurationem,  consecra ta  equidem  Ecclesia,  Petrus  ídem 
episcopus  obdormivit  in  Domino. 


428  LIBBO   SEGUNDO 


la  pérdida  y  desolación  de  España,  muere  con  la  satis- 
facción de  ver  restaurado  y  enriquecido  el  monasterio 
de  Curtís,  en  donde  yacían  sus  padres;  reconstruida  y 
consagrada  su  Catedral  compostelana;  y  reparadas  tan- 
tas otras  iglesias  y  monasterios.  Considerado  esto,  á  un 
hombre  como  San  Pedro,  la  muerte  no  debía  de  serle 
amarga,  ni  penosa. 

La  Iglesia  ha  sancionado  la  fama  de  santidad  (que 
ya  había  ponderado  la  Compostelana  (1),  con  que  aparece 
rodeado  el  nombre  de  Pedro  de  Mezonzo.  En  el  Marti- 
rologio Romano,  publicado  por  Baronio,  de  orden  de 
Gregorio  XIII,  y  revisado  y  corregido  en  tiempo  de  Ur- 
bano VIII  y  Benedicto  XIV,  al  día  10  de  Septiembre,  se 
lee:  Compostellae  Sancti  Petri  Episcopi,  qxd  multis  virtutibus 
et  miraculis  chruit  (2).  Gralesinio,  en  el  Martirologio  que 


(1)  Petrus  de  Mosontio  divinae  providentiae  gratia  subrogatus...  Hujus 
ergo  sancti tate  et  religione  dominus  Rex  Veremudus...  (España  Sagrada, 
t.  XX,  pág.  14). 

(2)  Baronio,  en  las  Notas,  cita  á  Molano  en  las  Adiciones  á  Usuardo  y 
á  otros.  (Molanus  in  Additionibus  ad  Usuardum  etaliij.  Papebroek  f(Acta 
Sanct.,  al  8  de  Mayo),  y  después  de  él,  Flórez  (España  Sagrada,  t.  XIX,  pá- 
gina 185),  supusieron  que  Baronio  había  incurrido  en  una  equivocación,  de 
la  cual  resultó  confundido  nuestro  San  Pedro,  con  San  Pedro  Arzobispo  de 
Tarentasia.  La  posibilidad  de  esta  equivocación  no  puede  negarse;  pero  el 
argumento  tomado  de  posibilidades  y  suposiciones,  en  buena  crítica,  no  pro- 
cede. Aunque  se  dé  por  real  y  positiva  la  equivocación,  tendrían  que  expli- 
car Flórez  y  Papebroek  como  la  memoria  de  San  Pedro  de  Mezonzo  pudo 
hallarse  en  condiciones  de  exponerse  á  ser  confundida  con  la  de  San  Pedro 
de  Tarentasia;  pues  mientras  no  se  dé  esta  explicación,  no  se  ve  motivo  por 
qué  el  Pedro  de  Tarentasia  hubiese  de  ser  confundido  con  el  de  Mezonzo  y 
no  con  cualquiera  otro  Pedro.  Por  lo  tanto,  á  los  que  opinen,  como  los  dos  ci- 
tados críticos,  bueno  será  recordarles  la  respuesta  ó  más  bien  advertencia 
que  en  20  de  Agosto  de  1870  dio  la  Sagrada  Congregación  de  Ritos  sobre 
esta  materia,  á  saber:  «Mandavit  insuper  (Summus  Pontifex)  ut  admonean- 
tur  omnes  cultores  studiorum  Historiae  ecclesiasticae  et  sacrae  Archeologiae, 


LOS  TBES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  429 


había  impreso  en  Milán  en  el  año  1577,  ya  había  dicho 
antes:  Compostella,  Sancti  Petri  Episcopi  et  confessoris. 

En  el  Breviario  de  la  Orden  de  San  Benito,  publica- 
do en  Madrid  en  el  año  1626,  aparece  también  el  Oficio 
de  San  Pedro.  Hízose  esta  edición,  según  las  normas  es- 
tablecidas por  el  Papa  Paulo  V.  En  el  Decreto  de  apro- 
bación, expedido  en  Santiago  por  el  General  de  la  Or- 
den, en  4  de  Junio  de  dicho  año,  se  dice  que  en  aquella 
edición  reformada,  no  se  permitió  añadir  nada  nuevo  ó 
que  fuese  recién  hallado.  In  hujus  autem  libetti  editione,  ni- 
hil  novum,  nihil  recens  inventam  addi  permisimus. 


ut  quandocumque  agitur  de  Sanctis  vel  Beatis,  qui,  approbante  Sancta  Sede, 
sunt  in  possessione  publici  cultus  ecclesiastici,  caute  se  gerant,  ac  prae 
oculis  habeant  regulas  hac  de  re  traditas  a  Benedicto  XIV  in  Litteris 
Apostolicis  de  nova  Martyrologii  editione,  núm.  2  et  18;  et  De  Servorum 
Dei  beatificatione  et  canoniza tione,  lib.  IV,  pág.  2,  cap.  XVII,  núm.  9  et  10.» 

Por  lo  demás,  las  fuentes  de  dónde  podían  derivarse  algunas  noticias 
acerca  de  la  Santidad  de  San  Pedro,  no  estaban  tan  exhaustas  en  el  siglo 
XVI,  como  pensaba  el  P.  Flórez.  En  una  compulsa  verificada  en  el  año  1501, 
se  cita  el  Tumbo  de  Antealtar 'es ,  en  dónde  nuestro  Obispo  fué  Abad;  del 
cual  Tumbo  se  decía  que  estaba  escrito  por  rúbricas  y  capitulaciones  de  letra 
colorada.  ¿No  podría  contener  este  Tumbo  alguna  noticia  de  San  Pedro,  que 
comunicada  después  por  cualquier  caso  á  Lovaina  ó  á  Milán,  fuese  utilizada 
por  Molano  ó  Galesinio?  Adviértase,  finalmente,  que  en  el  Breviario  Bene- 
dictino impreso  en  1626,  que  contiene  el  Oficio  de  San  Pedro,  en  el  Decreto 
de  aprobación,  se  hace  saber  que  sólo  se  permitió  la  publicación  de  lo  que 
se  halló  conforme  con  las  antiguas  Memorias. 

En  el  Monasterio  de  San  Pelayo  de  Antealtares,  hay  la  tradición  de  ha- 
llarse allí  sepultado  San  Pedro  de  Mezonzo.  En  un  catálogo  de  Reliquias 
que  se  conserva  en  el  Archivo  de  dicho  convento,  escrito  á  principios  del  si- 
glo XVI,  se  dice  que  en  la  Capilla  mayor  está  un  cuerpo  Santo,  que  ni  es  el 
de  San  Fagildo,  ni  el  de  San  Fernando,  monjes  en  dicha  casa  (seguramente 
que  en  las  Tablas  ó  Calendarios  corapostelanos,  tampoco  hallaría  Flórez  los 
nombres  de  estos  dos  Santos),  pero  que  muy  bien  podría  ser  el  de  San  Pedro 
de  Mezonzo.  (Véase  la  Apología  que  sobre  el  culto  de  San  Pedro,  escribió 
el  Cura  de  Fruíme,  en  el  t.  III  de  sus  obras). 


430  LIBRO  SEGUNDO 


Grandes  fueron  los  méritos  que  Pedro  de  Mezonzo 
contrajo  para  con  la  Iglesia  composte  lana,  para  con  el 
país  gallego  y  para  con  todo  el  reino  de  León;  pero  no 
fueron  menos  especiales  los  que  contrajo  para  con  toda 
la  Cristiandad.  Entre  las  preces  con  que  debemos  acudir 
ante  la  Santísima  Virgen  para  obtener  su  Patrocinio, 
cuenta  el  Papa  Benedicto  XIV  (1)  la  célebre  plegaria, 
(célebre  canticumj  Salve  Regina.  «La  cual  oración,  continúa 
el  Papa,  por  algunos  es  atribuida  á  Pedro,  Arzobispo 
compostelano,  que  vivió  en  el  siglo  X,  según  lo  que  se 
lee  en  los  Anales  Benedictinos  de  Mabillón,  al  año  986, 
pág.  38:  Petrus  Episcopus  compostellanus,  cognomento  de  Moson, 
qai  ante  episcopatum  monasterii  Sancti  Petri  de  ante  Altaría  in 
eadem  Urbe  fCompostellaJ  abbas  extiterat.  Hic  pwum  antiphonam 
de  Bta.  Virgine,  nempe  Salve  Regina,  composuisse  dicitur. 
Lo  mismo  había  enseñado  Durando  en  su  Racional,  li- 
bro IV,  capítulo  XXII  (2).  Otros  creen  que  el  Autor  de 
esta  Antífona,  fué  el  Bto.  Hermanno  Contracto,  Monje 
de  San  Benito.» 

Vese  por  esto,  que  el  Papa  Benedicto  XIV,  deja  ex- 
cluido á  San  Bernardo  del  número  de  los  Autores  á  quie- 


(1)  En  el  tratado  De  las  fiestas  de  Nuestro  Señor  Jesucristo,  de  la  San- 
tísima Virgen  y  de  los  Santos. 

(2)  Las  palabras  de  Durando  son  como  siguen,  según  la  edición  de 
Lyón,  1565:  «Sed  et  Hermanus  Contratus  Theutónicus,  intientor  astrolabii, 
composuit  sequentias  illas:  Rex  omnipotens  et  Sancti  Spiritus,  etc..  et  Ave 
Maria  gratia,  et  Antiphonam,  Almi  Redemptoris  mater,  et,  Simón  Bariona, 
Petrus,  vero,  compostellanus  episcopus  fecit  illam,  Salue  Regina  misericor- 
diae,  vita  dulcedo,  et  spes  nostra,  Salve;  ad  te  clamamus. 

Hemos  preferido  la  lección,  Petrus  vero  Compostellanus  episcopus,  á  la  de 
Petrus  compostellanvs;  porque  la  primera  se  halla  autorizada  por  otras 
ediciones,  y  además,  fué  adoptada  por  algunos  Autores  que  siguieron  á 
Durando,  como  Claudio  de  Rota,  Antonio  de  Mochares,  Mabillón,  etc.. 


LOS  TEES  PEIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  431 

nes  pueda  atribuirse  la  Salve;  los  cuales  quedan  reduci- 
dos á  dos,  San  Pedro  de  Mezonzo  y  el  Bto.  Hermann.  Y 
en  tal  caso,  salta  á  la  vista  lo  lógico  y  atinado  de  esta  ob- 
servación del  P.  Flórez,  gran  partidario  de  San  Bernar- 
do en  este  punto:  «Si  ha  de  recurrirse  á  uno  de  los  dos, 
no  podemos  excluir  al  presente  (San  Pedro);  en  vista  de 
que  Autores  extranjeros  imparciales  (y  mucho  más  anti- 
guos, añadiremos  nosotros),  se  la  aplican»  (1). 

Y  en  esto  San  Pedro  no  hizo  sino  dar  nueva  fórmula, 
más  concertada  y  correcta,  á  ideas  y  sentimientos,  que 
con  frecuencia  se  expresaban  en  nuestro  país  en  otras 
más  toscas  y  desaliñadas  frases.  Véase,  por  ejemplo,  esta 
plegaria  que  D.  Bermudo  II  dirigió  á  la  Santísima  Vir- 
gen en  un  Diploma  otorgado  á  la  Santa  Iglesia  de  Lugo, 
el  año  991.  Veremudus  Rex,  tibi,  Domina  mea,  et  Virginum 
Regina,  mater  luminis,  et  genitricem  domini  nostri  Ihsu  Xpisti, 
Sancta  Maria...  O  alma  Deiet  Domini  mater,  adclinis  funditus 
oro,  et  tuam  interventum  imploro,  ut  pro  me  filio  tito,  Regí  eterno 
suffragia  non  desinas  meo  poseeré  delicto,  id  per  te  redimere  me- 
rear,  et  quo  inique  gessi  áblutus  abscedam...  (2).  ¡Cuántas  ve- 
ces, en  medio  de  las  terribles  tribulaciones  que  padeció, 
inflamado  por  estos  mismos  sentimientos  y  afectos,  no 
recurriría  el  que  había  sido  sabio  monje  de  Santa  María 
de  Mezonzo  al  patrocinio  de  la  Santísima  Virgen! 


«43 


(1)  España  Sagrada,  t.  XIX,  pág.  186. 

(2)  Tomo  X  de  pergaminos,  del  Archivo  episcopal  de  Lugo,  núm.  V- 


CAPÍTULO  XXII 


Ligeras  consideraciones  sobre  el  estado  social  y  religioso 
de  la  Diócesis  compostelana  durante  la  primera  mitad  del 
siglo  XI.  -Pontificados  deD.  Pelayo  II  y  D.  Vimara  Díaz. 


ácil  es  concebir  cómo  quedarían 
los  Estados  cristianos,  y  en  par- 
ticular el  de  León,  después  de  vein- 
titantos años  de  una  guerra  de  exterminio.  Desquicia- 
miento y  anarquía  en  el  orden  político:  corrupción  y 
pervertimiento  en  el  moral;  relajación  y  olvido  de  toda 
disciplina  en  el  religioso;  he  aquí,  á  grandes  rasgos,  el 
cuadro  que  ofrecía  nuestro  país  á  la  entrada  del  siglo  XI. 
Cuadrillas  de  aventureros,  ó  más  bien  de  salteadores, 
infestaban  por  todas  partes  el  país,  y  ni  las  mismas  ciu- 
dades, incluso  la  de  Santiago,  se  veían  seguías  de  los 
atentados  de  aquellos  foragidos.  Para  que  pueda  formar- 
Be  alguna  idea  de  las  hazañas  de  tales  bandoleros,  y.  de 


Tomo  II. -28. 


434  LIBRO  SEGUNDO 


hasta  dónde  llegaba  su  osadía,  referiremos  aquí,  tomán- 
dolos de  un  Diploma  que  publicó  Flórez  en  el  tomo  XIX 
de  la  España  Sagrada  (1),  las  atrocidades  cometidas  por 
un  caballero  llamado  Sisnando  Galiáriz,  que,  con  sus 
hermanos,  capitaneaba  una  numerosa  banda  de  saltea- 
dores. El  principal  teatro  de  las  fechorías  de  este  mons- 
truo, en  el  cual  su  rapacidad  sólo  era  comparable  á  su 
crueldad  inaudita,  fué  la  comarca  que  se  extiende  entre 
Santiago  y  el  río  Ulla,  y  que  toda  •  era  del  patrimonio 
de  la  Iglesia  compostelana.  En  las  seis  ó  siete  correrías 
que  llevó  á  cabo  en  aquel  distrito,  hizo  los  daños  siguien- 
tes: se  apoderó  de  la  villa  de  Aocio  (Oza);  destruyó  la 
iglesia  de  San  Félix  (de  Sales),  en  donde  cautivó  á  vein- 
tiún hombres  y  recogió  cincuenta  cabezas,  entre  bueyes 
y  vacas,  y  muchas  otras  de  ganado  menor,  hasta  valor 
de  500  sueldos;  en  la  villa  de  Sares,  de  la  misma 
parroquia,  se  apoderó  de  diez  hombres  y  de  ganado 
hasta  valor  de  390  sueldos;  en  la  villa  de  Rial  cogió  al- 
gunos hombres  inbuciatos  y  ganado  hasta  valor  de  50 
sueldos;  saqueó  el  monasterio  de  Bañar  íz  (San  Miguel  de 
Rarís),  llevándose  consigo  al  presbítero  Aspadio  y  á 
otros  cinco  Monjes,  á  dos  caballos  valuados  en  200  suel- 
dos, treinta  y  un  bueyes  y  vacas,  cien  cabezas  de  gana- 
do menor,  treinta  y  un  cerdos,  una  venape  palha,  un  col- 
chón pallium,  otro  tramisirgo,  una  campana,  un  manto, 
dos  mantas  y  dos  fieltros;  en  la  villa  de  Reyes,  robó  dos- 
cientos bueyes  y  vacas  y  quinientas  cabezas  de  ganado 
menor;  y  de  la  casa  de  Vimara  Visteraci  sacó  seis  hom- 
bres, que  vendió  por  esclavos,  y  un  caballo  apreciado 


(1)     Apéndices,  pág.  394.  Está  inserto  este  Documento  en  el    Tum- 
bo A,  fol.  25. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELATTÁ  485 

en  200  sueldos.  Esto,  por  lo  que  toca  á  la  rapiña;  respec- 
to á  ferocidad  y  barbarie,  lie  aquí  sus  proezas.  Asesinó 
al  presbítero  Oduario,  al  monje  Alvito  y  a  otros  diez 
hombres,  Alfonso,  Hermogio,  Ramiro,  Ecta,  Sisnando, 
Gomarico,  Argemiro,  Alamiro,  Vimara  y  Arraldo;  á 
otros  dos  hombres,  Sisnando  y  Pelayo,  les  cortó  las  ma- 
nos y  la  lengua,  y  los  pies  á  una  mujer  llamada  Toda. 
Habiendo  el  Rey  D.  Bermudo  III  enviado  una  recua  de 
veinticinco  mulos  para  recoger  el  vino  de  su  bodega  de 
Gomariz,  en  el  Rivero,  Sisnando  le  salió  al  camino,  y 
después  de  apalear  á  los  conductores  hasta  dejarlos  por 
muertos,  cortó  las  colas  y  las  orejas  á  todas  las  cabalga- 
duras. Su  osadía  fué  creciendo,  en  fin,  hasta  tal  punto, 
que  más  de  una  vez  intentó  dar  un  asalto  á  la  ciudad 
de  Santiago.  No  era  ya  posible  que  quedase  impune  tan- 
ta enormidad.  D.  Bermudo  III  hizo  sentir  todo  el  peso 
de  su  autoridad  sobre  los  culpables,  y  los  castigó  con 
mano  firme.  Se  ignora  lo  que  haría  el  Rey  de  la  perso- 
na de  tan  insolente  criminal  y  de  sus  cómplices;  de  sus 
bienes  sabemos  que  los  confiscó  todos  ,  y  que  en  el 
año  1032  los  donó  á  la  Iglesia  compostelana,  que  era 
contra  quien  dirigía  principalmente  sus  tiros  el  infame 
Sisnando   (1). 

Mas  estos  hechos,  en  mayor  ó  menor  escala,  se  repe- 


(1)  Los  bienes  confiscados  y  donados  á  Santiago  radicaban  en  V  Mari- 
no (Santo  Tomás  de  Vilariño),  en  Sah  Pelagio  (San  Pelayo  de  Mallos?), 
en  Cerisaria  (Cerdeira,  lugar  de  la  parroquia  de  Vilariño),  en  Vinialcs,  en 
Santa  María  de  Vaanionde,  en  Santa  María  de  Teo,  en  Fraxinario  (Freixei- 
ro,  lugar  de  San  Miguel  de  Rarís),  Villa  Chrisii  (Vilacristi,  lugar  de  San 
Miguel  de  Cora),  San  Vicente,  San  Miguel  de  Barcala,  Frarici  (Fraiz?  lu- 
gar de  San  Cristóbal  de  Merín),  Lucidi  (Santa  Marina  de  Lucí),  Perarias, 
San  Cristóbal  de  Reyes,  San  Pedro  de  Vilanova  y  San  Miguel  de  Sa- 
randón. 


436  LIBBO  SEGUNDO 


tían  con  frecuencia,  y  el  orden  y  la  paz  pública  se  ha- 
llaban siempre  en  continuo  sobresalto. 

Otra  causa  hubo,  que  en  el  orden  religioso  ocasionó 
profundas  perturbaciones.   Desde  mediados  del  siglo  X 
se  habia  apoderado  de  la  sociedad  una  especie  de  conta- 
gio moral  ú  obsesión,  por  la  cual  todos,  sin  excepción, 
habían  de  hacer  vida  regular  y  monástica.   Reuníanse 
una  ó  varias  familias,  elegían  á  un  Sacerdote  de  reco- 
nocida virtud  y  prudencia,  á  quien  daban  el  nombre  de 
Abad;  ponían  á  su  disposición  todos  sus  haberes;  prome- 
tían, por  medio  de  Escritura  que  se  denominaba  pactum 
ó  placitum  regulae,  y  cuya  fórmula  había  dado  San  Fruc- 
tuoso  (1),    someterse    á  él   en  todo;    y  bajo   su   direc- 
ción observaban,  hasta  donde  podían,  la  Regla  monásti- 
ca en  cuanto  á  la  asistencia  á  coro,  y  al  cumplimiento 
de  los  votos  ó  promesas  de  obediencia,  castidad  y  pobre- 
za. Pero  sucedía,  y  con  harta  frecuencia,  que  fallecido 
el  primer  Abad  ó  director,  se  hacía  muy  difícil  hallar 
otro  Sacerdote  hábil  que  le  sucediese;  ó  si  se  hallaba,  ya 
no  podía  imponerse  como  su  predecesor  á  los  alumnos  (2), 
que  si  no  empezaban  á  sentir  cansancio  de  la  Regla, 
pues  la  mayor  parte  la  habían  abrazado  sin  verdadera 
vocación,  se  creían  tan  competentes  y  tan  discretos,  por 
lo  menos,  como  el  recién  elegido.   Comenzaban,  pues,  á 
desfilar,  á  abandonar  el  monasterio,  á   convertirse  en 
tránsfugas  ó  refuganes,  como  se  les  llamaba  entonces,  y 
concluían  por  dedicarse  á  la  vida  de  aventuras.  Lo  peor 
del  caso,  era  que  muchos,  al  salir  del  monasterio,   que- 
rían llevar  consigo  la  parte  de  hacienda  que  tenían  ce- 

(1)  Véase  pág.  261,  nota  2. 

(2)  En  muchos  de  estos  pactos  se  reconocía  al  Abad  el  derecho  de  cas- 
tigar con  azotes  á  los  transgresores  de  la  Regla. 


LOS  TBES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  437 

dida  ellos  ó  sus  padres  ó  abuelos  al  aceptar  la  Regla;  y 
de  aquí  un  sinnúmero  de  querellas  que  solían  terminar 
por  medios  violentos.  El  resultado,  en  muchos  casos  era, 
que  la  iglesia  quedaba  abandonada  y  desierta;  la  casa 
de  la  Regla  saqueada;  y  la  hacienda  repartida,  según  el 
grado  de  fuerza  que  poseía  cada  usurpador. 

Esto,  necesariamente  produjo,  entre  otros,  dos  males 
gravísimos,  la  ignorancia  en  el  Clero,  y  la  pobreza  y 
ruina  de  las  iglesias.  Las  iglesias  llegaron  á  tan  mísero 
estado,  que  en  algunas  no  quedaron  más  que  las  pare- 
des, como  para  señalar  hasta  dónde  se  extendía  el  recin- 
to sagrado.  Otras,  por  falta  de  recursos,  estaban  cubier- 
tas con  paja,  como  si  fueran  chozas. 

El  Clero,  privado  de  centros  de  educación  y  ense- 
ñanza, cayó  en  la  más  supina  ignorancia,  contrajo  hábi- 
tos completamente  aseglarados,  y  apenas  sabía  más  que 
lo  extrictamente  necesario  para  el  desempeño  de  su  sa- 
grado y  trascendental  ministerio.  En  la  Catedral  de 
Santiago,  donde  en  tiempo  de  los  dos  Sisnandos  hubo 
más  de  treinta  Canónigos,  veíase  reducido  su  número  á 
siete,  según  la  Compostelana  (1),  al  comenzar  el  pontifica- 
do de  D.  Cresconio  (1037).  Y  estos  siete  Canónigos,  al  de- 
cir de  la  Compostelana,  no  guardaban  Regla  alguna,  ni 
en  el  traje,  ni  en  la  tonsura,  ni  en  lo  demás  que  requie- 
re la  vida  canonical  (2).  Aunque  aquí  rebajemos  lo  que 
la  Compostelana  hubo  de  exagerar  por  seguir  la  ley  de 
los  contrastes,  siempre  ha  de  quedar  lo  suficiente  para 
que  pueda  formarse  idea  del  estado  del  Clero  en  la  pri- 

(i)    Lib.  III,  cap.  XXVI,  pág.  543. 

(2)  Soli  tamen  septem  canonici  in  ea  servientes  nullius  ordinis  regu- 
lam,  nec  saltem  habitu  observantes,  nec  etiam  tonsuram  coronae  habenten, 
nec  barbam  deponere  volentes,  rainus  canonice  degebant. 


438  LlBttO  SEGUNDO 


mera  mita,d  del  siglo  XI.  Agregúese  á  todo  esto,  la  me- 
nor edad  de  D.  Alfonso  V,  durante  la  cual  cualquier 
osado  ó  aventurero  creía  hallar  fácilmente  impunidad. 

Estas  eran  las  circunstancias  en  que  entró  á  regir  la 
Diócesis  compostelana  D.  Pelayo  II  Díaz  (1),  en  la  va- 
cante producida  por  la  muerte  de  San  Pedro  de  Mezon- 
zo.  Como  aquella  época  fué  desgraciada  en  todo,  tam- 
bién lo  fué  en  el  número  de  Documentos  que  nos  legó; 
pues  son  tan  escasos,  que  nos  suministran  muy  débil  luz 
acerca  de  los  sucesos  y  de  los  personajes  del  tiempo. 
De  D.  Pelayo,  sólo  sabemos  que  era  hijo  de  un  Diego, 
que  debía  de  ser  persona  muy  principal,  acaso  uno  de 
los  dos  Condes  de  este  nombre,  que  firman  el  Privilegio 
concedido  por  D.  Bermudo  II  en  999  al  monasterio  de 
Carboeiro  (2).  Verosímilmente,  el  hijo  de  D.  Diego  era 
Canónigo  de  Santiago,  y  acaso  el  Pelayo,  diácono,  que 
subscribe  la  Escritura  de  Curtís  del  año  995. 

A  juzgar  por  lo  que  dice  la  Compostelana,  por  muy 
malos  medios  fué  promovido  D.  Pelayo  á  la  Dignidad 
episcopal  (3).  Esto  no  es  inverosímil;  pero  como  ya  he- 
mos sorprendido  á  la  Compostelana  hablando  con  sobrada 
ligereza  en  ocasiones  semejantes,  no  podemos  fiar  mucho 
de  sus  palabras  en  este  caso.  Como  quiera  que  sea,  en 
el  año  1005,  á  13  de  Septiembre,  según  una  Escritura 


(1)  Gil  González  (Teatro  eclesiástico,  t.  I,  pág.  38),  le  llama  D.  Juan 
Díaz.  La  Cronología  de  los  Prelados  compostelanos,  que  aquí  sigue  Gil  Gon- 
zález, está  mucho  más  desconcertada  (y  es  cuanto  puede  decirse),  que  la  que 
trae  Argáiz  en  el  tomo  III  de  La  Soledad  laureada.  (Alcalá,  1G75). 

(2)  Véase  Yepes,  Coron.  gen.  de  San  Benito,  t.  V,  Apéndices,  núm.  VII. 

(3)  Unde  Pelagius  Didaci  temporali  potestate  subnixus,  pastoralis  cu- 
rae  dignitatem  post  eum  (Petrum  de  Mosontio),  usurpavit.  (España  Sagrada, 
t.  XX,  pág.  15). 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  439 

del  Tumbo  de  Célanova,  lib.  II,   fol.  106,  ya  estaba  consa- 
grado Obispo  de  Iria  y  Compostela. 

El  hecho  más  culminante  que  se  sabe  de  D.  Pelayo, 
durante  su  pontificado,  es  la  cuestión  que  en  el  año  1007 
sostuvo  con  los  Condes  de  Aveancos,  D.  Diego  González 
y  D.  Ramiro  González,  sobre  el  confín  de  dicho  Conda- 
do con  los  de  Cornado  y  Bembejo,  que  eran  de  la  Iglesia 
compostelana.  Litigio  tratado  entre  tales  personas,  no 
pudo  menos  de  revestir  gran  importancia  y  notoriedad. 
El  día  en  que  se  había  de  fallar  la  cuestión,  reunióse  en 
la  villa  de  Pezobre,  en  el  Condado  de  Aveancos,  un 
gran  concurso  de  jueces  y  de  otras  muchas  personas  más 
ó  menos  interesadas  en  el  pleito.  D.  Pelayo  presentó 
hasta  cuarenta  testigos,  todos  calificados,  como  que  eran 
Abades  y  Sacerdotes,  y  todos  depusieron  que  la  línea 
divisoria  entre  el  Condado  de  Aveancos  y  los  de  Corna- 
do y  Bembejo,  la  formaba  desde  muy  antiguo  — desde  el 
tiempo  de  D.  Ramiro  II —  el  río  Iso.  Los  jueces  no  pidie- 
ron más  pruebas,  y  sentenciaron  en  favor  de  la  Iglesia 
de  Santiago.  D.  Alfonso  V  confirmó  la  sentencia  en  22 
de  Agosto  de  dicho  año,  y  ordenó  á  los  Condes  D.  Diego 
y  D.  Ramiro  que  no  volviesen  á  traspasar  el  Iso,  ni  á 
meterse  en  las  tierras  de  Santiago  (1). 

A  la  vista  de  tan  ruidoso  pleito,  parece  haber  asisti- 
do también  el  Obispo  de  Lugo,  D.  Pelayo.  Al  menos  en 
15  de  Julio  del  referido  año  1007,  se  hallaba  en  Santia- 
go, como  se  ve  por  una  nota  que  puso  por  su  mano  en 
un  Diploma  concedido  por  D.  Ramiro  III  á  Sobrado, 
en  17  de  Septiembre  de  968  (2). 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXXIII. 

(2)  La  nota  dice  así:  cPelagius  episcopus  Dei  gratia  ubi  me  agnoui  in 


44:0  LIBBO  SEGUNDO 


Después  de  este  suceso,  se  eclipsa  de  nuevo  la  memo- 
ria de  D.  Pelayo  Díaz  para  reaparecer  poco  después  ex- 
puesta al  siniestro  resplandor  que  sobre  ella  arrojan 
estas  palabras  de  la  Compostelana:  «Y  por  cuanto  con  la 
obtención  de  la  Dignidad  Prelaticia,  se  llenó  de  orgullo 
y  de  soberbia,  por  juicio  de  Dios  fué  ignominiosamente 
echado  por  los  principes  de  esta  tierra»  (1).  Que  D.  Pe- 
layo  fuese  expulsado  de  su  Sede  por  los  Magnates  galle- 
gos, es  muy  creíble;  pero  que  nuestro  Prelado,  al  menos 
en  sus  costumbres  y  en  su  vida  privada,  hubiese  dado 
lugar  á  ello,  en  esto  es  en  lo  que  la  afirmación  de  la 
Compostelana  puede  ser  recibida  con  recelo  y  desconfianza, 
máxime  si  se  tiene  en  cuenta  que  á  D.  Grudesteo,  que  se- 
gún la  misma  Compostelana  era  un  Prelado  prudente  y 
virtuosísimo,  sesenta  años  después  le  sucedió  aún  peor. 
Empero,  en  D.  Pelayo  Díaz  acaso  sería  un  justo  juicio 
de  Dios. 

Mas  los  Grandes  que  así  persiguieron  á  D.  Pelayo 
Díaz,  no  estorbaron  que  le  sucediese  su  hermano  D.  Vi- 
mara,  lo  cual  no  deja  de  parecer  extraño;  bien  es  verdad 
que,  según  la  Compostelana  (2),  aparentaba  lo  que  no  era; 


ueritate  pro  comitato  de  Parriga  (que  había  cedido  D.  Ramiro  III  á  Sobra- 
do) quod  in  testamento  resonat,  quod  inde  abstulerat  Gutier  Osoriz,  et  fa- 
bulauit  mihi  proinde  Munia  confessa;  et  ego  concedo  illum  ad  partem 
ipsius  monasterii,  die  quod  est  idus  iulii  Era  XLV  post  M  in  loco  beati 
Iacobi  apostoli  manu  propria.  (Tumbo  de  Sobrado,  t.  I,  núm.  CVII). 

(1)  Et  quia  sub  tantae  praelationis  obtentu  vitio  elationis  intumuit, 
divino  interveniente  judicio  a  principibus  terrae  ignominiose  abjectus  fuit. 
(España  Sagrada,  t.  XX.  pág.  15). 

(2)  Cui  (Pelagio)  frater  suus  Vimara  Didaci  succedens,  quoniam  sub 
pretextu  Religionis,  non  Deo,  sed  suae  gloriae  deserviré  studuit...  (España 
Sagrada,  t.  XX,  pág.  15). 


LOS  TRES   PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  441 

su  exterior  era  humilde  y  piadoso;  en  su  interior  sólo  as- 
piraba á  satisfacer  su  propia  ambición. 

Se  ignora  el  año  en  que  cesó  en  el  Episcopado  D.  Pe- 
layo;  si  fué  larga  ó  breve  la  va'cante  que  se  siguió,  y  en 
que  fecha  fué  promovido  D.  Vimara.  Por  el  Privilegio 
que  D.  Alfonso  V  otorgó  á  la  Iglesia  compostelana  en  5 
de  Marzo  de  1011,  se  ve  que  ya  entonces  D.  Vimara  es- 
taba en  posesión  de  esta  Sede.  En  este  Diploma  no  hizo 
más  D.  Alfonso,  que  ratificar  y  consignar  por  escrito  la 
donación  que  D.  Bermudo  II  había  hecho  á  nuestra 
Iglesia  de  una  familia  de  libertos  ó  colonos  en  el  commis- 
so  de  Camota,  á  saber:  Trasmiro,  padre,  y  sus  cuatro 
hijos  Gonzalo,  Vimaredo,  Benedicto  y  Gudegeva.  Como 
la  muerte  había  sorprendido  á  D.  Bermudo  sin  darle 
tiempo  á  extender  la  Escritura  de  donación,  su  hijo  Don 
Alfonso  suplió  la  falta  por  medio  del  referido  Diplo- 
ma (1).  En  este  mismo  año,  á  18  de  Agosto,  firmó  Don 
Vimara,  con  título  de  Obispo  Iriense  y  de  Santiago,  una 
donación  hecha  por  la  abadesa  Fernanda  al  monasterio 
de  Samos.  Y  en  28  de  Septiembre  del  mismo,  aún  asistió 
á  la  consagración  de  la  iglesia  de  San  Juan  Bautista  de 
León,  que  habían  fundado  los  Condes  D.  Munio  Fernán- 
dez y  D.a  Elvira.  Firma  la  Escritura  de  dotación  con 
título  de  Obispo  de  la  Sede  Apostólica  de  Santiago  (2). 

Después  de  esto,  ya  no  se  encuentra  otra  noticia  de 
D.  Vimara  más  que  la  que  trae  la  Compostelana,  á  saber, 
que  al  atravesar  el  Miño,  por  accidente  fortuito,  ó  por 
maldad  de  los  que  lo  acompañaban,  pereció  envuelto  en 
la  corriente  (3). 

(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXXIV. 

(2)  España  Sagrada,  t.  XXXV,  pág  11. 

(3)  Sive  casu,  sive  proditione  in  fluvium  Minei  dimersus  est. 


442  LIBRO  SEGUNDO 


No  debemos  omitir  aquí  el  hacer  mención  del  ilustre 
Arias  ó  Ariano,  el  cual,  en  el  año  1005,  según  nos  ense- 
ña un  Documento  del  Archivo  Episcopal  de  Lugo  (1), 
vendió  á  los  monjes  Grrisomaro,  Egica  y  Euxilano,  la 
villa  de  Argeynundo,  en  Rumian,  que  había  legado  á  San- 
tiago, Gutier  Grudestéiz,  hijo  de  los  Condes  D.  Grudesteo 
y  D.a  Gruistiverga.  En  su  lugar,  donó  Ariano  otra  villa  á 
la  Iglesia  del  Apóstol. 


(1)    Lib.  IV  de  pergaminos,  núm.  LXXIV. 


■H 


CAPITULO  XXIII 


Resumen  de  los  juicios  de  la  Compostelana,  acerca  de  los  Prela- 
dos que  precedieron  á  D.  Diego  Gelmírez.  Pontificado  de 
D.  Vistruario. 


rakde  es  el  desenfado,  descuido  y 
negligencia,  con  que  dejan  correr  la 
pluma  los  Autores  de  la  Compostelana, 
cuando  tratan  de  los  acontecimien- 
tos referentes  á  las  generaciones  que 
les  precedieron  ,  y  no  titubean  en  sentar  las  afirma- 
ciones más  atrevidas,  y  lanzar  al  público  los  juicios  más 
arbitrarios.  En  lugar  de  compulsar  los  antiguos  Do- 
cumentos, que  les  darían  luz  para  apreciar,  desde  su  ver- 
dadero punto  de  vista,  los  sucesos  de  otras  épocas,  hallan 
más  cómodo  el  hablar  de  memoria,  como  vulgarmente 
se  dice,  y  repetir  lo  que  la  voz  pública  pregonaba  acer- 
ca de  los  hechos  y  de  las  personas  con  la  dosis  de  mali- 
cia y  apasionamiento  que  cada  cual  ingería  al  hacerse 


44:4  LIBRO  SEGUNDO 


eco  de  los  rumores  que  á  su  noticia  llegaban.  Tan  censu- 
rable es  esta  incuria  en  la  Compostelana,  que,  respecto  de 
esto,  ni  aún  á  sí  misma  se  tomó  la  molestia  de  com- 
pulsarse, como  se  verá  por  el  ejemplo  siguiente.  En  el  li- 
bro II,  cap.  III,  pág.  357,  dice  que  casi,  á  excepción  de 
Dalmaquio,  todos  los  Obispos  que  precedieron  á  D.  Die- 
go Gelmírez  en  la  Sede  de  Santiago,  no  tuvieron  otra 
ocupación  que  la  milicia  y  las  armas  (1).  Veamos  lo  que 
dice  en  el  cap.  II  del  lib.  I,  de  algunos  de  los  anteceso- 
res de  Gelmírez. 

De  Teodomiro:  Tanto  fidentius  oculos  mentís  ad  caelestis 
patriae  considerationem  erigebat... 

De  Ataúlfo  I:  Divini  vertí  pábulo  gregem  sibi  commissum 
prout  váluit  vigilanti  cura  cibavit. 

De  Ataúlfo  II:  Tanto  internae  visionis  desiderio  succensus 
extitit... 

De  Sisnando  I:  Adeo  in  labore  sanctae  praedicationis 
desudavit,  quod  despedís  saecularium  rerum  negotiis,  supernae 
contemplationi  toto  mensis  affectu  inhiavit. 

De  San  Pedro:  Distrkti  examinis  pavor e  perterritus  coepit 
maculas  suarum  sordium  poenitentiae  lamentis  amarissime  pu- 
niré, et  in  alta  se  Dei  contemplatione  elevare. 

Si  estas  eran  las  armas  y  milicia  en  que,  según  la 
Compostelana,  principalmente  se  ocupaban  muchos  de  los 
predecesores  de  Gelmírez,  hay  que  confesar  que  eran 
milicia  y  armas  espirituales  (2). 


(1)  Qui  prius  fuerant  Episcopi  in  Ecclesia  Bti.  Jacobi,  excepto  fere  Dal- 
machio  bonae  memoriae...  non  ad  adipiscendum  Archiepiscopatum,  nec  ad 
ceteras  Ecclesiae  dignitates  adipiscendas  anhelaverant,  sed  in  armis  et  in 
militia  versabantur. 

(2)  Hay,  sin  embargo,  que  tener  en  cuenta  que,  quien  hablaba  en  el  se- 
gundo libro  dé  la  Compostelajia,  era  el  extranjero  OKraldo  ó  Giraud,  que  de- 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  445 

Respecto  á  la  incuria  y  dejadez  de  los  Prelados  com- 
postelanos,  en  solicitar  la  dignidad  Arzobispal,  ó  la  de 
Sede  exenta,  mal  podían  anhelar  lo  que  de  hecho  ya  te- 
nían durante  el  siglo  X  y  gran  parte  del  XI.  Es  cierto, 
que  carecían  de  título  legal  ó  canónico  según  el  rigor  del 
Derecho;  pero  poseían  uno,  en  aquella  época  de  gran  va- 
lor, cual  era  el  de  Obispos  de  la  Sede  Apostólica.  Por  esto 
vemos  que  Alfonso  III  en  la  Carta  al  Clero  y  pueblo  de 
Tours,  da  á  Sisnando  I  el  título  de  Arzobispo;  que  Ordo- 
ño  III,  llama  á  Sisnando  II  Antistes  totius  orbis;  y  que  el 
abad  Cesario  acude  al  Obispo  compostelano,  para  que  lo 
instituya  nada  menos  que  Metropolitano  de  Tarragona. 
Todo  esto,  principalmente  nacía  del  título  de  Obispo  de 
la  Sede  Apostólica,  que  para  evitar  equívocos,  prohibió  ba- 
jo anatema  el  Papa  San  León  IX  en  el  Concilio  de  Reinas 
de  1049.  Dadas  las  ideas  poco  claras  y  precisas,  que  en- 
tonces había  acerca  de  la  constitución  jerárquica  de  la 
Iglesia,  no  es  de  extrañar  que  se  atribuyesen  á  dicho  tí- 
tulo tanto  valor  y  autoridad.  Los  mismos  adversarios  del 
abad  Cesario  vinieron  á  reconocer,  sin  quererlo,  la  auto- 
ridad del  Prelado  compostelano;  pues  el  argumento  que 
alegaron  para  no  admitir  al  Metropolitano  por  él  insti- 
tuido, fué  que  el  Apóstol  Santiago  no  había  venido  vivo 
á  España;  de  modo  que  si  para  ellos  fuera  cierta,  como 

bía  de  estar  poco  versado  en  la  Historia  de  nuestra  Iglesia  y  de  nuestra 
patria. — De  todos  modos  hizo  mal  Mr.  Friedel  en  su  trabajo  Études  compos- 
tellanes,  publicado  en  la  Revista  Otia  merseiana,  vol.  I,  págs.  75-112,  en  co- 
piar lo  que  dice  la  Compostelana  en  el  cap.  III  del  lib.  II.  Les  premiers 
Évéqués  netaient  pas  precisement  des  modeles  de  bons  pasteurs,  asienta  muy 
formalmente  Mr.  Friedel  en  la  pág.  87  de  su  Estudio.  Pero  mayor  dosis  de 
ligereza  se  necesita  para  poner  entre  los  epígrafes  de  su  trabajo  — Les  ori- 
gines dUm  cuite—  y  para  llamar  á  D.  Diego  Gelmirez,  pág.  107,  Premier 
champión  de  Saint  JacquetsU! 


446  LIBBO   SEGUNDO 


era  para  los  demás,  la  predicación  del  Hijo  del  Zebedeo 
en  nuestra  Península,  ya  ningún  reparo  podían  oponer 
á  la  institución  de  Cesario  en  Compostela  (1).  Mas  no  es 
ésta  la  verdadera  doctrina  canónica.  El  grado  y  exten- 
sión de  la  autoridad  de  un  Prelado  depende,  no  de  que 
un  Apóstol  haya  venido,  ni  vivo,  ni  muerto,  al  país  en 
que  está  enclavada  su  Diócesis,  sino  de  la  potestad  de 
las  Llaves,  que  fué  conferida  exclusivamente  por  Nues- 
tro Señor  Jesucristo  al  Apóstol  San  Pedro. 

Dicho  esto,  para  demostrar  con  cuanta  precaución 
deben  acogerse  las  afirmaciones  de  la  Compostelana.  res- 
pecto de  los  hechos  de  los  Prelados  que  vivieron  antes 
del  siglo  XII,  vengamos  al  sucesor  de  D.  Vimara  Díaz, 
D.  Vistruario  (2).  Se  ignora  el  año  en  que  comenzó  Don 
Vistruario  á  regir  la  Diócesis  compostelana,  así  como 
también  se  ignora  el  año  en  que  feneció  su  predecesor 
D.  Vimara;  pero  en  29  de  Abril  de  1014,  ya  estaba  con- 
sagrado Prelado  de  Compostela,  pues  como  tal  firma  un 
Privilegio  que  D.  Alfonso  V  concedió  al  caballero  leonés, 
Pedro  Fernández  (3). 

En  18  de  Diciembre  del  mismo  año  1016,  firmó  Don 
Vistruario  con  los  abades  Ariano  de  Antealtares  y  Vi- 
Hato  de  San  Martín,  la  donación  que  de  la  mitad  de  la 


(1)  Por  esto  se  ve  que  la  deposición  de  los  cinco  Prelados  adversarios 
de  Cesario,  en  la  cual  hizo  tanto  hincapié  el  P.  Gams,  para  impugnar  la 
venida  y  predicación  de  Santiago  en  España,  fué  interesada,  y  por  esto 
podía  recusarse.  Falta  saber  si  otras  deposiciones  semejantes  padecerían  la 
misma  excepción. 

(2)  La  Compostelana  le  llama  Instruario;  pero  es  errata  de  los  copistas 
por  la  facilidad  que  hay  en  los  manuscritos,  de  confundir  la  sílaba  in  con 
la  ul— Mariana  (Hist.  de  Esp.,  lib.  VIII,  cap.  VIII,  al  fin),  lo  denomina 
ísquaria. 

(3)  España  Sagrada,  t.  XXXV,  pág.  16. 


LOS  TBES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  447 

villa  de  Meilán  hizo  á  la  Santa  Iglesia  de  Lugo  D.a  Teo- 
degonza,  cognomento  Gonzina.  Era  esta  señora  de  la  fami- 
lia de  San  Rosendo,  y  había  estado  casada  con  el  famo- 
so Conde  rebelde,  Suero  Gundemáriz  (1). 

Esto  da  margen  á  suponer  que  por  entonces  se  halla- 
ba D.  Vistruario  en  la  Corte.  Quizás  en  esta  ocasión 
nuestro  Obispo  bautizase  al  Príncipe  D.  Bermudo  III, 
quien  en  un  Diploma  del  año  1028,  le  llama  su  padrino 
(vobis  patrino  meo  ano.  Vistruario  episcopo]. 

Un  año  después,  D.  Alfonso  V  vino  á  Galicia,  y  pro- 
bablemente á  Santiago;  pues  el  18  de  Abril  de  1017,  día 
de  Jueves  Santo,  le  hallamos  en  Sobrado,  como  resulta 
de  la  siguiente  nota  puesta  al  fin  del  Diploma,  núm.  VI, 
del  tomo  I  del  Tumbo  de  dicho  monasterio:  Ingressus  est 
rex  dominus  noster  Adefonsus  princeps  in  cimiterio  Saperaddo 
die  cena  Domini1  qiwd  fuit  X11II  Kalendas  maii;  et  confírmauit 
Jume  textum  scripture  manu  sua  propria  Era  L1V  post  mille- 
sima  (2).  Fulgentius  presbyter  scripsit  per  iussionem  regis* 
Luego  veremos  la  causa  que  debió  motivar  en  este  año 
la  venida  de  D.  Alfonso  á  Galicia. 

De  esta  venida  del  Rey  D.  Alfonso  no  se  conserva 
memoria  alguna  en  Santiago;  pero  hay  un  Diploma  de 
su  madre  D.a  Elvira,  por  el  cual  esta  señora  dona  á  la 
Iglesia  del  Apóstol  varias  villas  y  posesiones  que  detalla 
largamente  en  la  Escritura  (3).  Dona,  en  primer  lugar, 
fuera  de  Galicia,  la  villa  de  Genestario,  la  cual  había  si- 


(1)  Libro  III  de  pergaminos  del  Archivo  episcopal  de  Lugo,  núme- 
ro CLIV. 

(2)  Debe  leerse:  Era  LV post  mülesimam,  año  1017;  porque  en  éste, 
efectivamente,  cayó  la  Pascua  en  21  de  Abril,  y  por  consiguiente,  el  Jue- 
ves Santo  en  el  18.  En  el  año  1016  cayó  la  Pascua  en  1  de  Abril. 

(3)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXXV. 


448  LIBBO  SEGUNDO 


do  de  Gonzalo  Bermúdez,  que  se  había  alzado  con  el 
castillo  de  Luna  contra  D.  Bermudo  II  (1).  Confirma 
también  la  donación  que  de  la  villa  de  Valonga,  á  orillas 
del  Neira,  había  hecho  al  Templo  Apostólico,  Sandino 
Baroncelliz  por  su  alma  y  la  de  su  hermano  el  Obispo 
Sisnando,  que  debe  ser  el  que  ocupó  la  Sede  legionense 
desde  el  año  973  á  981.  Concede,  además,  D.a  Elvira  va- 
rias villas  y  haciendas  en  Aveancos  y  en  Montes,  las 
cuales  había  comprado  por  mil  sueldos  en  mulos,  muías, 
caballos  y  preciosos  paños  (obtimos  pannos  miriffce  pre- 
ciosos). 

Hay  una  circunstancia  especial  en  este  Diploma  que 
denota  lo  íntimamente  ligado  que  estaba  á  la  Catedral, 
el  monasterio  de  Antealtares.  Otorga  D.a  Elvira  á  este 
monasterio  y  á  sus  Monjes,  y  al  Obispo  D.  Vistruario,  la 
villa  de  Lama,  cerca  de  la  de  Genestario  y  la  de  Andríati 
en  el  teritorio  de  Castela.  Concede,  por  último,  á  la  Igle- 
sia del  Apóstol  un  cortijo  en  León  con  sus  molinos,  pes- 
queras, etc.  Otorgóse  el  Diploma  en  18  de  Agosto  del 
año  1017. 

No  parece,  que  las  grandes  iniciativas  y  las  enérgi- 
cas resoluciones  hayan  sobresalido  en  el  carácter  de  Don 
Vistruario,  por  lo  cual  por  este  lado  no  debió  de  hallar 
grandes  obstáculos  en  el  ejercicio  de  su  ministerio.  Sus- 
citáronselos,  empero,  los  Condes  ó  administradores  regios 
de  los  commissos  colindantes  con  los  de  la  Iglesia  de  San- 
tiago, los  cuales  Condes,  cuando  no  se  ingerían  arbitra- 
riamente en  el  Gobierno  de  éstos,  estaban  de  continuo 


(1)  D.a  Elvira  había  traído  este  castillo  al  matrimonio.  Cum  nostro 
castello  nomine  Lima  et  cum  nostro  ganato,  quod  in  nostro  casamento  duxe- 
ramus, 


LOS  TBES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  449 

moviendo  querella  á  los  Prelados  compostelanos  por 
cuestión  de  confines,  ó  de  atribuciones  ó  de  derechos  en 
los  respectivos  distritos.  Para  quitar  todo  lugar  á  duda  y 
á  contienda,  quiso  D.  Alfonso  V  que  la  Iglesia  exhibiese 
todos  los  títulos  por  los  cuales  poseía  sus  tierras  y  commis- 
sos. Así  se  hizo  en  una  gran  Junta,  que  se  celebró  en  la 
iglesia  monasterial  de  Antealtares,  en  presencia  del  mis- 
mo Monarca,  el  30  de  Marzo  del  año  1019.  En  dicha  Jun- 
ta, según  lo  que  había  ordenado  D.  Alfonso,  cinco  de  los 
Canónigos  más  antiguos,  á  saber,  el  abad  Alfonso  Eriz, 
que  sería  el  Prior  de  la  Canónica,  los  abades  Alvito  y 
Gonzalo  y  los  monjes  Arias  y  Fateredo  ante  los  comisio- 
nados regios  Alvaro  Ordóñez,  amo  del  Rey  y  Cid  Donne- 
liz,  Merino  mayor  de  Galicia  (1),  presentáronlas  conce- 
siones originales  de  los  Monarcas  predecesores,  y  presta- 
ron declaración  jurada  de  cuáles  eran  los  commissos  6 
mandationes,  las  tierras  y  los  castillos  que  pertenecían  á 
la  Iglesia  de  Santiago.  Exhibieron  el  Diploma  de  D.  Al- 
fonso II,  sobre  las  tres  millas;  el  de  D.  Ordoño  I,  aumen- 
tando las  millas  hasta  seis;  los  de  D.  Alfonso  III  y  Don 
Ordoño  II,  duplicando  las  seis  millas  y  los  demás  Privi- 
legios en  que  se  contenían  donaciones  de  commissos  y 
villas;  y  juraron,  además,  que,  no  siendo  en  tiempo  de 
guerra,  todo  lo  que  se  contenía  en  estos  Diplomas,  siem- 
pre había  sido  observado  y  guardado.  En  vista  de  todo 
esto,  declaró  el  Rey  que  dichos  Diplomas  permaneciesen 
firmes  é  inviolables  en  favor  de  la  Iglesia.  «Por  lo  que 
>toca  alas  villas  y  heredades,  añadió,  que  fueron  pobla- 


(1)     Este  es  el  más  antiguo  Documento  en  que  se  encuentra  mención  de 
el  cargo  y  dignidad  de  Merino  mayor  de  Galicia.   Sin  embargo,  su  institu- 
ción acaso  date,  por  lo  menos,  del  tiempo  de  D.  Berinudo  11. 
Tomo  II.— 29. 


450  LIBRO  SEGUNDO 


» das  después  de  los  mencionados  Diplomas  en  la  tierra 
»de  Santiago,  ordenamos,  que  todo  aquel  que  hubiese 
» comprado  heredades  ingenuas  ó  hubiese  poblado  villas 
» en  dicha  tierra,  si  quisiere  irá  residir  en  otra  parte? 
»deje  íntegros,  á  la  Catedral  y  á  su  Obispo  las  casas  y  los 
» huertos;  pero  de  la  ti'erra  de  foris  (ó  sea,  de  lo  que  que- 
»dare  restando  el  huerto  y  la  casa),  lleve  la  mitad,  y  ade- 
finas los  frutos  que  le  correspondan  de  la  otra  mitad,  á 
»no  ser  que  quiera  ser  reintegrado  del  costo  de  la  finca. 
»Si  de  la  finca  se  posesionó  sin  precio  alguno,  entonces 
» quede  íntegra  á  la  Catedral.  Si  alguno  adquiriere  algo 
»en  el  iglesiario  ó  diextros  de  alguna  iglesia,  piérdalo 
»sin  ningún  género  de  excusa.» 

Otros  dos  puntos  se  resolvieron  en  la  Junta,  que  da- 
ban margen  á  innumerables  cuestiones  y  reclamaciones, 
que  á  veces  degeneraban  en  sangrientos  conflictos.  El 
uno  se  refería  á  la  facultad  que  pretendían  los  sayones 
ó  alguaciles  del  Rey  para  penetrar  en  las  tierras  de 
Santiago  en  causas  de  crimen  ú  otras  análogas;  el  otro 
versaba  sobre  quién  era  el  señor  jurisdiccional  de  aque- 
llos que  pasaban  de  otros  commissos  á  residir  en  los  de 
la  Iglesia  compostelana.  Acerca  del  primer  punto,  ha- 
bían declarado  los  testigos  presentados  por  la  Iglesia: 
«que  todo  lo  que  se  había  acostumbrado  á  satisfacer  á 
»los  Reyes  en  causas  de  robos,  parricidios,  homicidios  ó 
» tránsfugas,  se  pagó  íntegramente  á  la  Iglesia  del  Após- 
tol por  mano  del  sayón  del  Prelado,  menos  cuando  no 
»pudiendo  éste  obligar  á  hombres  soberbios,  orgullosos  y 
» levantiscos  á  que  le  respetasen  sus  prerrogativas,  se 
» quejaba  al  Rey,  y  hacía  venir  los  sayones  regios  para 
» recobrar  sus  derechos.  Nunca  entraron,  pues,  en  tierra 
»de  Santiago  los  sayones  del  Rey,  sin  ser  expresamente 


LOS  TBES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  451 

>  llamados  por  el  Obispo,  no  siendo  para  proceder  contra 
^  nobles  ó  infanzones.  Y  si  alguna  vez  entraron,  llama- 
dos por  alguien,  pero  sin  mandato  del  Prelado,  al  pun- 
>to,  tan  pronto  como  se  supo,  fueron  expulsados.» 

Respecto  del  segundo  punto,  depusieron  los  declaran- 
tes «que  cuando  venían  hombres  de  otros  condados  a  mo- 
»rar  en  tierra  de  Santiago,  las  heredades  que  poseyeran, 
»las  dejaban  al  Condado  de  donde  habían  salido;  pero 
»que  ellos  quedaban  sujetos  al  Señorío  de  la  Iglesia  del 
» Apóstol,  ó  de  su  administrador,  á  no  ser  que  fuesen 
» siervos  ó  libertos  del  Rey,  si  es  que  el  Rey,  ó  los  Con- 
>des,  ó  sus  propios  dueños,  no  los  habían  otorgado  por 
» Escritura  á  la  misma  Iglesia»  (1). 

Nada  innovó  D.  Alfonso  respecto  de  estos  puntos,  y 
quiso  que  todo  continuase  observándose,  como  hasta  en- 
tonces se  había  guardado.  Enumera,  además,  las  igle- 
sias dieccsáles,  ó  que  no  estaban  sujetas  á  ningún  domi- 
nio, existentes  en  la  comarca  de  Saines,  la  cual,  como 
hemos  dicho,  había  sido  cedida  por  D.  Sisnando  II  á  los 
caballeros  habitantes  en  la  misma,  para  interesarlos  en 
la  defensa  del  país  contra  las  piraterías  de  los  norman- 
dos. Menciona  también  algunos  de  los  territorios  que  se 
comprendían  en  la  Diócesis  compostelana,  especialmen- 
te aquellos  que  podían  dar  margen  á  algún  litigio, 
como  los  de  Pruzos,  Besoucos,  Trasancos,  Labacengos  y 
Nendos. 

En  la  parroquia  de  San  Esteban  de  Piadela,  cerca 
de  Betanzos,  se  crió  una  gran  Reina,  la  Reina  D.a  San- 
cha, esposa  de  D.  Fernando  I.  Lacróla  D.a  Fronosilde, 


(l)     Véanse  Apéndices,  núm.  LXXX VI.— Véanse  Fueros  Municipales 
de  Santiago  y  de  su  tierra,  tomo  I,  pág.  131  y  siguientes. 


452 


LIBEO  SEGUNDO 


por  otro  nombre  Siti,  la  cual  era  de  una  distinguida  fa- 


Fotografía  i/e. 7.  Linda.  Fotograbado  de  Laporta. 

Miniatura  del  Tumbo  A,  fol.  20  vuelto,  qne  representa  á  D.  Alfonso  V. 

milia  gallega;  pues  sus  ascendientes  habían  fundado  el 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  453 

monasterio  cuyo  título  lleva  hoy  la  citada  parroquia,  y 
ella  misma,  con  su  hermano  Vimara  Grundemáriz,  lo 
restauró  y  puso  en  mejor  estado.  En  30  de  Diciembre 
de  1020,  el  Rey  D.  Alfonso  V,  por  hacer  bien  á  dicha 
casa,  y  en  atención  á  los  servicios  prestados  por  Frono- 
silde,  acotó  los  diextros  del  monasterio,  y  le  otorgó  el 
señorío  y  jurisdicción  sobre  todos  los  que  morasen  den- 
tro de  aquel  término.  Quiso  D.  Alfonso,  que  á  la  muerte 
de  los  dos  hermanos  pasase  el  monasterio,  con  todas  sus 
pertenencias,  al  dominio  de  la  Iglesia  de  Santiago;  por- 
que ésta  era  tal  vez  la  voluntad  de  Vimara  y  Fronosil- 
de.  Vimara,  no  obstante,  por  la  confirmación  de  este 
Privilegio,  recibió  del  Rey  un  caballo  apreciado  en  200 
sueldos,  un  gavilán,  un  alano  y  otros  dos  perros  (1). 

Otro  Privilegio  subscribió  D.  Vistruario  en  8  de 
Agosto  de  1022;  por  el  cual  Privilegio  permutó  D.  Al- 
fonso V  con  el  caballero  Gudesteo  Suárez,  nieto  del 
Conde  D.  Rodrigo  Velázquez,  y  sobrino  del  Obispo  com- 
postelano  D.  Pelayo  Rodríguez,  la  villa  de  Santa  Eula- 
lia en  tierra  de  Deza,  que  había  sido  del  traidor  Galin- 
do  (2),  y  la  de  Sampiro,  cerca  de  Monterroso,  por  la  de 
Minioto  (S). 

De  esto  que  llevamos  hasta  aquí  referido,  se  colige 
que  el  Rey  D.  Alfonso,  á  pesar  de  sus  juveniles  años, 
poseía  el  tacto  y  energía  suficientes  para  encauzar  las 
desbordadas  corrientes,  qué  hasta  entonces  habían  aso- 
lado la  nación.  Empero,  una  nueva  tempestad  se  desen- 


(1)  Véanse  Apéndices,  niím.  LXXXVII. 

(2)  Galindo  se  había  rebelado  en  el   castro   de  Trava  contra   D.  Ber- 
mudo  II. 

(3)  Tumbo  A,  de  la  Catedral  de  Santiago,  fol.  23, 


454  LIBRO  SEGUNDO 


cadenó  sobre  Galicia,  que  amagaba  no  menores  infortu- 
nios y  desastres  que  los  pasados.  En  el  año  1016  arribó 
á  nuestras  costas  una  numerosa  escuadra  normanda,  y 
penetró  por  el  Miño  hasta  llegar  á  Tuy,  en  donde,  ha- 
ciendo un  desembarco,  de  tal  modo  sorprendieron  á  los 
habitantes,  que  después  de  destruir  ó  incendiar  la  ciudad, 
se  llevaron  cautivos  al  Obispo  y  á  su  Clero,  y  á  otros 
muchos  moradores.  Continuaron  después,  por  bastante 
tiempo,  sus  correrías  del  otro  lado  del  Miño,  asediando 
castillos,  haciendo  mercado  con  los  cautivos,  ó  degollán- 
dolos y  torturándolos,  según  mejor  les  convenía.  En  esto 
se  presentó  D.  Alfonso,  á  quien  ya  en  18  de  Abril  de  di- 
cho año  1017,  hemos  visto  en  Sobrado,  y  después  de  va- 
rios victoriosos  encuentros,  los  obligó  á  reembarcarse  (1). 
Mas  las  costas  de  Galicia  estaban  mal  custodiadas,  ni 


(1)  Multas  quidem  ipsorum  inimicorum  cervices  fregimus,  dice  D.  Al- 
fonso V  en  el  Diploma  otorgado  á  Santiago  en  1024  (España  Sagrada, 
tomo  XIX,  pág.  391),  et  eos  de  riostra  térra  ejecimus. 

Pretendiendo  Dozy  en  sus  Recherches  (tomo  II,  pág.  300  y  siguientes), 
hacer  un  cuadro,  no  histórico  sino  artístico  de  las  aventuras  de  San  Olao, 
para  recargar  con  más  intensas  sombras  su  obra,  pretendió  atribuir  al  céle- 
bre Rey  de  Noruega  la  destrucción  de  Tuy  y  el  cautiverio  de  su  Clero  y  de 
su  Obispo.  Después  de  describir  las  hazañas  de  las  huestes  del  Rey  norue- 
go, y  entre  ellas  el  martirio  de  San  Elfego,  Arzobispo  de  Cantorbery,  con- 
cluye: «La  Iglesia  con  imparcial  equidad  tiene  por  santos,  así  á  Elfego,  como 
á  Olao  Haraldson,  uno  de  sus  verdugos.»  Aquí  Dozy  con  volteriana  impar- 
cialidad calla  el  arrepentimiento  de  San  Olao  y  los  actos  de  reparación  que 
llevó  á  cabo.  Y  para  hacer  más  admisible  la  suposición  de  que  San  Olao 
había  sido  el  jefe  de  los  incendiarios  de  Tuy,  con  libertad  más  artística  que 
crítica,  corrige  la  fecha  en  que  el  Cronicón  Lusitano  colocó  estos  sucesos,  y 
la  anticipa  en  dos  años;  y  no  satisfecho  con  esto,  apoyándose  en  la  autoridad 
de  Risco,  que  en  este  punto  sin  bastante  fundamento  se  aparta  del  común 
sentir  de  nuestros  Historiadores,  hace  á  D.  Alfonso  V  tres  años  más  viejo 
de  lo  que  era  en  realidad, 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  455 

era  fácil  guardarlas  con  los  medios  de  que  se  disponía 
entonces;  así  es  que  I03  normandos  repetían  casi  todos 
los  años  sus  excursiones,  y  si  la  ocasión  les  era  propicia, 
se  distribuían  en  bandas  para  recorrer  y  saquear  el  país. 
Uno  de  los  puntos  más  amenazados,  eran  las  brillas  del 
Miño,  en  donde,  sin  duda,  se  proponían  tomar  desquite 
de  los  descalabros  del  año  1017.  Con  esto  se  hizo  impo- 
sible repoblar  por  entonces  la  ciudad  de  Tuy,  y  menos 
restaurar  la  Sede.  Mas  como  aquella  importante  comar- 
ca no  podía  permanecer  mucho  tiempo  sin  Pastor  que 
la  rigiese  y  administrase  espiritualmente,  D.  Alfonso  V 
convocó  el  año  1024  un  Concilio,  en  que  se  tratase  este 
punto,  y  se  acordase  lo  que  se  creyese  procedente,  aun- 
que fuera  con  carácter  de  interinidad.  Reunióse  el  Síno- 
do el  29  de  Octubre  del  referido  año,  á  lo  que  parece,  en 
Santiago,  y  á  él  asistieron  los  Obispos  Jimeno  de  Astor- 
ga,  Ñuño  de  León,  Vistruario  de  Compostela,  Iñigo,  cu- 
ya Sede  ignoramos,  Adeganis  de  Oviedo,  y  Pedro  de 
Lugo,  y  varios  Condes  y  Magnates  de  la  Corte.  Lo  que 
se  acordó  respecto  de  la  Sede  de  Tuy,  fué  unirla  á  la  de 
Santiago,  é  incorporar  con  la  compostelana  la  antigua 
Diócesis  tudense  (1).  Al  ratificar  D.  Alfonso  el  acuerdo 
del  Concilio,  donó  á  Santiago  el  Señorío  de  lo  que  que- 


(1)  Transactoque  multo  tempore  ciim  Pontificibus,  Comitibus  atque 
ómnibus  Magnatis  Palatii,  quorum  facta  est  turba  non  módica,  tractavimus 
ut  ordinaremus  per  unasquasque  Sedes  Episcopos,  sicut  canónica  sententia 
docet.  Cum  autem  vidimus  ipsam  Sedem  (Tudensem)  dirutam,  sordibusque 
contaminatam  et  ab  Episcopali  ordine  ejectam,  necessarium  duximus  et 
bene  providimus,  ut  esset  conj uñeta  Apostolicae  Aulae,  cuius  erat  provin- 
cia; et  sicut  providimus,  ita  concedimus...  parti  sci.  Apostoli  ut  ibi  maneat 
per  saecula  cuneta.  (Diploma  de  D.  Alfonso  V  entre  los  Apéndices  del 
tomo  XIX  de  la  España  Sagrada). 


456  LIBEO  SEGUNDO 


daba  de  la  antigua  ciudad  de  Tuy  con  la  iglesia  de  San 
Bartolomé,  que  quedó  en  pie  entre  sus  ruinas. 

No  se  detuvo  aquí  la  liberalidad  del  piadoso  Monar- 
ca para  con  la  Iglesia  del  Patrón  de  España,  sino  que 
añadió  nuevas  larguezas,  además  de  la  de  la  Diócesis 
tudense.  Dio  la  iglesia  de  San  Pedro  de  Benevivere  (Bem- 
bribe,  cerca  de  Vigo);  la  de  Santiago  de  Pórtelas,  del 
otro  lado  del  Miño;  la  de  San  Salvador  de  Rial,  en  el 
territorio  de  Célticos,  á  orillas  del  Tambre  (1);  la  de 
San  Julián  de  Negreira  con  sus  iglesias,  sus  colonos  y 
todas  sus  demás  pertenencias;  y  en  el  suburbio  lucense, 
la  de  San  Vicente  de  Spate.  Añadió,  finalmente,  otra 
muy  importante  donación,  la  de  la  isla  de  Oneste  (2),  en 
las  márgenes  del  Ulla,  en  la  cual  el  mismo  D.  Alfonso  V 
había  hecho  construir  una  ciudadela  para  cerrar  el  paso 


(1)  En  el  Diploma  publicado  por  Flórez  se  lee  in  ripa  maris,  en  lugar 
de  in  ripa  Tamaris. 

(2)  Esta  isla  es  la  del  famoso  castillo  de  Oeste  cerca  de  Catoira.  El 
P.  Flórez  (España  Sagrada,  tomo  XIX,  pág.  192),  cree  que  en  lugar  de 
Oneste  debe  leerse  Aunios  (Ons),  porque  asentando  D.  Alonso  V  que  la  isla 
de  Oneste  era  una  de  las  donadas  por  D.  Alfonso  III  á  Santiago,  y  no  apa- 
reciendo el  nombre  de  Oneste,  más  si  el  de  Aones  entre  las  dadas  por  este 
último  Monarca,  era  dado  inferir  que  el  poner  Oneste  en  lugar  de  Aones 
había  sido  una  errata  del  amanuense.  Añade  el  P.  Flórez  (pág.  196),  que  el 
sitio  de  Oeste  se  reduce  á  unas  peñas  sobre  las  que  levantaron  los  romanos 
las  torres  de  Augusto,  y  que  por  consiguiente  no  ofrecían  comodidad  para 
la  ciudad  mirae  magmtudinis,  de  que  habla  D.  Alfonso  V.  Mas  la  ciudad  ó 
ciudadela  no  se  redujo  á  las  peñas  mencionadas  por  Flórez,  sino  que  se  ex- 
tendían por  bastante  espacio  á  lo  largo  del  río  en  la  margen  izquierda.  Aún 
hoy  día  pueden  verse  los  restos  del  antiguo  recinto  murado.  Además,  ha- 
biendo sido  construida  esta  ciudadela  para  proteger  á  Santiago,  ad  defen- 
dendam  ipsius  Apostoli  patriam,  para  este  objeto,  en  la  isla  de  Ons  resultaría 
completamente  inútil. 


LOS  TEES  PBIMESOS  SIGLOS  DE  LA  I.  CÓMPOSTELANA  457 

á  las  naves  normandas  que  se  enfilaban  por  dicho  río,  y 
eran  una  constante  amenaza  para  la  ciudad  de  San- 
tiago. 

Entre  las  distracciones  que  padeció  el  P.  Flórez  al 
tratar  del  Obispo  D.  Vistruario,  debemos  notar  la  en 
que  contradice  á  la  Infanta  D.a  Elvira,  la  cual,  en  un 
Privilegio  concedido  á  la  Catedral  de  Lugo  en  1071,  ha- 
bía afirmado,  que  la  Iglesia  de  Tuy  quedara  sujeta  á  la 
de  Santiago  después  de  la  irrupción  de  los  ismaelitas.  El 
Padre  Flórez  sienta  que  esta  sujeción  sólo  tuvo  lugar 
después  de  la  invasión  de  los  normandos;  pero  en  cierto 
modo  aconteció  mucho  antes,  desde  que  los  Prelados 
tudenses,  para  evitar  las  furiosas  acometidas  de  los  ára- 
bes, se  vieron  precisados  á  buscar  refugio  y  asilo  en  la 
Diócesis  compostelana. 

No  nos  detendremos  en  citar  los  Privilegios  que  por 
estos  años  subscribió  D.  Vistruario,  sin  olvidar  nunca  el 
título  de  Obispo  de  la  Sede  Apostólica;  pues  de  ello  sólo 
se  sacaría,  para  nuestro  objeto,  la  mera  mención  del 
Prelado.  Del  año  1028,  hay  una  importante  donación 
hecha  á  la  Iglesia  de  Santiago  por  la  piadosa  Infanta 
D.a  Teresa,  hija  de  los  Reyes  D.  Bermudo  II  y  D.a  Elvi- 
ra. Dona  la  virtuosa  Infanta  al  Obispo  D.  Vistruario  y 
á  todo  su  Cabildo  (Patri  et  pontifici  domini  Vistruarii  et  om- 
ni  Congregationi  apostolici  Loci),  un  cortijo  dentro  de  los 
muros  de  la  ciudad  de  León,  con  la  iglesia  de  San  Millán 
en  él  edificada,  el  cual  cortijo  se  hallaba  al  Norte  de  la 
ciudad,  cerca  de  la  puerta  llamada  del  Conde,  y  no  le- 
jos del  monasterio  de  San  Pelayo,  en  donde  D.a  Teresa 
había  hecho  profesión  religiosa.  El  Obispo  y  Cabildo 
ofrecieron  como  obsequio  á  la  Infanta,  una  magnífica 
cortina  (dlaiara  valde  mirifica),   que  se    guardaba   en  el 


458 


LIBEO  SEGUNDO 


Fotografía  de  José  Lintia.  Fotograbado  de  Laporta. 

Miniatura  del  Timbo  A,  fol.  38,  que  representa  á  la  Infanta  D,A  Teresa, 


LOS  TBES  PE1MEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  CO&tPOSÍELAtf  A  459 

Tesoro  de  la  Iglesia,  y  que  fuera  donada  por  la  madre 
de  D.a  Teresa  (1). 

Mas  en  este  mismo  año  1028,  á  4  de  Julio,  ocurrió 
un  lamentable  suceso  que  llenó  de  luto  á  todo  el  reino, 
y  que  dio  ocasión  á  grandes  disturbios  y  á  muy  trascen- 
dentales cambios  en  las  relaciones  políticas  entre  los  di- 
versos Estados  cristianos  de  nuestra  Península.  En  dicho 
día  (2),  D.  Alfonso  Y,  que  estaba  sitiando  á  Viseo,  pe- 
reció víctima  de  su  confianza  y  de  su  arrojo,  atravesado 
por  una  saeta.  Al  punto  fué  proclamado  su  hijo  D.  Ber- 
mudo  III,  el  cual  en  15  de  Noviembre  del  referido 
año  1028,  por  el  alma  de  sus  padres,  otorgó  á  la  Iglesia 
de  Santiago  la  villa  de  Cordeiro,  en  el  territorio  de  Sai- 
nes, que  había  sido  de  sus  abuelos  maternos,  los  Condes 
gallegos  D.  Menendo  González  y  D.a  Toda.  Dio  también 
la  villa  de  Auna,  á  orillas  del  Tambre  en  Postmarcos, 
que  sus  abuelos  paternos,  D.  Bermudo  II  y  D.a  Elvira, 
habían  adquirido  de  Arias  Alfonso.  Al  mismo  tiempo, 
donó  D.  Bermudo  III  al  monasterio  de  Antealtares  y  al 
Obispo  D.  Vistruario,  á  quien  llama  su  padrino  (monaste- 
rio Sci.  Petri  apostoli  quod  fundatum  est  prope  aulam  Sci.  la- 
cobi,  et  vóbis  patrino  meo  domino  Vistruario  episcopoj,  las  villas 
de  Maurlini  y  Bermiri  (3).  En  el  mismo  año,  y  á  30  de 
Diciembre,  D.  Bermudo  III,  además  de  confirmar  la  do- 
nación de  Cordeiro,  otorgó  á  Santiago  la  tierra  de   Car- 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  LXXXVIII. 

(2)  El  año  y  día  en  que  falleció  D.  Alfonso,  sobre  los  cuales  no  esta- 
ban acordes  nuestros  Historiadores,  nos  los  dá  fijamente  el  Salterio  de  Don 
Fernando  I.  En  su  Cronicón  se  lee:  Adefonsus  rex  oviit  IIII  feria  mensis 
iulio,  era  TLXVI. — Véanse  Apéndices,  núm.  XCII. 

(3)  Véanse  Apéndices,  núm.  XC. 


460 


LIBEO  SEGUNDO 


nota,  según  confinaba  con  la  de  Célticos,  con  los  dos  cas- 


Fotografía  de  J.  Limia.  Fotograbado  de  Laporta. 

Miniatura  del  Tumbo  A,  fol.  21,  que  representa  a  D.  Bermudo  III. 


tillos  de  San  Jorge  y  Cañedo,  que  se  habían  edificado 


LOS  TEES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  461 

para  su  defensa  (1).  Dónala  D.   Bermudo  para  sustento 
de  los  Clérigos  que  sirven  en  la  Iglesia  Apostólica,  para 


Fotografía  de ./.  Limia.  Fotograbado  eU  Laporta. 

Miniatura  del  Tumbo  A,  fol.  37  vuelto,  que  representa  á  D.a  Urraca,  viuda  de  f).  Alfonso  V. 

socorro  de  los   pobres  y  hospedaje  de   los  peregrinos  y 


(1)     Estos  dos  castillos  estaban,  al  parecer,  en  la  parroquia  de  San  Ma- 


462  LIBEO   SEGUNDO 


extranjeros.  Termina  D.  Bermudo  encomendándose  á 
las  oraciones  de  D.  Vistruario  y  de  todo  el  Cabildo,  y 
rogándoles  que  el  día  de  la  fiesta  de  Santiago,  distribu- 
yan pan  y  vino  á  los  pobres  (1). 

Ya  antes  que  el  joven  Monarca  D.  Bermudo  protes- 
tase en  la  forma  que  hemos  visto,  de  su  amor  y  devoción 
á  la  Iglesia  de  Santiago,  la  Reina  viuda  D.a  Urraca,  con 
su  madre  D.a  Jimena,  había  ofrecido  en  26  de  Septiem- 
bre al  Santo  Apóstol  su  villa  de  Letiftcus  (Lédigos),  en 
el  territorio  Coza,  entre  los  ríos  Carrión  y  Aratoi,  con  to- 
dos sus  edificios,  viñas,  pomares,  prados  y  demás  perte- 
nencias (2).  Aún  no  transcurridos  dos  años,  otras  dos 
Princesas,  D.a  Sancha  y  D.a  Teresa,  hijas  de  D.  Bermu- 
do II  y  D.a  Elvira,  á  27  de  Enero  de  1030,  concedieron 
á  Santiago,  en  tierra  de  Camota  y  cerca  del  sitio  en 
donde  el  Tambre  desagua  en  el  mar,  la  villa  de  Sar an- 
tes, que  sus  padres  habían  comprado  á  Arias  Alfonso  y 
á  Ordoño  Ramírez  (3). 

Si  prescindimos  de  estas  regias  donaciones,  pocas 
noticias  tenemos  del  Obispo  D.  Vistruario  y  del  Clero 
Catedral  compostelano.  Otros  Prelados  de  aquellos 
tiempos,  solieron  hacer  como  D.  Pedro  de  Lugo,  D.  Pe- 
layo  de  León,  etc.,  cuantiosos  donativos  á  sus  Iglesias, 
consignados  en  Escrituras,  á  que  ellos  daban  el  nombre 
de  Testamentos.  Indudablemente,  D.  Vistruario  hizo  en 
favor  de  su  Iglesia  alguna  cosa  semejante;    pero  las  Es- 


med  de  Camota,  partido  judicial  de  Muros,  el  uno  en  el   lugar  de    Castelo 
y  el  otro  en  el  famoso  monte  Pindó,  y  ambos  sobre  la  costa  del  Océano. 

(1)  Véase  España  Sagrada,  tomo  XIX,  Apéndices. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núms.  LXXXIX  y  XCII,  pág.  226. 

(3)  Véanse  Apéndices,  núm.  XCI. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA     463 


crituras  originales  se  perdieron,    y  el  compilador   del 


Fotografia  dé  ./.  Limia.  Fotograbado  de  Laporta. 

Miniatura  del  Tumbo  A,  ful  88  vuelto,  que  representa  a  D.«  Sancha  y  I  >.«  Teresa. 

Cartulario  Compostefano,  que  desde  el  año  1129  se  había 


464  LIBEO  SEGUNDO 


propuesto  insertar  en  él  todas  las  donaciones,  así  las 
hecjias  por  los  Reyes  é  Infantes,  como  las  de  los  Prela- 
dos, Condes  y  personas  privadas,  no  pasó  del  primer 
libro,  que  era  el  destinado  á  contener  las  concesiones 
regias.  De  aquí  el  silencio  que  se  nota  respecto  de  obras 
y  donaciones  hechas  por  los  Prelados  y  aún  por  otras 
personas  á  nuestra  Iglesia. 

De  D.  Vistruario  se  sabe  por  una  Escritura  que  Ar- 
gáiz  (1)  leyó  en  un  libro  manuscrito  del  Monasterio  de 
Oña,  que  en  8  de  Julio  de  1029,  donó  varios  bienes  al 
convento  de  San  Sebastián  de  Picosagro.  Subscriben  el 
Documento,  además  de  D.  Vistruario,  otros  cuatro  Obis- 
pos, y  los  abades  Alvito,  Ariano,  Gonzalo  y  Adulfo.  Los 
tres  últimos  eran  Abades  en  Compostela;  el  primero  en 
Antealtares,  el  segundo  en  San  Martín  Pinario,  y  el 
tercero,  acaso  fuese  el  Prior  de  la  Canónica.  Alvito,  es 
sin  duda,  el  Abad  de  Samos  del  mismo  nombre,  que  des- 
pués fué  Obispo  de  León,  y  mereció  el  honor  de  los  al- 
tares (2). 


(í)     La  Soledad  Laureada,  tomo  III,  pág.  387. 

(2)  He  aquí  el  resumen  que  hace  Argáiz  de  esta  Escritura:  «En  el  año 
1029  he  visto  Escritura  suya  (deD.  Vistruario),  donde  haze  diferentes  mer- 
cedes al  Monasterio  de  San  Sebastián  de  Monsagro...  Era  esta  Cueva  (la  del 
Picosagro)  de  donde  los  Discípulos  de  Sant  lago  echaron  aquella  Serpiente, 
de  que  se  haze  relación  en  la  vida  y  sepultura  del  Apóstol.  Era  tradición, 
que  en  ella  dexaron  los  Santos  Discípulos  depositadas  muchas  reliquias,  o 
lo  habían  hecho  otros  sucessores;  y  deseando  por  aora  con  vana  curiosidad 
algunos,  que  es,  lo  que  de  cierto  auia  en  ella,  parece  ser,  que  intentándolo 
fueron  abrasados  con  fuego,  que  salió  de  ella,  y  muertos  en  la  prosecución 
del  intento,  que  procuraron  dar  alcanze  por  dos  o  tres  vezes;  assi  desistien- 
do de  su  curiosidad  tuvieron  todos  tal  respeto  al  dicho  lugar,  que  el  Obispo 
Vistruario  hizo  muchas  mercedes  al  Monasterio  de  San  Sebastian...»  Esto  era 
en  substancia  lo  que  contenía  del  Libro  manuscrito  de  Oña.  Mas  de  esta 
Escritura  se  conservaba  en  el  Archivo  de  San  Martín  Pinario  el  original  ó 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELASA  465 

Pequeña  fué  la  tregua  que  las  pasiones  políticas  y 
otras  más  ruines  concedieron  á  la  moralidad  y  al  orden. 
Muerto  D.  Alfonso  V,  cuyo  valor,  tacto  y  prudencia 
elogia  D.  Fernando  I,  en  un  Diploma  otorgado  á  la 
Santa  Iglesia  de  Astorga  en  el  año  1046  (1),  muchos 
caballeros  turbulentos  y  ambiciosos,  confiados  en  que  los 
pocos  años  ó  inexperiencia  de  D.  Bermudo  III  no  po- 
drían oponer  serio  obstáculo  al  logro  de  sus  perversas 
concupiscencias,  se  entraron  por  las  heredades  de  las 
iglesias,  y  cada  cual  arrebató  y  se  apoderó  de  lo  que 
pudo.  En  el  capítulo  XXII  hemos  hablado  de  los  inaudi- 
tos atropellos,  latrocinios,  y  asesinatos  perpetrados  en  la 
tierra  de  Santiago  hacia  el  año  1032  por  el  caballero 
Sisnando  Galiáriz.  Teniendo  en  cuenta  la  situación  po- 
lítica del  reino,  fácil  es  explicar  la  libertad  é  impunidad 
con  que  procedían  estos  malvados.  En  el  año  1031,  Don 
Sancho  el  Mayor,  Rey  de  Navarra,  invadió  el  reino  de 
León,  se  hizo  dueño  del  territorio  sito  entre  los  ríos  Cea 
y  Pisuerga,  y  desde  aquí  destacó  algunas  fuerzas  para 
que,  con  el  auxilio  de  los  Condes  que  estaban  rebelados 
contra  D.  Bermudo  III,  se  internasen  por  el  país.  Algu- 
nas de  estas  tropas  así  destacadas,  en  connivencia  con  el 
Conde  rebelde  D.  Rodrigo  Románez,  sobrino  del  famoso 
D.  Suero  Gundemáriz,  se  posesionaron  del  castillo  de 
Lapío  (Labio),  cerca  de  Lugo,  con  la  intención  de  hacerse 


un  trasunto  gótico,  del  cual  en  los  índices  de  Documentos  se  hace  mención 
en  los  siguientes  términos:  «Serie  de  sucesos  memorables  <{ue  han  aconte- 
cido en  Montesacro,  donde  fué  edificado  }T  dotado  el  monasterio  de  San 
Sebastian  para  monjes  benitos;  de  la  cual  fundación  se  hace  mención  en 
esta  Escritura;  su  fecha  Era  MLXVII  (año  1029);  en  gótico.  Cajón  2.°  A, 
pieza  5.a» 

(1)     España  Sagrada,  t,  XVI,  Apénd.  XVI. 
Tomo  II.— 30. 


466  LIBRO    SEGUNDO 


fuertes  en  aquel  sitio,  y  coadyuvar  de  este  modo  á  los 
designios  de  su  Monarca.  Pero  fueron  tales  los  desmanes, 
robos  y  asesinatos  que  cometieron,  que  el  mismo  Don 
Rodrigo  Románez,  á  instancia  de  todo  el  Clero  y  pueblo 
de  la  comarca,  pasó  á  desalojarlas  por  la  fuerza  de  aquel 
sitio.  Para  ello  se  concertó  con  una  de  las  bandas  de 
normandos  que  recorrían  el  país,  y  con  estas  fuerzas  y 
las  suyas  asaltó  el  castillo,  le  puso  fuego  y  lo  arrasó 
hasta  los  cimientos   (1). 

Disponíase  D.  Bermudo  á  rechazar  impávido  á  los  in- 
vasores de  su  reino,  y  á  castigar  severamente  á  los  se- 
diciosos que  así  lo  perturbaban;  mas  en  esto  se  le  ofreció 
un  ventajoso  partido  que  lo  desembarazaba  de  su  más 
poderoso  enemigo,  el  Rey  de  Navarra.  Era  el  matrimo- 
nio de  su  hermana  D.a  Sancha  con  D.  Fernando,  hijo 
segundo  de  D.  Sancho  el  Mayor.  La  boda  debió  verifi- 
carse en  la  segunda  mitad  del  año  1032;  y  por  tal  ma- 
nera, quedó  D.  Bermudo  en  libertad  para  habérselas  con 
los  traidores  que  habían  intentado  aniquilar  y  destrozar 
sus  estados. 

A  mediados  del  referido  año  1032,  debió  de  venir  á 
Galicia  para  restablecer  el  orden  y  hacer  cumplida  jus- 
ticia en  los  rebeldes.  El  malvado  Sisnando  Galiáriz  y 
sus  cómplices,  no  quedaron  sin  el  correspondiente  casti- 


(1)  Querellaverunt  se  ad  ipse  Comes  (D.  Rodrigo)  de  Vascones,  qui 
sedebant  in  ipsa  penna,  dicentes  quod  habebant  de  illos  grande  dampno  et 
malfacturias  in  ecclesias  et  in  meskinos,  de  predas  et  disrumptiones,  et 
rausos  et  liomicidios  et  furtos,  et  eoritm  erat  illa  térra  herma  et  desolata. 
Tune  vero  coadunavit  se  ipse  Comes  cum  omnes  suos  barones  et  cum  gens 
Leodomanorum,  et  cerravit  ipsa  penna  et  pressit  ea  per  fortia,  et  cremavit 
et  solavit  ea.  (Privilegio  otorgado  por  D.  Bermudo  III  á  la  Santa  Iglesia  de 
Lugo,  en  30  de  Agosto  de  1032,  España  Sagrada,  tomo  XL,  Apéndice,  nú- 
mero XXV). 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  BE  LA  I.  COMPOSTELANA  467 

go.  D.  Bermudo  les  confiscó  todos  sus  bienes,  y  de  acuer- 
do con  la  Junta  que  sobre  el  particular  se  celebró  en 
Santiago,  los  adjudicó  á  la  Iglesia  del  Apóstol  (1),  para 
que  con  sus  productos  se  hospedasen  los  peregrinos  y  se 
socorriesen  los  pobres,  y  en  especial  para  que  los  minis- 
tros del  templo  pudiesen  por  medio  de  ellos  atender  á  su 
sustento  temporal,  y  el  donante  conseguir  ante  el  Su- 
premo Juez  la  gloria  eterna  (2).  Datóse  la  Escritura  que 
aún  subscribe  la  Infanta  D.a  Sancha,  en  25  de  Agosto 
de  1032.  En  30  de  Agosto,  ya  D.  Bermudo  se  hallaba  en 
Lugo,  á  cuya  Santa  Iglesia  otorgó  el  Privilegio  que  he- 
mos citado  en  la  nota  de  la  página  anterior. 

En  el  año  1034,  el  Rey  de  Navarra  repitió  la  invasión 
en  los  estados  del  Rey  D.  Bermudo,  y  con  tanta  fortuna, 
que  en  poco  tiempo  se  apoderó  de  León  y  de  Astorga. 
El  Monarca  navarro  apenas  encontró  resistencia,  y  esto 
sin  duda  fué  debido,  como  conjetura  el  P.  Risco  (3),  á 
una  grave  enfermedad  que  tuvo  largo  tiempo  postrado 


(1)  «Placuit  mihi  etomni  concilio  ut  tibí  Deo  Omaipotenti  et  apostólo 
tuo  Jacobo,  post  Deum  mihi  fortissimo  Patrono,  cujus  corpus  tumulatum  est 
sub  Arcis  marmoricis,  territorio  Galleciae  in  finibus  Amaeae,  et  tibi  domi- 
no Vistruario  episcopo  cum  omni  congregatione  ipsius  Loci  faceré  textum 
scripturae  firmitatis  de  omni  illorum  re,  tam  villis,  quam  monasteriis.»  Si- 
gue después  la  enumeración  de  los  lugares  en  donde  radicaban  dichos 
bienes,  á  saber,  en  Vilariño,  San  Pelayo  de  Mallos,  Cerdeira,  Viniales, 
Fraiz,  Vaamonde,  Teo,  Freixeiro,  Vilacristi  en  San  Miguel  de  Gora,  San 
Miguel  de  Barcala,  Lucí,  Pereiras,  Reyes,  Vilanova,  San  Miguel  de  Saran- 
dón.  (Véase  España  Sagrada,  tomo  XIX,  Apéndice,  páginas  395-39G. — Véase 
atrás,  cap.  XXII,  pág.  434-435). 

(2)  «Ut  et  inde  ferant  omnes  subsidium  temporale,  et  ego  in  divino 
exanime  gloriam  aeternalem.»  —  Era  la  fórmula  ordinaria  empleada  por 
entonces. 

(3)  España  Sagrada,  tomo  XXXV,  págs,  37  y  siguientes. 


468  LIBKO  SEGUNDO 


á  D.  Bermudo  III,  en  un  pueblo  de  la  Limia,  en  la  pro- 
vincia de  Orense  (1).  Mas  repuesto  de  su  grave  dolencia, 
ó  de  la  sorpresa  que  debió  causarle  la  repentina  é  ines- 
perada invasión  de  D.  Sancho,  reunió  en  Galicia  un 
considerable  ejército  y  se  puso  en  marcha  para  reco- 
brar sus  estados  de  León.  La  muerte  del  Rey  navarro 
acaecida  á  principios  del  año  1035,  facilitó  el  éxito  de 
su  empresa,  pues  en  16  de  Febrero  de  dicho  año  ya  se 
hallaba  en  posesión  de  la  capital  de  sus  estados  (2). 

Mas  aquí  nos  ocurre  la  mención  de  un  desagradable 
suceso,  que  refiere  la  Compostélana  en  los  siguientes  tér- 
minos: «Recibiendo  Vistruario  el  cargo  Pontifical,  de  tal 
modo  conculcó  con  sus  malas  costumbres  los  preceptos 
de  la  vida  santa,  que  exigiéndolo  así  sus  deméritos,  fué 
puesto  en  cadenas  por  el  Rey  D.  Bermudo  en  la  Era  (no 
se  expresa),  y  allí  pagó  el  tributo  á  la  naturaleza»  (3). 

El  hecho  de  la  prisión  por  sí  sólo,  máxime  en  aque- 
llas circunstancias,  no  arguye  nada  contra  la  conducta 
moral  del  que  así  fué  tratado.  Cuando  el  Obispo  de  Lu- 
go, D.  Pedro  (del  cual  no  puede  decirse  que  no  haya 
sido  ejemplar  Prelado),  no  quiso  admitir  en  el  año  1034 
dentro  de  su  ciudad  al  Rey  D.  Bermudo,  no  sería  por- 
que no  quisiese  aceptar  los  halagos  y  beneficios  del  Mo- 
narca, sino  por  recelarse  del  mal  que  con  aquella  entra- 


(1)  Cadivit  ei  (Regí  Veremundo)  mora  prolungata,  et  fecit  ad  eum 
Fernando  Aluariz  et  sua  mulier,  domna  Marina,  seruitium  idoneum.  (Car- 
tulario de  Celanova,  lib.  II,  núm.  LV). 

(2)  España  Sagrada,  tomo  XXXV,  pág.  46. 

(3)  Instruarius  pontificale  suscipiens  vices,  adeo  doctrinara  sanctae 
vitae  pravis  moribus  conculcavit,  quod  suis  exigentibus  meritis  a  domino 

Rege  Veremundo  in  vinculis  mancipatus   sub  Era debita  naturae   per- 

solvit. 


LO  TUES  PRIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  469 

da  le  podía  sobrevenir.  Para  proceder  así  D.  Pedro, 
debió  tener  algún  motivo  poderoso,  y  el  más  eficaz  en 
este  caso,  sería  el  ver  lo  que  se  había  hecho  con  otros 
Prelados.  Y  en  efecto,  D.  Bermudo  con  sus  Condes  ó 
Barones,  D.  Alvaro  Ordóñez,  D.  Rodrigo  Ordóñez,  Don 
Pedro  Fláiniz,  D.  Oveco  Bermúdez  y  D.  Esteban  Osórez, 
juró  que  no  ocasionaría  al  Prelado  de  Lugo,  ni  él,  ni  sus 
Magnates,  ningún  daño,  ni  robo,  ni  muerte,  ni  ningún 
otro  agravio  (1). 

No  nos  olvidemos  de  que  el  Rey  D.  Bermudo  era 
casi  un  niño,  y  que  por  consiguiente,  estaba  expuesto  á 
las  sugestiones  de  sus  Magnates,  poseídos  algunos  de 
ellos  de  muy  ruines  pasiones,  de  las  cuales  acaso  fué 
víctima  el  Obispo  D.  Vistruario. 


*H^***^H> 


'*-*>-2- 


(1)  Jurant  ai  vos,  Petrti3  Dei  gratia  episcopus...,  ut  ssdeat  iste  Rex 
dominus  VereinuDdus  fidelis  dominus  super  eum  (Episcopura),  et  non  ha- 
beat  dampnum,  nec  pressa,  nec  mortem,  nec  aliquo  impedimento  de  me, 
Veremundo  Rex,  nec  de  meos  Barones.  (Apéndice  núm.  XXVI,  en  el  tomo 
XL  de  la  España  Sagrada). 


CAPITULO  XXIV 


El  Obispo  D.  Cresconio.     Importantes  obras  que  llevó  á  cabo 
durante  los  primeros  años  de  su  Pontificado. 


^  A  primera  mención  que  se  halla  de 
D.  Cresconio,  sucesor  de  D.  Vis- 
truario  (1),  es  en  un  Documento  de  Celanova,  otorgado 
en  9  de  Junio  de  1037  por  D.  Bermudo  III.  En  él  subs- 
cribe D.  Cresconio  con  el  título  de  Obispo  de  Iria. 


(1)  Argáiz  (La  Soledad  Laureada,  tomo  III,  pág.  388),  introduce  entre 
D.  Vistruario  y  D.  Cresconio  á  un  Obispo,  á  quien  da  el  nombre  de  D.  Ser- 
vando. Sienta,  además,  que  fué  Obispo  de  León  antes  de  serlo  de  Santiago. 
Esto  de  ningún  modo  puede  admitirse,  porque  mucho  antes  que  D.  Servan- 
do dejase  de  ser  Obispo  de  León,  ya  D.  Cresconio  lo  era  de  Santiago.  Para 
probar  que  D.  Servando  fué   Obispo   compostelano,  cítase  una  lista  de  los 


472  LIBBO    SEGUNDÓ 


«Cresconio,  nacido  de  exclarecido  linaje,  de  tal  ma- 
nera resplandeció  por  lo  ilustre  de  su  nobleza,  que  con 
la  prudencia  y  denuedo  de  su  milicia,  exterminó  á  los 
normandos  que  habían  invadido  esta  tierra.  Levantó 
edificios  de  muros  y  torres  para  fortificar  la  ciudad  de 
Compostela.  Terminada  la  iglesia  de  Santa  María  (de 
Iria),  que  él,  con  el  auxilio  de  Dios,  liabía  edificado,  al 
llegar  en  sus  últimos  días-  al  castillo  de  Honesto,  por 
él  construido  para  defensa  de  la  Cristiandad  en  la 
Era  MCIV,  fué  sobrecogido  por  la  inexorable  muerte»  (1). 

Tal  es  el  elogio  que  de  este  insigne  Prelado  dejó  es- 
crito la  Compostélana.  Es  parco,  pero  expresivo,  máxime 
si  se  atiende  á  la  sobriedad  y  concisión  con  que  los  au- 
tores de  dicha  Historia  solían  escribir  acerca  de  los  Pre- 
lados de  aquellos  tiempos.  Sin  embargo,  no  están  aquí 
incluidos  todos  los  aspectos,  ni  aún  los  principales,  desde 
los  que  debemos  contemplar  esta  noble  figura,  á  este 
varón  preclaro  y  famoso,  como  en  otro  lugar  le  llama  la 
Compostélana.  Cresconio  no  sobresalió  sólo  por  la  alteza 


nueve  Obispos  Santos,  sepultados  en  San  Esteban  de  Rivas  de  Sil,  en  la  cual 
lista,  aparece  D.  Servando  como  Obispo  de  Santiago.  Mas  esta  noticia  debe 
ser  muy  posterior,  y  sin  duda  se  hizo  cuando,  á  fines  del  siglo  XV,  se  reco- 
gieron del  claustro,  en  donde  se  hallaban,  los  restos  de  los  Santos,  y  se  de- 
positaron en  la  Iglesia.  Ninguno  de  los  Catálogos  de  los  Obispos  compos- 
telanos  cuenta  como  tal  á  D.  Servando;  ni  tampoco  en  los  Tumbos  de  San- 
tiago, de  Sobrado,  de  Celanova,  aparece  firmando  con  este  título. 

(1)  Cresconius,  igitur,  nobilissimo  genere  ortu3,  tantae  nobilitatis 
lampade  resplenduit,  quod  suae  militiae  circunspecta  strenuitate  Norma- 
nos, qui  hanc  terram  invaserant,  funditus  extinxit,  et  aedificia  murorum 
turriumque  ad  muniendam  urbem  Compostellae  construxit.  Cumque  post 
consummationem  hujus  ecclesiae  Sanctae  Mariae,  quam  ipse,  Deo  opitu- 
lante,  fecit,  jam  instante  ejus  vitae  termino  ad  Castellum  Honesti,  quod  ad 
defensionem  Christianitatis  construxerat,  perveniret,  in  Era  MCVI  me- 
tuendae  mortis  incursu  impulsus  est.  (España  Sagrada,  tomo  XX,  pág.  15). 


LOS  f  RES  PRIMEROS  SIÓLOS  DÉ  LA  I.  COJÍÍOSÍELAÍÍA  47$ 

de  su  alcurnia,  ni  por  ser  Padre  y  tutor  de  la  patria; 
fué  también  restaurador  de  la  Disciplina  eclesiástica  y 
de  las  buenas  y  sanas  costumbres;  reivindicador  de  la 
justicia  y  de  los  derechos  de  su  Iglesia;  gran  promove- 
dor de  los  estudios  eclesiásticos  y  de  la  ilustración  del 
Clero.  En  todos  estos  terrenos  debemos  estudiar  é  inves- 
tigar su  acción,  por  más  que  la  escasez  de  Documentos 
se  rebele,  y  ponga  toda  clase  de  obstáculos  á  nuestra 
tarea. 

Del  linaje  de  D.  Cresconio  no  sabemos  más  que  lo 
que  nos  dice  la  Gompostélana,  la  cual  ni  siquiera  nos  da 
su  apellido  patronímico.  Empero,  como  su  sobrino  y  su- 
cesor D.  Gudesteo  descendía,  al  parecer,  del  gran  Conde 
gallego  D.  Menendo  González,  tutor  de  Alfonso  V,  Don 
Cresconio,  al  menos  por  afinidad,  debía  de  hallarse  em- 
parentado con  esta  nobilísima  familia. 

Cuál  era  su  estado,  ó  qué  grado  ocupaba  en  la  je- 
rarquía eclesiástica  antes  de  ser  nombrado  Obispo,  se 
ignora,  aunque  debe  presumirse  que  era  miembro  del 
Clero  Catedral  compostelano.  Lo  que  puede  asegurarse, 
es  que  no  fué,  como  pretenden  Yepes  y  Gil  González,  el 
'prepósito  ó  Prior  de  Celanova  que  llevó  el  mismo  nombre, 
y  fué  discípulo  de  San  Rosendo.  Argáiz  reconoce  esto 
mismo;  pero  como  para  él  todos,  ó  casi  todos  los  Prela- 
lados  de  aquellos  tiempos  fueron  Monjes  benedictinos, 
se  conforma  con  que  si  Cresconio  no  fué  el  Prior  citado, 
sería  otro  Monje  que  habría  vivido  después  en  Celanova. 

De  los  primeros  años  del  pontificado  de  D.  Cresco- 
nio, pocas  noticias  se  conservan;  tanto,  que  el  P.  Flórez 
comenzó  á  contar  su  pontificado  desde  el  año  1048,  cuan- 
do hacía  ya  once  años  que  nuestro  Obispo  había  tomado 
posesión  de  la  Sede.  Mas  por  lo  que  dice  la  Compostelana, 


474  LIBRO  SEGUNDO 


y  por  los  efectos,  se  presume  fácilmente  cuál  debió  de 
ser  su  principal  preocupación  durante  ese  tiempo. 

Desde  el  año  1032,  ó  antes,  recorrían  este  país  ban- 
das de  normandos,  que  saqueaban  ó  incendiaban  nues- 
tras iglesias,  nuestros  pueblos  y  nuestras  villas,  y  en 
algunos  casos  daban  la  mano  á  los  aventureros  indíge- 
nas, menesterosos  de  fuerzas  y  de  recursos,  como  se  vio 
cuando  el  Conde  D.  Rodrigo  Románez  quiso  asaltar  el 
castillo  de  Labio,  cerca  de  Lugo.  El  jefe  de  estas  bandas 
era,  probablemente,  el  iarl  ó  Conde  danés  Ulfo,  del  cual 
se  cuenta  que  estuvo  enseñoreado  de  Galicia,  de  donde 
recogió  grandes  riquezas,  y  que  por  esta  razón  fué  lla- 
mado Ulfo  el  Gallego  (1).  Los  Magnates  gallegos  se  ha- 
llaban por  entonces  ocupados,  primero,  en  rechazar  la 
invasión  de  D.  Sancho  de  Navarra;  después,  en  seguir  á 
D.  Bermudo  III,  que  quería  recobrar  parte  de  sus  Esta- 
dos del  poder  de  su  cuñado  D.  Fernando  I,  y  que  por  su 
excesivo  arrojo  pereció  el  4  de  Septiembre  de  1037  en 
la  batalla  de  Tamarón  (2);  y  por  último,  en  sublevarse 
contra  D.  Fernando,  que  había  sido  ungido  Rey  de  León 
el  22  de  Junio  de  1038  (3). 

Un  hombre  del  carácter  de  D.  Cresconio,  no  podía 
permanecer  impasible  é  indiferente  ante  la  desolación 
de  la  patria.  Reclutó  soldados,  los  adiestró  en  el  manejo 

(1)  La  Knyllinga  Saga,  citada  por  Dozy  (Recherches...;  3.a  edición; 
tomo  II,  pág.  314),  dice  de  este  famoso  capitán:  «Ulfo,  conde  en  Dinamarca, 
era  un  bravo  guerrero*  viajó  como  vikingo  (rey  del  mar)  hacia  el  Oeste, 
conquistó  y  saqueó  a  Galicia,  e  hizo  allí  un  gran  botin;  por  esta  razón  se  le 
denominaba  Ulfo  el  Gallego.» 

(2)  Ovitum  Veremundi  regis  in  bello  pugnator  fortis  die  IV  feria  men- 
sis  septembris  era  TLXXV.  (Véanse  Apéndices,  núm.  XCII,  pág.  225). 

(3)  Ordinatio  domini  Fredinandi  regis  in  lejone  X  Kalendas  iulias 
Era  TLXXVI.  (Véase  Apéndice  citado). 


LOS  TBES    P&IMEBÓS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         475 

de  las  armas;  nombró  capitanes,  los  impuso  en  la  táctica 
de  la  guerra;  y  cuando  tuvo  todo  aprestado,  salió  en 
busca  del  agresor,  y  no  cesó  de  guerrear  y  combatir 
hasta  que  consiguió  ver  limpia  de  enemigos  toda  su  Dió- 
cesis y  gran  parte  de  Galicia.  De  este  modo,  con  sus 
propios  recursos,  desbarató  D.  Cresconio  las  huestes  de 
los  daneses,  como  antes  D.  Alonso  V  había  deshecho  las 
de  los  noruegos.  fSuae  militíae  circunspecta  strenuitate...  Nor- 
manos funditus  extinxü). 

Mas  como  D.  Cresconio  comprendía  que  esta  inva- 
sión no  había  de  ser  la  última,  y  que  aún  era  de  temer 
que  se  repitiese  con  mayor  furor  y  encarnizamiento, 
juzgó  oportuno  ponerse  en  condiciones  de  rechazar  cual- 
quiera acometida,  é  impedir  que  el  país  fuese  de  nuevo 
saqueado  y  asolado. 

Entonces  el  castillo  de  Oeste  era  considerado,  según 
dice  la  Compostelana,  como  la  llave  de  Galicia;  cuya  po- 
sesión facilitaba  el  dominio  sobre  todo  el  país  (1).  Como 
ya  hemos  dicho,  D.  Alonso  V  fué  el  que  comenzó  la 
construcción  de  tan  estratégica  fortaleza,  y  para  abre- 
viar su  fábrica,  obligó  á  todos  los  labradores,  desde  Tria- 
castela  hasta  la  costa  del  Atlántico,  á  ir  á  prestar  servi- 
cio siempre  que  fuesen  llamados.  Más  tarde,  como  los 
muros  amenazaban  con  frecuencia  ruina,  pues  aunque 
trabados  en  su  interior  con  vigas,  estaban  formados  de 
piedra  menuda  asentada  en  seco,  se  regularizó  este  ser- 
vicio limitándolo  á  los  labradores  que  habitaban  entre 


(1)  Quippe  Honestum  quasi  quaedam  clavis  atque  sigilluin  est  Gallae- 
ciae;  quod  si  exterae  gentes  hunc  locum  sibi  praeriperent,  munitione  ibidem 
composita,  Gallaeciam  invadero  atque  depopulari  prae  manibus  haberent, 
(Libro  II,  cap.  XXIII). 


4?ó  *  USBO  SEGUNDO 


el  río  Iso  y  el  mar;  pero  obligándolos,  por  Real  Edicto, 
á  venir  dos  veces  al  año  para  ayudar  á  los  trabajos  de 
reparación  y  mantenimiento  de  los  extensos  lienzos  de 
pared.  No  satisfacía  á  D.  Cresconio  esta  obra,  que  con 
tanta  facilidad  se  desmoronaba;  emprendió,  pues,  su  re- 
edificación, pero  dando  á  los  muros  más  firme  y  sólida 
estructura,  y  levantando  altas  torres,  desde  las  cuales  se 
ofendiese  más  certeramente  al  enemigo  (1).  En  el  centro 
de  una  de  las  torres,  construyó  una  capilla  delicada  á 
Santiago. 

Con  esto  tenía  D.  Cresconio  lo  bastante  para  vigilar 
y  entretener,  en  todo  caso,  á  los  invasores,  y  ganar 
tiempo  para  que  en  Compostela,  que  naturalmente  era 
el  principal  objeto  de  su  codicia,  pudieran  tomarse  las 
convenientes  precauciones.  Entonces,  para  nuestra  ciu- 
dad, resultaba  muy  estrecha  la  cerca  con  que  se  la  ha- 
bía ceñido  en  el  siglo  IX,  y  el  caserío,  prescindiendo  de 
tal  valla,  se  extendió  en  todas  direcciones  por  fuera  de 
los  muros.  Fuerza  era,  no  obstante,  poner  al  abrigo  de 
cualquiera  golpe  de  mano  las  nuevas  edificaciones  y  en- 
sanchar en  la  misma  medida  el  recinto  fortificado.  A 
esto  atendió  el  previsor  Obispo,  levantando  nuevas  mu- 


(1)  Cresconius  tamen  bonae  memoriae  Ecclesiae  Bti.  Jacob  i  Episcopus 
Ídem  castellum  turribus  excelsis  atque  muro  firmissimo  partim  munierat. 
(Historia  Compostelana,  loe.  cit.)  —Probablemente  data  de  esta  época  la  ins- 
cripción hallada  recientemente  al  pie  de  las  Torres  de  Oeste,  y  era  la  tan 
memorable,  HOC  SIGNO  TVETVR,  PIVS.-HOC  SIGNO  VINCITVR 
INIMICVS.  Estaba  grabada  alrededor  de  una  Cruz  sobre  una  piedra,  que 
parece  el  dintel  de  una  puerta.  Guárdase  este  interesante  monumento  en  el 
Museo  arqueológico  de  Pontevedra,  por  donación  del  Sr.  D.  José  Salgado 
Rodríguez. 

Por  este  tiempo  debió  también  tenderse  una  cadena  para  cerrar  por 
aquel  sitio  el  paso  del  río. 


LOS  TUES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAtf  A        477 

rallas,  nuevas  torres,  que  probablemente  describían  el 
mismo  perímetro  que  tuvo  la  ciudad  hasta  el  siglo  XVI. 

Para  prevenirse  y  precaverse  de  esta  manera,  había 
más  que  sobrados  motivos.  No  ignoraba  D.  Cresconio, 
que  tal  era  la  nombradía  de  que  entre  las  gentes  del 
Norte  gozaba  la  ciudad  y  templo  de  Santiago,  que  con 
su  nombre  designaban  á  toda  Galicia.  Jakóbsland  (tierra 
de  Jacobo),  llamaban  á  nuestra  región  las  Sagas  escan- 
dinavas; Terra  BtL  lacóbi,  el  Cronicón  del  monasterio  An- 
driense;  Terra  regis  de  Sancto  lacobo,  Juan  Bromton.  Por 
consiguiente,  la  ciudad  y  templo  de  Santiago  habían  de 
ser  el  principal  blanco  adonde  se  dirigiesen  los  tiros  y 
acometidas  de  aquellos  piratas.  Todos  estos  trabajos,  to- 
das estas  fortificaciones,  estaban,  pues,  muy  en  su  lugar; 
y  al  emprenderlas  D.  Cresconio,  libró  ciertamente  á  Ga- 
licia de  nuevos  desastres,  de  nuevas  desolaciones,  y  se 
hizo  acreedor  al  reconocimiento  y  gratitud  de  todo 
el  país. 

Algo  le  faltaba,  sin  embargo,  que  era  el  centro,  el 
núcleo  de  todos  estos  trabajos  y  el  más  íntimo  objetivo 
de  todos  sus  desvelos;  y  este  algo  era  fortificar  en  regla 
el  templo  de  Santiago.  Para  ello,  edificó  dos  torres  de- 
lante de  la  apostólica  Iglesia,  que  no  sólo  la  defendiesen 
de  los  ataques  de  frente,  sino  que  la  flanqueasen  y  la 
protegiesen  contra  los  movimientos  envolventes  del 
enemigo.  En  el  interior  de  las  dos  torres  levantó  dos  al- 
tares, dedicados,  el  de  la  una,  á  San  Benito,  y  el  de  la 
otra,  á  San  Antonino  (1). 


(L)  Altaría  Sancti  Benedicti  et  Sancti  Antonini  fuerant  in  turribus, 
quas  in  inunitionem  Apostolicae  Ecclesiae  fecerat  Cresconius  Episcopus 
ante   veterem  Bti.   Jacobi  ecclesiolam.    (Historia  Compostelana,  libro  II, 


478 


LIBBO  SEGUNDO 


Fotografía  de  J.  Linda.  Fotograbado  de  Lnporta. 

Miniatura  del  Tumbo  A,  fol.  25  viielto,  que  representa  a  D.  Fernando  I. 


cap.  XXV).  — Estas  torres  fueron  deshechas  cuando,  no  muchos   años  des- 
pués, se  construyó  la  nueva  iglesia. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA.  I.  COMPOSTELANA  479 

Tales  fueron  los  importantes  trabajos  que  debieron 
absorber  la  atención  de  D.  Cresconio  durante  los  prime- 
ros años  de  su  pontificado.  Es  muy  verosímil,  no  obstan- 
te, que  hubiese  asistido  á  la  coronación  de  D.  Fernan- 
do I  en  León,  la  cual,  como  hemos  dicho,  tuvo  lugar  el 
22  de  Junio  del  año  10B8.  Con  este  motivo  tuvo  ocasión 
de  darse  á  conocer  al  nuevo  Monarca,  el  cual  hizo  de  él 
alto  aprecio,  y  siempre  lo  consideró  como  uno  de  sus 
más  firmes  partidarios.  No  merecían  el  mismo  concepto 
todos  los  Magnates  gallegos,  pues  algunos  levantaron  el 
estandarte  de  la  rebelión  contra  D.  Fernando,  y  entre 
ellos  la  Condesa  D.a  Odrocia,  con  su  hija  Elvira  y  su  nie- 
to el  Conde  Munio  Rodríguez,  quien  se  apoderó  de  Mon- 
terroso  y  de  otros  castillos  pertenecientes  á  la  Coro- 
na (1).  Mas  estas  alteraciones  no  pasaron  de  conatos  de 
insurrección,  y  Galicia  se  conservó  siendo  uno  de  los 
países  más  adictos  á  D.  Fernando;  pues  cuando  éste  se 
vio  obligado  á  reohazar  con  la  fuerza  la  desatentada 
ambición  de  su  hermano  D.  García  de  Navarra,  los  ga- 
llegos concurrieron  en  gran  número  á  la  jornada  de 
Atapuerca  (1  de  Septiembre  de  1054),  que  tuvo  por  re- 
sultado el  triunfo  completo  de  D.  Fernando,  y  la  muerto 
del  inquieto  y  turbulento  Rey  de  Navarra  (2). 

Lo  mismo  aconteció  en  las  expediciones  que  D.  Fer- 
nando hizo  en  Portugal  en  los  años  105G  y  1057,  y  más 
tarde  en  1064.  En  105 6,  el  animoso  Monarca  conquistó  á 
Sea  y  á  otros  castillos,  y  en  1057,  á  Viseo  el  29  de  Julio, 


(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  XCIV. 

(2)  Quibus  auditis  Fernandus  Rex,  collecto  a  finibus  Gallaeciae  im- 
menso exercitu,  injuriam  regni  ulcisci  properat.  (Cronicón  del  Silense  en  el 
tomo  XVII  de  la  España  Sagrada,  pág.  317). 


480  LIBRO  SEGUNDO 


y  á  Lamego  en  29  de  Noviembre  (1).  Es  de  presumir,  y 
aún  casi  seguro,  que  el  Prelado  compostelano  acompañó 
al  Rey  D.  Fernando  en  estas  expediciones,  como  de 
cierto  se  sabe,  según  luego  veremos,  que  lo  hizo  en  la 
del  año  1064. 


(1)  In  Era  MLXXXXIV  intravit  mense  martio  rex  Ferdinandus  cum 
su  o  exercitu  per  aquam  Minei  de  Tude  Portugalliam.  (Véase  España  Sa- 
grada, tomo  XIV,  pág.  171). 


IIIIIII1MIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIMIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIIUIIIIIIIIIIIIIIMI 


rjiiiiiiiijiiijiii|iiiiiii|iiiiiiijiiiiiii]i|iiiiiliiiliiiliiiliii]iii]i)i]i  iji|iiiiii|iiijitijiiijiiijiii|iiijiii)|i)i|iiijiiiiili|)iiiiiii|iii]iiii.ii!tiniji,ii  M 

rr'ítrn'rrnTfiTniflTrn'nTrT'ltTTrriTitil' 


CAPÍTULO  XXV 


Continúan  los  hechos  de  D.  Cresconio.  —  Conquista  de  Coim- 
bra.  Donaciones  que  hizo  D.  Fernando  I  á  la  Iglesia  com- 
postelana.— Su  fallecimiento  en   27  de  Diciembre  de  1065. 


UY  ineficaces  serían  todas  cuantas 
investigaciones  ahora  se  hiciesen 
para  averiguar  lo  que  D.  Cresconio 
haya  podido  hacer  en  el  edificio 
material  de  su- Iglesia.  Debiera  decirse  que  embargada 
su  atención  con  obras  más  urgentes,  como  las  fortifica- 
ciones de  la  ciudad,  y  con  el  gobierno  de  su  extensísima 
Diócesis,  que  por  entonces  comprendía  la  de  Tuy  y  casi 
se  alargaba  hasta  el  Duero,  no  tuvo  lugar  para  empren- 
der en  su  Iglesia  grandes  edificaciones,  las  cuales  de- 
bieron limitarse  á  los  reparos  más  precisos,  así  en  la 
Canónica,  como  en  las  demás  dependencias  del  Templo. 
Acaso  acariciaría  ya  la  idea  de  construir  una  Basílica 
más  grandiosa,  y  capaz  de  contener  las  muchedumbres 

Tomo  H.— 31. 


482  LIBEO  SEGUNDO 


de  romeros  que  diariamente  acudían  á  Compostela;  mas 
la  muerte  no  le  permitió  realizar  tan  vasto  proyecto, 
que  requería  mucho  estudio  y  preparación.  Lo  cierto  es, 
que  quien  llevó  á  cabo  obras  considerabilísimas  en  las 
Catedrales  de  Iria  y  de  Braga,  según  luego  veremos,  no 
pudo  dejar  olvidada  la  de  Compostela,  á  la  cual  tenía 
subordinados  toda  su  actividad  y  todos  sus  desvelos.  Mas 
antes  que  nos  ocupemos  de  las  obras  de  Iria  y  de  Braga, 
vamos  á  reunir  aquí  algunos  hechos,  que  aunque  menos 
importantes,  no  deben  quedar  omitidos  en  la  biografía 
de  tan  insigne  varón,  con  quien  tan  esquivos  se  mues- 
tran los  Documentos  de  la  antigüedad. 

En  el  año  1045  vino  en  peregrinación  á  Santiago, 
D.a  Fronilde,  esposa  de  D.  Ordoño,  hijo  de  D.  Bermu- 
do  II.  D.  Cresconio  cedió  á  esta  piadosa  señora  el  cortijo 
que  había  sido  de  un  eunuco  del  Rey  D.  Ramiro  II  (1); 
el  cual  cortijo  se  hallaba  inmediato  á  la  Catedral  y  al 
Palacio  Real  de  León;  prope  aulam  Sancti  Salvatoris  et  pala- 
tium  Regis  (2). 

D.  Cresconio  había  continuado  intitulándose,  como 
sus  antecesores,  Obispo  de  Iria  y  de  la  Sede  Apostólica. 
Esta  última  denominación  llegó  á  causar  algunos  rece- 
los en  Roma,  como  ocasionada  que  era  á  torcidas  inter- 
pretaciones y  á  exageradas  presunciones,  que  podían 
degenerar  en  cisma.  Con  menor  pretexto,  algunas  igle- 
sias habían  pretendido  romper  el  vínculo  de  unidad  que 
las  tenía  subordinadas  á  la  Cátedra  de  Pedro,  declarán- 
dose independientes.  El  Papa,  San  León  IX,  no  veía 
con  buenos  ojos  este  título  que  usaba  D.  Cresconio,  y  lo 


(1)  Véase  cap.  XVII,  pág.  318-319. 

(2)  España  Sagrada,  tomo  XXXV,  pág.  62. 


LOS  TBES  PEIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  483 

calificaba  de  injustificable  arrogancia;  así  es  que  en  el 
Concilio  de  Reims,  celebrado  á  principios  de  Octubre  del 
año  1049,  pronunció  contra  él  sentencia  de  excomunión. 
Excommunicahis  est,  etiam,  se  lee  en  las  actas  de  este  Con- 
cilio, según  las  publicaron  Labbó  y  Cossart  (1),  Sancti 
Jacobi  archiepiscopus  Galliciensis,  quia  contra  fas  sibi  vendica- 
ret  culmen  Apostolici  nominis. 

En  el  Concilio  de  Coyanza,  celebrado  un  año  des- 
pués, D.  Cresconio  usó  sólo  el  título  de  Obispo  Iriense; 
mas  posteriormente  volvió  á  tomar  el  de  Obispo  de  la 
Sede  Apostólica;  por  lo  que  es  de  creer  que  daría  alguna 
explicación  al  Papa  sobre  el  sentido  de  este  título. 

Al  hablar  la  Compostelana  de  D.  Gudesteo  (2),  dice 
que  este  Prelado  quiso  conservar  la  hacienda,  los  dere- 
chos y  prerrogativas  de  su  Iglesia  en  el  mismo  estado  de 
recta  y  vigorosa  administración,  en  que  los  había  dejado 
su  antecesor  D.  Cresconio  (3).  Este  elogio  está  dedicado 
á  D.  Gudesteo,  pero  no  favorece  menos  á  su  predecesor, 
pues  demuestra  la  energía  de  su  carácter,  su  celo  y  la 
rectitud  de  sus  intenciones.  En  el  año  1062,  se  hallaba 
en  el  territorio  de  Braga,  á  donde,  sin  duda,  había  ido 
para  visitar  las  parroquias  que  la  Iglesia  de  Santiago 
tenía  por  aquella  comarca.  Con  el  mismo  objeto,  había 
ido  allí  también  el  Obispo  de  Lugo,  D.  Vistruario,  á 
cuya  Sede  estaba  agregada,  desde  los  tiempos  de  D.  Al- 
fonso el  Casto,  la  bracarense.  Habiendo  notado  este  Pre- 
lado que  varias  de  las  iglesias  diocesales  ó  canónicas  de 


(1)  Col.  Concih:  Venecia,  1730;  tomo  XI,  col.  1411. 

(2)  España  Sagrada,  tomo  XX,  páginas  15-1<¡. 

(3)  Juxta  vigorem  praedecessoris  sui  dignitatem  et  honores  hujus  Apo- 
stolicae  Ecclesiae  ad  statum  rectitudinis  promoveré  voluit. 


484  LIBBO  SEGUNDO 


Braga  estaban  usurpadas  por  algunas  personas  laicas, 
reclamó  contra  este  despojo  ante  el  Rey  D.  Fernando, 
el  cual  comisionó  al  Prelado  compostelano  y  á  Gutino 
Venegas,  que  gobernaba  la  tierra  de  Portugal,  para  que 
averiguasen  á  quién  correspondía  la  propiedad  de  dichas 
iglesias.  Hecha  la  averiguación,  resultó  que  éstas  siem- 
pre habían  sido  de  la  Sede  de  Braga,  y  que  sus  detento- 
res  eran  descendientes  de  siervos  de  esta  Sede,  que  en 
el  siglo  IX  había  puesto  allí  el  Obispo  de  Lugo,  D.  Fla- 
viano,  para  poblar  aquella  comarca  (1).  , 

Del  alto  crédito  de  que  gozaba  D.  Cresconio  en  el 
ánimo  del  Rey  D.  Fernando,  tenemos  repetidas  pruebas; 
baste  citar  en  este  momento  los  muchos  Diplomas  en 
que,  al  lado  del  Rey,  aparece  la  firma  de  nuestro  Prela- 
do, como  en  el  otorgado  á  Celanova  en  10  de  Junio 
de  1056  (2),  en  otro  de  9  de  Junio  de  1058,  registrado 
en  el  Tumbo  celanovense  (3),  en  otro  dado  al  monasterio 
de  Cinis  en  29  de  Junio  de  1061  (4),  etc.  D.  Fernando, 
que  por  otra  parte  estaba  bien  penetrado  de  cuánto  de- 
bía esperar  de  la  protección  del  Patrón  de  España,  San- 
to titular  de  la  Iglesia  que  gobernaba  D.  Cresconio,  no 
se  mostraba  remiso  en  favorecer  á  esta  Iglesia  con  sus 
ofrendas  y  donativos.  En  8  de  Enero  de  1061,  concedió 
á  D.  Cresconio  y  al  Cabildo  compostelano,  que  nadie 
pudiese  molestar  con  servicios  y  otras  imposiciones  á  los 
hombres  que  habían  ido  á  poblar  la  villa  de    Corneliana, 


(1)  España  Sagrada,  tomo    XL,  pág.  173. 

(2)  Tumbo  de  Celanova,  lib.  I,  núm.  VI. 

(3)  Lib.  III,  núm.  XXV. 

(4)  De  una  copia  del  siglo  XII,  (¿ue  se  guarda  en  la  Escuela   superior 
de  Diplomática  de  Madrid. 


LOS  TEES  PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         485 

á  orillas  del  Limia,  en  Portugal,  donada  á  la  Iglesia  de 
Santiago  por  D.  Ordoño  II  (1). 

El  monasterio  de  Celanova  poseía  en  Compostela, 
quizás  desde  el  tiempo  de  San  Rosendo,  una  casa  junto 
á  la  fuente  de  Meo  samélli,  que  no  sabemos  si  será  la  de 
Ciqmlli  ó  Sequelo.  Inmediato  á  esta  casa  había  un  corti- 
jo ó  huerta  cerrada,  que  era  de  la  Condesa  D.a  Odrocia. 
Al  entrar  D.  Fernando  en  posesión  del  Reino  de  León, 
parece  que  algunos  gallegos  se  negaron  á  reconocerlo 
como  Rey.  Por  lo  menos  D.a  Odrocia  y  su  familia,  se  re- 
belaron contra  el  nuevo  Monarca,  que  al  fin  se  apoderó 
de  sus  personas  y  les  confiscó  los  bienes.  Contábase  en- 
tre los  bienes  confiscados,  la  huerta  mencionada,  que 
D.  Fernando  cedió  á  Celanova,  para  que  cuando  algu- 
nos Monjes  viniesen  á  Compostela,  tuviesen  más  como- 
didad para  hospedarse.  Quiso,  sin  embargo,  el  Monarca, 
que  entre  tanto  la  casa  estuviese  desocupada,  sirviese 
de  albergue  á  los  pobres  y  á  los  peregrinos  que  venían 
á  visitar  el  Sepulcro  de  Santiago.  Reliquis  diébus  sit  ceno- 
docium  Dei  in  susceptione  pauperum...  (2). 

En  fines  de  Diciembre  del  año  1063,  concurrió  Don 
Cresconio  á  una  de  las  fiestas  más  notables  y  concurri- 
das que  se  hayan  celebrado  en  España:  á  las  que  se  hi- 
cieron en  León  con  motivo  de  la  traslación  de  las  Reli- 
quias del  insigne  Doctor  San  Isidoro.  Acompañaban  á 
nuestro  Obispo,  entre  otras  personas,  el  Abad  composte- 
lano,  Froilán,  que  sería  el  presidente  del  Cabildo,  y  San 
Fagildo,  Abad  de  Antealtares.  Fué  dignación  de  la  Di- 
vina Providencia,  que  nada  faltase  de  todo  cuanto  pu- 
diera contribuir  al  esplendor  de  la  fiesta,  ni  la  deslum- 

(1)  Véanse  Apéndices,  núm.  XCIII. 

(2)  Véanse  Apéndices,  núm.  XCIV. 


486  LIBEO  SEGUNDO 


bradora  majestad  del  Solio,  ni  el  espléndido  boato  de  los 
Magnates  y  cortesanos,  ni  la  grave  y  mesurada  pompa 
de  los  jerarcas  de  la  Iglesia,  ni  el  innumerable  concurso 
del  pueblo,  ni  el  prestigio  de  la  santidad  y  de  la  virtud. 
Cinco  venerables  varones,  que  después  merecieron  ser 
llamados  Santos,  Santo  Domingo  de  Silos,  San  Fagildo 
de  Antealtares,  San  Iñigo  de  Oña,  San  García  de  Ar- 
lanza,  San  Sisebuto  de  Cárdena,  asistieron  al  recibi- 
miento y  sepultura  de  otros  dos  Santos  españoles,  San 
Isidoro  y  San  Alvito,  que  falleciera  en  Sevilla  y  fuera  el 
principal  encargado  de  gestionar  la  traslación  del  glo- 
rioso Doctor. 

Esta  fiesta  fué  digna  preparación  para  la  gran 
empresa  que  meditaba  D.  Fernando,  la  conquista  de 
Coimbra;  pero  aún  realizó  otra  más  próxima  y  directa, 
que  describiremos  con  las  palabras  del  Silense:  «Después 
de  estos  triunfos,  para  reducir  á  Coimbra,  la  mayor  de 
las  ciudades  de  aquella  comarca,  al  culto  cristiano,  se 
dirigió  el  Rey  en  actitud  suplicante  al  Templo  del 
Apóstol  Santiago,  cuyo  Cuerpo  por  divina  dispensación 
de  nuestro  Redentor,  se  dice  fué  traído  á  España.  Tres 
días  pasó  allí  en  oración  implorando  la  intercesión  del 
Apóstol  para  con  la  Divina  Majestad,  á  fin  de  obtener 
en  aquella  guerra  prósperos  y  felices  sucesos.  Hechas 
sus  ofrendas  en  aquel  venerando  lugar,  confiado  en  la 
Divina  protección,  se  puso  sin  demora  en  camino  el  Rey 
Fernando  en  dirección  á  Coimbra,  y  llegado  allí  sentó 
sus  reales  alrededor  de  la  ciudad.  Y  creo  muy  digno  de 
manifestar  para  que  todos  lo  sepan,  cuan  acepta  ha  sido 
á  Dios  su  devota  y  ferviente  oración»  (1). 

(1)     Quibus  triumphatis,  ut  Conimbria  illarum  partium  máxima  civitas, 
^uae  istis  praefuerat,  in  cultum  Cliristianititis  redigeretur,  limina  Bti.  Ja- 


LOS  TRES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTE  LANA  487 

D.  Fernando  vino,  pues,  á  Compostela  á  los  pocos 
días  de  haberse  terminado  las  fiestas  de  León,  y  el  20 
de  Enero  del  año  1064  ya  tenía  sentados  sus  reales 
alrededor  de  Coimbra.  Hallábanse  en  la  hueste  además 
de  la  Reina  D.a  Sancha,  los  Obispos  de  Santiago,  Lugo, 
Viseo  y  Mondoñedo,  y  los  Abades  de  Guimarans  y 
Celanova.  Al  cabo  de  seis  meses  de  riguroso  asedio,  y 
abierta  anchurosa  brecha,  entró  triunfante  D.  Fernando 
en  la  ciudad,  en  la  cual  hizo  cinco  mil  cincuenta  cauti- 
vos ó  prisioneros  (1). 

Tratando  el  P.  Flor ez 'de  la  conquista  de  Coimbra  y 
de  la  fecha  en  que  acaeció,  dice  lo  siguiente  (2):  «Aquí 
se  mezcla  otra  especie  digna  de  ser  referida  para  honra 


cobi  Apostoli,  cujus  Corpus  per  divinam  nostri  Redemptoris  visitar ionem 
ad  Hispaniam  delatum  dicitur,  Rex  flagitando  petiit.  Ibique  supplicatione 
per  triduum  facta,  ut  id  bellum  prósperos  ac  felices  haberet  eventus,  Apos- 
tolum  ad  Divinam  Majestatein  pro  eo  intercessorem  postulabat.  Donato 
itaque  venerando  loco,  Fernandus  Rex  divino  fretus  muniraine,  Conimbriam 
andacter  accelerat,  castris  super  eam  positis,  consedit.  Ceterum  ut  devotissi- 
ma  eius  oratio  qualiter  a  Deo  accepta  fuerit,  ómnibus  clareat,  exprimere 
dignum  duxi.  (España  Sagrada,  tomo  XVII,  pág.  311). 

(1)  XIII  Kalendarum  Februarii  Era  MCII  Rex  Fernandus  cum  con- 
juge  ejus  Sancia  Regina,  Imperator  fortissimus,  simul  cum  suis  Episcopis 
Cresconio  Iriensi  Apostolice  Sedis,  Vestruario  Lucensis  Sedis,  Sisnando 
Visensis  Sedis,  Suario  Minduniensis  seu  Dumiensis  Sedis,  similiter  Ab- 
batibus  Pe  tro  de  arcestio  Vimaranensi  cum  suo  prepósito  Arrian  o  con- 
fratre,  et  de  comatio  Cellenove  Arriano  Abbate,  et  alii  multorum  filii  bono- 
rum  hominuin,  obsedit  civitatem  Colimbriam  et  jacuit  ipse  Rex  cum  suo 

exercitu VI  menses;  et  capta  fuit  in  manus  illius   Regis  per  honorificen- 

tiam  pacis  et  cum  presura  famis.  Etexierunt  inde  ad  captivitatem  VmiliaL. 
Saracenorum,  et  fuit  ipsa  capta  et  ipsa  captivitas  in  vespera  sancti  Xpisto- 
phori,  que  est  VII  idus  Iulii.  (Cronicón  Complutense;  España  Sagrada, 
tomo  XXIII,  pág.  316).— El  VII  idus  Iulii,  como  advirtió  ya  Flórez,  debe 
leerse,  VIIII  kls.  Augusti,  como  trae  el  Cronicón  Conimbricense, 

(2)  España  Sagrada,  tomo  XIV,  pág.  98, 


488  LIBRO  SEGUNDO 


y  gloria  de  Dios,  y  para  liquidar  más  lo  propuesto.  Dice 
el  Süense  que  desde  Jerusalén  vino  en  peregrinación  á 
Santiago  un  Griego  al  tiempo  del  sitio  de  Coimbra,  el 
cual  de  dia  y  de  noche  oraba  en  el  pórtico  del  Templo 
del  Apóstol  (1);  y  como  ya  entendiese  algo  la  lengua 
española,  oía  que  los  Fieles  imploraban  la  protección 
del  Santo,  rogándole  cada  dia,  que  como  buen  soldado 
favoreciese  las  armas  del  Rey  en  tanto  empeño.  El 
Griego  se  burlaba  del  nombre  de  Soldado  aplicado  al 
Apóstol,  diciendo  dentro  de  sí,  que  sólo  habia  sido  pes- 
cador, y  que  nunca  habia  montado  en  un  Caballo.  Por 
la  noche  se  le  apareció  en  un  éxtasi  el  Apóstol,  tenien- 
do unas  llaves  en  la  mano,  y  con  rostro  alegre  le  dijo: 
«Ayer  te  burlabas  de  los  que  me  oraban,  apellidándome 
»buen  soldado,  sin  persuadirte  a  ello.»  Al  punto  apare- 
ció un  gran  caballo  blanco,  cuya  claridad  iluminó  la 
Iglesia  abriéndose  las  puertas;  y  montando  en  él  San- 
tiago, dijo  al  Peregrino:  Con  estas  llaves  tengo  de  entregar 
mañana  al  Rey  Fernando  la  ciudad  de  Coimbra  d  la  hora  de 
Tercia.  El  Griego  atónito  con  la  visión  convocó  por  la 
mañana  á  los  clérigos  con  otras  personas  principales, 
y  sin  saber  nada  de  la  expedición  les  dijo,  que  el  Rey 
Fernando  entraba  aquel  dia  en  Coimbra,  contándoles 
lo  que  le  había  sucedido.  Entonces  notando  el  dia,  en- 
viaron posta  al  Rey  para  asegurarse  si  era  del  Cielo  la 
visión;  y  hallaron  que  en  efecto  había  entrado  el  Rey 
en  la  Ciudad  en  aquel  dia  a  la  hora  de  Tercia.  El  Silense 
dice  que  era  Domingo,  y  esto  parece  se  opone  á  lo  dicho 
de  la  feria  sexta.  Pero  no  hay  oposición,  pues  los  Chro- 


(1)     Gran  parte  del  área  de  este  pórtico  ha  sido  descubierta  hará  cuatro 
años  al  renovar  el  entarimado  del  Coro.  (Véase  el  grabado  de  la  pág.  186). 


LOS  TBES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  489 

nicones  se  deben  entender  de  la  rendición  de  la  ciudad; 
y  el  Silense  de  la  entrada  del  Rey;  lo  que  corresponde 
á  diferentes  días:  en  el  Viernes  capitularon  los  Moros 
entregarla  salvando  las  vidas;  en  el  Sábado  saldrían  los 
cinco  mil  y  cincuenta  que,  expresa  el  Complutense...  y 
en  el  siguiente  (Domingo)  fué  la  efectiva  entrada  del 
Rey  en  la  ciudad  según  la  expresión  del  Silense:  Cum  die 
Dominica  Sol  primo  clarus  patefecerat  orbem,  etc..  (1).  El 
Tíldense  alude  más  claramente  á  los  tres  días;  uno  de  la 
rendición;  otro  de  la  expulsión  de  los  Moros;  y  otro  de 
la  entrada  efectiva:  Rex  Fernandus  adquiescit  (feria  VI  de 
la  capitulación),  et  ejectis  Sarracenis  (en  el  día  siguiente), 
quadam  die  Dominica  hora  tertia  civitatem  cepit.  > 

Todo  esto  juntamente  se  verifica  en  el  año  1064, 
mejor  que  en  el  1058,  en  que  Flórez  equivocadamente 
colocó  la  rendición  de  Coimbra.  En  1064,  el  25  de  Julio, 
día  de  la  entrada  triunfal  de  D.  Fernando  en  Coimbra, 
fué  domingo.  En  el  viernes  anterior,  la  feria  sexta  del 
Cronicón  Qonimbrkense,  tuvo  lugar  la  capitulación. 

Por  lo  que  había  ocurrido  en  Compostela,  ya  no 
pudo  quedar  duda  á  D.  Fernando  de  que,  en  efecto, 
mientras  él  peleaba  con  las  armas  materiales  al  pie  de 
los  muros  de  Coimbra^  otro  campeón,  otro  adalid,  ma- 
nejaba en  su  favor  las  espirituales  de  la  oración,  y  de 
que,  por  tanto,  á  Santiago,  que  tanta  parte  había  teni- 
do en  la  victoria,  debía  de  darse  parte  en  el  botín  en 


(1)  Tengase  presente  que  el  Silense  pudo  enterarse  de  estos  sucesos, 
por  boca  de  los  mismos  que  los  habían  presenciado,  como  le  aconteció  con 
algunas  de  las  circunstancias  de  la  traslación  de  San  Isidoro.  Refiérese 
también  este  prodigioso  suceso,  con  algunas  ligeras  variantes,  en  el  Libro 
de  los  Milagros  del  Apóstol  Santiago,  cap.  XIX,  atribuido  al  Papa  Calixto  II. 
Dícese  aquí,  que  el  peregrino  griego  era  Obispo,  y  que  se  llamaba  Esteban. 


490  LIBBO  SEGUNDO 


señal  de  agradecimiento  y  gratitud  (1).  Antes  de  resti- 
tuirse, pues,  triunfante  á  su  Corte,  se  encaminó  el  pia- 
doso Monarca  á  Santiago  para  dar  gracias  al  Apóstol 
por  el  señalado  triunfo,  que  con  su  ayuda  acababa  de 
obtener,  y  donarle  la  parte  que  le  correspondía  en  los 
despojos  de  la  victoria  (2).  No  se  conserva  el  Diploma 
que  con  tal  motivo  debió  de  otorgar  D.  Fernando,  pero 
á  juzgar  por  las  alhajas  y  preseas  que  en  el  año  ante- 
rior donara  á  la  Iglesia  de  San  Pelayo  de  León,  los 
presentes  que  entonces  ofreció  ante  el  altar  de  Santia- 
go el  agradecido  Monarca  fueron,  sin  duda,  magníficos 
y  cuantiosos. 

En  el  año  siguiente,  1065,  último  de  su  vida,  volvió 
D.  Fernando  á  Santiago  acompañado  de  su  esposa  y  de 
sus  hijos,  D.  Sancho,  D.  Alonso,  D.  García,  D.a  Urraca 
y  D.a  Elvira,  y  de  todos  los  Magnates  de  su  Corte  y  de 
algunos  de  los  más  altos  funcionarios  del  Estado,  como 
los  gobernadores  de  las  tierras  recientemente  conquista- 
das en  Portugal.  El  objeto  de  esta  nueva  venida,  nos  lo 
expresa  el  gran  Rey  en  el  Diploma  que  concedió  en 
aquella  ocasión:  vino  para  visitar  devotamente  con  su 
Corte  el  santuario  de  Santiago;  causa  orationis.  El  año 
anterior  había  venido  D.  Fernando  para  dar  testimonio 
de  sus  sentimientos  personales  de  gratitud  y  devoción; 
este  año  vino  para  dar  el  mismo  testimonio,  pero  con 


(1)  Pugnat  i  taque  Fernandus  Rex  apud  Conimbriam  (pugna)  mate- 
riali;  pro  cujus  victoria  capessenda  Jacobus,  Christi  miles,  Magistrum  apud 
intercederé  non  cessat.  (Silense,  en  el  tomo  XVII  de  la  España  Sagrada, 
pág.  312). 

(2)  Rex  vero  Fernandua  pro  triumphato  hoste  limina  Bti.  Jacobi 
Apostoli  cum  donis  deosculans,  ad  Legionensem  urbem  alacer  revertitur. 
(/Silense,  loe.  -cit.,  pág.  313). 


LOS  TRES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  491 

mayor  solemnidad,  con  mayor  publicidad,  cual  convenía 
á  un  Rey  y  á  un  Reino,  que  se  reconocían  obligados  á 
los  señalados  favores  y  protección  del  Apóstol. 

Que  D.  Cresconio  no  faltó  en  esta  ocasión  á  ninguna 
de  cuantas  consideraciones  eran  debidas  á  tales  rome- 
ros, no  puede  ponerse  en  duda;  y  sin  embargo,  no  se 
halla  de  él  mención  directa  en  el  Diploma  en  que  se  nos 
da  cuenta  de  esta  venida  de  D.  Fernando.  Tal  vez  lo 
retrajeron  motivos  de  circunspección  y  delicadeza.  La 
Iglesia  compostelana  tenía  que  presentar  á  los  Reyes 
una  queja;  una  queja  contra  los  Gobernadores  ó  Merinos 
de  Portugal,  Diego  Tructesíndez,  Sisnando  Yáñez  y 
Tedón  Téllez.  los  cuales,  con  desaforadas  imposiciones, 
se  entrometían  en  las  villas,  iglesias  y  monasterios  que 
la  Sede  de  Santiago  poseía  en  aquellas  tierras,  y  mo- 
lestaban importunamente  á  sus  moradores.  Estimó  tal 
vez  el  prudente  Prelado  que  no  sería  bien  visto  el  dar  á 
sus  huéspedes  el  menor  motivo  de  desazón  y  disgusto. 
Quien  tomó  á,  su  cargo  esta  misión,  fué  el  discípulo  de 
D.  Cresconio,  D.  Pelayo,  recién  consagrado  Obispo  de 
León,  el  cual  in  vlce  et  persona  domni  Cresconii,  puso  en  co- 
nocimiento de  los  Reyes  los  excesos  y  demasías  de  sus 
Ministros;  y  los  halló  tan  bien  dispuestos,  que  D.  Fer- 
nando mandó  despachar,  sin  demora,  un  Privilegio  por 
el  que  se  amonestaba  severamente  á  dichos  Gobernado- 
res, para  que  se  abstuviesen  de  entrometerse  en  las  villas 
y  tierras  de  Santiago.  «En  reverencia  á  nuestro  Patrón 
Santiago  Apóstol,  dice  D.  Fernando,  cuyo  Cuerpo  des- 
cansa en  Galicia  en  la  ciudad  de  Compostela,  y  con  cu- 
yo auxilio  vemos  postrados  y  subyugados  á  nuestros  ene- 
migos, confirmamos  a  vos  D.  Cresconio  y  a  los  Clérigos 
y  séniores  de  vuestra  Sede,  que  todos  los  que  de  nuestras 


492  LIBSO    SEGUNDO 


tierras  quieran  pasar  a  morar  en  las  vuestras,  os  sirvan 
como  los  demás  vuestros  vasallos  bajo  el  régimen  inme- 
diato de  vuestros  merinos  y  sin  intrusión  alguna  de  nues- 
tro Gobernador,  ni  de  ninguna  otra  potestad»  (1).  Fe- 
chóse el  Diploma  á  10  de  Marzo  de  1065  (2),  y  fué  subs- 
cripto por  los  Reyes,  por  todos  sus  hijos,  y  los  Magnates 
de  la  Corte,  incluso  los  Gobernadores  de  Portugal  (3). 

En  otras  ocasiones  había  implorado  D.  Fernando  el 
favor  de  Santiago  para  extender  los  dominios  cristianos 
por  el  Occidente  de  España;  ahora  lo  pedía  para  enar- 
bolar el  estandarte  de  la  Cruz  en  las  regiones  de  Levan- 
te. En  efecto,  aquel  mismo  año,  dirigió  sus  armas  sobre 
el  reino  de  Valencia,  y  después  de  conquistar  muchos 
pueblos  y  ciudades,  estando  ya  á  punto  de  apoderarse 
de  la  capital,  una  grave  enfermedad  lo  detuvo  en  su 
victoriosa  carrera.  Restituido  á  León,  se  preparó  para 
la  muerte,  como  saben  hacerlo  los  Reyes  verdaderamen- 
te cristianos.  Ante  el  altar  de  San  Juan,  de  San  Isidoro 
y  San  Vicente,  depuso  el  manto  real  y  la  corona,  se  cu- 
brió de  ceniza  y  vistió  el  cilicio,  y  al  tercer  día,  27  de 
Diciembre  de  1065,  á  la  hor^i  de  sexta,  asistido  de  va- 
rios Obispos,  entregó  el  alma  al  Rey  eterno,  su  Criador 
y  Redentor. 

En  sus  últimos  años,  después  de  las  apremiantes 
atenciones  del  Estado,  las  obras  de  piedad  eran  su  prin- 
cipal preocupación.  En  todas  las  Iglesias  del  Reino  dejó 
testimonios  inequívocos  de  su  generosidad  y  devoción; 


(1)  Fueros  de  Santiago  y  de  su  tierra,  tomo  I,  páginas  135-136. 

(2)  En  el  Tumbo  se  lee  Era  MCIa,  que  es  año  1063;  pero  aquí  debe  de 
haber  yerro;  pues  D.  Pelayo  no  fué  Obispo  de  León  hasta  el  año  1065. 

(3)  Véanse  Apéndices,  núm.  XCVL 


LOS  TEES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  493 

pero  con  las  Iglesias  de  San  Salvador  de  Oviedo  y  de 
Santiago,  fué  con  quien  más  se  esmeró  su  regia  muni- 
ficencia. Colebat  prae  ceteris  et  venerabilibus  locis,  dice  el 
Süense  (1),  Ecclesiam  Sancti  Salvatoris  Ovetensis,  quam  multo 
auro  et  argento  donavit.  Níhihminus,  Ecclesiam  Beati  Jacolri 
Apostoli  diversis  muneribus  exornare  studuit. 


mm>~t+ — 


(1)     España  Sagrada,  tomo  XVII,  pág.  320. 


CAPÍTULO  XXVI 


Concilios  compostelanos  del  año  1060  y  del  1063. 


omo  dice  el  Sr.  La  Fuente,  una  de  las 
cosas  que  inás  contribuyeron  á  realzar 
el  glorioso  reinado  de  D.  Fernando  I, 
fué  la  celebración  del  Concilio  de  Co- 
yanza,  convocado  por  dicho  Monarca  en 
el  año  1050:  Ad  restaurationem  Christiani- 
tatis.  Dicho  Concilio,  como  observa  el 
citado  historiador,  fué  uno  de  los  más  importantes  de  la 
Edad  Media  en  nuestra  patria,  recuerdo  de  los  antiguos 
toledanos  y  último  esfuerzo  de  la  Disciplina  particular  de  Es- 
paña. En  lo  de  calificarle  como  último  esfuerzo  de  la 
Disciplina  eclesiástica  española,  no  anduvo  muy  acerta- 
do el  Sr.  La  Fuente;  pues  el  Prelado  compostelano,  Don 
Cresconio,  que  había  asistido  á  este  Concilio,  á  los  pocos 


496  LIBEO  SEGUNDO 


años  reunió  otros  dos  en  su  propia  Iglesia,  en  los  cuales 
se  trató  de  ordine  ecclesiastico  y  de  institutionibus  sanctorum 
canonnm,  y  se  renovaron  en  gran  parte  los  decretos  del 
Concilio  coyacense. 

Acerca  de  estos  Concilios  compostelanos,  escribíamos 
en  el  Boletín  Eclesiástico  de  esta  Diócesis  del  año  1865,  lo 
siguiente,  que  quizás  no  sea  inoportuno  reproducir:  «Ge- 
neralmente los  historiadores  sólo  hablan  de  un  Concilio 
compostelano,  bajo  el  pontificado  de  D.  Cresconio.  Así 
Baronio  en  sus  Anales,  como  Aguirre  en  su  Colección  de 
Concilios  españoles,  Mariana  en  su  Historia  general,  Flórez 
en  el  tomo  XIX  de  la  España  Sagrada,  Noguera  en  las 
Notas  á  Mariana,  y  últimamente,  para  omitir  otros  mu- 
chos, el  Sr.  Tejada  Ramiro  en  ambas  ediciones  de  su 
Colección  de  Cánones  de  la  Iglesia  Española,  ponen  un  Con- 
cilio en  1056,  pero  nada  dicen  de  que  se  haya  celebrado 
otro  en  tiempo  del  Obispo  D.  Cresconio. 

>Y  á  la  verdad,  los  autores  anteriores  al  P.  Flórez, 
tuvieron  razón  para  obrar  así;  pues  los  dos  ejemplares, 
hasta  entonces  publicados,  indudablemente  se  referían 
á  un  mismo  Concilio.  Mas  el  erudito  Agustino,  al  final 
del  tomo  XIX  de  su  España  Sagrada,  publicó  otro  ejem- 
plar de  un  Concilio  compostelano,  tomado  del  Archivo 
de  la  Santa  Iglesia  de  León;  ejemplar  que  él  creyó  una 
nueva  copia  del  Concilio  celebrado  en  Compostela 
en  1056.  Este  su  dictamen,  fué  abrazado  por  casi  todos 
los  historiadores  que  le  sucedieron. 

>Y  sin  embargo,  para  persuadirse  de  que  la  copia 
publicada  por  el  P.  Flórez  se  refiere  á  un  Concilio  dis- 
tinto de  el  contenido  en  los  dos  ejemplares  anteriores, 
basta  comparar  con  alguna  detención  á  éstos  con  aque- 
lla. El  P.  Risco,  que  fué  el  primero  que  sentó  que  dichos 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAtf  A  497 

ejemplares  se  referían  á  distintos  Concilios  (1),  ya  notó 
sus  principales  diferencias.  El  de  los  dos  antiguos  ejem- 
plares, fué  presidido  por  D.  Cresconio;  el  del  ejemplar 
legionense,  por  D.  Fruela,  Obispo  de  Oviedo;  al  primero 
asistieron  tres  Obispos,  al  segundo  cinco;  aquel  contiene 
seis  capítulos  ó  títulos;  éste  siete.  Por  último,  los  preám- 
bulos y  las  fechas  son  enteramente  distintos.  Es  verdad 
que  algunas  disposiciones  se  hallan  repetidas  casi  con 
las  mismas  palabras  en  el  segundo;  pero  esto  no  debe 
extrañarlo  quien  conozca  la  costumbre  de  los  Concilios 
de  aquellos  tiempos,  de  extender  sus  decretos,  valiéndose 
de  las  cláusulas  y  fórmulas  de  otros  anteriores. » 

Veamos  ahora  en  que  año  se  celebró  cada  uno  de 
estos  dos  Concilios,  y  comencemos  por  el  contenido  en 
los  dos  ejemplares  primeramente  conocidos,  que  se  su- 
pone celebrado  en  el  año  1056.  Dichos  dos  ejemplares 
fueron  publicados,  el  uno  por  Aguirre  (2),  que  lo  tomó 
del  Archivo  de  la  Santa  Iglesia  de  Toledo,  y  el  otro  por 
Tamayo  Salazar  (3),  que  lo  sacó  de  un  Códice  del  Esco- 
rial. En  ambos  ejemplares  está  la  fecha  de  la  Era  tan 
errada,  que  por  sólo  este  dato  no  es  posible  señalar,  ni 
aún  aproximadamente,  el  año  de  la  celebración  del 
Concilio.  En  el  ejemplar  Escurialense  se  lee:  Data  et  con- 
firmata  lex  die  XIX  halendarum  februariarum,  Era  MLXIX, 
auno  XXI  regnante  serenissimo  Principe  Fer  diñando,  ó  sea 
á  14  de  Enero  de  1031.  En  el  de  Toledo:  Data  et  confirmaba 
lex  die  XVI II  halendarum  februariarum,  Era  MLXXXXIV, 
anno   XXI  regnante  serenissimo  Principe  Fredenando,  ó   sea 


(1)  España  Sagrada,  t.  XL,  cap.  IX,  págs.  l'¡7  y  siguientes. 

(2)  Collectio  máxima  Conciliorum  omnium  Hispavide, 
(o)     Martirologio  español,  al  día  10  de  Marzo. 

Tomo  II.  —fifi, 


498  LIBBO  SEGUNDO 


á  15  de  Enero  de  1056.  Mas  en  esta  fecha  hay  un  dato 
firme,  que  puede  ponernos  en  camino  para  averiguar  con 
seguridad  el  año  de  la  celebración  de  este  Concilio;  y  es 
el  año  XXI  del  reinado  de  D.  Fernando  I.  Ahora  bien, 
este  Monarca  comenzó  á  reinar  en  22  de  Junio  ,  no 
de  1037,  como  dice  Risco,  sino  de  1038  (1);  y  por  consi- 
guiente, el  año  XXI  de  su  reinado  cayó  desde  22  de  Ju- 
nio de  1059  hasta  22  de  Junio  de  1060.  Colocando,  pues, 
este  Concilio  en  14  de  Enero  de  1060,  resulta  celebrado 
en  el  año  XXI  del  Rey  D.  Fernando. 

El  P.  Risco  alega  otra  prueba  en  favor  del  año  1060, 
tomada  del  tiempo  en  que  comenzó  su  pontificado  el 
Obispo  de  Lugo,  D.  Vistruario,  el  cual  subscribe  como 
electo  las  Actas  del  Concilio.  El  predecesor  de  D.  Vis- 
truario, D.  Maurelo,  presidió  en  Lugo  hasta  fines  del 
año  1059;  por  lo  tanto,  su  sucesor  no  pudo  comenzar 
sino  después  de  esta  fecha;  lo  cual  se  aviene  perfecta- 
mente con  el  que  en  14  de  Enero  de  1060,  era  tan  sólo 
electo.  En  11  de  Octubre  de  1060,  ya  D.  Vistruario  se 
hallaba  consagrado,  como  resulta  de  una  Escritura  que 
aduce  Risco  (2),  en  cuya  fecha  se  menciona  á  D.  Vis- 
truario como  Pontífice  en  Lugo:  Pontífice  nostro  Vistruario 
in  Luco.  Luego  el  Concilio  debió  de  celebrarse  antes 
del  11  de  Octubre  de  1060  y  después  de  1059;  y  por  lo 
tanto,  erradamente  lo  colocó  el  P.  Risco  en  el  año  1061, 
sin  tener  en  cuenta  que  entonces  ya  corría  el  año  XXTI 
de  D.  Fernando.  Tenemos,  pues,  que  el  Concilio,  cuyas 
Actas  nos  ofrecen  los  dos  ejemplares  Escurialense  y  To- 
ledano, se  celebró  en  14  de  Enero  de  1060. 


(1)  España  Sagrada,  t.  XXXV,  pág.  51. 

(2)  España  Sagrada,  t,  XL,  pág.  166. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  499 

¿Y  en  qué  año  se  celebró  el  Concilio  del  ejemplar 
Legionense  que  supusimos  ser  distinto  de  el  del  año  1060? 
Acerca  de  esto  no  puede  haber  duda,  porque  las  diver- 
sas notas  cronológicas  que  trae  la  fecha,  convienen  per- 
fectamente en  un  mismo  año.  En  el  preámbulo  se  dice 
que  el  Concilio  se  celebró  en  el  año  XXV  de  D.  Fernan- 
do, ó  sea  entre  el  22  de  Junio  de  1063  y  el  22  de  Junio 
de  1064.  Al  final  se  lee:  Notum  die  X  ¡calendas  novembris 
Era  CI  post  millesimam;  ó  sea,  otorgado  á  23  de  Octubre 
de  1063,  el  cual  día  cayó  justamente  en  el  año  XXV  de 
D.  Fernando. 

Demostrada  ya  la  distinción  entre  ambos  Concilios, 
y  fijado  el  año  en  que  se  celebró  cada  uno  de  ellos,  vea- 
mos el  texto  traducido  al  castellano. 


Concilio  compostelano  del  año  1060 


N  nombre  de  nuestro  Señor  Jesucristo.  Este 
es  el  Concilio  celebrado  en  la  ciudad  de 
Compostela,  dentro  de  la  Basílica  del  bien- 
aventurado Apóstol  Santiago,  por  los  Obispos,  Presbíte- 
ros, Diáconos,  Clérigos  y  Abades  que  subscriben  al  fin. 

Capítulo  I. 

Ordenamos,  que  conforme  á  los  Sagrados  Cánones, 
procuren  los  Obispos  establecer  la  Regla  Canónica  en 
sus  Iglesias  Catedrales,  y  que  para  esto  elijan,  con  con- 
sentimiento de  los  demás  Clérigos,  dos  ó  tres  Prepósitos, 
á  quienes  deleguen  el  cuidado  de  la  Diócesis,  y  á  quie- 


500  LIBBO  SEGUNDO 


nes  igualmente  incumba  el  régimen  y  administración  de 
los  monasterios. 

Todos  deberán  celebrar  y  hacer  oración  en  la  iglesia 
á  unas  mismas  horas.  Todos  igualmente  tendrán  un 
mismo  refectorio  y  un  mismo  dormitorio;  que  serán  los 
del  Obispo  mientras  resida  á  corta  distancia  ;  procu- 
rando, de  este  modo,  que  nunca  falte  ninguna  de  las 
tres  cosas  que  constituyen  la  vida  común.  En  todos  estos 
actos  se  guardará  silencio,  y  durante  la  mesa  se  leerán 
libros  piadosos. 

Los  Obispos,  así  como  los  Clérigos,  vestirán  ropa 
talar.  Los  Canónigos,  además,  deberán  tener  cilicios  y 
capillos  negros;  y  para  que  no  tengan  necesidad  de  an- 
dar preguntando  en  qué  días  habrán  de  usarlos,  los  se- 
ñalaremos aquí:  todos  los  días  de  Cuaresma,  los  de  Le- 
tanías, las  ferias  cuarta  y  sexta,  y  siempre  que  hagan 
penitencia. 

Los  Obispos  y  Presbíteros  ofrecerán  todos  los  días  el 
Santo  Sacrificio;  y  los  que  por  enfermedad  ó  debilidad 
del  cuerpo  no  puedan  hacerlo,  asistirán  á  él. 

Todos  rezarán,  por  lo  menos,  cincuenta  salmos  con 
las  Horas  Prima,  Tercia,  Sexta,  Vísperas  y  Completas, 
los  Nocturnos  á  media  noche  y  los  Maitines. 

Ningún  seglar  tenga  autoridad  ó  delegación  alguna 
sobre  las  cosas  de  las  iglesias  canónicas  (1),  y  sólo  á  los 
Arciprestes  y  Primicerios  pertenecerá  el  régimen  y  dis- 
ciplina de  todos  los  demás  Clérigos  inferiores,  á  cuya 
manutención  atenderán,  de  acuerdo  con  los  dos  ó  tres 
administradores  puestos  por  el  Obispo. 


(1)     Iglesias  canónicas  eran  las  llamadas  también  dioecesales,  exclusiva- 
mente sujetas  al  Diocesano  sin  dependencia  alguna  de  personas  extrañas. 


LOS  TEES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  501 

Cuando  el  Diácono  dice  en  la  Misa:  ínter  vos  pacem 
tradite,  se  dará  el  ósculo  de  la  paz  á  todos  los  que  se  ha- 
llen en  la  iglesia  y  en  las  galerías . 

En  todas  las  comuniones  mayores  de  la  Natividad  del 
Señor,  Pascua  y  Pentecostés,  cada  cual  debe  hacer  ofren- 
da según  sus  facultades. 

Capítulo  II. 

Cúidese  en  todas  las  Diócesis,  que  los  Abades  que  se 
elijan,  .sepan  exponer,  de  un  modo  claro  y  ortodoxo,  el 
misterio  de  la  Santísima  Trinidad,  y  estén  versados  en 
el  estudio  de  las  Santas  Escrituras  y  de  los  Sagrados  Cá- 
nones. A  su  cargo  estará  el  establecer  escuelas  en  las 
respectivas  iglesias  canónicas,  el  procurar  la  observan- 
cia de  la  disciplina,  y  el  presentar  á  los  Obispos  á  los 
que  hayan  de  recibir  los  Sagrados  órdenes. 

Para  optar  al  subdiaconado  se  requieren  veinticua- 
tro años  de  edad;  veinticinco  se  exigen  para  el  diacona- 
do,  y  treinta  para  el  presbiterado.  Los  ordenandos  debe- 
rán saber  el  salterio  con  la  parte  de  cánticos  é  himnos, 
las  ceremonias  y  ritos  de  la  aspersión  de  la  sal,  del  bau- 
tismo, de  la  insuflación  y  de  la  recomendación  del  alma, 
y  cantar  las  Horas  y  el  Oficio  Divino,  ya  sea  de  Mártires, 
ya  de  Confesores,  ya  de  Vírgenes,  ya  de  uno  ó  varios 
difuntos,  y  todos  los  responsorios. 

Ninguno  al  pretender  la  Sagrada  Ordenación,  se 
atreva  á  incurrir  en  simonía.  Asimismo,  ningún  Obispo, 
Presbítero,  Diácono,  ú  otro  cualquiera  ministro,  quiera 
comprar  ó  vender  las  cosas  sagradas,  por  ejemplo,  el 
Oleo,  ni  nada  perteneciente  al  Orden  eclesiástico.  Al  que 
esto  hiciere,  téngasele  por  simoníaco,  y  no  por  verdadero 
cristiano. 


502  LIBRO  SEGUNDO 


Ningún  Clérigo  podrá  traer  armas.  Todos  los  Canó- 
nigos deberán  tener  rasurada  en  forma  circular  la  parte 
superior  de  la  cabeza,  corto  el  cabello  y  afeitada  la 
barba. 

Capítulo  III. 

Prohibimos  que  los  seglares,  las  mujeres  y  los  tráns- 
fugas ó  re  fúganos  (1),  posean  heredad  alguna  dentro  de 
los  diextros  de  las  iglesias. 

Los  templos  deben  de  estar  bien  reparados,  cubiertos 
con  tejas  y  provistos  de  cruces,  cajas  y  cálices  de  plata, 
y  de  libros  para  todo  el  año. 

Se  prohibe  á  los  Obispos  y  monjes  tener  trato  alguno 
con  mujeres  extrañas;  y  sólo  por  necesidad  se  permite 
que  tengan  en  sus  casas  á  su  madre,  á  alguna  tía  ó  her- 
mana, que  en  sus  costumbres  y  traje  no  desmientan  la 
piedad  que  debe  reinar  en  tales  sitios. 

En  todos  los  domingos  se  hará  la  aspersión  de  la  sal, 
y  se  cantarán  los  Himnos  sagrados. 

Los  refuganos,  que  hubiesen  contraído  matrimonio 
(lo  cual  solo  por  enfermedad  ó  debilidad  puede  hacerse), 
si  es  que  se  apartan  de  sus  mujeres,  pueden  ser  admiti- 
dos á  la  confesión  y  recibir  la  penitencia  con  la  condi- 
ción de  habitar  y  dormir  en  la  casa  de  los  Presbíteros  de 
la  iglesia,  y  de  nunca  separarse  de  su  compañía. 

Todo  cristiano  debe  saber  de  memoria,  el  símbolo  y 
la  oración  dominical,  y  confesarse  y  hacer  penitencia 
según  sus  circunstancias  se  lo  permitan. 

Ninguno  tenga  dos  mujeres,  ni  se  case  con  la  mujer 


( 1 )     Se  llamaban  ref ájanos  los  Clérigos  de  Órdenes  menores,  que  deja- 
ban el  estado  eclesiástico  para  contraer  matrimonio. 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  OOMPOSTELANA  503 

de  su  hermano.  El  infractor  sea  privado  de  la  comunión 
eclesiástica. 

Capítulo  IV. 

Las  monjas  deben  observar  puntualmente  los  estatu- 
tos de  la  vida  regular,  estar  estrechamente  unidas  entre 
sí  por  los  vínculos  de  la  caridad,  y  renunciar  á  sus  pro- 
pias riquezas  y  al  mundo  para  siempre.  En  todos  los 
asuntos  temporales  que  afecten  á  sus  monasterios,  desig- 
nen á  personas  laicas,  que  averigüen  y  defiendan  sus  de- 
rechos. 

Los  que  habiendo  hecho  propósito  de  sujetarse  á  la 
vida  regular  en  un  monasterio,  mudando  después  de  pa- 
recer, volviesen  al  siglo  así  como  el  perro  vuelve  á  su 
vómito,  sean  separados  de  la  comunión  de  la  iglesia, 
mientras  tanto  no  se  recojan  en  su  monasterio.  Y  el  que 
á  los  tales  patrocinase  ó  retuviese,  no  conduciéndolos  á 
su  monasterio,  sea  excomulgado. 

Capítulo  V. 

Los  jueces  y  potestades  no  ejerzan  opresión  en  los 
pueblos;  antes  bien,  en  los  juicios  usen  de  misericordia. 
No  reciban  ofrendas,  ni  regalos  antes  del  fallo;  después 
de  averiguada  la  verdad,  tomen  lo  que  sea  justo  y  con- 
forme á  las  leyes. 

Ninguno  crea  en  agüeros  ó  encantamientos,  ni  obser- 
ve el  curso  de  la  luna,  ni  los  animales  inmundos.  Tam- 
poco se  cuelguen  figurillas  de  mujer  en  los  telares.  Todos 
éstos  son  actos  idolátricos,  y  por  lo  tanto  anatematiza- 
dos por  la  Santa  Madre  Iglesia;  y  los  cristianos  sólo  en 
nombre  del  Padre,  del  Hijo  y  del  Espíritu  Santo  deben 
hacer  todas  sus  cosas.. 


504 


LIBRO  SEGUNDO 


Capítulo  VI. 

Lds  consanguíneos  unidos  en  matrimonio,  sean  sepa- 
rados, y  hagan  penitencia;  de  lo  contrario,  príveseles  de 
la  comunión  eclesiástica  y  del  trato  con  los  fieles. 

Lo  mismo  ordenamos  respecto  de  los  presbíteros  y 
diáconos  que  hubiesen  contraído  matrimono. 

Sigue  después  la  fecha  y  las  subscripciones  de  los  tres 
Obispos,  Cresconio,  Suario  de  Dumio,  y  Vistruario  electo 
metropolitano  de  Lugo  (1). 


II 


Concilio  compostelano  del  año  10G3 


or  aquellos  tiempos  tan  revueltos,  lo 
inesperado  é  imprevisto  era  lo  que  solía 
determinar  el  curso  de  los  acontecimientos,  pues  de  im- 
proviso tan  mudadas  se  veían  las  circunstancias,  que 
los  acuerdos  de  antemano  tomados,  unas  veces  resulta- 
ban perjudiciales,  otras  quedaban  del  todo  frustrados,  y 
otras  aparecían  como  en  suspenso  y  en  expectativa. 
Algo  de  esto  debió  acontecer  con  los  decretos  del  Conci- 
lio compostelano  del  año  1060;  pero  el  perseverante 
Cresconio,  cuyo  ánimo  no  decaía  con  las  dificultades  y 
obstáculos,  antes  se  sobreexcitaba  y  fortalecía,  procuró 
reunir  otro  Concilio  más  numeroso,  en  el  cual  las  deci- 


(1)     Véanse  Apéndices,  núm.  XCII  bis, 


LOS  TBES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  505 

siones  del  anterior  recibiesen  más  solemne  y  plenaria 
confirmación.  Tal  fué,  sin  duda,  el  motivo  que  el  23  de 
Octubre  de  este  año  1063  congregó  dentro  de  la  Basílica 
del  Apóstol,  á  los  Obispos  de  Oviedo,  de  Compostela,  de 
Oporto,  de  Dumio  y  de  Lugo,  juntamente  con  muchos 
Abades,  Presbíteros,  Diáconos  y  aún  Magnates  emplea- 
dos en  la  Corte.  Después  que  los  Padres  hubieron  delibe- 
rado acerca  de  los  puntos  que  estimaron  dignos  de  aten- 
ción, hicieron  redactar  los  decretos  que  siguen  con  el 
preámbulo  que  va  á  la  cabeza. 

En  el  nombre  de  Dios  Omnipotente,  de  Jesucristo  su 
Hijo,  Verbo  desde  el  principio,  en  quien  Dios  rige  todas 
las  cosas,  hecho  hombre  en  el  tiempo  en  las  entrañas  de 
la  Virgen  María  sin  dejar  de  ser  Dios,  y  del  Espíritu 
Santo  que  de  ambos  procede,  un  sólo  Dios  subsistente 
en  tres  personas.  Este  es  el  Concilio  habido  en  el 
año  XXV  del  Príncipe  D.  Fernando,  en  el  templo  del 
bienaventurado  Apóstol  Santiago,  sancionado  y  promul- 
gado por  los  Obispos,  Abades,  Presbíteros,  Diáconos, 
Magnates  del  Oficio  palatino  allí  congregados.  Después 
que  entre  nosotros,  los  que  abajo  subscribiremos,  hubi- 
mos conferenciado  y  discutido  sobre  la  disciplina  y  la 
observancia  de  los  sagrados  Cánones,  no  pudimos  menos 
de  notar  algunos  de  los  abusos  que  por  negligencia  ó  por 
descuido,  se  habían  introducido  contra  el  esplendor  de 
la  Santa  Iglesia  y  la  pureza  de  la  Fe  católica.  Ahora  de- 
puesta ya  la  pasada  negligencia,  queremos  poner  fin  á 
estos  males,  y  decretamos  para  lo  futuro,  lo  siguiente: 

Capítulo  I. 

Ordenamos,  que  conforme  á  los  Sagrados  Cánones,  en 


506  LIBBO  SEGUNDO 


las  Iglesias  Catedrales  se  tenga  y  observe  la  Regla  Ca- 
nónica. Para  ello  los  Obispos,  además  del  Primicerio,  con 
consentimiento  de  los  demás  Clérigos,  de  entre  los  Canó- 
nigos elegirán  dos  ó  tres  Prepósitos,  á  quienes  incumba 
el  cuidado  de  la  Diócesis  y  de  las  decanías  ó  tenencias,  y 
el  proveer  de  lo  necesario  á  la  Canónica. 

En  todo  tiempo  celebrarán  en  la  iglesia  y  á  una  mis- 
ma hora,  y  todos  tendrán  con  el  Obispo  un  mismo  refec- 
torio y  un  mismo  dormitorio.  Durante  la  mesa  se  leerán 
libros  piadosos,  y  se  guardará  silencio.  Cuando  el  Obispo 
se  vea  precisado  á  viajar  por  la  Diócesis,  no  por  eso  se 
suspenda  la  Regla  Canónica;  antes  bien  continúe  bajo  la 
dirección  de  uno  de  los  Prepósitos  dichos. 

Los  Obispos,  Presbíteros  y  Diáconos,  vistan  ropas  ta- 
lares. Los  Obispos  y  Presbíteros,  ofrezcan  todos  los  días 
el  Santo  Sacrificio;  y  los  que  estén  impedidos  por  enfer- 
medad ó  debilidad  del  cuerpo,  asistan  á  él. 

Sobre  las  cosas  de  la  Iglesia,  ningún  lego  reciba  atri- 
bución alguna,  sino  el  que  en  sus  costumbres  y  en  su  há- 
bito sea  un  verdadero  Canónigo. 

Capitulo  II. 

Añadimos,  que  los  Sacerdotes  elegidos  Abades  en  las 
Diócesis,  sepan  exponer  de  un  modo  claro  y  ortodoxo  el 
misterio  de  la  Santísima  é  Individua  Trinidad,  y  estén 
versados  en  el  estudio  de  las  Santas  Escrituras  y  de  los 
Sagrados  Cánones.  A  ellos  corresponderá  el  presentar  á 
los  Obispos  los  Ordenandos,  quienes  deberán  saber  todo 
el  Salterio,  los  ritos  y  ceremonias  de  la  aspersión  de  la 
sal,  del  bautismo  y  de  la  recomendación  del  alma,  y  te- 
ner el  Oficio  de  Difuntos.  En  cuanto  á  la  edad,  esto  es  lo 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA     507 

que  establecemos,  que  el  diaconado  se  reciba  á  los  vein- 
ticinco años,  y  el  presbiterado  á  los  treinta. 

Los  Clérigos  no  usen  armas  seculares,  ni  ningún  in- 
terés reciban  por  el  bautismo,  ni  por  acto  alguno  que  se 
refiera  á  las  cosas  sagradas. 

Capitulo  III. 

Prohibimos  que  los  refuganos,  después  de  contraído 
matrimonio,  reciban  cosa  alguna  de  la  Iglesia. 

Las  cruces  y  cajas  de  las  iglesias  sean  de  plata. 

Las  mujeres  extrañas  no  tengan  trato  alguno  con 
los  Obispos  y  Monjes;  y  sólo  en  atención  á  la  necesidad, 
se  permite  que  en  las  parroquias  tengan  los  Clérigos  en 
su  compañía  á  la  madre  ó  á  alguna  tía  ó  hermana,  con 
tal  que  en  sus  costumbres  y  hábito  se  revele  su  religio- 
sidad. 

Capítulo   IV. 

Mandamos  también  que  se  corrija  la  insolencia  de 
aquellos,  que  contándose  abusivamente  en  el  número  de 
los  Clérigos,  malversan  torpemente  los  bienes  de  la 
Iglesia. 

Todo  el  que  pretenda  ser  tenido  como  Canónigo  y 
gozar  de  los  beneficios  eclesiásticos,  reciba  alguno  de  los 
siete  Ordenes,  de  que  se  compone  la  jerarquía  de  la 
Iglesia.  En  caso  de  que  se  nieguen  á  recibir  dichos  Or- 
denes y  contraigan  matrimonio,  dejen  los  bienes  ecle- 
siásticos, y  sean  considerados  como  meros  seglares.  Mas 
si  en  vez  de  contraer  matrimonio,  andan  de  lugar  en 
lugar  buscando  la  satisfacción  de  su  carnal  concupiscen- 
cia, sean  separados  de  la  comunión  eclesiástica,  hasta 
tanto  que  arrepentidos  vuelvan  á  mejor  vida. 


508  LIBBO  SEGUNDO 


Capítulo  V   (I). 

Acerca  de  las  Monjas,  ordenamos  que  no  posean  en 
particular  cosa  alguna,  y  que  estén  íntimamente  unidas 
entre  sí  por  los  vínculos  de  la  caridad. 

Los  Monjes  obedezcan  á  sus  Abades  como  á  sus  pro- 
pios padres,  y  los  Abades  á  su  vez  deben  ser  condescen- 
dientes con  sus  subditos,  procurar  todo  lo  necesario  para 
su  sustento  y  vestido,  amarlos  como  si  fueran  sus  hijos, 
y  mostrar  especial  cuidado  con  los  débiles  y  enfermos. 

Capítulo  VI. 

Los  consanguíneos  dentro  del  séptimo  grado,  no  pue- 
den contraer  matrimonio;  y  si  lo  hubiesen  contraído, 
usando  de  misericordia,  disponemos  que  no  sean  separa- 
dos sino  los  que  estén  dentro  del  quinto  grado.  Los  in- 
cestusosos,  que  se  opusieren  á  la  separación,  sean  priva- 
dos de  la  comunión  de  la  Iglesia  y  del  ósculo  de  la  paz. 

Los  raptores,  los  falsarios,  los  encantadores,  los  que 
abandonan  sus  propias  mujeres,  los  que  pudiendo  con- 
traer lícitamente  matrimonio  no  lo  hacen,  para  entre- 
garse más  desenfrenadamente  á  la  satisfacción  de  su 
lascivia,  los  refuganos,  que  contra  lo  que  disponen  los 
Sagrados  Cánones,  se  sustentan  con  los  bienes  de  las 
iglesias  (2),  hagan  penitencia,  y  absténganse  de  prose- 
guir en  su  criminal  conducta.  De  otro  modo,  sean  exco- 


(1)  En  el  original  legionense  este  capítulo  lleva,  por  equivocación,  re- 
petido el  número  IV. 

(2)  Este  creemos  que  sea  el  sentido  de  aquella  casi  ininteligible  cláu- 
sula: Refuganes  et  ecclesias  partitores,  sed  ut  Sanctos  Cañones  admonent  per 
tas  viventes...  - 


LOS  TRES  PBIMEBOS  SIGLOS  DÉ  LA  I.  COMPOSTELANA  509 

mulgados,  y  á  la  hora  de  la  muerte,  niegúeseles  la 
recomendación.  Y  sean  tenidos  por  semejantes  á  éstos, 
los  que  los  acogieren,  ó  tuvieren  con  ellos  algún  trato. 

Capítulo  Vil. 

Añadimos,  por  último,  que  los  Clérigos  que  no  rasu- 
ren la  barba,  no  pueden  entrar  en  el  coro,  ni  leer  las 
divinas  lecciones,  ni  cantar  los  responsos,  ni  tocar  las 
cosas  sagradas,  ni  ser  admitidos  en  el  Capítulo  y  refec- 
torio, ni  recibir  porción  alguna  de  las  cosas  de  la  iglesia, 
pues  deben  ser  considerados  como  simples  legos. 

Siguen  la  fecha  y  las  subscripciones  (1). 

Con  tanto  ahinco  procuraron  los  Padres  extender  y 
arraigar  la  observancia  de  estos  Cánones,  que  antes  de 
separarse,  escribieron  al  Obispo  de  León,  D.  Jimeno,  re- 
mitiéndole un  ejemplar  de  las  Actas,  y  anunciándole 
que  para  el  próximo  año  1064  tenían  acordado  reunirse 
de  nuevo  en  Lugo,  en  donde  les  sería  muy  grato  verlo  á 
él,  al  Obispo  de  Nájera,  al  de  Astorga,  D.  Ordoño,  y  á 
algún  otro  Obispo  más,  que  pudiese  asistir.  He  aquí 
la  carta: 

«Nosotros  los  sobredichos  a  nuestro  Hermano  y  Co- 
episcopo  D.  Jimeno,  salud.  Rogamos  a  Vuestra  Fideli- 
dad que  enmiende  ó  añada  lo  que  mejor  le  pareciere. 
Celebrareis  concilio  con  vuestros  Hermanos  y  Obispos 
para  tratar  de  la  Regla  de  la  Santa  Fe,  pues  nosotros 
confiamos  en  vuestra  prudencia  y  hacemos  votos  para 
que  asi  podáis  hacerlo. 

>  También  os  participamos  que  quince  dias  antes  de 


(1)     Véanse  Apéndices,  uiím.  XCV. 


510  LIBEO  SEGUNDO 


la  próxima  Cuaresma  (1),  tenemos  pensado  renovar  el 
Concilio  en  la  ciudad  de  Lugo,  á  donde  no  dejareis  de 
concurrir  para  que  Cristo  os  lo  premie  en  su  Reino. 
Válete. 

» Avisareis  al  Obispo  de  Nájera,  al  de y  á  D.   Or- 

doño  para  que  en  dicho  dia,  por  lo  menos  dos  o  tres  de 
vosotros,  podáis  asistir  a  nuestra  reunión»  (2). 

III 

Algunas  observaciones  sobre  estos  Concilios 
compostelanos 

Ccjj-f  lara  y  manifiesta  es  la  parte  principalísima 
v ^  que  debió  tener  D.  Cresconio  en  las  decisio- 
nes y  acuerdos  de  estos  Concilios.  Ambos  fueron  cele- 
brados en  su  Iglesia,  y  el  primero  de  ellos  fué  por  él 
presidido.  Esto  supuesto,  vamos  á  permitirnos  comentar 
algunas  de  las  más  notables  de  sus  disposiciones. 

Lo  primero  en  que  convinieron  los  Padres,  fué  en  el 
restablecimiento  de  la  vida  regular  y  común  en  sus  res- 
pectivas Iglesias.  En  Santiago,  durante  todo  el  siglo  X, 
debió  de  conservarse  en  vigor  este  método  de  vida  entre 
el  Clero  Catedral,  pues  todos  los  Prelados  que  vivieron 
en  dicha  centuria,  podrían  tener  defectos,  pero  no  el  de 


(1)  Hacia  el  10  de  Febrero;  pues  en  IQfít  cayó    la   Pascua  en    11   de 
Abril. 

(2)  No  se  conservan  las  Actas  de  este  Concilio  de   Lugo,  ni   aún  hay 
seguridad  de  que  haya  podido  celebrarse  á  causa  del  sitio  de  Coimbra. 


LOS  TRES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         511 

carecer  de  entusiasmo  y  celo  por  la  vida  común.  En  la 
primera  mitad  del  siglo  XI,  efecto  de  las  continuas  tur- 
bulencias que  agitaron  el  país,  y  de  la  relajación  consi- 
guiente, tan  á  menos  vino  la  Regla  Canónica,  que  al 
entrar  D.  Cresconio  en  la  posesión  de  la  Sede,  en  San- 
tiago sólo  había  siete  Canónigos,  y  al  decir  de  la  Corn- 
postelana  (1),  tan  aseglarados,  que  ni  gastaban  hábito 
clerical,  ni  tonsura,  ni  querían  afeitar  la  barba.  De  aquí, 
que  los  Padres  tanto  insistiesen  en  restaurar  la  vida 
reglar  de  los  Canónigos,  y  levantarla  de  su  decadencia  y 
postración,  fijando  con  toda  claridad  las  tres  cosas  que 
la  constituían,  á  saber,  un  mismo  coro,  un  mismo  refec- 
torio y  un  mismo  dormitorio. 

Una  grave  innovación  trataron  de  introducir  estos 
Concilios  respecto  de  los  Arcedianos.  Quisieron  prescin- 
dir de  esta  Dignidad,  y  en  su  lugar  ordenaron  que  los 
Obispos,  con  consentimiento  del  Cabildo,  nombrasen  dos 
ó  tres  Prepósitos  que  desempeñasen  parte  de  las  funcio- 
nes confiadas  hasta  entonces  á  los  Arcedianos,  como  era 
la  administración  de  los  bienes  de  la  Diócesis,  y  el  cui- 
dado y  régimen  de  las  parroquias  y  monasterios.  A  los 
Arcedianos  incumbía,  según  el  Canon  V  del  Concilio  de 
Coyanza,  el  presentar  los  Ordenandos  á  los  Obispos;  los 
Concilios  compostelanos  cometieron  este  cargo  á  los 
Abades  de  los  monasterios  y  á  los  Rectores  de  las  igle- 
sias canónicas.  La  razón  por  qué  los  Prelados  se  creyeron 
en  el  caso  de  tomar  estas  medidas,  fué  acaso  el  deseo  de 
contener  la  arrogancia  de  los  Arcedianos,  los  cuales,  en 
las  vacantes;  presumían  casi  siempre  ser  ellos  los  llama- 


(1)    Lib.  III,  oap.  XXXVI, 


512  LIBBO  SEGUNDO 


dos  á  suceder  á  los  Prelados  difuntos.  Sin  embargo,  esta 
innovación  no  prosperó;  y  no  muchos  años  después,  en 
tiempo  del  Obispo  D.  Diego  Peláez,  había  en  Santiago 
tres  ó  cuatro  Arcedianos,  que  gozaban  de  las  antiguas 
atribuciones. 

En  el  canon  III  del  Concilio  de  Coyanza,  se  prohibió 
el  usar  en  el  Santo  Sacrificio  de  la  Misa  cálices  de  ma- 
dera ó  de  barro  ó  de  otra  substancia  quebradiza;  pero 
no  se  señaló  el  metal  de  que  habían  de  estar  formados; 
de  modo  que  podían  hacerse  de  estaño  sin  contravenir 
á  lo  dispuesto  en  este  Concilio  (1).  Los  Padres  compos- 
telanos  ordenaron  que  todos  los  cálices  fuesen  de  plata. 
Lo  mismo  dispusieron  acerca  de  las  cruces  de  altar  y  de 
las  cajas  en  que  se  reservaban  las  Sagradas  Formas  (2). 

Por  lo  que  toca  á  la  forma  del  Altar  y  á  la  clase  de 
vestiduras  que  se  debían  usar  en  la  celebración  del  Santo 
Sacrificio,  nada  se  alteró  en  lo  que  había  dispuesto  y  de- 
clarado el  Concilio  coyacense;  desde  el  cual  quedó  fijado 
el  número  y  clase  de  vestiduras  que  deben  usar  en  el  Al- 
tar los  Presbíteros  y  Diáconos.  El  ara,  según  el  Concilio 
de  Coyanza,  debía  de  ser  toda  de  piedra  y  cubrir  ó  for- 
mar todo  el  plano  superior  de  la  Mesa  eucarística;  tota  sit 
lapídea.  En  esta  forma  continuó  hasta  bien  entrado  el 
siglo  XVI. 

Desde  esta  época  comenzaron  á  caer  en  desuso  los 
velos  principales,  que  se  suspendían  á  la  entrada  del  Pres- 
biterio; lo  cual  en  parte  se    explica  porque  dadas  las 


(1)  Creemos  que  los  cálices,  vasos,  concas,  navicellas,  etc.,  cuya  mate- 
ria se  designa  con  el  nombre  de  eirache,  eirake,  iraké,  en  los  Documentos 
de  esta  época  eran,  en  efecto,  de  estaño. 

(2)  En  Galicia  estas  cajas  ó  píxides  se  guardaban  en  un  nicho  abierto, 
por  lo  regular,  en  la  pared  de  la  iglesia  al  lado  del  Evangelio. 


LOS  TRES  peimeros  siglos  de  la  i.  compostelana      513 

grandes  dimensiones  que  desde  entonces  adquirieron  las 
iglesias,  era  muy  difícil  y  costoso  hallar  velos  convenien- 
tes que  cubriesen  todo  el  arco  triunfal.  Continuaron 
usándose  las  cortinas  ó  alagaras,  alaiaras,  aUiaiaras,  que 
rodeaban  el  Altar. 

Del  Canon  I,  del  Concilio  de  10G0,  parece  deducirse 
que  entonces  todos  los  fieles  estaban  obligados  á  comul- 
gar tres  veces  al  año,  á  saber,  por  Pascua  de  Navidad, 
Resurrección  y  Pentecostés. 

También  se  hace  mención  en  este  mismo  Canon  de 
las  oblatas;  pues  se  manda  que  en  dichos  tres  días,  cada 
fiel  haga  ofrendas  según  su  posibilidad. 

En  este  Canon  ó  Capítulo  se  hace  mención  de  todas 
las  Horas  canónicas  á  excepción  de  la  Nona.  Tal  vez  se 
rezase  en  el  refectorio,  como  en  los  Monasterios  se  reza- 
ban las  Completas  en  el  dormitorio. 

En  el  Capítulo  II  del  Concilio  de  1060,  se  exige  que 
los  que  hayan  de  ser  elegidos  Abades  ó  Rectores  en  las 
iglesias  canónicas,  estén  versados  en  el  estudio  de  las  Sa- 
gradas Escrituras  y  de  los  Cánones  eclesiásticos.  Esto  da 
á  entender  que  entonces  abundaban  los  Textos  Sagra- 
dos y  las  Colecciones  dé  Concilios;  pues  sólo  así  podrían 
hallar  los  Presbíteros  la  erudición  que  se  les  exigía. 

En  el  mismo  Canon  se  encarga  á  los  Abades  que  es- 
tablezcan escuelas  en  sus  respectivas  iglesias  (1).  Inútil 
es  encarecer  la  importancia  de  esta  disposición,  que  de- 
muestra de  que  modo  la  Iglesia  fomentó,  según  tantas 
veces  calumniosamente  y  con  insigne  ingratitud  se  está 


(1)  Las  escuelas  de  los  monasterios  ya  databan  desde  muy  antiguo,  asi 
en  Galicia,  como  en  otras  regiones.  En  un  Documento  de  Celanova  del  año 
1002,  se  pone  entre  los  testigos  turba  pueroruní  degenlibus  tu  acola,  En  otro 

Tomo  II.— 33. 


514  LIBKO  SEGUNDO 


repitiendo,  la  ignorancia  y  el  obscurantismo.  Y  es  más, 
si  esto  es  fomentar  el  obscurantismo,  hay  que  confesar 
que  en  tal  tarea  ninguna  otra  institución  le  hizo  com- 
petencia por  entonces. 

Respecto  del  impedimento  de  consanguinidad  en  el 
matrimonio,  se  siguió  la  legislación  canónica  entonces  vi- 
gente, que  prohibía  y  declaraba  nulos  los  matrimonios 
celebrados  entre  consanguíneos  hasta  el  séptimo  grado 
de  parentesco.  Sin  embargo,  en  el  capítulo  VI  del  Conci- 
lio del  año  10G3,  se  permitió  a  los  consanguíneos  que  esta- 
ban ya  casados,  que  pudiesen  permanecer  unidos,  con  tal 
que  su  parentesco  no  excediese  del  quinto  grado.  De  este 
modo  se  fué  preparando  la  reforma  del  Concilio  latera- 
nense  IV,  que  limitó  este  impedimento  al  cuarto  grado. 

En  el  Canon  III  del  Concilio  de  1060,  se  prohibe  que 
los  seglares  posean  heredad  alguna  dentro  de  los  diextros 
de  las  iglesias.  Los  diextros  eran  el  terreno  contiguo  á 
la  iglesia,  hasta  la  distancia  de  ochenta  y  dos  ú  ochenta 
y  cuatro  pasos  en  contorno;  el  cual  terreno  se  conside- 
raba como  parte  integrante  de  la  iglesia.  Los  doce  pasos 
más  próximos  se  destina.ban  para  cementerio;  los  restan- 
tes para  huerto  (1). 


Documento  del  año  1005,  se  dice  que  el  monasterio  de  San  Pedro  de  Rocas  se 
había  incendiado  per  negligentiam  puerorum  ibi  in  solióla  adliuc  degentis  li- 
teras legebant.  En  una  donación  que  en  el  año  1037  hizo  Oduario  Bermúdez 
á  Celanova,  manifiesta  que  allí  había  enseñado  él  las  letras:  ubi  liiteras 
docui,  etc. 

(1)  En  el  Diploma  que  en  el  año  886  concedió  D.  Alfonso  III  á  la 
Santa  Iglesia  de  Orense,  se  lee:  ítem  adjicimus  in  omni  giro  ecclessiae  ves- 
trae  L XXXII passus;  XII  pro  corpora  tumulanda;  LXX  pro  toleratione 
oynnes  vita  Sancta  degentes.  En  el  860,  D.  Ordoño  I,  donó  al  Obispo  de  León 
Froniínio,  varias  iglesias  en  Asturias,  y  le  encarga  que,  según  enseñan  los 


LOS  TEES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  515 

Por  último,  de  estos  Concilios  compostelanos  resulta, 
que  la  incontinencia  y  la  simonía,  dos  horribles  plagas, 
que  por  entonces  tenían  contagiado  á  casi  todo  el  Clero 
de  Europa,  aquí  en  nuestra  Península,  al  menos  en  los 
reinos  de  Galicia,  León  y  Asturias,  por  favor  de  Dios,  no 
se  hallaban  tan  arraigadas  y  generalizadas,  que  necesi- 
tasen remedios  tan  fuertes  y  extraordinarios,  como  fue- 
ron los  que  se  adoptaron  en  los  Concilios  de  Roma  y  de 
Roán  del  año  1074,  en  el  de  Winchester  del  año  1076,  en 
el  dePoitiers  del  año  1078,  etc..  Y  por  lo  que  toca  á  la  in- 
continencia, el  celibato  era  obligatorio,  no  sólo  á  los  Clé- 
rigos de  Ordenes  mayores,  sino  á  los  de  menores;  los  cua- 
les solo  podían  contraer  matrimonio  en  caso  de  que  por 
enfermedad  ó  debilidad  del  cuerpo,  necesitasen  la  asis- 
tencia y  auxilios  del  matrimonio,  permaneciendo  siem- 
pre, empero,  bajo  la  inmediata  inspección  de  sus  respec- 
tivos Presbíteros. 

De  estos  nuestros  Concilios  también  se  infiere  la  nin- 
guna necesidad  que  á  fines  de  este  siglo  XI  hubo  de  que 
viniesen  reformadores  extranjeros  á  vigorizar  nuestro 
espíritu  religioso,  alterando  la  fisonomía  de  nuestra  Igle- 
sia. En  el  seno  de  nuestra  patria  y  alimentados  con  el 
jugo  de  sus  entrañas,  se  formaron  en  Compostela,  Prela- 
dos como  Cresconio,  Gudesteo  y  el  mismo  D.  Diego  Pe- 
láez;  en  León  San  Alvito  y  Pelayo;  en  Lugo  Pedro  y 
Vistruario;  en  Oviedo  Froilán  y  Arias,  etc.,  etc..  Ni  otra 
escuela,  ni  otra  madre  en  lo  temporal,  reconocieron  los 
Abades  Santo  Domingo  de  Silos,  Santo  Domingo  de  la 


Cánones,  les  acote  los  diextros.  Ex  omni  circuitu  de  ipsa  jam  dicta  Jora, 
prout  Cañones  docent,  dextros  eorum  pone  pro  corporc  tumulanda  et  pro 
subsidio  fratrum. 


516  LIBBO  SEGUNDO 


Calzada,  San  Fagildo  de  Antealtares,  San  Iñigo  de  Oña, 
San  Grarcía  de  Alianza,  San  Sisebuto  de  Cárdena,  San 
Veremundo  de  Hirache  y  San  Juan  de  Ortega.  No  fue- 
ron, pues,  la  decadencia  y  la  relajación  las  que  deman- 
daron la  venida  de  reformadores  extranjeros.  Bueno  se- 
ría que  esto  no  pudiera  atribuirse  á  veleidades  de  Don 
Alfonso  VI,  en  lo  cual  más  digno  es  de  reprensión,  que 
de  alabanza. 


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<r*-^>         llllllllllllllltllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllllttllllliuilllllllllllllllliwilllllllllllllllllllllllltlllllllll         ^»-  «^ 


CAPITULO  XXVII 


Noticia  de  algunos  de  los  alumnos  de  la  Escuela  compostela< 
na  del  tiempo  de  D.   Cresconio. 


N  el  Concilio  compostelano  del  año  1060, 
Canon  II,  mandóse  que  se  estableciesen 
escuelas  en  todos  los  monasterios  y  en  to- 
das las  parroquias  diocesales  ó  canónicas. 
Esta  sola  disposición  basta  á  hacer  presumir  que  en  las  Ca- 
tedrales había  escuelas  aún  en  aquellos  azarosos  tiempos. 
De  la  organización  de  la  escuela  compostelana,  no  se  con- 
serva noticia  alguna;  pero  hay  memoria  de  dos  alumnos 
muy  calificados,  suficientes  por  sí  solos  para  acreditarla. 
El  uno,  es  el  Infante  D.  García,  que  después  fué  Rey  de 
Galicia;  el  otro,  el  clérigo  Pelayo,  más  tarde  Obispo  de 
León. 

Dice  el  Süense  en  su  Cronicón,  que  una  de  las  co- 
sas en  que  puso  mayor  esmero  el  Rey  D.  Fernando,  fué 
en  la  educación  de  sus  hijos.  Procuraba  primero  que 


518  LIBRO    SEGUNDO 


adquiriesen  la  instrucción  necesaria  con  el  estudio  de 
las  artes  liberales,  y  después,  cuando  llegaban  á  edad 
competente,  los  hacía  adiestrar  en  el  manejo  de  las  ar- 
mas, en  la  equitación  y  en  la  caza  (1). 

La  persona  á  quien  confió  D.  Fernando  la  instruc- 
ción literaria  de  su  hijo  menor,  D.  García,  fué  el  Obispo 
D.  Cresconio,  que  indudablemente  con  este  objeto,  en  el 
año  1053,  trajo  al  Infante  á  Santiago,  como  resulta  de 
una  Escritura  citada  por  Risco  (2),  en  la  cual,  al  fin,,  se 
lee  la  siguiente  nota:  In  ista  Era  (M)LXXXXI  levavit 
Episcubo  domino  Cresconio  acl  illo  infante  domino  Garda  ad 
Galicia, 

De  la  permanencia  de  D.  García  en  Compostela,  nos 
quedó  una  insigne  memoria,  que  debemos  agradecer 
á  los  Historiadores  y  Cronistas  belgas.  Al  entrar  la 
primavera  del  año  1056,  llegó  á  nuestra  ciudad  una  nu- 
merosa caravana  de  peregrinos,  procedentes  de  Lieja, 
presidida  por  Roberto,  Monje  del  monasterio  de  Santia- 
go de  la  misma  ciudad.  Todos  fueron  recibidos  con  corte- 
sía y  afabilidad  suma  por  D.  Cresconio  y  su  pupilo  Don 
García,  pues  entre  ellos  venían  personas  de  gran  distin- 
ción. Al  despedirse  Roberto,  que  después  llegó  á  ser  el 
cuarto  Abad  de  su  monasterio,  preguntó  á  D.  Cresconio 
y  á  D.  García,  si  sería  indiscreción  el  solicitar  alguna 
Reliquia  del  Apóstol  para  ennoblecer  con  ella  á  su  pro- 
pio monasterio.  Accedió  D.  Cresconio,  y  puso  en  manos 
del  piadoso  Monje  parte  de  un  hueso  braquial  de  Santia- 


(1)  Rex  vero  Fernandus  filios  suos  et  filias  íta  censuit  ínstruere,  ut 
primo  liberalibus  disciplinis,  quibus  et  ipse  studium  dederat,  erudirentur. 
(España  Sagrada,  t.  XVII,  pág.  316). 

(2)  España  Sagrada,  t.  XXXV,  pág.  65. 


LOS  TEES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.   COMPOSTELANA  519 

go  (1)   con  algunas  otras  Reliquias  de  San  Bartolomé 
Apóstol,  San  Pancracio  y  San  Sebastián. 

El  historiador  de  la  Iglesia  de  Lieja,  Bartolomé  Fi- 
seno  (2),  explica  así  la  facilidad  con  que  el  Obispo  de 
Compostela  y  D.  Grarcía  se  prestaron  á  los  deseos  de  Ro- 
berto. El  Infante,  siguiendo  acaso  las  instrucciones  de 
su  padre  (3),  aspiraba  á  contraer  matrimonio  con  una  de 
las  dos  hermanas  del  Emperador  de  Alemania,  Enri- 
que III.  Mostráronse,  pues,  fáciles  y  complacientes,  tan- 
to D.  García,  como  el  Obispo,  para  que  á  su  vez  los  pe- 
regrinos, entre  los  cuales  venía,  sin  duda,  alguno  de  la 
Corte  del  Emperador,  hiciesen  saber,  en  dónde  convenía, 
sus  deseos  y  aspiraciones. 

Llegaron  las  Sagradas  Reliquias  á  Lieja  el  día  de 
San  Servasio  (13  de  Mayo),  y  recibidas  con  grandes  fies- 
tas por  toda  la  ciudad,  fueron  depositadas  en  la  iglesia 
monasterial  de  Santiago,  á  la  cual  algunos  llaman  la 
maravilla  de  Lieja.  El  Señor  quiso  hacer  sentir,  con  varios 
prodigios,  la  presencia  en  la  famosa  ciudad  belga  de  la 
Reliquia  de  su  Apóstol  (4).  Lamberto,  Monje  del  referi- 


(1)  Algunos  historiados  belgas  dicen  que  lo  que  dio  D.  García,  ó  más 
bien  D.  Cresconio,  fué  un  brazo)  pero  el  mismo  Fiseno  advierte  sobre  esto: 
Insignem  ejus  (brachii)  portionem  interpretor ,  nec  aliud  Jwdie  superest. 

(2)  Hist.  Ecclesiae  Leodiensis,  lib.  VIII,  núm.  27. 

(3)  Los  otros  dos  hijos  de  D.  Fernando  I,  D.  Sancho  y  D.  Alfonso,  ca- 
saron también  (D.  Alfonso  cinco  veces),  con  Princesas  extranjeras. 

(4)  Los  historiadores  de  Lieja  refieren  el  que  aconteció  á  un  comer- 
ciante que  empleó  en  usos  profanos  un  gran  lienzo,  en  que  habían  sido  en- 
vueltas las  Reliquias  al  ser  conducidas  á,  Bélgica.  Tan  mal  empezaron  á  ir 
sus  negocios,  que  él  tenía  á  la  vista  su  completa  ruina.  Ocurrióselé  llevar  el 
paño  ó  lienzo  á,  la  iglesia  de  Santiago  en  Lieja,  y  desde  entonces  todo  para 
él  cambió  de  aspecto,  y  sus  asuntos  marcharon  prósperamente.  Del  paño  se 
hicieron  dos  estandartes,  que  en  tiempo  de  Gil,  Monje  de  Áurea  valle  (en 
la  primera  mitad  del  siglo  XIII),  aún  permanecían  en  la  iglesia. 


520  LIBEO  SEGUNDO 


do  monasterio  de  Lieja,  en  un  Cronicón  que  no  pasa  del 
año  1194,  hablando  de  las  fiestas  que  se  celebraron  con 
motivo  de  la  entrada  de  las  Sagradas  Reliquias,  dice 
que  no  se  acordaba  en  Lieja,  ni  antes,  ni  después,  un  día 
de  mayor  regocijo  (1). 

Se  ignora  cuál  haya  sido  el  resultado  de  las  gestiones 
de  los  peregrinos  de  Lieja,  y  ni  aún  puede  asegurarse 
que  D.  García,  que  por  entonces  apenas  había  salido  de 
la  pubertad,  haya  llegado  á  contraer  matrimonio. 

No  sabemos  hasta  qué  punto  D.  Grarcía  sería  materia 
dispuesta  para  recibir  las  enseñanzas  y  consejos  de  Don 
Cresconio;  del  otro  alumno  que  hemos  citado,  consta  que 
la  semilla  cayó  en  terreno  fértil,  y  que  produjo  opimos 
frutos.  ¡Con  qué  íntima  satisfacción  no  recuerda  el  Obis- 
po legionense,  Pelayo,  en  la  Escritura  de  10  de  Noviem- 
bre de  1073,  día  de  la  solemne  consagración  de  su  igle- 
sia, que  él  había  nacido  en  la  provincia  de  Galicia,  que 
se  había  criado  en  la  Sede  de  Santiago,  que  allí  había 
sido  instruido  con  todo  esmero  en  las  ciencias  eclesiásti- 
cas, que  había  sido  promovido  al  Orden  del  Diaconado, 
y  que  por  fin  allí  había  permanecido  hasta  que  las  ca- 
nas, satélitas  del  tiempo,  habían  comenzado  á  poblar  su 
cabeza!  (2)  ¡Con  qué  delicado  sentimiento  de  gratitud 
no  nombra  en  la  misma  Escritura  á  su  señor  D.  Cresco- 
nio, que  á  instancia  de  los  Reyes  D.  Fernando  y  Doña 


(1)  Haec  (Reliquiae)  cum  tanto  honore.  et  totius  populi  jucunditate  mi- 
raculisque  coruscantibus  ad  ecclesiam  Apostoli  deportatae  sunt,  ut  majorum 
nostrorum  aetas  laetiorem  diem  prius  nec  postea  meminerit  se  vidisse* 
(Véase  Acta  Sanctorum,  t.  IVde  Julio,  die  XI,  en  el  Comentario  sobre  San- 
tiago, pte.  I,  §.  IX,  núms.  102  y  siguientes). 

(2)  Ego  enim  Pelagius  istius  auctor  testamenti  in  Gallecia  provincia 
ortus,  adolevi  in  Sede  Sancti  Jacobi,  ibique  doctrinis  ecclesiasticis  adprime. 


LOS  TRES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  OOMPOSTELANA  521 

Sancha,  le  había  dado  licencia  para  que  pudiese  cam- 
biar el  estalo  del  coro  de  Santiago  por  la  Sede  legio- 
nense!  (1) 

Bien  conocidas  debían  de  ser  de  D.  Fernando  y 
D.a  Sancha  las  dotes  del  Canónigo  compostelano,  cuan- 
do así  espontáneamente  lo  llamaron  para  ocupar  la  Se- 
de legionense  (2).  Las  obras  que  en  el  espacio  de  ocho 
años  llevó  á  cabo  el  alumno  de  D.  Cresconio,  demuestran 
bien  á  las  claras,  cuan  de  veras  había  adoptado  como 
norma  de  conducta  el  lema  que  dejó  consignado  en  la 
Escritura  de  fundación  de  una  hospedería  al  lado  de  su 
Iglesia:  Moríale  corpus  in  mortali  saeculo  cam  honore  sustine- 
re.  Construyó  de  nuevo  los  tres  altares  principales  de  la 
Basílica,  el  baptisterio,  el  palacio  episcopal,  el  claustro, 


eruditus,  ad  gradum  usque  levitici  Ordinis  promotus  sum,  inde  evolatis  ali- 
quibus  annis,  et  máxime  cum  jam  temporanei  funderentur  vértice  cani,   ar- 

cesitus  sum  (a  bonae)   memoriae   Rege  Fredenando   et  Sanctia  Regina 

( España  Sagrada,  t.  XXXVI,  Apéndices,  núm.  XXVIII). 

(1)  In  hac  Sede  Sancti  Salvatoris  et  Sanctae  Mariae  urbis  Legionensi 
constitutus  Episcopus,  Deo  auxiliante  et  domino  meo  Cresconio  Pontifice  in 
hoc  consentiente.  (España  Sagrada,  t.  XXXVI,  loe.  cit.) 

(2)  «El  limo.  Truxillo  (Risco,  España  Sagrada,  t.  XXXV,  pág.  102),  á 
quien  siguió  el  P.  Lobera,  creyó  que  D.  Pelayo  fué  Monje  en  el  monasterio  de 
Santiago,  sito  junto  á  la  Catedral  de  León,  y  que  por  eso  dice,  que  admitió  el 
Obispado  con  licencia  de  Cresconio,  el  cual,  según  consta  de  otras  Escritu- 
ras, era  Abad  del  expresado  monasterio.  Este  dictamen  es  contrario  á  la 
letra  del  Testamento  de  D.  Pelayo,  porque  habiendo  dicho  que  se  crió  en  la 
Iglesia  de  Santiago  de  Galicia,  dice  luego  que  después  de  allí  fué  llamado 
por  D.  Fernando  y  D.a  Sancha  para  que  presidiese  en  la  Silla  Episcopal 
de  León.» 

En  cambio  Sandoval  (Fundaciones  de  San  Benito),  asienta  que  D.  Pelayo 
había  sido  Monje  en  Sahagún.  Fué  prurito  en  Sandoval  y  en  Argáiz,  el 
sostener  que  casi  todos  los  Obispos  españoles  de  la  Edad  Media  habían  sido 
Monjes  benedictinos.  Cuenta  esta  ínclita  Orden  con  suficientes  legítimas 
glorias  para  sí  y  para  dar,  y  no  necesita  de  infundadas  apropiaciones. 


522  LIBEO  SEGUNDO 


el  refectorio  y  el  dormitorio.  Adquirió  varios  libros  doc- 
trinales y  otros  para  el  Oficio  Divino.  Hizo  tres  cruces, 
una  de  oro  con  piedras  preciosas,  que  guardaba  un  trozo 
del  Llgnum  Crucis;  otra  grande  de  plata,  maravillosa- 
mente labrada;  y  otra  pequeña,  para  llevar  en  los  días 
feriados.  Enriqueció  á  su  Iglesia  con  ricas  casullas,  dal- 
máticas, estolas,  manípulos,  frontales,  túnicas,  albas, 
amitos,  etc..  Donó  tres  vasos  de  plata  y  otras  muchas 
piezas  de  vajilla  para  el  refectorio,  y  lechos  y  ropas  para 
el  dormitorio.  Bendita  es  su  memoria  en  León. 

Indudablemente  podríamos  referir  otro  tanto  de  su 
maestro  Cresconio,  si  se  hubieran  conservado  en  nuestra 
Iglesia  las  donaciones  de  nuestros  Obispos;  mas  ahora  no 
cabe  más  que  recordar  lo  que  dice  el  Eclesiástico  (1):  que 
Dios  honra  al  padre  en  los  hijos. 

De  aquí  se  deduce,  que  si  no  nació  entonces  la  escue- 
la compostelana  de  calígrafos  y  curiales  que  tanta  fama 
llegó  á  alcanzar,  recibió  gran  impulso  ó  incremento.  Lo 
cierto  es,  que  no  en  otra  parte,  sino  aquí,  se  formaron 
hombres  como  Grelmírez,  que  fué  Notario  y  Canciller  del 
Conde  de  Galicia,  D.  llamón,  y  que  de  entre  los  Canóni- 
gos compostelanos  solían  elegir  sus  Cancilleres  los  Reyes 
D.a  Urraca  y  D.  Alfonso  VII,  y  sus  inmediatos  sucesores. 

Alumnos  beneméritos  de  esta  escuela  fueron  también 
otros  dos  Canónigos  compostelanos,  Ecta  Gundesíndez  y 
Arias  Díaz;  los  cuales  con  el  Diácono  Pelagio  Gatoniz,  que 
á  nuestro  juicio  debe  de  ser  el  Pelayo,  de  quien  acaba- 
mos de  ocuparnos,  subscribieron  el  Diploma  otorgado  por 
D.  Fernando  I  al  Monasterio  de  Celanova  en  10  de  Ju- 


(1)    Cap.  III,  v.  3, 


LOS  TBES   PBIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  5l2B 

nio  de  1056  (1).  Ecta  Gundesíndez  llegó  á  ser  un  juriscon- 
sulto distinguido  como  lo  acredita  el  hecho  de  cometer- 
le el  Rey  D.  Alfonso  VI  en  1083,  el  conocimiento  de  un 
ruidoso  pleito  que  traía  el  Obispo  de  Oviedo  D.  Arias  con 
el  Conde  D.  Rodrigo  Díaz  de  Asturias.  En  la  sentencia 
se  decía  que  Ecta  Gundesíndez  era  natural  de  Com- 
postela  (2). 

Arias  Díaz  siguió  también  la  carrera  de  la  Curia,  y 
en  el  año  1072  el  Rey  D.  Alfonso  VI  lo  nombró  su  Nota- 
rio ó  Canciller  (3).  Como  tal  Notario  otorgó  la  donación 
que  en  29  de  Julio  de  1071  hizo  la  Infanta  D.a  Elvira  á 
la  Santa  Iglesia  de  Lugo,  recibiendo  del  Prelado  rúcen- 
se como  honorarios  las  tercias  de  la  parroquia  de  Santa 
María  de  Marrozos  (4).  Como  Juez  lo  hallamos  también 
citado  en  una  sentencia  que  por  comisión  de  D.  Fernan- 
do I  dio  con  otros  Jueces  en  un  pleito  que  sostenía  el 
Obispo  de  Lugo,  D.  Vistruario,  sobre  unas  villas  de  la 
Iglesia  de  Braga  (5). 


(1)  Tumbo  de  Celanova,  lib.  I,  núm.  VI. — He  aquí  las  subscripciones 
citadas,  según  el  orden  en  que  se  hallan:  Arias  Didaz  diaconus  confirmat. — 
Petro  Qundisaluiz  confirmat.  —  Ordonio  Didaz  diaconus  confirmat. — Pelagio 
Gatoniz  diaconus  confirmat. — Eita  Gundesindiz  diaconus  confirmat. 

(2)  España  Sagrada,  t.  XXXVIII,  pág.  88. — Ecta  Gundesíndez  subs- 
cribe entre  los  Magnates  de  la  Corte  de  D.  Fernando  I  varios  Diplomas  de 
este  tiempo;  por  ejemplo,  el  otorgado  por  dicho  Monarca  á  Santiago  en  1065. 

(3)  En  un  Diploma  concedido  por  este  Monarca  al  monasterio  de  Chan- 
tada en  6  de  Enero  de  1073  (véase  Yepes,  Coron.  gen.  de  San  Benito,  t.  VI, 
Apéndice  IV),  subscribe:  Arias  Didaz  iudex  atque  regis  notarius  confirmat. 

(4)  Arias  Didaz  notavit  et  confirmavit;  pro  quo  mihi  dedit  Presul  pre- 
scriptus  (Vistrarius  Lucensis)  tertias  ecclesie  Sce.  Marie  de  Marrocios  per- 
petualiter  habituras.— (España  Sagrada,  t.  XL,  Apéndice  XXVII). 

(5)  Véase  España  Sagrada,  t.  XL,  pág.  172 


524 


LIBRO  SEGUNDO 


Una  bellísima  joya  literaria  que  se  conserva   en  la 


I 


Fotografió  de  J.  Limia,  Fotograbado  de  Laporta. 

Miniatura  que  representa  á  los  Reyes  D.  Fernando  y  D.a  Sancha. 


Biblioteca  de  la  Universidad  compostelana,  y  que  data 


LOS  TBES  PBIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         525 

de  estos  tiempos,  debe  ser  atribuida,  á  nuestro  juicio,  á 
la  escuela  de  calígrafos  y  miniaturistas,  que  no  pudo  por 
menos  de  florecer  en  aquella  época  en  nuestra  ciudad. 
El  nombre  del  miniaturista  Frictosus,  corrupción  de  Fruc- 
tuosus,  presenta  la  misma  forma  que  el  gallego  Freitoso; 
y  esto  sólo  es  un  indicio  bien  patente  de  cual  era  la  pa- 
tria de  este  nuestro  pintor,  como  él  se  llama. 

«Viene  á  ser  un  libro  litúrgico,  — decíamos  de  este 
precioso  Códice  en  el  número  de  El  Eco  de  la  Verdad,  co- 
rrespondiente al  10  de  Octubre  del  año  1868 —  y  contie- 
ne el  Salterio,  cánticos,  oraciones,  y  al  fin  el  Ordo  ad  mé- 
dium noctis  con  varias  antífonas.  Su  estado  de  conserva- 
ción es  excelente;  la  vitela  blanca  y  fina;  la  letra,  que  es 
gótica,  clara,  limpia  y  gallarda;  las  capitales  iluminadas 
con  vivos  y  hermosos  colores,  predominando  el  morado 
y  el  azul  turquí.  El  oro  parece  dado  con  goma.> 

La  primera  página  contiene  una  miniatura  en  que 
se  ve  una  figura  humana,  que  representa  al  parecer  la 
Sabiduría.  Viste  túnica  amarilla ,  manto  de  púrpura, 
nimbo  de  oro,  y  sostiene  un  libro  también  de  oro  con  tres 
cruces  rojas.  Sigue  después  un  laberinto  formado  por  un 
paralelógramo,  al  que  cortan  cuatro  franjas,  dos  diago- 
nales, una  vertical  y  otra  horizontal;  una  franja  circular 
rodea  el  punto  de  intersección,  y  otras  cuatro  rectilíneas, 
que  forman  un  rombo,  unen  los  extremos  de  las  franjas 
vertical  y  horizontal.  En  estas  franjas  están  escritos  en 
varias  direcciones  los  nombres  de  los  dueños  del  libro, 
que  fueron  los  Monarcas  D.  Fernando  I  y  D.a  Sancha: 
Fredinandi  recjis,  necnon  Sancie  regirte  sum  lilter. 

La  miniatura  más  notable,  es  la  en  que  se  hallan  re- 
presentados Reyes .  El  fotograbado  de  la  pág.  524 , 
nos  dispensa  de  hacer  una,  descripción  de  dicha  miniatu- 


526  LIBRO    SEGUNDO 


ra  (1).  De  las  iniciales  puede  formarse  idea  por  las  de  los 
capítulos  del  presente  tomo,  que  todas  sobre  ellas  fueron 
calcadas  sobre  el  original  con  gran  esmero. 

Los  nombres  del  calígrafo  y  del  miniaturista,  apare- 
cen en  la  siguiente  inscripción  entre  complicadas  franjas 
de  laceria. 

Sancia  ceu  vohiit 

quod  sum  regina  peregit 

Era  millena  novies 

dena  quoque  terna 

Fetrus  erat  scriptor 

Frictosus  denique  pictor.  (Año  1055). 

El  Códice  tiene  31  centímetros  de  alto  por  22  de  an- 
cho; la  caja  del  texto  unos  20  de  alto  por  12  de  ancho. 

Si  se  tienen  en  cuenta  la  gracia  y  esbeltez  con  que 
están  dibujadas  algunas  figuras  de  las  iniciales,  la  inven- 
tiva y  la  gallardía  y  originalidad  de  la  composición,  la 
soltura  de  los  movimientos,  la  gran  naturalidad  en  los 
gestos  y  actitudes  y  en  la  disposición  de  los  paños,  ya  de- 
jará de  ser  un  misterio  el  que  á  los  pocos  años  pudiesen 
aparecer  en  Compostela  aquellos  admirables  escultores 
que  labraron  los  relieves,  los  capiteles  y  los  canecillos 
que  decoran  nuestra  Basílica.  De  lo  cual  se  ve  que  los 
destellos  de  luz  que  resplandecían  en  el  seno  de  la  Es- 
cuela compostelana,  irradiaban  en  todas  las  esferas  de 
la  actividad  humana. 


(1)     D.  Fernando  viste  túnica  verde,  manto  purpúreo  y  un  largo  bastón 
ó  cetro  de  oro;  D.a  Sancha,  túnica  purpúrea,  manto  verde  y  toca  azul. 


^^=xmm  títti  i  uiiuttí  ii  iiiiiriiiiii  11 1 1  iti  ¡  n  i  ii  1 1 1 1 1 1 1 11  rn  i  rTi  1 1  i  ti  i  n  ■  i  iti  i  ni  n  i  i  1 1 1  r  u  íiTfTTTrrn  uirTimiiiiiii  íi  iiTTii*iTTr¡ífnrm  iiiiiTnniiiTiiiTiiiTnriTmnrTTTrrT»m^^= 

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IIIIIIIIIIIIIIIIHIIIIIIIllllHIIIIIIIIHIIIIIIIIIIIIIIIIIIIinillllinillllHlllllllrS 


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CAPITULO  XXVIII 


Últimos  hechos  de  D.  Cresconio.  Su  fallecimiento  en  el  Cas- 
tillo de  Oeste. — Notas  sobre  la  peregrinación  á  Santiago 
en  estos  tiempos. 


efieee  el  Silense  (1),  que  después 
de  depositadas  las  Reliquias  de 
San  Isidoro  en  el  templo  de  San 
Juan  y  San  Pelayo  de  León,  el 
Rey  D.  Fernando  celebró  una  gran  Junta  de  Magnates 
para  dividir  el  reino  entre  sus  hijos,  D.  Sancho,  D.  Al- 
fonso y  D.  García,   y  las  Infantas  D.a  Urraca  y  Doña 


(1)     España  Sagrada,  t.  XVII,  pág.  320. 


í 


528  LIBEO  SEGUNDO 


Elvira,  asignando  al  primero  los  estados  de  Castilla,  al 
segundo  los  de  León,  al  tercero  los  de  Galicia,  y  á  las 
Infantas  las  ciudades  de  Zamora  y  Toro  y  además 
todos  los  monasterios,  que  eran  propiedad  de  la  Corona. 
Lo  mismo  viene  á  decir,  pero  con  más  pormenores,  el 
Cronicón  Compostelano  inserto  al  fin  del  tomo  XX  de  la 
España  Sagrada.  Así  de  D.  García  dice,  que  el  Rey  Don 
Fernando  le  concedió  por  juro  de  heredad  á  Galicia  y 
Portugal  con  la  región  Hispalense  y  la  ciudad  de  Ba- 
dajoz, las  cuales,  como  las  de  Zaragoza  y  Toledo,  le  pa- 
gaban tributo  todos  los  años  (1). 

Racional  es  suponer  que  D.  García  fué  ungido  y  co- 
ronado Rey  de  Galicia  en  la  Iglesia  compostelana  y  por 
mano  del  Obispo  D.  Cresconio,  su  preceptor.  Ninguna 
noticia  nos  ha  quedado  de  los  festejos  que  debieron  ce- 
lebrarse en  Compostela  con  motivo  de  esta  solemnidad, 
que  tendría  lugar,  como  parece  consiguiente,  á  princi- 
pios del  año  1066.  De  este  año  hay  un  Privilegio  de  la 
Infanta  D.  Urraca,  fechado  á  25  de  Junio,  por  el  cual 
dicha  señora  otorgó  á  la  Iglesia  de  Santiago  varias 
villas,  iglesias  y  posesiones  en  el  valle  de  Vez,  en  Portu- 
gal, con  la  condición  de  que,  mientras  ella  viviese,  había 
de  gozar  á  medias  con  los  Clérigos  del  Lugar  Apostólico 
de  los  frutos  de  dichas  haciendas.  Subscriben  el  Diplo- 
ma, además  de  la  Reina  viuda  D.a  Sancha,  los  cuatro 
hermanos  de  D.a  Urraca  en  este  orden,  D.a  Elvira,  Don 
Alfonso,  D.  García  y  D.  Sancho,  que  era  el  primogénito 


(1)  Garseae  autem  natu  minori  Gallaeciam  cum  Portugalia  et  Ispalen- 
sem  regionem  cum  ci vítate  Badaliotli,  in  propriam  hereditatem  concessit, 
licet  tune  temporis  a  Sarracenis  potestative  tenerentur,  qui  supradicto  Regí, 
scilicet  Federnando,  sicut  Caesaraugustani  et  Toletani,  tributum  annuatim 
persolvebant, 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  OOMPOSTELANA  529 

entre  los  varones.  Aparecen  allí  también  las  firmas  ele 
los  Obispos  D.  Vistruario  de  Lugo.  D.  Pelayo  de  León  y 
D.  Pedro  de  Astorga,  y  de  otros  muchos  Proceres  y 
Magnates  (1).  El  no  figurar  allí  la  firma  de  D.  Cresco* 
nio,  da  motivo  á  pensar  que  el  Diploma  se  otorgó  en 
León,  en  ocasión  en  que  todos  los  cinco  hermanos  se  ha- 
llaban reunidos. 

Este  año  de  1066,  fué  verosímilmente  el  último  de  la 
vida  de  D.  Cresconio.  Treinta  años  llevaba  por  lo  menos 
de  pontificado,  y  sin  embargo  de  lo  desvanecidas  que  se 
hallan  por  la  acción  del  tiempo,  la  incuria  de  los  hom- 
bres y  el  extravío  y  destrucción  de  muchos  Documentos, 
las  huellas  que  dejó  impresas  en  la  sociedad  de  su  época, 
son  tan  características  y  expresivas,  que  nos  revelan 
claramente  la  energía  y  el  vigor  de  su  alma,  compara* 
bles  á  las  de  un  San  Pedro  Damián,  de  un  Hugo  de  Die, 
de  un  San  Gregorio  VII,  sus  contemporáneos.  Ya  hemos 
indicado  algunas  de  las  medidas  que  adoptó  para  el  ré- 
gimen interior  de  su  Iglesia  Catedral,  en  virtud  del  que 
anuló  á  los  Arcedianos,  dando  mayores  atribuciones  al 
Abad  ó  Presidente  del  Cabildo,  que  tomó  el  nombre  de 
Arcipreste.  Fuélo  por  este  tiempo  D.  Visclamundo,  cuyo 
nombre,  con  los  de  otros  Canónigos  compostelanos,  apa- 
rece en  las  Escrituras  de  aquellos  tiempos.  Así,  en  el 
Privilegio  otorgado  por  D.  Sancho  II  á  la  Santa  Iglesia 
tde  Orense  en  31  de  Julio  de  1071,  firman  como  miem- 
bros del  Clero  de  la  Catedral  compostelana,  Visclamun- 
do, Arcipreste;  Sendemiro,  Clérigo;  Gonzalo,  Presbítero; 
otro  Gonzalo,  Juez;  Menendo,  Juez;   Vimaredo,   Presbí- 


(1)     Véanse  Apéndices,  núm.  XCVII. 
Tomo  II.  — 3á. 


530  LIBKO  SEGUNDO 


tero;  Sigeredo;  Martirio,  primiclero,  y  Arias  Díaz  (1). 
Los  mismos  firman  en  otro  Privilegio  que  dos  días  antes 
había  concedido  el  Rey  D.  Sancho  á  la  Santa  Iglesia  de 
Lugo  (2).  Algunos  más  subscriben  en  el  Diploma  que  el 
13  de  Enero  del  mismo  año  1071,  otorgó  la  Infanta 
D.a  Urraca  á  la  Santa  Iglesia  de  Tuy  (3).  Otros  muchos 
más  Canónigos  debía  de  haber  en  Santiago,  porque  los 
citados  sólo  son  los  que  viajaban  acompañando  á  la 
Corte. 

A  D.  Cresconio  quizás  deba  atribuirse  también  la 
institución  de  los  Jueces  eclesiásticos,  miembros  del  Ca- 
bildo, para  suplir  las  atribuciones  cercenadas  de  los  Ar- 
cedianos. Al  menos  los  Canónigos,  Jueces  eclesiásticos? 
comenzaron  á  aparecer  por  este  tiempo. 

De  la  solicitud  de  D.  Cresconio  tampoco  pudieron 
quedar  excluidos  los  monasterios  basilicales  de  San  Mar- 
tín y  Antealtares,  los  cuales  como  anexos  que  eran  á  la 
Basílica,  estaban  más  inmediatamente  sujetos  á  la  ins- 
pección y  régimen  del  Prelado.  No  hay  noticias  precisas 
de  la  intervención  que  habría  tenido  D.  Cresconio  en  di- 


(1)  Ista  (isti)  de  Loco  Sancto:  Vistramundus  (Visclamundus)  archi- 
presbytcr  confirmo.  Sendemirus  clericus  confirmo.  Grundisalvus  presbyter 
confirmo.  ítem  Grundisalvus  judex  confirmo.  Menendus  judex  confirmo.  Vi- 
maredus  presbyter  confirmo.  Sigeredus  testis  confirmo.  Martinus  testis 
prim.  testis  confirmo.  ¿Arias  Didaci  testis  confirmo  .  (España  Sagran  ai 
tomo  XVII,  Apéndice  II,  pág.  242).  ♦ 

(2)  España  Sagrada,  t.  XL,  Apéndice  XXVII. 

(3)  De  ecclesia  Bti.  Jacobi  Apli.  Iusclamundus  (Visclamundus)  archi- 
prcsbyter  cf.  Gundisalvus  pbr.  cf.  Froilanus  pbr.  cf.  Petrus  pbr.  cf.  Petrus 
pbr.  cf.  Sendemirus  arcbidiaconus  cf.  Stefanus  diac.  cf.  Fagildus  diac.  cf. 
Martinus  diac.  cf.  Petrus  diac.  cf.  Joannes  diac.  cf.  Ghmdisalvo  judice  cf» 
Menindus  judice  cf.  Martino  Rodrigiz  cf.  Arias  Didaci  cf.  Pelagio   Dida- 

i".  (España  Sagrada,  t.  XXII,  Apéndice  I. 


LOS  TEES  PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  531 

chos  monasterios;  sábese,  empero,  que  en  el  de  Antealta- 
res, sólo  por  el  acto  jurisdiccional  que  ejerció  al  nombrar 
Abad  á  San  Fagildo,  merecería  que  su  nombre  fuese  pro- 
nunciado con  veneración  y  gratitud.  El  Abad  de  Ante- 
altares, San  Fagildo,  le  acompañó  en  el  año  1063,  como 
liemos  visto,  á  León  para  asistir  á  las  fiestas  que  se  cele- 
braron al  recibir  los  cuerpos  de  San  Isidoro  y  San  Alvi- 
to.  En  tiempos  difíciles,  no  precisamente  por  movimien- 
tos ó  convulsiones  políticas,  sino  por  contrariedades  de 
otro  género,  gobernó  este  insigne  varón  su  abadía,  acre- 
centando la  hacienda  y  defendiendo  enérgicamente  los 
derechos  y  consideraciones  de  su  monasterio  (1). 

Del  Abad  de  San  Martín,  Adulfo,  hay  motivo  para 
suponerlo  nombrado  por  D.  Cresconio,  pues  ya  subscribe 
como  tal  Abad  de  San  Martín  un  Diploma  del  año  1067. 
Adulfo  gobernó  por  largo  tiempo  dicho  monasterio,  y  de- 
jó fama  de  gran  virtud  y  santidad .  Era  hombre  de 
grandes  pensamientos  y  acometió  la  ardua  empresa  de 
echar  abajo  la  iglesia  vieja,  que  databa  del  tiempo  de 
San  Pedro  de  Mezonzo,  y  de  construir  otra  nueva,  mu- 
cho más  extensa  y  magnífica. 

El  reflorecimiento  de  la  vida  monástica  se  extendió, 
como  era  consiguiente,  de  la  iglesia  matriz  á  toda  la 
Diócesis.  En  prueba  de  ello,  entre  las  muchas  casas  con- 
ventuales que  pudiéramos  citar,  sólo  mencionaremos  la 
de  San  Salvador  de  Cinis,  en.  tierra  de  Nendos.  En  1061, 
á  27  de  Junio,  los  Reyes  D.  Fernando  y  D.a   Sancha 


(1)     "Bajo  el  pontificado  de  D.  Cresconio,  el  monasterio  de   Antealt 
adquirió  la  propiedad  de  las  iglesias  de  San  Andrés  de  Camporredondo  y 

San  Julián  de  Postmarcos;  la  primera,  por  donación  del  Conde  Tello  Ah  ítez 
y  su  esposa  Munia  Donna;  y  la  secunda,  por  donación  de  la  Sicrva  de  Diov, 
Ferilde. 


532  LIBBO  SEGUNDO 


confirmaron  á  este  monasterio,  á  petición  de  los  Condes 
D.  Sigeredo  Alvítez  y  D.a  Adosinda  Arias,  descendien- 
tes de  los  fundadores,  su  antiguo  coto  y  los  de  las  igle- 
sias anejas,  San  Salvador  de  Armental,  San  Pedro  de 
Morranca  y  San  Salvador  de  Trasanquelos.  Subscriben 
el  Diploma  los  Reyes,  sus  tres  hijos  D.  Sancho,  D.  Alonso 
y  D.  García,  y  el  Obispo  D.  Cresconio  (1).  Dos  años  des- 
pués, D.  Sigeredo  y  su  esposa  D.a  Adosinda  enriquecie- 
ron la  casa  con  grandes  posesiones;  y  por  el  Testamento 
de  su  hijo  D.  Al  vito,  otorgado  en  16  de  Diciembre 
de  1073,  se  conocen  los  nombres  de  los  Religiosos  y  Re- 
ligiosas que  en  ella  moraban.  D.  Alvito,  que  también  se 
había  hecho  Monje  en  la  misma  casa,  le  deja  la  villa  de 
Carballeda,  en  tierra  de  Montanos  (Montaos),  la  iglesia 
de  San  Salvador  de  Cerneda,  y  otras  villas  y  posesiones 
con  todo  el  ganado  que  en  ellas  le  pertenecía.  De  este 
Testamento,  sólo  se  conservan  originales  las  últimas 
cláusulas  y  las  subscripciones,. que  pueden  verse  en  los 
Apéndices,  núm.  XCIX.  Antes  de  cerrar  el  Testamento, 
se  acordó  D.  Alvito  de  dos  campanas  de  mesa  y  un  címba- 
lo, que  también  dejaba  al  monasterio. 

Quien,  como  D.  Cresconio,  con  tanta  solicitud  se  afa- 
naba por  el  esplendor  de  su  Iglesia,  no  podría  menos  de 
sentirse  vivamente  conmovido  al  ver  el  número  siempre 
creciente  de  peregrinos  que  de  todas  partes  del  mundo 
concurrían  á  visitar  el  Santo  Templo  de  Santiago.  Si  se 
conservaran  algunos  restos  de  los  antiguos  fastos  de  la 
peregrinación  á  Compostela,  podríamos  ver  en  ellos  re- 


(1)     De  una  copia  del  siglo  XII,  que  se  conserva  en  la  Escuela  Superior 
de  Diplomática  de  Madrid. 


LOS  TEES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  533 

gistrados  los  nombres  de  muchos  personajes  ilustres,  que 
á  costa  de  mil  fatigas  y  penalidades,  rindieron  á  nuestro 
Apóstol  este  tributo  de  amor  y  veneración.  Sólo  por  in- 
cidencia se  conocen  los  nombres  de  algunos  varones  in- 
signes, que  llenos  de  afecto  y  compunción,  visitaron  por 
este  tiempo  nuestra  Apostólica  Basílica. 

Ya  hemos  hecho  mención  del  Monje  de  Santiago  de 
Lieja,  Roberto,  y  de  los  caballeros  belgas  que  lo  acom- 
pañaban, y  del  peregrino  griego,  á  quien  algunos  hacen 
Obispo  y  dan  el  nombre  de  Esteban,  que  pasó  largo 
tiempo  velando  noche  y  día  á  las  puertas  de  la  Iglesia 
de  Santiago.  A  éstos,  habremos  de  añadir,  á  principios 
de  este  siglo  XI,  ó  á  finés  del  anterior,  al  Monje  arme- 
nio, San  Simeón,  que  visitó  los  principales  Santuarios  de 
Europa,  y  llegó  á  este  último  confín  con  el  ansia  de  im- 
plorar la  protección  de  Santiago.  Ecclesiam  Bti.  Jacobi 
petiit  orationis  gratia.  Detúvose,  á  lo  que  parece,  algún 
tiempo  en  Galicia,  y  libró  á  una  hija  del  Rey  (que  debía 
ser  D.  Bermudo  II),  de  la  obsesión  del  demonio.  De  los 
presentes  que  con  este  motivo  se  le  ofrecieron,  sólo  quiso 
aceptar  á  un  joven  esclavo  llamado  Juan,  al  cual,  desde 
aquel  punto,  trató  como  á  hermano  (1).  Citaremos  tam- 
bién á  San  Teobaldo  de  la  familia  de  los  Condes  de 
Champaña,  y  á  su  compañero  Gualterio  ó  Gautier,  los 
cuales,  á  pie  descalzo  juntos,  vinieron  desde  Alemania 
á  reverenciar  á  nuestro  Apóstol,  y  á  San  Guillermo,  fun- 
dador de  la  Congregación  de  Monte-Virgen,  que  vino 
igualmente  á  pie  desde  Italia. 

En  el  año  1063  vino  Pedro,  predecesor  en  la  Sede  de 


(1)     Véase  la  biografía  de  S.  Simeón,  en  el  tomo  VI  del  mes  de  Julio  de 
los  Acta  Sanctorum. 


534  LIBEO  SEGUNDO 


Le  Puy,  en  Francia,  del  célebre  Ademaro,  qne  se  cruzó 
el  primero  en  la  expedición  decretada  por  Urbano  II.  El 
Obispo  de  Le  Puy,  Pedro,  susbcribe  el  Diploma  que  el 
22  de  Diciembre  otorgó  D.  Fernando  I  á  la  iglesia  de 
San  Juan  Bautista  y  San  Isidoro  de  León.  Probablemen- 
te la  solemnidad  de  la  Traslación  de  San  Isidoro,  cogió 
al  Obispo  Pedro  en  esta  ciudad,  al  venir  ó  al  volver  de 
Compostela. 

Algunos  años  antes  había  venido  á  Santiago  el  Arzo- 
bispo de  Milán,  Guido  ó  Vidon  de  Veíate,  para  cumplir 
la  penitencia  que  San  Pedro  Damián,  á  él  y  á  gran  par- 
te del  Clero  de  su  Diócesis,  había  impuesto  por  los  deli- 
tos de  simonía  de  que  se  hallaron  convictos  y  confesos. 

Según  la  Crónica  de  Normandía  publicada  por  el  Pa- 
dre Martín  Bouquet  en  el  tomo  XIII  de  la  Colección  de  los 
Historiadores  de  Francia,  el  caballo  que  montaba  Guiller- 
mo el  Conquistador  en  la  célebre  batalla  de  Hastings 
(14  de  Octubre  de  1066),  le  había  sido  llevado  de  Espa- 
ña por  un  caballero  peregrino  del  Apóstol  Santiago.  (1). 

A  Santiago  vino  también,  pocos  años  después,  el 
Arzobispo  de  Maguncia,  Sigifredo,  el  cual,  condolido  de 
los  males  que  sufría  la  Iglesia  en  Alemania  por  efecto 
de  los  procedimientos  despóticos  del  Emperador  Enri- 
que IV,  quiso  hallar  consuelo  y  esfuerzo  al  pie  de  la 
Tumba  de  Santiago. 

Estos  hechos  aislados,  y  la  calidad  de  las  personas 
mencionadas,  ya  por  sí  demuestran  cuan  considerable 
debía  de  ser  el  número  de  peregrinos  que  frecuentaban 


(1)  Ya  años  antes,  hacía  el  1034,  había  estado  en  Compostela  otro  ca- 
ballero Normando,  ítoger  I  de  Tosny.  (Bouillet,  77  Eglise  Sainte.  Foy  de 
Conches  (Eure);  Caen,  1889. 


LOS  TEES  PEIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  535 

entonces  la  Basílica  compostelana;  pero  hay  otras  prue- 
bas, que  aunque  indirectamente,  confirman  hasta  la 
evidencia  lo  mismo.  Viendo  el  Rey  de  Navarra.  D.  San- 
cho el  Mayor  (j*  1035),  los  muchos  trabajos  y  vejaciones 
que  al  atravesar  por  sus  extensos  Estados.,  padecían  los 
romeros  que  venían  á  Compostela,  procuró  á  toda  costa 
el  hacerles  menos  penoso  y  expuesto  el  camino.  Después 
de  doblar  las  cumbres  de  los  Pirineos,  veíanse  precisa- 
dos los  peregrinos  á  buscar  guías,  si  no  los  traían  consi- 
go, que  los  condujesen  por  sendas  casi  impracticables  á 
través  de  las  montañas  de  Guipúzcoa  y  Álava,  para  no 
exponerse  á  caer  en  poder  de  las  bandas  de  los  saltea- 
dores sarracenos  que  de  continuo  infestaban  las  co- 
marcas de  la  baja  Navarra  y  de  la  Rioja.  El  Rey 
D.  Sancho  no  quiso  por  más  tiempo  consentir  esto. 
Desde  lo  alto  de  la  sierra  del  Pirineo  hasta  Nájera,  hizo 
abrir  una  carretera,  y  arrancó  del  poder  de  los  sarrace- 
nos los  países  limítrofes  para  establecer  una  zona  segura 
y  tranquila  por  la  cual  los  peregrinos  de  Santiago  pu- 
diesen circular  sin  peligro,  ni  obstáculo  de  ningún  gé- 
nero (1). 

Entonces  no  había  personas  encargadas  oficialmente 
por  el  Estado,  de  la  recomposición  de  los  caminos.  Esta 
falta  en  el  camino  de  Santiago  la  remedió   la  caridad, 


(1)  Ab  ipsis  namque  Pyrenaeis  jugis  ad  usque  castrum  Najarae  quid- 
quid  terrae  infra  continetur,  a  potestate  Paganorum  eripiens,  iter  Sti.  Jaco- 
bi,  quod  barbárico  tiniore  per  devia  Alavae  peregrini  decimal uint,  absquo 
retractionis  obstáculo  currere  fecit.  (Cronicón  del  Silcnse  en  el  t.  XVII  do 
la  España  Sagrada,  pág.  304). — Créese  que  la  Reina  D.a  Mayor,  al  abrir  su 
marido  D.  Sancho  este  camino,  mandó  construir  el  puente  que  dio  el  nom- 
bre á  Puente  la  Reina. 


586  LIBRO  SEGUNDO 


que  encendió  el  pecho  de  muchas  personas  piadosas  y 
las  movió  á  prestar  toda  clase  de  auxilios  á  los  peregri- 
nos. No  sólo  se  dedicaban  á  construir  puentes  y  á  hacer 
otras  obras  necesarias  para  la  reparación  y  conservación 
de  la  carretera,  sino  que  fundaban  hospederías,  y  ellos, 
por  sí  mismos,  asistían  á  los  peregrinos  y  les  suministra- 
ban ropas,  alimentos,  consuelos  y  medicinas.  Distinguié- 
ronse en  obra  tan  meritoria,  personas  de  tan  sobresa- 
liente virtud  como  Santo  Domingo  de  la  Calzada,  San 
Adelelmo  ó  Lesmes,  San  Juan  de  Ortega,  etc..  El  nom- 
bre de  Santo  Domingo  se  hizo  célebre  y  conocidísimo  por 
este  motivo.  De  San  Lesmes  se  refiere,  en  su  Vida,  que 
tan  pronto  se  instaló  en  la  habitación  que  le  cedió  Al- 
fonso VI  junto  á  la  capilla  de  San  Juan  Evangelista,  al 
pie  de  los  muros  de  Burgos,  se  consagró  por  completo  al 
servicio  de  Dios,  prodigando  á  los  peregrinos  toda  suerte 
de  cuidados  (1).  El  Abad  de  Sahagún,  D.Julián,  esta- 
bleció una  hospedería  en  su  monasterio  para  acoger  á 
los  peregrinos  de  Santiage  (2). 

El  sinnúmero  de  hospitales  ó  hospederías  escalona- 
dos á  lo  largo  del  camino  de  Santiago,  merecería  por  sí 
sólo  un  grueso  volumen,  á  juzgar  por  los  excelentes  tra- 
bajos publicados  sobre  este  tema  en  estos  últimos  años 
por  muy  eruditos  y  entusiastas  escritores,  especialmente 
en  la  nación  vecina  de  allende  los  Pirineos.  De  la  casa 
de  hospedaje  para  peregrinos  establecida  en  Compostela 
por  D.  Fernando  I  en  1061,  ya  hemos  hablado  en  el  ca- 


(1)  Acta  Sanctorum  al  día  30  de  Enero,  cap.  IV,  núm.  20.  — Ut  tradi- 
tam  sibi  habitationem  adiit,  Deo  istic  coepit  religiosissime  famulari,  peregri- 
nas sedulo  ministrare,  tecto  recipere,  cibo  recreare,  morbis  liberare. 

(2)  Yepes,  Coron.  gen.  de  San  Benito,  tomo  III. 


LOS  TBES  PBIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  537 

pítulo  XXV.  Pero  tales  casas  databan  ya  de  tiempos 
mucho  más  remotos.  No  falta  quien  atribuya  á  Carlo- 
magno  la  fundación  en  los  Pirineos  del  célebre  Hospital 
de  ítoncesvalles,  que  en  un  principio  estuvo  en  la  mon- 
taña de  Ibañeta  (1).  A  ejemplo  de  éste  se  fueron  edi- 
ficando otros  muchos  ;  de  modo  que  según  advierte 
Mr.  Al.  Nicolai  (2),  «si  se  marcaran  en  los  antiguos  ma- 
pas los  hospitales  de  que  se  halla  mención  y  las  rutas  que 
ellos  señalan,  pronto  se  adquiriría  la  certeza  de  que  así 
como  todo  camino  conduce  á  Roma,  así  en  otro  tiempo 
todo  camino  conducía  á  Santiago.» 

Maravilloso  era  en  efecto  el  espectáculo  que  por  en- 
tonces, y  por  mucho  tiempo  después,  ofrecían  casi  todos 
los  pueblos  de  Europa,  al  emprender  la  peregrinación  á 
Compostela,  para  rendir  á  costa  de  mil  sacrificios,  fati- 
gas y  vejaciones  este  tributo  de  adoración  á  Jesucristo 
sobre  la  Tumba  de  su  amado  discípulo  Santiago.  D.  Al- 
fonso VI  nos  indica  claramente  hasta  dónde  se  extendía 


(1)  Véase  el  curioso  opúsculo  del  Abate  Dubarat,  intitulado:  La  Com- 
manderie  et  V  hópital  d'  Ordiarp,  depandance  du  monástere  de  Roncevaux, 
Pau  y  París;  1887,  y  el  tomo  I  de  Navarra  y  Logroño,  en  la  colección:  Espa- 
ña, sus  Monumentos,  etc..  pág.  433.  He  aquí  como  se  expresa  el  Sr.  Madra- 
zo  en  este  lugar:  «Saliendo  de  la  actual  colegiata  de  Roncesvalles,  con  direc- 
ción al  Norte,  una  montañuela  de  cerca  de  tres  kilómetros  de  subida, 
conduce  á  un  relleno,  donde  existe  hoy  un  edificio  de  insignificante  arqui- 
tectura, robustecido  con  contrafuertes,  cuyo  campanario  claramente  denota 
su  carácter  de  construcción  religiosa  del  siglo  XVI.  Es  este  edificio,  la  er- 
mita de  San  Salvador  de  Ibañeta,  nombre  tomado  del  que  lleva  la  montaña 
donde  está  su  asiento;  pero  no  es  el  edificio  primitivo  que  fundó  allí  Carlo- 
magno  para  asilo  de  los  peregrinos,  que  por  aquella  parte  venían  arrostran- 
do peligros  y  trabajos  con  propósito  de  emprender  desde  Navarra  el  camino 
á  Santiago  de  Compostela.  De  la  antigua  fábrica  carolingia,  nada  queda. > 

(2)  Monsieur  St.  Jacques  de  Compostelle;  Burdeos  1897;  pág.  44, 


538  LIBBO  SEGUNDO 


el  flujo  y  reflujo  de  peregrinos,  cuando  al  posesionarse  á 
fines  del  año  1072,  por  muerte  de  su  hermano  D.  Sancho, 
de  los  reinos  de  León  y  de  Castilla,  por  hacer  bien  á  to- 
dos sus  subditos  y  á  los  demás  pueblos,  no  sólo  de  España, 
sino  de  Italia,  Francia  y  Alemania,  que  por  motivo  de 
religión  se  encaminaban  á  Santiago,  suprime  el  portaz- 
go que  había  á  la  entrada  de  Galicia,  sobre  el  monte  Val- 
cárcel,  entre  los  ríos  Burbia  y  Balboa  (1). 

Puesto  D.  Cresconio  en  el  centro  de  este  movimiento 
incesante,  conmovedor,  imperioso,  no  podía  menos  de 
sentirse  obligado  á  corresponder  al  cúmulo  de  afectos  que 
despestaba  el  ver  de  continuo  á  tantos  hombres  de  todas 
condiciones,  de  todas  edades,  de  todas  nacionalidades, 
apiñados  dentro  y  alrededor  de  la  Basílica  de  Santiago, 
demandando  humildes,  insistentes  y  fervorosos,  perdón 
para  sus  culpas,  remedio  para  sus  faltas,  alivio  para  sus 
penas,  ayuda  para  sus  empresas,  gracia  y  virtud  para 
servir  como  verdaderos  cristianos  á  su  Criador  y  á  su 
Redentor. 

Por  otra  parte,  este  afán  incansable  de  renovar  las 
iglesias  y  reconstruirlas  bajo  un  plan  más  suntuoso  y 
magnífico,  era  una  de  las  tendencias  dominantes  de  la 
época.  Como  nos  advierte  un  contemporáneo  de  D.  Cres- 
conio, el  monje  cluniacense  Rodolfo  Grlaber,  desde  los  úl- 
timos años  del  siglo  X,  parecía  que  la  humanidad  había 
despertado  de  un  gran  letargo,  y  que  sacudía  afanosa 


(1)  Providemus  aliquid  operari  et  constituere  quod  nobis  proncíat  ad 
Salutem  anime  nostre,  et  ceteris  populis,  non  solum  Hispanie,  sed  etiam 
Italie,  Francie  et  Alemandie  profioiat  ad  réquiem...  máxime  peregrinorum 
et  pauperum  qui  ad  Sanctum  Jacobum  causa  orationis  proficiscebantur. 
(España  Sagrada,  t.  XXXVI,  Apéndice  XXVII)» 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         539 

su  pasada  somnolencia,  renovando  y  mejorando  la  estruc- 
tura de  sus  iglesias.  Tal  tendencia  alcanzaba  aún  á  los 
lugares  más  humildes  y  apartados,  según  se  observa  en 
una  Escritura  del  año  1019  (1),  en  que  la  monja  y  Con- 
desa Adosinda  dice  de  la  iglesia  de  San  Martín  de 
Lalín,  edificada  algunos  años  antes,  que  era  una  obra 
admirable  y  espléndida:  constructam  miro  opere  víbranti. 

Cresconio,  ya  que  no  fuese  el  iniciador  del  movi- 
miento, por  su  carácter  no  podía  quedar  rezagado,  y 
seguramente  había  de  figurar  en  primera  fila  entre  los 
promovedores  de  estos  trabajos. 

Una  de  las  principales  preocupaciones  de  nuestro 
animoso  Prelado,  debía  de  ser,  pues,  el  poseer  un  tem- 
plo digno  ,  majestuoso  y  capaz  de  contener  las  mu- 
chedumbres que  diariamente  llegaban  anhelosas  de 
postrarse  al  pie  del  Sepulcro  Apostólico,  ó  al  menos 
cobijarse  bajo  las  sagradas  bóvedas  que  guardaban  tan 
celestial  Tesoro.  Que  D.  Cresconio  no  fuese  persona  en 
cuya  alma  no  hallasen  eco  las  grandes  y  las  altas,  si- 
quiera atrevidas,  concepciones,  bien  claro  resulta  de  las 
notas  biográficas  que  en  estos  últimos  capítulos  hemos 
reunido.  Que  era  hombre  de  acción,  á  quien  no  arredra- 
ban las  dificultades  que  ofrece  toda  construcción,  cuan- 
do reviste  cierta  importancia  y  magnitud,  bien  lo  acre- 
ditan las  obras  que  hemos  mentado,  como  las  murallas 
y  fortificaciones  de  Compostela,  y  la  reedificación  del 
castillo  Honesto,  y  las  que  realizó  en  las  antiguas  Cate- 
drales de  Iria  y  de  Braga. 

Cuando  D.  Cresconio  entró  á  gobernar  la   Diócesis 


(1)     Archivo  episcopal  de  Lugo,  lib.  II  de  pergaminos,  niím.  XLVI, 


540  LIBEO  SEGUNDO 


compostelana,  la  Iglesia  de  Iria,  la  venerable  anciana 
que,  la  primera  había  recogido  en  su  seno  la  prenda  de 
amor  y  solicitud  perpetua  que  al  tiempo  de  morir  legara 
á  España  nuestro  Maestro  y  nuestro  Padre  en  la  Fe,  por 
efecto  de  las  continuas  guerras  y  de  los  trastornos  políti- 
cos y  de  las  invasiones  de  los  normandos,  yacía  en  mise- 
rable decadencia  y  abandono.  El  noble  Prelado  se  pro- 
puso levantarla  de  su  postración,  tanto  en  lo  material 
como  en  lo  moral,  y  devolverle  parte  de  su  antiguo 
prestigio  y  autoridad.  La  antigua  Catedral  Iriense  que, 
al  parecer,  estaba  dedicada  á  la  Santísima  Virgen,  y, 
que  probablemente,  como  hemos  indicado  en  otra  par- 
te (1),  había  sido  destruida  por  los  normandos,  fué  tras- 
ladada á  la  Basílica  cementerial  de  Santa  Eulalia,  edifi- 
cada en  sitio  menos  expuesto  á  las  incursiones  de  los 
bárbaros,  y  defendida  por  el  castro  ó  castillo  de  la  Bocha 
Blanca. 

D.  Cresconio,  no  sólo  construyó  nueva  iglesia  (2), 
sino  que  edificó  en  su  derredor  las  dependencias  necesa- 
rias en  una  Catedral,  como  sala  capitular,  refectorio, 
dormitorio,  etc..  (3). Donó  á  la  nueva  Iglesia  tres  cálices 
de  plata,  dos  grandes  campanas,  un  libro  de  Decretales, 
otro  de  Cánones,  un  Salterio  completo,  los  Morales  de 
San  Gregorio,    y  el  Sacramentarlo  del  mismo  Papa.  La 


(1)  Tomo  I,  pág.  371. 

(2)  Post  consummationem  hujus  Ecclesíae  Sanctae  Mariae,  quam  ipse 
(Cresconius)  Deo  opitulante,  fecit...  (Hist.  Gomp.  en  el  tomo  XX  de  la  Espa- 
ña Sagrada,  pág.  15). 

(3)  Domos  per  in  circuitum  ecclesíae  instruxit,  et  refortorium,  capitu- 
lum,  dorniitorium  et  reliquas  domos  necessarias.  (Véase  el  Privilegio  conce- 
dido por  D.  Diego  Gelmírez  á  la  Iglesia  de  Iria,  en  el  año  1134,  en  los  Mo- 
numentos antiguos  de  la  Iglesia  compostelana,  págs.  8-11). 


LOS  TBES  PRIMEROS  SIGLOS  DE    LA  I.COMPOSTELANA  541 

renta  con  que  se  sustentaba  el  Clero  destinado  al 
culto  y  servicio  de  esta  Catedral  Iriense,  había  queda- 
do muy  mermada  desde  que  el  Obispo  Sisnando  II,  con 
motivo  de  las  frecuentes  incursiones  de  los  normandos, 
cediera  los  frutos  del  Arcedianato  de  Saines  á  los  caba- 
lleros y  gente  de  armas  de  la  comarca.  En  compensa- 
ción, D.  Cresconio  cedió  á  la  Iglesia  de  Iria  el  diezmo 
de  cierta  renta  llamada  quinta,  que  se  pagaba  en  varias 
feligresías  sitas  en  las  cercanías,  como  las  de  Carcacía, 
Herbón,  Oin,  Requeijo,  Cruces,  etc..  Dióle,  además,  el 
diezmo  de  todas  las  pesqueras  existentes  en  el  río  Ulla, 
desde  el  lugar  de  Bandín,  en  San  Pedro  de  Carcacía, 
hasta  las  Torres  de  Oeste;  eximió  del  pago  de  quinta  á 
todas  las  heredades  propias  de  la  Iglesia  Iriense;  y  de- 
claró exentos  á  los  Canónigos  de  Iria  de  toda  otra  juris- 
dicción, que  no  fuese  la  inmediata  del  Obispo  composte- 
lano  (1). 

En  otra  obra  notable,  la  reedificación  de  la  Catedral 
de  Braga,  tuvo  buena  parte  nuestro  D.  Cresconio,  como 
se  ve  por  la  obra  intitulada  £a  Metrópoli  de  Braga  (2), 
que  hacia  el  año  1592  escribió  el  Agustiniano  Fr.  Jeró- 
nimo Román,  después  de  reconocer  el  Archivo  de  dicha 
Iglesia.  «Este  templo  material  que  hoy  vemos  — dice  el 
Padre  Román —  es  el  que  los  primeros  Reyes  de  Portu- 
gal edificaron  con  más  devoción,  que  grandeza.  Los  pri- 
meros que  pusieron  mano.á  esta  obra,  fueron  los  Obis- 
pos Vistraro,  que  también  se  dice  Vistremiro  de  Lugo  (8), 


(1)  Véase  el  Privilegio  citado  en  los  Monumentos  antiguos,  etc.. 

(2)  Citada  por  Risco,  España  Sagrada,  t.  XL,  pág.  181. 

(3)  Es  el  Obispo  D.  Vistruario,  que  ocupó  la   Sede  Luceuse   desde  el 
año  10í>0  á  1086. 


542  LIBBO  SEGUNDO 


y  Crescencio  (Cresconio),  de  Iría  ó  Compostela;  porque 
como  procuraron  por  todas  las  vías  posibles  que  se  resti- 
tuyese la  Metrópoli,  también  ayudaron  á  comenzar 
la  obra. » 

Fácilmente  se  adivinan  los  motivos  que  debieron 
impulsar  á  poner  mano  en  esta  obra  á  los  dos  Prelados. 
El  de.  Compostela  era  señor  temporal  de  muchas  tierras 
alrededor  de  Braga;  al  de  Lugo  estaba  encomendado  el 
régimen  espiritual  de  esta  Diócesis;  para  ambos,  por  lo 
tanto,  era  decoroso  el  interesarse  por  la  restauración  de 
tan  ilustre  Iglesia.  A  D.  Cresconio  deba  también,  quizás, 
atribuirse  la  construcción  ó  reedificación  de  la  iglesia  de 
Santiago  de  Braga,  la  cual,  en  opinión  del  P.  Román, 
era  el  único  templo  que  existía  en  dicha  ciudad  al  co- 
menzarse su  definitiva  restauración  (1). 

Por  todo  esto,  insistimos  en  que  el  pensamiento  de 
D.  Cresconio  debía  de  estar  siempre  fijo  en  el  engrande- 
cimiento de  su  Iglesia  Catedral.  La  muerte  no  le  permi- 
tió realizar  tan  nobles  ideas,  y  con  él  las  enterró  en  el 
sepulcro;  de  donde,  sin  embargo,  á  los  pocos  años  sur- 
gieron prontas  á  pasar  al  terreno  de  los  hechos,  bajo  el 
impulso  de  otro  gran  Prelado,  D.  Diego  Peláez. 

En  el  año  1068  coloca  la  Conqwstelana,  sin  duda  por 


(l)  «Volviendo  a  la  población  de  Braga,  escribe  el  erudito  Agustino, 
digo,  que  al  principio  fué  poca  cosa,  y  lo  principal  fué  por  donde  esta  la 
puerta  de  Santiago;  y  si  a  mi  me  dejaran  sustentar  mi  opinión,  aquella  igle- 
sia de  Santiago  fué  la  primera  parroquia  de  Braga,  y  por  alli  iban  edificando 
hasta  llegar  á  la  Iglesia  Mayor:  porque  todo  lo  que  vemos  por  donde  es 
Palacio,  y  la  calle  que  llaman  de  Soto  y  el  Castillo,  es  obra  nueva.  Parece 
ser  esto  así,  porque  la  parroquia  de  Santiago  se  intitula  y  intituló  la  iglesia 
de  Santiago  de  la  Ciudad;  que  es  tanto  como  decir,  que  la  Ciudad  estaba 
adonde  se  edificó  la  dicha  iglesia.»  (España  Sagrada,  t.  XV,  pág.  186). 


LOS  TEES  PEIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA 


543 


yerro  de  los  copistas,  el  fallecimiento  de  D.  Cresconio. 
Un  año  antes  debió  haber  quedado  huérfana  de  tan  in- 
signe Pastor  la  Diócesis  de  Compostela;  pues  en  1067 
aparece  ya  como  Prelado  de  Santiago  el  sucesor  Don 
Grudesteo. 

D.  Cresconio  falleció  en  las  Torres  de  Oeste,  en 
aquel  castillo  que  él  había  levantado  á  costa  de  tantos 
desvelos  y  tantos  afanes,  para  defensa  de  la  Religión  y 
de  la  Patria;  pero  es  de  creer,  que  su  cadáver  fuese  traí- 
do á  Compostela  para  que  recibiese  la  sepultura  que 
merecía,  al  lado  de  sus  predecesores  y  en  el  atrio  de  la 
Basílica  de  Santiago. 


CAPITULO  XXIX 


De  D.  Gudesteo,  sucesor  de  D.  Cresconio.  —  Guerras  civiles 
entre  los  hijos  de  D.  Fernando  I.— Trágico  fin  de  D.  Gudes- 
teo en  la  Canónica  de  Iria. — Sucédele  D.  Diego  Peláez,  por 
designación  de  D.  Sancho,  Rey  de  Castilla.  -  Abolición  del 
Rito  gótico  en  España.  -Prisión  y  muerte  del  Rey  de  Gali- 
cia, D.  García. 


on  Cresconio  legó  á  su  sobri- 
no y  sucesor  D.  Gudesteo, 
su  celo,  su  doctrina,  su  reli- 
giosidad, pero  no  pudo  legarle  el  temple  de  su  alma. 
Era  D.  Gudesteo,  como  ya  hemos  dicho,  de  una  de  las 
familias  más  encumbradas  de  Galicia.  La  Ccmpostela- 
na  (1)  lo  hace  sobrino  por  línea  materna  del  Conde  Don 
Froila;  pero  como  por  entonces  había  on  nuestro  país 


( 1 )  España  Sagrada,  t.  XX ,  págs.  15-16, 
Tomo  II.— 35. 


546  LIBBO  SEGUNDO 


varios  Condes  del  mismo  nombre,  como  D.  Froila,  Frue- 
la  ó  Froilán  Bermúdez,  D.  Fruela  Arias,  D.  Fruela  Me- 
néndez,  D.  Fruela  Díaz  (1),  D.  Fruela  Jiménez,  y  todos 
ellos  de  familias  distinguidísimas,  no  podemos  precisar 
con  fijeza,  á  cual  de  estas  casas  pertenecía  nuestro 
Prelado. 

La  elección  y  consagración  de  D.  Gudesteo,  debieron 
seguirse  con  pequeño  intervalo  al  fallecimiento  de  su 
predecesor.  En  un  Privilegio  que  cita  Argáiz  (2),  conce- 
dido por  el  Rey  de  Galicia,  D.  García,  al  monasterio  de 
San  Antolín  de  Toques,  en  28  de  Febrero  de  1067,  se 
ve  ya  la  firma  de  D.  Gudesteo:  Gudesteus  Apostolícele  Sedis 
Episcopus. 

Al  entrar  D.  Gudesteo  á  regir  la  Diócesis  composte- 
lana,  se  propuso  por  modelo  á  su  predecesor,   y  procuró 


(1)  D.  Froila  Bermúdez  fué  padre  del  célebre  Conde  de  Traba,  D.  Pe- 
dro Fróilaz;  D.  Froila  Arias  lo  fué  de  la  primera  esposa  de  éste,  D.a  Urraca; 
D.  Froila  Menéndez  fué  hijo,  á  lo  que  parece,  del  Conde  D.  Menendo,  ayo  y 
tutor  de  D.  Alfonso  V;  y  D.  Froila  Díaz  fué  Conde  de  Lemos. 

(2)  La  Soledad  Laureada,  t.  III,  pág.  391. — Entre  los  Documentos 
procedentes  de  San  Martín  Pinario,  que  se  guardan  en  la  Biblioteca  de  la 
Universidad  Literaria  de  Santiago,  hemos  visto  un  extracto  de  este  Privile- 
gio, hecho  en  el  año  1801,  que  por  referirse  al  Rey  de  Galicia,  D.  García, 
del  cual  tan  pocas  noticias  se  conservan,  damos  aquí  casi  íntegramente: 
«D.  García  Rey  de  Galicia  confirma  á  Toques  el  coto  de  Meire,  que  ya  tenía 
por  concesión  de  D.  Alonso  V  y  sus  sucesores.  Lo  confirma  el  Abad  Tanoy 
cum  agmina  monachorum  bti.  Benedicti  regula  clarens...  offero  pro  remedio 
anime  mee  vel  parentum  atque  abolorum  meorum  hereditate  mea  propria  que 
habeo  de  susceptione  illorum...  Pone  muchos  Santos  por  titulares,  la  primera 
la  excelentísima  Virgen  María  y  el  último  San  An  tonino,  quorum  baselica 
fundata  esse  dignoscitur  in  loco  Fer vendas  ubi  dicunt  Toccas  super  rivulo 
Flamosinno,  sub  alpe  quod  dicent  Maura  mortua,  territorio  Aviárteos,  ubi  est 
celia  in  solidata  rupis  constructa...  inter  Leporario  et  Bustello,  secus  monte 
liiisorio f  discurrente  fluvio  quod  vocitant  Bioscco  vergens  in  Barazone...  De- 
marca dicho  coto.  Et  hec  oblatio  que  pro  animarum  meorum  parentum  dive 


LOS  TEES    PEIMEBOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA         547 

sostener  vigentes  y  en  toda  su  fuerza  las  disposiciones 
que  éste  había  adoptado  para  el  buen  gobierno  de  su 
Iglesia,  así  en  lo  espiritual,  como  en  lo  temporal  (1). 
Mas  las  circunstancias  habían  cambiado:  el  Rey,  que 
con  brazo  fuerte,  y  más  aún  con  su  discreción,  virtud  y 
prudencia,  había  sabido  mantener  de  modo  admirable 
entre  sus  subditos  la  subordinación,  la  armonía  y  el  or- 
den, acababa  de  bajar  al  sepulcro,  y  al  punto,  el  vacío 
que  dejara,  entraron  á  llenarlo  la  ambición,  la  discordia, 
el  odio,  y  todas  las  pasiones  trastornadoras  de  los  Es- 
tados. 

Penetrado  como  estaba  D.  Fernando  I  de  lo  poco 
avenidos  que  prometían  ser  sus  hijos  cuando  llegasen  á 
sucederle  en  el  Trono,  hizo  en  vida  entre  ellos,  como  he- 
mos visto,  la  partija  de  sus  Estados.  Nada  se  consiguió 
con  esto;  el  hijo  mayor,  D.  Sancho,  ya  de  suyo  de  carác- 
ter inquieto  y  turbulento,  se  juzgó  perjudicado  en  el  re- 
parto, y  trató  de  resarcirse  desposeyendo  á  sus  herma- 


memorie  Fredinandi  regís  et  Sancie  regine  obtuli,  sit  rata  in  conspectu  Al- 
tissimi...  Sexta  feria  Ilkalendas  mar  til  Era  MCV." 

Subscriben,  además  de  los  Obispos  Gudesteo,  Vistruario  de  Lugo  y  Sua- 
rio  de  Dumio: 

Fagildus  abba  sciterio  de  Antealtares  confirmo. 

Adulfus  abba  de  sciterio  Sci.  Martini  de  Vinario,  conf. 

Comütessa  Ilduara prolix  Velasquü  conf.  etc.. 

No  concuerdan  las  notas  cronológicas  que  se  señalan  en  la  fecha;  pues 
el  28  de  Febrero  del  año  1007,  no  fué  viernes,  sino  miércoles.  Esto  nuda 
tiene  de  extraño  en  un  Documento,  que  ya  debió  pasar  por  muchas  manos. 
Sin  embargo,  si  en  la  fecha  de  las  calendas  suplimos  una  V,  entonces  des- 
aparece toda  divergencia. 

(1)  Juxta  rigorem  (vigorem  en  algunos  ejemplares)  praedecessoris  sai 
dignitates  et  honores  hujus  Ecclesiae  ad  statutum  réctitudinia  promoveré 
voluit.    (Historia  Compostelana,  libro  I,  cap.  II,  núin.  11). 


548  LIBEO  SEGUNDO 


nos.  Contra  quien  primero  dirigió  sus  tiros,  fué  contra  el 
hermano  menor,  D.  García;  y  tan  buena  arte  se  dio,  que 
sedujo  á  su  otro  hermano  D.  Alfonso  para  que  le  ayu- 
dase en  la  empresa,  ó  al  menos,  para  que  se  mostrase 
pasivo  y  neutral. 

La  discordia  entre  los  hermanos  debió  estallar  poco 
después  del  fallecimiento  de  su  buena  madre  D.a  San- 
cha, ocurrido  en  1067.  En  el  año  1066,  á  25  de  Junio, 
aún  firman  todos,  incluso  la  Reina  madre,  el  Privilegio 
que  la  Infanta  D.a  Urraca  otorgó  á  la  Iglesia  de  Santia- 
go (1).  Probablemente  el  Rey  D.  García  no  esperaba 
verse  tan  de  pronto  acometido  por  sus  hermanos;  así  es 
que  le  fué  forzoso  abandonar  su  Reino  y  buscar  refugio 
en  la  Corte  del  Rey  moro  de  Sevilla,  del  mismo  modo 
que  poco  tiempo  después  su  hermano  D.  Alfonso  tuvo 
que  buscarlo  en  la  del  Rey  moro  de  Toledo.  Por  tal  ma- 
nera D.  Sancho  y  D.  Alfonso  quedaron  dueños  de  Gali- 
cia; y  al  parecer,  se  la  repartieron  como  buenos  herma- 
nos. Así  lo  supone  con  gran  probabilidad  el  P.  Flórez, 
en  vista  de  que  D.  Sancho  firma  varios  Diplomas  como 
Rey  de  Castilla  y  de  Galicia,  por  ejemplo,  el  concedido 
por  su  hermana  D.a  Elvira,  á  la  Santa  Iglesia  de  Lugo, 
en  29  de  Julio  de  1071  (2),  y  D.  Alfonso  firma  también 
como  Rey  el  que  la  Infanta  D.a  Urraca  otorgó  á  la  San- 
ta Iglesia  de  Tuy  en  13  de  Enero  del  mismo  año  (3).  De 
lo  cual  concluye  Flórez  (4),  que  esto  de  intitularse  am- 
bos hermanos  casi  á  un  tiempo  Reyes  de  Galicia    « sólo 


(1)  Véase  el  cap.  XXVIII,  pág.  528. 

(2)  España  Sagrada,  t.  XL,  Apéndice  XX Vil. 

(3)  España  Sagrada,  t.  XXII,  Apéndice  I. 

(4)  España  Sagrada,  t.  XXII,  pág.  66, 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELANA  549 

puede  concordarse  diciendo,  que  por  haber  dado  D.  Al- 
fonso paso  por  su  Reino  á  D.  Sancho  en  la  guerra  contra 
D.  García,  partieron  la  provincia,  y  quedó  por  D.  Alfon- 
so esta  parte  de  Tuy. » 

Del  año  1068,  á  10  de  Diciembre,  hay  una  donación 
hecha  á  la  Santa  Iglesia  compostelana  por  la  Infanta 
D.a  Elvira,  á  quien,  sin  duda  por  equivocación,  llama 
Reina  el  compilador  del  Tumbo  (1).  Por  dicha  donación, 
ofrece  D.a  Elvira  al  Santo  Apóstol  y  al  Clero  de  su  Igle- 
sia varias  villas  que  había  adquirido  en  Lemos,  en  Tria- 
castela  y  en  otros  puntos  de  Galicia  (2). 

Verosímilmente,  á  la  sazón  D.  García  se  hallaba  ya 
refugiado  en  Sevilla,  pues  no  subscribe  el  Diploma  de 
su  hermana,  como  parecía  natural;  pero  no  por  eso  debe 
decirse  que  renunciara  á  toda  tentativa  de  recobrar  sus 
Estados.  Y  en  efecto,  al  poco  tiempo  lo  vemos  en  la 
Galicia  meridional  ó  portuguesa  al  frente  de  un  podero- 
so ejército,  que  á  18  de  Enero  de  1071,  desbarató  por 
completo,  entre  Braga  y  el  río  Cavado,  al  que  sus  her- 
manos habían  dejado  en  aquella  región  para  sostener  su 
señorío  (3). 

No  sabemos  si  D.  García  avanzaría  en  aquella  oca- 


(1)  Fol.  37. 

(2)  Véanse  Documentos,  núm.  XCVI1T. 

(3)  Era  MCIX,  XV  kalend.  Februarii,  Portugallenses  commiserunt 
praelium  adversus  regem  domnum  Garciam  fratrem  (filium)  regis  donni 
Fernandi.  Habebantque  tune  caput  in  ipso  bello  comitem  Nuno  Menendiz: 
periit  ipse  ibi,  et  cuncti  alii  sui  fugerunt.  Obtinuit  autera  Rex  de  illis  victo- 
riam  in  loco  qui  dicitar  Pertalini  inter  Bracharam  et  fluvium  Cavado. 
(Cron.  Lusitano,  en  el  tomo  XIV  de  la  España  Sagrada,  pág.  418). — En- 
tonces fué,  sin  duda  (si  no  lo  había  hecho  ya  antes),  cuando  D.  García  trató 
de  restaurar  la  Metrópoli  bracarense.  (Véase  al  P.  Román,  citado  por  Fló- 
rez,  España  Sagrada,  t.  XV,  pág.  185). 


550  LIBRO  SEGUNDO 


sión  hasta  la  actual  Galicia;  lo  cierto  es  que,  según  un 
Diploma  que  se  guardaba  en  el  Archivo  arzobispal  de 
Braga,  citado  por  Sandoval,  en  este  mismo  año  1071 
donó  á  la  Santa  Iglesia  de  Tuy  y  á  su  Obispo  D.  Jorge, 
el  coto  de  Vilar  de  Mouros,  en  la  comarca  de  Va- 
lencia (1). 

Como  quiera  que  sea,  estos  ejemplos  no  eran  muy  á 
propósito  para  contener  la  ambición  y  los  instintos  de 
rapacidad  en  los  subditos;  y  esto  bien  lo  experimentó  el 
Obispo  D.  Gudesteo.  Entre  él  y  su  tío  el  Conde  D.  Froi- 
la,  surgió  una  grave  cuestión,  cuyo  motivo  no  indica  la 
Compostelana  al  hacer  el  resumen  del  pontificado  de  Don 
Gudesteo,  en  el  Episcopologio  que  tegió  de  los  Prelados 
que  precedieron  á  D.  Diego  Gelmírez;  pero  que  deja 
entrever  en  el  capítulo  XXXVII  del.  libro  III.  Dice  allí, 
que  entre  el  Conde  D.  Fernando  Pérez  de  Traba  y  sus 
ascendientes,  y  los  Prelados  compostelanos,  desde  anti- 
guo, había  habido  ruidosos  pleitos  y  fieras  contiendas  á 
causa  de  algunas  familias  de  siervos  ó  villanos,  cuya 
propiedad  se  disputaban;  y  añade,  que  esto  había  dado 
ocasión  á  muchas  muertes,  aún  de  personas  nobles,  y  á 
otros  atropellos  no  menos  vituperables,  y,  por  lo  que 
decían  algunos,  al  asesinato  del  Obispo  D.  Gudesteo. 

Según  esto,  lo  que  pretendía  el  Conde,  era  ejercer 
sobre  varias  villas  y  tierras  de  que  era  propietario, 
entre  el  Ulla  y  el  Tambre,  ciertos  derechos  incompati- 
bles con  la  exención  de  que  gozaba  el  coto  de  Santiago, 
el  cual,  como  ya  sabemos,  se  extendía  entre  dichos  ríos; 
y  aunque  en  tiempo  de  D.  Cresconio,  que  probablemen- 


(1)     Hispana  Sagrada,  t.  XXIÍ,  pág.  66\ 


LOS  TRES  PRIMEROS  SIGLOS  DE  LA.  I.  COMPOSTELANA  551 

te  era  su  hermano,  se  había  abstenido,  al  parecer,  de 
toda  reclamación  menos  fundada,  con  el  sobrino  juzgó 
que  ya  podía  proceder  de  otra  manera.  D.  Gudesteo,  á 
pesar  del  respeto  que  le  merecía  el  tío,  negóse  con  toda 
entereza  á  consentir  sus  exigencias,  como  depresivas  de 
la  dignidad  y  de  los  privilegios  de  la  gran  Iglesia  que 
administraba.  Instaba  D.  Fruela;  y  D.  Gudesteo  se  mos- 
traba dispuesto  á  aceptar  todo  arreglo  en  el  que  queda- 
sen á  salvo  los  intereses  de  su  Iglesia;  pero  tal  solución 
se  hacía  cada  vez  más  imposible  por  la  intemperancia 
siempre  creciente  del  Conde.  Después  de  algún  tiempo 
de  inútiles  negociaciones,  en  que  fueron  puestas  á  prue- 
ba la  prudencia,  la  fortaleza  y  la  mansedumbre  de  Don 
Gudesteo,  adquirió  D.  Fruela  el  convencimiento  de  que 
era  en  vano  esperar  el  vencer  la  firmeza  de  su  sobrino, 
y  apeló  á  uno  de  esos  infames  recursos  en  que  se  ve,  no 
tanto  el  deseo  de  salir  con  su  intento,  como  el  despecho 
y  el  propósito  de  tomar  á  toda  costa  una  inicua  ven- 
ganza. Habían  ajustado  entre  ellos,  bajo  juramento,  una 
tregua  (quadam  dierum  pace  inier  eos  fídei  juramento  firmata, 
dice  la  Compostelana) ,  sin  duda  para  dejar  libre  el  ánimo 
de  estos  embarazosos  cuidados  durante  la  Cuaresma 
que  se  aproximaba,  que  era  la  del  año  1069.  Y  en  efec- 
to, el  Prelado  huyendo  del  bullicio  y  buscando  el  sosiego, 
se  retiró  á  la  Catedral  de  Iria,  en  donde  se  propuso 
pasar  aquel  tiempo  santo  en  compañía  de  los  Canóni- 
gos irienses.  Entonces  fué  cuando  tuvo  lugar  aquel  te- 
rrible lance,  que  así  describe  Flórez  en  la  España  Sagra- 
da  (1):  «Llego  el  Conde  á  persuadirse  que  el  Prelado  no 
torcería  su  constancia  por  motivo  de  la    carne  y  sangre 


(1)     Tomo  XIX,  pág.  200. 


552  LTBEO  SEGUNDO 


de  su  Tío:  y  como  los  grandes  señores,  sienten  más  la 
contradición,  por  estar  más  acostumbrados  á  su  gusto, 
trazó  la  última  venganza  y  la  maldad  de  quitar  la  vida 
al  Obispo.  Para  esto  amontonó  circunstancias  que  agra- 
vasen su  perversa  intención,  valiéndose  de  paz,  aña- 
diendo juramento,  escogiendo  el  tiempo  Santo  de  Cuares- 
ma, en  que  el  Prelado  se  había  retirado  al  Padrón  para 
consagrarse  al  ayuno  y  misterios  de  nuestra  Redención. 
Allí  envió  el  Conde  sus  comisarios  á  que  le  hablasen. 
Recibiólos  benignamente  el  Obispo;  púsolos  á  su  mesa, 
y  como  familiares  los  dispuso  camas  en  su  Cámara. 
Cuando  le  vieron  dormido,  salieron  con  mucho  tiento  á 
buscar  al  Conde,  que  esperaba  en  el  campo  con  su 
gente,  y  quería  no  faltar  á  la  maldad.  Entraron  muy 
quedito;  y  llegando  á  la  Cámara,  mataron  al  Obispo, 
haciéndole  pedazos  inhumanamente»  (1). 

Así  pereció,  prematuramente,  el  venerable  D.  Gu- 
desteo;  mártir  del  deber,  y  víctima  de  la  desenfrenada 
ambición,  y  de  la  saña  de  un  soberbio  prohombre,  que 
en  esto  mismo  declaró  su  impotencia  ante  la  virtud  y  la 
grandeza  de  ánimo  del  Prelado.  Su  pontificado  fué  bre- 
ve; el  ejemplo,  que  dio  con  su  constancia  y  firmeza,  se 
recordará  siempre. 

A  la  sazón,  hallábase  enseñoreado  de  Galicia  el  Rey 
de  Castilla,  D.  Sancho;  quien  comprendió  al  punto,  que 
para  regir  la  Iglesia  de  Santiago  en  aquellas  circunstan- 
cias, se  necesitaba  una  persona  que,  á  un  gran  carácter 
y  energía,  uniese  no  menor  poder  y  respetabilidad  por 
la  posición  social  de  su  familia.  El  elegido,  D.  Diego  Pe- 


(1)     Véase  Htst.  Compost,  lib.  I,  cap.  II,  núm.  11;  lib.  II,   cap.  LV;  y 
libro  III,  cap.  XXXVII. 


LOS  TBES  PKIMEEOS  SIGLOS  DE  LA  I.  COMPOSTELAXA  553 

láez,  reunía  estas  condiciones;  pues  probablemente,  era 
hermano  de  uno  de  los  dos  Condes,  D.  Gonzalo  Peláez, 
ó  D.  Pedro  Peláez  (si  es  que  los  tres  no  eran  de  una 
misma  familia),  y  además  estaba  dotado  de  tal  fuerza 
de  espíritu,  como  después  lo  demostraron  sus  hechos. 
D.  Diego  firma  ya  como  Prelado  de  Santiago  el  Privile- 
gio que  en  13  de  Enero  1071  concedió  la  Infanta  Doña 
Elvira  á  la  Santa  Iglesia  de  Tuy:  Sub  trino  et  vero  Deo 
Didacus  Ecchsiae  Iriensis  episcopus  confirmo. 

En  tiempo  de  este  Prelado,  dice  la  Gompostelana, 
que  fué  abolida  la  Liturgia  gótica  ó  muzárabe,  y  que  se 
recibió  la  romana  (1).  Otros  cambios  no  menos  trascen- 
dentales se  introdujeron  en  la  organización  de  la  Iglesia 
española  comenzando  por  el  restablecimiento  del  Pri- 
mado de  Toledo.  Desde  entonces,  la  Iglesia  compostela- 
na  dejó  de  gozar  de  las  consideraciones  que  le  prestaba 
su  título  de  Sede  Apostólica;  dejó  de  convocar  Concilios  de 
varios  Prelados,  como  en  1060;  dejó  de  consagrar,  como 


(1)  In  hoc  tempore  apud  Hispanos  Lex  Tole  tana  obliterata  est  et  Lex 
Romana  recepta.  (Lib.  I,  cap.  II,  n.  12). — En  donde  primero  se  introdujo  el 
Hito  Romano,  fué  en  el  monasterio  de  San  Juan  de  la  Peña  el  22  de  Marzo 
del  año  1071,  día  martes  en  la  segunda  semana  de  Cuaresma.  Segúu  algu- 
nos, comenzó  á  la  Hora  de  Sexta;  según  la  historia  antigua  de  dicho  monas- 
terio, á  la  Hora  de  Nona;  por  lo  que  las  Vísperas  de  las  fiestas  principales 
empezaban  allí  por  la  Hora  de  Nona.  (Véase  Flórez,  España  Sagrada,  t.  III, 
Dissertacion  de  la  Missa  antigua  de  España,  §.  XVI).  Poco  después,  en  el 
mismo  año,  se  introdujo  en  Barcelona  y  Cataluña;  aunque  según  Villanue- 
va  (Viaje  Literario,  t.  VI),  en  algunas  iglesias  de  esta  región  se  hallaba 
establecido  de  antes. 

En  Navarra  se  introdujo  hacia  el  año  1070,  en  que  D.  Sancho  I  Ramí- 
rez, por  muerte  de  D.  Sancho  V  de  Peñalén,  se  posesionó  de  dicho  Reino. 

En  Castilla,  León  y  Galicia,  que  fué  donde  el  Rito  Romano  halló  mayor 
oposición,  fué  recibido  el  año  1078,  por  lo  que  dicen  el  Cronicón  de  Burgos 
y  las  Memorias  antiguas  de  Cárdena. 
Tomo  II.— 36. 


554  LIBBO   SEGUNDO 


por  derecho  propio,  á  Prelados  de  otras  provincias,  por 
ejemplo  á  Cesario  de  Tarragona.  El  rasero  que  con 
mano  tan  vigorosa  extendía  San  Gregorio  VII  sobre 
las  cabezas  de  los  Reyes,  alcanzó  también  á  los  Potenta- 
dos eclesiásticos;  y  la  Sede  Apostólica  de  Santiago  que- 
dó reducida  á  la  condición  de  mera  Sufragánea,  como 
lo  era  la  Iglesia  de  Iria  en  tiempo  de  los  Godos. 

Es  de  presumir,  que  D.  Diego  Peláez  no  se  confor- 
mase fácilmente  con  estas  innovaciones,  en  las  cuales 
tanto  empeño  mostró  D.  Alfonso  VI;  y  quizás  ésta  habría 
sido  una  de  las  razones  por  qué  incurrió  en  desagrado 
del  Monarca.  Pero  el  Prelado,  procuró  tomar  el  despi- 
que á  su  manera,  apresurando  la  construcción  de  una 
Basílica,  que  en  su  género,  fuese,  como  luego  veremos, 
única  en  Europa. 

Y  ahora,  antes  de  pasar  á  la  Segunda  Parte,  para 
no  incurrir  en  descortesía,  diremos  algunas  palabras  del 
Rey  de  Galicia,  D.  García,  educado  en  Santiago  y  coro- 
nado, á  lo  que  debe  creerse,  en  su  Basílica.  Después  que 
D.  Alfonso  VI,  á  la  muerte  de  su  hermano  D.  Sancho, 
ocurrida  al  pie  de  los  muros  de  Zamora  el  7  de  Octubre 
de  1072,  recobró  sus  Estados,  inducido  por  la  Infanta 
D.a  Urraca,  so  pretexto  de  evitar  nuevas  guerras  y  com- 
plicaciones, se  apoderó  cautelosamente  de  la  persona  de 
D.  García  (13  de  Febrero  de  1073),  al  tiempo  en  que 
éste  venía  confiado  á  conferenciar  con  él,  y  á  darle  qui- 
zás el  parabién  por  haber  obtenido  la  libertad.  Para 
mayor  precaución,  lo  encerró  en  un  castillo,  y  ordenó 
que  se  le  tratase  con  todas  las  consideraciones  debidas  á 
su  persona;  pues  su  propósito,  decía,  era  que  á  su  muer- 
te heredase  la  Corona  el  infeliz  encarcelado. 

D.   García  falleció   en  su  prisión  el  22  de   Marzo 


LOS  TBES  PBIMEEOS  SIGLOS   DE  LA  I.  COMPOSTELANA  555 

de  1090;  y  sus  funerales  se  celebraron  en  León  con 
toda  pompa  y  aparato,  cual  convenía  á  aquel  á  quien, 
si  bien  se  le  había  secuestrado  el  ejercicio  de  la  potestad 
Real,  era  considerado  como  Rey,  y  cuyo  despojo  se  con- 
sumó por  lo  que  pudiera  llamarse  Razón  de  Estado  (1). 
Dejó  D.  García,  á  lo  que  parece,  dos  hijos;  el  Infante 
D.  Ramiro,  que  subscribe  en  esta  forma  un  Privilegio 
otorgado  en  1080  por  su  tío  D.  Alfonso  VI  al  monaste- 
rio de  Sahagún:  Ramirus  infans  Garsiae  Regís  filius  (2);  y 
el  Conde  D.  Fernando,  al  cual  la  Reina  D.a  Urraca  lla- 
ma su  pariente  consanguíneo,  y  de  quien  se  hace  men- 
ción en  la  Historia  Compostelana  f3j. 


(1)  He  aquí  como,  de  acuerdo  con  el  Sítense,  expone  estos  sucesos  el 
Cronicón  Compostelano,  inserto  al  fin  del  tomo  XX  de  la   España   Sagrada: 

«Quo  audito,  frater  eius  Garsea,  qui  in  exilium  Hispalim  abierat,  ad 
fratrem  suum  Adefonsum,  qui,  ut  dictum  est,  regnum  acquisierat,  cum 
magna  satisfactione  infortunate  remeavit.  Ipse  enim  Adefonsus  suae  soro- 
ris  Urrachae  consilio  eum  captum  feria  IIII  idus  Februarii  Era  MCXI  in 
carcere  retrusit,  et  usque  ad  mortem  eum  ibi  tenuit.  Est  autem  mortuus  ille 
Garsea  die  VI  feria,  XI  kls.  Aprilis  Era  MCXXVIII,  ad  cujus  sepulturam 
fere  omnes  Hispaniae  Episcopi  et  Abbates  Legionem  convenerunt,  et  eum 
honorifice  regio  honore  sepelierunt» 

La  inscripción  de  su  sepulcro  decía  así:  Hic  requiescit  dominus  García 
Eex  Portugallie  et  Galléete  filius  regis  Maguí  Fernandi.  Hic  ingenio  captus 
a  fratre  suo,  in  vinculis  obiit.  Era  MCXXVIII.  XI .  kal.  Aprilis. 

(2)  Yepes,  Coron.  gener.  de  San  Benito,  t.  III,  Apénd.,    núm.  IX. 

(3)  Libro  I,  cap.  LXIII  y  LXIV. — Este  Conde  D.  Fernando  debe  ser 
el  poderoso  é  ilustre  caballero  Fernando  García,  de  quien  se  habla  en  el  ca- 
pítulo XXI  del  Anónimo  de  Sahagún,  inserto  por  Escalona  en  la  Historia  de 
este  monasterio. 


GcFiStvti? 


L!EflM3 


Como  principal  fundamento  de  nuestra  narración,  ofrecemos 
á  nuestros  benévolos  lectores  la  serie  que  sigue  de  documentos 
históricos.  Hemos  procurado  conservar  en  cuanto  nos  ha  sido 
posible  y  lo  consentía  la  más  fácil  inteligencia  del  texto,  la  orto- 
grafía de  los  originales,  ó  en  su  defecto,  de  las  copias  más  anti- 
guas que  pudimos  haber  á  las  manos. 

La  mayor  parte  de  estos  documentos  son  inéditos:  algunos  de 
los  publicados  ya  se  dan  aquí  con  mayor  sujeción  á  la  letra  del 
texto,  y  salvadas  las  erratas. 

Hemos  omitido  en  gran  parte  las  fórmulas  imprecatorias 
con  que  suelen  terminar  los  documentos,  pues  con  peca  diferen- 
cia son  todas  de  un  mismo  tenor;  y  conocida  una,  están  conoci- 
das las  demás.  Hemos  respetado,  sin  embargo,  aquellas  que  ofre- 
cen alguna  novedad. 

Los  Tumbos  ó  Cartularios  de  Santiago,  Sobrado  y  Cela- 
nova,  que  han  sido  los  que  nos  proporcionaron  mayor  contin- 
gente de  materiales,  fueron  compilados  en  el  siglo  XII.  Los  dos 
últimos  se  guardan  en  el  Archivo  Histórico  Nacional  en  Madr'd. 

En  los  traslados  que  nos  ofrecen  dichos  Tumbos,  nótanse 
algunos  pasajes  conocidamente  viciados.  Por  regla  general,  á  no 
ser  que  la  errata  fuese  evidente,  nos  hemos  abstenido  de  hacer 
modificación  alguna  en  el  texto  que  teníamos  á  la  vista. 


6 


tTíTftTtTftllT^ 


NÚMERO  I 


era  dccclvi.  Villa  ostulata.  Año  de  C.  818. 

(San  Vicente  de  Vilouchada).  1.°  de  Setiembre. 


Donación    hecha   por    el   conde    Alvito   á    l.°   de    Septiembre 
de  818  al  monasterio  de  San  Vicente  de  Vilouchada. 


In  nomine  sánete  et  indiuidue  trinitatis  siue  ob  hono- 
rem  sancti  uincentii  leuite  et  martyris  xpisti  cuius  basí- 
lica esse  dignoscitur  in  uilla  que  ab  antiquis  uocitabatur 
lentróbe,  et  nunc  uocitatur  ostulata,  subtus  castro  bríone 
territorio  montanos  iuxta  riuulo  tamare.  Ego  exiguus  ac 
pusillus  seruus  seruorum  dei  aloitus  comes  peccatorum 
mole  depressus  in  spe  et  fiducia  sanctorum  meritis  non 
usquequaque  desperatione  deicior.  sed  teste  conscientia 
reatum  mei  criminis  expauesco.  Ut  ergo  per  te,  Sanctis- 
sime  martyr,  reconciliari  merear  a  domino  iesu  xpisto 
atque  sanctorum  meritis  eterna  gaudia  possideam,  de 
paupertacula  mea  oferre  uolo  sánete  ecclesie  tue  quod 
uoui  ex  proprio  corde  cum  summa  deuotione,  scriptum 
namque  est.  uouete  et  reddite  domino  deo  uestro.  Et 
ideo  cum  omni  afectu  cordis  ipsum  meum  uotum  implere 
procuro. 


APÉNDICES 


Itaque  concedo  et  offero  glorie  tue  atque  sacro  sancto 
altari  tuo  in  loco  iam  supradicto  uilla  ostulata,  que  mihi 
concesserunt  per  scripturam  filii  rikilani  suas  portiones 
quantum  ibidem  habebant  ínter  suos  heredes  ab  integro, 
ipsi  filii  rikilani.  nominibus.  uilloi.  auolina.  astaguerra. 
gasuildi,  et  trasaricus  pro  contemptione  que  habebant 
cum  uittina  et  filiis  suis  pro  ista  iam  dicta  uilla  uel  pro 
alus  in  giro  ista.  Et  per  ordinationem  domini  adefonsi 
principis  concessi  ego  iam  nominatus  aloitus  post  par- 
tem filiorum  rikilani.  et  eieci  de  illis  ista  uittina,  exce- 
pto quod  non  illam  eieci  de  ista  uilla  ostulata.  Et  ipsi 
superius  nominati  consilium  inter  se  agitantes,  ut  erant 
germani  dederunt  mihi  in  ista  uilla  suas  portiones  per 
términos  antiquos.  quantum  ibidem  eos  competebat  et 
eiecerunt  de  ista  alias  ubi  iam  heres  eram. 

Modo  tamen  stante  ipsa  uilla  post  meam  partem. 
uel  heredum  meorum,  uittine.  gunderannus.  ruderici  et 
curuelli  annuit  inter  nos  bone  pacis  uoluntas  ut  diuisse- 
mus  ista  uilla  in  tribus  heredibus  sicut  et  fecimus.  Pren- 
didi  ego  iam  dictus  aloitus  tertiam  portionem  in  ista 
uilla  per  marcos  certos  et  sinales.  id  est,  per  puteum  qui 
est  in  medio  castro,  et  inde  in  directo  ad  dexteram  par- 
tem per  carralera  antiquum,  quomodo  aquam  uertit  ad 
ecclesiam  contra  solem  usque  in  tamare.  Ad  sinistram 
uero  partem  per  alium  carralem  antiquum  et  inde  per 
marcos  et  signales.  et  inde  in  directo  ad  riuulum  qui 
discurrit  de  montana  usque  in  tamare.  omnem  ipsam 
tertiam  portionem  in  ista  uilla  cum  cunctis  terminis  et 
adiacentiis.  arbores.  térras,  pratis.  pascuis.  paludibus. 
aquis  cum  ductibus  suis  ab  integro  offero  sacro  altari 
ecclesie  tue  pro  uicto  ac  uestito  sacerdotum  et  mona- 
chorum  dei  in  ista  ecclesia  deseruientium.  siue  pro  lu- 
minaria altaris  tui  uel  helemosinis  pauperum.  sicut  us- 
que nunc  iuri  meo  firmiter  mansit  uel  manere  potuit. 
sic  omnia  cum  omni  uoce  prosecutionis  mee  ecclesie 
tue  offero  perpetualiter  habituram.  Quem  tamen  scrip- 
tum  uel  titulum  donationis   ecclesie  traditum   in  arcis 


APÉNDICES 


eiusdem  ecclesie  repono.  et  omnia  supradicta  ipsi  eccle- 
sie  ab  hac  presentí  die  uel  tempore  iure  perpetuo  pos- 
sideatur.  Quod  cum  iuramento  confirmo  per  deum  celi 
et  regnum  glorie  sue,  quod  contra  hunc  factum  meum 
nunquam  ueniam  ad  irrumpendum. 

Si  quis  tamen  homo  quod  fieri  non  credo  de  propin- 
quis  uel  heredibus  meis  contra  hanc  cartulam  testa- 
menti  uel  donationis  ad  irrumpendum  uenerit,  primo 
sit  excommunicatus  et  cum  iuda  traditore  in  eterna 
pena  damnatus  et  insuper  regie  potestatis  aflictus.  pa- 
riat  uoci  ecclesie  ipsa  uilla  duplata.  et  hanc  scripturarn 
testamenti  plenam  in  cunctis  obtineat  firmitatis  rouo- 
rem.  facta  cartula  testamenti  uel  donationis  kalendas 
septembris  era  DCCCLVI.  Aloitus  in  hanc  cartulam 
testamenti  uel  donationis  á  me  factam  manus  meas. 

Badamundus  abbas  testis.  Didacus  testis. 

Hysmael  abbas  ts.  Recemirus  ts. 

Eugenius  abbas  ts.  Kederedus  ts. 

Sendericus  presbyter  ts.  Rodericus  ts. 

Ildemirus  presbyter  ts.  Grilloi  ts. 

Proamirus  presbyter  ts.  Ascaricus  ts. 
Astrulfus  iudex  ts. 
Elarinus  presbyter  et  iudex  ts. 
Vittina  cum  filiis  suis  confirmo. 

Noticia  de  illis  qui  fuerunt  in  ipsas  uillas  consigna- 
tas  post  partem  filiorum  rikilani,  qui  uenerunt  cum 
domino  aloito. 

De  asturias  iste  sunt:    Sumemirus 

Sénior 
Crescentius 
Teodemirus 
ítem  Sumiemiru3 
Aufila 
Daniel 
Quorimio  per 


APÉNDICES 


De  iria:     Badericus  presbyter  testis. 
Petras  presbyter  ts. 
Ansuetus  presbyter  ts. 
Franzemirus  presbyter  ts. 
Sisnandus  presbyter  ts. 
Aliulfus  presbyter  ts. 
Trastemirus  ts. 
Félix  ts. 
Florentius  ts. 
Genetivus  ts. 

Sub  Xpisti  nomine  Kindulfus  dei   gratia  episcopus 
confirmo. 

(Turnio  6  Cartulario  de  Sobrado,  tomo  I,  nára.  XLII). 


NUMERO  II 
ERA  DCCCLXVIII.  Año  de  C.  830. 


Designación  hecha  por  Tructíno,  delegado  de  D.  Alfonso  II,  de 
algunas  de  las  iglesias  pertenecientes  á  la  Sede  Iriense. 


In  Era  DCCCLXVIII  venit  dns.  tructinus  per  ordi- 
nationem  dni.  Adefonsi  principis  et  consignavit  dno. 
Adulfo  episcopo  ecclesias  que3umque  sunt  proprie  hy- 
riensis  Sedis,  id  est, 

in  trasancos  et  lauazengos  scm.  Petrum  iuxta  flu- 
uium  naray.  ecclesiam  in  dorsu.  sea.  Maria  in  brion. 
scm.    Saturninum  iuxta  fluuium  iubia.  scm.  vincentium 


APÉNDICES 


in  cetaria  et  ínsula  selima  cum  sua  ecclesia.  sea.  María 
in  Carantra. 

In  besaucos  ecclesie  sce.  eulalie  in  caurio.  scm.  uin- 
centium  in  carois.  scm.  tirsum  in  magobre.  sea.  eulalia 
in  lubre.  scm.  iulianum  in  siliobre.  scm.  iacobum  iuxta 
siliobre. 

In  comisso  de  plutios.  scm.  xpoforum  ad  eume.  latum 
portum.  scm.  martinum  in  tiobre. 

In  nemitos  sea.  eulalia  in  castellum  ad  asperunti. 
sea.  Maria  in  portimilio.  ecclesia  de  bandoia.  ecclesia 
montani  ad  reuoreto.  scm.  stephanum  in  piauela. 
scm.  iacobum  ad  berosindi.  scm.  uincentium  ad  celia 
gundemari  in  ripa  de  mero,  ecclesia  in  madagio,  eccle- 
sia in  palleo.  sea.  eulalia  in  auigondo  cum  sua  uilla  et 
scm.  tirsum  in  auegondo. 

In  comisso  de  faro  ecclesia  sce.  marie  in  conduzo. 
sea.  eulalia  in  carolio.  scm.  petrum  in  letaonio.  scm.  tir- 
sum in  oseyro. 

In  bregantinos  scm.  uincentium  ad  artiles.  scm.  Ro- 
manum  in  uillanio.  scm.  martinum  in  099a.  scm.  ma- 
metem  in  seauia. 

In  Seminaria,  scm.  saturninum  in  uimian90. 

In  nemancos.   sea.  eolalia  in  donobria. 

In  camota  ecclesia  pintani  in  sentes  et  ecclesia  gau- 
diosi.  ecclesia  ad  gentines.  ecclesia  sea.  talasie.  ecclesia 
in  autis.  ecclesia  ad  rodo,  ecclesia  ad  stario  ad  Zende- 
miri. 

In  pistomarcos.  ecclesia  sce.  xpistine.  in  lestone. 
scm.  saturninum  in  grana,  scm.   uincentium  in  neuare. 

In  comisso  de  célticos,  ecclesia  in  aranton.  ecclesia 
sce.  eulalie  in  laginas.  scm.  martinum  ad  fonte  calata, 
sea.  eulalia  in  logrosa. 

In  montanos  scm.  petrum  ad  uenza.  sea.  maria  in 
trazo,  scm.  iohannem  ad  campos,  sea.  eulalia  ad  pera- 
ria  mala. 

In  marcóla,  scm.  martinum.  sea.  maria  ad  papucirn. 
scm.  petrum  in  ayazo.  sci.  tome  de  uilar  romare. 


8 


APÉNDICES 


In  bauegio.  scorum  cosme  et  damyani. 

In  monte  sacro  scm.  petrum  ad  carcacia.  scm.  feli- 
cem  in  saines,  scm.  iohannem  ad  heremo. 

In  monte  nigro.  scm.  iohannem  in  latera,  sea.  eula- 
lia.  scm.  laurentium  in  monte  nigro.  scm.  uincentium 
in  radicosa. 

Este  documento  está  tomado  de  un  Códice  del  siglo  XIII  al 
XIV,  que  se  guarda  en  el  Archivo  de  la  Santa  Iglesia  Coinpostela- 
lana,  y  está  rotulado  en  el  dorso:  Concordias  con  esta  ciudad,  privile- 
gios y  constituciones,  fol.  135.  En  el  mismo  Códice  antes  del  docu- 
mento preinserto  se  lee  el  siguiente,  en  que  se  dan  más  por  extenso 
las  iglesias  pertenecientes  á  la  Iglesia  Iriense  en  el  territorio  de 
Nendos  (1). 


Noticia  de  ecclesiis  que  sunt  in  Nemitos  de  sede  hy- 
riense  ex  antiquo:  id   est.,  scm.  Tirsum  de  Mauegondo 
scm.  Stephanum   de  Paleo;   scm.  Vincentium  de  Celia 
sea.  Maria  de  Porcimilio;  scm.   Julianum  de  Mandagio 
scm.  Stephanum  de  Piauela;  sea.  Eulalia  de  Sepelunca 
sea.  Eulalia  de  Avegondo;  scm.  Martinum  de  Bandogia 
sea.  Maria  de  Revoreda;   sea.  Maria  de  Vilarino  quam 
fecit  Romanus  cum  suis  gasalianis,  et  duas  subditas  de 
Piauela  unam  et  aliam  de  Paleo;   scm.   Petrum    de  La- 
deaonio;  sea.  María  de  Gonduze. 


(1)     V.  Monumentos  antiguos  de  la  Iglesia  Compostelana,  pág.  35. 


APÉNDICES 


NUMERO   III 
era  dcccxcii  Año  de  C.  854. 

D.  Ordoño  I  dona  en  el  año  854  tres  millas  en  torno  de  la 
Tumba  de  Santiago  sobre  las  tres  que  ya  había  concedido 
D.  Alfonso  II. 

Ordonius  rex  tibi  patri  Athaulpho  episcopo.  Mitti- 
mus  tibi  per  hanc  nostram  preceptionem  nostros  pueros 
et  familiares  nuntios,  qui  pro  reuerentia  et  honore 
bmi.  Iacobi  Apostoli,  nostri  et  totius  Hispaniae  patroni, 
cuius  corpus  tumulatum  est  in  Grallecia  in  finibus  Ama- 
ea  ut  confirment  tibi  post  partem  Loci  Sancti  tria  millia, 
que  diue  memorie  predecessor  meus  dns.  Adefonsus 
catolicus  ad  honorem  eiusdem  sanctissimi  Apostoli  con- 
tulit.  Et  ego  similiter  pro  mea  anima  ad  honorem  su- 
pradicti  Apostoli  addo  alia  tria  milla  ut  sint  sex  milia 
integra,  ut  omnis  populus,  qui  ibi  abitaverit,  serviat 
Loco  Sancto  sicut  michi  et  antecessoribus  meis  serviré 
consueverat.  facta  scriptura  in  Era  MCCCLXXXXII. 

Ordonius  rex  confirmat. 

(Tumbo  A  de  la  Iglesia  Compostelana,  fol.  1,  vuelto). 


10  APÉNDICES 


NUMERO  IV 


era  dcccc.  Santiago.  Año  de  C.  862. 

D.  Alfonso  III  confirma  la  clonación  de  las  seis  millas  hecha 
por  su  padre  D.  Ordoño  I. 

Ad  hanc  ordinationem  dominissimi  ordonii  principis 
aduilatum  fuit  concilium  in  locum  sanctissimum  bti.  Ia- 
cobi  Apostoli  ubi  sanctum  corpus  eius  tumulatum  est. 
Vidimus  et  pertractauimus  et  recoluimus  ordinationem 
et  cartam  eiusdem  domini  ordonii  gloriosissinii  principis 
per  quam  concessit  ad  ipsum  locum  uillas.  et  in  eis  no- 
mines habitantes,  de  termino  de  sex  milibus  ad  infra. 
quam  adefonsus  rex  filius  eius  conmuni  consilio  tocius 
concilii  confirmauit.  In  era  DCCCC. 

Qui  ibi  fuerunt:  Gudesteus 

Eruigius 
Emilianus 
Quiriacus  et  bonellus  abba. 

Adefonsus  rex  confirmo. 

(Tambo  de  Sant.,  tom.  A,  fol.  2). 


I 


APENDldKS  1  i 


NUMERO   V 


era  cxiv.  Santiago.  Año  de  C.  866. 

18  de  Junio. 

D.  Alonso  III  confirma  todo  cuanto  á  esta  Santa  Iglesia  ha- 
bían dado  sus  antecesores  (y  él  mismo  en  vida  de  su  pa- 
dre), y  además  demarca  in  concilio  la  diócesis  de  Iría,  y 
manda  que  se  corrija  y  castigue  á  los  malhechores,  que 
había  en  las  tierras  de  Santiago,  y  que  hasta  entonces  ha- 
bían gozado  de  impunidad.  Parece  que  esta  carta  debió 
concederse  en  Santiago,  antes  de  la  rebelión  del  conde 
don  Froilán. 


Patri  Athaulfo  episcopo  Adefonsus  rex.  Per  hanc 
nostram  iussionem  concedimus  et  damus  et  afirmamus 
tibi  Smum.  locura  patroni  nostri  Sci.  Iacobi  apostoli  cum 
ómnibus,  que  ante  dudum  ad  ipsum  locum  pertinuerunt, 
uel  pertinent,  que  antecessores  nostri  ibidem  affirma- 
uerunt  uel  nos  ipsi  fecimus  per  ordinationem  genitoris 
nostri,  que  omnia  scriptis  firmauimus.  Adicimus  etiam 
uobis  sedem  hiriensem,  ubi  est  ecclesia  bte.  Eulalie  Vir- 
ginia cum  omni  plebe,  que  de  ipsa  fuerunt  uel  sunt  ratio- 
ne,  quemadmodum  illud  habuerunt  antecessores  uestri 
donnus  Teodomirus  et  dns.  Athaulfus  episcopus,  seu 
etiam  diocesem,  quam  hic  in  concilio  notamus  uel  delibe- 
ramus,  habuistis,  ita  ut  omnia  rigiliter  et  firmiter  regatis 
et  mala  vitia  extirpetis  et  pro  nobis  rationem  faciatis. 
Quod  si  quis  uobis  uel  in  módico  conturbauerit,  aut  ip- 
sam  plebem  absque  uestra  uoluntate  sibi  adiungere  vo- 
luerit,  aut  iilos  male  operantes  sicut  hucusque  fecerunt 
non  correxerit,  statim  illud   nobis  per  uestrum  nuncivun 


12  APÉNDICES 

et  scriptum  notuin  faciatis,  vt  qui  adversarius  de  iusticia 
fuerit,  illud  accipiat  quod  in  concilio  dignus  est  accipere. 
Pro  nobis  more  sólito  orare  non  deficiatis  cum  omni  con- 
gregatione  uestra.  Notum  die  XIIII  Kal.'  iulii,  era 
DCCCCHII. 

Adefonsus  rex  confirmo. 

(Tumbo  A,  fol.  2;  España  Sagrada,  tom.  XIX,  Apénd.) 


NUMERO    VI 


era  CMV.  Santiago.  Año  de  C.  867. 

20  de  Enero. 

D.  Alonso  III  restituye  á  esta  iglesia  la  villa  de  Carcacía,  que 
le  había  usurpado  el  conde  Froiian,  muerto  en  Oviedo,  por 
haber  querido  despojar  del  reino  á  dicho  Monarca. 

Patri  Athaulfo  episcopo  Adefonsus  rex.  Secundum 
quod  nobis  sugessisti  pro  villa  vocitata  Carcacia,  quam 
ille  infelix  Froila,  dum  erat  de  ratione  ecclesie  hiriense 
sedis  et  sce.  Eulalie,  sibi  adprehendiderat,  nihil  illi  per- 
tinens;  nos  tamen  concedimus  eam  vobis,  sicut  ipsa  de 
nostra  proprietate  fuit,  per  omnes  suos  términos  ab  inte- 
gro, sicut  eam  antecessor  tuus  domnus  Theodomirus  epi- 
scopus  habuit,  ita  ut  cum  uestris  clericis  habeatis  ex  ea 
tolerationem,  et  nemo  uos  pro  ea  conturbet,  sed  securi 


¡, 


APÉNDICES  13 


et  quieti  illaní  obtinete.  Praesente  tamen  Ostofredone, 
quem  ordinamus,  et  mittimus  ut  eam  uobis  adsignet. 
Notum  die  XIII  Kal.'  februarii  era  DCCCCV. 

Adefonsus  rex  confirmo. 
Petrus  theon  testis. 
Atthanus  ts. 
Fernandus  ts. 
Rudericus  comes  ts. 
Benignus  diaconus  ts. 
Félix  ts. 


(Tumbo  A,  fol.  2;  Esp.  Sag.,  tomo  XIX,  Apénd.) 


NUMERO  VII 


eea  dccccv.  Álmerezo  Año  de  C.  867. 

(San  Tirso  de  Cospindo).  7  de  Mayo. 


El  obispo  de  Mondoñedo  don  Rudesindo  I  ofrece  á  este  mo- 
nasterio una  cuantiosa  donación  en  alhajas,  libros  y  ha- 
ciendas. 


Domnis  inuictissimis.  et  post  deum  mihi  patronis 
fortissimis  sancto  uincentio  leuite  et  martyris  xpisti 
sanctoque  iohanni  apostólo  dilecto  domini  et  euangeli- 
ste  quorum  basilica  sita  est  in  loco  armeretio  territorio 
bragantinos.  Ego   seruus  uester  rudesindus  dei  gratia 


14  APÉNDICES 

tándem  ordinationem  in  domino  sempiternam  salutem. 
Multis  quidem  manet  notissimum  eo  quod  locum  istum 
armeretio  iam  dictum  habuit  meus  tius  gauinius  et  ex 
illius  in  nostram  deuenit  hereditatem.  atque  postmodum 
inter  meos  germanos  dum  nostram  diuideremus  heredi- 
tatem ex  integro  deuenit  in  meam  portionem.  Obinde 
placuit  mihi  atque  conuenit  proprio  et  spontaneo  uoto. 
et  ut  tándem  exinde  uestro  suffragio  cooperante,  facino- 
ris  mei  remissionem  obtineam.  ut  uobis  et  ecclesie  uestre, 
sicut  supradictum  est  in  eodem  loco  fúndate,  oferrem 
ipsum  locum  sicut  et  offero  cum  ómnibus  suis  tam  quo- 
modo  ibi  habeo,  quam  quod  adhuc  cum  domini  gratia, 
ibi  augmentare  potuero.  Id  est.  domos,  orrea.  cellaria. 
quoquina  et  molendinum.  cum  ómnibus  intrinsecis  do- 
morum  ipsorum  cupos,  cupas.  ferramenta.  uasa  etiam 
uitrea  et  erea.  seu  et  lignea  uel  etiam  ut  dictum  est  in- 
trinsecus  domorum  ipsorum.  siue  etiam  uineas.  pumares. 
térras  et  incultas  cum  omni  accessu  uel  recessu  suo. 
aquis.  pratis.  pascuis.  paludibus  cum  cunctis  presta.tioni- 
bus  loci  ipsius.  omnia  ut  superius  dictum  est  uobis  dono 
atque  concedo  siue  et  térras  quas  habeo  in  seretio  (1)  si- 
militer  offero  eidem  uestre  ecclesie  atque  concedo. 

Adicio  etiam  uestre  ecclesie  in  eodem  loco  crucem 
argenteam.  coronas  similiter  argénteas  duas.  ministeria 
argéntea,  par  una.  incensale  argenteum  unum.  libros  id 
est  beati  prosperi.  expositum  ezechielis.  beati  pauli  apo- 
stoli  epistolas.  moralium.  passoniarium.  n.  et  antifona- 
rium  quos  communiter  cum  meis  feci  germanis.  tam  pro 
illorum  quam  et  pro  mea  deuotione.  sic  uestre  iam  dicte 
ecclesie  offero.  ut  communis  exinde  nobis  ante  deum  sit 
remissio  peccatorum.  Offero  etiam  pro  subsidio  fratrum 
ibidem  persistentium  et  in  eodem  loco  degentium.  equas 
omnes  quas  modo  quidentus  diligatas  sint.uacas  similiter 


(1)     Cerezo,  lugar  en  parte  de  Cospindo  y  en  parte  de  ¡San  Vicente  de 
la  Grana  su  anejo. 


APÉNDICES  15 

ducentas  cumque  m.°  goesenda  in  sua  sit  custodia,  siue 
oues  quas  hic  in  eadem  uilla  habent  cum  omne  quod  exin- 
de  procreatus  fuerit.  boues.  VIH.  porcos.  XX.  seu  quena- 
pe  tramisirgam.  tapetem  et  plumacios.  III.  siricium.  I. 
láñeos.  II.  siue  et  libros  quod  adhuc  si  uixero  faciam  et 
hic  perscripsero.  id  est.  ordinum.  precum.  psalterium. 
manualem  in  duas  formas  diuisum.  incensales  éreos 
dúos,  librum  etiam  beati  job.  et  expositum  de  eptatico  et 
reguin.  seu  et  glosamatarum  in  uno  corpore  continen- 
tem,  gerenti.  cum  hec  omnia  ut  superius  dixi.  uobis  et 
uestre  hic  ecclesie  offero  atque  concedo  et  perhemniter 
habiturum  decerno.  Ita  tamen  ut  nullus  ex  germanis  uel 
suprinis  meis  exinde  quippiam  afierre  presumat.  uel  di- 
ctionis  sue  hab  abdicat.  sed  omnia  sacerdos.  qui  in  eadem 
uestra  ecclesia  religiose  uixerit  et  deo  seruierit.  sine 
cuiusquam  inquietudine  contineat  et  pro  sua  substenta- 
tione  uel  pauperum  securas  possideat.  ac  defendat.  et  si 
se  exinde  subtraxerit.  nichil  inde  secum  ferré  presumat 
de  illo  que  huic  scripture.  adiciens  ut  omnia  ista  que 
uestre  ecclesie  confero.  fratres  mei  siue  suprini  uel  quo- 
rum post  istas  obdefensiones  pressi.  deo  exinde  habeat 
curam.  et  qui  exinde  aliquid  auferre  conauerit.  ibi  si 
illud  pariter  cum  sacerdote  qui  ibi  fuerit.  repellantur.  et 
omnia  ipsa  tueantur  atque  defendant.  Vt  ipsi  qui  ibi 
fuerint  ad  eos  caput  teneat.  et  ut  eos  de  aliorum  impul- 
sione  defendant.  in  eorum  tuitione  persistat. 

Seruos  etiam  meos  uel  ancillas  tam  quos  iam  de  patre 
meo  hereditate  per  colmellum  cum  fratribus  meis  diuisi. 
quam  etiam  et  quos  adhuc  de  matris  mee  successione  mi- 
hi  competunt.  sicut  eos  iam  per  alia  scripta  liberos  esse 
constituit.  ita  et  per  hoc  testamentum  omnes  liberos 
esse  decerno.  et  sub  patrocinio  eorumdem  fratrum  eos 
esse  coniuncto.  Qui  sicut  etiam  decreui  si  aliqui  ex  illis 
eos  superfiue  uiolenter  oppresserit.  licitum  sit  illis  de  eo 
qui  illos  iniuste  atriuerit  recedere.  et  ei  qui  eos  modaue- 
rit  reconferre.  Ego  ipsi  suam  obedientiam  exhibere  in 
uestras  tamen  festiuitates  pro  anime  mee  remedio  lumi- 


16  APÉNDICES 


naria  offerant.   et  qui  in  quantum  ualuerit  bucellam 
pauperibus  et  elemosinam  prebeant. 

Alias  uero  uillas  meas,  seu  pumares  et  uineas  exce- 
pto quod  in  coris  (1)  germanis  meis  omnem  meam  por- 
tionem  concessi.  uel  si  illis  aliquid  adhuc  exinde  per 
scripturam  testauero.  Omnia  autem  quod  in  testamen- 
tum  reliquero  ipsi  mei  liberti  inter  se  equaliter  diuidant. 
et  in  perpetuo  uindicent  ac  defendant.  Concesso  illis 
omne  peculium.w.  peculiare  suum.  tam  quod  nunc  ob- 
tinent.  quam  quod  adhuc  cum  dei  adiutorio  augere  uel 
profligare  potuerint. 

Alia  uero  res  mea.  id  est.  mulos,  muías,  cauallos. 
equas.  boues.  uaccas.  oues.  porcos.  uestitum  etiam  lineum. 
laneum  siue  siricum.  tam  de  lecto  quam  de  quocumque 
indumento  omnia  mei  germani  siue  suprini  in  meas  mis- 
sas  expendant.  et  si  bene  illud  disposuerint  fructum  pro 
ante  deum  laboris  boni  recipiant.  Ita  tarnen  ut  si  mea 
domina  et  mater  super  me  uixerit  quousque  uixerit  om- 
nia ipsa  possideat.  et  cuneta  ipsa  disponat  et  post  eius 
excessum.  quod  remanserit.  ipsi  mei  germani  uel  suprini. 
omnia  fideliter  tam  pro  me  quam  pro  illa  sicut  superius . 
dictum  est  cuneta  in  pauperibus  imperciant  et  eis  tri- 
buant.  Amodo  uero  Qt  deinceps  omnia,  quod  per  hanc 
scripturam  definió,  ualiturum  et  íirmum  statuo  ut  in 
perpetuo  perenni  ualore  et  iugi  stabilitate  inconuulsum 
maneat.  Si  quis  sane,  quod  fieri  minime  credo  exinde 
quidpiam  infringere  uel  disrumpere  uoluerit,  aut  hanc 
scripturam  per  quam  libet  tyrannidem  uiolare  tentaue- 
rit,  sit  anathema  coram  Xpisto  Domino  et  coram  Patre 
suo  qui  est  in  celis  et  coram  Spiritu  Sancto  et  angelis 
uniuersis.  Afflictus  etiam  temporalia  damna  inferat  iam 
dicte  ecclesie  uestre  uel  ad  ipsos  meos  libertos  cui  uio- 
lentiam  fecerit,  uel  de  isto  quod  statui  aliquid  iam  dicte 
uestre  ecclesie  uel  ad  ipsos  libertos  auferre  presunserit, 


(1)     San  Martín    de  Cores. 


APÉNDICES  17 


duplum  tantum  quantum  auferre  tentauerit,  uel  quan- 
tum ab  ipsis  melioratum  stiterit,  stante  et  permanente 
huius  scripture  mee  textum  in  omni  robore  et  perpetua 
firmitate.  Facta  scriptura  testamenti  et  confirmationis 
uel  donationis  nonas  maii  era  DCCCCV.  Regnante  in 
asturias  principe  adefonso.  anno  regni  eius  completo 
primo. 

Sub  christi  nomine  rudesindus  dei  gratia  episcopus 
hanc  scripturam  testamenti  conceptionis  et  donationis 
quam  spontaneo  uoto  fieri  elegi  et  manu  mea  scripsi. 

Pelagius  testis. 
Patruina  testis. 
Grisulfus  abbas  ts. 
Gudigena  ts. 
Erus  ts. 
Gauinius  ts. 
Atanitus  ts. 
Félix  ts. 
Ikila  ts. 
Gemundus  ts. 
Baltarius  ts. 
Palmacius  abbas  ts. 


(Inédito.  Cart.°  de  Sobrado,  tomo  I,  núm.  CXXII). 


Tomo  II.— 2. 


18  APÉNDICES 


NUMERO  VIII 


EEA  DCCCCVIII.  Mezovzo.  Año  de  C.  870. 

(Santa  María).  17  de  Septiembre. 

El  abad  Reterico  paga  la  offertionem,  ¡nfurcion  ó  censo  debido 
por  este  mcnasterio  al  rey  don  Alonso  III,  y  se  obliga  á 
pagárselo  durante  toda  su  vida. 

In  dei  nomine.  Ego  retericus  abbas  licet  immerito. 
tibi  gloriosissimo  principi  nostro  Adefonso.  Placuit  rnihi 
atque  conuenit  ullo  cogentis  imperio  nec   suadentis  ar- 
ticulo, sed  propria  mihi  accessit  uoluntas.  ut  tibi  domino 
meo  facerem  donationem  sicut  et  fació  de  ómnibus  rebus 
meis.  id  est  in  uillas  quas  uocitant  presares  cum  eccle- 
siis  uocabulo  sanctum  petrum  et  sancta  maria  monaste- 
rio uilla  nantonis,   qui  est  fundatum  inter  presares   et 
montanos  per  omnes  suos  términos  antiquos,  seu  libros, 
ornatum  uel  omne  ornamentum  ecclesie,  muías,  kaualos. 
equas.  bou  es.  uacas.  uestitu.  uineas  et  pumares  uel  om- 
nia.  dono  atque  concedo  tibi  domino  meo.  et  direxi  ex 
persona   mea  presentem   fulgaredum  presbyterum   su- 
brinum  meum  qui  ista  carta  a  me  rouorata  ex  mea  per- 
sona meo  domino  sicut  et  tradidit.  Ego  namque  pecca- 
tor  alumnus  uester  retentus  sum  ab   egritudine  graui 
quod  uidere  non  ualeo  presentiam  domini  mei.   Tamen 
profiteor  me  per  singulos  annos  dum  uixero  per  istum 
monachum  dirigere   meam  offertionem  sicut  et  feci  et 
semper  faciam.  seu  etiam  et  ipsos  familiares  meos  quos 
ego  iam  per  cartam  ingenuos  restauraui.  ita  ipsos  nomi- 
nes domino  testo  atque  concedo  per  istam  cartam.  ut 


APÉNDICES  19 

sint  post  partera  dominicam  testati  uel  domino  deser- 
uientes.  Quamobrem  ipsi  homines  suprascripti  ex  meo 
dominio  abrasi  et  dominico  iure  et  dominio  post  obitum 
meum  abeatis  et  in  perpetuo  uindicetis  et  quicquid  exin- 
de  faceré  uel  iudicare  uolueritis  liberam  in  dei  nomine 
habeatis  potestatem.  Facta  scriptura  donationis  XV.  ka- 
lendas  octobris,  era  DCCCCLXVI1I  (1).  Retericus  abbas 
hanc  scripturam  donationis  a  me  factam. 

Fulgaredus  confirmo. 
Didacus  presbyter  conf. 
Gudinus  diaconus. 
Aloitus  presbyter  conf. 
Gulfarius  presbyter  conf. 

(Inédito.  Cartulario  de  Sobrado,  tom.  I,  núm.  LÍI). 


(1)  En  esta  data  debe  haber  }erro,  y  quizá  deba  suprimirse  una  C 
ó  suprimir  LX  como  se  colige  de  las  escrituras  LXI  y  LX  del  Cartulario 
de  Celanova,  libro  I,  y  de  la  CX  del  de  Sobrado,  tom.  I.  La  fecha  de  las 
primeras  es  del  año  871;  la  de  la  segunda  del  955.  El  Rey,  que  aquí  se 
menciona,  es  D.  Alfonso  III. 


20  APÉNDICES 


'll-Wi-JJ ' -..i." IJ..iJJ."l   ..'..I .L.   .-'..»■-    ,1'J.J 


NUMERO  IX 


ESA  DCCCCix.  Mezonzo.  Año  de  C.  871. 

(Santa  María).  5  de  Junio. 


Unifa  y  otros  presbíteros  y  diáconos  y  además  algunas  mon- 
jas reconocen  por  su  abad  á  Fulcaredo  y  se  obligan  á  ha- 
cer vida  común  y  religiosa  sometiéndose  en  todo  á  su 
dirección. 


In  nomine  patris  et  filii  et  spiritus  sancti.  Nos  omnes 
fratres  et  sórores  qui  subter  scripturi  uel  signa  facturi 
sumus  pactum  simul  et  placitum  deo  et  patri  nostro  ful- 
garedus  abbati  et  petri  presbyteri  qualiter  modo  et  dein- 
ceps  sub  regula  abtiua  et  sanctorum  patrum  exempla 
tua  simus  obedientes  imperio  pro  salute  animarum  no- 
strarum.  qualiter  iuste  et  pie  et  caste  et  sobrie  uiuamus 
in  hoc  seculo  amen.  Ut  quicquid  adnuntiare  uel  impera- 
re iusseritis  pro  salute  anime  nostre,  humiliter  omnia 
adimpleamus.  nichil  proprium  uindicantes.  sed  omnia 
quicquid  uisi  sumus  abere  sit  nobis  post  huno  scriptum 
sánete  regule  pacem  abiturus.  ut  nullus  ex  propinquis 
nostris  uel  extrañéis  potestatem  in  rebus  nostris  que  in 
nostra  potestate  tradimus  non  abeat  nisitu  et  fratres  tui. 
qui  nobiscum  pariter  sub  nostra  potestate  permanserint 
in  regula  sancta  uel  in  hunc  pactum  uel  placitum  post 
uestrum  transitum  ea  post  deuindicauerint  abeant 
omnia  in  perpetuum.  Sane  illud  omnes  uno  animo  com- 
promitimus  tibi.  ut  si  quis  ex  nobis  contra  tua  precepta. 
uel  sánete  regule  documenta  contumax  murmurans  su- 
surrans  uel  calumpniator  extiterit.  Tune  abeatis   pote- 


APÉNDICES  21 


statem  unumquemque  nostrum  secundum  suam  culpam 
uel  nesrlisrentiam  emendare.  fla2:ella  excommunicationem 
biduaaa  et  diuturna  triduana  sacundum  qualitatem  cul- 
pe. Ut  si  quod  absit  aliquis  ex  nobis  in  malis  persevera- 
uerint  et  fratres  scandalizauerint  et  ad  seculum  reuerti 
uoluerint.  sint  excommunicati  de  omni  re  monasterii 
quos  ibi  abstulit.  et  careat  omnem  uooem  causandi  pro 
ipsa  legis  mundane.  Ut  si  aliquis  res  pressuntiue  de  mo- 
nasterio rapuerit  aut  in  aliquo  loco  monasterio  contur- 
bauerit.  accipiat  deo  emendatione  et  de  parte  et  de 
pontífice  rege  nostro  sententiam  qualem  ipsi  domini  ta- 
xauerint.  Factum  pactum  uel  placitum  regule  sánete 
ipsas  nonas  iunias  era  DCCCCIX. 

Suscriben  Pedro  presbítero,  Unila  presbítero,  Heldefonso  pres- 
bítero, Holomo  presbítero,  Sesemiro  diácono,  Senderica  deovota, 
Recesindo  diácono,  Aliverta  deovota,  Ermildo  diácono,  Terenciano 
presbítero,  Grendo  presbítero,  Visterla  diácono,  Ageredo  diácono, 
Grundesindo  diácono,  Geodeverto  diácono,  Sisnando  diácono  y  Iu- 
bando  presbítero. 

Ranosindus  ne  inmute  tur  (1). 

(Inédito.  Cartulario  de  Celanova,  lib.  I,  núm.  LXI). 


(1)    Véase  la  escritura  anterior, 


22  APÉNDICES 


NUMERO  X 


ERA  dccccix.  Mezonzo.  Año  de  C.  871. 

(Santa  Maria).  5  de  Junio. 


Fulgaredo  sobrino  del  abad  Reterico  ofrece  á  esta  iglesia,  de 
la  que  era  abad,  algunas  posesiones  situadas  entre  el 
Miño  y  el  Ladra. 


In  dei  nomine  fulgaredus  abbas,  petrus  presbyter  et 
berildi  deouota  domnis  inuictissímis  ac  triunfatoribus 
sánete  marie  uirginis  et  genitricis  domini  nostri  iesu 
xristi  et  sancti  georgil  et  comitum  eius  et  sancti  mi- 
chaelis  archangeli.  quorum  baselica  in  territorio  in  ui- 
11a   ubi  dicunt  nantone   ubi   est  ipsa  baselica  fundata 

quod  dicitur  monasterio  iuxta  fluuio  tamare concedi- 

mus  et  offerimus uillas  quas  abemus  inter  minio  et 

latera  uilla  ab  integrum  cum  omni  suo  accesu.  secun- 
dum  eam  nobis  donauit  segericus  abbas  post  partem  no- 
stram  et  secundum  quod  donauerat  ipsam  uillam  domnus 
adefonsas  rex  ipsius  segerici  abbatis,  nos  testamus  post 

partem  ecclesie  siue  et  alias  térras  cot  comparamus 

omnia  iam  dicta  ipsas  uillas  concedimus  in  ipso  loco 
sanctorum.  uela.  cruces,  signos,  kalices.  patenas,  coro- 
nas, candelabros,  libros  sive  et  omnis  tesaurus  ecclesie 
aurum.  argentum.  vestimentum.  laneo.  lineo,  domos,  edi- 
ficia.  ferramenta.  cupas.  cupos,  uaccas.  boues.  kaballos. 
equas.  mulos,  aues.  vel  omne  peccora  promiscua  et 
uolatilia.  omnem  ex  integrum  conceiimus...  Factascrip- 


APÉNDICES  23 


tura  testamenti  ecclesie  sánete  ipsas  nonas  iunias  Era 
DCCCCVIIIL 

Falgaredus  abbas  hoo  testamentum  ecclesie  sánete 
á  me  factum. 

Petras  presbyter  hoc  testamentum  eoclesie  sánete 
á  me  factum. 

Berildi  deouota  hoc  testamentum  ecclesie  sánete  á 
me  factum. 

Froyla  presbiter  ubi  notarius  fui  iter...  o. 

(Inédito.  Cart.°  de  Celanova,  lib.  I,  n.  LX). 


NUMERO  XI 


ERA  D0C3CXII.  Santiago.  Año  C.  874. 

14  de  Febrero. 

Donación  de  Alfonso  III  al  presbítero    Sisnando,  administra- 
dor de  esta   Santa  Iglesia. 

Adeíonsus  Sisnando  presbítero  secundum  quod  nobis 
suggessisti  per  nostram  iussionem  concedimus  tibi  uel 
fratribus  qui  sub  manu  tua  sunt  ecclesiam  sce.  marie 
in  territorio  liuanense  quod  dicunt  ad  uillam  causeca- 
die  tr^ns  foris  monte,  quas  molo  temporibus  nostris  deo 
auxiliante  adprehendimus  et  dilatauimus.  id  est  in  con- 
finio  iuxta  flumen  est  uilla  vocabulo  alesce  cum  parieti- 
bus  destructis  et  ecclesiis  quas  de  stirpe  adprehendidisti. 
ex  quibus  imam  uocabulo  sea.  eulalia.  et  aliam  uilla  ni 
uerdiagio  de  riuo  usque  in  montesum  ecclesia  sci.  mar- 


24  APÉNDICES 


tini.  Confirmamus  tibi  monasterium,  quod  est  in  uilla 
cremanes  uocabulo  sci.  xpofori  secus  fluuium  estola  quod 
ante  dudum  prehendidisti  nemine  possidente.  per  arro- 
gio  arguuelio  et  bustus  exitus  usque  de  ordas  et  de  illa 
intercisa  usque  ad  forcata  de  mentare  per  términos 
ipsius  uille.  et  ecclesiam  sci.  martini  in  locum  alione 
quam  cum  tuos  fratres  adprehendidisti.  Ita  ut  habeas 
ex  ea  tolerationem  et  gubernationem.  tam  uos  quam 
eciam  et  qui  post  uos  faerint  et  uitam  religiosam  duxe- 
rint.  et  firmiter  illud  tam  uos  ut  diximus  quam  et  pars 
monacorum  uindicent  atque  defendant  iure  perenni.  ut 
tibi  post  hanc  nostram  oblationem  a  domino  merces 
eueniat  copiosa,  et  fratres  qui  inde  tolerationem  habue- 
rint  pro  nobis  orare  non  recusent.  Notum  dio  XVI.  Kal. 
martis.  Era  DCCCCXIL 

Adefonsus  rex  confirmo. 

Sigeredus  conf.  Félix  qui  notuit  conf. 

Viliulfus  conf.  Argericus  testis 

Didacus  conf.  Gundemarus  testis. 

Argimirus  conf. 

(Tumbo  A,  fol.  2  vuelto  . 


APÉNDICES  25 


NUMERO  XII 


era  dccccxviii.  Santiago.  Año  de  C.  880. 

30  de  Junio. 

Alfonso  III  confirma   al   Obispo  Sisnando  en  la   posesión    de 
esta  Diócesis. 


Adefonsus  patri  Sisnando  episcopo.  Secundum  quod 
in  concilio  per  collationem  íuit  deliberatum,  concedimus 
uobis  atque  adfirmamus  sedem  hiriensem,  ubi  electus  et 
ordinatus  estis  pontifex  cum  omni  plebe  vel  familia, 
que  de  ipsa  sunt  ratione,  siue  sedes  abbatiles,  villas  et 
Ínsulas,  quae  de  ipse  sunt  sede,  uel  etiam  omnem  dioce- 
sem  sicut  illud  obtinuerunt  antecessores  uestri  dive  me- 
morie  preteriti  episcopi,  seu  etiam  domum  sci.  Iacobi 
apostoli  Patroni  nostri  cum  cunctis  prestationibus  suis 
et  commissum  ab  omni  integritate,  quod  dudum  per 
nostre  praeceptionis  iussionem  ibidem  concessimus;  ita 
ut  per  hanc  nostram  ordinationem  omnia  obtineatis, 
instruatis,  arguatis,  et  rigiliter  regatis,  et  nemo  ausus 
sit  qui  uobis,  uel  in  módico  disturbationem  faciat  in  su- 
pradicta  sede,  plebe,  vel  diócesi:  et  qui  talia  faceré  uo- 
luerit  auditui  nostro  illud  scriptis  notescite,  et  prout  nos 
decet  vindicare,  illud  ordinemus. 

Sanctitatem  uestram  et  omnium  sacerdotum  eccle- 
siae  bti.  Iacobi  precibus  effragitamus,  ut  crebro  pro  no- 
bis  orationi  insistere  non  pigeatis. 

Facta  concesio  et  contestatio  die  II  Kal.  iulii  Era 


26  AtENDICfeS 

DCCCCXVIIL  Praesente  Iuliano  diácono  in  facie  ordi- 
namus  qui  vobis  omnia  adsignet. 

Adefonsus  rex. 

(Tumbo  A,  fol.  2  vuelto. — Esp.  Sag.,  tom.  XIX). 


NUMERO  XIII 


Santiago. 

Orden  expedida  por  don  Alonso  III  á  Lucido  y  Aldroito  para 
que  entreguen  y  señalen  á  esta  iglesia  y  al  Obispo  Sisnan- 
do  la  villa  de  Cesar  y  otras,  y  el  commiso  que  había  tenido 
Juan  Diligato. 


Adefonsus  rex  et  Lucido  et  Aldroito.  Dum  istam  no- 
stram  ordinationem  acceperitis,  secundum  quod  in  fa- 
ciera presentí  gatino  hordinauimus  adsignare  post  par- 
tem  sancti  iacobi  apostoli  patronis  nostri  uillam  Cesa- 
ri  (1),  sanctum  iulianum,  et  palatium  cum  habitatoribus 
earum  et  patri  sisnando  episcopo  sicut  eas  hauus  noster 
dive  memorie  domnus  adefonsus  iam  dudum  sancto 
iacobo  apostólo  concessit  ut  pro  anima  eius  ibi  deseruis- 
set  ipse  populus.  Et  nos  quidem  per  nosmedipsos  corn- 


al)   Al  margen:  De  uilla  cesar  in  Sarra. 


APÉNDICES  27 


missum  quod  ilianus  diligatus  habuit  cum  ipsis  uillis  ibi 
dedimus  deseruiendo  perpetim.  Vos  quidem  non  faciatis 
ibi  aliquam  perturbationem,  quia  qui  talia  egit  ad  per- 
fectum  non  peruenit.  Multos  habetis  quos  in  exemplum 
de  ipso  loco  habeatis. 

Adefonsus  rex  confirmo. 

(Tumbo  A,  fol.  5,  vuelto). 


NUMERO  XIV 


ERA  dccccxxi.  San  Juan  da  Coba.         Año  de  C.  883. 

.  (Ulla).  11  de  Agosto. 

D.  Alonso  III   concede  algunas  posesiones  á  este  monasterio 
y  á  su  abad  Panosindo. 

In  nomine  Domini.  Gloriosus  Adefonsus  rex  Pano- 
sindo abbati.  Per  huius  serenitatis  preceptionem  conce- 
dimus  tibi  monasterium  sancti  Ioannis  in  eremo  quod 
est  fundatum  in  ripa  fluuii  Vlie  in  cauerna  montis 
quam  dicunt  Montem  sacrum,  qui  antiquitus  uocabatur 
ylicinus  non  multum  procul  loco  Arcis  marmoricis  ubi 
corpus  beatissimi  Iacobi  apostoli  requiescit.  Concedimus 
prefatum  locum  cum  ómnibus  terminis  adiacentibusque 
atque  tralitionibus  suis  et  qúantamcumque  eiusdem 
loci  pertinentiam  inuenire  potueris.  Omnia  babeas  $t  in 


28  APÉNDICES 


eodem  loco  Dominum  pro  nobis  deprecare.  Et  de  nostro 
dato  firmiter  et  perenniter  possideas  ut  et  tu  inde  tolera- 
tioneni  cum  ceteris  fratribus  habeas  et  pro  nostre  glorie 
tranquillitate  ibi  Dominum  depreceris.  Facta  scriptura 
concessionis  sub  die  V.  idus  augusti  era  DCCCCXXI, 
luna  cúrrente  secunda  anno  feliciter  XVIII  gloriosi 
regni  nostri  in  Dei  nomine  Oveto.  Computatis  ab  exor- 
dio mundi  sex  millia  octoginta  et  duobus.  Adicimus 
etiam  tibi  et  ecclesias  que  f  uerunt  conquisitas  post  .par- 
tem  eiusdem  sancti  Ioannis  per  (1)  utilitates  quas  nos 
manu  propria  confirmamus. 

Adefonsus  princeps  manu  nostra  confirmo. 

Adinandus  testis.  Petrus  Teoni  ts. 

Fromaricus  ts.  Pelagius  Petriz  ts. 

Didacus  ts.  Erus  Munioni  ts. 

Sandinus  ams.  ts. 

Sarracinus  ts. 

Nepocianus  ts. 

(Inédito.  Cartulario  de  la  Catedral  de  Santiago,  fol.  2  vuelto). 


(1)    propter,  según  la  copia  inserta  en  el  privilegio  de  B.  Pedro  Elias. 


APÉNDICES  29 


-lU— m-.i n-i. 


NUMERO  XV 


ERA  dccccxxi.  Santiago.  Año  de  C.  883. 

17  de  Agosto. 

D.  Alfonso  III  confirma  á  esta  Santa  Apostólica  Iglesia  en  la 
posesión  de  lo  que  en  Portugal  le  habían  donado  el  pres- 
bítero Cristóbal  y  Romarico  Cerwa. 

In  nomine  domini  gloriosissimus  adefonsus  rex  patri 
sisnando  episcopo.  et  ad  omnem  congregationem  uestro 
regimini  subditam  de  loco  arcis  marmoricis  ubi  corpus 
sci.  ac  bmi.  patroni  nostri  iacobi  apostoli  requiescit.  in 
domino  semper  salutem.  Multis  quidem  manet  notissi- 
mum  quod  ratione  retinetur  ambiguum.  eo  quod  dum 
extremi  fines  prouincie  gallecie  ab  antiquis  pre  impul- 
sione  sarracenorum  in  occidentali  plaga  deserti  iacerent. 
et  per  longa  témpora  ipsa  pars  predicte  prouincie  here- 
ma  maneret.  postea  quidem  presentí  tempore  deo  fa- 
uente.  nosque  illius  gratia  in  regni  culmine  consistente, 
dum  per  domini  pietatem  nostra  fuisset  ordinatio.  ut  de 
tudense  urbe  usque  mineo  ciuitatem  omnis  ipsa  extrema  a 
xpi.  plebe  popularetur  sicuti  deo  iubente  conpletum  est. 
Cumque  ut  diximus  per  dei  iussionem  xpiani  gaudentes 
nouam  adprehenderent  regionemí  adfuit  Ínter  cetera 
agmina  populorum  quídam  presbiter  nomine  xpóforus. 
qui  cum  dei  iuuamine  adprehendit  monasterium  quod 
fait  edificatum  a  bto.  dei  uiro  dno.  fructuoso,  cuius  me- 
ritum  et  uitam  sacra  scripturam  testatur.  Quod  mona- 
sterium situm  est  in  locum  montelios  inter  monasterium 
dumiense  atque  suburbio  bracharense.  quod   ab  antico 


30  APÉNDICES 


cognoscitur  fore  in  sci.  saluatoris  fundatus  honore.  Quem 
locum  dum  predictus  presbiter  cum  ómnibus  terminis 
suis  pluribus  annis  de  sua  adprehensione  securas  habe- 
retí  annuit  ei  uoluntas  ut  testaret  ipsum  locum  per 
scripture  textum  post  partem  bti.  iacobi  apostoli  perhen- 
niter  possidendum. 

Similiter  quoque  in  ipsa  populatione  uir  quidam  no- 
mine romaricus  quem  in  cognomento  ceruam  appellant 
adprenhendidit  plures  uillas  de  ilja  parte  fluminis  mineií 
in  suburbio  tudense.  ex  quibus  unam  uocabulo  nogariam 
cum  ómnibus  terminis  salta  uel  adiacentia  sua  post  par- 
tem eiusdem  sci.  iacobi  apostoli  per  scripture  seriem: 
tradidit  habituram  ubi  iam  uos  amplum  templum  sci. 
xpofori  construxistis.  Hunc  tamen  adfuit  iussio  clemen- 
tie  nostre.  ut  pro  id  ante  deum  remuneratio  per  inter- 
cessionem  eiusdem  sci.  iacobi  apostoli  nobis  eueniat  co- 
piosa, ut  quod  superius  est  adnotatumí  per  huius  scri- 
pture seriem  sit  perhenniter  confirmatum.  Ita  ut  letc 

Facta  scriptura  concessionis  et  confirmationis:  sub 
die  XIII  kls.  septembris  luna  *.  Era  DCCCCXXI. 

Adefonsus  rex  hanc  scriptum  manu  mea  confirmo. 

Exemena  regina  conf,  Naustus  conibriensis  eps.  conf. 

García  conf.  Sebastianus  auriensis  eps. conf. 

Nepocianus  conf.  Sarracenus  maiordomus  ts. 

Maurus  legionensis  conf.  Posedonius  notarius  ts. 
Froila  testis. 

(Tumbo  A,  fol.  3). 


APÉNDICES  31 


NUMERO  XVI 
ERA  DCCCCXXI.  Santiago,  Año  de  C.  883. 

25  de  Septiembre. 

D.  Alfonso  III  dona  al  Obispo  Sisnando  I  el  lugar  de  Cerrito. 

In  nomine  domini  adefonsus  rex  et  exemena  regina 
vobis  patri  dno.  Sisnando  episcopoi  in  domino  salutem. 
ínter  ceteras  acciones  quas  pro  regni  nostri  utilitatibus 
pia  miseracione  exponimus:  illud  ad  remedium  anime 
prouenire  confidimus.  ut  sanctis  ecclesiis  largicionis  mu- 
ñera! prelargimus.  Et  ideo  per  lmius  serenitatis  nostre 
preceptionem  donamus  atque  concedimus  uobis  post 
partem  patroni  nostri  sci.  iacobi  apostoli  ubi  uos  presul 
cognoscimini  esse.  uillarem  nostrum  proprium  quem  di- 
cunt  cerritum.  qui  est  in  locum  uaorres.  iuxta  monaste- 
rium  uestrum.  ubi  est  ecclesia  sci.  iohannis  et  sci.  iaco- 
bi. Sicut  taxamus  concedimus  uobis  predictum  uillarem 
ex  integro  per  omnes  suos  términos  sicut  usque  hodie 
fuit  post  nostram  partem.  ut  faciatis  ibidem  ecclesiam 
uocitatam  sci.  iacobi  apostoli.  ob  cuius  honorem  uobis 
ipsum  iam  dictum  uillarem  concedimus.  ita  ut.  etc.. 

Dato  dono  nostroí  séptimo  kls.  octubris  discurrente 
Era  DCCCCXXI  anno  gloria  regni  nostri  feliciter  octa- 
uo  décimo. 

Adefonsus  rex  manu  mea  confirmo. 

Scemena  regina  conf.        Naustus  eps.  conf. 
Ermegildus  eps.  conf.         Ermegildus  maiordomus  conf. 
Sarracenus  conf.  Gauinus  conf. 

(Tumbo  A,  fol.  3  vuelto). 


32  APÉNDICES 


NUMERO  XVII 


ERA  dccccxxiii.  Santiago.  Año  de  C.  885. 


D.  Alonso  III  dona  á  esta  Santa  Iglesia  la  villa  de  Geronciana, 
cerca  de  León,  y  otra  tierra,  que  había  sido  del  rebelde 
Hanno,  que  había  atentado  contra  la  vida  de  don  Alonso, 
quizá  al  mismo  tiempo  en  que  se  rebelaron  Hermenegildo 
é  Iberia.  (Véase  un  documento  del  año  siguiente). 


In  nomine  sce.  et  indiuidue  trinitatis  domino  sancto 
et  dei  martiri  glorioso  bmo.  nobisque  post  deum  piissi- 
mo  patroni  nro.  iacobo  apio,  cuius  sancta  et  uenerabilis 
eccla.  sita  est  in  locum  arcis  marmoricis  ubi  corpus 
eius  tumulatum  esse  dignoscitur  territorio  gallecie,  nos 
famuli  adefonsus  rex  et  exemena  regina  in  remissionem 
nostrorum  peccaminum  offerimus  et  donamus  vestre 
glorie  et  onori  ecclesiam  sci.  Romani  martyris  que  est 
fundata  in  suburbio  legionense  civitatis  in  villa  vocita- 
ta  gerontiana  que  discurrit  in  términos  de  uilla  de  re- 
gula usque  ubi  se  coniungunt  ambo  ipsi  fontani  subtus 
ecclesiam  in  ipsa  uarcena  cum  suo  exitu  usque  in  illas 
ossias  cum  ómnibus  adiunctionibus  suis  atque  presta- 
tionibus.  Adiicimus  etiam  glorie  uestre  secus  fluvio 
urbico  in  confino  de  castro  alcoba  señera  per  suos 
términos,  uidelicet,  de  ripa  iam  dicti  fluminis  ad  sursum 
usque  in  strata  per  quam  euntes  et  i  edeuntes  ciues  gal- 
lecie soliti  sunt  ambulare  et  usque  ad  planum,  et  in 
suburbio  de  sublancio  de  senara  ad  semenaturam  XXX 
modiorum,  que  fuit  de  Hanmu,  qua  caruit  ipse  per 
suam   infidelitatem   dum  de  nostra  nece  et   ti  adicione 


APÉNDICES  33 


consiliatus  est;  ut  ita  habeant  illud  monachi  uestri  qui 
in  laudem  uestram  ibi  commorantes,  simul  cum  antistite 
Sisnando,  qui  nostro  tempore  per  concilium  electus  et 
ordinatus  est  in  eodem  loco  ut  exinde  sustentationem  et 
gubernationem  habeant,  tam  modo  in  hoc  tempore 
quam  et  qui  in  futuro  ibi  religiose  uixerint,  ut  nobis  per 
uestram  scam.  intercessionem  ante  deum  merces  eueniat 
copiosa.  Si  quis  ammodo  et  deinceps  quis  libet  homo 
hoc  nrum.  donum  infringere  temptauerit  sit  anatema 
in  conspectu  dei  patris  et  suorum  angelorum,  et  sit  con- 
dempnatus  in  die  iudicii  amen,  stante  ac  permanente 
hac  scriptura  in  omni  robore  et  perpetua  firmitate.  Fac- 
ta  scriptura  testamenti  era  DCCCCXXIII. 

Adefonsus  rex  conf.  Exemena  regina  conf. 

Didacus  presbiter  conf.  Maurus  eps  conf. 

Ermegildus  conf.  Sebastianus  eps  conf. 

Veremudus  conf.  Rudesindus  eps  conf. 
Iustus  eps  conf. 
Grlaianus   episcopus  conf. 

(España  Sagrada,  tom.  XIX.  Apénd. — Tumbo  A,  fol.  3  vuelto). 


Tomo  II.— 3. 


34  APÉNDICES 


NUMERO  XIX 


EEA  DCCCCXXXV.  Santiago.  Año  de  C.  886. 

24  de  Junio. 

D.  Alonso  III  con  su  esposa  é  hijos  dona  á  esta  Iglesia  unas 
salinas  cerca  de  la  Lanzada,  que  habían  sido  de  los  rebel- 
des Hermenegildo  Pérez  é  Iberia. 

In  nomine  patris  et  filii  et  spiritus  sancti,  qui  in  tri- 
nitate  unus  et  verus  Deus,  domino  glorioso  ac  post 
Deum  nobis  fortissimo  patrono  sancto  iacobo  apostólo 
cuius  corpus  tumulatum  esse  dignoscitur  in  arcis  mar- 
moricis.  Nos  famuli  uestri  adefonsus  rex  et  exemena 
regina  offerimus  atque  concedimus  sacro  sancto  altario 
uestro  atque  uenerande  eiusdem  aule,  salinas  que  fue- 
runt  de  nostra  ratione  iure  percepto  in  comisso,  qui  dici- 
tur  saliniense,  siue  etiam  vivarios  et  caldarios,  quantos 
cumque  ibi  habuerunt  hermegildus  filius  petri  et  uxor 
sua  yberia,  qui  se  in  superbia  tumore  contra  nos  eleua- 
uerunt  et  rebellionis  ausus  adtenti:  patrie  nostre  extre- 
ma conturbauerunt  et  nostram  necem  cum  alus  sibi  con- 
similibus  cerciter  machinaverunt  et  per  legum  decreta  et 
nostre  sinodis  instituta  omnia  sua  quecumque  uisi  sunt 
habere,  tam  de  proprietate,  quam  et  de  colibet  conque- 
stu,prout  illorum  fuerunt  meritaí  ex  toto  caruerunt.  Obin- 
de,  ut  supra  retulimus,  ipsas  iam  dictas  salinas,  que 
sunt  in  littore  maris  in  supradicto  loco  de  termino  de 
plataneto  et  usque  in  lanzada  et  quantascumque  in 
ipsa  peta  habuerunt  salinas  supra  nominati  Hermegil- 
dus et  Yberia  uel   quantascumque  Arias   habuit,  uobis 


APÉNDICES  35 

uenerando  iam  prefato  apostólo  siue  cultoribus  uestri 
regiminis  in  uita  sancta  sub  uestro  umbráculo  ibi  degen- 
tibus  uel  pro  uictu  aut  substancia  monachorum,  paupe- 
rum  uel  etiam  peregrinorum  iure  perpetuo  offerimus 
atque  concedimus  et  per  omnipotentem  deum  cunctos 
Buccessores  seu  posteritatem  nostram  obtestamur  et  per 
trinitatem  inseparabilem  conmonemus,  quatinus  in  nullo 
tempore  quislibet  hunc  exiguum  mumusculi  nostri  testa- 
mentum  temeré  ausus  sit  conuellere  aut  in  módico  cone- 
tur  disruptionis  modum  adtemptare.  Quod  qui  fecerit, 
reus  permaneat  ab  ecclesia  catholica  et  extraneus  sit  a 
sancta  communione.  Factum  atque  datum  hunc  testa- 
mentum  Deo  Omnipotenti  et  Sancto  Iacobo  Apostólo 
necnon  Sisnando  pontifici  iriense  sedis  episcopo,  sub 
die  VIII  Kal.s  iulii,  discurrente  era  DCCCCXXIIIL 

Adefonsus  rex  hoc  testamentum  confirmo. 

Exemena  regina  conf.  Argimirus  testis. 

Garsea  conf.  Possedonius  ts. 

Hordonius  conf.  Argimirus  ts. 

Froila  conf.  Didacus  Prbr.  ts. 

Ermegildus  ts. 

Sarracenus  ts. 

Maurus  legionensis  episcopus  conf. 
Brandaricus  lamecensis  eps.  conf. 
Naustus  conimbricensis   eps.   conf. 

(Arch.  Arzobispal,   copia  del  siglo  XV,   cotejada  con  la  del  Tumbo  A, 
fol.  3  vuelto). 


36  APÉNDICES 


NUMERO  XX 


eba  dccccxxv.  Carta  de  dote.  Año  de  C.  887. 

29  de  Abril. 

Sisnando  dota  rica  y  espléndidamente  a  su  esposa  Aldonza, 
en  la  forma  que  estaba  prevenida  por  el  Fuero  Juzgo. 

In  dei  nomine.  Ego  sisnandus  tibi  dulcissime  sponse 
mee.  Morum  futurae  coniugis  mihi  diuino  muñere  tuum 
adeptus  conubium.  et  uiuendi  tecum  hac  desiderátum 
animo  felicem  cupiens  te  sponsam  mihi  ex  digna  pro- 
sapia spondere  malui  quam  dulciflius  assensum  tuum 
elegi.  cuius  in  genere  nobilitatis  claritas  pollet.  et  in  ho- 
minum  honestatis  pulcritudo  clarescit  forma.  Et  ideo 
propter  insignia  tante  solemnitatis.  et  tue  uirginitatis 
intemerata  pudicitia  elegi.  Donamus  atque  concedimus 
dulcédine  tue  in  dotis  titulum  decem  pueros.  isti  sunt. 
fromarigus.  petrus.  betotus.  recaredus.  malulus.  feles. 
marcitus.  egela.  seuerinus.  lopellus.  Similiter  puellas  de- 
cem. Iste  sunt.  teodesinda.  malucca.  egilo.  gonza.  rosalia. 
domnina.  guncina.  oihenia.  ansoi.  pinniola.  Caballos 
XX.  et  muía  cum  sella  et  freno  ornato,  equas  cum  suo 
anuso  L.  uacas.  C.  iuga  boum.  XX.  peccora  promiscua 
quingenta.  In  ornamento  uel  uestimento  solidos  CCCC. 
Villas.  XXX.  Iste  sunt.  In  Nemitos,  Generozo,  Viuenti, 
Caliobre,  Vendabre,  Pontelia,  Theodorici,  Heletes  cog- 
nomento Limenioni,  Crendes,  Villare,  Porcimilo.  Iten  in 
Montanos,  Laureda  ad  scm.  Petrum,  Villare,  Barbarios, 
Camba,  Villa  maiore,  Gafoni.  In  Presares,  Idstartilione, 
Villare,  Maneleo,  Codesoso,  ad  Lagiona,  ad  sea.  Eula- 
lia. In  Castella,  villa  Transarici,  ad  Ecclesiola,  Pinzana, 


APÉNDICES  37 


Dornellas,  Cusanca,  Berducedo,  Bitolarios,  Sandurci,  ad 
Gallegos,  ad  Castanaria,  Pescoso.  In  Deza,  Paraíso, 
Pastoriza,  Navego,  Asmo.  Insuper  de  omne  omnino  re 
mea  X.  portionem.  Qualiter  hec  omnia  superius  nomi- 
nata  que  in  tuo  nomine  in  dotis  titulum  conscribimus 
uel  donauimus.  ex  presenti  die  et  tempore  apprehendas, 
habeas  et  teneas  et  posteris  nostris  de  pari  coniugio  pro- 
creatis  habitura  relinquas,  uel  quicquid  exinde  faceré 
uel  iudicare  uolueris,  sit  tibi  á  me  concessa  potestas.  Si 
quis  sane,  quod  fieri  minime  credo,  contra  hunc  factum 
meum  venerit  ad  irrumpendum,  pariat  tibi  omnia  ipsa 
superius  dicta  duplicata,  uel  triplicata,  et  quantum  a  te 

íuerint  meliorata,  et  tibi   perenniter   habita Pacta 

cartula  dotis  uel  donationis.  III.  Kalendas  maii  era 
DCCCCXXV.  Regnante  domino  adefonso  principe,  heu- 
stoca  confirmo.  Sisnandus  hanc  dotem  quam  fieri  uolui 
manu  propria  confirmo. 

Cissila  abbas  conf. 

Hermildus  abbas  conf. 

Vniscus  testis. 

Herus  ts. 

Fofus  ts. 

Gemundus»ts. 

Egica  ts. 

Fafianus  ts. 

Fredenanda  ts. 

Sisesqundia  ts. 

Hermegildus  ts. 

Breto  ts. 

Refulfus  ts. 

Vianamundus  pbr.  scripsit. 


(Inédito.  Cartulario  de  Sobrado,  tom.  I,  n.°  CXVIII). 


38  APÉNDICES 


NUMERO  XXI 


era  dcccgxxxi.  Santiago.  Año  de  C.  893. 

26  de  Julio. 

D.  Alfonso  III    dona  a  esta  Santa    Apostólica   Iglesia    la  villa 
de  Áreas. 

In  nomine  sce.  et  individué  trinitatis  uobis  domino 
et  glorioso  ac  post  Dominum  fortissimo  patrono  seo.  ia- 
cobo,  cuius  corpus  tumulatum  esse  dignoscitur  sub  aréis 
marmoreis  provincie  galletie.  Nos  famuli  uestri  adefon- 
sus  rex  et  exemena  regina  in  domini  nostri  Iesu  Xpisti 
amore  et  honore  uestre  perpetué  glorie  et  propter  re- 
missionem  peccatorum  nostrorum,  et  ut  nobis  in  presen- 
tí seculo  uictoriam  de  inimicis  tribuatis,  et  post  consor- 
cium  cum  sanctis  angelí  s  uestra  intercessione  mereamur 
percipereí  offerimus  atque  donamus  glorie  uestre  pro 
uictu  fratrum  in  loco  uestro  degentium  et  sustentatio- 
ne  pauperum  seu  peregrinorum  adueniencium  uel  ibi 
conrnorancium  ecclesiain  sce.  Marie  nobis  iure  debita 
que  est  fundata  in  uilla  quam  dicunt  Arenosium  (1) 
juxta  fluuium  Tena  (2)  secus  ripam  Minei,  ipsam  eccle- 
siam  prenominatam  cum  octoginta  quatuor  dextris  in 
omni  circuitu  cum  terris,  uineis,  pomeriis  seu  domibus 
et  edificiis  cunctis  que  infra  ipsos  dextros  esse  uidentur 
uobis  damus  et  concedimus,  ita  ut  ipsa  omnia  hodierna 
die  de  iure  nostro  abrasa  loco  uestro  et  patri  Sisnando 


(1)  Al  margen  de  letra  poco  posterior:  De  sancta  marta  de  arenis, 

(2)  Bío  Tea. 


A!ȃNDIC)ES  39 

episcopo  et  fratribus  ibi  conmorantibus  sint  concessa, 
tali  ratione  posita,  quod  nullo  in  tempore  a  nobis  uel  ab 
alus  sit  inquisita.  Quod  qui  hoc  decretum  nostrum  uel 
testamentum  in  aliquo  disrumpere  aut  euellere  ausus 
fuerit,  canonice  sententie  subiaceat  et  de  suo  proprio 
omnia  dupliciter  vestre  ecclesie  persoluat  stante  et  per- 
manente hac  scriptura  in  omni  tempore  et  perpetua  fir- 
mitate.  Facta  scriptura  testamenti  sub  die  VIII  kalen- 
das  augusti  Era  DCCCCXXXI. 

Adefonsus  rex  hanc  scripturam  confirmo. 

Exemena  regina  confirmo.  Iustus  pter.  testis. 

Veremudus  conf.  Possidonius  ts. 

Garsia  conf. 
Ordonius  conf. 
Froila  conf. 
Gundisaluus  testis. 

(Tumbo  A,  fol.  4). 


40  APÉNDICES 


NUMERO  XXII 


ERA  dccccxxxi.  Santiago.  Año  de  C.  895. 

25  de  Noviembre. 

D.  Alfonso  III  dona  á  esta  Santa  A.  Iglesia  algunas  propieda- 
des en  el  Bierzo. 

Id  nomine  sánete  indiuidue  trinitatis  domino  sancto 
glorioso  Dei  martiri  et  nobis  post  Deum  fortissimo  pa- 
trono beatissimo  iacobo  apostólo,  cuius  sancta  et  uene- 
rabilis  ecclesia  sita  est  in  locum  arcis  marmoricis  ubi 
sanctum  corpus  eius  tumularum  esse  dignoscitur  prouin- 
cie  gallecie  Ego  adefonsus  rex  et  exemena  regina 
in  domini  nostri  ihsu.  xpi.  amore  et  honor e  et  in  remissio- 
nem  meorum  peccaminum,  et  ut  nobis  in  presentí  uita 
de  inimicis  detur  uictoria  et  in  futura  cum  sanctis  dei 
uestra  intercessione  mereamur  participare,  offerimus  et 
donamus  glorie  uestre  pro  sustentatione  religiosorum 
fratrum  in  uita  sancta  perseuerancium  seu  peregrino- 
rum  ibi  adueniencium  uillas  prenominatas  in  ripa  riui 
quem  dicunt  ualle  carcere  secus  fluuium  buruia  id  est 
parata,  limitosum  cum  ecclesiis  et  uineis.  uillare  dece- 
miani  per  suos  términos  anticos  tam  de  ista  parte  quam 
de  illa,  cum  terris,  domibus  et  edificiis  cunctis  cum 
uineis,  pomiferis  ceterisque  arboribus  cum  exitibus  et 
aquarum  molendinorum  cursibus  et  cunctis  prestationi- 
bus  suis  que  ad  ipsas  uillas  pertinent  et  quicquid  ibi  filii 
sarraceni  et  sindine  obtinuerunt.  et  per  suam  culpam 
amiserunt.  erigentes  se  in  superbiam  contra  nos  et  pa- 
triam   regni   nostrií   quos  per  uestram  intercessionem 


APÉNDICES  41 


uirtus  diuina  humiliauití  et  usque  ad  nichilum  redegit. 
Unde  omnia  que  habere  uisi  fuerunti  per  legum  decreta 
nobis  sunt  undique  concessa. 

Adicinius  etiam  ecclesie  uestre  in  territorio  bergiden- 
se  uineam  que  est  in  uilla  quam  dicunt  montemasedo. 
siue  et  busto  quem  dicunt  maiore  qui  iacet  ad  radicem 
montis  cappelloso.  Ita  ut  cultores  uestre  ecclesie  de 
nostro  iure  in  uestro  conmutantes  sit  illis  adiumentum 
ad  uictum  et  ad  indumentum  corporis  perhenni  iure 
concessum,  quatinus  per  uestrum  suffragium  criminum 
nostrorum  ueniam  consequamur  et  in  futuro  nobis  re- 
muneracio  ueniat  copiosa.  Siquis  hunc  uotum  nostre 
oblationis  de  uestro  iure  qualicumque  ambicione  uel 
ausu  temeritatis  aufferre  temptauerit.  sit  anathema  in 
conspectu  Dei  patris  omnipotentis  et  omnia  in  duplo 
parti  ecclesie  uestre  restituat.  et  hec  testamenti  series 
plenam  obtineat  firmitatem. 

Facta  scriptura  die  VII  Kls.  decembris. 
'Era  DCCCCXXXIII. 

Adefonsus  rex  manu  mea  conf. 

JExemena  regina  conf.  Gundisaluus  testis. 

Garsea  conf.  Froila  ts. 

Hordonius  conf.  Ranemirus  ts. 


(Tumbo  A,  fol.  4). 


4:2  APÉNDICES 


NUMERO   XXIII 


era  dccccxxxvi.  San  Verísimo  de  Arcos.      Año  de  C.  898. 

Sisnando  presbítero  y  sus  hermanos  hacen  con  el  abad  Adul- 
fo un  pacto  ó  plácito  de  vida  religiosa,  y  le  dan  la  iglesia  de 
San  Verísimo  de  Arcos  de  Furco  cerca  de  Cuntis. 

et  aliut  tantum  quantum  a buta  li- 

centia  et  concessa  potestas Facta  kartula 

concessionis   et  regule  traditionis era 

DCCCCXXXVI.  Sub  pontífice  domno  sisnando  epi- 
scopo. 

Sisnandus  presbyter  hanc  pactum  uel  placitum  a  me 
factum  )JT 

Tructesindus  prs.  hanc  pactum  uel  placitum  a  me 
factum  manu  mea  (+) 

Gudesteus  prs.  hanc  pactum  uel  placitum  a  me  fa- 
ctum manu  mea  (|) 

Fortunit  hanc  pactum  uel  placitum  a  me  factum  (í) 

Anagildus  prs.  hanc  pactum  uel  placitum  a  me  fa- 
ctum (§§) 

fr manu  mea — (í) 

...uigitus  ha — (+) 

fradegunda  deouota  uobis  abbati  meo  domino  addaul- 
fo  sicut  me  iam  dudum  uobis  et  ecclesie  sancti  uerissimi 
tradidi  cum  omnia  mea  :  :  :  :  ita  modo  :  :  textum  scri- 
pturo  :  :  :  :  :  trado  et  manu  mea  titulum  placiti  et  pacti 

subscrito  ()<•)  ' 

Sub  Xristi  nomine  Sisnandus  dei  gratia  episcopus 
hanc  testamentó  pactum seriem  quod  fieri 


APÉNDICES  43 


cum  comuni   conlatione  sancti  iacobi   elegimus    manu 
propria  confirmamus. 

Spanosindus  abbas  confirmans. 

honoricus  presbyter  testis. 

gundemarus  prs.  ts. 

xristoforus  prs.  ts. 

herus  prs.  ts. 

ascaricus  prs.  confirmans. 

sigeredus  prs.  ts. 

mirachius  prs.  ts. 

viliulfus  prs.  ts. 

froarengus  subdiaconus  ts. 

justus  prs.  ts.  froarigus  dcns.  ts. 

Sindini  prs.  ts.  agustinus  dcns. 

Sisnandus  diaconus  ts.  eccemirus  dcns.  ts. 

placedon  dcns.  ts.  dagaredus  dcns.  ts. 

reccesuindus  dcns.  ts.  frogulfus  dcns. 

qniriacus  dcns.  ts.  teodila  dcns.  ts. 

ariulfus  dcns.  ts.  gundesindus  dcns.  ts. 

Theodomirus  dcns.  ts.  iten  gundesindus  dcns.  ts. 

romanus  ts. 

hermemirus  dcns.  quod  scribsi  hordinatus  a  meo 
pontífice  domno  sisnando  episcopo  adnuntiante  supra- 
scribto  spanosindo  abbate  manu  propria  subscribsi. 

(Fragmento  original  inédito.  Documentos  de  San   Martín  en  la  Biblio- 
teca de  la  Universidad  de  Santiago). 


44  APÉNDICES 


NUMERO  XXIV 


era  dccccxxxvii.  Santiago.  Año  de  C.  898. 

30  de  Diciembre. 


D.  Alfonso  III  dona  á  esta  Santa  A.  Iglesia  varias  villas  en   el 
territorio  de  Coimbra. 


In  nomine  sánete  et  indiuidue  trinitatis.  domino 
sancto  glorioso  ac  post  deum  fortissimo  patrono  iacobo 
apostólo  cuius  corpus  tumulatum  esse  dignoscitur  sub 
aréis  marmoricis  provincia  gallecie.  Ego  adefonsus  prin- 
ceps in  dni.  nri.  ihu.  xpi  et  uestre  perpetué  glorie.  Qua- 
tinus  presentís  uite  fruamur  utilitate  et  eterne  here- 
ditatis  habeamus  societatemí  offerimus  atque  concedi- 
mus  memorie  uestre.  pro  uictu  monachorum.  pro  subsidio 
pauperum  et  susceptione  peregrinorum  siue  aduenum. 
uillas  in  suburbio  coninbriense  quas  nuper  dominus  de 
manu  gentilium  abstulit  et  sancta  uestra  intercessione 
dicioni  nostre  subdidit.  id  est  uilla  in  ripa  de  fluuio 
uiaster  cum  ecclesia  uocabulo  sci.  martini  et  uilla  cre- 
scemiri  siue  et  iuxta  fluuio  uilla  cum  ecclesia  sci.  lauren- 
ti  et  terciam  partem  de  uilla  trauazolum  Ínter  agatam 
et  uaugam.  Omnes  has  uillas  cum  terminis  adiacentiis 
seu  cum  omni  prestancia  sua  quicquid  ad  easdem  uillas 
pertinet  uel  pertinere  uidetur.  Quas  suprataxatas  eccle- 
sias  et  uillas  sánete  aule  uestre  subditas  tradimus  iure 
perhenni.  Quisquis  itero  spiritu  rapacitatis  deceptus  hanc 
nostram  donationem  usurpare  uel  infringere  conatus 
fuerit,  sit  ab  omni  Deo  confusus  et  ab  ecclesia  Dei  pre- 


APÉNDICES 


45 


senti  seculo  segregatus  et  in  eterna  dampnatione  cum 
iude  xpi  traditore  dampnatus. 

Facta  scriptura  testamenti  in  die  festivitatis  supra- 
dicti  patronis  nostri   sci.  iacobi.  nX  kls.   ienuarii. 

Era  DCCCCXXXVII  (1). 

Adicimus  etiam  atque  confirrnamus  ecclesias  quas 
itila  abba  per  textum  scripture  sce.  uestre  ecclesie  con- 
cessiti  cum  omni  prestancia  sua. 


Adefonsus  rex  conf. 
Hordonins  conf. 
Iacobus  eps.  conf. 
Naustus  eps.  conf. 
Froila  rex  conf. 
Lucidus  conf. 
Pelagius  conf. 


Hermegildus  conf.  Fredosindus  ts, 
Segeredus  conf.         Adefonsus  ts. 


Erus  conf. 
Vilifronsus  conf. 
Sauaricus  conf. 
Telo  conf. 


Hermegildus  ts. 
Gundesindus  ts. 
Didacus  ts. 

Egas  ts. 


(Tumbo  A,  fol.  4  vuelto). 


(1)     Según  Castellá  y  la  copia  que  se  remitió  á  Flórez,  venía  á  ser  la 
Era  DCCCCXXXin. 


46  APÉNDICES 


NUMERO  XXV 


eea  dccccxxxvii.  Santiago.  Año  de  C.  899. 

6  de  Mayo. 

Diploma  otorgado  por  D.  Alfonso  III  el  día  de  la  consagración 
de  esta  Santa  A.  Iglesia. 

Celicolo  glorioso  domino  ac  patrono  seo.  Iacobo  apo- 
stólo, cuius  uenerabile  sepulchrum  est  sub  aréis  marmo- 
ricis  in  provincia  Gallecie.  Nos  Adefonsus  rex  et  Exe- 
mena  regina,  una  cum  patre  nostro  Sisnando  episcopo, 
cuius  instinctu  studuimus  aulam  tumuli  tui  instaurare 
et  ampliare,  et  in  Xristi  a  more  et  in  tuo  perpetuali  ho- 
nore.  Offerimus  itaque  et  uolumtarie  donamus  sancto 
altario  uestro  ecclesias.  id  est  scm.  Xristoforum  in  ripa 
Minii  cum  villa  Nugaria  et  eiusdem  saltum  Magnimi- 
ri  uocitatum,  ecclesiam  sce.  Eulalie  in  Montenigro, 
quam  obtinuit  Teodemirus  episcopus  cum  uniuersis  pre- 
stacionibus  suis.  ítem  et  ecclesiam  sce.  Marie  in  Arenoso 
juxta  fluuium  Tena  cum  cunctis  prestationibus  suis. 

Iterum  offerimus  pro  luminariis  accendendis,  pro 
sacris  odoribus  adolendis,  ac  sacrificiis  inmolandis,  pro 
uictu  clericorum  vel  sustentatione  pauperum.  uillas,  id 
est,  uillam  Petri  Pistoris,  que  est  in  Montenigro  cum 
ómnibus  terminis  et  adiacentiis  suis,  et  fuit  ipse  Petrus 
hiriensis  seruus  et  habitauit  in  uilla  dominica;  uillam 
uiniolis  (1)  in  ripa  Vlie  cum  ómnibus  terminis  suis  siue 
et   ecclesiam  sci.  Clementis,  et  aliam  uillam  uitaliani 


(1)    Alibi:  Iuniolis. 


APÉNDICES  47 

cum  terminis  suis;  uillam  Valliga,  que  est  iuxta  sedem 
hiriensem  cum  terminis  et  adiacentiis  suis  uillam  que 
est  iuxta  fluuium  Aleste  territorio  bracharensi  ubi  eccle- 
sia  sci.  Victoris  est  fundata  cum  uicis  suis.  id  est  Efi- 
gies. Murgotos.  Palatium.  et  per  términos  de  Larnazares, 
quam  nuper  Pelagius  filius  Petri  per  nostram  ordinatio- 
nem  extirpe  prehenditit,  et  nos  illam  ex  eo  per  conmu- 
tationem  accepimus  et  dedimus  ei  alias  uillas  Zetaría 
et  Pandion,  et  modo  eam  uobis  simul  cum  ipso  loco 
sci.  Victoris  concedimus  perhabendam.  Villam  quam 
dicunt  de  Molendinis,  que  est  inter  sci.  Victoris  domum 
et  Br achara  iuxta  fluuium  Aleste  cum  ómnibus  terminis 
suis.  Omnes  has  uillas  cum  ómnibus  mancipiis  nostris 
habitantibus  in  eis  intus  et  foris,  necnon  et  familiam 
sce.  Eulaliae  iriensis  Sedis.  Monasterium  sci.  Fructuosi 
episcopi,  in  locum  Monteselios  iuxta  Bragara,  et  Dumio 
cum  terminis  et  adiacenciis  suis;  uillam  Carcatiam  inte- 
gram  cum  ecclesia  sci.  Petri  ibi  fundata;  insulam  Aones 
cum  ecclesia  Sci.  Martini;  insulam  A  rauca  cum  eccle- 
sia sci.  Iuliani  ibi  fundata;  item  insulam  Saluare  cum 
ecclesia  ibi  sita,  et  ecclesiam  sci.  Vincentii  in  Ínsula 
Ocobre  cum  dextris  suis. 

Adicimus  etiam  villas,  quae  sunt  in  Varna  (1),  quas 
diuisimus  cum  filiis  Suarii,  unde  nos  prendidimus  me- 
dí etatem,  et  illi  medietatem;  illam  nostram  portionem 
integram  üestro  sancto  loco  offerimus. 

Concedimus  etiam  in  Vallecarcere,  uillas,  id  est,  Pa- 
ratam  cuín  ecclesiis  et  uineis.  Limitosum  cum  ecclesia 
et  uineis:  Villarem  decimanií  cum  suis  terminis,  quid- 
quid  in  supradictis  uillis  filii  sarraceni  et  sendine  ha- 
buerunt  et  nostro  iure  legaliter  sunt  subdite  propter  eo- 
rum  insolentiam  erga  nos  et  erga  Ecclesiam  Dei;  omnes 
has  uillas  cum  cunctis  praestationibus  uel  edificiis  suis: 
ecclesiam  sce.  Marie  immo  sci.  Romani  in  suburbio  le- 
gionense  in  uilla  Geroncana  cum  sua  senra  et  suo  exitu 


(1)     Véase  un  documento  del  año  912. 


48  APÉNDICES 

ab  integro.  ítem  in  territorio  asturiense  in  commisso  de 
Tinegio  in  locum  Vaurres  uillas  duas  uocitatas  Castellum 
et  uillam  Hermigildi  et  ecclesiam  sci.  Ioannis  in  Castel- 
lo,  siue  et  uillam  Colimas  et  Cerritum  cum  ecclesiis 
scae.  Mariae  et  sci.  Iacobi  cum  ómnibus  terminis  suis. 
Ecclesiam  scae.  Marie  in  territorio  ouetensi  in  locum 
Teneiana  cum  ómnibus  terminis  et  adiacentiis  suis. 

ítem  offerimus  uestrae  gloriae  ecclesias  et  uillas, 
seu  et  nomines  et  quidquid  nobis  per  scripturam  dona- 
tionis  concessit  Retericus  abba  (1)  in  Presares,  ipsam 
uillam  iam  dictam  per  términos  antiquiores  et  cunctis 
praestationibus  suis  et  ecclesiam  sci.  Petri  in  ea  funda- 
tam,  seu  etiam  et  alias  ecclesias  per  alia  loca,  ubi  eas 
inuenire  potueritis,  et  in  comisso  de  Sonaria  ecclesiam 
Sci.  Iuliani,  quae  est  fundata  in  uilla  Onexa,  siue  et  uil- 
lam Gerniu,  quam  nobis  donauit  Gradinus. 

In  territorio  conimbriense  uillas,  id  est,  uillam  in 
ripa  de  fluuio  Viaster  cum  ecclesia  sci.  Martini,  et  uilla 
Crecemiri,  siue  iuxta  fluuium  Certoma  uillam  cum  ecle- 
sia  sci.  Laurentii  et  tertiam  portionem  de  uilla  Traua- 
zolo  inter  Ágata  et  Vauga.  Omnes  has  uillas  cum  ter- 
minis et  adiacentiis  suis.  Adiecimus  etiam  ecclesias 
quas  itilla  abba  per  textum  scripturae  aule  uestre  con- 
cessit. 

Has  quidem  suprascriptas  uillas,  et  ecclesias  in 
remissionem  peccatorum  nostrorum  bto.  Iacobo  apo- 
stólo sint  dedicate.  Nihil  inde  quislibet  sacerdos  ad  ius 
aliarum  ecclesiarum  ausus  sit  conmutare  uel  ad  aliquam 
personam  transferre.  Hoc  diuino  testimonio  per  etates 
succiduas  futuros  premonemus  episcopos,  ne  uotum  hoc 
nostrum  tepida  conuersatione  dissoluant  uel  dissoluen- 
tes  annuant.  Obtestamur  eos  quibus  post  nostris  excussis 
temporibus  a  Deo  regnum  dabitur  per  Xpi.  regis  inpe- 
rium  et  per  apostolicum  honor em,  ut  de  cunctis  nostris 


(1)    Véanse  los  clocmnentos  VIII  y  IX. 


APÉNDICES  49 

offerunculis  quibus  Deo  et  apostólo  suo  daré  studui- 
mus,  nichil  emutilare,  nichil  usurpare  uel  aufferre  pre- 
sumant  dum  certissime  conste t  pro  nostra  et  pro  Xpi- 
stianorum  gente  et  pro  subdita  plebe  nobis  a  Deo  con- 
cessis  talibus  ei  placeré  uoluisse  muneribus. 

Suscipe  hec,  quesumus  Domine,  que  offerimus  in 
templo  tui  honoris,  uidelicet,  apostoli  tui  Iacobi,  et  tra- 
dimus  in  manus  pontificis  tui  Sisnandi  episcopi,  qui  pa- 
riter  nobiscum  uotum  peregit  et  instanter  strenuus  com- 
pleuit.  Igitur  memoramus  et  confirmamus  quidquid  de- 
uotissime  aui  et  parentes  nostri  huic  aule  uestre 
obtulerunt ,  uidelicet  proauus  noster  diue  memorie 
Adefonsus  princeps,  et  auus  noster  Renamirus  bone 
memorie  princeps,  et  genitor  noster  Ordonius  princeps 
qui  omnes  multa  beneficia,  et  dona  casta  mente  sancto 
altario  u estro  obtulerunt.  Facta  donationis  carta  an- 
no  XXXIIII  regni  gloriosi  principis  Adefonsi,  presenti- 
bus  Episcopis  et  comitibus  in  medio  ecclesie  dei,  die 
consecrationis  templi.  II.e  nonas  maii. 

Era  DCCCCXXXVIL 

Adefonsus  rex,  seruus  Xpisti  confirmo. 

Grarsea,  confirmo. 

Ordonius  conf. 

Gundisaluus  conf. 

Froila  conf. 

Ranemirus  conf. 

Hermegildus  conf.  (1) 

Teodemirus  Egitaniensis  episcopus  conf. 

Gomadus  uiscensis  eps.  conf. 

Naustus  conimbriensis  eps.  conf. 

Sisnandus  iriensis  eps.  conf. 

Eleca  caesaraugustanus  eps.  conf. 


(1)     Este  Hermenegildo,  por  otro  nombre  Menendo,  Ñuño    ó   Munio, 
parece  fué  hermano  ó  tío  de  D.  Alonso  III,  y  abuelo  de  San  Kosendo. 
Tomo  II—  4. 


50  APÉNDICES 

Argimirus  lamecensis  eps.  conf. 

Recaredus  lucensis  eps.  conf. 

Iacob  cauriensis  eps.  conf, 

Pelagius  comes  conf. 

Froila  comes  conf. 

Lucidius  comes  conf. 

Erus  Fredernandi  conf. 

Ascarius  testis. 

Petrus  testis. 

Munio  Muniz  comes  conf. 

Osorius  comes  conf. 

Erus  comes  conf. 

Gundesaluus  comes  conf. 

Spanosindus  conf. 

Ermaldus  testis. 

Froila  ts. 


(Tumbo  A,  fol.  4  vuelto-5  vuelto). 


Acta  de  la  Consagración  de  la  Iglesia  de  Santiago  en  el  año 
899,  según  la  publicó  Castellá  (Hist.  del  Apóstol  Santiago, 
lio.  IV,  pág-  460),  tomándola  de  un  ejemplar  de  letra  gótica 
que  se  guardaba  en  la  Santa  Iglesia  de  Oviedo. 


In  nomine  dni.  nri.  Jesu  Xristi,  edificatum  est  tem- 
plum  sci.  Salvatoris  et  sci.  Iacobi  apostoli  in  locum  Ar- 
éis marmoricis  territorio  Galleciae  per  institutionem 
gloriosissimi  principis  Adefonsi  III  cum  coniuge  Sceme- 
na  sub  pontífice  loci  eiusdem  Sisnando  episcopo. 

Suplex  egregii  eximii  principis  Ordonii  proles  ego 
Adefonsus  princeps  cum  praedicto  antistite  statuimus 
aedificare  domum  Domini  et  restaurare  templum  ad 


APÉNDICES  61 

■     -  —■■..,  ■  ii        «i        «i  ii  i      —— ^ 

tumulum  sepulchri  Apostoli,  quod  antiquitus  construxe- 
rat  diuae  memoriae  dns.  Adefonsus  Magnus  ex  petra  et 
luto  opere  paruo.  Nos  quidem  inspiratione  diuina  adlati 
cum  subditis  ac  familia  riostra  adduximus  in  sanctum 
locum  ex  Hispania  ínter  agnima  maurorum,  quae  elegi- 
rous  de  ciuitate  Eabecae  petras  marmóreas  quas  aui  no- 
stri  ratibus  per  Pontum  transvexerunt,  et  ex  eis  pulcras 
domos  aedificaerunt,  quae  ab  inimicis  destructae  ma- 
nebant.  Unde  quoque  ostium  principale  occidentalis 
partis  ex  ipsis  marmoribus  est  appossitum:  supercilia 
uero  liminaris  sedis  inuenimus  sicut  antiqua  sesio  fuerat 
miro  opere  sculpta. 

Ostium  de  simistro  iuxtra  oraculum  baptistae  et 
martyris  Ioannis,  quem  simili  modo  fundauimus,  et  de 
puris  lapidibus  construximus  columnas  sex  cum  basibus 
totidem  posuimus,  ubi  abbobuta  tribunalis  est  constru- 
cta,  uel  alias  columas  sculptas,  supra  quas  porticus  im- 
minet,  de  oppido  portucalense  ratibus  deportatas  addu- 
ximus quadras  et  calcem  unde  sunt  aedificatae  colu- 
mnae  decem  et  VIII,  cum  alus  columnelis  marmoreis 
simili  modo  nauigio. 

Igitur  anno  secundo,  mense  décimo,  postquam  Deo 
auxiliante  et  mérito  Apostoli  aedificatum  est  et  comple- 
tum,  venimus  in  sanctum  locum  cum  prole  nostra,  et  de 
Sede  unaquaque  episcopi  et  de  regno  nostro  omnes 
magnates  cum  plebe  catholica,  ubi  facta  est  turba  non 
módica.  Ideoque  II  nonas  maii,  anno  Incarnationis  Do- 
mini  DCCCLXVIIII,  secunda  feria  deducebat  annum 
ad  lunae  cursum  III,  luna  XI,  consecratum  est  templum 
hoc  a  pontificibus  XVII,  id  6st,  Joannes  occensis,  Vin- 
centius  legionensis,  Gomerus  astoricensis,  Hermegildus 
ovetensis,  Dulcidius  salmaticensis,  Naustus  conimbrien- 
sis,  Argimirus  lamecensis,  Theodemirus  uesensis,  Gu- 
maedus  portucalensis,  Jacobus  cauriensis,  Argimirus 
bracharensis,  Didacus  tudensis,  Egila  auriensis,  Sisnan- 
dus  iriensis,  Eecaredus  lucensis,  Theodesindus  britonien- 
sis,  Eleca  caesaraugustanensis,  in  quo  reliquiae  sanctae 


52  APÉNDICES 

■- i  i  ....  i 

reconditae  fuerunt  a  pontificibus  in  altaría  sancta  nin- 
quide,  et  calce  consepta,  quae  urneas  áureas  habent,  se- 
pulchra  balsamum  et  incensum  redolent  fragrantia. 

In  altare  sci.  Saluatoris  sunt  ter  senae  reliquiae 
subtracta  una.  De  sepulcliro  Domini;  de  vestimento  Do- 
mini;  quando  crucifixus  est.  ítem  de  túnica  Saluatoris; 
de  térra  ubi  Dominus  stetit;  de  ligno  scae.  Crucis;  de 
pane  Domini;  delacte  scae.  Mariae;  sci.  Jacobi  Apostoli; 
sci.  Thomae  Apostoli;  sci.  Martini  episcopi;  sci.  Vincentii 
Leuitae;  sci.  Christophori  et  sci.  Bauduli;  scorum.  Juliani 
et  Basilisae;  scae.  Leocadiae  cnf.;  de  ciñere  et  sanguine 
scae.  Eulaliae  Emeritensis  et  scae.  Marinae. 

In  altare  quoque  dextro  in  quo  est  vocabulum  sci. 
Petri  sunt  reliquiae,  id  est,  sanctorum  Petri  et  Pauli 
apostolorum;de  sepulcliro  Domini;  sci.  Andreae  Apostoli; 
sci.  Fructuosi  episcopi;  scarum.  Luciae  et  Rufinae,  et 
scae.  Lucriciae  martyris. 

In  altare  II  sci.  Ioannis  Apostoli  et  Euangelistae, 
quod  est  ad  leuam;  eiusdem  sci.  Ioannis;  de  sepulcro  Do- 
mini; sci.  Bartolomaei  apostoli;  sci.  Laurentii  archidia- 
coni;  sci.  Bauduli, et  scae.  Leocadiae  confessoris. 

In  túmulo  altaris  sci.  Ioannis,   quod  est  sub  tectu  et 

constructu latere  sinistro  ad  aquilonem  repositae  sunt 

septenae  dignae  reliquiae;  Joannis  Baptistae;  de  sepul- 
cliro Domini;  de  cruore  Domini;  scae.  Mariae  Virginis 
matris  Domini;  scorum.  Juliani  et  Basilisae;  scae.  Lucri- 
ciae martyris;  et  scae.  Eulaliae  Emeritensis. 

Haec  omnia  quoque  dignissime  manent  tumulata  in 
ligneis  tabulis  imputribilibus,  quadris,  cera  marmori 
mixta  sáxea  implet  foramina  parua  duredine  coacta 
signant  sigilla  diuisa.  Desuper  quoque  restant  marmórea 
gipsa  cum  regula  quadra. 

Super  corpore  quoque  beniuoli  Apostoli  patet  alta- 

rium  sacrum,  in  quo  patet  antiqua  es martyrum  the- 

ca,  quam  a  sanctis  Patribus  scimus  conditam  esse,  unde 
nemo  ex  nobis  ausus  fuit  tollere  saxa.  Post  Dominum, 
te,  Patrone,  oro  cum  coniuge  vel  prole,  ut  digneris  me 


APÉNDICES  53 


habere  famulum  et  cum  agnis  velere  induar,  nec   e-san- 
cte  subtractus  cum  edis  nocens  inveniar. 

Tu  quoque  meus  Sisnande,  sedis  apostolicae  ponti- 
fex,  preces  iubeas  fundere  Christo,  ut  post  corpus  depo- 
situm  concedat  mihi  veniam  et  réquiem  aeternam, 
Amen.  Completum  hoc  est  era  congruit  esse  nouies  cen- 
tena, sexies  dena,  addito  tempore  uno.  Erectum  in  regno 
anno  DCCCCIIII.  tempore  multo  omissimus  fabricare 
templum;  nunc  ordinem  credimus  impletum  voluens  tri- 
cesimum  tertium. 


NUMERO  XXVI 


ERA  mdcccclii?  Picosacro.  Año  de  C.  904? 

Septiembre  1.° 

El  Obispo  compostelano  Sisnando  I  funda  el   Monasterio  de 
San  Sebastián  de  Picosagro. 

In  nomine  sánete  et  indiuidue  Trinitatis.  Domino 
sancto  gloriosoque  Dei  martyri,  ac  triumphatori  Se- 
bastiano cui  basilica  fundata  est  ad  radicem  inontis,  qui 
ab  antiques  uocatus  est  Monssacer,  et  (ego?)  exiguus  ac 
passillus  seruorum  Domini  famulus  Sisnandus  ac  si  in- 
dignus  episcopus  in  Domino  sempiternam  salutem, 
amen.  Multis  quidem  manet  notissimum  et  quod  diuina 
clementia  adjuti,  dum  essemus  sub  umbráculo  in  loco 
apostólico  Sancti  Iacobi  aduenit  nobis  mente  deuota  ut 


54  APÉNDICES 


construeremus  atque  edificaremus  monasterium  in  sepe- 
dicto  loco  quod  nunc  Deo  fauente  perfectum  est,  atque 
completum  et  manibus  nostris  consecratum;  ob  inde  pla- 
cuit  nobis  propter  remedium  anime  nostre,  ut  nobis  ante 
Dominum  merces  eueniat  copiosa  ut  aliquantulum  ex 
uoto  proprio  of ferré  curar emus,  quia  scriptum  est;  uoue- 
te  et  reddite  Domino  Deo  uestro.  Ideoque  cum  omni 
operis  affectu  eamdem  ipsam  nostram  deuotionem  im- 
plere  procuramus  ac  si  concedimus  uel  offerimus  ecclesie 
uestre  atque  sacrosancto  altario,  id  est,  ministeria  eccle- 
sie calicem  argenteum  cum  sua  paropside,  crucem  ar- 
genteam,  capsa  argéntea,  signum  cum  aquisibus  suis, 
frontales  dúos,  palees,  pallas  de  super  altare,  duas  pal- 
las, uellos  dúos,  casullas  duas,  orales  tres.  ítem  cálices 
dúos,  libros  ordinum  sacerdotalium  primo.  Ierontion 
I.  tertium  cum  suo  ofíicio  idem  martyris  Sancti  Seba- 
stiani  passio  et  missa,  scala  argéntea  de  sex  solidos  cum 
nostro  nomine;  pro  uictu  quoque  uestitu  monachorum 
Dei  et  sacerdotum,  qui  in  ipso  loco  prestiterint  in  Con- 
gregatione  cenobiali  deseruientes  ibidem  regulariter, 
siue  pro  luminaria  sacri  altaris  uel  eleemosynis  paupe- 
rum  damus  atque  ibidem  in  prefato  loco  domos  et  edifi- 
ciis  cunctis  cum  intrinsecis  suis  quidquid  ad  monasterii 
utilitate  pertinet,  siue  etiam  in  suburbio  montis  de  uilla 
Artillarlo  de  arca,  que  est  inter  uilla  Sireguti  et  Artil- 
larlo, per  strata  que  discurrit  super  donum  Gutini  et 
Gatoni  usque  in  arca  de  luli  Barbito  et  super  ipsa  stra- 
ta infando  et  usque  in  Reboritillo,  ubi  congregatio  sa- 
cerdotum est  in  diebus  litiniarum  et  sic  per  strata  ubi 
terminus  sedet  de  Suberito  usque  in  monte  et  inde  us- 
que in  términos  de  Hauzanes,  per  ubi  diuident  cum 
Artillero  térras  ruptas  et  inruptas  cum  arbores  bausas 
et  felgarias  quidquid  ibident  conclusum  est  liabeat  om- 
nia  par  Ecclesia  perpetualiter.  Commendamus  jam  di- 
ctum  locum  cum  omnia  quidquid  ibidem  pertinet  Nam- 
temiro  pro  cognomento  Guto  et  Leodulpho  presbytero, 
<jui  coadungiit  ibi  fratres,  qui  in  uita  sancta,  juuante 


APÉNDICES  56 


Domino,  persistant  et  habeant  ipsum  locum  firmiter 
absque  alicujus  dominatione,  et  cui  ea  relinquerint  post 
discessum  suum.  Necnon  quoque  ego  Leodulphus  pre- 
sbyter  affero  atque  concedo  huic  loco  in  honorem  sancti 
Sebastiani  qnod  ibidem  propriis  manibus  auxiliante  Do- 
mino, laboraui  uel  ganaui  seu  quod  ex  populo  ibidem 
obtulerunt,  id  est,  psalterium,  orationum,  passionum, 
commicum  et  manualium,  scala  argéntea  una,  uena- 
pes  IV,  plumatios  V,  tapete  I.  lentos  VI  cathedras  X. 
mensas  VIII.  mensorios  VÍII.  concas  XV.  arcas  III.  cu- 
pas  X.  cupos  III.  boues  X.  uacas  XX.  equas  X.  oues  XXX. 
siue  pomerium  médium,  quod  comparaui  de  Belesario 
in  uilla  Palatio  de  Sudares,  uel  quicquid  ad  prestitum 
monasterium  pertinet,  quo  et  juratione  confirmamus  per 
Dominum.v/.v.v.  quia  contra  hunc  factum  nostrum 
numquam  erimus  uenturi  al  irrumpendum,  quem  ta- 
men  scripture,  uel  titulum  donationis  in  hac  ciuis  regu- 
le uestre  traddimus  conseruandum.  Addimus  etiam  uo- 
bis  clamores  et  duas  partes  de  illo  uoto.  Facta  series 
testamenti  uel  titulum  donationis  ipsas  kalendas  se- 
ptembris  era  DCCCCLII. 

Sub  Xpisti  nomine  Sisnandus  Dei  gratia  episcopus 
in  hunc  testamentum  á  nobis  factum  manu  mea  con- 
firmo. 

Ego  Leodulphus  presbyter  cum  omnia  que  ganaui 
et  in  testamento  tradidi,  quem  fieri  uolui  confirmo. 

Gundisindus  Abbaluiti  (abba  Aluiti)  confirmat. 

Ermoge  abba  conf. 

Sagatus  presbyter  conf. 

Gibulcus  presbyter  conf. 

Ermemirus  presbyter  conf. 

lustus  conf. 


(II  columna). 

Ermegildus  confirmat. 

Addauleus  (Adaulfus?)  diaeonus  conf. 


56  APÉNDICES 


Munninus  dcns  conf. 
Vistrarius  dcns  conf. 
Tellus  dcns  conf. 


(III  columna). 

Credosindus  (Fredesindus?)  bresbyter  conf. 
Gundisindus  presbyter  testis. 
Cresconius  presbyter  testis. 
Sumemirus  presbyter  testis. 
Augustinus  presbyter  testis. 

(IV  columna). 

Vimara  abba  conf. 
Petrus  presbyter  conf. 
Vínuleus  (Viliulfus?)  presbyter  conf. 
Ioannes  dcns.  testis. 
Anastasius  dcns.  testis. 
Armentariz  dcns.  testis. 

Eliebas  clericus  quod  scripsi  et  pro    teste  me  posui 
manu  mea. 

Yepes:  tom.  IV,  Apénd.  núm.  XIV). 


APÉNDICES 


61 


NUMERO  XXVII 


Santiago.  Año  de  C.  906. 


Carta  de  D.  Alonso  III  al  Clero  y  pueblo  de  Tours  en  contes- 
tación á  otra  que  estos  le  habían  dirigido  por  conducto 
del  Obispo  Sisnando  de  Compostela. 


In  Dei  nomine  Adefonsus  pro  Xpisti  nutu,  atque  po- 
tentia  Hispaniae  rex,  christianissimo  gregi,  et  cultoribus 
tumuli  bti.  confessoris  Xpisti  Martini  turonensis  Eccle- 
siae  in  Xpisto  et  per  Xpistum  aeternam  salutem.  Literas 
sanctitudinis  vestrae,  quas  per  Mansionem  et  Datum  de- 
ferri  procurastis  ad  egregium  pontificem  apostolicae  Ja- 
cobi  sedis  archiepiscopum  Sisinandum,  postquam  eas 
ille  gratiose  suscepit,  et  avide  percurrens  usque  ad  no- 
stram  clementiam  destinare  solerter  non  pepercit,  reci- 
tatis  quoque  vestris  apicibus,  de  sospitate  vestra  gavisi 
sumus:  de  nortmannorum  autem  audacia,  qui  domum 
bti.  Martini  incenderunt,  suffoderunt,  ac  eius  pascua  de- 
pascuerunt,  dolor  exinde  impatiens  nostro  infixus  est 
pectore.  Sed  quia  certurn  est  pro  contemptu  divinorum 
praeceptorum  et  transgressione  mandatorum,  Judaeam 
et  Jerusalem  perniciem  substinuisse  praessurarum,  ac 
domum  Dei,  legemque  divinam  ab  multis  stirpis  vicibus 
esse  captam,  atque  succensam.  Sed  quoniam  non  in  fi- 
nem  irascitur  Dominus  a  Iesu  sacerdote  magno  et  Zoro- 
babel,  et  Esdra  et  Neemia  in  melius  pro  Dei  iussu  omnes 
ruinae  fuerunt  contractae,  ac  domus  Dei  restaurata. 
Vnde  confidimus  in  mérito  et  interventu  sci.  Martini, 
qui  vobis  domum  suam  spiravit  muñiré  et  instaurare. 


68  AP&roiCEá 

ut  ultra  non  conculcet  eam  superbus,  nec  contaminet 
pollutus. 

De  mirabilibus  quoque,  quae  penes  uos  gesta  sunt, 
ut  uestra  narrat  scedula,  quae  hodie  agit  Dominus  in 
uestra  ecclesia,  loqui  mutos,  solvi  colligatos,  audire  sur- 
dos,  auxit  nobis  milliare  gaudium  benedictus  Dominus, 
qui  per  magnam  misericordiam  corroborat  in  omni  tri- 
bulatione  Ecclesiam  suam.  Ideo  optamus  vos  bene  vale- 
re, et  sic  ut  prospere  agatis,  peragere  procúrate  et  do- 
íiium  sci.  Martini  instudete  muñiré.  Graudemus  valde 
de  hoc  quod  recte  facitis.  Et  magis  autem  horum  nos 
habemus  gaudium  cum  audimus  vos  in  viis  Domini  am- 
bulare  et  domum  Dei  restaurare,  eiusque  atria  muñiré, 
ut  ipso  praestante  ultra  non  paveat  ruinam. 

De  cetero  quod  rursum  insinuastis,  quia  penes  vos 
coronam  imperialem  habetis  ex  auro  et  gemmis  com- 
ptam,  nostrae  serenitati  condignam,  et  ob  id  apostolicam 
serenitatem  Sisinandi  intervenistis,  ut  nobis  hoc  insi- 
nuare procuret  et  emere  peroptare,  ita  ut  res  ista,  si  no- 
strae complacuerit  voluntati,  apicibus  redditis  certificare 
vobis  non  differatur.  Ideoque  placuit  nostrae  serenitati 
hoc  quod  sermocinati  estis  et  insuper  opulentam  impen- 
dimus  consiliis  vestris  gratiam.  Quamobrem  pernoscite 
navalem  remigationem  inter  vos  (1)  et  amicum  nostrum 
Amalvinum  ducem  Burdelensem  inesse  et  opitulante 
alti  Poli  potentia  in  hoc  anno  qui  est  Incarnatione  Do- 
mini DCCCCVI,  indictione  VIIII,  inter  cetera  máxime 
disposuimus,  ut  mense  madio  nostrae  naves,  cum  pueris 
Palacii  nostri  usque  burdelensem  civitatem  remigent. 
Vos  tamen  si  ex  corde  hoc  implere  nitimini,  dirigite 
ipsam  coronam  per  vestros  fidelissimos  fratres  ad  Amal- 
vinum comitem  burdelensem,  ut  sit  ibidem  in  mense  dif- 
finito  mediante  madio  et  eam  ibidem  nostri  pueri  inve- 
niant:  ratione  servata,  ut  nostrae  ibidem  remaneant 
naves  et  pueri  nostri  cum  aliquibus  ex  vestris  fratribus, 

(1)    Léase:  noa. 


APÉNDICES  59 


quousque  dúo  aut  tres  ex  ipsis  vestris  fratribus  cum  ali- 
quantulis  ex  nostris  pueris  et  cum  ipsa  corona,  unam 
tantummodo  ascendant  navem,  ut  citius  devolent  usque 
ad  nostram,  Deo  auxiliante  praesentiam.  Quod  si  pla- 
cuerit,  extemplo  plenarium  diffinitum  direxerimus  vobis 
per  illos  pactum;  non  enim  minuere,  sed  augere  et  lo- 
cupletare  causam  Ecclesiae  vestrae  nitimur.  Insuper  et 
muñera  in  adminiculum  fabricae  conamur  per  íratres 
vestros  vobis  possidere.  Quod  si  perplacuerit,  remitte- 
mus  eam  sanan  ditatos  fratres  et  ob  fastidium  locu- 
pletatos. 

Sane  optamus  vestram  beniguolentiam,  ut  quidquid 
conscriptum  habetis  de  virtutibus  quae  in  ecclesia  ue- 
stra  post  obitum  S.  Martini  gratia  et  mérito  ipsius,  Deo 
annuente,  factae  sunt,  nobis  dirigere  non  gravemini, 
quoniam  tamen,  nos  de  mirabilibus  eius  liabemus  con- 
scriptum, quae  in  vita  ipsius  usque  ad  obitum  mystice 
peracta  sint.  Nos  quoque  multorum  virorum  illustrium 
vitam,  virtutes  et  mirabilia  utpote  Emeretensium  evi- 
denter  ac  sapienter  conscriptas  liabemus,  quae  ut  remo- 
rar in  archivis  vestris  non  habentur.  Quod  si  vobis  utili- 
tas  fuerit,  dirigere  eas  procurabimus. 

De  cetero  quod  conquaeritis  cuius  Apostoli  tumulus 
hic  penes  nos  habetur,  certissime  pernoscite  Iacobi  apo- 
stoli Zebedei  Boanergis,  qui  ab  Herode  decolatus  est, 
sepulchrum  liabemus  in  Archis  marmcricis  provincia  Gra- 
laeciae.  Manu  enim  Domini  gubernante,  ut  multae  veri- 
dicae  continent  historiae,  usque  ibidem  per  ratem  corpus 
eius  perlatum  est,  atque  sepultum.  Cuius  sepulchrum 
multis  claret  hactenus  mirabilibus,  lacinantur  daemo- 
nes,  caecis  redditur  lumen,  claudis  gressus,  surdis  audi- 
tus,  mutis  eloquium,  multisque  et  alus  mirabilibus,  quae 
cognovimus,  et  vidimus,  et  pontífices  et  cleri  ipsius  nar- 
raverunt  nobis.  Nam  quomodo  in  Jerosolima  ab  Herode 
decollatus  est,  et  liuc  sportatus  atque  sepultus,  vel  quo 
tempore,  vel  quomodo,  evidenter  manifestum  ómnibus, 
et  veridicae  nostrorum  Archiepiscoporum  epistolae  et 


60  APÉNDICES 


Patrum  historiae  et  multorum  testantur  eloquia.  Quod 
si  ad  singula  modo  voluerimus  ea  vobis  narrare,  in  lon- 
gius  vexetur  stilus,  quo  modum  excedemus  epistolae, 
iuxta  imnio  festinationem  gerulorum  qui  noluerunt  re- 
morari.  Sed  opitulante  Deo,  dum  vestri  ad  nos  devene- 
rint  clerici,  omnia  liquidius  et  enocleata,  nulla.  lucubra- 
tione  retenta,  sed  quod  a  stis.  Patribus  accepimus  et 
tenemus  inscripta,  vobis  dirigere  non  denegamus,  Deo 
annuente,  et  amota  omni  haesitatione,  certe  credatis, 
quod  rectum  et  iustum  tenemus. 

Quod  autem  exquisistis  quantum  ab  Occeano  mari 
eminus  distat  eius  tumulus,  uel  in  quo  loco  situs  est,  a 
mari  uirio  pernoscite  usque  ad  locum  ubi,  Domino  gu- 
bernante  (1)  dúos  fluvios,  quos  antiqua  vetustas  nomi- 
navit  Voliam  et  Sarem,  in  locum  qui  dicitur  Bisria, 
vestrae  (2)  sedis  iriensis,  Ecclesiae  scae.  Eolaliae  haben- 
tur  millia  X,  et  exinde  usque  ad  gloriosum  eius  sepul- 
chrum  habentur  millia  XII. 

(Publicó  por  primera  vez  esta  Carta  Andrés  Duchesne  en  las  No- 
tas á  la  Biblioteca  Cluniacense.  Reprodújola  Flórez  con  algunas  co- 
rrecciones tomadas  de  Baluze,  que  la  había  visto  en  el  Cartulario 
de  S.  Martín  de  Tours,  entre  los  Apéndices  del  t.  XIX  de  la 
Esp.  8ag.) 


mmme^mmitÉiim^a» i  ni«g«m 


(1)  Appulit  ínter,  vel  quid  siinile  subintellige. 

(2)  Veteris,  melius  leges, 


APÉNDICES  61 


NUMERO  XXVIII 


era  dccccxlvi.  Santiago.  Año  de  C.  908. 

4  de  Marzo. 

El  Presbítero  Viliulfo  dona  á  esta  Santa  A.   Iglesia  la  de   San 
Juan  de  Pensello  en  tierra  de  Braga. 


In  nomine  sce.  et  indiuidue  Trinitatis  domino  et  pa- 
trono meo  sanctoque  Dei  martiri  sancto  Iocobo  apostólo 
cuius  corpus  tumulatum   manet  sub  archis   marmoreis 
territorio  gallecie  in  finibus  amaee.   Ego  seruus  uester 
licet  indignus  Viliulfus  presbiter  cum  peccatorum  mole... 
(Siguen  las  fórmulas  acostumbradas   en  que  se  exponen 
los  motivos  de  la  donación).  Et  sic  concedo  et  offero  glo- 
rie uestre   atque  sacro  sancto  altario   uestro  pro   uictu 
atque  uestitum  monachorum  Dei  in  ista  sancta  ecclesia 
nostra  (uestra)  deseruiencium  suum  etiam  uel  in  elemo- 
sinis  pauperum  id  est  ecclesiam  sci.  iohannis  uel  socio- 
rume  ius  martirum  cum  omni  utensilie  sue.  crucis,  calcis, 
(calicis)  atque  corone   seu  in  libelos  uel  uela  ministeria 
ecclesie  qui  etiam  fundata  in  uilla  que  uocitatur  Pensel- 
lo subtus  montículo  Lartico  iuxta  arrogio  selo  territorio 
bracarense,  necnon  quoque.  et  ipsa   uilla  prefata  Pensel- 
lo quantumcunque   me   in  ea  competet  ab  integro  per 
terminis  et  adiacentiis  suis,  térras  pomares,  uineis,  salta, 
sub  paretis  montis  et  fontis  cum  omne  accessum  uel  re- 
cessum  iendi  et  redigendi  siue  etiam  domos  et  orrea  et 
intrinsecus  omne  domorum  quantum  Dei  iubamine  ibi- 
dem  augmentare  uel  profectare  potui  uel  adhec  (adhuc) 
potuero,  id  est,  cupas,  cupos,  lectos,  cathedras,  mensas 


62  APÉNDICES 

seruicios  compendíales  sicut  superius  resonat,  omnia 
aule  uestre  esse  perpetualiter  pro  anime  redemptionis 
mee  esse  concedo.  Idemtidem  quoque  boues  et  nacas 
oniculas  porcos  et  omne  quadrupeda  nel  uolatilinm  om- 
nia ecclesie  sánete  nestre  concedo  firmiter  permansnro 
quo  et  jnracione  confirmo  per  Deum  qui  diuisit  lucem  a 
tenebris  quod  contra  hunc  factum  meum  numquam  ero 
uenturus  ad  irrumpeñdum.  Si  qnis  tamen  quod  absit 
munime  (minime)  credo  ais  (quis?)  contra  hoc  factum 
meum  ad  irrumpeñdum  uenerit  et  quisquis  ille  fuerit 
ultio  diuina  constrictus  pena  incipiat  luituras,  et  insuper 
parti  ecclesie  uestre  pariat  auri  talentum  et  ham  scri- 
ptura  testamentó  in  ómnibus  plenam  habeat  firmitatem. 
Facta  scriptura  testamenti.  IIII.  nonas  martii.  Era 
DCCCCX'VL 

Vistrarius  dens.  ts. 

Gundesindus  abba  cf. 

Hermerote  abba  cf. 

Adaulfus  abba  cf. 

Froarengus  dens.  ts. 

Adaulfus  dens.  ts. 

Munius  dens.  ts. 

Hermegildus  dens.  ts. 

Gririuus  dens.  ts. 

Munius  pbr.  ts. 

Tudericus  pbr.  ts. 

Recesuindus  pbr.  ts. 

Sub  Xpisti  nomine  Sisnandus  dei  gratia  eps.  conf. 

( Tumbo  C,  fol.  142). 


! 


APÉNDICES  63 


NUMERO  XXIX 
ERA  DCCCCXLVUI.  Adones.  Año  de  C.  910. 

(Santiago  de  Ois).  28  de  Febrero. 

Godoigia  dona  varios  pomares  á  este  Monasterio.  * 

In  Dei  nomine.  Ego  Godoigia  uobis  domini  inuictis- 
simis  ac  triumphatoribus  gloriosis  sce.  Marie  Virginis  et 
Genitricis  Domini  nostri  Iesu  Xpisti,  seo.  lacobo  Apo- 
stólo Domini,  seo.  Iohanni  Baptiste  et  seo.  Martino  Epi- 
scopo  Xpisti,  quorum  basilica  sita  et  in  loco  Adones 
territorio  Nemitos.  Cum  peccatorum  mole  depressa  in 
spe  fidutia...  deuotionis  mee  extitit  ut  pro  remedio  ani- 
me mee  offeram  arcibus  uestris  id  est  pumare  cum  suo 
terreno  in  uilla  Mariniano,  que  habeo  communiter  cum 
Alcedonia;  pumare  que  dicitur  Morobii  mea  portione 
integra  que  habeo  in  ipso  pumare  cum  suo  terreno...  Si 
quis  tamen  contra  hunc  factum  meum  ex  filiis  meis  uel 
nepotibus  aut  quilibet  homo  etc.. 

Facta  scriptura  testamenti  pridie  kls.  martii. 

Era  DCCCCX'VIII. 

Godoigia  in  hac  scriptura  donationis  a  me  facta  et 
manu  mea. 

Rudesindus  pbr.  ts.  Teodesindus  conf. 

Froyla  confirmat.  Goimirus  testis. 

Nobotianus  conf.  Gondulfus  ts. 

Africanus  conf.  Flámula  ts. 


Teodigus  conf. 


(Tumbo  de  Sobrado,  tom.  I,  fol.  17). 


64  APÉNDICES 


NUMERO  XXX 


ERA  DCCCCXLIX.  Santiago.  Año  de  C.  911. 

20  de  Abril. 


D.  Ordoño  II,  Rey  de  Galicia,  hace  á  esta  Santa  A.  Iglesia  y  á 
su  Obispo  Sisnando  I,  una  rica  donación  en  villas,  siervos 
y  alhajas. 


In  nomine  sce.  et  indiuidue  trinitatis  glorioso  dno. 
nostro  seo.  iacobo  apostólo,  cuius  uenerabile  corpus  se- 
pultura est  in  arcis  marmoricis  in  prouincia  gallecie. 
Nos  famuli  eius  hordonius  rex  et  geluira  regina  s... 
iduimus  uotum  nostrum  conferre  in  xpi.  amore  et  in  suo 
perpetuali  honore.  et  per  hoc  nobis  a  deo  futura  cumu- 
lentur  premiaí  per  quod  nos  corana  ipso  dispensamus 
terrena.  Et  quia  scriptum  est.  uouete  et  redite  dno.  deo 
uestro.  Idcirco  offerimus  sacrosancto  altario  tuo.  cabsas 
duas  ex  auro  obtimo  cum  lapillis  et  margar itis  miro 
opere  compositasí  et  cum  nomine  nostro.  aliam  ex  uitro 
transmarino  in  arcos  dÍ3positam.  balteum  sacerdotale  ex 
auro  gemmis  atque  lapidibus  constructum.  calicem  au- 
reum  cum  sua  parapside  cum  lapillis  et  margaritis.  olo- 
uitreum  ornatum.  ítem  uelos  de  polegia  dúos  principa- 
les, ex  quibus  unum  plumatum  cum  siptacos.  Coronas  ex 
auro  obtimo  prefulgentes  .III.  cum  lapidibus  preciosis 
ornatas.  Crucem  auream  fusilem  cum  lapidibus  preciosis 
ornatam.  Casulam  episcopalum.  piscina.  ítem  aliam  ca- 
sulam  piscinam  et  uiridem  in  una  textura!  cum  duas  fa- 
cies.  et  terciana  casulam  aluataroni.  Frontales  uermicu- 


APÉNDICES  65 


los  .III.  exaurotos.  aquanianiles  argénteos  sculptos  exau- 
ratos.  Intermisium  rotundum  palmiceum  miro  opere 
pictumí  et  exauratum.  Cathedram  episcopalem  ligneam 
atque  oseam  cum  clauis  et  malis  argentéis  cum  suo  sca- 
bello  miro  operae  conpositos. 

Pro  uictu  quoque  et  uestitu  monachorum  dei  deser- 
uiencium  sub  sacrosancto  umbráculo  uestro  uel  peregri- 
norum  et  pauperum  adueniencium.  necnon,  eciam  pro 
anima  diue  memorie  genitoris  nostri  dni.  adefonsi  con- 
cedimus  in  territorio  saliniense  insulan  ocobre  cum  suas 
uillas  et  cum  suas  ecclesias  intus.  uel  cum  cunctis  pres- 
tacionibus  suis.  extra  uillam  uocabulo  ardena  que  fuit 
ex  proprietate  petri.  Confirmamus  quoque  omnes  Ínsu- 
las que  sunt  infra  mare  quas  pater  noster  domnus  ade- 
fonsus  rex  per  testamentum  concesit  seo.  loco  uestro.  id 
est  aones.  f  ramio,  saluare.  arauza.  sias.  et  tanao  cum 
ecclesiis  et  prestationibus  aearumdem.  ítem  et  uillam 
noaliam  in  saliniense  cum  suis  hominibus  ibi  habitanti- 
bus  per  omnes  suos  términos  anticos.  et  cum  suis  salinis 
et  pumare  in  cornato.  Secundum  ea  concessit  prefatus 
genitor  noster  hermemiro  presbitero  et  ille  concessit  ea 
seo.  uestro  apostólico  loco,  ut  in  uita  sua  medietatem 
possideat.  post  obitum  uero  suum  integra  sint  ecclesie 
uestre.  Adicimus  in  territorio  br achárense  ecclesiam 
sci.  iohannis  in  ripa  de  aue  cum  sua  uilla  uel  adiacencia. 
cum  cunctis  prestationibus  suis.  quantum  ibi  honoricus 
abba  obtinuit.  et  nobis  per  scripturam  concessit.  ita 
modo  dum  uita  uixerit  gundesindus  presbiter  cui  eam 
dudum  per  scripturam  concessimus.  medietatem  habeat 
in  uita  sua.  post  obitum  quidem  suum  ab  integro  sit  par- 
tem  loci  huius. 

Donamus  etiam  glorie  uestre  ex  mancipiis  quos  sea. 
intercessione  uestra  de  gente  hismaelitarum  cepimusí 
nominibus  froilanum.  leodericum  cognomento  abdela. 
froritum  cognomen  abderahamam  cum  sua  muliere  ma- 
ria.  et  sua  filia  guntina.  zaliit.  zaliim.  scahit.  zahaton. 
iausar.  lallus.  fetta.  melchi.  zahit.  aloitus.  fare.  adosinda 

Tomo  II.— 6. 


66 


APÉNDICES 


cognomento  hanna.  teodegundia  cognomento  anza.  car- 
rataim.  belita.  rahama.  kerita.  aissima.  cepta  cum  filia 
sua.  ítem  et  alios  zahat.  eikar.  abdel.  gatel.  calaph.  ítem 
cahat.  alfarach.  abuzahat.  feta  et  alazath. 

Hec  omnia  superius  nominata  per  manus  pontificis 
loci  uestri  patris  sisnandi  episcopi  seis,  uestris  altaribus 
offerimus  possidenda.  Ita  ut  amodo  et  deinceps  sint  uo- 
bis  data  et  concessa.  Obtestamur  et  contestamur  coram 
deo  concilio,  quod  nullus  se  presumat  hanc  nostram  con- 
uellere  deuocionem.  Quod  si  aliquis  aliquod  auferre  fur- 
to uel  rapiña  aut  qualicumque  ingenio  temptauerit,  in 
primis  sit  segregatur  a  corpore  Xpi.  et  cum  luda  domini 
traditore  habeat  perpetuam  dampnationem  et  in  damno 
legum  afílictus  exsoluat  auri  talenta  quatuor,  et  hec 
series  testamenti  in  cunctis  obtineat  firmitatis  rigorem. 

Facta  serie  testamenti.  sub  die  XII.0  kls.  maii.  Era 
nongentésima  quadragesima  VIIII.a 


Hordonius  rex  conf. 
Geluira  regina  conf. 
Froila  rex  conf. 
Veremudus  rex  conf. 
Naustus  eps.  conf. 
Recaredus  eps.  conf. 
Sauaricus  eps.  conf. 
Froarengurdius  eps.  conf. 
Assurius  eps.  conf. 
Martinus  conf. 
Menendus  conf. 
Nunus  conf. 
Assurius  conf. 
Gralindus  conf. 


Sigemundus  conf. 
Hermegildus  conf. 
Abdia  abba  conf. 
Sigeredus  abba  conf. 
Nunus  conf. 
Faíila  conf. 
Arias  conf. 
Adefonsus  conf. 
Grundesindus  conf. 
Elecca  conf. 
Félix  testis. 
Cesarius  ts. 
Ataulfus  ts. 

(Tumbo  A,  fol.  6). 


APÉNDICES  67 


NUMERO  XXXI 


ERA  DCCCCXLix.  Santiago.  Año  de  C.  911. 

22  de  Abril. 


D.  Ordoño  II,  Rey  de  Galicia,  confirma  las  donaciones  que  sus 
antecesores  hicieron  á  esta  Santa  Iglesia.  Hízose  esta 
confirmación  en  una  Junta  ó  Concilio* 


Sub  Xpisti  nomine  et  in  honore  apostoli  sancti  Iaco- 
bi  Marmorice  arcis  et  sánete  Eulalie  Virginis  hiriensis 
sedis.  Vobis  patri  Sisnando  huius  sedis  episcopo  Ordo- 
nius  rex  seruus  Xpisti  in  domino  Deo  salutem  eternam, 
amen.  Igitur  mente  deuota  auus  noster  dominus  Ordo- 
nius  diue  memorie  huius  loci  et  fidelis  obtulit  digno 
uoto  numusculum  in  sacro  altario  uestro  et  commissum 
ex  populo  laicali,  ut  quot  ad  partem  dominicam  habe- 
bant  persoluere,  sicut  ingenui  et  tribuí arii  uestro  loco 
deseruieruní,  sicuí  eí  nos  eos  confirmamus.  Necnon 
eíiam  dominus  eí  genitor  noster  bone  memorie  dominus 
rex  Adefonsus  quicquid  paíer  eius  eí  princeps  concessií 
omnia  per  íesíameníum  confirmauií,  eí  adhuc  ex  uillis, 
ecclesiis,  mancipiis  aíque  cuncíarum  opum  hunc  san- 
cíum  locum  honorifice  diíauií,  aíque  in  melius  amplifi- 
cauií,  eí  renouauií,  sicuí  in  eius  íesíamenío  resonaí. 
Nos  quoque  similiíer  compromiíimus  coram  Domino,  uí 
sicuí  aui  eí  geniíores  nosíri  fueruní  amaíores  et  ser- 
uieníes  huic  loco,  eí  nos  faíemur  esse,  ií  quidquid  illi 
concesseruní  eí  nos  confirmamus,  eí  adhuc  ex  uoío  no- 
síro  proprio  oferre  curauimus.  Confirmamus  quoque  et 
concedimus  omnes  ecclesias,  et  plebem,  et  familiam  ue- 


68 


APÉNDICES 


strarum  sedium  quicquid  ex  proprietate  est  per  omnem 
prouinciam  Gallecie  ubicumque  fuerint  sub  ditione  rio- 
stra, ut  sicut  illud  obtinuistis  in  uita  genitoris  nostri  ita 
et  modo  faciatis.  Monemus  et  contestaríais  in  concilio 
comités  et  imperantes  ut  nullus  se  presumat  de  loco 
uestro  aliquid  auferre,  quod  ibi  contestatum  est.  Et  qui 
ausus  fuerit  aliquid  auferre  ex  quo  die  euenerit  ex  parte 
sibi  imputet  culpam,  et  liec  series  testamenti  plenam  in 
cunctis  obtineat  firmitatis  rigorem.  Facta  testamenti 
serie  sub  die  X  kalendas  maii  era  DCCCCXXXXVIIII. 


Ordonius  rex  confirmo. 
Naustus  episcopus. 
Recaredus  episcopus. 
Sauaricus  episcopus. 


Herus. 

Munius. 

Gundisaluus. 

Telus. 

Sisnandus. 


Tedon. 

Veremundus. 

Armentarius. 

Gauinus. 

Gundesindus. 


(Tumbo  A,  fol.  6  vuelto.— Inédito). 


APÉNDICES  69 


NÚMERO  XXXII 


era  dccccl.  8.  Martín  Pinario.  Año  de  C.  912. 

19  de  Abril. 

El  Obispo  Sisnando  I,  con  el  Cabildo  de  Santiago,  confirma  al 
Abad  Guto  en  la  posesión  de  este  Monasterio  con  todas 
sus  dependencias. 


Sub  Xpisti  nomine.  Nos  Sisnandus,  Dei  gratia  episco- 
pus  cum  omnem  congregationem  sancti  Iacobi  apostoli, 
facimus  tibi  Guto  abbati  et  fratribus  tuis,  et  ómnibus 
successoribus  tuis  hanc  scripturam  donationis  seu  confir- 
mationis  de  ecclesia  sánete  Marie  et  cortecella,  sancto 
Stephano,  et  sanctum  Syluestrum  et  eum  suis  bonis  et 
domibus  in  circuitu,  et  sepultura,  et  familia,  et  confir- 
mamus  tibi  monasterium  sancti  Martini,  quod  nuncu- 
pant  Pignario  cum  ómnibus  rebus  sibi  debitis,  et  sepul- 
tura, et  cum  tertia  et  toto  illo  décimo  in  circuitu  beati 
Iacobi,  et  similiter  cum  décimo  pomerii  palatii  integro 
et  cum  aqueductu,  ita  ut  habeatis  ea  firmiter  de  nostro 
dato  uos  et  successores  vestri,  et  omnes  ipsi  monachi  ad 
uestram  concurrant  ordinationem,  pro  nostris  utilitati- 
bus  peragendis.  Nulli  damus  licentiam  seruiendi  nisi  soli 
Deo  et  regule  beati  Benedicti  abbatis.  Imprimís  confir- 
mamus  uobis,  ut  diximus  sancta  Maria  de  Cortecella  et 
totum  illum  monasterium  sancti  Martini  cum  suis  domi- 
bus et  beneficiis  et  cum  cunctis  que  videtur  habere  et 
familia,  et  de  Arauca  medietatem  de  ea  cum  sua  eccle- 
sia et  cum  suis  salinis,  sanctam  Eulaliam  de  Alobre,  que 
nuncupatur  Arenalonga  et  sanctum  Christophorum  cum 


70  APÉNDICES 

bonis  suis.  sanctum  Vicentium  de  Ogobre  cum  suis  ter- 
tiis,  et  cum  hominibus,  sanctum  Sebastianum  et  sanctum 
Laurentium  de  Montesacro  cum  hominibus  suis,  et  re- 
bus,  et  familia  et  cum  duas  partes  de  illo  uoto  et  clamo- 
ribus,  sanctum  Greorgium  de  Bellegia  cum  suis  tertiis  et 
alias  ecclesias,  uillas  et  omnes  quascumque  modo  habetis 
uel  habere  potueritis,  cuneta  ut  supra  retulimus  bona 
uoluntate  et  consensu  confirmamus  tibi  abbati  Cfuto, 
religioso  uiro,  et  tibi  succedentibus  et  monachis  ad  Dei 
seruitium  faciendum  et  regulara  beati  Benedicti  conser- 

uandam.  neminem  etc et  hoc  factum  nostrum  semper 

sit  firmum  permanente  nostra  semper  reuerentia  et 
dignitate.  Noto  die  XIII  kalendas  maii.  Era  DCCCCLI. 

Sub  Xpisti  nomine  Sisnandus  Dei  gratia  confirmat. 

Sub  Xpisti  nomine  Nausti  Dei  gratia  episcopus  con- 
firmat. 

Sub  Xpisti  nomine  Oueco  ouetense  sedis  episcopus 
conf. 

Sub  Xpisti  nomine  Fortis  asturicensis  sedis  episcopus 
conf. 

Sub  Xpisti  nomine  Sabargus  dumiense  sedis  episcopus 
conf. 

Sub  Xpisti  nomine  Recaredus  lucense  sedis  episcopus 
conf. 

Sub  Xpisti  nomine  Brandericus  tudense  sedis  episco- 
pus conf. 

Sub  Xpisti  nomine  Ermogius  portugalensis  sedis  epi- 
scopus conf. 

Sub  Xpisti  nomine  Didacus  colimbriensis  sedis  episco- 
pus conf. 

Grundesindus  presbyter  conf. 

Aloitii   conf. 

Sigeredus  abbas  testis. 

Fredamundus  presbyter  testis. 

Ordonius  rex  conf. 

Eluira  conf. 


APÉNDICES 


71 


Ranemirus  Ordoni  prolis  confirmat. 

Garsea  Ordinii  prolis  conf. 

Froila  rex  conf. 

Osebis  testis. 

Adefonsus. 

Gundisaluus. 

Ataulfus  decanus  testis. 

Vimara  presbyter  conf. 

Munius  dcns.  conf. 

Veremundus  dcns.  conf. 

Abbas  conf.  presbyter  conf. 

Aloitus  decanus  conf. 

Vistrila  dcns.  conf. 

Maruatinus  testis  conf. 

Fafila  Odoar  testis. 

Sarracenias  Munizi  testis. 

Sandinus  testis. 

Abedonus  testis. 

Sigerodus  abbas  testis. 

Didacus  pbr. 

Anferlocius  presbyter. 


(Yepes,  Goron.  gen.  de  San  Benito,  tom.  IV.  Apénd.) 


72  APÉNDICES 


NUMERO    XXXIII 


ERA  DCCCCL.  San  Vicente  de  Bama.      Año  de  C.  912. 

80  de  Mayo. 

Donación  que  hizo  D.  Ordoño  II  á  la  Santa  Apostólica  Iglesia 
de  Santiago  de  unos  siervos  de  la  villa  de  Bama,  que  habla 
heredado  de  su  madre  D."  Jimena. 

Dno.  seo.  inuictissimo  atque  triumphatori  glorioso 
dei  martiri  apostólo  seo.  iacobo  cuius  corpus  "tumulatum 
esse  dignoscitur  in  prouincia  gallecie  siue  patri  sisnan- 
do  apostolice  sedis  episcopo.  Ego  umillimus  hordonius 
rex  in  domino  salutem.  Multis  quidem  manet  cognitum. 
eo  quod  filii  soari  et  gonnerodis  per  textum  scripture 
hereditauerunt  dominam  meam  et  matrem  diue  memo- 
ríe  dominam  scemenan  reginam  in  uillis  que  sunt  in 
uama  in  comisso  de  montesacro.  sea  eciam  et  in  sernos 
habitantes  in  ipsis  uillis  uel  in  quocumque  loco  qui  erant 
ex  proprietate  dne.  gunnerodis  de  casada  iohannis  et 
eugenii.  unde  ordinatus  iam  supradictus  pater  sisnan- 
dus  eps.  a  principe  et  genitore  meo  dno.  adefonso  regi  in 
ciuitate  legionensi.  et  rogatus  a  filiis  et  parentibus  soari 
ut  faceret  equalitatem  inter  dominam  meam  et  matrem 
et  inter  ipsos  prefatos.  Coniuncti  pariter  in  ipsis  uillis 
ad  ecclesiam  sci.  uincenti.  adduxerunt  omnes  ipsos  no- 
mines in  presencia  eorumdem.  et  fecerunt  unicuique 
partem  per  colomellos  diuisionis.  et  euenit  post  partem 
domine  meeí  matrem  de  isto  uistirllane  nomine  herme- 
godo  sui  germani  et  sui  filii  et  suprini  numero  sedecim 
et  post  hunius  cuiusque  similiter  equales  porciones  tam 


APÉNDICES  ?3 

in  uillis  quam  in  seruis.  cumque  stannes  post  partera 
domine  mee  iuri  quieto  usque  ad  obitum  eius  euene- 
runt  dicioni  nostre.  Ideoque  deuocioni  nostre  extitit  ut 
de  facúltate  riostra  aliquid  ex  uoto  proprio  seo.  apostólo 
et  honorificentia  patris  sisnandi  epi.  offerre  curauimus. 
Et  quia  scriptum  est.  Vouete  et  redite  dno.  deo  nostro, 
propter  hoc  quidem  ut  ante  tribunal  domini  merces  no- 
bis  eueniat  copiosaí  damus  atque  concedimus  uobis  istum 
uisterlanem  cum  filiis  nominatis.  naustum.  hermecotonem. 
uitilanem  diaconem.  et  animiam.  siue  et  duas  suprinas 
eiusdem  uistrillani.  nominatas  uistrileuba.  et  manosindi. 
cum  filiis  suis  qui  nati  sunt.  uel  qui  adhuc  nati  fuerint. 
ab  integro  sicut  nobis  firmiter  manebant.  seu  eciam  cum 
omne  hereditate  eorum  peculiarem  uel  ganatum.  quic- 
quid  habuerunt  ex  proprietate  matris  sue  et  auie  her- 
megontonis.  uel  quodeumque  domini  adiutorio  aucmen- 
tare  potuerunt.  ea  uidelicet  seruata  ratione.  ut  dum 
uita  uixerit  pater  sisnandus  eps.  fidelem  ei  seruicium 
post  partem  sci.  iacobi  persoluant.  in  quo  hordinatum 
acceperint  ab  ipso  pontifice.  post  obitum  uero  eius  non 
ut  serui  eius  fiscales  uel  ecclesie.  set  restaurati  et  inge- 
nui  persistantí  sicut  ceteri  ex  prouincia  gallecie  tribu- 
tum  quadragesimale  peragentes  huic  loco  apostólico 
quod  soliti  sunt  ad  partem  dominicam  peragere,  persol- 
uant. Si  quis  pontifex,  uel  quisquis  ille  sit  qui  hanc  no- 
stram  conuelleuerit  deuotionem,  in  primis  sit  segregatus 
a  sancta  communione  et  cum  iuda  Domini  traditore  ac- 
cipiat  perpetuam  dampnationem,  et  hec  series  testamenti 
uel  restaurationis  in  cunctis  obtineat  firmitatis  noborem. 

Facta  serie  testamenta  die  III.°  kls.  iunii. 

Era  DCCCCL. 

Hordonius  rex  conf.  Naustus  eps.  conf. 

Froila  conf.  Gomadus  eps.  conf. 

Sancius  conf.  Recaredus  eps.  conf. 

Adefonsus  conf.  Assurius  eps.  conf. 

Ranemirus  conf.  Sauaricus  eps.  conf, 


u 


APÉNDICES 


Gauinus  conf. 
Gundesindus  conf. 
Nunnus  conf. 
Fromaricus  conf. 
Geremias  conf. 
Lucidus  ts. 
Gudesteus  ts. 
Teodericus  ts. 
Petras  conf. 
Herus  conf. 


Didacus  conf. 
Gutiher  conf. 
Gundisaluus  conf. 
Tellus  conf. 
Vimara  conf. 
Hermegildus  conf. 
Fromaricus  conf. 
Suarius  ts. 
Ouecus  ts. 
Armentarius  ts. 


(Tumbo  A,  fol.  6  vuelto). 


NUMERO  XXXIV 


ERA  DCCCCL. 


Santiago. 


Año  de  C.  912. 

2  de  Junio. 


Donación  de  varios  siervos  que  hizo  D.  Ortlofto  II  á  esta  San- 
ta Apostólica  Iglesia. 


Dudum  quidem  temporibus  diue  memorie  patris 
nostri  dni  adefonsi  principis  accidit  ut  causar et  lupella 
cum  muzurri  uel  cum  sua  casadaí  ut  debiti  essent  illi 
serui.  ad  hecí  respondit  muzurri  et  dixit.  hodie  nonagin- 
ta  annos  seu  et  amplius  steterunt  aui  et  parentes  mei 
siue  et  ego  et  omnis  mea  casada  ingenua  in  facie  de 
lupella.    cuius  uocem  intendit   samzote  et  de  omni  sua 


ÁÍ»ÉNDICEá  ?5 


casada,  nulli  umquam  seruicium  aut  patrocinium  red- 
dentes.  Tune  ipse  dominus  et  pater  noster  dns  adefon- 
sus  simul  cum  iudicibus  ordinauerunt  ut  affirmaret 
unusquisque  quod  asserebat.  et  ad  diem  placiti  presentís 
dedit  samzote  et  muzurri  per  quam  affirmauit  quod 
asseruit.  Lupella  uero  ut  hoc  uidití  subtraixit  se  de  iudi- 
cio.  et  ad  personam  eius  posuerunt  iudices  filium  eius 
samzote  qui  suscepisset  testimonium  et  iuramentum'.  in 
uice  matris  sue.  sicut  et  accepit  et  per  fideles  et  inno- 
centem  exiuit  utuitas  eorum  límpida,  postea  uero  suppu- 
suerunt  filii  ipsius  lupelle  uocem  dicentes  quod  non 
fueran  ipsa  lupella  in  ipsum  iudicium.  nec  susceperat 
testimonium'  nec  iuramentum.  et  in  iudicio  nostro  et 
episcoporum  et  iudicium  dederunt  per  quod  infra  xxx 
annos  seruicium  illis  exibuerant.  et  per  fideles  et  inno- 
centes fecerunt  utilitatem  et  prehendiderunt   eos. 

Ego  tamen  hordonius  habeo  in  eis  non  minimam  par- 
tem.  ipsa  lupella  facit  cartam  ad  meam  matrem  de  me- 
dietate  de  ipsis  seruis.  Et  filii  de  lupella  fecerunt  michi 
cartamí  de  illa  alia  medietate  media,  et  in  illa  ali  quarta 
porcione  sum  heres  inter  eosí  de  tribus  porcionibus.  Et 
dum  per  hanc  causam  essent  iuri  meo  debiti.  ad  peticio- 
nem  dni.  Sisnandi  epi.  et  ob  honorem  sci  iacobi  apostoli 
placuit  michi  ut  confirmarem  illam  hereditatem  que  pri- 
mitus  super  lupellam  et  filios  eius  fuerat:  facta.  Vt  stent 
ingenui  atque  securi  de  parte  mea  uel  alicuius  hominis. 
set  sint  ipsi  nomines  quos  ob  honorem  sci  iacobi  ingenuo 
atque  restauro!  liberi  post  partem  sci  iacobi.  de  ripa 
fluminis  ponte:  in  parte  ista.  id  est  muzurri  cum  filiis  et 
neptis  suis.  zili  cum  filiis  et  neptis  suis.  trudildi  cum  filiis 
et  neptis  suit.  Seuerildi  cum  filiis  et  neptis  suis.  Frugildi 
cum  filiis  et  neptis  suis.  Auolina  cum  filiis  et  neptis  suis. 
Flamolina  cum  suis  filiis.  Teodildi  cum  suis  filiis.  Saua- 
rigus  cum  suis  filiis  et  neptis.  Velasco  cum  filiis  et  neptis. 
Sisnandus  cum  filiis  et  neptis  suis.  Istos  tamen  supra- 
memoratos  sicut  supra  diximus  stent  ingenui  a  facie  dei 
patris  omnipotentis.  Et  ex  actione  quam  nobis  habebant 


76  AÍ>ENDIClE¡3 


persoluere  sicut  et  alii  ingenui  dno.  iacobo  illud  persol- 
uant.  Vt  ego  per  te,  bme.  Iacobe  apostóle,  remissionem 
peccatorum  meorum  ante  dominum  Ihum.  Xpm.  inue- 
nire  merear  amen.  Si  quis  tamen  aliquis  ex  filiis  meis 
uel  quislibet  homo  hunc  factum  meum  irrumpere  cona- 
uerit,  in  primis  sit  excomunicatus  et  cum  iuda  Domini 
traditore  in  eterna  sécula  condempnatus,  et  insuper 
dampna  secularia  pariet  auri  talenta  dúo  uoci  ecclesie 
sancti  iacobi  et  hec  scriptura  semper  sit  firma. 

Facta  scriptura  .1111.  nonas  iunii.  Era  DCCCCL. 

Hordonius  rex  conf. 
Geluira  conf. 
Sanciu  conf. 
Naustus  eps.  conf. 

(Inédito.  Tumbo  A,  foi.  9). 


APÉNDICES  77 


NUMERO  XXXV 


ERA  DCCCCLH.      S.  Sebastián  de  Picosacro.      Año  de  C.  914. 

i.*  de  Febrero. 

Donación  que  de  este  Monasterio  hizo   Sisnando  I  al  de  San 
Martín  Pinarío. 

In  nomine  sce.  et  individué  Trinitatis  videlicet  Pa- 
tris  et  Filii  et  Spiritus  sci.  amen.  Ego  sisnandus  divino 
nutu  Eps.  Iriensis,  et  Ecclesie  Bti.  Jacobi  sacerdos  Apo- 
stolicus  in  honorem  Dni.  nri.  Jesu  Xpisti,  et  in  honore 
gloriosi  martiris  Sebastiani  edificamus  ecclesiam  sub 
umbráculo  et  alis,  et  sub  protectione  Bti.  Iacobi,  et  no- 
stri  Pontificatus  labore  nostro  et  expensa  nostra  in  mon- 
te quod  quondam  Illicinus  dictus  est,  post  adventum 
Sci.  Iacobi  Mons  sacer  est  apellatus,  qui  a  septem  Pon- 
tificibus  discipulis  Bti.  Jacobi  aspersus  sacramento  salis 
et  aque,  et  ab  omni  spurcitia  diaboli,  et  flatu  pestiferi 
draconis  purgatus.  In  ipsius  ergo  montis  cacumine  edi- 
ficamus monasterium  sub  norma  sancta,  ut  sit  mihi  et 
subcessoribus  meis  ante  Dominum  merces  copiosa  salu- 
tis  in  die  furoris  Domini;  perfecimus  istud  monasterium 
devota  anima  et  mente  jocunda,  et  hoc  monasterium  sic 
constructum  et  perfectum  cum  directuris  et  apenditiis 
que  circumcirca  sunt  commendamus,  concedirnus  et  da- 
mus  per  hoc  legitimum  testamentum  Monasterio  Sci. 
Martini  de  Pignario,  quod  situm  est  in  urbe  Compostel- 
la,  et  abbati  ipsuis  cenobii  dompno  Gudo  et  fratribus 
ejus,  qui  vitam  sanctam  regulam  et  districtissimam  sci. 
Benedicti  vivunt,  ut  per  ipsius  Abbatis  institutionem  et 


78  APÉNDICES 


ipsius  Monasterii  ut  mittant  ibi  fratres  presbíteros  in 
regula  sea.  in  predicto  monasterio  sci.  Sebastiani,  quod 
nos  edificavimus  in  predicto  monte;  et  tam  ipsnm  mo- 
nasteriuní,  quam  omnes  adjunctiones  suas  ab  omni  fisco 
Regis,  et  ab  omni  debito  nostre  sedis  absolvimus  in  per- 
petuum.  Et  offerimus  Deo  et  seo.  Sebastiano  ministeria 
ecclesie,  id  est,  calicem  argenteum,  crucem  argenteam, 
signos,  frontales,  palas,  vellos  et  alios  dúos  cálices,  libros 
unum  ordinarium,  et  unum  sacerdotalem  et  .1.  geronti- 
cum,  tertium  cum  officio  Passionis  et  Misse  ipsius  Mar- 
tiris  et  scalam  argenteam  cum  nostro  nomine. 

Ibidem  damus  de  ecclesiis  territoris  pro  victu  fratrum 
et  clericorum  et  sacerdotum  qui  ibi  fuerint  Deo  servien- 
tium  votos  ecclesiarum  de  seo  Mámete  quartas  VI;  de 
sea.  Cruce  quartas  VI;  de  Villanova  quartas  V.;  de  seo. 
Christoforo  quartam  I.;  de  seo.  Michaele  quartas  VI;  de 
sea.  Eolalia  veterco  quartas  VI;  de  seo.  Petro  quartas  VI; 
de  Talobre  modium  I;  de  Talegio  quartas  VI;  de  Vaa- 
mundi  modium  I.;  de  seo.  Andrea  quartas  III;  de  seo. 
Juliano  modium  I;  de  seo.  Felice  mod.  I;  de  Lestedo 
mod.  I;  de  Sergudi  mod.  I;  de  Lamas  quartas  III;  de 
Vigo  mod.  I;  de  Laureda  mod.  I;  de  Greadanes  quartas 
II;  de  Previdinos  mod.  I;  de  Foganes  mod.  I;  de  Aural 
mod.  I;  de  Minuci  q.tas  III;  de  Castro  mod.  I;  de  Vilar  q.tas 
III;  de  Codeso  q.tas  II;  de  Buquesson  q.tas  II;  de  sea.  Ma- 
rina quartam  I;  de  Asnois  q.tas  III.  De  istis  votis  habeat 
scs.  Sebastianus  partes  II,  et  scs.  Joannes  de  Fovea  ter- 
tiam  partem  per  manus  fratrum,  qui  fuerint  in  seo.  Se- 
bastiano. Et  de  predictis  ecclesiis  veniant  clerici  et  pre- 
sbiteri  cum  votis  ad  S.  Sebastianum. 

Damus  ad  S.  Sebastianum  clamores  de  Iria,  de  seo. 
Jacobo  de  Giro,  de  Montanos,  de  Cercedello,  de  Ripau- 
lie,  de  Taberiolos,  de  Belegia.  Hos  clamores  habeat  Ínte- 
gros S.  Sebastianus.  Damus  S.  Sebastiano  de  Cornado  de 
Subvereda  quartas  VI  de  tritico.  Damus  S.  Sebastiano 
'ad  servitium  nostros  nomines  de  nostro  servitio,  Danie- 
lem  cum  uxore  Fragundia  et  filiis,  et  alium  Danielem 


APÉNDICES 


79 


cum  uxore  Gota  et  filiis  usque  in  sécula  seculorum.  per- 
maneant  in  servitio  ipsius  monasterii. 

Constituimus  et  in  eodem  monasterio  domos  et  offici- 
nas,  et  concludimus  ipsum  monasterium  per  istos  térmi- 
nos, per  villam  Argiariam  et  inde  per  illam  arcam  que 
dividit  inter  Sirgudi  et  Argilero  et  inde  per  illam  stra- 
tam, que  currit  super  donum  Gudi  et  Gatoni  usque  in 
arcam  de  Jusbarando  et  per  ipsam  stratam  Fontanelo  et 
inde  per  Rebordellum,  ubi  est  congregatio  sacerdotum 
in  die  Litaniarum  et  inde  per  stratam  ubi  sedent  termi- 
ni  de  subverido  ad  morterii  et  ad  términos  de  soucianes 
per  ubi  dividunt  cum  Argilario;  térras  ruptas  et  dirrup- 
tas,  arbores,  baucias,  felgarias,  et  quidquid  ibi  conclusum 
est  habeat  S.  Sebastianus  in  perpetuum.  Si  quis  etc.. 

Facta  series  testamenti  klas.  Februarii. 

Era  DCCCCLII.  Ego  Sisnandus  Iriensis  ips.  minister 
Apostolicus  hoc  testamentum  conf.  et  roboro.  Amen. 


) 

miseri 

) 

cordia 

^    Domini 

pie 

\          na 

\         est 

te 

/            rr 

1          a 

Gundesindus  abbas  conf. 
Guimara  abbas  conf. 
Atanasius  diaconus  cf. 
Islielmo  dcns.  cf. 
Josephus  dcns.  cf. 
Armentario  dcns.  cf. 
Sentario  dcns.  cf. 
Guilufo  dcns.  cf: 
Joannes  dcns.  cf. 
Muninus  presbiter  conf. 
Petrus  pbr.  cf. 
Fredus  indignus  pbr.  cf . 


Gudesindus  pbr.  cf. 
Cresconius  pbr.  cf. 
Sunamiro  pbr.  cf. 
Agustino  pbr.  cf. 
Gabinus  pbr.  cf. 
Adulfus  dcns.  cf. 
Muninus  dcns.  cf. 
Vistrarius  dcns.  cf. 
Fellus  dcns.  cf. 
Gundesindus  abbas  cf. 
Vistrarius  dcns.  cí. 
Sugemiro  pbr.  cf. 


80  APÉNDICES 

Ermemirus  pbr.  cf.  Viliulfus  pbr.  cf. 

Ermerote  abbas  cf. 

Elias  scripsi  et  pro  teste  me  posui, 
(Diploma  de  Ramiro  I.  Apénd.  Carta  XI). 


NUMERO    XXXVI 


era  dcccclii.  Santiago.  Año  de  C.  914. 

.  6  de  Diciembre. 

D.  Ordoño  II  y  su  esposa  Doña  Elvira,  confirman  á  esta  San- 
ta A.  Iglesia!  varias  donaciones  que  le  habían  hecho  su 
padre  D.  Alfonso  III  y  su  abuela  Doña  Egilona. 

In  nomine  sánete,  indiuidue  Trinitatis  siue  ob  hono- 
rem  beati  iacobi  apostoli  cuius  corpus  tumulatum  esse 
dignoscitur  sub  arcis  marmoricis  prouincia  gallecie.  Nos 
exigui  famuli  Xpisti  hordonius  rex  et  giluira  regina  in 
dno.  deo  eternam  salutem  amen.  Notum  plerisque  ma- 
net  quod  genitor  noster  domnus  adefonsus  diue  memorie 
princeps,  concessit  per  textum  scripture  uillas  huic 
seo.  loco  uestro.  id  sunt  per  nominatas  iheronciana.  ubi 
est  fundata  ecclesia  sci.  romani  in  suburbio  legionense. 
cum  suis  terminis  siue  uilla  quam  uocitant  parata  in  ter- 
ritorio bergido  de  burbia  usque  in  uilla  ursi  cum  eocle- 
siis  et  uillares,  sicuti  illud  sarracenus  obtinuit.  et  bustum 


APÉNDICES 


81 


quod  dicunt  maiore  ad  radicem  montis  capelloso.  cum 
domibus  et  edificiis.  uel  cum  cunctis  prestacionibus  ea- 
rumdem. 

Adicimus  adhuc  alias  uillas  quas  auia  nostra  egilo 
testauit  supradicto  loco,  id  est  uillam  ameo  cum  ecclesia 
sci.  mameti  cum  ómnibus  suis  terminis  in  circuitu.  in 
uadapia  uillam  quam  dicunt  penna  alúa  cum  suos  uilla- 
res  et  adiacentiis.  ítem  uillam  quam  uocitant  paratam 
cum  ecclesia  sci.  saluatoris  in  bergido  cum  suos  uillares. 
uineas  et  pomares  uel  cunctis  earum  prestacionibus.  Ita 
ut  ammodo  ac  deinceps  firmiter  omnia  maneant  post 
partem  fortissimi  patronis  nostri  iacobi  apostoli  ob  re- 
medium  illorum  confirmatum  a  nobis  perheniter.  Siquis 
tamen  hoc  testamentum  ac  illorum  deuotionem  irrum- 
pere  temptauerit  cum  datam  et  abiron  quos  uiuos  térra 
absorbuit,  et  cuín  iuda  domini  traditore  habeat  partici- 
pationem.  Insuper  dampna  secularia  sustineat,  et  quod 
inuaserit  in  duplo  exsoluat  uoci  ecclesie,  et  hec  series 
testamenti  firmissimum  habeat  rigor em. 

Facta  testamenti  carta'  die  IIII  idus  decembris. 

Era  DCCCCLII. 


Hordonius  rex  conf. 
Giluira  regina  conf. 
Gundisaluus  conf. 
Ranimirus  conf. 
Attila  eps.  conf. 
Lucidus  conf. 
Gutiherre  conf. 
Rudericus  corf. 
Gundisaluus  conf. 
Sauaricus  conf. 


Ouecus  conf. 
Frunimius  conf. 
Gudesteus  conf. 
Vistramirus  conf. 
Petras  ts. 
Nunus  ts. 
Aluitus  ts. 
Vimara  ts. 
Pelagius  ts. 
Ouecus  ts. 


(Inód.  Tumbo  A,  fol.  7  vuelto). 


Tomo  II.— 6. 


82  APÉNDICES 


NUMERO  XXXVII 


ERA  DCCCCLill.  Santiago.  Año  de  C.  915. 

k¿9  de  Knero. 


Concilio  celebrado  á  lo  que  parece  en  Zamora  en  que  se 
restablecen  los  obispados  de  Tuy  y  Lamego,  cuyos  Obis- 
pos estaban  refugiados  en  la  Diócesis  de  Compostela. 


In  nomine  Domini  etc..  Nos  exigui  famuli  uestri 
Hordonius  rex,  ac  Geluira  regina  in  Domino  Deo  eter- 
nam  salutem.  Antiquorum  relatione  cognoscinus  omnem 
Hispaniam  Xristianis  esse  possessam  et  per  unam- 
quamque  prouinciam  Ecclesiarum  sedes  et  Episcoporum 
perornatam;  non  longo  post  tempore  crescentibus  homi- 
num  peccatis  a  Sarracenis  est  possessa,  et  manu  poten  ti 
dissipata,  multique  ex  christianis  in  gladio  ceciderunt, 
et  qui  euaserunt,  ora  maris  arripientes,  in  concauis  pe- 
trarum  habitauerunt;  et  quoniam  hiriensis  sedes  ultima 
prae  ómnibus  sedibus  erat,  et  propter  spatia  terrarum 
uix  ab  impiis  inquietata,  aliquanti  Episcoporum  pro- 
prias  desmentes  sedes  uiduas  et  lúgubres  in  manus  im- 
piorum,  ad  tendentes  ad  Episcopum  supra  memórate 
sedis  hiriensis  propter  honorem  sci.  Iacobi  collegit  eos 
hurnanitate  prestante:  et  hprdinauit  decaneas  unde  to- 
lerationem  habuissent,  quousque  Dominus  respexisset 
afflictionem  seruorum  suorum,  et  restituisset  eis  heredi- 
tatem  auorum  et  proauoruin  suorum. 

Postea  quidem  prosperante  eius  misericordia,  qui 
disponit  cuneta  suauiter  ac  regit  uniuersa,  dedit  auxi- 


APÉNDICES  83 

lium  seruis  suis  per  manum  Imperatorum,  auorum  et 
parentum  meorum,  et  incoauerunt  excutere  iugum  de 
eolio  eorum,  et  manu  propria  adquisierunt  non  mini- 
mam  partem  de  hereditatibus  eorum.  Et  nos  uero  ipsius 
iuuamine  roborati,  multas  ipsorum  inimicorum  fregimus 
ceruices  et  cum  amaritudine  nostra  relinquentes,  in  in- 
ferno dimersi  sunt;  et  qui  euaserunt  iam  cogitant,  ut 
unde  uenerunt  redeant  (relinquentes  quod  nostrum  est 
euasisse  se  gratulantes)  (1)  hoc  operante  immensa  Diui- 
nitas.  Et  quoniam  ex  ipsis  episcopis,  qui  in  sede  iriensi 
tolerationem  usque  hodie  habuerunt,  iam  sedes  eorum  et 
ecclesias  christianis  clericis  hornatas  refulgent;  id  est, 
tudensem,  simulque  et  lamecensem,  hoc  tractatum  Agen- 
tes cum  patribus  et  episcopis  nostris,  uidelicet,  Recaredo 
lu cense,  Froarengo  conimbriense,  Jacobo  cauriense,  Ge- 
mnadio  astoricense,  Sauarico  dumiense,  Asuri  auriense, 
Adtila  zamorensi,  Fronimio  legionense,  Oveco  ouetense, 
Anserico  visense,  imitantes  exempla  Patrum,  qui  caño- 
nes ediderunt,  quia  sic  fuerunt  nomines  Spiritu  Sancto 
renati,  sicut  et  nos,  necesse  est,  ut  redeant  ad  suas  se- 
des, cuneta  (que  in  canonibus  his  locis  adnotata)  (2)  sunt, 
roborata  et  plenaria.  Et  hec  sedes  hiriensis,  quae  est 
coniuncta  loco  Patronis  nostri  sci.  Iacobi  Apostoli,  fines 
suos  ab  omni  integritate  custodiat  et  contineat,  sicut  ab 
antiquis  Patribus  praescriptos  cognouimus,  id  est,  Tra- 
sancos,  Labatiencos,  Nemancos,  Célticos,  et  Camota, 
quam  obtinuit  Episcopus  lamecensis,  necnon  Nemitos, 
Faro,  Brecantinos,  et  Somnaria  quam  obtinuit  Episco- 
pus tudensis;  adicientes  ad  hec  Prucios  et  Bisancos,  qui 
steterunt  post  partem  regulaé  (ad  ouetao)  (3).  Omnia  hec 


(1)  Lo  incluido    entre  paréntesis,   falta  en  la  copia  publicada  por  el 
P.  Flórez. 

(2)  También  falta  en  Flórez  este  paréntesis. 

(3)  Ad  ouetao  falta  en  Flórez. 


84  APÉNDICES 


supra  memorata  ecclesiis  et  monasteriis  huius  sce.  Ec- 
clesie  amodo  ac  deinceps  perenniter  concedimus  possi- 
denda.  Adicientes  etiam  supra  memorato  loco  Apostoli 
sancti,  exemplum  inmitantes  aui  nostri  diue  memorie 
dni.  Hordonii  regis,  qui  concesit  seo.  Apostólo  sex  milia 
in  omnique  giro  hominum  ingenuorum,  metuens,  ne 
scurro  fisci  eius  inquietaret  ianuas  illius,  qui  omnium  fi- 
nium  Hispanie  ad  iudicii  diem  iussus  est  presentare 
animas,  lioc  statuens,  ut  ipse  populus  ingenuus  tantum 
Episcopo  in  ipso  loco  persoluant,  quantum  censum  statu- 
tum  est  Regi.  Postea  uero  genitor  noster  dns.  Adefon- 
sus  princeps  deuotionen  Patris  affirmauit,  et  ex  uero 
(voto),  proprio  addidit  XII  millia  de  Vlia  usque  in  Ta- 
mare  hoc  populo  ipsi  precipiens  sicut  et  pater  eius. 

Ego  tamen  supramemoratus  Hordonius  quoniam  non 
minima  pars  xristianitatis  ditioni  nostre  subiecta  est, 
quam  per  uestram  intercesionem  nobis  Dominus  subdi- 
dit,  et  deuotionem  Patris  et  Aui  confirmamus  et  ex  ue- 
ro (voto)  nos  tro  proprio  addimus  XII  millia  duplicata, 
id  est,  de  seo.  Vincentio  de  Pino  usque  in  Iriam,  et  in 
uilla  Lugrosa,  et  ad  partem  de  Siquario  XII  millia  du- 
plicata; conmissos  dúos  Montem  Sacrum,  sicut  euin 
Gundesindus  abba  obtinuit  et  Amaeam  sicut  eam  Luci- 
dus  et  Nunus  obtinuerunt  ab  integro,  siue  qui  sunt  ha- 
bitantes in  uillas  de  Hiria;  hoc  illis  statuentes,  sicut 
auus  et  genitor  noster  illis  alus  statuerunt  nihil  supra 
parientes.  Do  itaque  ac  seo.  Apostólo  confirmo,  quod  no- 
mines infra  urbem  commorantes,  seu  iuxta  tumulum 
sci.  Apostoli  Iacobi  habitantes,  si  infra  XL  dies  (1)  de 
aliqua  seruitute  calumniati  extiterint,  illico  ex  ea  ei- 
ciantur;  non  calumniati  absque  ulla  calumnia  perma- 
neant:  ita  ut  et  nos  sancti  martyres  Iacobe  apostóle  et 


(1)     Al  margen,  de  letra  de  principios  del  siglo   XIII:  De  commoran- 
tium  per  XL  dies  in  Compostella. 


APÉNDICES  85 

Eolalie  Virgo,  uestra  intercesione  praesenti  in  euo  tuti 
ab  insidiis  inimicorum  permaneamus,  etc.. 

Facta  scriptura  testamenti  simulque  confirmationis 
sub  die  IV  kal.  februarii  (era  DCCCCLIII)  (1). 

(Esp.  Sag.,  tom.  XIX,  Apénd.  Tumbo  A,  fol.  8  vuelto). 


NUMERO  XXXVIII 


era  dccccliii.  Santiago.  Año  de  C.  915. 

30  de  Enero. 

D.  Ordo  ño  II  y  su  esposa  D. '  Elvira,  dona  á  esta  Santa  Apos- 
tólica Iglesia,  la  villa  de  Comeliana  cerca  de  Ponte-de-Lima 
en  Portugal. 

In  nomine  domini.  nos  hordonius  princeps  et  geluira 
regina  uobis  patri  sisnando  epo.  uel  omni  congregationi 
uestre  in  dno.  deo  eternam  sálate m.  Multis  quidem  no- 
tum  manet  eo  quod  genitores  mei  diue  memorie  adefon- 
sus  rex  ac  exemena  regina  ob  remediurn  anime  illorum 
hordinauerunt  pontificibus  gemnadio  et  frunimio  quin- 
gentos  metcales  ex  auro  purissimo  huic  seo.  loco  iacobo. 
Postea  quidem  uno  consensu  tractantes  quomodo  in 
prefato  loco  omnen  misterium  ecclesie.  capsas.  cruces, 
cálices,  et  patenas,  uel  coronas  omni  a  manent  a  prefato 
patre  nostro  et  a  nobis  ibi  pie  testata.  Videntes  autem 


(l)     La  Era  está  al  margen  de  letra  de  principios  del   siglo  XIII, 


86 


APÉNDICES 


ipsos  metcales  uacantes  ab  aliqua  operatione  in  tesauro 
et  tridentes  magis  proficuum  esse  eos  uendere  pro  subsi- 
dio pauperum  et  peregrinorumí  placuit  nobis  ut  conte- 
staremus  uillam  pro  eis  loco  sancto  uestre  ecclesie  sicut 
et  contestaríais,  id  est  uillam  quam  uocitant  cornelianam 
territorio  gallecie  secus  flumen  limie.  cum  ecclesia 
sci.  Tome  apli.  per  omnes  suos  términos  anticos  in  omni 
circuitu  et  cum  cunctis  adiuncionibus  suis  et  prestacioni- 
bus.  id  est  domos  cum  edificiis  intrinsecis  suis,  pumares, 
uineas,  salta  uel  omnia  que  iuri  nostro  ibi  manere  po- 
tuerunt  usque  hodie,  et  piscarías  de  ipso  riuo  omnia  ab 
integro  uobis  concedimus  perhenniter  abitura  ut  genito- 
rum  nostrorum  crimina  deleantur,  et  nos  presentí  ue- 
stro  fulti  suffragio  eterno  mereamur  remunerari  pre- 
mio. Adicientes  quoque  adhuc.  ut  serui  uel  liberti  qui 
in  ipsa  uilla  sunt  habitatores  in  ministerio  ecclesie  ue- 
stre permaneanb  perpetualiter  seruientes.  siue  et  homi- 
nes  ingenuos  ibi  habitantes,  censum  quod  nobis  persol- 
uebantí  partí  uestre  inexcusabiliter  persoluant,  hoc 
statuentes  ut  hoc  factum  nostrum  numquam  a  nobis  di- 
ruptum.  Siquis  tamen  ex  gente  nostra  hoc  factum  no- 
strum inrumpere  conauerit,  presentí  a  fronte  careat 
luminibus,  et  post  discessum  a  corpore  igni  perpetuo  sit 
perhenniter  mancipandus,  et  hec  testamenti  series  in 
cunctis  obtineat  firmitatis  rigorem. 

Facta  scriptura  testamenti  uel  conmutationisi   sub 
die  .III.  kls.  februarii.  Era  DCCCCLIII. 


Hordoniu^  vsx  conf. 
Greloira  regina  conf. 
Sancius  conf. 
Adefonsus  conf. 
Ranimirus  conf. 
Lucidus  conf. 
Nunus  conf. 
Didacus  conf. 


Munius  conf. 
Sarracenus  conf. 
Gemnadius  eps.  conf. 
Attila  eps.  conf. 
Oduarius  testis. 
Froila  ts. 
Vimara  ts. 
Auriolus  ts. 


APÉNDICES  87 


G-utherre  conf.  Frunimius  eps.  ts. 

Rudericus  conf.  Viliulfas  ts. 


(Inéd.  Tumbo  A,  fol.  8). 


NUMERO  XXXIX 


era  dccccliii.  Santiago.  Año  de  C.  915. 

30  de  Enero. 

D.  Ordoño  II,  dona  á  esta  Iglesia  la  villa  de  Corneliana,  en 
lugar  de  500  sueldos  de  oro,  que  le  había  legado  don 
Alonso  III. 

In  nomine  scae.  et  indiuiduae  etc..  Ego  Ordonius 
rex  in  Dei  amore  et  vestrae  gloriae  perpetuali.  Dubium 
quoque  esse  non  potest,  quod  plerisque  firmum  manet 
atque  notissimum,  eo  quod  genitor  noster  bone  memo- 
rie  dns.  Adefonsus  rex  ad  hobitum  veniens  ordinauit  sub 
iuramenti  deffinitionem  pro  remissione  peccatorum  suo- 
rum  patri  Genmadio  episcopo  quingentos  auri  mimos 
aule  bti.  Jacobi  Apostoii  deferendos.  Quam  rem  et  geni- 
trix  nostra  dna.  Scemena  regina,  ut  completum  fuisset 
ómnibus  modis  eidem  pontifici  mente  spontanae  recon- 
firmavit.  Ule  vero  hoc  agoré  non  valuit,  quia  Germanus 
noster  domiius  Garsea  apicem  regni  accipiens,  aditum 
eundi  et  reddeundi  ad  eundem  locum  sanctum  iam 
dictus  Episcopus  minime  habuit,  nec  talem  hominem 
inuenire  potuit,  per  quem  munusculum  sibi  commenda- 


88 


APÉNDICES 


tum  ibi  direxisset.  Hac  de  causa  eos  penes  se  retinuit 
usque  dum  post  mortem  germani  nostri,  nos,  divina  pro- 
curante clementia,  parentum  in  solio  locati,  eosdeni  nu- 
mos  supr adicto  Antistiti  comniendavimus,  et  sicut  acce- 
pit,  detulit.  Ideoque  dum  eos  accepissemus,  providimus 
una  cum  consensu  patris  dni.  Sisnandi  liuius  aule  episco- 
pi,  et  illius  magnae  congregationis,  quod  in  thesauro  nil 
lucrifacerent,  concederemus  pro  eis  loco  sancto  Apostóli- 
co plenarium  aliquid  pro  victu  atque  indumento  sacer- 
dotum  Dei  et  monachorum  ibi  deservientium,  hospitum 
quoque,  et  peregrinorum,  et  pro  luminariis  Ecclesie, 
sicuti  et  concedimus,  et  damus  in  ripa  Limie  villam, 
quam  vocitant  Corneliana  cum  viculis,  et  adiacentiis  seu 
cunctis  praestationibus  quidquid  ad  eam  villam  pertine- 
re  videtur  per  omnes  suos  términos  anticos  in  omni  cir- 
cuitu  et  in  ea  ecclesiam  sci.  Thome  Apostoli,  ita  ut  ab 
hodierno  uel  tempore  post  ipsum  locum  sepe  nominatum 
sci.  Iacobi  apostoli  omnia  incunctanter  persistant,  et 
nullus  eam  uel  in  módico  maculare  uel  irrumpere  au- 
deat.  Quod  qui  fecerit  in  presentí  seculo  ab  utrisque  pri- 
uetur  luminibus  et  in  futuro  penas  paciatur  eternas  et 
hec  scriptura  testamenti  plenam  in  cunctis  obtineat  fir- 
mitatis  roborem. 

Adicientes  igitur  censum  hominum  ingenuorum  ibi 
habitancium,  ut  quod  regie  potestati  usi  fuerunt  persol- 
uere,  patrono  nostro  et  pontifici  Loci  sancti  persoluant. 

Facta  serie  testamenti  et   concessionis  sub  die,  quod 

manet  III  kal (1)  discurrente  era  DCCCCLIII.  anno 

feliciter  regni  nostri  I  commorantes  in  Dei  nomine  in 
civitate  Zamora. 


Ordonius  rex  confirmo. 
Geloira  regina  conf. 
Sancius  conf. 


Adef bnsus  cónf. 
Raneinirus  conf 
Gutierre  conf. 


(1)     Esta  fecha  en  el  Tumbo  A,  fol.  7  vuelto,  carece  de  indicación   de 
mes.  Lo  mismo  en  el  Tumbo  B,  fol.  159  vuelto. 


AfÉKDlCEá 


89 


ener  conf. 

Muninus  conf. 
Froila  conf. 
Fredenandus  conf. 
Nunius  conf. 
Saperus  conf. 

Gemnadius  episcopus  conf. 
Attilla  eps.  conf. 
Frugulfus  conf. 


Martinus  conf. 
Amphilocius  conf. 
Frunimius  testis. 
Adefonsus  ts. 
Viliulfus  ts. 
Stephanus  ts. 
Froila  ts. 
Dominicus  ts. 


Ego  quidem  ranemirus  diuina  procurante  clemencia 
ut  benedictionem  patronis  sci.  apostoli  merear  accipere. 
deuocionem  auorum  et  parentum  sponte  adimplens  ma- 
nu  propria  conf. — Tarasia  conf. — Grarsea  conf. 


(Esp.  Sag.,  tom.  XIX,  y  Turnio  A,  fol.  7  vuelto). 


90 


APÉNDICES 


NUMERO    XL 


ERA   DCCCCLIITI. 


Santiago. 


Año  de  C.  916, 

17  de  Enero. 


D.  Ordoño  IB  cambia  las  villas  de  Oza  y  de  Cela  por  la  de  Latí- 
cara,  que  su  hermano  D.  Gonzalo  había  legado  á  la  Iglesia 
Compostelana. 


Domno  inuictissimo  ac  triumfatori  glorioso  dei  mar- 
tiri  seo.  iacobo  apostólo  cuius  corpus  tumulatum  esse 
dignoscitur  in  prouincia  gallecie  sub  arcis  marmoricis. 
Hordonius  rex.  Dubium  quidem  esse  non  potest  quod 
plerisque  notum  manet.  eo  quod  germanus  noster  gun- 
disaluus  ad  obitum  ueniens.  mandauit  ut  pro  anime  sue 
remedio  testaret  aule  uestre  uillam  uocitatam  1  aneara 
que  est  in  territorio  lucense  secus  flumen  neira.  Modo 
tamen  placuit  michi  hordonio  una  cum  consensu  dni. 
Sisnandi  epi.  uel  fratrum  uestre  domui  deseruiencium. 
ut  commutarem  ipsam  uillam  cum  eis  sicut  et  commuto. 
et  accepi  ab  eis  ipsam  uillam  iam  superius  nominatam. 
cum  cunctis  edificiis  et  prestationibus  suis  ut  sit  iuri  meo 
debita,  pro  qua  et  ego  testo  glorie  uestre  pro  ea  secun- 
dum  canonum  decreta  alias  duas  símiles  illius.  unam 
quam  uocitant  Ocia,  que  est  in  territorio  nemitos.  et  fuit 
de  successione  patris  nostri  diue  memorie  domni  adefon- 
si.  ipsam  uillam  cum  domibus  et  edificiis,  pomeriis,  acces- 
sum  uel  regressum  cum  ómnibus  prestationibus  earum- 
dem  sicut  patris  mei  fuit,  ita  et  nunc  parti  uestre  sit 
semper  debita,  siue  et  alia  quam  dicunt  celia  que  est  in 


APÉNDICES  9 1 


territorio  nemitos  iuxta  flumen  mero,  quinta  porcione 
integra,  quam  remfarcus  concessit  genitori  nostro  dno. 
adefonso  cum  domibus.  edificiis.  pomeriis,  uineis.  terris 
quicquid  ad  prestí tum  hominis  esse  uidetur  per  términos 
suos  in  omni  circuitu,  ita  ut  ammodo  et  deinceps  unus- 
quisque  quod  accepit  firmiter  et  irreuocabiliter  obtineat, 
ut  et  ipse  germanus  meus  supra  memoratus  peccatorum 
suorum  ueniam  mereatur,  et  michi  a  te,  apostóle  sánete, 
presentibus  inimicis  sit  firma  tutatio,  et  post  liuius  uite 
excessum  eterna  reparatio,  amen.  Siquis  tamen  hoc  fa- 
ctum  infringere  uoluerit,  presentí  a  fronte  suis  careat 
lucernis,  et  quod  aufferre  conauerit  in  duplo  restituat 
et  hoc  factum  nostrum  in  cunctis  obtineat  firmitatis 
roborem. 

Facta  cartula   testamenti   uel    conmutationis.    Sub 
die  XIII.  kls.  februarii.  Era  DCCCCLIIII. 

Hordonius  rex  conf.  Armentarius  testis. 

Assurius  eps.  conf.  Froila  rex  conf. 

Recaredus  eps.  conf.  Herus  ts. 

Gutherre  menendiz  conf.  Muninus  ts. 

Gutherre  osoriz  conf.  Geremias  ts. 


(Inéd.  Tumbo  A.,  fol.  9). 


92  APÉNDICES 


NUMERO  XLI 


era  dcccclv.  El  abad  Gundesindo.       Año  de  C,  917. 

20  de  Enero. 

D.  Ordoño  II  dona  al  abad  Gundesindo  las  villas  de  Cela,  Pra- 

bioy  Paiaragio  (1). 

In  nomine  domini.  hordonius  rex  et  geluira  regina 
una  cum  filiis  nostris  tibi  gundesindo  abbati  in  domino 
salutem  amen.  Non  est  enirn  dubium  quod  plerisque 
manet  notissimum  eo  quod  spasandus  cellararius.  rem- 
furcus  et  sui  heredes  fecerunt  cartam  donationis  diue 
memorie  parentibus  meis  domno  adefonso  et  domne 
scemene  de  uillis  in  territorio  gallecie.  nominibus  celia 
prauio  et  paiaragio  quantum  ipsis  in  eis  competebatí  Ín- 
ter suos  heredes,  et  iacent  ipse  uille  in  ualle  de  nemitos 
secus  fluuium  mero,  et  habuerunt  ipsas  uillas  iuri  quieto 
dum  uita  uixerunt  et  reliquerunt  michi.  nobis  tamen 
supramemoratis  placuit  ut  faceremus  tibi  gundesindo 
textum  scripture  donationis  de  eis  sicut  et  fació,  ita  ut 
ab  hodierno  die  uel  tempore  sint  ipse  uille  iuri  tuo  dedi- 
te.  per  omnes  suos  términos  anticos'.  in  omni  circui- 
tu  cum  ómnibus  prestationibus  uel  adiunctionibus  suis, 
idest  cum  terris  cultis  uel  incultis,  arboribus  fractuosis 
uel  infructuosis,  aquis  currentibus  uel  non  currentibus, 
et  cum  ómnibus  que  ad  ipsas  uillas   pertinent  et  paren- 


(1)  Este  abad  Gundesindo  debe  ser  el  que  después  fué  Obispo  de  San- 
tiago, hijo  de  D.  Aloito  y  D.a  Argilona,  y  hermano  de  JD.  Hermenegildo, 
padre  del  Obispo  D.  Sisnando  II. 


APÉNDICES 


93 


tes  mei  habuerunt  et  ego  omnia  tibi  dono  atque  conce- 
do, siue  et  nomines  qui  in  eisdem  uillis  sunt  habitatores 
qui  de  casata  sunt  ipsius  spasandi.  uel  alios  qui  cum 
ipsa  uilla  nobis  fecerunt  rationem'  tibi  eam  persoluant. 
et  a  nobis  omnia  donata  accipias.  ut  quicquid  de  eis  age- 
re  uel  iudicare  uolueris,  liberam  in  Dei  nomine  habeas 
potestatem,  stante  ac  permanente  hac  scriptura  dona- 
tionis  in  omni  robore  et  perpetua  firmitate.  Sub 
die  XIII  kls.  februarii.  Era  DCCCCLV. 


Hordonius  rex  conf. 
Geluira  conf. 
Sancius  conf. 
Adefonsus  conf. 
Ranemirus  conf. 
Frunimius  eps.  conf. 
Hermoigius  eps.  conf. 
Didacus  eps.  conf. 
Recaredus  eps.  conf. 


Sauaricus  eps.  conf. 
Lucidus  uimarani  ts. 
Ghitherre  menendiz  ts. 
Grutherre  osoriz  ts. 
Armentarius  siloni  ts. 
Recemirus  ts. 
Amphilotus  ts. 
Muninus  ts. 
Lallinus  ts. 


(Inéd.  Tumbo  A.,  fol.  8). 


94  APÉNDICES 


NUMERO  XLII 


ERA  dcccclvii.     San  Pedro  de  IViacastéla.   Año  de  C.  919, 

22  de  Noviembre. 


D.  Ordoño  II  y  su  esposa  D.a  Elvira  confirman  á  este  Monas- 
terio las  donaciones  que  le  había  hecho  su  abuelo  don 
Gatón. 


Gloriosis  apostolis  et  martiribus  petro  et  paulo.  Ego 
exiguus  famulus  hordonius  rex  et  geluira  regina  pro- 
pter  honorem  dei  hanc  dotem  uobis  offerimus  et  ecclesie 
uestre  perhenniter  mansuram.  Quia  scriptum  est.  Voue- 
te  et  redite  dno.  deo  uestro.  Igitur  per  huno  testamen- 
tum  confirmamus  locura  monasterii  tibi  sancto  abbati 
uocabulo  sanctoruin  petri  et  pauli.  quod  fundatum  est 
in  territorio  triacastelle  in  prouincia  gallecie.  quod  res- 
taurauit  auus  noster  gaton  ad  radicem  montis  quem  di- 
cunt  monte  seiro  in  heremo.  et  concessit  ibi  uillam  uo- 
catam  ranimiri.  cum  ómnibus  que  ad  ipsam  pertinent. 
siue  et  rationem  quam  testauit  de  tio  nostro  sauarico 
nomine  tarsina.  Concedimus  atque  testamus  ipsius  mo- 
nasterii térras  cum  exitu  et  regressu  pratis,  padulibus 
cum  suis  adiacenciis  uel  prestacionibus  propter  serenita- 
tis  nostre  iussionem. 

Adicimus  ibi  etiam  ornamentum  ecclesie  uela  uesti- 
menta  altaris.  libros,  uel  omne  illud  quod  ibi  est  aduna- 
tum  tibi  sancto  uel  íratribus  qui  tecum  ibi  in  agone  dei 
perseuerauerint.  ut  sit  in  perpetuum  locum  monasterii. 
atque  cenobii.  non  popularem  ecclesiam  neo  puplica.  set 
ut  est  semota  ad  monacorum  uitam.  uel  coníessorum 


APÉNDICES  95 


mansionem.  quantum  ibi  est  concedimus,  ut  complacea- 
mus  qui  pro  terrenis  donat  celestia  et  pro  perituris 
eterna.  Et  ideo  hac  omnia  concedimus  monasterio  san- 
ctorum  petri  et  pauli  et  conuentui  monacorum  qui  ibi 
adfaerint,  ut  ipsi  beatissimi  mártires  et  apostoli  exorent 
pro  delictis  nostris  ut  mundemur  ab  ómnibus.  Omnia 
nominata  atque  prescripta,  que  superius  exarauimus  ad 
uictum  uel  uestimentum  monacorum  perenni  iuri  mo- 
nasterii  damus  atque  testamus.  Et  secundum  leges  pa- 
cificas ut  testatio  testatoris  secundum  quod  testatum 
est,  ita  ualeat;  ideo  tam  in  uita  nostra  quam  post  disces- 
sum  nostrum,  ut  non  de  fratribus  nostris  uel  filiis  uel  de 
propinquis  uel  nullus  episcopus  gallecie  aut  aliqua  po- 
testas  secularis  habeat  licenciam  in  aliquo  nostram  de- 
uotionem  di  mutilare,  conmutare,  daré,  aut  uendere  uel 
usurpare.  Siquis  sane  contra  hanc  nostram  deuocionem 
contrarius  aduenerit,  in  hoc  presentí  seculo  amborum 
oculorum  careat  luminibus,  morboque  ualidissimo  pe- 
reat,  et  postea  cum  iuda  traditore  habeat  partem  in 
eterno  cruciatu,  et  secundum  leges  puplicas  quantum 
fraudare  ausus  fuerit  dupliciter  abbati  ipsius  monasterii 
reddat. 

Facta  scriptura  testamenti  uel  concessionis  monaste- 
rii. X.  kls.  decembris.  Era.  DCCCCLV1I. 

Hordonius  rex  conf.  Jusuandus  ts. 

Gelvira  regina  conf.  Sindericus  ts. 

Ranemirus  conf.  Sisnandus  ts. 

Sancius  conf.  Frunimius  eps.  conf. 

Adefonsus  conf.  Assurius  eps.  conf. 

Garsia  conf.  Salomón  eps.  conf. 

Froila  conf.  Berila  abba  conf. 

Teodericus  conf.  Froila  abba  ts. 
Gomezius  conf. 


(Inétl.  Tumbo  A,  fol.  9  vuelto). 


96  APÉNDICES 


NUMERO  XLIII 


era  dcccclviii.  Santiago.  Año  de  C.  920. 

18  da  Mayo. 

D.  Ordoño  II  y  D.*  Elvira  donan  á  esta  Santa  Iglesia  la  villa  de 
Pelagio  que  había  sido  del  Presbítero  Scissa. 

In  nomine,  sce.  trinitatis  siue  ob  honorem  sci  iacobi 
apostoli.  cuius  corpus  tumulatum  esse  dignoscitur  pro- 
uincia  gallecie  in  finibus  amaee  Nos  famuli  Xpisti  ordo- 
nius  rex  et  geluira  in  dei  amore  et  uestre  glorie  perpe- 
tuali  honor e.  Multis  etenim  cognitum  manet  eo  quod 
scissa  presbiter  concessit  per  textum  scripture  diue  me- 
morie  genitrici  nostre  dominissime  regine  uillas  in 
gallecia  cum  ecclesiis  et  monasteriis.  seu  seruos  et  libe- 
ros  uel  omni  suo  ganato  ab  omni  integritate. 

Iterum  postea  prefatus  cissa  módico  interuallo  tem- 
porum  fecit  similiter  testamentum  aule  uestre  sic  simili- 
ter  de  ómnibus  que  iam  dudum  genitrici  nostre  conces- 
serat.  Modo  quidem  placuit  serenitate-  nostre  ut  conce- 
deremus  exinde  sacratissimo  loco  uestro  pro  remedio 
anime  memórate  dne.  exemene  regine.  ut  nobis  pro  istud 
merces  ueniat  copiosa,  sic  et  concedimus  uillam  quam 
dicunt  pelagio.  que  est  inter  dúos  riuulos  parreca  et  la- 
nera, cum  ómnibus  suis  terminis  uel  adiacentiis.  et  ec- 
clesia  que  ibi  est  fundata  uocabulo  sci  martini.  necnon 
quoque  libertos  in  eadem  uüla  habitantes,  qui  ad  ipsam 
ecclesiam  rationem  uel  obsequium  fecerunt.  Ita  ut  am- 
modo  et  deinceps  sit  concessum  iuri  ac  parti  uestre  pro 
uictu  monacorum  uel  adueniencium  peregrinorum  uel 


APÉNDICES 


97 


hospitum  pereheniter  mansurum,  quod  iuratione  confir- 
mamus  per  Deum  et  regnum  glorie  sue.  Qui  contra  hoc 
factum  nostrum  uenerit  ad  irrumpendum,  in  primis 
sit  extraneus  a  sea.  et  católica  ecclesia,  et  sit  anatema 
in  conspectu  Dei  uiuentis  et  scorum.  angelorum,  insuper 
dampna  secularia  multatus  inferat  loco  uestro  omnia 
que  confirmamus.  dupliciter  uel  tripliciter,  et  hoc  factum 
nostrum  in  cunctis  obtineat  firmitatis  rigorem. 

Facta  serie  testamenti  die  XV  kls.  iunii. 

Era  DCCCCLVIII. 


\ 


Hordonius  rex  conf. 
Geluira  regina  conf. 
Sancius  conf. 
Adefonsus  conf. 
Ranimirus  conf. 
Scemena  conf. 
Garsia  conf. 
Oueco  eps.  conf. 
Frunimius  eps.  conf. 
Sauaricus  eps.  conf. 


Guthere  menendiz  conf. 
Guthere  osoriz  conf. 
Ermerote  conf. 
Recemirus  ts. 
Fredenandus  ts. 
Sisebutus  ts. 
Abdias  ts. 
Munio  ts. 
Lallinus  ts. 
Adulfus  ts. 


(Inéd.   Tumbo  A,  fol.  9  vuelto). 


Tomo  II.— 7. 


98 


APÉNDICES 


NUMERO  XLIV 


EEA  DGCCCLX.  Láncara.  Año  de  C.  922. 

(Sfin  Pedro),  27  de  Febrero, 

O.  Ordoño  II  cambió  con  D.  Gundesindo»  Obispo  de  Composte» 
la,  esta  villa  por  las  de  Arcabria  y  Ozaa 

Domno  inuictissimo  ac  triunphatori  glorioso  dei 
martiri  sancto  iacobo  apostólo  cuius  corpus  tumulatum 
esse  dignoscitur  prouincia  gallecie  in  finibus  amaee. 
Ego  seruus  uester  hordonius  rex  in  domino  sempiternam 
salutem.  Dubium  quidem  esse  non  potest,  quod  ómnibus 
notum  manet  eo  quod  germanus  noster  gundisaluus  ad 
obitum  ueniens  mandauit  ut  pro  anime  sue  remedio 
testaret  aule  uestre  uillam  uocitatam  Lancara  ab  inte- 
gro, que  est  in  territorio  lucense  secus  riuulo  Neira. 
Modo  tamen  placuit  michi  hordonio  una  cum  consensu 
domini  Sisnandi  episcopi  uel  fratrum  domui  uestre  de- 
seruiencium  ut  conmutarem  ipsam  uillam  uobiscum, 
sicut  et  conmuto.  Accepi  a  uobis  ipsam  uillam  iam  su- 
perius  nominatam  cum  cunctis  edificiis  et  prest acioni- 
bus  suis,  ut  sit  iuri  meo  debita.  Pro  qua  et  ego  do  uestre 
glorie  secundum  canonum  decreta  alias  duas  uillas  con- 
similes  ei.  unam  quam  uocitant  oziam  que  est  in  terri- 
torio Nemitos  et  fuit  de  succesione  patris  nostri  diue 
memorie  domni  adefonsi  principis.  Ita  et  nunc  parti 
uestre  sit  semper  debita.  Siue  et  aliam  uillam  in  terri- 
torio castelle  in  ripa  minei.  que  est  inter  Laias  et  Cas- 
trello,  quas  obtinuit  martinus  de  nostro  dato  tam  de  illa 
parte  Minei,   quam  de  ista,   per   omnes  suos  términos 


APÉNDICES  99 

antiquos  et  cnm  edificiis,  et  uineis,  salto,  uel  omni  pre- 
statione  sua,  et  uocitant  ipsam  uillam  Arcabriam.  et 
plata  et  fuerunt  de  uizoi  et  giluira. 

Nunc  quoque  adicimus  ibi  in  ipso  loco  patrono  no- 
stro  uillam  nostram  que  fuit  de  geluira,  quam  obtinebat 
filius  noster  Sancius  ab  integro  cum  ómnibus  suis  pre- 
stationibus  in  omni  circuitu  secundum  illam  rationica- 
bit  zamarius  post  partem  nostram,  sic  eam  concedimus 
huic  loco  perheniter  habiturum.  Adicimus  ibi  etiam 
omnes  habitatores  quantoscumque  sunt  in  ipsas  uillas.  ut 
censum  quod  ceteri  populi  regi  solent  persoluere  illud 
domino  iacobo  persoluant.  et  rationes  ipsarum  uilla- 
rum  secundum  ueritas  est.  parti  idem  ecclesie  persistant. 
Pro  quo  accepimus  in  offertionem  ex  parte  prenominate 
ecclesie  limace  cum  lapidibus  et  auro  sculpto  in  D  soli- 
dos, necnon  (libros  ecclesiasticos.  antiplionarium.  comi- 
cum  perfectos,  orarium  cum  perco)  (1)  balteum  aureum 
cum  lapidibus  miro  opere  compositum  similiter  in  D  so- 
lidos per  manus  pontificis  gundesindi.  Jta  ut  ab  hodierno 
die  uel  tempore  omnia  superius  adnotata,  post  partem 
ipsius  loci  firmiter  sint  permansura,  Vt  per  interces- 
sionem  ipsius  apostoli  germanus  habeat  remissionem 
suorum  peccatorum,  et  michi  presentí  ab  inimicis  firma 
tutatio,  et  post  huius  seculi  transitum  cum  sanctis  et 
electis  partem  habere  in  regno  Xpi.  Quod  ego  iuratione 
confirmo  per  deum  et  tronum  sue  glorie,  quod  contra 
hoc  factum  meum  numquam  ueniam.  Siquis  tamen  hoc 
factum  uel  uotum  nostrum  etc. 

Facta  est  series  testamenti  uel  conmutationis  sub 
die  III  kls.  marcii.  Era  DCCCCLX.  anno  feliciter  regni 
nostri  VIII  commorantes  in  dei  nomine  in  aulam  loci 


(1)  La  copia  que  se  lee  en  el  Tambo  A  de  Santiago,  fol.  10,  no  contie- 
ne lo  encerrado  entre  paréntesis,  y  varía  en  algunas  otras  cosas  de  la  conte- 
nida en  el  Tumbo  de  Sobrado,  tomo  X,  núm.  CXIX,  Véase  también  el  docu* 
mentó  núm.  XL, 


100 


APÉNDICES 


uestri    anno    incarnationis    domini    nostri    iesu    Xpi- 
sti  DCCCCXXII. 


Hordonius  rex  coní. 

Sancius. 

Adefonsus. 

Ranernirus. 

Scemena. 


Garsia. 

Recaredus  eps.  ts. 
Sauaricus  eps.  ts. 
Brandericus  ts. 
Froila  rex  conf. 


Placuit  iterum  serenitati  nostre  et  reconfirmamus 
hoc  testamentum  sicut  scriptum  est  comrnorantes  in 
uilla  noua.  Era  DCCCCLX. 


Ñuño  Gutiérrez  ts. 
Gundesindo  ts. 
Gutier  ts.    \ 
Sandinus  ts. 
Sedigis  ts. 
Gauino  ts. 
Armentario  ts. 
Vermudo  ts. 


Suario  ts. 
Sarraceno  ts. 
Gudestes  ts. 
Gundesindo  ts. 
Suario  ts. 
Gresconio  ts. 
Bazario  Celaranio  ts. 

Athaulfus  diaconus  gendoni  notauit. 


(Inédito  en  parte.  Cartulario  de  Sobrado,  tom.  I,  núm.  CXIX. — Véase 
Flórez,  tom.  XIX,  pág.  112). 


APÉNDICES  101 


NUMERO   XLV 


era  dcccclx?  Santiago.  Año  de  922? 

Convenio  entre  D.  Recaredo,  Obispo  de  Lugo,  y  D.  Gundesin- 
do,  Obispo  de  Santiago,  sobre  los  commissos  de  Pruzos  y 
Besoucos. 

Postea  quidem  congregatis  in  presentía  nostra 
dns.  Frunimius  episcopus  et  dns.  Fortis  episcopus,  et 
cetera  multitudo  benenatorum  residentium  uel  adstan- 
tium  in  loco  Legionensium,  adfuerunt  ibi  dns.  Recare- 
dus,  et  dns.  Gundesindus  episcopus  contendentes  pro 
commissos  Prucios  et  Visancos,  et  diuidimus  homines 
bene,  ut  sint  medii  post  partem  Sci.  Iacobi  et  medii 
post  illius  ambo  commissi,  dum  Recaredus  eps.  aduixe- 
rit,  et  post  obitum  illius  sint  integrati  pro  parte  Sci.  Ia- 
cobi Apostoli,  et  roboret  iam  dictus  Recaredus  episco- 
pus testamentum,  ut  ista  causa  firma  permaneat. 

Ordonius  rex  confirmo. 

Gemirá  regina  conf. 

Sancius  conf. 

Adefonsus  conf. 

Ranemirus  rex  conf. 

Ranemirus  conf. 

Scemena  conf. 

G-arsea  conf. 

Recaredus  episcopus  conf.  de  Lugo. 

Asurius  eps.  conf.  de  Orense. 

Froarengus  eps.  conf.  de  Coimbra. 

Frunimius  eps.  conf.  de  León, 


102  APÉNDICES 

Jacobus  eps.  conf.  de  Coria. 
Ouecus  eps.  conf.  de  Oviedo. 
Nunus  Guter  testis. 
Lucidus  Vimarine  ts. 
Didacus  Federnandici  ts. 
Gundisaluus  Betonice  ts. 
Atila  eps.  conf.  de  Zamora. 
Gemnadius  eps.  conf.  de  Astorga. 
Martinus  abba  conf. 
Valencius  abba  conf. 
Iquila  abba  conf. 
Recaredus  abba  conf. 
Balderedus  abba  conf. 
Adefonsus  abba  conf. 
Superius  abba  conf. 
Gundisaluus  ts. 
Guincaluus  Ferdinandiz  ts. 
Federnandus  Ansuriz  ts. 
Gudesteus  ts. 
Sauaricus  eps.  ts. 
Ansericus  eps.  ts. 

(Este  documento  se  halla  á  continuación  del  de  29  de  Enero  de   915, 
Esp.  Sag.,  tomo  XIX,  Apénd.—  Tumbo  A,  fol.  8  vuelto). 


APÉNDICES  103 


NÚMERO  XLVI 


era  dgccglx.  Santiago.  Año  de  C.  922. 

18  de  Diciembre. 

D.  Ordoño  II  dona  a  esta  Santa  Iglesia  el  Monasterio  de   San 
Pedro  de  Triacastela. 

Glorioso  ac  post  deum  fortissimo  patrono  meo  seo.  ia- 
cobo  apostólo,  cuius  in  honore  eoclesia  fundata  esse 
noscitur  sub  arcis  mar  mor  le  is  prouincia  gallecie.  Ego  qui- 
dem  seruorum  domini  seruus  ordonius  nutu  dei  rex.  ut 
apud  deum  a  nexibus  meorum  peccatorum  absolui  me- 
rearí  offero  et  dono  sacrosco.  altario  ecclesie  uestre.  mo- 
nasterium  cum  ecclesia  sanctorum  apostolorum  petri  et 
pauli  que  est  in  finibus  galle3Íe  locum  nominatum  tria 
castella.  ipsum  locum  cum  omni  tesauro  ecclesie;  cum 
libris.  uelis  principalibus.  et  altaría  induta.  cruces,  co- 
ronas, signum  ex  metallo  fusile  quem  deuocionis  nostre 
ibidem  possuimus.  seu  uestimenta  atque  indumenta  et 
cuneta  intrinsecus  domorum.  cum  terris,  uineis,  in  cir- 
cuitu  pomiferis  et  arboribus  fructuosis  cum  molendinis 
ipsis  et  aque  ductis  uallatis  ómnibus,  ne^non  uicis  et 
prestationibus,  que  ibi  sunt  concessa,  determinatis  adia- 
centiis  cunctis.  Omnia  memórate  ecclesie  concedimus 
firmiter  mansura.  sicut  sunt  propria  de  regalengo.  Nein- 
pe  obte  tamur,  ut  quisquís  hanc  nostram  uoluerit  con- 
uellere  in  aliquo  deuocionem,  aut  huius  nostri  decreti 
uel  testamenti  infringere  tenorem,  sit  anathema  in  con- 
spectu  Dei  patris  et  sanctorum  angelorum  eius,  sit  eciam 
in  conspectu  spiritus  sancti  dampnatus,  ut  et  de  hoc  se- 


104 


APÉNDICES 


culo  sicut  datam  et  abiron  uiuus  absorbeatur  et  tarta- 
reas  penas  cum  iuda  Xpisti  proditore  perheni  cruciatu 
pereat  amen.  Et  hec  scriptura  testamenti  semper  ma- 
neat  firma. 

Facta  scriptura  testamenta   die  XV  kls.   ianuarii. 
Era  DCCCCLX. 

Hordonius  rex  hoc  testamentum  a  nobis  factum  conf . 


Sancio  proles  regís  conf. 
Adefonsus  conf. 
Ranemirus  conf. 
Scemena  conf. 
Garsea  conf. 
Recaredus  eps.  conf. 


Frunimius  eps.  conf. 
Fortis  eps.  conf. 
Armentarius  testis. 
Pelagius  ts. 
Aloitus  ts. 


(Inéd.  Tumbo  A,  fol.  10  vuelto). 


APÉNDICES  105 


NUMERO  XLVII 


era  dcccclxii.  Santiago.  Año  de  C.  924. 

28  de  Junio. 

D.  Fruela  II  confirma  al  Obispo  compostelano,  D.  Hermene- 
gildo, en  la  posesión  de  la  Sede  Iriense  y  del  coto  de  doce 
millas,  que  hablan  otorgado  sus  predecesores. 

Froila  patri  Hermegildo  epo.  Per  huius  nostrae 
praeceptionis  serenissimam  iussionem  ordinamus  vobis 
possesam  et  imperandam  sedem  Iriensem,  quae  est  con- 
iuncta  loco  patroni  sei.  Iacobi  Apostoli,  cum  omni 
eorundem  familia,  vel  dioecesi,  quidquid  pertinet  ad  ipsos 
sanctos  locos  sive  villas,  vel  Ínsulas,  quae  per  testamen- 
tos et  firmitates  habuistis  et  habetis  huic  loco  concessas, 
secundum  illas  obtinuerunt  domnus  Sisnandus  et  do- 
mnus  Gundesindus  epi.  Concedimus  nempe  paternitati 
vestrae  et  scae.  Regulae  XII  millia  in  omni  circuitu 
aulae  ipsius  alumni  Apostoli,  ut  omiem  censum  vel  tri- 
butum  fiscalium,  quod  populus  solvere  solitus  est  regiae 
potestati,  cuneta  vobis  reddant  rationabiliter  pro  victu 
atque  indumento  fratrum  ibidem  commorantium,  vel 
monachorum  et  pauperum  peregrinorum,  et  hospitum, 
quatenus  amodo  et  deinceps  omnia  ex  dato  nostro  fir- 
miter  maneant  iure  quieto  qost  partem  patroni  nostri 
sci.  Iacobi  et  vestrae.  Praesentibus  Athaulplio  et  Froyla 
diaconibus  in  fa^iem  ordinamus,  qui  omnia  assignent,  et 
ipsa  millia  per  suos  términos  mensurent. 

Notum  die  IIII  kal.  iulii,  era  DCCCCLXII. 

Froila  rex  confirmo.  Didacus  conf, 


lOÓ  APÉNDICES 


Teudericus  conf.  Fredenandus  conf. 

Gutiher  conf.  Arias  ts. 

Gundesindus  conf.  Menendus  ts. 

Tellus  conf.  Sisnandus  ts. 

Munius  conf.  Exemenus  ts. 
Atanaus  conf. 

(Tumbo  A,  fol.  II  vualto.  —  Esp.  Sag.,  tom.  XIX,  ApánVioe  I  El). 


NUMERO    XLVIII 


era  dcccclxii.  Santiago.  Año  de  C.  924. 

17  de  Septiembre. 

Di  Fruela  II  confirma  de  nuevo  el  coto  de  las  doce  millas,  y 
otorga  además  el  condado  de  Montanos  comprendido  entre 
el  Tambre  y  el  territorio  de  Nendos. 

In  nomine  domini  et  saluatoris  nostri  ihu.  xpi.  siue 
ob  honorem  sci.  iacobi  apli.  cuius  uenerabile  corpus  di- 
gne manet  tumulatum  sub  arcis  marmoricis  prouincia  gal- 
lecie  in  finibus  amaee.  Ego  seruus  seruorum  domini 
froila  in  dei  amore  et  uestre  glorie  perpetuali  honore. 
Anticorum  etenim  certissima  relatione  cognouimus  auios 
et  parentes  nostros  bene  atque  utiliter  deseruientes  et 
munerum  copiam  diuersarum  rerum  in  eodem  loco  offe- 
rentes.  secundum  quod  series  testamenti  in  eorum  nomi- 
ne prenotum  manet.  ínter  quos  statuerunt  in  omni  giro 
milia  ingenuorum  hominum  qui  ibidem  deseruirent.  cen- 


ÁPKNDIÓKá  107 


sum  uel  omnia  que  regie  potestati  condecent.  non  tamen 
ut  familia  ecclesiarum  debita!  set  reipublice  ingenuo- 
rum.  et  ex  ipsa  milia  quod  in  confirmatione  diue  memo- 
rie  genitorum  nostrorum  adnotatum  manet.  multa  ex 
inde  reperimus  ablata.  Modo  uero  procurante  domini 
clemencia  peruenimus  in  sanctum  locum  ubi  coniuncti 
cum  catolicis  patribus  atque  illustris  uiris.  subter  adno- 
tatos  offerimus  atque  confirmamus  loco  uestro  illud 
quod  genitores  nostri,  sua  sponte  obtulerunt.  et  ut  cum 
eis  in  celo  iungamur.  et  in  presentí  a  malis  tueamur,  te 
presente,  te  orante  o  sce.  dei  apostóle,  sacro  sanctoque 
altario  tuo  pre  concinenda  luminaria  seis,  altaribus  ac 
tolerationi  sacerdotum  et  pauperum  ibi  adueniencium. 
id  est  conmisso  de  montanos  ab  integro  secundum  illum 
obtinuit  Sigeredus  egicaz.  de  tamare  usque  in  nemitos. 
ut  omnis  populus  in  eodem  degentes  conmisso.  seo.  loco 
tuo  deseruiant.  sicut  superius  resonant.  non  ut  seruií  set 
ingenui  quemadmodum  et  gens  eorum  fuit  redens  ibidem 
regio  censui,  quod  fiscum  persoluere  consueuerant;  et 
hec  per  lioc  testamentum  sce.  aule  uestre  obtulimus  et 
testamentos  priores  manu  propria  confirmamus.  Oramus 
sce.  pater  eterne  omnipotens  deus  ut  hoc  factum  nostrum 
in  te  et  per  te  stabilitum  rnaneat,  et  qui  eum  uel  in  mó- 
dico emutare  temptauerit,  quisquís  ille  fuerit,  in  primis 
sit  excomunicatus  a  consorcio  catholicorum  Dei  et  a 
corpore  et  sanguine  Xpi.  ut  in  presentí  eum  ulcio  subse- 
quatur  diuina,  corpore  repletus  scaturiat  uermibus,  am- 
borum  oculorum  luminibus  careat,  et  in  inferno  cum  da- 
tam  et  abiron,  quos  uiuos  térra  obsorbuit  et  iuda  tradi- 
tore  Domini  sepultus  maneat,  et  hec  testamenti  series 
in  cunctis  roborem  obtineat  firmitatis. 

Facta  serie  testamenti.  XII.  kls.  octubris. 

Era  DCCCCLXII. 


Froila  rex  conf. 

Urraca  regina  mente  deuota  conf. 

Recaredus  eps.  conf. 


IOS  APÉNDICES 

Sauaricus  eps.  conf. 

Oueco  eps.  conf. 

Brandericus  eps.  conf. 

Hermigius  eps.  conf. 

Fortis  eps.  conf. 

Didacus  ts. 

Teodericus  ts. 

Gvtiher  comes  ts. 

Gutiher  ts. 

Guncaluus  ts. 

Telus  ts. 

Muninus  ts. 

Ego  sancius  rex  hoc  testamentum  conf. 

Las  suscripciones  en  el  Tumbo  B,  fol.  185,  se  leen  así: 

Subxpi.  nomine  Recaredus  metropolitane  sedis  eps.  cf. 

In  xpi.  nomine  Sauaricus  dumiense  sedis  eps.  cf. 

Sub  xpi.  nomine  Ouecco  sedis  Regis  ouetensis  eps.  cf. 

In  xpi.  nomine  brandericus  Tudense  sedis  eps.  cf. 

Sub  xpi.  nomine  Ermoigius  portugalensis  eps.  cf. 

Fortis  astoricensis  sedis  eps.  cf. 

Didacus  crenandiz  ts. 

Gundisaluus  bettotiz  ts. 

Guter  menendez  ts.  comes. 

Gutier  Osoriiz  ts. 

Theudericus  lucidi  ts. 

Tellus  bettotiz  ts. 

Menendus  menendez  ts. 

Scemenus  didaci  ts. 

Sisnandus  didaci  ts. 

Ego  sancius  serenissimus  princeps  hunc  testamen- 
tum quod  ad  auio  meo  diue  memorie  dnm.  froilanem 
principem  uerificum  esse  cognoui  Roboratum,  ita  et  ego 
confirmaremus  decreui  de  comissum  montanos  ab  inte- 


APÉNDICES  109 

gro  post  partem  ecclesie    sce.  Iacobe  et  Pontífice  sise- 
nando. 

Munius  adefonsi  ts. 
Attanus  froianiz  ts. 
Afila  baroncelli  ts. 
Aboleetha  ibendecember  ts. 
Fredenandus  muniniz  ts. 
Menendus  gundisaluiz  ts. 
Aloitus  lucidi  ts. 
Arias  aloitiz  ts. 
Sisnandus  dcns. 
Ariulfus. 

(Inéd.  Tumbo  A,  fol.  11  vuelto). 


NUMERO  XLIX 


EEA  mdcccclxii?  Santiago.  Año  de  C.  924? 

25  de  Octubre. 

Da  Fruela  II,  concede  á  esta  Santa  Iglesia,  entre  otras  villas  ó 
posesiones,  la  de  Vallega  ó  Valga,  que  Baltario  había  dado 
á  su  padre  D.  Alonso  III. 

In  nomine  domini  sancto  apostólo  et  post  deum  nobis 
patrono  sancto  iacobo  cuius  corpus  gallecense  prouincie 
sub  arcis  marmoricis  requiescit  in  túmulo.  Ego  namque 
Froila  filius  domini  Adefonsi  principis  et  domine  Sceme- 
ne  regine  per  intercessionem  sci.  Apostoli  a  Domino  sa- 
lutem.   Notum  est  plurimis  quod  idem  genitor  noster 


110  APÉNDICES 


testauit  tue  glorie,  uel  cultoribus  in  tua  domo  deseruien- 
tibus  uillam  Vallegam  qu^m  dicunt  cum  suo  exitu,  cesso 
et  regresso  uel  omnes  in  ipsa  uilla  habitantes  secumdum 
Baltarius  per  titulum  scripture  concessit  nostri  genitori 
dudum  in  tempore.  Ita  et  ego  iam  fatus  froila  concedo 
et  de  presenti  dono  per  hanc  scripture  testacionem 
alias  Villas  prenominatas,  id  est,  in  Bregantinos  ui- 
llam Villanium,  Valdani,  Teudiscli,  Inuoláti,  et  aliam 
Proami.  In  Montanos  uillas  Andogio  cum  ecclesia  sancti 
Mametis  et  Lepore  Gundesindi,  Fornelos,  etiam  et  alios 
uillares  qui  ibi  iacent  in  prefato  territorio.  In  ripa  Sia- 
onie  uillas,  id  est,  Maurentani,  Villam  maiorem.  In  ripa 
Vlie  in  saliniensi  uillas  Barcalla  et  alias  in  Valleca,  Pa- 
rata, Laurinia,  Reserti,  Párete  longa,  Mazanaria,  Pala- 
tio,  Adamiri,  et  alia  inter  Laurum  et  Magnola,  quod 
dicitur  Ad  mola  et  uilla  Armentarii,  utrasque  uillas  cum 
edificiis,  uineis,  pomiferis,  pascuis,  padulibus,  uel  omni 
prestantia  sua.  Medietatem  in  has  uillas  domui  tue  con- 
testatum  secumdum  in  illa  carta  de  eodem  baltario  reso- 
nat.  Vt  ammodo  et  deinceps  sicut  superius  resonante  post 
partem  tue  ecclesie  sint  constitute,  et  cultoribus  loci 
deseruientibus  ad  per  habendum  de  nostro  confirmatas. 

Notum  die  VI J I  kalendas  novembris. 

EraDCCCCL(l). 

Froila  rex  conf.  Eularius  conf. 

Tetón  conf.  Anronius  conf. 

Beua  conf.  Adulfus  ts. 

Sarracenus  conf.  Oduarius  ts. 

Visterla  conf.  Petrus  ts. 
Galindo  conf. 

(Inédito.  Cartulario  de  la  Catedral  de  Santiago,  tomo  A,  fol.  11  vuelto). 


(1)     Debe  leerse   Era  DCCCCLX1 I  por  lo   menos;  pues  D.  Fruela  no 
empezó  á  reinar  basta  el  año  924, 


APÉNDICES  111 


NUMERO   L 


ERA  DCCCCLXV.  Santiago.  Año  de  C.  927. 

25  de  Agosto. 

D.  Sancho,  Rey  de  Galicia,  dona  á  esta  Santa  A.  Iglesia  el  lugar 
de  Busto  en  tierra  de  Luana. 

In  nomine  domini  et  salvatoris  nostri,  si  ve  ob  hono- 
rem  piissimi  patroni  nostri  sci.  iacobi  apostoli,  cuius  glo- 
riosum  et  venerabile  sepulerum  sub  arcis  marmoricis 
quiescit  provincia  gallecie  in  finibus  amaee.  Ego  exiguus 
famulus  xpisti  sancius,  nutu  altissimi  Regis  Rex,  pro- 
vidente divina  misericordia,  serenitati  nostrae  bonae 
operationis  spiraculum  venit,  ut  tibi,  Domine,  sanctoque 
tuo  apostólo  pro  tuitione  et  gubernatione  sacerdotum  et 
clericorum  offerimus  bustum  cum  omni  praestatione 
sua,  quod  est  latere  montis  luanie,  quem  dicunt  Var- 
ganum,  ut  parti  tuae  ac  praesuli  Hermegildo  epo.  per- 
henniter  sit  concessum,  vel  cunctis  successoribus  eius. 
Concedimus  illum  cum  omni  integritate.  Et  qui  eum  de 
loco  patroni  nostri  auferre  temptaverit  etc.. 

Notum  die  VIII  kal.  septembris  era  DCCCCLXV. 

Sancius  rex  conf.  Guther  osoriz  ts. 

Gundisaluus  betoniz  conf.  Ordonius  ts. 

Gundesindus  eroni  conf.  Nunus  osorici  ts. 

Gundulfus  odori  conf.  Arias  Alvitiz  ts. 

Spasandus  conf.  Cresconius  ts. 
Froila  menendiz  conf. 

(Tumbo  A,  fol.  16.— £¿2?.  Sag.,  tom.  XIX). 


112  APÉNDICES 


NUMERO    LI 


ERA  DCCCCLXV.  Santiago,  Año  de  C.  927. 

21  de  Noviembre. 

O.  Sancho,  Rey  de  Galicia,  confirma  á  esta  S.  A.  Iglesia  todos 
sus  cotos  y  posesiones. 

Calicolo  patrono,  et  a  Domino  electo  patrono  no- 
stro  bto.  iacobo  cuius  venerabile  corpus  et  gloriosum 
sub  arcis  marmoricis  honorifice  tumulatum  quiescit  in 
provincia  gallecie,  finibus  amaee,  nos  exigui  famuli  ve- 
stri  sancius  simul  cuna  coniuge  in  domino  dei  filio  sem- 
piternam  salutem,  amen.  Cunctorum  etenim  cordibus 
cognitum  manet,  atque  notissimum,  eo  quod  bisavi,  avi, 
vel  parentes  nostri  divini  spiritus  amore  succensi,  dum 
esset  locus  iste  ab  antiquitus  vili  opere  constructus  mi- 
rifice  in  melius  restauraverunt,  et  pretiosissimis  opibus 
plenissime  ditaverunt,  etiam  et  tanto  igne  amoris  Dei 
accensi  non  solum  plebem  ibi  debitam  confirmaverunt, 
sed  etiam  commissos  ingenuos  ibidem  adiecerunt  ut  tri- 
butum  quod  regi  soliti  erant  persolvere.  seo.  dei  apostó- 
lo fideli  famulatu  conredderent.  non  ut  plebs  ecclesia- 
rum.  set  ut  ceteri  ingenui  permanentes,  quemadmodum 
in  eorum  testamentis  lucidius  confirmatum  est.  et  in 
thesauris  apostoli  recóndita  manent.  cumque  ut  conces- 
sa  fuerant,  inconvulsa  parti  ecclesie  manerentí  evenit 
iuxta  consuetudinem  humanorum  ut  genitor  noster  bo- 
ne  memorie  dns.  Ordonius  debitum  mortis  persolveret. 
qui  quam  benignissime  huic  apostólico  loco  deservierit. 
si  humana  taceat  lingua ,  conspicua  illius  clarescunt  ope- 
ra, et  digniter  manent  conscripta. 


APÉNDICES  113 

Post  obitum  vero  illius  frater  eius  succesit  in  regno, 
et  adveniens  in  locum  sepedictum  causa  orationis  demon- 
strat  ei  presul  loci  ipsius  pater  hermegildus  cum  omni 
collegio  clericorum,  testamenta  priorum  regum,  ut 
maiorum  exempla  inmitando,  et  ipsa  confirmaret,  et 
alia  propter  semetipsum  superadderet,  ille  autem  obdu- 
ratam  habens  mentem  non  solum  eadem  non  confir- 
mavit,  sed  ibi  confirmata  sacrilego  more  abstraxit  et 
plebem  cui  erat  mitis  Apostolus  superim  pósito  fiscali 
imperio  acrius  adstrinxit.  Providente  etenim  Domini 
clementia  qui  in  locis  arborum  virgas  subcrescere  facit, 
et  in  vice  genitorum  proles  sortiri  permittit,  ego  Sancius 
predicti  serenissimi  principis  dni.  Ordonii  genitus, 
dum  domino  adiuvante  in  eodem  sepe  nominato  Loco 
apostólico  sceptrum  acciperem  regni,  et  postea  ibi  re- 
gressus,  dum  diligenter  bisavorum,  avorum  ac  genito- 
rum testamenta  relegendo  audirem,  et  qualem  illis  pe- 
nam  superimposuerant,  qui  inde  aliquid  vel  in  módico 
emutilare  tentassent,  previdimus  et  humili  mente  tra- 
ctavimus,  ut  maiorum  nostrorum  facta  pro  animabus 
eorum  et  nostris  parti  loci  sancti  confirmata  perma- 
neant  tam  dieceses  secundum  in  chronicis  antiquorum 
canonum  conscriptum  est,  quam  et  omnem  plebem, 
que  usque  in  tempore  genitoris  nostri  ibi  deservivit, 
seu  etiam  et  villulae  necnon  et  commissos  ingenuos,  id 
est,  Montem  sacrum  et  ambas  Amaeas,  secundum  illas  obti- 
nuerunt  Lucidus  Virnarani  et  Nunnus  Guterrici  et  con- 
firmamus  etiam  casatas  Muzuri,  vel  alias  que  ibi  fue- 
runt  concese.  Hec  ergo  devota  mente  tibi  domino  san- 
ctoque  apostólo  tuo  perhenniter  servienda  confirmamus. 
ut  eo  intercedente  teque  annuente  presentí  evo  tuti 
permaneamus  a  malo,  et  post  onere  carnis  deposito,  he- 
reditatem  percipiamus  in  celo,  et  qui  hoc  infringere 
temptaverit.  sit  ex  communicatus  et  in  inferno  sepultus. 

Natum  die  XI  kal.  decembris  era  DCCCCLXV. 

Sancius  rex  confirmo.  Goto  regina  confirmo. 

Tomo  U.—B, 


114  APÉNDICES 


Hermoigius  conf.  Spasandus  conf. 

Rudesindus  conf.  Romaricus  testis. 

Sisnandus  conf. 


(Fol.  16  vuelto. -Esp.  Sag.,  toin.  XIX), 


NUMERO  LII 


ERA  DCCCCLXVii?  Santiago.  Año  de  C.  929? 

8  de  Agosto. 

Di  Alfonso  IV  confirma  á  esta  Santa  A.  Iglesia  las  donaciones 
hechas  por  sus  antecesores. 

In  nomine  domini  uobis  patri  dno.  hermegildo  epo. 
uel  omni  congregationi  sci.  iacobi  apli.  Adefonsus  rex  in 
dei  filio  sempiternam  salutem.  Ómnibus  etenim  notam 
manet  quantum  et  quam  magnum  aui  et  genitores  nostri 
loco  apostólico  ubi  deo  auctore  pastor  estis  concesserunt 
et  quam  beniuoli  parti  eidem  extiterunt.  Et  propter  idí 
illius  interuentu  gratiam  a  domino  meruerunt  et  reg- 
num  suum  bene  rexerunt.  Nunc  quoque  sci.  spiritus 
amore  accensi.  ut  et  anime  illorum  ob  bonum  factum 
recipiant  lucrum.  et  nobis  de  celo  ueniat  benedictioí  san- 
ximus  fieri  hanc  scripturam  confirmationisí  de  ómnibus 
que  aui  et  genitores  nostri  seo.  apostólo  mente  deuota 
obtulerunt.  tam  plebem  quam  eciam  et  nomines  inge- 
nuos, necnon  et  uillas  et  ecclesias  siue  in  prouincia  gal- 


APÉNDICES  115 

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lecie,  siue  in  bergido  siue  in  terris  de  foris.  uel  ubicum- 
que  in  parte  regni  nostri.aliquid  ex  parte  uestra  et  sce. 
ecclesie  ac  illis  a-postoli  debitum  esse  cernitur  usque  ad 
usum  hominum  omnia  ab  integro  spontanea  volúntate 
confirmamus,  ut  ammodo  et  deinceps  sint  omnia  uo- 
bis  confirmata  et  integra,  ut  nec  in  módico  de  colibet 
ueniat  disturbatio  quod  in  iuratione  confirmamus  per 
Deum  celi  et  tronum  sue  glorie,  ut  numquam  contra 
hunc  factum  nostrum  uenturi  simus  ad  irrumpendum. 
Quod  qui  fecerit,  ulcio  illvm  subsequatur  diuina  et  cum 
iuda  penas  eternas  sustineat. 

Notum  die  VI  idus  augusti.  Era  DCCCC...X... 

Adefonsus  rex  conf. 

(Inéd.  Tumbo  A,  fol.  5  vuelto.  —En   el  Tumbo,  este  Privilegio  se  halla 
por  equivocación  entre  los  de  D.  Alfonso  III). 


116  APÉNDICES 


NUMERO  Lili 


ERA  dcccclxix.        D.   Hermenegildo       Año  de  C.  931. 

y  D.a  Paterna.  7  de  Julio- 


Donadeo  y  su  mujer  Tidina  hacen  entrega  á  estos  señores 
de  la  heredad  que  tenían  en  Codeso,  territorio  de  Presa- 
res, de  la  cual  habían  sido  privados  por  sentencia  ju- 
dicial. 


In  Dei  nomine.  Ego  Donadeo  et  uxor  mea  Tidina 
vobis  Hermegildo  et  uxori  vestre  Paterne.  Non  enim 
est  dubium  sed  multis  manet  notissimum  eo  quod  fecit 
filius  noster  Salomón  furtum  unde  in  iudicio  manifestus 
roboravit  et  habebat  pectare  XXX  boves.  Tradiderunt 
igitur  illum  vobis,  qui  dedit  vobis  fideiussores  ut  non 
fugisset  nominibus  Sabarigus  presbiter,  Froila  pbr.,  Gel- 
demiro,  Sentario,  Santinum,  Fulvidio,  ut  si  ille  fugisset 
pariassent  vobis  ipsi  fideiussores  XXI  boves.  Et  ego  Do- 
nadeo et  uxor  mea  Tidina  roboravimus  ad  ipsos  fideius- 
sores placitum,  ut  si  ille  fugisset  caruissemus  omnem 
nostram  hereditatem.  Fugivit  itaque  filius  noster  et 
sacavit  de  vestro  ligamine  unum  latronem  nomine  Ti- 
don,  qui  habebat  vobis  apectare  III  cávalos  de  furto,  et 
alium  vestrum  servum  nomine  Maurelo.  Et  asignavimus 
ad  ipsos  fideiussores  secundum  quod  in  illo  plácito  robo- 
ravimus, scilicet,  omnem  nostram  hereditatem;  et  nos 
pariter  cum  ipsos  fideiussores  omnia  quantum  in  ipso 
plácito  posuimus,  dedimus...  Et  est  ipsa  her editas  in  villa 


APÉNDICES  117 

quam  vocitant  Codegio  iuxta  ecclesiam  sci.  Iuliani  ter- 
ritorio Presares  etc. 

Facta  cartula  nonas  iulias  Era  DCCCCLXVIIII. 

Endisclo  testis.  Eldiverocum  ts. 

Visterla  ts.  Avezario  ts. 

Nandulfus  ts.  Gelemiro  ts. 

Osorio  Menendiz  ts.  Quendulfo  ts. 

Fulgentio  ts. 

(Tumbo  de  Sobrado,  tom.  I,  fol.  13  vuelto). 


NUMERO  LIV 


era  dcccclxx.  Santiago.  Año  de  C.  932. 

13  de  Noviembre. 

D.  Ramiro  II    confirma  á  esta  Santa  A.   Iglesia  todas  sus  po- 
sesiones. 

In  nomine  dei  patris  omnipotentis  et  dni.  ihu.  xpi. 
filii  eius  et  sps.  sci.  sive  ob  honorem  smi.  ac  bnii.  iacobi 
apli.  cuius  venerabile  corpus  in  provincia  gallecie  tumu- 
latum  est.  in  finibus  amaee.  Ego  humilis  et  servorum 
domini  servus  ranimirus  nutu  divino  princeps,  in  sempi- 
terna trinitate  salutem,  amen.  Ambiguum  esse  non  po- 
test,  quod  pene  omni  regno  notissimum  manet  eo  quod 
bisavi.  avi.  et  parentes  nostri  ob  amorem  dei  omnipo- 
tentis edificando  restauraverunt  templum  gloriosissimi 
iam  dicti  apostoli.  et  diversorum  operum  et  dieceses  ac 


118  APÉNDICES 

familia  plenissirue  ibi  servitura  adtribuerunt  quousque 
hactenus  parti  loci  eiusdem  radicata  et  intemerata  per- 
maneant  cuneta.  Nunc  quoque  et  nos  sci.  sps.  amore 
succensi  et  exemplum  priorum  nostrorum  imitati  pro 
tuitione  nostre  salutis.  et  ut  in  presenti  et  in  futuro  sor- 
tem  accipiamus,  confirmamus  eidem  loco  que  in  testa- 
mentis  conscripta  esse  noscuntur,  ut  amodo  et  deinceps 
per  huius  scripture  tenorem  fideliter  ibi  deserviant, 
tam  in  diebus  presentís  Hermegildi  episcopi,  qui  modo 
est  pontifex,  quam  successoribus  illius;  id  est,  omnem 
diecesem,  et  plebem,  et  villulas,  sive  Ínsulas,  et  com- 
missos  atque  in  omni  gyro  millia  constituta,  ut  ne  in 
módico  cuiuslibet  generis  homo  vel  quelibet  potestas 
in  causam  sci.  Apostoli  vim,  vel  inquietationem  iníerre 
praesumat,  et  vel  in  módico  illud  agere,  etc.. 

Facta  serie  testamenti  sub  die  idus  novembris. 

Era  DCCCCLXX. 

Ranimirus  rex  conf. 
Cixilla  episcopus  conf. 
Ansericus  episcopus  conf. 
Oveco  episcopus  conf. 
Dulcidius  eps.  conf. 
Pantaleon  eps.  conf. 
Frunimius  eps.  conf. 
Veremudus  Regis  filius  conf. 
Hordonius  Regis  filius  conf. 
Oveco  legionensis  eps.  ts. 
Iulius  episcopus  de  Badaliaucu  ts. 
Salomón  vesensis  eps.  ts. 
Salomón  astoricensis  eps.  ts. 
Cresconius  presbyter  ts. 
Tructinus  maiordomus  ts. 

(Tumbo  A,  fol.  12.— Esp.  Sag.,  tom.  XIX). 


APÉNDICES  119 


NUMERO  LV 


era  dcccclxxii.  Santiago.  Año  de  C.  934. 

21  de  Febrero. 

D.  Ramiro  II,  confirma  á  esta  Santa  A.  Iglesia  los  Privilegios 
que  le  habían  otorgado  sus  antecesores,  y  le  concede  ade- 
más el  commisso  ó  condado  de  Postmarcos  entre  el  Ulla  y  el 
Tambre. 

Deo  et  Domino  nostro  honor  et  gloria  qui  misericor- 
ditsr  famulis  suis  condonare  dignatur,  unde  se  benigne 
placari  possit  omnipotentem  deum.  In  ipsius  etenim  sce. 
perpetué  trinitatis,  siue  ob  honorem  celicoli  et  smi.  apli. 
iacobi.  cuius  uenerabile  et  gloriosum  tumulatum  manet 
corpusculum  hispaniensium  inregione.quam  et  ínter  cete- 
ros  apostólos  sortitus  est.  térra  gallecie  in  finibus  amaee. 
Nos  exigui  famuli  xpisti  et  seruorum  dei  ranimirus  rex 
hordonii  quondam  serenissimi  principis  proles  simul  cum 
coniuncta  nobis  a  domino  urraca  regina  in  dno.  dei  filio 
eternam  salutem.  amen.  Antiquorum  etenim  exempla  et 
opera  acta  obcelari  non  queunt,  set  pene  ómnibus  nota 
manent.  que  de  tempore  succedente  in  témpora  gesta 
fuerunt.  Literarum  monimenta  ad  posterorum  scripta 
ac  reseruata  sunt,  ut  singulorum  solertiam  quisquís  le- 
gerit.  aperta  mente  consideret  que  ei  liceat  imitari.  De- 
niquef  in  cuiuscumque  chronicis  uel  membranis  tortum 
inuenerit.  discat  se  omnimodis  custodire  ne  talia  opere- 
tur,  ubi  uero  in  domino  et  per  deum  sanum  et  desidera- 
bile  repererit  scriptum.  pie  et  cum  tota  mentís  intentio- 
ne  agere  studeat.  ut  sanctorum  sequendo  exemplá  cura 


120  APÉNDICES 

eis  pro  bene  gestis  gaudio  fruatur  perpetuo,  iam  uero 
quid  nostro  ob  amore  dei  et  seo.  eius  apostólo  uret  in 
pectore,  faucibus  apertis  et  patulo  ore  coram  omni  ca- 
tholicorum  toga  fari  oportet.  Igitur  perducens  nos  do- 
minus  ad  fastigium  regni  et  coequans  in  honore  paren- 
tum  auorumque  eidem  dno.  ihu.  xpo.  ex  quo  nobis 
concessit.  ei  nos  oportet  aliquid  offerre. 

Nos  etenim  superius  nominati  aduenientes  aulae  bti. 
Iacobi  orationis  causa,  sagaci  mente  percontari  cepimus, 
quid  parentes,  aui  et  proaui  nostri  eodem  in  loco  deuota 
contulerant  uoluntate,  admirantibus  nempe  insignia,  et 
pretiosa  munuscula,  et  plena  in  Domino  sumentibus  gau- 
dium,  inter  cetera  reperimus  testamentos  antiquos  de 
tempore  dni.  Adefonsi  catholici  Regis  conscriptos,  per 
quos  concessit  in  omni  gyro  hominum  ingenuorum  eius- 
dem  smi.  Loci  milliarios  adnotatos,  ut  ibidem  non  ut  serui 
deseruirent,  sed  censum  quod  Regi  soluebant,  illuc  fidel- 
iter  redderent.  Post  eum  quoque  Ranimirus  rex,  et  ipsum 
confirmauit  et  aliud  addidit.  Hinc  uero  rex  dns.  Hordonius 
similiter  et  confirmauit  et  ampliauit.  Post  eum  quoque 
gloriosus  íilius  eius  rex  dns.  Adefonsus,  qui  sancto  ardore 
succensus  ipsum  locum  in  melius  restaurauit  et  priora 
testamenta  confirmauit  et  multa  adiciens  sua  conscribe- 
re  ordinauit.  Deinceps  uero  beatorum  memoria  genito- 
res nostri,  qui  omnem  mentem,  omnemque  uoluntatem 
suam  in  eodem  loco  benignissimam  habuerunt,  parentum 
et  auorum  suorum  facta  confirmauerunt.  et  ex  suo  am- 
plius  et  per  amplius  testamentum  insigne  concesserunt. 
Dne.  ihu.  xpe.  senciant  te  in  die  iudicii  placabilem  per 
tui  sci.  apostoli  intercessionem  pro  tali  suo  labore,  amen. 
Et  ut  nos  eum  eis  in  celo  iungamur  et  in  presentía  malis 
tueamur  te  orante  o  sce.  dei  apostóle,  concedimus  sacro- 
sancto  altario  tuo  pro  concinnenda  luminaria  sanctis 
altaribus,  ac  tolerationem  sacerdotum  et  pauperum  ibi 
aduenientium,  id  est,  commissum  Pistomarcos  ab  inte- 
gro secundum  illud  obtinuit  Lucidus  Vimarani,  de  Vlia 
in  Tamare,  ut  omnis  populus  in  eodem  degens  commisso, 


APÉNDICES  121 


sancto  loco  tuo  deseruiant,  non  ut  serui,  sed  ut  ingenui, 
quemadmodum  gens  eorum  ibi  persoluit  regium  censum, 
ut  ñsco  persoluere  consueuerat.  Et  haec  per  hoc  testa- 
mentum  scae.  aule  uestre  obtulimus,  et  testamentos 
priores  maiorum  nostrorum  manu  propria  confirma- 
mus.  Oramus,  Domine  sce.  Pater  Omnipotens  Deus  ut 
hoc  factum  nostrum  in  te  et  per  te  stabilitum  permaneat 
et  qui  eum  uel  in  módico  emutilare  tentauerit,  quisquís 
ille  fuerit  etc. 

Notum  die  VIIII  kal.  martii  commorantibus  in  Dei 
nomine  ciuitate  Legionensi  Era  DCCCCLXXII. 

Ranemirus  rex.  conf.  Menendus  ts. 

Vrraca  regina,  conf.  Rudericus  ts. 

Ordonius  filius  Regis,  conf.  Gutiher  ts. 

Garsea  frater  Regis,  conf.  Gundesindus  ts. 

Oueco  episcopus,  conf.  Didacus  ts. 

Oueco  episcopus,  conf.  Gundesindus  ts. 

Dulcidius  eps.  conf.  Honoricus  ts. 

Salomón  eps.  conf.  Pelagius  ts. 

Rudericus,  ts.  Federnandus  ts. 

Osorius  ts.  Menendus  ts. 

Pelagius  ts.  Muninus  ts. 

(Tumbo  A,  fol.  12  vuelto.— Esp.  Sag.,  tom.  XIX.  En  Flórez  faltan,  como 
en  algunos  otros  documentos,  las  suscripciones). 


122  APEJÍDldBS 


NUMERO    LVI 


era  dcccclxxiv.  Caciveiro.  Año  de  C.  936? 

15  de  Marzo. 

Donación  hecha  á  este  convento   por  los   Abades  Rodrigo   y 
Anagildo,  los  Obispos  Rosendo  y  Ero  y  el  Clérigo  Sisualdo. 

In  Ihu.  Xpi.  nmne.  donis  seis,  et  post  deuni.  miclii  for- 
tissimis  patronis  nris.  sci.  iohannis.  babtiste  et  sci.  iacobi 
et  cqmitum  eius  et  sce.  ac  beatissime  uirginis  marie  et 
sci.  micahelis  archangeli  et  sci.  iohannis  apli.  et  euange- 
liste  et  sce.  xpine.  uirginis  et  sce.  crucis  siue  et  aliorum 
scorum.  quorum  reliquie  ibi  condite  sunt  in  loco  predicto 
calauario  dno.  nitente  supplex  seruus  uester  rodericus  ab- 
bas  et  anagildus  abbas  et  eps.  domnus  rodesindus  et  do- 
mnus  erus  eps.  et  sisualdus  clericus  qui  fungi  et  non  fango 
et  ibi  me  trado  cum  omnia  bona  mea  insimul  facimus  te- 
stamentum  pro  remedio  animarum  nostrarum  et  crimi- 
num  nostrorum  expellendum  piaculis  expiandis.  uobis  o 
sci.  dei  conferre  decernimus  quod  seruientibus  deo  eter- 
na per  témpora  inconuulsa  permaneat. 

Denique  donamus  sacratissimis  altaribus  uris.  pro 
uitu  et  uestitu  fratrum  deo  seruientium  per  normam  ius- 
ticie  in  ipso  predicto  loco  sci.  iohannis  bbte.  tam  qui  ibi- 
dem  in  dei  arbitrio  salutaribus  diuinis  monitisque  exis- 
tunt.  idest  abbas  exum  et  uelasco  et  frugulfus  et  astrufi- 
dius  et  eos  quos  sps.  scs.  illuminauerit.  et  ibidem  uenerint 
atque  persisterint  in  ipsa  regula  uel  mensura,  donamus 
atque  concedimus  ipsius  ecclie.  iam  prefate  et  fratribus. 
superius  nominati.  id  est  ornamenta  ecclesie.  uela.  miste- 
ria.  cruces,  cálices,  et  coronas  argénteas,  et  uestimenta 
siue  et  candelabrum.  et  turibulum  et  signum  de  metallo. 


APÉNDICES  123 

et  omnes  libros,  quos  ibi  dedimus  atque  concedimus  pro 
animabus  nostris.  id  sunt  psalteriuni.  ordinum.  oratio- 
num.  manual,  psalteriolo.  explanatio.  zmaragdi.  omelia- 
rum.  sententiarum.  dialoquorum.  timologiarum.  gerun- 
tiquorum.  prosperi.  prenosticorum.  glosometarum.  par- 
tem  libri  moralii  usque  in  libro  quinto,  octo  uicia. 
questionum.  regula  bti.  benedicti.  et  concedimus  ibi 
domos  quas  edificabimus  ibidem  et  uocem  regis  et  sedis 
cum  ómnibus  intrinsecus  earum  siue  et  uillas  quas  nobis 
concesserunt  per  cartulus  firmitatis.  bisneti  argiuiti  et 
trastaloni  quorum  proprietates  fuerunt  ab  integro  cum 
omnes  fines  eorum  secundum  nomina  eorum  singilla- 
tim  et  ipsas  firmitates  resonat.  alii  obtulerunt  alii 
conmutaverunt  in  alus  locis.  et  afirmauerunt  nobis 
ipsas  uillas.  et  ecclesias  uidelicet  ecclesia  sci.  bau- 
duli.  cum  ipsis  uillis  que  prope  eam  sunt.  scilicet  uilla 
de  sandi  superius  et  inferius.  et  arnoso.  et  teixera.  agrá, 
et  porcar.  et  corueira.  et  cencui.  et  alio  cencui.  ecclesia 
de  sea.  maria  de  caualar  cum  sua  íiigrigia.  et  uillis  no- 
minatis  irmiildi.  et  fiunti.  et  martim.  et  uilar  de  mou- 
ras.  ecclesia  sci.  iacobi  cum  suis  uillis  discurrentibus  ibi. 
uidelicet  bretonia  et  alia  bretonia  et  uilla  et  uillasusu. 
et  giasim  et  alio  giesim.  et  uilarino  et  calauario.  et  mi- 
nindi.  et  guigueui.  et  silauree.  et  fornelos.  et  alio  forne- 
los.  sea.  eolalia  cum  sua  íiigrigia.  sauariz.  et  ioani.  et 
alio  ioani.  et  fornos.  et  uilar.  et  uauludusu.  Ecclesia 
sci.  martini  de  goenti  cum  sua  íiigrigia  goenti.  et  alio 
goenti.  et  pedras  de  uodas.  et  cornis.  et  malitioso.  Ec- 
clesia de  seo.  petro  de  unia  cum  suis  uillis.  idest  filgei- 
ra.  aluarizca.  muiminta.  tiuirai.  cumias,  furnus.  muru- 
goso.  teixidu.  et  hoc  totum  cum  alus  uillis  que  intus  sunt 
que  nobis  afirmauerunt  et  concesserunt  per  términos, 
siue  et  quod  pontifici  nro.  dno.  rodesindo  epo.  compara- 
uit  et  aquisiuit  de  heredibus  suis.  et  hoc  quod  comes 
adefonsus  conmutauit  cum  íiliis  arnotali.  et  rodericus 
diaconus.  et  romaricus  diaconus  conmutauerunt  cum 
munio  et  munia  et  lagunca  et  spassanda  que  concesse- 


124  AráNDICBS 

runt  proprietates  suarum  hereditatum  huic  cenobio 
sci.  iohannis  de  calauario.  et  quod  conmutauit  comes 
adefonsus.  et  afirmauerunt  epos.  nominatos.  erus  et  ro- 
desindus  cum  colegas  suas.  et  afirmauerunt  per  térmi- 
nos de  rio  couo  et  inde  per  pedra  de  lubrizium.  et  inde 
per  aqua  de  nida.  et  inde  per  ternum  de  carro  freito. 
deinde  per  scamelados.  deinde  per  scm.  martinum  de 
goenti.  deinde  per  aqua  de  filgeira  que  intrat  in  ilumine 
eume.  omnes  ipsas  uillas  cum  suis  saltis  roboratis  et  po- 
merias.  ortos  olerum  cum  aquis  et  pascuis  paudulibus 
exitus  montium  et  regressus  cum  ómnibus  aiunctionibus 
suis  et  prestationes.  Hec  omnia  determinata  ut  superius 
determinauimus  et  aquisiuimus.  Concedimus  ad  alpes 
ipsius  ecclesie  sci.  iohnis  bbte.  et  ad  fratres.  qui  ibidem 
sunt  uite  regule  peragentes  et  alii  que  uita  sea.  perse- 
uerauerint  et  nemini  concedimus  de  hac  nostra  donantia 
quod  iam  prefata  ecclesia  concedimus.  Per  hoc  testa- 
mentum  asignamus  ut  non  aliquis  exinde  euertat  uel 
transferat  aut  deleat  aut  exterminaret  quod  licitum  non 
est.  omnia  ab  integro  contestamus  huic  cenobio  sci.  io- 
hannis bbte.  euo  perhenni  et  scla.  cuneta  amen. 

Si  quis  contra  hunc  factum  nostrum  ad  irrumpendum 
uenerit  in  primis  sit  coram  deo  obnoxius.  et  a  sea.  con- 
munione  priuatus  iuditio  dni.  comprehensus  eterno  ba- 
ratri  mancipatus  et  cum  iuda  traditore  dni.  in  inferno 
damnatus  eternas  penas  suscipiat  et  pro  damna  tempo- 
ralia  inferat.  et  post  partem  ecclesie.  qui  in  hoc  testa- 
mento resonat  omnia  duplatum  vel  triplatum  que  mo- 
nasterii  perpetim  sit  habenda  et  partim  regi  duodecim 
auri  libras  persoluat. 

Facta  carta  testamenti  in  era  D.IIII.  (1)  et  qt.  id. 
Martii. 

Rodericus  abbas   et  confessus  in   hac   Cartula  testa- 
menti et  donationis  manu  mea  roboraui. 

(1)    Esta  fecha  está  evidentemente  errada,  y  á  nuestro  juicio,  debe  co- 
rregirse en  la  forma  que  hemos  propuesto. 


APÉNDICES  125 


Gundisaluus  abbas  manu  roboraui  et  conf. 

Abbas  aloitus  de  celanoua  roborauit  conf. 

Ermenegildus  gauiit  conf. 

Emanuel  pbr.  ts. 

Adosindus  cenfessus  ts. 

Sub  xpi.  noie.  erus  epc.  cf. 

Sub  xi.  noie.  rodesindus  epc.  cf. 

Sub  xi.  noie.  gundisaluus  epc.  cf. 

In  noie.  anacretas  in  his  ruris  manus  meas  roboraui. 

Ordonius  confessus  cf. 

Froila  giganiz  prbr.  cf. 

Gidemirus  prsbr.  ibi  me  trado  cum  omnia  bona  mea  cf. 

Romaricus  clericus  cum  omnia  bona  mea  ibi  me  tra- 
do et  cf. 

Sisualdus  clericus  qui  fungi  et  iam  non  fungo  ibi  me 
toado  cum  omnia  bona  mea.  et  cf. 

Petrus.  pítsbr.  q.  notuit  conf. 

(Inéd.  Copia  del  siglo  XII.— Se  guarda  en  la  parroquia  de  Soaserra. — 
Al  dorso  se  dice  que  este  documento  era  el  segundo  del  Tumbo  de 
Caaveiro). 


126 


APÉNDICES 


NUMERO  LVII 


EEA   DCCCCLXXVII. 


Pravio. 

(San  Juan). 


Año  de  C.  939, 


El  Obispo  de  Compostela,  D.  Hermegildo,  ofrece  á  esta  Iglesia 
la  porción  que  tenía  en  la  villa  de  Pravio,  a  unas  dos  leguas 
de  la  Coruña* 


In  nomine  sánete  et  indiuidue  trinitatis  siue  et  ho- 
norem  sancti  saluatoris  et  sánete  marie  et  sancti  iuliani 
et  sánete  basilisse,  cuius  basílica  fundata  esse  dignosci- 
tur  in  uilla  que  uocitant  prauio,  territorio  nemitos  iuxta 
fluuium  quem  uocitant  mero.  Ego  humillimus  ac  seruo- 
rum  domini  seruus  licet  immerito  hermegildus  episco- 
pus.  Placuit  mihi  bone  pacis  uoluntas  ut  facerem  tex- 
tura scripture  post  partem  idem  ecclesie.  sicuti  et  fació 
de  uilla  iam  superius  nominata  de  V.a  portione  ab  inte- 
gro secundum  illam  concesserunt  spasandus  et  renfurcus 
post  partem  regis  ranemiri.  ita  et  ego  ipsam  V.m  ab  in- 
tegro per  huius  textum  scripture  ad  ipsam  ecclesiam 
offero  pro  remedio  anime  mee  cum  omni  suo  accessu  uel 
recessu  montes,  f ontes.  pratis.  pascuis.  paludibus.  uineas 
pumares.  térras  cultas  uel  incultas,  arbores  fructuosas 
uel  infructuosas,  seu  et  omnia  quantum  ad  prestitum 
honiinis  est.  quidquid  pertinet  ad  ipsa  uilla  per  omnes 
suos  términos  ab  integro  dono  atque  concedo  pro  uictu 
atque  uestitu  monachorum  in  ipso  loco  deseruientium, 
tam  illi,  qui  ibidem  sunt,  quam  qui  post  illos  in  uita 
sancta  perseuerauerint.  Si  quis  tamen  homo,  et... 

Facta  series  testamenti  era  DCCCCLXXVII. 


Cesarius  pbr.  testis. 


Allactantius  pbr.  ts. 


APÉNDICES  127 


Odoarius  pbr.  ts.  Gruimirus  ts. 

Baltarius  pbr.  ts.  Cresconius  pbr.  ts. 

Odisclus  pbr.  ts.  Sigeredus  ts. 

Didacus  Menendi  ts.  Hermegildus  diaconus  ts. 

Adefonsus  ts.  Sandinus  diac.  ts. 

Gemundus  ts.  Baldemirus  pbr.  scripsit. 

(Inédito.  Cartulario  de  Sobrado,  tom.  I,  núm.  XL). 


NUMERO  LVIII 


ERA  dcccclxxxv.  Santa   Marina  Año  de  C.  947. 

de  Paradéla.  7  de  Agosto- 

Donación  hecha  por  el  Presbítero  Letimio  á  esta  Iglesia. 

In  era  DCCCCLXXXV.  Regnante  domno  ranemiro 
non  est  duuium  sed  manet  nobis  notissimum  ego  leti- 
mius  presbiter  placuit  mihi  bone  pacis  uoluntas  ut  fa- 
cerem  textura  scriptum  testamentum  pactum  uel  placi- 
tum  ad  ecclesie  sancti  saluatoris  sánete  niarie  uirginis 
et  genitricis  domini  nostri  iesuehristi  sancti  iohannis 
babtiste  sánete  marine  uirginis  sancti  stephani  sancti 
iusti  et  pastoris:  et  ego  letimio  presbitero  qualiter  amo- 
do  et  deinceps  regule  abditaque  sanctorum  patrum  exe- 
riola  tuo  sumus  obedientes  imperio pro  salute  ani- 


128  APÉNDICES 

marum  nostrarum   qualiter  iuste  et  pie,  caste  et  sobrie 
uiuamus  in  hoc  seculo  et  quicquid  annuntiare  uel  impe- 
rare iusseris  pro  salute  anime  nostre  humiliter   adim- 
pleamus:   nihil  nobis  proprium  uindicantes   sed  omnia 
quicquid  uisi  sumus  abere  id  est  tesaurum  ecclesie  serui- 
tium  ipsius  ecclesie  uelos  cruce  argéntea  cálice  et  pate- 
na argénteos  candelabrum  erameneum  libros   casullas 
signum  de  metallum  cuín  suos  agisos  casas  quos  hedifi- 
caui  cum  fundamentibus  suis:  id  est  apodeca.  cupas  XXV 
orreos  II  superato  lectos  tornatizos  V  cátedras  XXX 
cellario  et  ciuaria  cum  intrinsecus  suis   lacare  cum  suo 
adtonito  cozina  concas  mensorios  salares  et  sulcecas.  sa- 
uanos  et  manteles  mensas   cum  suo  seruitio   argentum 
ferramenta  uenabes  et  plumatios  láñeos  et  palíeos  uel 
tapedes.  equas    cauallos  greges  duas  cum  suos  anussos 
boues  et  uacas  pécora  ouelias  capras  et  porcos  ánsares 
et  gallinas,  pomares  quos  hedificaui  et  plantaui  cum  suo 
terreno  quos  comparaui  sine  iermanos  aut  coniermanos 
uel  subrinos.  térras  ruptas  uel  barbaras  montes   fontes 
exitum  accessum  uel  recessum  aruores  fructuosas  uel 
infructuosas  aquas  cursiles  uel  incursiles  petras  mouiles 
uel  inmouiles  siue  et  in  monte  sanideo  quos  comparaui 
de  filius  aldereti.  id  sunt  de  domna  trastalo  VII  intecra. 
de  domna  erleuua  séptima  intecra  de  dauid  VII  intecra 
de  louorina  quos  dedit  ad  suo  subrino  lucido  VII  intecra. 
de  katon  séptima   intecra  de  gundemaro   VII  intecra 
omnia  ab  intecro  extra  racione  que  abuit  aloitus  onssus: 
Et  est  ipsa  hereditate  conclusa   in  omnique  giro  per 
suos  términos  antiquos  id  est  per  fenales  iusta  domus  ca- 
toni  et  inde  ad  causelio  et  inde  per  fouea  uentuosa  et  per 
términos  de  magani.  de  alia  parte  per  términos  de  exe- 
uerneco.  per  términos  de  sancto  mamede.   et  inde  per 
arca  que  diuidet  inter  cordario  et  uilla  riquilani  et  feret 
ipso  termino  in  pedroso  et  plicat  ad  porta  de  fratres: 
omnia  ista  quod  in  testamento  resonat  et  hereditates  de 
filius  aldereti  conparaui  eam  cum  fratri  meo  leander  per 
suos  términos  antiquos  et  pretio  empto.  item  et   alios 


APÉNDICES  129 

montes  quos  uocidant  bustofrido.  lacona  per  omnes  suos  J 
términos  quos  comparaui  cum  fratri  meo  leander  per 

medio:  de  omines  de  taueriolos  uel  de  fur Itam  alio 

pomare  inde  aqua  ulie  in  feruenza  quos  comparaui  de 
ermegundia  et  de  sua  filia medietade  cum  suo  ter- 
reno et  sua  prestantia  ab  intecro.  item  alia  ecclesia 
quos  uocidant  sancta  eolalia  tensaurum  ipsius  ecclesie 
uelos  libros  cruce  argéntea  cálice  argenteum  cum  pate- 
na casulla  et  omne  seruitium  de  ipsa  ecclesia:  item  casas 

orreos  cozina  lacare  celias  uel  sed pas  cupas   lectos 

cadedras  mensas  mensorios  concas  uel  omne  seruitium 
cum  omne  intrinsecis  suis.  uenabes  plomatios  res  et  ani- 
malia  oues  et  porcos  pomares  cum  suo  terreno,  ortales 
cortes  térras  ruptas  uel  baruaras  aquas  cursiles  uel  in- 
cursiles.  bauzas  exitum  uel  recessum.  do  et  dono  de 
ipsum  quod  in  testamento  resonat  de  ipsa  ecclesia  sán- 
ete eolalie  medietate  ab  intecro  quos  abeo  de  auio  meo 
eolalio  et  concedo  in  isto  testamento  ad  locum  sánete 
marine  semyer  uirginis  et  ad  fratres  et  monaci  qui  in  ipso 
loco  in  uida  sancta  fuerint  abidantes.  extra  medietate 
de  fratri  suo  uergundo: 

Excausauit  ipsa  hereditate  de  medietate  de  ipsa 
ecclesia  iam  dicta  de  meos  heredes  in  concilio  domni 
iacobi  apostoli  et  pontifice  domno  hermegildo  episcopo 
et  pro  me  hereditas  et  ueritate  que  mihi  ordinauerunt 
iudices  dedit  mea  offertione  ad  ipso  pontifice  cauallo 
baio  de  sex  boues.  alio  cauallo  castaneo  de  VIIIo  boues 
scala  argéntea  de  XII.  solidos,  equa  de  dúos  solidos,  do 
uel  testo  post  partem  ipsus  ecclesie  sancti  saluadoris 
sánete  marie  uirginis  sancti  iohannis  babtiste  et  sánete 
marine  uirginis  uel  sociorum  eius:  concedo  et  dono  ad 
fratres  et  sórores  qui  in  ipsa  ecclesia  perseuerantes  fue- 
rint in  uida  sancta  ut  abeant  et  uindicent  in  perpetuum: 

Concedo  ad  hunc  locum  iam  dictum  alia  ecclesia 
sancti  saluadoris  que  est  íundata  subtus  castro  uocida- 
do  baruudo  cum  omnia  sua  quod  in  se  continet  térras 
et  pomares  quantum  ad    ipsam  ecclesiam  pertinent  et 

Tomo  II.— 9. 


130  APÉNDICES 

abuit  ipsam  ecclesiam  concessam  uel  testatam  de  iuueri- 
co  presuitero  uel  auiorum.  et  parentes  eam  fundauerunt 
et  edificauerunt. 

Post  misit  eam  mihi  fulgentius  in  comtemptione 
et  deuenimus  proinde  in  concilio  ante  comité  domno 
gundessahms  et  excausauit  eam  per  ueridade  in  ipso 
concilio  et  dedit  in  offertione  ad  ipso  comide  mulello 
colore  baio  de  VIIII  solidos  et  per  tali  actio  concessit 
nobis  Ule  comité  ipsa  ecclesia  firmiter  per  nostram  veri- 
dadem:  do  et  testo  ad  hunc  locum  supradictum:  pro  re- 
médium  anime  mee  ut  ante  deum  eueniat  mihi  mercis 
cumulum  et  uite  eterne  remedium.  si  quis  forsitan  quic- 
quam  aliquis  de  propinquis  extrañéis  uel  quisliuet  ho- 
minum  inde  eum  quantum  in  testamento  resonat  tran- 
sferre  aliquis  uoluerit  alienare  uel  de  loco  hoc  ubi 
ego  eum  offero.  auferre  uoluerit  sit  reus  eterno  judi- 
cio  eum  justis  nomen  ejus  non  scriuatur  sed  eum  juda 
traditore  habeat  participium.  et  a  corpus  domini  nostri 
jesuxpristo  et  ejus  sanguine  sit  extraneus  in  perpetuum 
eum  impiis  condennatus  permaneat.  et  dum  uotum  alie- 
num  disrumpimus  sacrilegium  facimus  et  diabolum  so- 
ciamur:  qui  uero  legerit  ista  aget  et  quisque  legerit  in  eo 
testamento  sic  xristus  eos  exaudiat.  me  letimio  presui- 
tero in  mente  habeant  ut  dimissa  sint  omnia  peccata 
mea  et  in  eternum  adjungat  eum  sanctis  et  eum  ómnibus 
justis.  uerum  est  quia  pro  quam  libet  xristianum  oret 
semedipsum  deo  comendet.  et  dum  pro  aliis  oramus  nos 
ipsos  deum  comendamus  in  memorie  uestre  orationes 
comendo  me  seruum  uestro:  et  hunc  factum  nostrum 
plenan  obtineat  in  cunctis  firmidadis  rouorem. 

Facta  cartula  testamenti  uel  donationis  quam  in  ho- 
norem  sancti  saluadoris  et  beate  uirginis  sancti  marie 
siue  sancti  johannis  babtiste  et  sánete  marine  uirginis 
offero  ego  letimio  presuitero  sub  die  quod  est  VIIo  idus 
agustas  et  era  DCCCCLXXXV. 

Letimio  presuitero  in  hanc  scriptura  donationis  uel 


APÉNDICES  131 

testamenti  quam   in  honorem   dei   et  sanctorum 

ejus  fieri  elegi  et  deo  juuante  compleui  manu  mea 

propria  confirmo. 
Sub  xristi   nomine  hermegildus  dei  gratia  episcopus 

confirmans. 
Sisnandus  diaconus  confirmans. 
Tellus  diaconus  confirmans. 
Nunnnus  diac.  conf. 
Armentarius  presbiter  conf. 
Allactantius  presbiter  conf. 
Fredamundus  presb. 
Martianus  diac. 
Joab  diac. 
Ariaster  diac. 

Gundesindus  abba  confirmans. 
Pelagius  tetoniz  confirmans. 
Pelagius  gundisaluiz  conf. 
Aluitus  potenci  conf. 
Quintila  argemundiz. 
Guntinus  gemundiz. 
Gundesindus  Iquilaniz. 
Spodenirus  Vimaredi. 
Leander,  testis. 
Iquila,  testis. 
Zamasomel,  testis. 
Froila,  testis.     * 
Argiuido,  testis. 
Sancto,  testis.v 
Sando,  testis. 
Ermorico,  testis. 
Frediulfo,  testis. 
Auido,  testis. 
Sendo,  testis. 
Mirón,  testis. 
Stephano,  testis. 
Egicca,  testis. 
Lecenius,  testis. 


132 


APÉNDICES 


Vilulfo,  testis. 
Fagildo,  testis. 
Marco,  testis. 
Adaulfo,  testis. 
Olidi,  presbiter. 
Iquila,  presbiter. 
Vimara,  presbiter. 
Nantildus,  presbiter. 
Sando,  presbiter. 
Aluura,  presbiter. 

Pelagius  prolis  menendiz  quos  cognouit  roborem  de 
abio  meo  mano  mea  confirmo. 

(Original  inédito.  En  el  Archivo  del  Seminario  Conciliar  Central  com- 
postelano). 


NUMERO  LIX 


EBA  DCCCCLXXXV. 


Vilouchada. 

(San  Vicente). 


Año  de  C.  947, 

30  de  Agosto. 


El  Obispo  de   Compostela  D.  Hermegildo  concede  al  Diácono 
Sisnando,  su  sucesor   en  esta  Sede,  la   villa   é   iglesia   de 

Villaostulata  ó  Vilouchada. 


In  nomine  patris  et  filii  et  spiritus  sancti.  Ego  exi- 
guus  seruus  seruorum  dei  hermegildus  sub  gratia  dei  in 
culmine  pontifican  compto  una  cum  consensu  fratrum  et 
congregationem  sancti  iacobi  apostoli  cuius  corpusculum 
tumulatum  manet  in  arcis  marmoricis   in   finibus  ma- 


APÉNDICES  133 


ris  (amaee?)  tibi  Sisnando  diácono  in  domino  deo  eter- 
nam  salutem  amen.  Ambiguum  esse  non  potest  set  ple- 
risque  manet  et  cognitum  eo  quod  diue  memorie  tius 
tuus  dns.  gundesindus  eps.  dum  esset  constitutus  in  hunc 
locum  apostolicum  concessit  Odoario  presbitero  uilla 
quam  dicunt  ostulata.  ubi  basílica  fundata  esse  dignosci- 
tur  in  honorem  sci  uincentii  leuita.  que  est  super  litore 
tamare.  quam  habuit  iure  suo  usque  in  diem  dormitionis 
ipsius  patris  dni.  gundesindi.  Cum  autem  nos  per  diui- 
nam  xpi.  gratiam  successimus  in  hunc  locum.  iterum 
rogauit  nos  ipse  oduarius  et  concessimus  ei  ipsam  uillam 
ab  integro,  quam  et  habuit  pro  sustentatione  sua  in 
omni  uita  sua. 

Placuit  itaque  nobis  atque  conuenit  spontanee  uo- 
luntatis  nostre  ut  faceremus  tibi  cartulam  donationis  et 
concessioniá  de  ipsa  uilla  superius  memorata  sci.  uincen- 
tii ab  omni  integritate.  domos  cum  intrinsicis  suis  uel 
quidquid  ad  prestitum  hominis  uela  uel  omne  ornamen- 
tum  ecclesie.  quod  ibidem  inuenire  potueris.  et  ipsa  uilla 
per  términos  et  adiacentias  suas  uel  quantum  ibidem 
adquirere  potuit  oduarius.  et  sicut  illam  ex  nobis  eam 
obtinuit.  sic  et  tibi  illam  concedimus  per  hanc  scriptu- 
ram  firmitatis.  ita  ut  ab  hodierno  die  et  tempore  habeas 
ipsum  locum  et  ipsam  uillam  firmiter  de  dato  et  conces- 
sione  mea  per  sécula  cuneta.  Si  quis  etc.. 

Facta  scriptura  concessionis  III  kalendas  septembris 
era  DCCCCLXXXV. 

Suc  xpi.  nomine  hermegildus  eps.  hanc  concessionem 

a  nobis  factam. 
Armentarius  presbiter  testis. 
Tellus  diaconus  confirmat. 
Nunus  diaconus  confirmat. 
Sendinus  presbiter  conf. 
Fredamundus  pbr.  conf. 
Joab  diac.  conf. 
Sandinus  diac.  conf. 


134  APÉNDICES 


Addaulfus  diac.  conf. 
Ranimirus  diac.  conf. 
Martianus  pbr.  conf. 
Vimara  pbr.  conf. 
Gauinus  pbr.  conf. 
Ciprianus  conf. 
Baldemirus  conf. 


(Inédito.  Cartulario  de  Sobrado,  tomo  I,  núm.  XL1II). 


NUMERO    LX 


ERA  DCCCCLXXXVII.  Santiago.  Año  de  C.  949. 

3  de  Junio. 

D*  Ramiro  II  permuta  varias  villas  con  el  Obispo  D.  Hermene- 
gildo y  el  Cabildo  compostelano. 

In  nomine  domini.  ranimirus  rex  una  cum  coniuge 
nostra  hurraca  regina  uobis  patri  dno.  hermegildo  epo. 
uel  omni  congregationi  sci.  iacobi  apli.  in  domino  sem- 
per  salutem  amen.  Ambiguum  esse  non  potestí  quod 
ómnibus  notum  manet.  eo  quod  fecit  nobis  aloitus  mu- 
ninci  cartulam  donationis  de  uilla  quam  dicunt  paratel- 
la  in  prouincia  gallecie.  territorio  amaee  ab  omni  inte- 
gritate  sicuti  eam  obtinuit  frater  suus  muninus  abba 
per  cunctos  términos  et  cum  suis  adiacentiis.  necnon  et 
laco  per  términos  suos.  siue  et  aliam  uillam  in  uadapia. 
ut  faceremus  uobis  ex  ea  han  cartulam  conmutationis, 


APÉNDICES  135 

sicuti  et  facimus.  ut  sit  post  partera  uestram  et  prefati 
loci  ut  supra  resonat  ab  integro  pro  quo  accepimus  a  uo- 
bis  aliam  uillam  quam  dicunt  ameo  in  térra  de  foris.  et 
laco  siue  et  aliam  uillam  in  uadapia.  quam  dicunt  la- 
meira  per  términos  suos.  secundum  obtinuit  antecessor 
uester  diue  memorie  domnus  sisnandus  eps.  per  testa- 
mentum.  ita  ut  ex  presentí  die,  et  tempore  unusquis- 
que  quod  accepit  firmiter  obtineat  per  sécula  cuneta  et 
faciat  de  ea  quod  sua  fuerit  uokintas.  Si  aliquis  ex  pro- 
pagine  nostra  uel  quislibet  homo  ad  irrumpendum 
uenerit  uel  conare  temptauerit,  in  prirnis  reus  sit  a 
corpore  et  sanguine  domini  nostri.  Ihu.  Xpi.,  et  cum 
iuda  Xpi.  proditore  partem  accipiat  in  eterna  damnatio- 
ne  et  cum  sceleratis  sit  maledictus.  Et  hec  nostra  con- 
mutatio  firmam  et  stabilem  obtineat  roborationem. 

Facta  cartula  conmutationis  die  .III.  nonas  iunii. 

Era  DCCCCXXXIIIL 

Ranemirus  rex  conf.  Grundesindus  te. 

Hurraca  regina  conf.  Fortes  ts. 

Hordonius  proles  regis  conf.  Aluanus  ts. 

Sanoius  pignus  regis.  Furtunius  ts. 

Rudericus  conf.  Nunus  ts. 

Scemenus  conf.  Veremudus  te. 

(Inéd.  Tumbo  A,  fol.  13), 


136 


APÉNDICES 


NUMERO  LXI 


era  dcccclxxxviiii.       Santiago. 


Año  de  C.  951. 


6  de  Marzo. 


D.  Ordoüo  111  dona   á  esta   Santa  Apostólica   Iglesia   la  villa 
Borvene  cerca  del  Miño. 


In  nomine  patris  et  filii  et  spiritus  sci.  Ego  exiguus 
seruorum  dni.  seruus  hordonius  rex  sub  domini  aminicu- 
lo  in  regno  fultus  tibi  telo  diácono  filio  tedani  in  dno. 
deo  sempiternam  salutem.  Ambiguum  quidem  esse  non 
potestí  quod  ómnibus  notum  est  eo  quod  prehendiderunt 
uillas  sub  nomine  regis  comités  uel  forciores  de  stirpe 
antico  que  a  gentibus  fuerant  dissipate  per  spacia  ter- 
rarum.  unde  non  minimam  partem  prehendidit  adefon- 
sus  cognomento  bittoti.  dumque  peruenit  in  ripa  minei 
prehendidit  uillam  uocitatam  boruene  et  in  ea  ualle  uel 
uico  quam  dicunt  maganes  per  términos  anticosí  cum 
suis  adiacenciis  atque  cunctis  prestationibus  suis.  cum 
exitibus  moncium  atque  riuis  curencium  aquarum.  et 
obtinuit  eas  firmiter  dum  uita  uixit.  et  secundum.  scri- 
ptum  est.  generatio  preterit  et  generatio  aduenití  de- 
functus  est  ipse  adefonsus.  et  successerunt  pro  eo  filii 
eius  in  hereditatem.  id  sunt  tellus.  gundisaluus.  teoda. 
aragunta. 

Dumque  inter  se  diuidentes  res  atque  proprietates 
auorum  uel  parentum  suorum.  uenit  in  diuisionem  ad 
ipsum  teodonem  ualle  cum  uilla  uel  uicis  uocitata  borue- 
ne simul  cum  maganes  cum  terminis  uel  adiacenciis 
suis.  Et  ut  mos  est  faciendi  unicuique  rerum  suarum, 


APÉNDICES  13Í 


partem  dedit  seruis  suisí  partem  reliquit  filiis  suis.  Tellus 
diaconus  atque  frater  eius  leouegildus  proles  teodani. 
dumque  obtinerent  ipsi  liberti  teodani  ipsam  partem 
hereditatum  quam  eis  concesserant.  diaconus  (domi- 
nus?)  suus  teodanem  per  plurimam  temporum  partem 
fecerunt  quod  licitum  eis  non  fuerat.  dederunt  inde  per 
scripturam  serenissimo  principi  domno  adefonso  prolis 
hordonii  quintam  partem.  dumque  obtinerent  ipsi  liberti 
teodani  ipsam  partem  hereditatum  quam  eis  concesse- 
rat  dominus  suus. 

Cumque  obtineret  eam  dum  uita  uixerit.  def antus  est 
ipse  rex.  successit  in  regno  filius  eius  domnus  hordonius.  et 
post  discessum  eius  unctus  est  in  regno  filius  eiusí  domnus 
ranimirus.  et  post  eo  proles  memorie  diue  donnus  hordo- 
nius. Ipse  uero  princeps  domnus  hordonius  sepe  pertra- 
ctans  quid  pro  abolendorum  piaculorum  parentumque 
suorum  deo  uouere  rerum  ac  propietatum  suarum  sicut 
scriptum  est:  Vouete  et  redite  domino  Deo  uestro.  Et  ite- 
rum:  Ecce  que  de  manu  tua  accepimus  dedimus  tibi.  Ad 
suggestionem  patris  domni  hermegildi  eps.  et  eius  diaconi 
telloni  filii  teodoni  cognitum  ei  fecerunt  ut  ipsam  quin- 
tam partem  quam  regi  fecerunt  ipsi  liberti  post  partem 
monasterii  ibidem  fundatum  concederent  et  ad  fratrum 
uel  seruorum  ibi  conmorancium  uel  cunctis  deo  seruien- 
tibus  sub  regimine  patronis  nostri  iacobi  apli.  uel  ponti- 
ficis  supra  memorati  uirií  ipsam  uillam  ¡concederé  sicut 
et  concessit.  Obinde  ego  hordonius  rex  concedo  atque 
offero  sacro  sancto  altario  uestro.  et  tibi  telloni  diácono 
uel  aragunti  deouote  ipsam  uillam  ab  omni  integritate. 
et  homines  habitantes  in  ea.  uel  omnes  qui  sunt  in 
easdem  uillas.  pro  quo  accepimus  a  uobis  in  offercione 
kaballum  cum  alba  coma,  et  frenum  argenteum  deaura- 
tum.  solidorum  numero  ,CCL.a  Ita  ut  ipsa  uilla  cum 
uillis  et  uicis  atque  adiunctionibus  suis.  ad  ipsum  locum 
deseruiant.  et  omnes  homines  habitantes  in  eis.  omnia 
post  partem  sci.  iacobi  iure  perhenni  esse  concedimus 
firmiter  habenda.  Si  quis  tamen  episcopus  comes  auctor 


ÍB8 


APÉNDICES 


uel  procurator  contra  hoc  factum  nostrum  ad  irrumpen- 
dum  uenire  conauerit,  diuino  iudicio  sit  multatus,  et 
postea  cum  diabolo  penas  sustineat  eternas,  et  hoc  fa- 
ctum nostrum  in  cunctis  obtineat  firmitatis  rigorem. 

Facta  cartula  agnicionis  uel  testamenti  die  .111.°  no- 
nas marcii.  Era  DCCCCLXXXVIII(I). 


Hordonius  rex  conf. 
Hermegildus  eps.  conf. 
Rudesindus  eps.  conf. 
Grundisaluus  eps.  conf. 
Frunimius  eps.  conf. 
Arias  eps.  conf. 
Hermegildus  eps.  conf. 
Viliulfus  eps.  conf. 
Muninus  conf. 
Rudericus  conf. 
Osorius  conf. 
Hordonius  testis. 
Menendus  ts. 


Froila  ts. 
Furtunius  ts. 
Nunus  ts. 
Félix  ts. 
Froila  ts. 
Aluanus  ts. 
Fafila  ts. 
Assur  ts. 
Froila  ts. 
Nunus  ts. 
Graton  ts. 
Pelagius  ts. 


(Inédito.  Tumbo  Ay  fol.  10  vuelto. — Por  equivocación  hállase  entre   los 
Diplomas  de  Ordoño  II). 


APÉNDICES  139 


NUMERO  LXII 


ERA  dccccxc.  Sobrado.  Año  de  C.  952, 

14  d»  Mayo. 

Primera  Escritura  de  fundación  de  este  Monasterio. 


Nos  quoque  exigí  serui  seruorum  domini  scilicet 
hermegildus  et  paterna  mole  peccatorum  depressi  et 
nimium  de  eternis  cruciatibus  timidi  adque  gaudiis  pa- 
radisi  satis  auidi,  non  nos  quoque  in  desperatione  deiici- 
mur,  quia  teste  consciencia  sepe  fouemur  ac  de  miseri- 
cordia ipsius  seu  intercessione  sanctorum  suorum  fiducia 
pleni  manemus.  ut  et  cruciatibus  eternis  queamus  eua- 
dere  et  gaudia  cum  electis  perfruere.  si  aliquid  boni 
operis  domino  ualuerimus  obtulere.  Ideoque  his  et  ali- 
ter  nobis  accidenti.  in  hesit  animis  nostris  ut  pro  reme- 
dio animarum  nostrarum  aliqua  de  facúltate  nostra  que 
nobis  dominus  condonare  dignauit. 

Sub  nomine  sce.  et  indiuidue  trinitatis,  patris  quo- 
que et  filii  uidelicet  et  spiritus  sancti  in  honorem  bea- 
tissimi  iacobi  apostoli  seu  et  omnium  sanctorum,  quo- 
rum reliquie  recondite  uenerantur,  in  aula  qua  sita  esse 
dinoscitur  in  loco  qui  nuncupatur  superato...  concedimus 
ad  ipsam  ecclesiam  iam  dictam  ipsam  uillam  cum  ómni- 
bus adiacentiis  suis  extra  et  infra,  scilicet  cunctis  domi- 
bus  ibidem  constructis  cum  ómnibus  instrumentis  uel 
etiam  domus  utensilia,  terris  cultis  et  incultis.  pratis. 
pascuis.  et  paludibus.  adque  aqueductibus  earum.  arbo- 
ribus  fructuosis  et  infructuosis  undique  per  terminum 
designatis. 


140  APÉNDICES 


Adnectimus  ibidem  uillas  que  ibi  deseruiant  uideli- 
cet  uilla  marciani,  uillareplano,  uilla  gunderedi,  uilla 
que  dicitur  codegio  ad  scum.  iulianum.  uilla  mundini 
quomodo  se  discernit  de  uilla  roadi  usquequo  plicant  in 
términos  de  uilla  toranti.  Infra  ipsos  términos  uilla  uoci- 
tata  codessoso,  uilla  tanzini,  uilla  que  fuit  de  salamiro. 
exceptis  illa  quinta  que  exinde  mandauimus  tornare  ad 
ipso  salamiro  uel  sue  mulieri.  uillare  de  Ezebrario,  uilla 
aluariza.  uilla  oiani  et  montem  de  ara.  Omnes  has  uillas 
nominatas  concedimus  cum  ómnibus  prestationibus  nec- 
non  boues  et  oues  quantas  in  ipsas  uillas  applicare  ualui- 
mus  uel  auibus  diuersis  generibus.  indumenta  uel  etiam 
lectorum  stramenta.  uasa  argéntea,  seu  et  erea  ad  diue- 
ros  usus  apta,  quantum  a  nobis  in  loco  iam  dicto  fuit 
applidita.  uasa  lignea  usibus  humanis  apta  a  cupa  usque 
ad  minimam  concam.  Hec  omnia  taxata  uel  superius 
nominata  cuneta  domino  nostro  et  martirum  suorum 
offerimus  monente  nos  scriptura  diuina  que  dicit.  Vouete 
et  reddite  dno.  deo  uestro.  et  illud:  Honora  dominum  de 
tua  substantia.  Quod  et  iuratione  confirmamus  per  diuini 
numinis  maiestatem,  qui  cunctis  creaturis  uisibilibus  et 
inuisibilibus  extat  auctorem.  Quod  si  aliquis  homo  de 
magnis  uel  infimis  ad  hunc  nostrum  uotum  infringere 
ausus  fuerit.  primitus  a  sinu  matris  ecclesie  existat  se- 
clusus,  etc. 

Ideoque  hec  omnia  concedimus  ut  per  manus  giluire 
abbatisse  uel  qui  ea  successerit  existat  spensum  in  nece- 
sariis  uirginum  uel  religiosarum  in  loco  ipsius  deser- 
uientium,  necnon  et  fratrum  qui  in  uita  sancta  ibidem 
leue  xristigeno  portauerint  iugo  ut  equaliter  habeant 
per  capita  portione  sicuti  et  religiose  qui  xpisto  fuerint 
ibidem  militature,  seu  in  helemosinis  pauperum  uel  ui- 
ctu  egentium,  ad  hospitium  uiatorum  uel  ad  substantiam 
peregrinorum  necnon  et  pro  luminaribus  altariorum 
iam  dicti  monasterii  illuminandium.  Facta  series  testa- 
mentó coram  testibus  in  loco  sci.  iacobi  arcis  marmorice 
locus.  pridie  idus  maii  Era  DCCCCXC.  Hermegildus  et 


APÉNDICES  141 

uxor  mea  paterna  hunc  tomum  exarare  maluimus  et 
manu  propria  confirmamus. 

Gutierre  abba  confessus  confirmat. 

Gunzitus  abba  confessor  conf. 

Hodorius  confesor  conf. 

Aloitus  presbyter  et  confessor  éonf. 

Sandinus  diaconus  et  confessor  coní. 

Allactantias  abba  conf. 

Gundesindus  abba  conf. 

Sub  Xpisti  nomine  Sisnandus  episcopus  prior  quartus 

a  primo  conf. 
Sub  Xpisti  nomine  uiliulfus  tudense  sedis  episcopus  cf. 
Martianus  pbter.  conf. 
Armentarius  pter.  cf. 
Gauinus  pbter.  cf. 
Baldemirus  pbter.  cf. 
Engladius  confessor  cf. 
Romanus  confessus  cf. 
Cendon  confessus  cf. 
Silus  pbr.  cf . 
Destericus  pbr.  cf. 
Tetón  pbr.  cf . 
Osorius  pbr.  cf. 
Tellus  diac.  cf. 
Nunnus  diac.  cf. 
Gunterigus  diac.  cf. 
Addaulfus  diac.  cf. 
Fofinus  diac.  cf. 
Hermemirus  pbr.  cf . 
Froila  pbr.  cf. 
Agustinus  pbr.  cf. 
Lucidus  confessor  conf. 
Alderetus  confessor  conf. 
Turisulfus  conf.  et  pbr.  cf. 
Gutus  confessor  conf. 
Didacus  confessor  conf. 


142  APÉNDICES 


Vimaredus  confessor  cf . 
Seruus  diac.  confessor  cf. 
Vistremirus  confessor  cf. 
Ennecus  confessor  cf. 
Vistrarius  confessor  cf. 
Sandus  confessor  cf. 
Vistrerius  diaconus  cf. 
Maniulfas  diac.  cf. 
Menendus  Adefonsi. 
Tructesindus  pbr.  cf. 
Petrus  pbr.  cf. 
Cresconius  pbr.  cf. 
Atina  pbr.  cf. 
Gundisaluus  diac.  cf. 
Spasandus  diac.  cf. 
ítem  Addaulfus  diac.  cf. 
Vimara  diac.  Telli  cf. 
Ariulfus  diac.  cf. 
Recaredus  pbr.  cf. 
Zacharias  pbr.  cf. 
Lazaras  diac.  cf. 
Vimara  diac.  cf. 
Gutinus  diac.  cf. 
Fredenandus  diac.  cf. 
Rudesindus  diac.  cf. 


(Inédito.  Cartulario  de  Sobrado,  tom.  I,  núm.  III). 


> 


APÉNDICES  143 


NUMERO    LXIII 


era  dcccclxxxx.  Santiago.  Año  de  C.  952. 

18  de  Mayo. 

D.  Ordoño  III  dona  á  esta  Santa  A.   Iglesia  el  commisso  de  Car- 
nota. 

Sub  imperio  sumi  artificis  rerum  qui  unus  in  trinitate 
extat  adorandus,  domino  seo.  glorioso  martiri  Dei  nobis 
post  Deum  fortissimo  patrono  bmo.  iacobo  apostólo,  cu- 
ius  sancta  venerabilis  domus  sita  est  in  locum  arcis  mar- 
moricis.  ubi  corpus  eius  tumulatum  esse  dignoscitur  ter- 
ritorio gallecie,  salutem  amen.  Ego  Ordonius  Xpisti 
famulus  in  Dei  virtute  fultus  in  regno,  una  cum  coniuge 
Urraca  regina  in  domino  salutem.  Ambiguum  esse  non 
potest  quod  ómnibus  notum  manet,  eo  quod  in  hoc  loco 
sanctum  venerabile  templum  super  corpus  huius  apostoli 
restauratum  fuit  in  melius  a  serenissimo  principe  dive 
memorie  dno.  adephonso.  et  per  manus  antistitis  dni. 
sisnandi.  quena  ipse  princeps  in  hoc  loco  elegit  antisti- 
tem.  et  postea  testante  scriptura  ipsi  loco  concessit  plu- 
rimas  uillas  et  plebem  testauit  pro  remedio  anime  sue 
et  hoc  ordine  propter  timorem  et  amorem  xpi  et  pro 
animabus  auorum  et  parentum  nostrorum  seo.  apostólo 
sua  muñera  conferre  maluerunt,  unde  illis  veniat  a  deo 
retributio.  Et  ego  famulus  xpi  tibi  seo.  Apostólo  Iacobo 
de  parvis  que  mihi  concessit  loco  seo.  tuo  concederé  stu- 
deo.  quia  omnis  bona  inspiratio  xpo.  est  referenda.  licet 
omnia  que  in  hunc  mundum  ad  usum  hominis  concedun- 
tur,  a  deo.   qui  creavit  omnia.  ordinantur.  tamen  ualde 


144  APÉNDICES 


deo  dignum  est.  ut  de  hoc  quod  accepit  unisquisque  in 
mundo,  ei  a  quo  accepit  complaceré  studeat.  Et  ideo  ut 
per  uestrum  sanctum  suffragium  apud  dominum  merea- 
mur  a  cunctorum  nostrorum  nexibus  absolui  peccami- 
num  offerimus  et  donamus  gloriae  uestrae  commissum, 
quod  dicunt  Cornatum  in  prouincia  Gallecie  totum  ab 
integro;  sicuti  eum  habuerunt  multi  comités  per  ordina- 
tionem  regiam,  sic  modo  et  nos  eum  concedimus  uobis, 
ut  uestrae  domui  persoluant  fiscalem  censum,  quem  regie 
potestati  persoluere  assueuerunt,  non  ut  serui,  sed  ut  in- 
genui,  ita  ut  habeant  illud  clerici  uestri,  qui  ibi  commo- 
rantur  simul  eum  Antistite  Sisnando,  qui  tempore  nostro 
per  concilium  electus  et  ordinatus  ibi  fuit,  ut  exinde 
sustentationem  et  gubernationem  habeant  tam  modo 
uiuentes  in  regimine  huius  loci,  quam  qui  postea  bonam 
uitam  duxerint,  et  ut  nobis  per  te,  domine  ste.  Apostóle, 
bona  augeantur  et  uincula  peccatorum  nostrorum  per 
tuam  intercesionem  absoluantur.  Si  quis  etc.. 

Facta  serie  huius  testamenti  XV  kal.  iunii. 

Era  DCCCCLX. 

Ordonius  rex  confirmat.  Veremudus  rex  conf. 

Urraca  regina  conf.  Rudericus  testis. 

Frunimius  eps.  conf.  Scemenus  ts. 

Rudesindus  episcopus  conf.  Pelagius  ts. 

Gundisalvus  eps.  conf.  Grundesindus  ts. 

Arianus  eps.  conf.  Gutierre  ts. 

Hermenegildus  eps.  conf.  Rudericus  ts. 

Ramirus  rex  conf.  Froila  ts. 

Sancius  rex  conf.  Didacus  ts. 

(Esp.  Sag.,  tom.  XIX,  Tumbo  Á,  fol.  14). 


APÉNDICES  145 


NUMERO  LXIV 


ERA  dccccxc.  Sobrado,  Año  de  C.  952. 

9  de  Octubre. 
Segunda  Escritura  de  fundación  de  este  Monasterio. 

In  nomine  patris  et  filii  et  spiritus  sancti  siue  honore 
sci.  Saluatoris  et  sce.  Marie  uirginis  et  genitricis  domini 
siue  sci.  iacobi  apostoli  uel  omnium  scorum.  martirum 
quorum  basilica  fandata  esse  dignoscitur  in  territorio 
presares  uilla  quod  nuncupant  superato  discurrente  ri- 
uulo  tamare  Ego  nos  hermegildus  et  paterna  supplex. 
Tempus  hoc  humane  mortalitatis  que  miseros  in  hac 
corruptione  deprimit,  metuendum  est  ne  dum  per  um- 
bram  tante  cecitatis  nunc  tradiinur  obumbrari  quod  absit 
mortis  eterne  inuolutis  mi ...  .  mur.  Ecce  enim  adue- 
niendum  atque  recipiendum  unumquemque  post  que  in 
hoc  seculo  operatus  dies  illa  domini  poneré  orbem  terre 
desertum  et  daré  super  cunctos  iudicium  E.v.  in  qui 
sánete  uite  studia  et  bone  operationes  iustificauerint 
acta  plenissima  aliterque  modo  quis  possumus  dei  decli- 
nare incendia  ut  et  hic  sanctorum  precamine  apud  do- 
minum  mereamur  prauorum  declinare  semitas  /  .* 
:  :  :  :  in  :  ingredere  atque  ut  in  illo  regenerationis  die 
placabilem  et  misericordem  dominum  mereamur  pro- 
spectare dum  seculum  per  ignem  operit  (venerit?)  iu- 
dicare. 

Offerimus  ecclesie  domini  et  sanctorum  martirum 
supradictam  .•.•.•..*..:.  memoriam  id  est,  ipsa  ecclesia 
que  est  fundata   sub  ápice  urbio  quod   nuncupant   uilla 

Tomo  II.— 10. 


146  APÉNDICES 

superato  cum  suos  dextros  íntegros  in  omni  circuitu  siue 
et  domos  quas  ad  ipsa  ecclesia  construximus  uel  ómni- 
bus intrensecis  domos  seu  et  omnem  hereditatem  de 
sentario  presbytero  uel  suo  ganato  quod  prius  ad  ipsa 
ecclesia  fuit  et  quantum  ibidem  obtinuit,  sicut  ille  per 
textum  scripture  ad  genitores  nostros  concessit.  ítem 
agro  qui  iacet  secus  dextros  ipsius  ecclesie  ad  integro 
usque  in  tamare  et  de  monte  mediano  medietate  integra 
usque  in  términos  de  frugini  et  per  términos  de  laureda 
usque  in  gonderedi  cum  suos  exitus  et  agro  quod  uoci- 
tant  adtani  integro.  ítem  uilla  quod  uocitant  roziata  ad 
integro  per  suos  términos  antiquos  in  ualle  nemitos  uilla 
melangus  que  der  .\  .*.  .*.  .-.  .*.  cum  domos  uel  ómnibus 
intrensecis  ad  integro  ipsa  uilla  cum  ómnibus  prestatio- 
nibus  suis.  In  uilla  codaiz  pumares  quos  comparauimus 
de  úistella  seu  et  uillare  requilani  ad  integro  secundum 
quomodo  illum  obtinuit  genitor e  nostra  domina  argilo 
cum  pumares  et  exitus  suos  uel  quantum  nos  ibidem 
obtinuimus.  Omnes  has  uillas  concedimus  ecclesie  sánete 
cum  domos  edificiis  cum  omnia  genera  pomorum  cum 
pratis,  pascuis,  padulibus,  exitus  montium  aquis  aquarum 
cum  ductibus  suis  uel  omnia  quicquid  proad  :  :  omnis 
.•.•.*.•.•  pertinet  in  ipsas  supradictas  uillas. 

Etiam  concedimus  ibidem  de  peculiare  nostrum 
equas  X  uaccas  XX  boues  XVIII.  ouelias  .L.  quemad- 
modum  concedimus  ecclesie  sánete,  id  est,  libros  eccle- 
siasticos,  antifonarium,  orationum,  psalterium,  passio- 
num,  comicum,  sermonum,  manualium,  ordinum,  ora- 
rium,  precum,  libellus  de  uirginitate  ste.  marie  uirginis 
.*.•.*.•..•...  et  senonimarum.  vestuaria  ecclesie,  id  est, 
uelos  principales  II.  palíeos,  uelos  lineos  .IIlI.or  frontales 
palíeos  VII.m  albas  de  sirgo  JI.as  lineas  .III.es  casulas  de 
sirgo  .IIII.or  capam  de  sirgo  .1.  orales  de  sirgo  JII.es  cin- 
gulo  uno,  cruce  cortitia  et  capsa  de  aurato,  cálice  cum 
patena  argénteos,  candelabrum  et  incensale,  signo  ex 
metallo. 

Omnia  supra  taxata  quod  per  singula  memorauimus 


APÉNDICES  147 

ab  omni  integí  itate,  post  parte  ecclesie  et  sanctorum 
eius  perhenniter  concedimus  atque  confirmamus  siue  ad 
fratres  qui  ibidem  in  uita  sancta  perseuerauerint  pos- 
sideant  omnia  iugiter  et  feliciter  perhenniter  habitu- 
ri.  Si  quis   etc.. 

Facta  series  testamenti  die  .VII.  idus  octobris. 

Era  DCCCCXC. 

Hermegildus  et  paterna   quem   fieri   uolumus  manus 

nostras. 
Rudericus  menendiz  conf. 
Ranimiro  uimariz  conf. 
Petras  gundesindiz  conf. 
Silus  presbyter  conf. 
Teodiuertus  confessor  conf. 
Ero  gemundiz  conf. 
Froia  Sarracini  conf. 
Baltarius  menendiz. 
Vimara  Ordoniz  conf. 
Fulgentius  presbyter  conf. 
Gundesindus  presbyter. 
Gauinus  presbyter  testis. 
Gundesindus  diaconus  ts. 
Spasandus  diaconus  ts. 
Tructesindus  presbyter  ts. 
Gudinus  diaconus  ts. 
Visclamundus  diaconus. 
Manilla  presbyter  conf. 
Gundesindus  diaconus. 
Ortofredus  presbyter  testis. 
Vertremirus  diaconus  ts. 
Sentarius  presbyter  ts. 
Leouildus  pbr.  ts. 
Bonosus  pbr.  ts. 
Trasulfus  pbr.  ts. 
Dauid  diaconus  ts. 
Gundesindus  diaconus  ts. 


148  APÉNDICES 

García  pbr.  ts. 
Trasuarius  pbr.  ts. 
Ildebretus  conf. 
Barnaldus  conf. 
Menendus  iustinianiz  ts. 
Adefonsus  uitanis  ts. 
Veremudus  Guntini  cf. 
Septimius  Gudini  cf. 
Requiritus  Gudini  cf. 
Anagildus  Mandinl  cf. 

Adicio  ego  geluira  pro  remedio  anime  mee  ad  domum 
sci  Iacobi  in  uilla  condearegonde  hereditatem  que  fuit 
de  bonemiro  et  de  guntina  et  hereditatem  de  gunderigu 
et  de  sendina  ab  omni  integritate,  sicut  illam  obtinue- 
runt  domini  sui  et  postea  nos,  sic  illam  concedimus  ab 
ipso  apostólo  sancto. 

Giluira  manus  meas. 
Adelfius  presbyter  notuit. 
Sisnandus  dei  gratia  episcopus. 

(Inédito.  Cartulario  de  Sobrado,  tomo  I,  núm.  1.°) 


APÉNDICES  149 


NÚMERO   LXV 


era  dccccxc.  Santiago.  Año  de  C.  952. 

11  de  Noviembre. 

D.  Ordoño  III,  dona  á  esta  Santa  A.  Iglesia  y  á  su  Obispo  Sis- 
nando  II,  el  condado  de  Ventosa. 


Sub  conexione  trinitatis  et  unione  potestatis,  Patris, 
uidelicet,  et  Filii,  atque  Spiritus  Sancti,  qui  unus  in  Tri- 
nitate  extat  colendus  et  adorandus,  in  cuius  honore  et 
nomine  aula  sacra  constructa  est  ubi  almum  corpus  tu- 
mulatum  manet  bmi.  Iacobi  apostoli  et  martiris  quod 
situm  est  in  prouincia  gallecie  arcis  marmoricis  finibus 
amaee.  Ego  famulus  tuus  ac  pussillus  seruorum  domini 
seruus  hordonius  gratia  xpi  in  regno  fultus  una  cuna 
coniuge  urraca  regina  salutem,  amen.  Cum  enim  in  luce 
clarius  constat  cunctisque  liquido  patet  quod  ad  emun- 
dationem  criminum  et  ad  percipiendam  redemptionem 
animarum  uota  fidelium  bonorum  et  exercicia  actuum 
sanctorum  ab  omnipotenti  Domino  rata  manent  et  acce- 
pta.  secundum  scripture  sánete  testimonium,  que  ait; 
Vota  iustorum  placibilia  sunt.  Et  alibi  dicit:  Date  inquid 
elemosinam  et  omnia  inunda  sunt  uobis.  Iccirco  nos  iam 
supra  nominati,  ut  nostra  disrumpantur  uincula  pecca- 
minum  et  inueniamus  locum  in  regione  uiuorum  per  in- 
tercessionem  sanctorum  et  apostoli  iacobi  et  aliarum 
uirtutum  que  ibi  sunt  recondite.  damus  et  contestamus 
sacrosancto  altario  uestro  et  pontifici  sisnando.  pro  sus- 
tentatione  clericorum  ibi  digne  deo  seruiencium  ac  sus- 
ceptione  peregrinorum  pauperum  quoque  ac  miserorum 


150 


APÉNDICES 


et  pro  luminariis.  comitatum  quam  nuncupant  uentosam 
in  prouincia  gallecie.  totum  ab  integro  secundum  illum 
plurimi  comités  obtinuerunt.  sic  et  nos  illum  aule  uestre 
concedimus.  Et  sicut  aui  et  parentes  nostri  ibi  sua  uota 
offere  maluerunt  et  per  seriem  téstame  atorum,  que  de- 
derunt,  scripserunt,  et  sanctum  locum  uenerauerunt,  ita 
et  nos  quamuis  exigui  et  peccatórum  honere  grauati, 
licet  parum  tamen  quantumcumque  obtamus  et  proni 
oramus  ut  digne  suscipiatur  a  uestra  sancta  benignitate. 
Ita  dumtaxat.  ut  eadem  plebs  sit  ab  hodierno  die  et  dein- 
ceps  loco  uestro  deseruitura.  Non  tamen  ut  seruii  set  ut 
ingenui.  ñeque  ut  careant  propria  moderatione.  et  non 
imperent  eos  absque  consuetam  rationem.  et  illi  persol- 
uant  censum  fiscalem  sicuti  alia  plebs  conmissalia  quam 
antepessores  nostri  diue  memorie  loco  uestro  per  scri- 
pturam  testamenti  concederé  uoluerunt.  Si  uero  aliquis 
ex  gente  nostra  laicus,  sanctimonialis,  episcopus  uel  cu- 
iuslibet  generis  homo  hoc  uotum  infringere  uel  inmutare 
temptauerit,  in  primis  amboruin  careat  lumine  oculorum 
et  cum  sceleratis  pennas  luat  tartáreas  numquam  fmien- 
das,  et  cum  luda  Domini  traditore  partem  accipiat  in 
eterna  dampnatione.  Et  hec  series  testamenti  in  cunctis 
obtineat  firmitatis  uigorem. 

Facta  scriptura  testamenta  sub  die  .III.  nouembris. 
Era  DCCCCLX. 


Hordonius  rex  conf. 
Vrraca  regina  conf. 
Dulcidius  eps.  conf. 
Ornatus  eps.  conf. 
Hermegildus  eps.  conf. 
Ilderedus  eps.  conf. 
Menendus  eps.  conf. 


Nunus  testis. 
Issurius  ts. 
Gundesindus  ts. 
Gutterre  ts. 
Belascus  ts. 
Sancius  rex  conf. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  14  vuelto). 


ÁPKKDICBS  151 


NUMERO  LXVI 


era  dccccxciii.  Mezonzo.  Año  de  C.  955. 

(Santa  María*.  30  de  Marzo. 

El  abad  Gundesindo  dio  al  Obispo  Sisnando  y  á  su  padre  Her- 
menegildo esta  iglesia  y  monasterio  por  la  de  Santa  Ma- 
ría de  Dilatanes,  cerca  del  Montesacro.  (Véanse  los  docu- 
mentos VIII,  IX  y  X). 

In  nomine  domini.  ego  gundesindus  abbas  una  cum 
fratribus  meis  uobis  patri  domino  sisnando  episcopo  seu 
et  genitore  uestro  hermegildo  confesso.  Ambiguum  qui- 
dem  esse  non  potest,  sed  plurimis  cognitum  patet,  eo 
quod  diue  memorie  serenissimus  princeps  dominus  ade- 
fonsus  habuit  iuri  suo  uillam  que  uocitant  monasterio 
cum  ecclesia  uocabulo  sánete  marie  que  est  in  loco 
predicto  iuxta  dúos  riuos  uocitatos  tamare  et  nanto- 
ni.  territorio  presares.  Cumque  iuri  ipsius  supradicti 
principis  debitam  mansisset.  ad  suggestionem  reteriz 
abbatis  fecit  ei  ipse  dominus  de  ipsa  uilla  uel  de  ipsa 
ecclesia  scripturam  firmitatis  ad  perficiendum  ibidem 
opus  monasterii.  sicuti  et  fecit.  linde  per  plurima  anno- 
rum  curricula,  ei  debitam  iuri  quieto  mansit. 

Postea  uero  aduenit  ei  uoluntas  ut  faceret  exinde  ipse 
reterigus  abbas  scripturam  firmitatis  ad  subrinos  suos 
nominibus  fulcaredus  et  petrus  presbyteri  seu  et  berilli 
deuota.  sicut  et  fecit.  et  habuerunt  eum  iurificantes  per 
plurimos  anuos.  Cumque  stantes  ad  ipsam  ecclesiam  isti 
iam  supradicti,  fecerunt  comparationes  uel  applicationes 
ad  ipsam  ecclesiam  de  undisque  partibus  secundum  et 
in  eorum  scripturas  resonant.  que  nunc  presentes  parent, 


162  APÉNDICES 

Postea  quidem  ordinauerunt  ipsum  fulcaredum  ab- 
batem  et  una  cum  ipsis  suis  germanis  superius  noniina- 
tis.  fecerunt  iteruní  testamentum  ad  ipsam  prefatam 
ecclesiam  tam  de  ipsa  ecclesia  atque  uilla  que  eis  rete- 
rigus  abbas  incartauerat.  quam  etiam  de  comparationi- 
bus  et  applicationibus  que  de  undisque  partibus  habue- 
rant.  secundum  scriptum  in  eorum  testamentos  resonant. 
Denique  fecerunt  ibidem  cenobium  monasterii  idemque 
subrinis  de  ipso  fulcaredo  abba  uel  de  petro  presbytero 
subter  adnotati.  et  elegerunt  ipsum  fulcaredum  abba- 
tem.  tradiderunt  se  ei  per  pactum  regule  quod  presentí 
paret. 

Defunctusque  ipse  fulcaredus  abba  et  frater  eius 
petrus  presbyter.  reliquerunt  eam  ad  suprinos  uel  fratres 
suos  atque  sórores  secundum  in  pactum  resonant.  isti 
sunt  ildefonsus  presbj7ter,  iubandus  presbyter,  fromaldus 
presbyter,  petrus  presbyter,  uisterla  diaconus.  sisamirus 
diaconus  uel  ceteri  fratres  atque  sórores  ibidem  comma- 
nentes  et  stantes  in  ipsum  iam  prefatum  locum  absque 
abbate  et  accessit  illis  spontanea  uoluntas  ut  eligerent 
sibi  ipsos  uimaram  abbatem  qui  de  illorum  erat  proge- 
nie et  neptus  ipsius  reterici  abbatis.  Et  iterum  ipse  ui- 
mara  abbas  fecit  suum  pactum  in  eius  nomine  et  tradi- 
derunt se  ei  et  omnia  illorum  secundum  eis  regula 
docuit  et  in  eorum  testamento  resonat.  et  fuerunt  omnes 
e  se  culo  migrati  in  eius  iure.  et  reliquerunt  ei  omnia 
sua.  secundum  pactum  rouorauerant. 

Deñmctus  uero  ipse  uimara  abbas.  reliquit  ipsam 
uillam  et  ipsam  ecclesiam  simul  et  pactos  atque  testa- 
mentos et  cartas  uel  omnia  sua  possidenda.  ad  suprinum 
suum  gundesindum  abbatem  et  stante  atque  iurificante 
ea  ipso  gundesindo  abbate.  annuit  uoluntati  nostre.  ut 
faceremus  inter  nos  scriptum  commutationis  sicuti  et 
facimus.  Ideoque  ego  guiidesindus  abbas  concedo  uobis 
patri  domino  sisnando  episcopo  genitorique  uestro  her- 
megildo  confesso.  per  huius  scriptum  firmitatis  ipsam 
uillam  iam  dictam  monasterium  cum  ecclesia  uocabulo 


APÉNDICES  153 


sancta  maria  que  fundata  ibidem  esse  dinoscitur  per 
términos  limitesque  suos  atque  prestationes.  id  est  ipsam 
ecclesiam  cum  omne  ornatuní  suum.  cruce  argéntea, 
cálice  de  argento,  libros  nimis  abundanter.  uela  uel  ues- 
timenta  altaris  satis  affluenter  necnon  et  domibus  cum 
ómnibus  intrinsecis  suis.  cupos,  cupas.  lectos.  cathedras. 
missorios.  mensas,  seruitios  uel  omnia  utensilia  domo- 
rum  quicquid  ibidem  ad  prestitum  hominis  esse  uidetur. 
usque  minima  coclear,  ab  omni  integritate  uobis  illa 
concedo  perhenniter  mansura.  excepto  uillare  quod  uo- 
citant  busto,  seu  etiam  et  rouoreto  medio  qui  iuxta 
ipsum  uillare  iacet  prope  ecclesiam  uocabulo  sanctum 
petrum  in  territorio  ibidem  presares,  quod  inihi  reseruo. 
et  illo  alio  reuoredo  medio  concedo  uobis  et  ecclesie  sán- 
ete marie  ad  monasterium  per  hunc  scriptum  firmitatis. 
Pro  quo  accepi  a  uobis  aliam  ecclesiam  uocabulo  sánete 
marie  uirginis  que  est  fundata  in  uilla  uocitata  dilata- 
nes  secus  alpe  uocitate  monte  sacro,  siue  et  ratione  in 
uilla  argonti  que  fuit  de  spassanda  cuius  neptus  fuit 
zendamirus  et  uiliefonsus  presbyteri  qui  eam  obtinue- 
runt.  et  modo  concesserut  eam  ad  eorum  propinquos. 
ita  ut  unusquisque  quod  accepit  firmiter  et  irreuocabili- 
ter  obtineat. 

Si  quis  tamen  quod  fieri  minime  credimus  contra 
hunc  factum  nostrum  uenerit  uel  uenerimus.  inferat  uel 
inferamus  parti  uestre  ipsam  uillam  et  omnia  suprano- 
tata  uobis  in  duplum.  et  hunc  scriptum  commutationis 
in  cunctis  plenam  obtineat  firmitatis  rouorem.  Facta 
scriptura  commutationis  .III.0  kalendas  aprilis.  Era 
nouies  centena  peragens  tertia  et  nonagessima.  Gunde- 
sindus  abbas  in  hanc  commutationem  quam  fieri  uolui 
manu  mea. 


Gutier  abbas  confirmo. 
Allectantius  abbas  confirmo. 
Hermiarius  abbas  conf. 
Fromaldus  presbyter  conf. 


154 


AP¿NDICEd 


Aloitus  presbytev  conf. 
Ildefredus  presbyter  conf. 
Gauinius  presbyter  conf. 
Armentarius  presbyter  conf. 
Attina  pbr.  cf. 
Augustinius  pbr.  cf. 
Bretus  pbr.  cf. 
Lazaras  diaconus  cf. 
Gutinus  diaconus  cf. 
Martianus  pbr.  cf. 
Ciprianus  pbr.  cf. 
Baldemirus  pbr.  cf. 
Tructesindus  pbr.  cf. 
Guimirus  diac.  cf. 
Adaulfus  diac.  cf. 
Vistrarius  confessor  cf. 
Froilanus  pbr.  cf. 
Petras  pbr.  cf. 
Sarracinus  pbr.  cf. 
Gunterigus  diac.  cf. 
Ranemirus  diac.  cf. 
Rudesindus  diac.  cf. 
Fofinus  diac.  cf. 
Recaredus  pbr.  cf. 
Arias  pbr.  cf. 
Vistrarius  diac.  cf. 
Hermemirus  diac.  cf. 
Sarracinus  confessor  cf. 


(Inédito.  Cartulario  de  Sobrado,  tom.  I,  núm.  CX). 


APÉNDICES  165 


NUMERO  LXVII 


era  dccccxciií.  Sobrado,  Año  de  C.  955. 

30  de  Diciembre. 

Donación  hecha  á  este  Monasterio  y  á  su  Abad  D.  Diego,  por 
el  Obispo  compostelano  D.  Sisnando  II  y  su  padre  D.  Her- 
menegildo. 

Saluatori  ac  redemptori  nostro  domino  Iesu  Xpisto 
siue  et  gloriosis  martyribus  ac  post  dominum  nobis  glo- 
riosissimis  patrpnis  seo.  iohanni  baptiste,  seo.  petro  apo- 
stólo, seo.  iacobo  apostólo,  seo.  niichaeli  archangelo  et 
seo.  pelagio  martyri,  seu  patri  didaco  abbati  cum  collegio 
fratrum  sub  manu  eius  ac  sce.  regule  degentium  pie  ui- 
uentium,  xristoque  militantium,  siue  post  eum  abbati 
qui  regulariter  a  cunctis  fuerit  electus.  et  fratribus,  qui 
in  loco  ubi  testamentum  facimus  religiose  uixerint,  at- 
que  in  uita  sancta  perseuerauerint.  Quorum  basílica  sita 
est  a  nobis  et  monas  te  rium  fundatum  territorio  presares 
prope  fluuio  tamare  haut  procul  a  monte  maure  morte 
uilla  prefata  superato.  Nos  exigui  famuli  uestri  sisnan- 
dus  licet  indignus  catliedre  sci..  Iacobi  aposto] i  et  iriensis 
sedis  episcopus  simul  cum  genitore  meo  hermegildo 
confesso  maiestati  tue,  deus  pater  ingenite,  et  filius  uni- 
genite,  saluator  mundi  cum  spiritu  sancto  ex  ambobus 
procedenti.  ex  quibus  a  te  accepimus  dedimus  tibi  ut 
nostri  reatus  absoluantur  flagitiorum  uincula.  Et  licet 
initia  bonorum  que  in  animo  gignuntur  iustitie  operibus 
deputentur,  tamen  ea  que  maiori  cumulo  ac  potiori 
crescunt  in  uoto,  ampliore   remuneratione  exspectantur 


156  APÉNDICES 

in  premio.  Ule  etenim  in  stadio  boni  operis  sui  dirigit 
gressus  qui  ad  edificationem  habitationemque  monacho- 
rum  tibi  seruientium  claustra  cenobii  construit  et  con- 
firmat.  Iccirco  offerimus  deo  ac  saluatori  nostro  et  apo- 
stolis  martiribusque  supra  taxatis  quod  illorum  sancto 
precamine  digni  efficiamur  in  dextera  collocari  cumse- 
culum  ceperis  per  ignem  iudicare,  unde  tune  nobis  copio- 
sa merces  adueniat  perhenniter  permansura. 

Igitur  offerimus  in  ornamento  seu  ministerio  ecclesie 
tres  cruces,  unam  argenteam  de  solidis  LXXXV  deaura- 
tam  lapidibus  preciosis  ornatam,  alias  puras,  capsam 
euangeliorum  similiter  argéntea  solidos  .C.m  deauratam 
lapidibus  preciosis  ornatam,  calicem  argenteum  solidis 
L.  deauratum  cum  patena  lapidibus  preciosis  composi- 
tum  et  alterum  argenteum  purum.  et  tres  coronas  argén- 
teas quibus  unam  de  x'  (XL)  solidis  deauratam  lapidibus 
preciosis  ornatam  et  duas  solidis  x',  candalabra  tria  enea 
fusilia,  canicistales  dúos  ex  ere,  lucerna  cum  pede  suo 
eneum  fusile,  turibulum  argenteum  fusile  cum  offertura 
solidis  XL,  signos  metallo  IV,  uelos  principales  palíeos 
.II.os  et  alios  subminores  .1111. or  frontales  palleas,  pallas 
palleas,  dalmáticas  IV,  cugulas  de  sirgo  .III.  item  cugu- 
las  et  albas  lineas  fusiles;  libros,  antifonarios  dúos  Ínte- 
gros ac  perfectos,  orationos  .II.  Íntegros,  manualium  in- 
tegrum,  comitum  integrum,  passionum,  psalterium  cum 
psalmis,  canticis  et  hymnis,  hordinos  .II.  unum  episco- 
palem  et  alterum  minorem,  precum,  orarium  in  uno 
corpore,  uitas  patrum,  sinonimarum,  regularum,  institu- 
tionum  et  octo  uitia  in  unum.  In  seruitio  de  mensa  fixo- 
rium,  inferturia,  cocleares  .1111.  trolione  uno,  omnia  ex 
argento  solidis  x'III,  salarem  argenteum  .1.  suleieram 
argenteam  .1.  alium  tuillionem  eburneum,  pataras  uel 
fíalas  argénteas  .X.,  solidis  CXXI  et  alia  de  solidis  .XV., 
itrias  duas,  concos  .II.  mutas  de  mensa  integras  octo; 
stramenta  lectorum  galnapes  palleas  Mili,  plumacios 
palíeos  .IIIL,  tapetia  .V.,  alifafe  .1.,  almozalas  .II.,  linu- 
las  .II.  galnapes  laneas  .XIX.,  plumacios  láñeos  .XI. 


APÉNDICES  157 

Simili  modo  dono  et  concedo  ibidem  ego  Sisnandus 
episcopus  ipsam  uillam  nuncupatam  superatum  pro  ani- 
ma mea  et  pro  anima  genitricis  mee  quia  dedi  m:::  ger- 
mano meo  ruderico  pro  illa  media  que  illi  ex   patre 
meo  uenerat  per  diuisionem,  adois  mediam  et  sanctam 
Leocadiam  mediam,  que  mihi  et  matri  mee  uenerant  in 
portionem.  et  ipsam  uillam  sepe  dictam  superatum  ad 
integrum  domos  cum  suis  intrinsecis,  cupas,  mensas,  et 
cetera  utensilia,  aquas  cum  suis  ductibus  et  molendinis, 
montes  cum  suis  exitibus,  pratis,  pascuis,   paludibus,  tér- 
ras cultas,  uel  inruptas,  pumares  cum  suo  terreno,  arbo- 
res  fructuosas  siue  infructuosas,  uel  quicquid  ad  presti- 
tum  hominum  esse  cernitur  cum  ómnibus  adiunctionibus 
suis   atque  adiacentiis   et   uillaribus  quemadmodum  in 
colmellum  diuisionis  resonat  cum   ómnibus  prestationi- 
bus  suis.   adicio  ibi  in  territorio  nallare  uillam  uocabulo 
gutini,  alteram  ibi  in  uilla  papini  ecclesiam  sci.  Iacobi 
cum  prestationibus  suis;   in  territorio  mera  uillam  uoci- 
tatam  leocadi,  in  britonia  uilla  mediana;  in  ualle  sarria 
uilla  lusano;  in  territorio  bisancos  uilla  nuncupata  lito- 
riana;  in  ualle  malus  medietatem    in  uilla  de  causo  et 
uillares  medios  in  platanario;  inter  montanos  et  bragan- 
tinos  uillam  uocabulo   amberonam;   in  territorio  pisto- 
marcos  uillam   cui  dicitur  uernimes;  in  ripa  ulie  uilam 
uocitatam  brocos;  in  territorio  uentosa  uillam  cum  eccle- 
siis   uocabulo  sce.  marie   et  sci.  iuliani,  quas  nobis  con- 
cessit   adefonsus  et  sénior   et  siloni   abba;   in  territorio 
Castella  in  ripa  fluuii  auie  in  uilla  reuordanos  medieta- 
tem de  uineis  et  de  uilla  quam  commutauerunt  parentes 
mei  cum  gutier  osoriz  et  fuit  ipsa  uilla  de  garsia  fortuniz 
uel  de  quantis  compraueriñt  ex  alus;  in  ripa  uerontie 
uillam  quam  uocitant  uillarino,  similiter  medietatem:  in 
uilla  Benedicti  uineas  et  hereditatem  integram   nuper 
compratas;  in  territorio  montesacro  uillam  quam  nomi- 
natur  cañeta  cum  cunctis  adiacentiis  et  prestationibus 
suis;  in  suburbio  patronis  nostri  beati  iacobi  apostoli 
loco  predicto  compostelle  corte  fabricata  cum  suos  orta- 


158 


APÉNDICES 


les  et  mazanarias  in  giro  plantatas,  quas  empto  pretio 
emimus  de  bertenando  franco  qui  uillam  edificauit.  her- 
megildo  confessor  comparauit  ipsa  corte  de  ipso  franko. 
Damus  communiter  Sisnandus  episcopus  et  Hermegildus 
confessor  in  finibus  territorio  montanos  ad  partem  de 
presares  uillam  que  nominatur  castrum  et  scum.  Seba- 
stianum  pro  cuius  medietate  dedimus  ad  Rudericum  in 
montanos  uilla  de  gafoni;  in  territorio  presares  uillam 
cui  dicitur  monasterium  et  ecclesiam  uocabulo  sce.  ma- 
na; quam  commutauimus  cum  gundesindo  abbate  sub 
tali  definitione  ut  habeam  Hermegildus  ipsas  duas  uillas 
iuri  meo  dum  uixero  ad  opus  meum.  Post  discessum 
namque  meum  sint  post  partem  predicti  monasterii.  In 
foce  de  ulia  circa  salienensem  insulam  uocitatam  corte- 
gada  quam  comparauimus  de  domina  guntina.  Omnes 
istas  uillas  supra  taxatas  cum  ómnibus  adiunctionibus 
suis  sicut  in  colmellum  resonant  atque  prestationibus 
supradicto  monasterio  testamus  atque  concedimus. 

Adicimus  uidelicet  ibidem  mulus  qui  in  stabulo  .III. 
et  alios  inultos  et  cauallos  de  prato  greges  equarum  .III. 
greges  uaccarum  siue  boum,  greges  ouium  numero  ,DC. 
greges  caprarum,  greges  porcorum.  Si  quis,  etc.. 

Facta  series  testamenti  .III.  kalendas  ianuarii. 

Era  DCCCCXCIII.  Sub  Xpisti  nomine  sisnandus 
episcopus  hoc  testamentum  dotis  et  donationis  a  me  fac- 
tum  et  manu  mea  roboratum. 


Hordonius  rex  confirmo. 

Ruderico  muniz  armiger  regis  conf. 

Arias  pepiz  conf. 

Sancius  serenissimus  principeps  conf. 

Rudericus  hermegildi  prolis  conf. 

Giluira  coniux  ruderici  conf. 

Tellus  diaconus  Teodani  conf. 

Nunnus  diaconus  Siloni  cf. 

Osorius  Romarici  cf. 

Spasandus  diac.  Auris  cf. 


APÉNDICES  169 

Gundesirigus  diac.  Dotis  cf. 

Valamirus  confessor  cf. 

Ioseph  confessor  cf. 

Rudericus  Siliz  cf. 

Ciprianus  pbr.  cf. 

Baldemirus  pbr.  cf. 

Tructesindus  pbr.  cf. 

Nunnus  Guterriz  cf. 

Gauinius  abba  cf. 

Gundesindus  abba  cf. 

hermiarius  abba  cf. 

gutierri  abba  cf. 

Allautantius  abba. 

Vistrarius  confessus  cf. 

Guntitus  diaconus  confessor  cf. 

Aloitus  pbr.  et  confessor  cf.' 

Armentarius  pbter.  cf. 

Martianus  pbter.  cf. 

Gauinius  pbter.  cf. 

Vimara  diac.  Telloni  cf. 

Fredenandus  diaconus  Guterri  cf. 

Rudesindus  diac.  Fredenandiz  cf. 

Fufinus  diac.  cf. 

Erus  Osori  cf. 

Nunus  Guterri  cf. 

Gimundus  Gumiriz  cf. 

Erus  Nunnilani  cf. 

Aldiretus  Gudini  cf. 

Sarracinus  diac.  Rapinati  cf. 

Ranemirus  diac.  cf. 

Desterigus  quasi  confessus,  qui  et  notuit  et  conf. 

(Inédito.  Cartulario  de  Sobrado,  tom.  I,  núm.  II). 


160  APÉNDICES 


NUMERO  LXVIII 


ERA  dccccxciv.  Santiago.  Año  de  C.  956, 

13  de  Noviembre. 


D-  Sancho  el  Craso  dona  á  esta  Santa  A.  Iglesia  y  á  su  Obis- 
po Sisnando  II  el  condado  de  Bavegio  (Bembejo). 


Sub  diuino  Xpisti  inperio  qui  unus  in  trinitate  est 
colendus  et  adorandus  uobis  glorioso  patrono  nostro  seo. 
iacobo  apio,  in  cuius  honore  edificata  est  ecclesia  loco 
aréis  marmoricis,  ubi  sacrum  corpus  uestrum  tumulatuní 
permanet.  Ego  exiguus  famulus  xpi.  sancius.  nutu  diui- 
no in  regno  fultus  in  domino  deo  sempiternam  salutem 
amen.  Tua  sunt  enim  domine  omnia  que  possidemus,  et 
ut  per  ea  tuam  gratiam  et  ueniam  omnium  peccatorum 
et  per  intercessionem  apostoli  iacobi  consequamur,  ideo 
puro  mensis  affectu  concedimus  atque  ultronei  offeri- 
mus  parua  ex  multis  sacrosancto  altario  uestro.  et  uobis 
patri  scissimo.  domno  sisnando  epo.  comissum  de  bauegio 
ab  omni  integritate.  ut  per  singulos  annos  fideliter  inde 
persoluant'.  quicquid  in  dominico  soliti  erant  persoluere. 
necnon  et  quod  comités  inde  solebant  accipere.  quatinus 
sit  sustentatio  clericis  ibi  deo  et  seo.  apostólo  seruientibus 
in  cunctis  temporibus,  et  sit  pro  alimonia  pauperum  et 
hospitum  adueniencium,  ut  inde  ipsi  habeant  toleratio- 
nem,  et  nos  a  Deo  dignam  remunerationem.  Quisquis 
regum  uel  pontificum  hec  nostra  mónita  firmiter  tenue- 
rit  et  custodierit  in  cunctis  fulgeat  ante  Deum;  quod  si 
neglexerit  et  conuerti  noluerit,   sit  maledictus  et  a  cor- 


APÉNDICES 


161 


pore  et  sanguine  xpi.  sit  alienus,  et  hec  nostra  dona  in 
cunctis  maneant  firma  per  sécula  cuneta,  amen. 

Facta    serie    testamenti   die    idus    nouenbris.    Era 
DCCCCLXIIII. 


Sancius  rex  conf . 
Rudesindus  eps.  conf. 
Gundisaluus  eps.  conf. 
Hermegildus  eps.  conf. 
Iustus  conf. 
Didacus  conf. 
Iulianus  conf. 
Federnandus  conf. 


Pelagius  conf. 
Sancio  conf. 
Nunus  conf. 
Rudericus  ts. 
Sarracenus  ts. 
Fafila  ts. 
Eenecus  ts. 


(Inédito.  Tumbo  A,  íbl.  16). 


NUMERO    LXIX 


ERA  DCCCCXCVI. 


Santiago. 


Año  de  C.  958. 

2  de  Marzo. 


D.  Ordoño  IV  dona  al  Obispo   D.  Sisnando   II   y   al   Cabildo  de 
esta  Santa  A.  Iglesia  la  villa  de  Salto  de  Lite. 


Ambiguum  esse  non  potestí  quod  ómnibus  cognitum 
patet.  eo  quod  tempore  domini  ranemiri  principis  habi- 
tantes homines  de  plebe  bti.  iacobi  apli.  nuncupatos 
barraganes  in  uilla  salto  de  lite,  sub  regimini  patris 
scissimi.  dni.  hermegildi  epi.  Euenit  gimundus  menendi 


Tomo  II.— 11. 


162  APÉNDICES 


ipso  episcopio  ei  adérente,  tulit  illis  ipsam  uillam  et 
quantum  ibi  habebant.  Adiunxit  ipse  gimundus  illud  de 
ingenuita  quod  ille  ibi  habebat  simul  cum  illo  de  plebe 
quod  illi  licitum  non  erat.  Tradidit  omnia  ab  integrita- 
te  a  parte  regali  a  prefato  principe  necnon  et  a  coniuge 
illius  dne.  urrace  regine.  sicuti  illi  obtinuerunt.  et  filiis 
eorum  dimiserunt.  non  multis  set  paucis  transactis  die- 
bus  et  temporibus  domini  protegente  misericordia,  suc- 
cessor  adest  in  regno  domnus  hordonius  princeps  proles 
domni  adefonsi  regis.  cuius  proprium  est  regnum  reg- 
nando  hereditare.  Tune  ad  eius  presentiam  pater  scissi- 
mus.  domnus  sisnandus  eps.  uenit  et  fecit  sugessionem 
de  hac  re  sicuti  prius  fuerat.  rex  motus  et  ínisericors 
dum  talia  uidit  coram  concilio  ordinauit  ipsam  uillam 
tornare  ad  proprium  locum  unde  fuerat.  et  hanc  agni- 
tion&m  exarare,  atque  hoc'testamentum  ex  nomine  suo 
conscribere; 

In  nomine  sánete  et  indiuidue  trinitatis,  Patris  et 
Filiis  et  Spiritus  sancti  uobis  glorioso  patrono   nostro 
bto.    iacobo   apto,  cuius   corpus  manet  tumulatum   sub 
arcis  marmoricis.  Ego  exiguus  famulus  uester  hordonius 
gratia  dei  rex  in  domino  Deo  eternam  salutem  amen. 
Ut  enim  mereat  per  sanctam  uestram  intercessionem  a 
peccatorum  m eorum  nexibus  absolui,  et  ut  de  inimicis 
accipiat  uictorie  palmam   et  post  eterni  muneris  pre- 
mium,  concedo  sacrosancto  altario  uestro.  necnon  et  uo- 
bis patri  sisnando  epo.  seu  omni  congregationi   ipsius 
loci  ipsam  uillam  iam  dictam  saltum  de  lite  ab  omni  in- 
tegritate  cum  adiacenciis  suis.  sicuti  eam  obtinuit  ipse 
gimundus.  et  postea  stetit  post  partem  dominicam.  eam 
uero  uillam  cum  domibus  et  edificiis  uel  intrinsecis  suis, 
uineis,   pomiferis,   saltis,   aquis,   molendinis,   aiacenciis, 
uel   cunctis  prestationibus  suis  et  in  latere  aluei  lezose 
in  comitatu  ipsius  apostoli  concedimus  ipsam  uillam  post 
partem  uestram  et  post  partem  successorum  uestrorum 
qui  bonam  uitam  duxerint,  ut  sit  pro  sustancia  pauperum 
ac  peregrinorum,  hospitum  et  adueniencium  et  exinde 


APÉNDICES 


163 


habeant  toleranciam,  et  ego  in  Domino  remunerationem. 
Quod  siquis  etc.. 

Facta   serie  testamenti    die    II  nonas   marcii.    Era 
DCCCCLXVI. 

Hordonius  rex  conf.  Hermegildus  eps.   conf. 

Rudesindus   eps.  conf.  Osorius  ts. 

Gundisaluus  eps.  conf.  Rudericus  ts. 

Viliulfus  eps.  conf.  Lucidus  ts. 
Didacus  eps.  conf. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  15  vuelto). 


NÚMERO  LXX 


era  dccccxcvi.  Santiago.  Año  de  C.  958. 

8  de  Marzo. 

D.  Ordoño  IV  dona  al  Obispo  D.  Sisnando  II    las  villas  de  IVloi» 
menta  y  Parada  en  el  condado  de  Morana. 

In  nomine  domini  hordonius  rex  uobis  patri  dno.  sis- 
nando epo.  salutem  amen.  Annuit  namque  serenitati 
nostre  glorie,  ut  donaremus  atque  concederemus  uobis 
ad  per  habendum  uillas  nostras  proprias  que  sunt  in  fini- 
bus  comitatus  moranee  subtus  alpe  leone.  nominibus 
monimenta  et  parata  ab  integro  cum  ómnibus  suis  ter- 
minis  et  limitibus  secundum  illas  obtinuit  prius  dominus 
noster  gundesindus  abba.  et  postea  per  datum  principis 


164 


APÉNDICES 


domni  ranimiri.  menicius  monacus.  ita  ut  habeatis  eas 
firmiter  de  nostro  dato  et  concessione  per  sécula  cuneta 
et  faciatis  de  eis  quod  uestra  fuerit  uoluntas,  et  nullus 
faciat  uobis  disturbationem  in  eis  ñeque  in  módico. 

Facta  cartula  donationis  et  concessionis  die  .VI.  no- 
nas marcii.  Era  DCCCCLXVI.a 


Hordonius  rex  conf. 
Rudesindus  eps.  conf. 
Viliulfus  eps.  conf. 
Hermegildus  eps.  conf. 
Federnandus  conf. 
Pelagius  conf. 
Lucidus  conf. 


Sancius  enecones  conf. 
Adefonsus  gudesteici  conf. 
Nunus  sarrazenz  conf. 
Rudericus  menendici.  ts. 
Veremudus  ordoniz  ts. 
Gutiher  ruderiquiz  ts. 
Veremudus  nuniz  ts. 


(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  15). 


APÉNDICES  165 


NUMERO  LXXI 


era  dccccxcvi.  Santiago.  Año  de  C.  958. 

21  de  Mayo. 


D.  Ordoho  IV  concede  á  esta  Santa  A.  Iglesia  la  villa  de  Joveli- 
nos  á  orillas  del  Mino. 


Sub  diuino  xpisti  imperio  qui  unus  in  trinitati  extat 
colendus  atque  adorandus  uobis  patrono  nro.  atque  dei 
martiri  electo  bto.  iacobo  in  cuius  honore  edificata  est 
baselica  in  finibus  amee,  et  beatum  corpus  uestrum  tu- 
mulatum  manet  in  arcis  marmoricis.  Ego  quidem  hor- 
donius  nutu  dei  rex  in  dno.  deo  eternara  salutem  amen. 
Ut  tuam  domini  consequamur  gratiam  et  per  interces- 
8Íonem  bti.  iacobi  apli.  patronis  nri.  a  cunctorurn  pecca- 
torum  nostrorum.  mereamur  absoluií  concedimus  et  con- 
testamus  post  partem  sci.  prefati  apostoli.  pro  uictu  uel 
uestimento  seruorum  dei  ibi  seruientium.  pro  susceptio- 
ne  peregrinorum  siue  hospitum  ibi  concurrentiumí  uil- 
lam  in  territorio  gallecie.  quam  nuncupant  iouellini. 
que  est  in  ripa  minei.  cum  ceteris  adiacenciis  et  termi- 
minis  et  prestationibus  suis.  quicquid  ad  eandem  uillam 
pertinet  uel  pertinere  debet  ab  integritate  secundum 
stetit  post  partem  dominicam  et  possessionis  nostre  laias. 
sic  illa  concedimus  supradicto  apio,  iacobo  et  clericis  et 
seruientibus  per  sécula  cuneta  seruituram.  Tgitur  amone- 
mus  omnes  nomines  per  nomen  domini  nostri  Ihu.  Xpi. 
saluatoris  nostri  et  per  sanctos  apostólos  eius  et  marti- 


166  APÉNDICES 


\ 


res,  quod  nullus  audiat  uendere,  donare,  conmutare  uel 
defraudare  hoc  nostrum  donum.  Quod  siquis,  etc.. 

Facta  serie  testamenti  die  .XII.  kls.  iunii.  Era  nouies 
centena  peragens  .VI.  et  nouies  dena. 

Hordonius  rex  conf.  Dominicus  eps.  conf. 

Rudericus  eps.  conf.  Nunus  osoriz  ts. 

Gundisaluus  eps.  conf.  Pelagius  gundisalui  ts. 

Hermegildus  eps.  conf.  Nunus  nunici  ts. 

.    Didacus  eps.  conf.  Osorius  ts. 

(Inédito.   Tumbo  A,  fol.  15  vuelto). 


NÚMERO  LXXII 


ERA  BCCCCXCV1.  Sobrado.  Año  de  C.  958. 

13  de  Noviembre. 

D.  Ordoño  IV  concede  á  este  Monasterio  y  á  su  administra- 
dor el  Obispo  compostelano  Sisnando  II,  el  commsso  ó  con- 
dado de  Presares. 

Sub  trino  nomine  deitatis  uidelicet  innati  patris,  ge- 
nite  prolis  et  spiritus  sancti  ab  utroque  procedentis,  pió 
saluatori  domino  ilisu  xpisto,  et  in  cuius  nomine  fundata 
esse  dignoscitur  ecclesia  sancti  saluatoris  in  uico  supe- 
rius  alto  prouincia  gallecie  in  ripa  amne  tamare.  Ego 
exiguus  seruus  tuus  hordonius,  uidelicet  sub  adminiculo 
dei  in  regno  fultus  una  cum  coniuge  mea  urracha  ancilla 


APÉNDICES  167 


tua  in  domino  ihsu  xpisto  sempiternam  salutem  amen. 
Licet  dne.  deus  primordia  bonorum  operum.  te  inspiran- 
te que  in  animo  gignuntur.  iustitie  operibus  deputentur. 
tamen  ea  que  potiori  cumulo  gliscit  in  uoto.  largiore 
remuneratione  a  te  expectantur  in  premio,  et  quanto 
plus  sepissime  offertur  tanto  plus  tibi,  domine,  compla- 
cetur,  etc..  Iccirco  domine  ihsu,  offerimus  tibi  mente 
deuota  pro  habitáculo  seruorum  qui  iam  in  prefato  loco 
sunt  habitantes  et  in  domum  sanctam  tuam  deseruien- 
tes.  pro  sustentatione  eorum  et  hospitibus  suscipiendis 
seu  peregrinis.  necnon  et  pro  luminariis  ecclesie  commis- 
sum  de  presares  qui  iuxta  ipsum  monasterium  in  ualle 
sunt  habitantes,  non  longe  sed  uicina  construant  ab 
omni  integritate  secundun  regiam  consuetudinem  comi- 
tibus  solebat  mandare,  ut  omne  tributum  uel  quod  in 
dominico  solebat  reddere,  fidenter  post  partem  monaste- 
rii  huius  per  singulos  annos  persoluat  absque  imperio 
palatium  sedis  regale  habitantes.  Vt  uobis  patri  domino 
sisnando  episcopo  qui  hunc  locum  sub  domini  uirtute 
edificastis.  sit  procuratione  uestra.  regendi.  tributandi. 
pauperibusque  moderandi.  tam  uos  in  uita  uestra.  quam 
etiam  uernaculus  qui  in  ipso  loco  in  uita  sancta  perseue- 
rauerit.  Post  discessum  uero  uestrum  sit  studiendi  post 
partem  monasterii  iam  dicti  et  abbatum  uel  seruorum 
dei  in  loco  ipso  permanentium  qualiter  illi  exinde  ha- 
beant  tolerationem  et  nos  a  domino  dignam  remunera- 
tionem.  ut  hic  super  inimicos  accipiamus  uictoriam  et 
postea  eterni  muneris  palmam  etc.. 

Facta  series  testamenti  idus  nouembris:   era   nouies 
centena  peragens  sexta  et  nouies  dena. 


Hordonius  sGrenissimus  princeps  hanc  seriem  testa- 
menti a  nobis  factam  confirmo. 

Vrracha  regina  confirmo. 

Sub.  Xpi.  nomine  gundisaluus  legionensis  episcopus 
confirmat. 


168  APÉNDICES 


Sub.  Xpi.  nomine  hermenegildus   lucense  sedis    eps. 

conf. 
Sub.  Xpi.  nomine  didacus  ouetense  sedis  eps.  conf. 
Sub.  Xpi.   nomine  theodemundus  salamantine   sedis 

eps.  conf. 
Froila  confessor  et  filius  adephonsi  regis  conf. 
Piloti  confessor  conf. 
Olemundus  confessor  conf. 
Osorius  confessor  cf. 
Rudericus  diaconus  cf. 
Arcisus  presbiter  cf. 
Fredenandus  cf. 
Citus  diaconus  cf. 
Froila  diaconus  cf. 
Enecus  testis. 
Veremundus  ts. 
Alter  ueremudus  ts. 
Ouecus  ts. 
Fortis  ts. 
Gutier  ts. 
Nuno  ts. 

Iustu  presbiter  ts. 
Rudericus  ts. 

(Inédito.  Cartulario  de  Sobrado,  tom.  I,  n.°  CVI). 


AP^NDICÍESl  1 69 


NUMERO  LXXIII 


ERA  DCCCCXCVII.  Sobrado.  Año  de  C.  959, 

13  de  Noriembre. 


Testamento  de  los  condes  D.  Rodrigo  Menóndez  y  su  esposa 
D.a  Elvira  Alvftez,  otorgado  en  Santiago,  por  el  cual  dejan 
toda   su   hacienda  a  este  Monasterio. 


In  dei  nomine.  Ego  rudericus  et  uxor  mea  nomine 
giluira  dum  in  coniugio  positi  fuissemus,  et  filios  nobis 
non  essent  communi  consensu  pariter  tractantes,  ne, 
quod  absit,  repentina  mors  subriperet  et  paupertas  no- 
stra  inordinata  remaneret  salubri  consilio  eligimus  ut 
inuicem  nobis  cartilla  donationis  conscribere  deberemus 
ut  unusquisque  ex  nobis  qui  alios  superuixerit  ab  inte- 
grum  omnem  paupertatis  nostre  quod  habemus,  uel 
quod  adhuc  cum  dei  adiutorio  adquirere  potuerimus,  se- 
curus  debeat  possidere  deoque  in  alterutrum  ad  inuicem 
donamus  atque  concedimus,  id  est. 

Ego  rudericus  iam  supradictus  uillas  prenominatas. 
id  sunt.  in  territorio  rabatí  uilla  boniti  cum  suas  adiectio- 
nes.  calabogii.  onorici.  carrari.  baldemari.  iudeus.  et 
uilla  rabioli.  In  territorio  nemitos  uilla  melangus  cum 
adiectionibus  suis.  et  quas  sub  uno  ganauimus.  In  nallari 
uilla  salamiri  cum  adiectionibus  suis.  uilla  secundini. 
uilla  ad  scm.  petrum,  uilla  hermemiri.  et  uillares  de 
auellaneta.  In  ripa  minei  ad  colegeses  uilla  de  seo.  petro. 
In  territorio  lata  uilla  lorarius  cum  adiunctionibus  suis. 
In  montenegro  uilla  eldigii.  In  montanos  uilla  uaulato  cum. 


Í70  APÉNDICES 


adiunctionibus  suis.  uilla  gafoni  cum  adiunctionibus  suis. 
ítem  in  reupati  uilla  guldari. 

Sirailiter  ego  giluira  uillas  prenominatas,  que  mihi 
euerunt  per  colmellum  diuisionis  siue  et  que  commutaui- 
mus  cum  meos  germanos.  Id  sunt  in  nemitos  in  ripa  mero 
secus  litori  maris  uilla  calamber  cum  adiunctionibus 
suis.  Villas  inter  nlia  et  deza  uilla  prenominata  oriolis 
cum  adiunctionibus  suis  bendurio.  noceta.  bustello.  ca- 
stro botanio.  et  benesegie.  uilla  oliares  cum  adiunctioni- 
bus suis  lanareo.  abaonio.  uilla  antehianta.  uilla  uitula- 
rios  cum  adiunctionibus  suis.  uaranga.  pemines.  et  sálga- 
nos. In  ripa  de  tenia  uilla  de  mera  cum  adiunctionibus 
suis.  Villas  inter  limla  et  katauo.  in  ripa  nauie  uilla  cen- 
doni  cum  adiunctionibus  suis.  uilla  britello  et  columbria- 
nos.  In  ripa  de  catauo  uilla  de  caratello  quarta  portione. 
ítem  uilla  cerasetello  in  ripa  turbella.  In  marina  uilla 
pausata.  alia  uilla  saboriz.  In  ripa  de  durio  uilla  de  caue- 
tello  quarta  portione.  In  uilla  de  antoana  quarta  portio- 
ne de  uilla  tuazollo.  ítem  in  ripa  limie  uillanoua.  et  in 
ripa  minei  circa  riuulo  equitanie  uilla  moraría  cum 
adiunctionibus  suis.  De  riuulo  limie  quarta  portione  de 
illas  piscarías.  In  darquis  quarta  portione  de  illo  pinneto 
quos  obtinuit  genitori  nostro. 

Istas  uillas  iam  supradictas  cum  domibus  et  intrinse- 
cis,  uineas.  pomares,  uaccas.  boues.  equas.  cauallos. 
mulos,  muías,  quadrupedia  de  qualicumque  sint  genere 
seu  altilia  uolatilia.  et  nostra  criatione  que  nobis  dedita 
manet.  unusquisque  ex  nobis  qui  superuixerit  apprehen- 
dendi,  habendi,  et  possidendi  dum  uita  uixerit  habeat  in 
perpetuum.  Et  tamen  ratione  seruata  si  nobis  dominus 
filios  dederit  ipsi  nobis  sint  heredes  exceptis  quinta  de 
omnia  que  ordinauimus  distribuere  in  ecclesiis.et  paupe- 
ribus  et  si  nobis  non  fuerint  filii  omnia  desuper  notata 
relinquimus  ea  á  fratribus  uel  sororibus  qui  in  uita  san- 
cta  perseuerauerint  in  loco  predicto  ubi  corpuscoli  nostri 
requieuerint  pro  remedium  animabus  nostris  iure  per- 
henni   possidenda,   quo  et  iuratione   confirmamus    per 


APÉNDICES  1?Í 

deum  celi  et  tronum  glorie  sue,  quod  contra  himc  factum 
nostrum  nunquam  erimus  uen  turi  ad  fringendum.  No- 
tum  die  ipsius  idus  nouembris  era  DCCCCXCVII. 

Rudericus  menendiz  in  hac  scriptura  benefacti  uel 
titulum  donationis  a  me  facta  et  in  conuentu 
ecclesie  sci.  iacobi  apostoli  arcis  marmorice  manu 
propria  confirmata. 

Giluira  aluitiz  in  hac  scriptura  benefacti  uel  titulum 
donationis  a  me  facta  et  in  concilio  sci.  iacobi 
apostoli  arcis  marmorice  manu  propria  confir- 
mata. 

Sub  Xpisti  nomine  rudesindus  episcopus  confirmo. 

Sub  Xpisti  nomine  Arias  episcopus  conf. 

Sub  Xpisti  nomine  Sisnandus  episcopus  conf. 

Guttier  abba  cf. 

Allactantius  abba  cf. 

Armentarius  pbr.  cf. 

Ciprianus  pbr.  cf. 

Baldemirus  pbr.  cf. 

Odorius  pbr.  cf. 

Lucidus  Martiniz  cf. 

Osorius  pbr.  cf. 

Didacus  pbr.  cf. 

Eirus  pbr.  cf. 

Recesuindus  confesus  cf. 

Guntinus  confessor  cf. 

Gauinus  confessor  cf. 

Rudesindus  Gauiniz  diac.  cf. 

Adaulfus  diac.  cf. 

Ranimirus  diac.  cf. 

Desterigus  diac.  cf. 

Tellus  diac.  cf. 

Nunnus  diac.  cf. 

Sigeredus  diac.  cf. 

Gundisaluus  diac.  cf. 

Gunterigus  diac.  cf. 


172 


APÉNDICES 


Spasandus  diac  cf. 
Gutier  diac.  cf. 
Baldemirus  cf. 
Accaricus  cf. 
Aloitus  cf. 
Rudericus  cf. 
Sisebutus  cf. 


(Inédito.  Cartulario  de  Sobrado,  tomo  I,  núm.  IV). 


NUMERO  LXXIV 


Santiago.  Año  de  C.  970? 

Epístola  del  Abad  Cesarlo,  consagrado  Arzobispo  de  Tarra- 
gona en  Santiago,  pidiendo  al  Papa  Juan  XIII  confirme  su 
elección  y  consagración. 

Sydereo  fulgore  veluti  clari  poli  luminaria  virtutum 
meritis  radianti,  florenti  ut  olore  opinione  alma,  can- 
denti  ut  lilium,  pudicitiae  cingulo  rubenti  ut  rosa,  pro- 
lixa  execratione  ecclesiasticae  ut  apparet  gaudium 
ieiuniorum  vigiliarumque  ac  obedientiae  colla  submit- 
tentium,  fragranti  repersione,  odorífera  unitate,  disso- 
ciabili  pacis,  amoris,  ac  benignitatis,  et  suavitatis  vincu- 
lis  connexum,  quorum  oratio  in  alto  aethereoque  throno 
penetrat  sicut  incensum....  nitore  et  humilitatis  violatio 
resplendet  color,  et  laus  ac  eminus  vel  prope  resonare 
cernitur,   domno  meo  Ioanni,   ego  Caesarius  indignus 


APÉNDICES  173 


gratia  Dei,  archiepiscopus  provinciae  Tarraconae,  quae 
est  fundata  in  Spania.  O  domine,  mi  pater,  Sanctissime 
Apostolice,  audite  me,  Pater,  quomodo  ego  pergi  ad  do- 
mum  sci.  Iacobi  apostolicae  Sedis,  qui  est  tumulatus  in 
suam  apostolicam  Sedem  Galliciae.  Et  ego  indignus  su- 
pradictus  fui  ad  domum  sci.  Iacobi,  et  petivi  benedictio- 
nem  de  provincia  Tarragona,  vel  suis  munificentiis,  hoc 
est,  Barquinona,  Egara,  Jerunda,  Ympurias,  Ausona, 
Urgello,  Huerta,  Hycto,  Tortuosa,  Caesaraugusta,  Os- 
cila ,  Pamplona ,  Aucha ,  Calahorra ,  Tirasona.  Et 
fiunt  XVI  civitates  sub  metropolitana  tarraconense 

Petivi  ego  benedictionem  de  ista  provincia  supra  no- 
minata,  et  inveni  ea....  me  dominum  gloriosissimum  Sis- 
nandum  condam,  qui  praefuit  cum  suis  pontificibus,  id 
est,  gloriosissimo  viro   et  Xpisto  dilectissimo  Ermegildo 
nomine,  aspectu  pulcherrimus  lucensis  metropolitanus  in 
Xpisti  nomine  respondit:  Scimus  enim  quia  a  seis.  Patri- 
bus  constitutum  est,  ut  in  unaquaque  provincia  metro- 
politanus  episcopus  ordinetur.  Nam  et  Tarracona  sci- 
mus, quia  in  principio  civitas  metropolitana  nominata 
est,  et  conciliis  in  eadem....  usque  dum  ab  hismaelitis 
regnum  nostrum  destructum  est.  Et  nos  in  recuperatio- 
nem   Sanctorum   restituere   debemus ,    vel   benedicere 
hunc  praesulem,  ut  cito  faciamus.  Wiliolfus  fulgentissi- 
mus  vir  tudensis  episcopus  clarissimo  vultu  dixit:  Nostra 
praesumptio  faciendi,  quia  a  principibus  nostris  iussum 
est,  et  a  conciliis  toletanis   conscriptum,  ut  quod  iuste 
invenerimus,  condiligendi  haberemus  potestatem.  Festi- 
nemus:  hoc  iustum  est.  Rudesindus  dumiensis  episcopus, 
Gundissalus  legionensis  episcopus,  Adovarius  austoria- 
censis  sedis   episcopus,   Domenicus  numantinae,     quae 
modo  Zamora  nuncupatur,  sedis  episcopus,   Tudemun- 
dus  Salmanticensis  sedis  episcopus,  Fredulfus  auriensis 
sedis  episcopus;  Ornatus  lamecensis  sedis  episcopus,   Di- 
dacus  portucalensis  sedis  episcopus.  Adamantius   abba, 
vir  sanctissimus  et  timoratas  hilari  aspectu  ait:  Regula- 
ri  subiectione  continetur,  et  ea  diligenter  instruiínus,  et 


174  APÉNDICES 

praecepta  canonum  observancia  referimus,  et  hunc  ad 
praesulem  dignitatis  oportet  obtineri.  Alii  autem  plures 
cum  magna  exultatione  dixerunt:  Verum  est  hoc.  Novi- 
mus  quia  hic  famulus  Dei  praedictus  Caesarius  abba 
archiepiscopum  eum  debemus  eligere.  Sancio  (1)  huic 
provissioni  subscripti  sub  die  III  kalend.  decembris 
aera  DCCCCXXXVIII.  (2).  Haec  omnes  in  uno  collegio 
sancimus  et  corroboramus. 

Isti  episcopi  superius  exarati  unxerunt  me  et  bene- 
dixerunt  de  ipsa  provincia  tarraconensi,  vel  cum  suis 
munificentiis,  civitates  exaratas. 

Et  ego  Caesarius  archipraesul  reversus  ad  provin- 
ciam  meam  nominatam,  contradixerunt  me  episcopi  his 
nominibus,  Petrus  barchinonensis  episcopus,  Arnulphus 
quondam  qui  fuit  sedis  gerundensis  episcopus,  Atto  sedis 
ausonensis  episcopus,  Wisaldus  urgelitanensis  episcopus, 
et  Emericus  metropolitanus  sedis  narbonensis  eps.  Isti 
iam  suprascripti  et  nominati,  quia  istum  apostolatum, 
quod  est  nominatum  Spania  et  Occidentalia  loca,  dixe- 
runt non  erat  apostolatum  sci.  Jacobi,  quia  ille  Aposto- 
lus  interfectas  hic  venit,  nullo  modo  autem  vivus.  Et 
ego  responsum  dedi  illis  secundum  canonicam  auctori- 
tatem  de  nicaeno  concilio,  ubi  fuerunt  CCCXVIII.  epis- 
copi, et  secundum  canonem  toletanum,  ubi  subscripse- 
runt  episcopi  LXVI  episcoporum  Spaniae  et  Grotthiae 
provinciarum  edita  anno  III  regnante  domino  Sisenan- 
do  die  nonas  decembris  aera  DCLXXI.  O  Domine,  scia- 
tis  vos  quia  Petrus  namque  Romam  accepit,  Andreas 
Achaiam,  Jacobus  qui  interpretatur  filius  Zebedaei, 
frater  Ioannis  Apostoli  et  Evangelistae,  Spaniam  et  oc- 
cidentalia loca  praedicavit,  et  sub  Herode  gladio  caesus 
occubuit;  Ioannes  qui  interpretatur  Zebedaei  filius  apo- 
stolus  et  evangelista,  Asiam  praedicavit  et  Ephesum; 


(1)  Sancio  rex,  nomine  I. 

(2)  Error  in  era  abs  dubio. 


APÉNDICES  175 

Thomas  Indiam  praedicavit,  Mathaeus  Macedoniam, 
Philippus  Galatiam,  Bartholomaeus  Lichaoniam,  Si- 
meón Zelotes  Aegiptum,  Mathias  Iudaeam,  Jacobus 
frater  Domini  Ierosolymam,  ludas  Iacobi  Mesopota- 
miam,  Paulo  autem  cum  ceteris  apostolis  nulla  sors  pro- 
pria  traditur,  sed  est  praedicator  gentium.  O,  Pater 
sce.  ego  dico  qui  hoc  contradicit  quod  verum  non  esset, 
contradictor  est  Domini  et  legi.  O,  Domine  mi,  cogno- 
scite  de  sententia  canónica  auctoritate,  ubi  dicitur  de 
metropolitanis  singularum  provinciarum.  «Per  singulas 
regiones  episcopos  convenit  nosse  metropolitanum  epi- 
scopum  solicitudinem  totius  provinciae  gerere.  Propter 
quod  ad  metropolim  omnes  undique  qui  negotia  viden- 
tur  habere  concurrunt. »  Precor  vos,  Pater,  per  Deum 
Patrem  Omnipotentem,  ut  vestrum  consilium  et  vestras 
gramatas  mihi  transmittere  faciatis  per  istum  sacerdo- 
tem  nominativum  nomine  Galindo.  Et  quandocumque 
ego  citius  potuero  cum  reverentia  magna  honore  perge- 
re  fació  ad  limitem  sci.  Petri  apostoli.  Et  ego  cupio 
vestros  pedes  osculare  et  vultum  vestrum  hilarem  vide- 
re.  Rogamus  ut  talem  nobis  donetis  ex  vestris  consiliis, 
quomodo  ego  possim  explicari  super  illos.  Tantum  agite 
ut  rogamus,  et  nostris  precibus  vestras  dígnate  accomr 
modare  aures,  domine  et  venerabilis  Papa.  Amen.  Fiat. 

*  (España  Sagrada,  toni.  XIX,  Apéndice). 


176  APÉNDICES 


NUMERO    LXXV 


era  mxx.  Celanova.  Año  de  C.  982. 

1.°  de  Octubre. 


OdoinOj  hijo  de  Bermudo  y  nieto  de  Odoino,  que  era  primo  del 
insigne  campeón  D.  Oduario,  da  á  este  Monasterio  y  á  su 
Abad  Diego  la  casa  de  Santa  Columba  en  la  Limia,  hoy  San 
Torcuato  de  Santa  Columba  en  el  Juzgado  de  Bande. 


Multorum  etenim  manet  cognitum  et  plerisque  no 
tissimum  hocí  quod  data  est  térra  ad  populandum 
illustrissimo  uiro  domno  Odoario  digno  bellatori.  In 
era  DCCCCX.  a  principe  serenissimo  domno  adefonso. 
Qui  uenit  in  ciuitate  fl  aulas  secus  fluuium  tamice,  uicos 
et  castella  erexit.  et  ciuitates  muniuit  et  uillas  popula- 
uit.  atque  eas  certis  limitibus  firmauit.  et  terminis  certis 
locauit.  et  inter  utrosque  abitantes  diuisit  et  omnia  or- 
dinate  atque  fírmate  bene  cuneta  disposuit.  Ex  quibus 
unam  uillam  dedit  congermano  suo  Odoyno  diácono  qui 
est  in  ripa  limie  cum  ecclesis  de  antiquis  annis  hedifica- 
tas  dictas  et  uocatas  sánete  marie  semper  uirginis.  et 
domini  genitricis.  et  sánete  columbe  uirginis  et  marti- 
ris.  que  iacebant  in  exqualido  de  ducentis  annis  aut 
plus  ut  eam  populasset.  et  in  quantum  ualuisset  hedifi- 
casset  et  possideret  per  cartam  quam  ei  ipse  domnus 
Odoarius  manu  propria  confirmauit  sicut  in  concilio 
nunc  oceulis  patet  cunctis. 

Deinde  cum  eam  possideret  longa  per  témpora,  per 
suis  terminis  et  locis  antiquis.   ueniens  ad  extremum 


APÉNDICES  177 

diem  clausit  uite  sue  cursum.  reliquens  omnia  filio  suo 
ueremudo  ad  perabenduni.  Ipse  autem  ueremudus  odog- 
ni  filius:  erat  habitans  in  loco  Sancti  Iacobi  apostoli  sub 
regimine  domni  gundesindi  episcopi.  regnante  rex  do- 
mno  Ordonio.  Cumque  esset  ibi  habitansí  euenit  ei  infir- 
mitas  periculuní  mortis  signiíicans.  Tune  ipse  gundesin- 
dus  episcopus  fecit  eum  roborare  testamentos  de  ipsa 
casa  sancta  columba  inuitissime  quod  non  pacifice.  Cum 
uero  sanasset  de  ipsa  infirmitateí  uenit  in  concilio  hic 
in  lucu  ante  prefatus  rex  cum  comes  guttier  menendiz 
qui  suam  uocem  tenuit.  et  per  ordinationem  ipsius  prin- 
cipisí  uenit  ipse  episcopus  in  ipsum  locum  sánete  colum- 
be  ubi  iam  habitationem  fecerat  ad  suos  fratres.  ut  si 
placuisset  ad  ipso  ueremudo  quem  eligerent  ipso  pontí- 
fice super  se  pro  abbate.  habitasset  in  sua  casa  cum  suos 
fratres.  et  si  ei  non  placuisset.  fuisset  se  illo  episcopo. 
cum  suos  fratres  et  remansisset  ipse  ueremudus  in  sua 
casa  ad  habitandum,  sicut  et  factum  est. 

Post  obitum  uero  ipsius  principis  et  ipsius  episcopi 
santius  fultus  in  regno  est  et  in  loco  apostólico  regens 
cathedram  loci  illius  ermegildi  presuli.  Remanserunt 
ipsas  scripturas  in  ipso  loco  apostólico  et  illa  casa  re- 
mansit  in  iure  ueremudo.  Mortuus  uero  ipse  rex.  ranimi- 
rus  eligitur  in  regno. 

Tune  comes  orclonius  uélasquoz  dedit  filio  suo  guttier 
ad  nutriendum  ad  ipso  pontifex  hermegildus.  ut  per 
simulationem  et  malum  consilium  capuis¿sent  ipsam  ca- 
sara sanctam  columbam.  Postea  uero  per  inmissionem 
ipsius  episcopi.  dedit  scripturas  ad  ipso  guttier  ordoniz.  et 
per  manda, tum  patri  suo  dedit  suo  infanzone  nomine 
nausti  uimaraz  qui  uenit  cum  ipso  guttier  fortiose  et  ad- 
signauit  ei  cathenas  de  signo  illo  de  ipsa  ecclesia  de 
sancta  columba  cum  suis  domis.  uel  omnia  sua  ad  pera- 
bendum.  Iuditio  autem  dei  cum  nihil  oceultum  manet. 
sed  omnia  nouit  antequam  fiant.  dedit  ei  dominus  dolo- 
rem  fortiter.  unde  cito  uitam  caruit  presentí  in  loco. 
Nec  multo  post  et  ipse  ordonius  una  cum  coniuge  sua 

Tomo  II.-12. 


178  APÉNDICES 

— — — — — — i — — — — ^ »,..      ■         .^___^.    ,  .      .,     ,     .    .       ■!,-,■!!,      ,  ,     ,         i,      n      ,   ,  ,    -i         |       ,,r  i,  nr— n — t — n — i~i — ■ — B~~i rrwn  iiibwi  —  ■  .-lMiJL^„.^.^ 

ermesinda.  cito  uitam  caruerunt.  et  capuit  ipsas  scriptu- 
ras  cognta  sua  gunterodis.  que  iure  hereditario  possidebat 
monasterio  palatiolo.  Et  ipse  ueremudus  per  misericor- 
diam  domini  possidebat  ipsam  casam  sicuti  et  ueritas 
sua  erat.  Nempe  dum  possideret  hereditatem  ipsam  cura 
cunctis  adiacentiis  et  prestationibus  suis  per  suis  anti- 
quis  terminis.  omnia  recte  et  sine  ulla  calumnia,  tune 
migrauit  e  seculo  relinquens  omnia  in  iure  filii  sui 
Odoynus  ueremudiz. 

Ule  uero  dum  possideret  omnia  intemerata  et  a  do- 
mino plenissime  confirmataí  sub  comes  guttier  osoriz  et 
suo  filio  froila  guttier riz  nondum  perueniebat  ad  ipsas 
scripturas  quia  cum  inuidia  nolebat  eas  daré  ipsa  gunte- 
rotem  ita  ut  ad  ipsa  casa  deuinisset.  inde  procurante 
domino  in  illis  diebus  nichil  inde  compleuit.  Tune  uero 
Odoynus  cum  domini  adiutorio  tornauit  me  ad  ipso 
benignissimo  et  clementissimo  rex  domno  ranimirus  ut 
fecissem  ei  seruitium  forsitam  deuenissem  ad  ipsas  scri- 
pturas unde  nimis  anima  mea  extiabat.  et  tedium  possi- 
debat. Ac  uero  ipse  serenissimus  misericordia  motusí 
ordinauit  tio  suo  dumno  rudesindo  episcopo  ut  per  se  uenis- 
set  et  de  uerbum  regis  cum  ipsa  domna  locutus  fuissem 
ut  mihi  Odoyno  meas  scripturas  dedisset.  Ex  tune  ego 
dum  uidissem  quam  quod  rex  imperan  erat  illa  deuote 
complebat.  ad  confirmandam  mihi  meam  ueritatem.  ut 
amplius  cum  ea  non  abuissem  contemptionem.  dedi  ei 
in  sua  offertione  inter  alfaraces  et  mulos  et  arento  et 
pallio  et  in  omni  re  placibile.  In  boues  D'XX  in  grande 
concilio  de  multa  xristianitate.  et  ad  prefatus  rex  dedi 
alfarace  quem  michi  cupiebat  et  in  alias  causas  bonas 
in  C.XX.  solidos.  Hacta  sunt  hec  omnia  in  diebus  quan- 
do  ipse  comes  guttier  osoriz  presentauit  illos  infantes  ante 
prefatus  rex  in  ciuitatem  rege  sedis  legionem  quando 
eos  ceciderunt  et  suam  terram  ipsi  comes  et  cum  gens 
sua  de  manu  regis  ad  imperandum  acceperunt. 

Et  in  ipso  concilio  fecit  subgessionem  ad  ipsum  impe- 
ratorem  pro   ipsa   casa  quam   mihi  in  contemptionem 


APÉNDICES  179 


mittebant  et  causatus  fui  ego  Odoynns  cnm  Osorio 
guttierriz  qui  uocem  intendebat  de  ipsa  gunterotem  et 
procamauit  se  ipse  Osorio  ad  auctorem  domno  ermegüdo 
episcopo  qui  iam  ad  rex  expeditum  erat  et  uiam  pro  ad 
su  a  térra  ueniebat.  et  ordinauit  ipse  princeps  ad  sisnan- 
dus  menendiz.  qui  tune  prepositus  domus  sue  erat  ut 
uenisset  pro  eum  et  tornasset  illum  ad  palatium  sicut 
et  fecit.  Tune  inuocauit  eum  ipse  Osorio  ut  autorigasset 
illi  illa  casa  et  domna  gunterode  de  facie'.  et  ille  episco- 
pus  noluit  eis  autorigare.  sed  contendiuit  multum  eum 
eis  in  ipso  concilio  dicens  eis  quia  iniuste  mihi  faciebant. 
et  autorigauit  mihi  illa.  Ule  episcopus  in  ipso  concilio 
ante  et  episcopos  ouecco  nunniz  de  legione.  et  alio  ouec- 
co  de  oueto.  et  domno  dulcidio  de  zamora.  et  salomón 
astoricensis.  et  alderedus  de  septimanca.  et  dulcidius 
uisensis.  hornatus  lamezensis.  gundesindus  colimbriensis. 
baltarius  tudensis.  ermegildus  lucensis  et  arias  mindu- 
niensis.  Necnon  et  comités  fredenandus  gundisaluiz. 
ansur  fredenandiz.  osorio  monnioz.  didaco  munnioz. 
pelagius  gundisaluiz.  scemenus  didaz  et  omnes  magnati 
palatii  eum  galléeos  et  omne  xristianitate  inibi  collecta. 
In  quorum  presentía  auctorigauit  mihi  ipsacasa  eum  om- 
nia  sua  sicut  ueritas  erat.  Et  ordinauit  ipse  rex  et  omne 
ipse  sanctum  concilium  ad  ipso  meo  domno  et  pontifici 
domno  rudesindo  episcopo  ut  assignasset  mihi  meam 
casam.  et  ueni  inde  eum  eo  et  mandauit  me  intrare  in 
ea  ad  perhabendum.  et  in  mea  uita  et  post  hec  et  post 
obitum  meum  cui  ego  illam  relinquero  firmiter  eam  pos- 
sideat  iure  perhenni. 

Vertens  uero  témpora  longiora  ipsa  casa  permanens 
iuri  meo  hedificaui  in  ea  monasterium  genitrici  mee 
ceilala.  in  quo  et  habitauit  eum  alus  ancillis  dei  perma- 
nentes eum  ea  usque  ad  obitum  suum. 

Ipsa  uero  eludens  diem  ultimum,  tune  duxi  ibi  aliam 
nomine  onnega  qui  preesset  illis.  Et  pro  yd  aecusauerunt 
me  homines  male  querentes  ad  ipso  domno  meo  domno 
episcopo  temporibus  hordonii  principis  filius  ipsius  ma^ 


180 


APÉNDICES 


ni  regis  ranemiri  cuius  supra  fecimus  mentionem.  Tune 
cum  honore  sed  per  artis  ingeniumipsius  pontificis  per- 
ductus  sum  ante  eum  et  dedi  ei  per  fideiussores  in  D 
solidos!  ut  in  alio  die  dedissem  ipsam  honnegam  in  con- 
cilio hic  in  lagias  ante  ipsum  principem  ordonium  et  su- 
prafatum  pontificem.  ut  si  aliter  fecissem  et  illos  solidos 
pariasem.  et  ipsa  casa  post  parte  sua  caruissem. 

Cumque  uidissem  me  in  magna  tribulatione  nesciens 
quid  facerem  cum  iniuria  et  contumelio  derelinquens  et 
casa  et  omnia  quicquid  abere  poteram  cum  inuidia  dia- 
boli.  ipsa  sola  honnega  adsumsi  mecum  latitans  luxu- 
riose  cum  ea  per  diuersa  locaí  deueni  in  monasterio  ui- 
marañes  ad  domna  munína  domna  et  filiis  suis.  et  elegi 
salubre  consilium  anime  mee  ut  dimisissem  illam  ini- 
micam  et  deuenissem  in  portello  quomodo  tornar em  ad 
meam  hereditatem  et  ad  uitam  monasticam. 

Dum  uero  peccatum  abuit  in  me  dominium.  tune 
ipsa  gunterotem  petiuit  ipsam  casam  a  domno  episcopo 
dicens  ómnibus  qui  mihi  pertinent  per  scripturas  quas 
inde  abeo.  et  illa  mentiebat  quia  iam  nihil  inde  abebat. 
Illa  uero  obiurgante  ea  quamuis  sine  ueritate.  tune  in 
illis  diebus  cogitantes  comités  galléeos,  necnon  et  mag- 
nati  palatii  eicere  sancionem  de  sede  sua  legione  et  daré 
tronum  glorie  regni  ad  ordonium  prolis  adefonsi.  Defini- 
uit  ipsa  mummadomna  (1)  cum  filiis  suis  et  omne  conci- 
lium  ut  uenisset  gundiscduus  mmendiz  et  ranemirus  menendiz 
ad  ipsam  domnam  gunterotem  et  uolens  nolens  dedisset 
casam  alienam  quam  iniuste  et  sine  ueritate  (tenebat?) 
sicut  domno  permittente  facturo,  est. 

Denique  dum  cogitaui  animam  meam  eripere  de 
lacu  mortis.  tune  expuli  et  eieci  a  me  ipsam  pestem 
noxiam  et  ueni  ad  ipsum  domnum  meum  domnum  epi- 
scopum  et  tradidi  me  in  manus  suas  per  :::::::::  ia  et 


(1)     Era  hija  del  conde  D.  Rodrigo  Velá/.quez,  y  hermana,  por   consi- 
guiente, del  Obispo  compostelano  D   Pelayo  Rodríguez. 


APÉNDICES  181 

omnia  mea  exponens  me  in  ipso  monasterio  cellenoue 
cum  alus  seruis  dei  domno  ::::::::::::::  uientes  et  in 
doctrinis  domini  meditantes,  et  normam  patrum  sancto- 
rum  custodientes  regnante  iam  ipse  sancius  princeps! 
qui  ad  hismaelites  confugerat  et  cum  acie  paganorum 
inde  uenerat.  et  iam  dictus  ordonius  prolis  adefonsi  cum 
metu  pugne  de  solio  suo  uersus  fugaí  ipse  sancius  solio 
regni  sui  ascendit  in  quo  et  regnare  cepit.  Persistens 
£go  Odoynus  in  ipso  monasterio  cellenoue  et  fratres  de 
domno  episcopo.  liubilani  confratri  et  sociis  eius  in  ipso 
loco  sánete  columbe  monasticam  ducentes  uitam  mul- 
tis  annis. 

Tune  ille  auctor  sceleris  inmisit  se  in  corda  hominum 
iniquorum  cum  quem  non  potui  durare  ego  Odoynus  in 
ipso  monasterio  plañe  et  cum  leuitate  mea  exiui  exinde 
et  iterum  intraui  in  ipsa  casa  sancta  columba  ad  habi- 
tandum.  sicut  et  habitaui  annis  multis. 

Defuncto  autem  ipso  santio  principeí  accepit  regnum 
eius  germana  sua  domna  giluira.  et  perunctus  est  in  regno 
filius  ipsius  sanctionis  nomine  ranemirus  minimam  et 
pussillam  agens  etatem.  qui  nuper  adhuc  continens  princi- 
patum  quando  hec  exarauimus. 

Tune  in  illis  diebus  excitauerunt  galléeos  inter  se  se- 
ditionem  comités  domino  unum  rudericum  uetasconiz  et  al- 
terum  gundisaluiim  menendiz  qui  multa  inter  se  per  inter- 
nuntios  recalcitrantes  et  aduersus  inuicem  uerba  tyrani- 
dem  musitantes:  constituerunt  diem  ultionis  inter  se  ut 
bellum  agerent.  et  qui  ex  eis  potuisset,  uictor  existeret. 
Consilio  autem  initoí  ipse  gundisaluus  cum  suis  satelliti- 
bus  et  cum  multis  qui  cum  ipso  ruderico  eran  et  ei  uerba 
mentiosa  dabant.  Inito  certamine  in  locum  quod  dicunt 
aquiluntias.  rudericus  terga  dedit.  et  ad  domno  episcopo 
semiuium  se  collegit.  in  ciuitate  sabuceto.  et  gundisaluus 
uictor.  abscessit. 

Tune  adstitit  ipsa  meretrix  onnega  ante  prefatum 
comitem  rudericum  pro  quo  ego  odoynus  illam  a  me  ex- 
puleram.  et  dixit  super  me  testimonium  falsitatis  quod 


182  APÉNDICES 

ego  unus  ex  illis  eram  qui  super  eum  ista  cogitauerat. 
Credens  itaque  ei  ipse  comes  et  niulti  de  his  qui  cum 
eo  nudi  et  semiuiui  euaserant'  tune  miserunt  rapinam 
in  ipsa  casa  super  peculium  et  omnia  destruerunt  et 
cuneta  uastauerunt  tam  ganatum  quam  et  cartarios  de 
auorum  et  parentum  nieorum.  necnon  et  meas,  unde 
non  remanserunt  nisi  istas  firmitates  antiquas  de  ipsa 
(casa?)  quam  pre  manibus  sunt  que  ad  manus  de  meos 
benequerentes  uenerunt  qui  mihi  eas  dederunt  ubi  iace- 
bam  captus  et  cathenatusí  et  uinculis  ferréis  constrictus 
atque  inopia  et  miseria  multa  aflictus.  ítem  ipsa  gante- 
rotem  suggessionem  faciens  comité  prefato  et  ei  uerba 
uaná  confitens,  petiit  ei  ipsam  casam.  et  111.a  uice  iuri 
suo  cessit. 

Ego  autem  post  multam  erumnam  et  dirá  flagitiaí 
ómnibus  rogaui  ut  pro  me  petitionem  duci  ipso  facerent 
et  me  de  squalore  ergastuli  educerent.  sicut  et  domino 
permittenteí  postulata  et  me  de  angustia  et  penuria 
educentes'  semiuiuus  euasi  multis  locis  latitans.  et  pa- 
nera per  multis  ostiis  postulans.  deduxi  dies  meos  in  me- 
rore    et  tristitia.    et  in  multa  miseria. 

Queres.  iterumueni  ad  iam  fatum  monasterium  cel- 
lenoue  et  misericordiam  fratribus  meis  petens  ut  me 
miserum  colligerent.  et  si  aliquid  ipsa  casa  in  iure  meo 
deuenisset  ut  ad  cellamnouam  eam  confirmassem  que 
penitus  aliter  non  facerem.  Ipse  comes  in  infirmitate 
mortis  est  detemptus.  et  ego  fratribus  his  rogaui  et  mul- 
torum  benenatorum  expostulaui  ut  idem  duci  suggere- 
rent  ut  ad  propria  mea  redirem.  Motus  autem  precibus 
at  misericordia',  iussit  me  ante  se  introire  et  ad  suum 
osculum  suum  uocatus.  et  gratiam  ipsius  consequutus. 
Imperauit  fratres  de  ipsa  domna  gunterote  de  ipsa  casa 
foras  eicere  qui  eam  fallacissime:  /  .*  .•  .*.  .*  /  .*  .*.  .*  .*  .' 
rediderunt  et  me  in  ea  habitare  fecerunt. 

Post  obitum  uero  ipsius  domni  ruderici  .*.•.'  .* ."  /  .*  .* 
ipsius  ruderici.  obtinens  commitati  ipso.  uimara  donnoni. 
qui  miera  in  ómnibus  his  adiutor  et  auxiliator  fuit.  Ite* 


APÉNDICES  183 


ruin  uolens  me  .III.  uice  uenire  ad  fratres  meos  in  cella- 
noua  ut  quod  in  diebus  ipsius  pontificis  inquoaueramí 
post  obitum  suum  firmissime  et  deuote  atque  sponte  per- 
ficerem. 

Tune  creuit  corpus  ad  penam.  et  ecce  congermanas 
meas  domna  giluira  abbatissa  de  sancto  martino  de  grau. 
et  suas  germanas  que  per  plures  uices  per  suas  immissio- 
nes  ipsam  casam  destruxerunt.  et  seruis  meis  imperarunt 
ut  lancea  in  me  misissent  et  animam  meam  a  me  abstu- 
lissentí  ut  illas  ipsam  casam  possedissent.  Dum  uiderunt 
quod  ad  cellamnouam  ueniebam.  ut  sicut  semper  promi- 
si.  iterum  ibi  me  tradissem.  et  ipsam  casam  ibi  eam  con- 
firmassem  sicuti  ueritas  erat.  Ecce  mecum  agere  cepe- 
runt  uerbis  blandientes  et  seductionibus  mellifluis.  multa 
muñera  persuasionem  et  deceptionem  promittentes  sed 
parum  complentes.  tamen  si  ferreum  pectus  abuissem. 
mollities  plumbi  cum  tanta  blanditia  conuersus  fuissem, 
sed  admonentes  me  et  ego  per  concilium  ut  uiderem  de 
tantas  promissiones  quanta  erant  complentes  mihi  fa- 
cientes.  Inquoaui  eis  testamentum  ad  faceré  de  quadam 
parte:  dum  autem  uiderem  quod  ale  (1)  pro  aliter  mihi 
uerba  uendebant,  et  ale  ego  dicebam.  et  illi  per  conci- 
lium aliter  scribebant.  nolui  eum  eium  roborare  ñeque 
confirmare,  sed  repellens  eos  a  me.  quomodo  mihi  alios 
retulerunt  quia  meam  confirmationem  in  eam  infixe- 
runt.  et  meam  casam  per  uim  presumpserunt.  et  fratres 
suos,  quoniam  ego  in  cellanoua  iam  ueneram,  in  ea  mi- 
serunt. 

Ego  autem  negó  et  deum  obtestor  quia  meum  robo- 
rem  in  ipso  testamento  non  feci.  ñeque  eis  illum  auctori- 
zo.  sed  ubi  primum  ipsam  casam  et  meipsum  tradidi  ad 
domum  domini  saluatoris.  Ibi  eam  auctorizo  pro  lex 
gótica  et  sacros  cañones.  Apostólica  pauli  sententia  di- 


(1)    Tan  antiguo  era  en  Galicia  el  al  (otra  cosa)  del  castellano  de  otros 
tiempos, 


184  APÉNDICES 

centis  quod  non  ualefc  testatio  dum  uiuit  testator.  Sed 
testamentum  enim  et  mortuis  confirmatum  est.  Pro 
qua  re  de  omnia  quicquid  mihi  ipsas  domnas  dederunt. 
eas  reintegraui.  et  per '  Xristum  dei  filium  cunctos  fra- 
tres  qui  in  cellanoua  habitant  uel  habitauerint  siue  et 
omnes  magnati  xristiani  cunctos  obtestor.  ut  qui  ad  eas 
partem  dederit  in  ipsa  casa  uel  in  ipsa  uilla  per  suis  ter- 
minis  antiquis  et  locis.  sicut  ipse  illustris  uir  Oduarius 
eam  confirmauit  per  suam  cartam  ad  ipso  auio  meo 
Odoyno.  et  sicut  eam  obtinuit  genitori  meo  ueremudo. 
et  sicut  in  diuisiones  resonat  quomodo  ego  Odoynus  illam 
diuisi  cum  nausti  uimarani,  donnon  uimarani,  et  domno 
sonna  cum  suos  abbates  et  fratres  et  suorum  infanzones, 
quomodo  diuidet  cum  uilla  sancta  columba,  ermigildi  et 
atañes  et  tranzit  limia  ad  patrono  intra  mogaynes  et 
sancta  columba  et  feret  in  arca  tras  limia  ad  casam  de 
domno  et  per  suis  terminis  ubi  inueneritis  lacos  anticos 
et  mamolas.  Vno  laco  qui  est  tras  limia  unde  uenit  liniolo 
qui  tranzit  per  limia  et  uenit  Ínter  sancto  martino  de 
Cálidas  et  feret  in  cima  de  uilla  ad  alio  laco  maior  per 
suo  liniolo  ubi  iacit  efigiem  hominis  sculpta  in  petra  que 
testificat  de  laco  in  laco.  et  inde  per  suos  moliones  fir- 
missimos  ad  arca  maior  ad  castro  de  uemes  et  sic  tornat 
per  alios  moliones  et  feret  in  fontem  de  mulieres  deinde 
postea  mineo  rio  inter  uillarino  et  monte  longo  per  ubi 
firmissime  diuisimus  cum  ipsos  domnos  iam  prefatos  in 
illorum  grande  concilium  sub  unos  andantes,  et  omnia 
bene  considerantes  atque  certius  diuidentes  et  omnia  fir- 
missime permanentem.  Statuentes  deuenimus  ad  arcas 
maiores  de  sancta  eolalia  inde  primiter  inquoauimus. 
Notum  die  ipsas  kalendas  octobris  discurrente  tune  era 
XX  post  M.A 

Obinde  ego  Odoynus  filius  ipsius  ueremudi  uobis 
domnis  meis  imperator  xpe.  creatrici  creatura  cuneta 
imperans  et  omnia  gubernans  cuneta  recreans  et  fideli- 
ter  omnia  regens  et  disponens  cum  apostolis  tuis  petrus 
et  iohannis  et  beniuolens  tuo  martino  presul  et  bto.  con- 


APÉNDICES  186 

fessori  cuius  baselicam  cernitur  posse  fundatam  loco  et 
syderio  predicto  cellenoue  ad  misericordie  fontem  o  ihu. 
bene  curro  cum  lacrimis  quia  nichil  abere  me  bonum 
recordor  ex  meritis...  et  tibi  didaci  abbati  uel  fratribus 
meis  sub  cuius  dicionem  me  trado,  ipsam  eccliam.  sea. 
columba  cum  uela  et  uestimenta  altaris  uel  sacerdotum 
atque  donorum  signum  ex  metallo  fusile,  crucem  calicem 
cum  patena  atque  coronam  cum  suis  libris  quantos  ibi- 
dem  inueneritis,  domis  cum  edificiis  etc..  cum  alia  uilla 
que  intus  iacet  dicta  quintanella  quam  dederam  ad  unam 
necem  scemenam  quam  dicunt  quod  est  mea  filia  et  ad 
uiro  suo  yeremias.  et  pro  superbia  quam  mihi  fecerunt 
et  scelus  gracie  quod  in  me  fecerunt...  abstramus  ab  eis... 
Notum  die  ipsas  kalendas  octobris  discurrente  tune 
Era  XX  post  mlla.  (millesima) . 


Odoynus  quamuis  indignus  peccator  set  quasi  confessor 
serena  mente  deuoto  animo  leta  facie  et  sponta- 
nea  mea  propria  uoluntate  tradens  me  factori  et 
redemptori  meo  per  hanc  seriem  testamenti  cum 
omnia  mea  manu  propria  roborem  meum  depin- 
gens  confirmans. 

Aditio  uobis  in  territorio  quem  dicunt  ayres  eclam. 
uocabulo  sci.  saluatoris  cum  domibus  et  hede- 
ficiis  et  intrinsecis  suis  per  sus  terminis  quantum 
me  ibi  competit...  tam  de  meo  patre  quam  et 
matre  et  tia  mea  domna  pinoti  omnia  ab  integro 
seu  et  de  fratre  ualeriano. 

Sub  imperio  bte.  et  indiuidue  trinitatis  Pelagius  yrien- 
sis  sedis  et  apostólico  loco  regens  dei  gratia  eps. 
confirmans. 

Sub  nomine  redemptoris  ihu.  xpi.  gundisaluus  auriam 
sedis  disponens  et  continens  per  misericordiam 
dni.  eps.  confirmans. 

Oduario  uimaraz  confirmans. 

Sisnandus  pbr.   confessor  confirmans, 


186 


APÉNDICES 


Vimara  donnoni  in  his  diebus  comes  et  defensor  ipsius 

monasterii  confirmans. 
Fortis  presentí  in  monasterio  prepositus  confessor  conf. 
Gutinus  confessor  confirmans. 
Ranemirus  conf.r  conf. 
Vittizani  conf/  conf. 
Juliani  pbr.  conf.r  conf. 
Franzemirus  pbr.  conf.r  conf. 
Ansericus  conf.r  conf. 
Senta  conf.r  conf. 
Falbatus  pbr.  conf/  conf. 
Astorius  pbr.  conf/  conf. 
Fromildus  pbr.  conf.  conf. 
Nausti  pbr.  conf/  conf. 
Recesuindus  pbr.  conf/  conf. 
Gundulfus  pbr.  conf/  conf. 
Suarus  pbr.  conf/  conf. 
Ropario  conf/  conf. 
Didacus  pbr.  conf/  conf. 
Ariulfus  pbr.  conf/  conf. 
Teodila  conf/  conf. 
Rizilani  conf/  conf. 
Martinus  conf/  conf. 
Aduocatus  conf.  conf. 
Vittisclus  dcns.  cf.  cf. 
Felmirus  pbr.  cf.  cf. 
Bonento  cf.  cf. 
Visterla  cf.  cf. 


(Inédito.  Cartulario  de  Celanova,  lib.  II,  núm.  146). 


apíndicbs  18? 


NUMERO   LXXV 


Genealogía   de  San   Pedro  de  Meionio. 

Genealogía  dni.  martini  placencii. 

Noticia  uel  inuentario  filiorum  et  nepotum  dni.  mar- 
tini placencii.  qui  uenit  ad  presura  de  morte  de  inqui- 
naría in  térra  de  curtís,  quorum  hec  sunt  nomina. 

De  ipso  martino  placentio  nati  sunt  ínter  filios  et  fi- 
lias V.  id  -T-  (est),  dñs.  petrus  eps.  adelfius  confessor.  ui- 
mara  martini.  argunda  martini.  mostacia  martini. 

De  illis  tribus  non  remansit  íilius.  ñeque  semen  duo- 
rum  uirorum  et  unius  mulieris. 

De  uimara  martini  natus  est  uimara  martini  episco- 
pi.  et  non  habuit  aliam  generationem. 

De  argunda  martini  et  de  uiro  suo  sando  transmiriz 
nati  sunt  V  filie  prenominatas.  dña.  aldena  et  non  ha- 
buit filios.  De  dña.  sesilli  uenit  dño.  guimara  aliulfiz  et 
sue  gentes.  De  dña.  nana  nati  sunt  IIII  filii.  Hec  sunt 
nomina  eorum.  froila  petri.  Ioannes  petri.  odoarius  pe- 
tri.  fernandus  petri.  Et  sic  inuentum  est  hoc. 

(Cartulario  de  Sobrado,  t.  I,  fol.  59). 


188 


APÉNDICES 


NUMERO  LXXVI 


ERA  MXXIII. 


Santiago. 


Año  de  C.  985, 

29  de  Septiembre. 


D.  Bermudo  II  consigna  á  esta  Santa  Apostólica  Iglesia  trein- 
ta colonos  para  que  labren  las  tierras  de  la  villa  de  Vide. 


In  nomine  domini  et  ab  honorem  sci.  iacobi  apli.  Ego 
uerefnudus  serenissimus  princeps  in  dno.  deo  sempiter- 
nam  salutem  amen.  Per  huius  nostre  preceptionis  seriem 
iussionem  donamus  atque  concedimus  ipso  patrono  no- 
stro.  et  pro  stipendio  seruorum  domini  ipsius  loci.  in  ripa 
minei  XXX.  nomines  .V.  uinatarios  et  XXV.  iuniores 
ut  laborent  in  uilla  uite.  quos  concessit  ipsi  loco  ruderi- 
cus  uelasquiz  pro  anima  sua.  et  nos  istos  nomines  ibi 
concedimus  perpetualiter  possidendos.  propter  honorem 
apostoli  Dei  et  pro  remissione  peccatorum  meorum  ita 
ut  omnes  serui  beati  Iacobi  de  ipsis  habeant  subsidium 
temporale  et  nos  in  Domini  conspectu  gloriam  eternam. 

Facta  serie  testamenti  .III.  kls.  octubris.  Era  XXIII. 
post  mila. 

Veremudus  rex  hoc  testamentum  conf. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  17  vuelto). 


APÉNDICES  189 


NUMERO    LXXVII 


era  mxxiv.  Santiago.  Año  de  C.  986. 

1.°  de  Junio. 

D.  Bermudo  II  dona  á  esta  Santa  Apostólica  Iglesia  un  corti- 
jo en  la  ciudad  de  León. 

In  nomine  patris  et  filii  et  spiritus  sci.  Ego  ueremu- 
dus  nutu  diurno  rex  uobis  patrono  meo  seo.  iacobo  apio, 
cuius  corpus  est  tumulatum  sub  arcis  marmoricis  in  pro- 
uincia  gallecie  íinibus  amee  in  domino  Deo  sempiternam 
salutem,  amen.  Damus  atque  concedimus  ipsi  apostólo 
in  urbe  legionensi  cortem  que  fuit  paterni  iustici.  et 
postea  emit  eam  nepocianus  de  uxore  sua  nomine  ma- 
ria.  et  nobis  postea  est  dedita;  ipsam  cortem  quomodo 
est  constructa  in  omni  circuitu,  tam  casas  quam  et  om- 
nem  solar em  ad  edificandum  cum  omni  integritate. 
damus  et  concedimus  seo.  Apostólo  et  illis  qui  in  Dei 
seruicio  ibi  perstiterint,  pro  remedio  anime  nostre,  ut 
clerici  ipsius  loci  habeant  inde  subsidium  temporale,  et 
nos  in  diuina  presencia  cum  ipso  uitam  eternam.  Hoc 
enim  affirmando  iuramus  per  Deum  celi  quod  contra 
hoc  testamentum  non  ueniamus.  Siquis,  etc. 

Facta  cartula  testamenti  die  kls.  iunii.  Era  XX.IIII. 
post  millessimam. 

Veremudus  rex  conf.  Sauaricus  eps.  conf. 

Viliulfus  eps.  conf.  Petrus  eps.  conf. 

Gundisaluus  eps.  conf.  Didacus  abba  conf. 

Veremudus  eps.  conf.  Pascalis  abba  conf. 

Armentarius  eps.  conf.  Julianus  abba  conf. 


190  APÉNDICES 

Petrus  abba  conf.  Gómez  ts. 

Eenecus  ts.  Oueco  ts. 

Federnandus  ts. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  19). 


NUMERO  LXXVIII 


era  mxxv.  San  Juan  del  Yermo.       Año  de  C.  987. 

(San  Juan  da  Coba).  7  de  Marzo. 

D,  Herminio  II  autoriza  al  Abad  Gundesindo  Sarracenia:  para 
que  pueda  admitir  colonos  de  cualquier  condado  que  ven- 
gan, que  labren  las  tierras  de  este  monasterio  y  las  de 
los  demás  que  le  estaban  anejos. 


In  nomine  patris  et  filii  et  sps.  sci.  amen.  Ego  nam- 
que  ueremudus  rex  tibi  ihu.  xpo.  omnipotenti  deo  ac 
redemptori  meo  et  ómnibus  apostolis  martiribus  uirgini- 
bus  confessoribus.  siue  et  seo.  mameti  et  seo.  georgio  et 
seo.  uincenti  et  seo.  iohanni  de  heremo  quorum  baselice 
fundatate  dignoscuntur  subtus  alpes  montis  illiciti,  quem 
dicunt  montem  sacrum  iuxta  fluuium  ulie  in  ipsa  ripa. 
Anuit  quoque  serenitati  mee  propter  ablucionem  meo- 
rum  criminum.  huic  memorato  loco  conferre  sicut  et  per 
huius  testamenti  seriem  conf  ero  et  contexto,  homines  ad 
seruiendum.  quicumque  eidem  loco  exibuerunt  serui- 
cium  uel  obsequium  post  partem  comitatus  lnparie.  de 


APÉNDICES  191 

tabeirolos.  de  deza.  uel  de  alus  comitatibus.  siue  de  alus 
partibus  ubi  eos  hordinauerunt  seruicium  faceré,  et  sunt 
ipsi  homines  infra  términos  ipsorum  monasteriorum. 
quomodo  eos  concludunt  testamenta  et  agniciones  eo- 
rum.  Sic  eos  damus  atque  concedimus  parti  ipsorum 
sanctorum  dei.  et  uobis  gundesindo  abbati  proles  sarra- 
ceni.  ut  sint  ibi  iure  perenni  permansurií  sicut  ceteri  in- 
genui.  tam  isti  qui  presentes  sunt.  quam  eorum  proienes 
usque  in  calce,  et  de  quacumque  parte  ex  tributaria 
plebe  de  secundo  aut  tercio  comitatu  ad  abitandum 
sponte  uenerit.  non  permittimus  ut  aliquis  homo  ex  re- 
gno  nostro  ausus  sit  unum  ex  eis  ad  fiscalem  hordinem 
uel  ad  tributi  censuram  laicalem  prouocare  nisi  tantum 
modo  ad  memoratum  ipsorum  sanctorum  dei  et  seruo- 
rum  et  ancillarum  in  regula  dei  persistentium  atque 
manentium.  Quatinus  quicquid  ab  eis  iussum  uel  hordi- 
natum  acceperint.  indesinenter  atque  fideliter  adirn- 
pleant  atque  peragantí  sicut  iam  exaratum  est. 

Adicimus  uobis  uestras  ecclesias  que  sunt  conquisite 
pro  uestris  utilitatibus  peragendis.  Et  ipsi  monachi  con- 
currant  sponte  aut  neglecte,  tam  regia  potestas,  quam 
populorum  uniuersitas   ad   uestram  hordinationem.   Si 

quis  uero  hoc  factum  nostrum  infringere  temptauerit 

exoluat  parti  monasteriorum  uel  tutori  eorum  quantum 
abstulerit  in  duplo... 

Facta  est  concessio  nonas  marcii.  Era  .1.  XXV: 

Veremudus  rex  conf.  Adefonsus  rex  conf. 

Petrus  eps.  conf.  Rudericus  ts. 

Nunus  eps.  conf.  Veremudus  ts. 

Vistruarius  eps.  conf.  Velasco  ts. 

Muninus  conf:  Federnandus  rex  conf.  Era.i.c. 

Rudericus  conf.  Didacus  ts. 

Nunus  conf.  Muninus  ts. 

Pelagius  conf.  Pelagius  ts. 

Froila  ts.  Arias  ts. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  11). 


192  APÉNDICES 


NUMERO   LXXIX 


ERA  mxxxi.  Santiago.  Año  de  C.  993. 

12  de  Abril. 

D.  Herminio  II  dona  á  esta  Santa  Apostólica  Iglesia  las  villas 
de  Puertomarín  y  Recelle. 


Iti  nomine  Patris  et  Filii  et  Spiritus  Sancti.  A  pluri- 
mis  quidem  est  notum  et  non  paucis  manet  declaratum, 
eo  quod  fugierunt  servi  principis  domini  Veremudi,  quo- 
rum unus  nomine  Hatita,  et  alii  dúo,  et  contulerunt  se 
illius  rebelli  Gundisalvo  Menendici,  et  misit  ipse  Rex 
pro  eis,  et  ipse  perstitit  in  superbia  sua  et  noluit  eos 
reddere  in  servitio  Domini  sui.  Dum  autem  venisset  in 
terram  Galletie  prefatus  Princeps,  manda vit  in  custo- 
diam  mittere  filium  ipsius  Gundisalvi  nomine  Rudesin- 
dum,  qui  et  ipse  sic  erat  rebellis,  et  sic  fecerunt,  ut  per 
ipsum  ipsos  servos  fugitivos  recuperassent.  Cumque  sede- 
ret  in  custodia  Rudesindus,  misit  rogatores,  qui  rogarent 
pro  eo,  quod  pergerent  ad  patrem  suum,  et  duceret  ipsos 
servos,  et  si  posset  faceré  esset  solutus,  et  si  non,  intraret 
in  custodia  unde  exierat.  Tali  namque  modo  fidiaverunt 
Didacus  Romanz,  Pelagius  Menendici,  et  Cidi  Didaci. 
Erat  tune  II  feria  post  introitum,  ut  de  ipso  die  usque 
in  mediante  duxisset  ipsos  servos,  et  si  remansisset,  cum 
eis  pariarent  isti  supradicti  ducentos  ducentos  solidos;  et 
ipse  Rudesindus  roboravit  placitum  fideiusoribus  suis,  ut 
si  renuisset,  et  non  duxisset  ipsos  servos,  aut  per  se  non 
venisset,  intraret  in  ipsa  custodia,  perderet  villam  suam 


APÉNDICES  193 


Portumarini,  que  est  in  ripa  Minei,  cum  cunctis  opibus  et 
adiunctionibus  atque  prestationibus  suis.  Perrexit  ipse 
ad  patrem  suum,  et  remisit  nuntium  quod  facerent  de 
ipsa  villa,  quid  vellent,  quia  nec  ipsos  servos  reddebat, 
nec  ad  custodianí  veniret.  Cumque  venissent  ad  diem 
aptum  placiti  in  presentía  Regis,  et  nec  servos  dederunt, 
nec  Rudesindum;  mutavit  eis  Rex  placitum  bis  et  ter,  et 
non  compleverunt.  Constricti  sunt  ipsi  fideiusores  et  de- 
derunt illos  solidos  in  vasis  argentéis,  in  frenis,  in  equis, 
in  palliis  et  impleverunt  numerum  D  Cm  solidorum. 

Hec  omnia  dum  in  iure  Regis  fuissent  suscepta,  ro- 
gaverunt  ipsi  fideiusores  per  comités,  per  potestates,  et 
milites,  quod  redderet  eis  Rex  suas  opes  et  reciperet  ab 
eis  ipsam  villam  Portumarini,  quam  ipsi  in  plácito  robo- 
ratam  tenebant.  Tune  Rex  misericordia  motus  reddidit 
eis  suum  censum,  et  fecerunt  ei  cartulam  concessionis  ip- 
sius  ville  Portumarini,  et  roboraverunt  in  concilio  cunctis 
videntibus.  Cumque  iam  ipsa  villa  esset  in  iure  Regis 
possessa  per  annum,  divina  gratia  inspirante,  pro  reme- 
dio sue  anime  concessit  ipsam  villam  Deo,  qui  ei  eam 
dederat,  et  sancto  Iacobo  Apostólo;  simul  etiam  et  aliam 
villam  avorum  nostrorum,  quam  dicunt  Recelli,  que  est 
in  ripa  Ferrarie  per  omnes  suos  términos  antiquos  cum 
ómnibus  hominibus  in  ea  habitantibus,  et  nobis  rationem 
reddentibus.  Sic  eam  cum  ista  alia  villa  offerimus  Deo 
et  sanctis  apostolis  eius,  ut  sint  cum  ómnibus  adiunctio- 
nibus seu  hominibus,  qui  soliti  sunt  eis  serviré,  quos  per 
manus  nostri  maiorini  Pinioli  Tructini  et  Gundesindi  de 
nostro  dato  obtinuerunt  et  nobis  servierunt;  ab  omni  in- 
tegritate  sint  cum  ipsis  villis,  qui  eas  labor ent  et  procu- 
rent,  et  semper  edificent;  et  sint  omnia  ista  iam  dicta 
ipsius  ecclesie  sancti  Iacobi.  Si  quis  etc..  Facta  carta 
testamenti  die  II.  idus  aprilis  era  millena  XXXI. 

Veremudus  rex  cf.  Armentarius  eps.  cf. 

Viliulfus  eps.  cf.  Pelagius  eps.  cf. 

Scemenus  eps.  cf.  Petrus  eps.  cf. 

Tomo  II.— 13.  , 


194 


APÉNDICES 


Froila  eps.  cf.  G-utherre  ts. 

Manilla  abba  cf.  Grarsia  ts. 

Veremudus  abba  cf.  Sancius  ts. 
Eneco  ts. 

(Flórez,  tomo  XIX,  Apéndices.—  Tumbo  A,   fol.  19  vuelto.— En  Flórez 
faltan  las  firmas). 


NUMERO  LXXX 


EBA  MXXXII.  Folgoso.  Año  de  C.  994. 

(Santa  Cristina).  18  de  Julio. 

Varginán,  Sacerdote  y  Confesor,  hace  donación  de  esta  igle- 
sia y  villa,  que  está  en  el  valle  de  Presares  á  una  legua  de 
Arzúa»  al  Obispo  de  Compostela  D.  Pedro.  Asimismo  la 
Abadesa  Odrocia  y  la  monja  Argilona  donan  al  Obispo  el 
villar  de  Barcioy  en  el  mismo  valle. 


In  nomine  Patris  et  Filii  et  Spiritus  Sancti,  que  est 
in  Trinitate  unus  et  uerus  Deus  per  nunquam  finienda 
semper  sécula  seculorum  amen.  Dicendum  est  modo 
quod  in  sequentibus  temporibus  pro  memoria  habeatur, 
ut  sermo  fidus  et  ueritas  enarranda  non  euacuetur,  sed 
ueritas  ómnibus  audientibus  uera  et  patefacta  esse  cre- 
datur.  Edificata  namque  fuit  ecclesia  in  ualle  presaren- 
se,  ripa  Tamaris  et  uilla  Filicoso  in  Xpisti  honore  et 
Eulalie  uirginis.  necnon  et  beate  Xpistine  ab  hominibus 


APÉNDICES  195 

Aloitus,  Zendon  et  Segeredus  cum  uxoribus  eorum  in 
suas  proprias  presuras  et  hereditates  auorum  et  proauo- 
rum  suorum. 

Mortui  uero,  iam  dicti  superius.  surrexit  neptus  illo- 
rum  nomine  ildeuertus  et  ipsam  basilicam  restaurauit 
in  melius.  et  dedit  eam  suo  sacerdoti  nomine  olla.  Ipse 
uero  oila  fecit  ex  ea  carta  domino  petro  episcopo  de  ter- 
tia  portione.  Post  mortem  uero  ipsius  oilani  adfuit  unus 
sacerdos,  nomine  uarginanem  confessorem  neptum  isto- 
rum  ecclesie  fundatorum.  Qui  dixit  ad  ipsum  pontificem 
dominum  Petrum;  Seis,  domine  meus  et  Pontifex,  ab 
heri  et  nudius  tertius  quomodo  est  ita  casa  superius  no- 
minata  sce.  Eulalie  et  sce.  Xpistine  auorum  meorum  et 
concessit  inde  tibi  oila  presbyter  indecenter  cartulam. 
Si  ergo  uis  eam  habere  et  domini  seruitium  in  eam 
exercere,  concedo  tibi  eam  ab  omni  integritate.  sic  pro 
me,  quomodo  et  pro  ómnibus  heredibus  meis.  Conger- 
manus  uero  meus  Sigeredus  qui  tuus  pautitus  fuit  sicut 
et  ego  uel  de  alus  propinquis  meis  dono  tibi  eam  perpe- 
tualiter  possidendam  ut  habeatis  uos,  uel  qui  post  uos 
ibidem  in  dei  seruitio  uitam  sanctam  tenuerit.  Simul 
etiam  comendatam  uobis  fació  aliam  ecclesiam  uocabu- 
lo  sci.  Michaelis,  que  simili  modo  auorum  meorum  est, 
nomine  Osoari,  ualle  presarense,  territorio  Bauegio,  ut 
per  uestrum  arbitrium  etc..  Simili  modo  disponimus  pro 
ecclesia  sci.  Iacobi  apostoli,  que  est  fundata  in  Bauegio 
ubi  dicunt  Boue  mortuo  etc.. 

Simili  modo  nos,  domini  ancille,  odrozia  abbatissa  et 
deouota,  argilon  deouota  et  confessa  uobis  pontifici  no- 
stro  domino  petro  concedimus  nostrum  uillare  nomine 
bartilone  qui  sic  est  ibi  in  üalle  presarense  ripa  Tarna- 
ris,  qui  fuit  de  comité  domino  ariane  et  domina  tegridia 
et  ipsa  Tigridia  obtinuit  eam  usque  ad  obitum  suum,  et 
cum  uenit  ad  extremum  uite  sue.  concessit  nobis  illum 
ut  habuissemus  médium,  sicuti  et  habuimus  prolixis 
temporibus.  sicut  est  conclusum  in  omni  giro  per  cir- 
cuitum,   uel  sicut  illura    obtinuerunt  ipsi    domini  iam 


196 


APÉNDICES 


dicti  per  suos  términos,  et  nos  post  eos.  sic  uobis  eum 
ab  omni  integritate  donamus  atque  concedimus  et  acce- 
pimus  de  uobis  in  offertionem. v.v. v.v  que  nobis  bene 
complacuit.  Habeatis  et  possideatis  et  in  perpetuum  uen- 
dicentis  uos  et  cui  illam  relinquere  uolueritis  liberara  in 
dei  nomine  habeatis  potestatem.  Si  quis  etc. 

Notum  XV  kalendas  augusti  era  XXXII  post  mil- 
lessima. 


Petrus  abbas  confirmo. 
Gundesindus  abbas  conf. 
Rikilanus  abbas  conf. 
Galindo  abbas  conf. 
Petrus  prepositus  cf. 
Theodomirus  prepositus  cf. 
Ciprianus  pbter.  cf. 
Fulgentius  pbr.  cf. 
Visclamundus  pbr.  cf. 
Fromaricus  pbr.  cf. 
Ikila  pbr.  cf. 
Adulfus  pbr.  cf. 
It.  Fulgentius  pbr.  cf. 
Hermirus  pbr.  cf. 
Sisulfus  pbr.  cf. 
Froyla  pbr.  cf. 
Tannitus  pbr.  cf. 
Odoarius  pbr.  cf. 
Félix  confessus  cf. 
Gutier  diac.  cf. 
Arias  diac.  cf. 
Erus  diac.  cf. 
It.  Arias  diac.  cf. 
Valarius  diac.  cf. 
Vistrarius  diac.  cf. 
Froila  diac.  cf. 
Remundus. 
Aloytus  peccator  notauitu 


APÉNDICES 


197 


Barginanem  pbr.  et  confessor  in  hanc  cartulam  con- 
cessionis,  quam  fieri  elegi  et  Deo  iuuante  com- 
pleui  et  manu  mea  roborem  feci  et  tibi  pontifici 
meo  dno.  Petro  assignaui  et  me  et  omnia  mea  in 
manibus  tuis  tradidi  propter  ueniam  delictorum 
meorum. 

Odrocia  abbatisia  et  deouota,  argilone  confessa  in  hanc 
concessionis  cartulam  manus  nostras  imponimus 
et  deo  et  pontifici  nostro  concedimus  apte  et  gra- 
te et  propriis  digitis  signum  facimus. 

(Inédito.  Cartulario  de  Sobrado,  tom.  I,  núms.  48  y  49), 


NÚMERO  LXXXI 


eea  mxxxvii.  Santiago.  Año  de  C.  999. 

22  de  Junio. 

Sentencia  de  D.   Bermudo  II   acerca  de  la  pertenencia    de  los 
siervos,  cuyos  padres  servían  en  distintos  señoríos. 

In  nomine  dni.  nostri  ihu  xpi.  Dicenda  est  causa 
accionis.  ut  qui  in  subsequenti  tempore  audierit  uel 
uiderit,  firma  et  stabilita  ab  ómnibus  habeatur.  Multis  est 
notum  et  non  paucis  manet  declaratum  quomodo  fuerunt 
in  suburbio  sci.  iacobi  apli.  domini  horti  nouo  genere 
scilicet  pelagius  nomine,  tetoni  filius,  atque  uxor  eius 
iberia,  et  procreauerunt  liberos  ex  quibus  unam  habue- 
runt  filiam  nomine  flamulam.  que  successit  in  bonis  pa- 


Í9S  APÉNDICES 


rentum  suorum.  Dum  omnia  suo  iuri  adstitissent  habue- 
runt  inde  creationem  seruitutis.  et  acceperunt  ipsius 
seruitutis  uiros  de  debito  sci  iacobi.  similiter  et  homines 
ipsius  debiti  sci.  apostolií  acceperunt  inde  uxores  utrius- 
que  sexus.  procreauerunt  filios  et  filias.  Ínter  ipsos  dómi- 
nos et  domus  sci.  iacobi  fuit.mos.  ut  mulier  cuiscumque 
nationis  fuissetí  staret  integra  post  uirum  suum  dum 
ambo  uiuerent.  et  filii  illorum  tam  de  una  parte  quam 
ex  alia  essent  medii  sci.  iacobi.  et  medii  illorum  quorum 
superius  mentionem  fecionem  (sic)  fecimus.  et  hec  causa 
sic  stetit  per  longa  témpora  de  uno  episcopo  in  alium 
episcopum.  Ipsa  uero  flámula  sic  fecití  sicut  et  predecesso- 
res  sui  et  parentes.  Mortua  flámula  uenit  ipse  iam  dictus 
uegila  ad  sedem  sci.  iacobi  apli.  in  presencia  serenissimi 
principis  dni.  ueremudi.  et  pontificis  huius  loci.  et  acce- 
pit  ságionem  regis  et  pontificis  nomine  sunilam.  et  per- 
quisiuit  omnes  seruos  uel  libertos  qui  erant  permixti 
cum  hominibus  sci.  iacobi.  Dicebat  uegila  quod  suus  ho- 
mo aut  mulier  qui  consocrauerit  cum  hominibus  sci.  ia- 
cobi, essent  sui  integri.  et  non  haberet  in  eis  partera  scs. 
iacobus  nec  episcopus  sue  ecclesie. 

Ad  hec  intuens  petrus  eps.  cum  omni  clero  suo  dixit. 
Isti  homines  in  omni  giro  de  .XII.  milia.  contestati  fue- 
runt  per  multos  annos  a  multis  regibus  partí  sce.  eccle- 
sie iam  dicte,  et  non  oportet  expolietur  de  sua  familia, 
quia  testamenta  que  in  tesauro  sci.  iacobi  roborata  et 
afirmata  sunt,  non  euacuta  remanebunt.  Cumque  inter  se 
dicerent  taliaí  preuidit  rex  et  omnes  pontífices  et  proce- 
res, ut  ipsa  permixtio  hominum  qui  nati  fuerant  de  ho- 
minibus familie  et  de  hominibus  sci.  iacobi.  sint  medii 
partí  bti.  iacobi.  et  medii  partí  uegilani  sicut  fuit  in  die- 
bus  tetoni  et  iberie  atque  eius  filie  flamule.  et  num- 
quam  inde  oriatur  alia  contentio. 

Est  ne  uir  unus  nomine  gogius  ex  familia,  sce.  eulalie 
iriensis  sedis  et  cepit  mulierem  nomine  sindilonem  et 
fuit  ipsa  mulier  de  casata  flamule.  et  habuerunt  comu- 
niter  dúos  filios.  unus  onorcicus  exiuit  post  partem  ma- 


APÉNDICES  199 


tris  sindilone.  et  alius  nomine  sidiges  post  partem  sci. 
apostoli  et  eius  pontificis.  et  ipse  iam  dictus  uegila  que- 
rebat  eos.  set  quia  non  erat  iustus  non  habuit.  Quicum- 
que  lianc  agnitionem  infringere  temptauerit.  exsoluat 
ad  partem  regis  auri  talentum  unum.  et  hec  agnicio 
maneat  firma  in  seculum  seculi. 

Notum  die  .X.  kls.  iulii.  Era  VII  et  ter  dena  post  mta. 

Veremudus  rex  conf.  Armentarius  conf. 

Pelagius  eps.  conf.  Muninus  ts. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  20). 


NUMERO  LXXXII 


era  mxxxix.  Santiago.  Año  de  C.  1001. 

8  de  Julio. 

La  Reina  D.a  Elvira,  viuda  de  D.  Bermudo  II,  confirma  á  esta 
Santa  A.  Iglesia  y  á  su  Obispo  Pedro  la  donación  que  dicho 
Monarca  les  habla  hecho  de  varios  colonos  en  el  valle  de 
Castela. 


In  nomine  patris  et  filii  et  spiritus  sancti  qui  est  in 
trinitate  unus  et  uerus  deus  per  sécula  seculorum  amen. 
Sub  ipsa  sancta  et  uera  trinitate.  ego  exigua  et  xpisti 
ancilla  giloira  regina  uobis  patri  et  pontifici  meo  dno. 
petro  epo.  salutem  in  domino.  Ómnibus  notum  et  cunctis 
liquidum  patet.  eo  quod  uir  meus  domnus  ueremudus 


200  APÉNDICES 


rex  memorie  diue  dedit  uobis  homines  habitantes  in  ua- 
lle  castelle  casatas  uiginti  et  obtinuistis  eas  multis  tempo- 
ribusí  pro  suis  et  nostris  utilitatibus  sequendis.  mortuus 
illeí  surrexerunt  nomines  qni  eos  abstrahere  uolebant  de 
uestro  seruicio.  et  fecistis  inde  nobis  querimoniam.  et 
minime  consensimusí  in  tali  auditu  uel  factu  quod  absit 
a  nobis  et  a  uobis.  Propterea  et  pro  remedio  anime  mee 
et  ut  erescat  in  noúissimo  uita  filii  mei  regis  dni.  ade- 
fonsi.  concedimus  uobis  ipsos  homines  qui  sunt  habitantes 
sicut  supra  diximus  in  castella  loco  predicto  corneda  et 
iuuencos  et  non  procul  a  litre  fluminis  minei.  sicut 
ipsos  homines  iuri  uestro  obtinuistis  in  diebus  uiri  mei  et 
dni.  regis  ueremudi.  sic  eos  post  uestram  partem  et  dei 
stare  permittimus  ut  in  uestris  monasteriis  seruicium 
exerceant  sicut  alius  populus  ingenuus.  ut  uectigalia  uel 
tributa  que  fisco  solebant  exoluere'.  uobis  cum  pietate  et 
moderatione  illesi  exsoluant.  et  habeatis  eos  firmiter  de 
iuri  nostro  uestro  iuri  possidendos  simul  parentes  qui 
nati  sunt.  simulque  mares  eorum  qui  procreati  fuerint 
usque  in  nouissimis  temporibus  et  finiendis  seculis  tam 
in  uita  uestra  quam  post  discessuin.  cui  eos  relinqueritis 
monasticis  regulis  ut  inde  ferant  temporale  subsidium  et 
ego  iam  dicta  geluira  regina  cum  filio  meo  rege  domino 
adefonso  ante  Deum  premium  inconuulsum.  Et  dicant 
omnes  fíat.  Siquis  etc.. 

Facta  scriptura  testamenti  et  concessionis  .VIII.  idus 
iulii  Era  terdena  peragens  .VIIII.  post  millesimam. 


Geloira  regina  conf.  Adefonsus  rex  conf. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  36). 


APÉNDICES  201 


NUMERO  LXXXIII 


era  mxlv.  Santiago.  Año  de  C.  1007. 

22  de  Agosto. 

Sentencia  de  D.  Alfonso   V  acerca  de  los  confínes   entre  el 
condado  de  Aveancos  y  los  de  Cornado  y  Bembejo. 


Adefonsus  rex  tercius  films  uerernudi  regis  (1). 

In  nomine  domini.  tempore  serenissimi  principis  dni. 
ranemiri  prolis  hordonii  habuerunt  comités  scemenus 
didaci  et  arias  aloitici  inter  se  intencionem.  pro  homini- 
bus  habitantibus  in  comitatu  cornati  et  auiancos.  Et 
elegerunt  faceré  diffinicionem  ipsorum  hominuní  et  ipso- 
rum  comitatum.  ut  haber ent  consogrerium  nomines  de 
auiancos  et  nomines  de  cornato.  et  haberent  diuisionem 
per  riuulum  issi.  et  quanti  uenirent  ad  habitandum  de 
comitatu  cornati  in  comitatu  de  auiancosí  acciperent 
inde  uxores.  et  hereditates  parti  comitatus  seruirent.  et 
qui  uenirent  de  comitatu  auiancos  in  comitatu  cornatií 
acciperent  inde  uxores  et  hereditates.  et  starent  parti 
ipsius  comitatus  ingenuos  et  redderent  quod  illis  osten- 
derentí  per  ueritatem.  exceptis  seruis  et  hominibus  ec- 
clesiasticis  illarum  sediurcu  ubicumque  essent  perquire- 
rent  eos.  et  ille  hereditates  starent  firmiter  per  ipsum 
riuulum  et  diuisionem  sicut  superius  resonat. 

Postea  princeps  domnus  hordonius  proles  renamiri 
in  regno  electus  fecit  testamentum  de  comitatu  cornati 


(1)    Asi  el  epígrafe  que  eatá  á  la  cabeza  del  documento, 


202  apAndicbs 

loco  bti.  iacobi  apli.  pro  remedio  anime  sue.  Similiter  et 
dns.  sancius  fecit  testamentum  de  comitatu  bauegio 
parti  ipsius  apostoli.  Postquam  testamenta  faerunt  fa- 
cta'. dns.  sisnandus  eps.  proles  hermegildi  loco  apostólico, 
et  domnus  gundisaluus  comes  proles  menendi  qui  comi- 
tatum  tenebat  de  auiancos  afirmauerunt  ipsam  diuisio- 
nem  que  prius  facta  fueratí  sicut  superius  resonat.  et 
post  obitum  dni.  sisnandi  eps.  similiter  domnus  rudesin- 
dus  eps.  cum  nepto  suo  domno  munino  proles  gundisalui. 
et  stetit  firma  ista  diuisio  ante  testamentum  annis  pluri- 
mis.  et  post  testamentum  factumí  annis  L  et  supra. 

ítem  uenerunt  in  diebus  dni.  ueremudi  principis  pro- 
lis  hordonii  per  ordinationem  eius  sui  infanciones  fortes 
didacus  et  arias  aloiti.  et  tenuerunt  ipsum  comitatum 
auiancos'.  sicut  et  istos  antea,  et  adefonsus  eroni  post 
partem  sci.  iacobi  cornatum.  et  fecerunt  similiter.  Post 
heci  tornauit  ipsum  comitatum  auiancos  rex  domnus  ue- 
remudus  didaco  gundisaluici  et  renamiro  gundisaluici 
comitibus.  et  dns.  petrus  eps.  in  sede  apostólica,  fecerunt 
mentionem  ipso  principi  quomodo  fuerat  ipsa  diuisio 
facta  ipsorum  comitatum  per  illum  riuulum  in  diebus 
domni  renamiri  principis.  Hordinauit  et  confirmauit  si- 
cut antea  fecit. 

Post  mortem  dni.  ueremudi  principis.  filius  suus 
domnus  adefonsus  fultus  in  regno.  et  dux  domnus  me- 
nendus  proles  gundisalui  acceperunt  saionem  adaulfum 
romarici  ut  exquirerent  nomines  de  comitatu  auiancos; 
in  comitatu  cornato  et  bauegio  sicut  et  fecerunt,  et  fre- 
gerunt  ipsam  diuisionem  que  prius  facta  fuerit. 

ítem  domnus  pelagius  in  sede  apostólica  fuit  in 
presentía  regis  dni.  adefonsi  et  ipsius  ducis  menendi. 
et  fecit.  mentionem  quomodo  fregerant  ipsas  diuisiones 
que  facte  fuerantí  sicut  superius  resonat.  Et  ipsi  episcopi 
et  comités  elegerunt  consilium  quod  darent  testimonium 
et  sapientes  ipsorum  temporum  qui  affirmarent  ipsam 
diuisionem.  coniuncti  faerunt  pontifex  domnus  pelagius 
et  ipsi  comités  domnus  didacus  et  domnus  ranemirus.  et 


APÉNDICES  203 


alii  multi  filii  bonorum  hominum  in  uilla  pezoure  in 
auiancos  et  dederunt  ex  parte  bti.  iacobi  apli.  testimo 
nium  inter  abbates  et  sacerdotes  ueridicos  .X'  qui  scie- 
bant  ueritatem.  quomodo  fuerat  facta'  ipsa  diuisio  ipso- 
rum  episcoporum.  üel  comitum.  et  de  numero  testimo- 
niarum  acceperunt  ad  iuramentum.  adefonsum  abbatern 
filium  eroni.  et  firmauit  quod  rectam  sciebat  ipsam  diui- 
sionem  eo  quod  pater  suus  erus  tenuerat  ipsum  comita- 
tum  et  per  ueritatem  fuerat  facta  ipsa  diuisio.  iurauit 
ipse  adefonsus  in  pezoure  in  ecclesia  sci.  saluatoris.  et 
acceperunt  ipsi  comités  per  manus  sagionis  ataulfi  filii 
romarici  ipsum  iuramentum  quod  iurauit'.  ut  firmiter  stet 
ipsa  diuisio  per  sécula  cuneta. 

Facta  diuisione  .XI.  kls.  sebtembris.  Era  quater  dena 
et  quinta  post  millesima. 

Adefonsus  rex  conf.  Aloitus  conf. 

Armentarius  eps.  conf.  Munio  conf. 

Arias  eps.  conf.  Gudesteus  conf. 

Menendus  conf.  Suarius  conf. 

Didacus  conf.  Gutherre  testis. 

Pelagius  conf.  Petrus  ts. 

Rudericus  conf.  Aloitus  ts. 
Aluarus  conf. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  20  vuelto). 


204  APÉNDICES 


NUMERO    LXXXIV 


era  mxlix.  Santiago.  Año  de  C.  1011. 

5  de  Marzo. 

D.  Alfonso  V  confirma  la  donación  de  un  colono  del  condado 
de  Carnota  que  había  hecho  á  esta  Santa  A.  Iglesia  el  Rey 
D.  Bermudo  II. 

In  nomine  domini  nostri  ihu.  xpi.  Adefonsus  princeps 
in  domino  deo  eternam  salutem  amen.  tibi. domino  meo 
et  patrono  seo.  iacobo  apio.  Annuit  michi  corde  puro 
et  mente  deuota  ut  tibi  domino  meo  contestem  hominem 
qui  est  de  nostro  comitatu  karnota  nomine  trasminas 
cum  filiis  suis.  gundisaluo.  uimaredo.  benedicto,  gude- 
geua.  ut  pro  remedio  anime  diue  memorie  genitoris  mei 
domni  ueremudi  et  mea.  quos  ipse  iam  prefatus  genitor 
meus  sacro  seo.  altario  uestro  contuliti  ut  seruitium  ibi 
exercerent  et  habuit  uoluntatem  faciendi  scripturam  de 
ipso  nomine.  Perrexit  autem  ad  terram  forismontanam 
et  finiuit  uitam  temporalem.  iccirco  non  fuit  facta  inde 
scriptura.  Obinde  ego  serenissimus  princeps  adefonsus, 
sicut  ille  eum  concessit  parti  ipsius  ecclesie,  sic  eum  do 
et  affirmo  ut  exerceat  seruicium  ipse  et  filii  et  nepti  et 
omnis  posteritas  eius,  quod  seruicium  solitus  erat  nobis 
faceré,  et  neminem  permittimus  qui  eos  aufferat  de  ipso 
presentí  loco.  Et  quicumque  etc.. 

Facta  scriptura  concessionis  .III.  nonas  marcii.  Era 
quaterdena  et  .VIIII.  post  M.a 

Adefonsus  Rex  conf.  Vimara  eps.  conf. 

Scemenus  eps.  conf.  Janardus  abba  conf. 


APÉNDICES 


205 


Arias  abba  conf. 
Aloitus  conf. 
Arias  conf. 
Adeíonsus  conf. 
Sisnandus  conf. 
Vistrarius  conf. 


Iquila  ts. 
Rudericus  ts. 
Oduarius  ts. 
Didacus  ts. 
Grundisaluus  ts. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  21). 


NUMERO  LXXXV 


ERA  MLV. 


Santiago. 


Año  de  C.  1017. 

18  de  Agosto. 


D.a  Elvira,  viuda   de  D.  Bermudo  II,  dona  varias  villas  á  esta 
Santa  A.  Iglesia. 


In  nomine  domini  ego  ancilla  xpisti  geloira  regina 
et  confessa.  uobis  dnis.  inuictissimis  ac  triumphatoribus 
sanctisque  gloriosis  martiribus.  seo.  dei  apostólo  bto.  ia- 
cobo  cuius  corpus  manet  tumulatum  sub  arcis  marmori- 
cis  prouincia  gallecie  in  finibus  amaee,  tam  pro  remedio 
uiri  mei  domini  ueremudi,  quam  et  pro  delictorum  meo- 
rum  maculis  expiandis  dono  et  offero  altario  u estro  in 
térra  de  foris  uillam  de  genestario  que  fuit  de  gundisaluo 
uermudici  et  uxoris  sue  ildoncie.  Ipse  gundisalbus  rebe- 
llauit  uiro  meo  regi  dno.  ueremudo  et  nobis  cum  nostro 
castello  nomine   luna,  et  cum  nostro  ganato  quod  in 


206  APÉNDICES 

nostro  casamento  duxeramus.  et  dedit  nobis  proinde 
ipsam  uillam  iam  dictam  genestario.  cum  opibus  et 
prestacionibus  suis  uel  adiacentiis  earum  que  ibi  seruie- 
runt  usque  modo,  et  per  suos  términos  anticos  et  popula- 
tiones  hominum  a  pusillo  usque  ad  magnum  sic  conce- 
dimus  loco  apostólico  ab  omni  integritate.  Aliam  uillam 
uocitatam  ualle  longa  in  ripa  neira  quam  dedit  sandi- 
nus  baronzelliz  ipsi  loco  apostólico,  pro  remedio  fratris 
sui  dni.  sisnandi  epi.  et  pro  anima  sua.  ítem  in  ipso  ter- 
ritorio alias  uillas  que  fuerunt  de  principio  unam  nun- 
cupatam  baruantes.  et  aliam  uocitatam  rubiales!  sicut 
exaratum  est  cum  ómnibus  bonis  suis  et  terminis  anti- 
quis.  ab  omni  integritate  sic  concedimus  glorie  uestre. 
In  oppido  auiancos.  et  territorio  uentosa.  uillam  uocita- 
tam maurdini.  cum  adiuntionibus  suis  nominatis.  fredulfi 
media,  argeuiti  media,  in  emiliani  rationem.  in  tortorem 
adiunctione.  in  sperati  adiuntionem.  in  marcellini  por- 
cionem.  in  milierata  ubi  duas  ecclesias.  in  uilla  de  fra- 
xenario  medietatem.  in  uilla  de  couas  medietatem.  in 
laurario  rationem  nostram  cum  adiacentiis  suis  sicut  in 
scripturis  resonat.  et  fuerunt  ipse  uille  de  aria  adefonsiz 
et  de  eius  uxore  nomine  sarracena,  et  acceperunt  pro  eis 
inter  mulos  et  muías  et  kaballos  et  obtimos  pannos  miri- 
fice  preciosos  numero  solidos  mille.  sic  quomodo  emimus, 
concedimus  ab  omni  integritate  per  omnes  suos  términos 
antiquiores  et  cum  ómnibus  suis  ob  remedium  animarum 
nostrarum. 

Adicimus  in  sciterio  sci.  petri  pro  toleratione  fra- 
trum.  seu  ad  episcopum  donnum  uistruarium  in  cuius 
manus  nos  comendatam  reddimus  uillelam  unam  uocita- 
tam lama  in  térra  foris  cum  ómnibus  bonis  suis;  sicut 
nos  habuimus,  sic  concedimus  ab  omni  integritate  per 
omnes  suos  términos;  et  est  ipsa  uilla  prope  de  genesta- 
rio. ítem  concedo  ad  ipsum  locum  sci.  petri  aliam  uillam 
in  territorio  castelle  nomine  andriati  que  fu.it  de  lucido 
quintilaz  et  pariauit  nobis  eam  propter  scelus  quod  no- 
bis fecit,  sic  concedimus  eam  post  partem  monasterii  ab 


APÉNDICES  207 

omni  integritate.  et  sicut  fuerunt  supradicte  uille  cum 
suis  dominis  per  circuitumí  sic  eas  concedimus  in  hono- 
rem  apostoli  dei  et  canonicorum  qui  ibi  deo  et  apostólo 
seruiunt.  ita  ut  ipsi  ferant  subsidium  temporalem  et  nos 
in  conspectu  Domini  gloriam  eternam.  Adicimus  etiam 
ipsi  loco  nostram  cortera  in  ciuitate  legionensem  que  fuit- 
de  ciquilabe  in  ripa  de  uernesca.  et  einimus  eam  de  ue- 
lasco  ciquilane  pro  precio  .CL.  si.  et  est  ipsa  corte  cum 
terris  molendinis  piscariis.  de  ómnibus  ab  integro  medie- 
tatem;  ita  ut  ab  hodierno  die  uel  tempore,  sint  ipse  uille 
eum  omni  prestancia  earum  de  iuri  meo  abrasas  et  iuri 
apostoli  Dei  et  clericis  iam  dictis  concesse  perpetualiter 
possidende.  Si  quis  etc.. 

Facta  serie  testamenti  die  XV  kls.   sebtembris.  Era 
MLV. 

Ego  geloira  regina  conf. 
Adefonsus  princeps  conf. 
Sancia  proles  ueremudi  conf. 
Tarasia  proles  ueremudi  conf. 
Geloira  proles  ueremudi  conf. 
Armentarius  minduniensis  eps.  conf. 
Exemenus  astoricensis  eps.  conf. 
Nunus  legionensis  eps.  conf. 
Froila  menendiz  conf. 
Arias  iohannes  conf. 
Martinus  conf. 
Gundisaluus  fraduilfiz  conf. 
Segeredus  iohannes  conf. 
Sandinus  cresconiz  conf. 
Teodericus  cresconiz  conf. 
Vistruarius  iriensis  eps.  conf. 
Didacus  lucensis  eps.  conf. 
Galindus  abba  conf. 
Gundisaluus  abba  conf. 
Arias  abba  conf. 
Fronimius  abba  conf. 


208  APÉNDICES 

Fromaricus  abba  conf. 
Sarracenias  siliz  conf. 
Pelagius  cf. 
Rudericus  romanz  cf. 
Vigila  ennegoni  cf. 
Scemenus  scemenz  cf. 
Muninus  ruderiquiz  cf. 
Ranimirus  ouequiz  cf. 
Grutterre  froilaz  cf. 
Oduarius  cidiz  testis. 
Viliulfus  tanoiz  ts. 
Fafila  fafilaz  ts. 
Atan  atanz  ts. 
Furtunius  sanz  ts. 


(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  36). 


APÉNDICES  "  •  209 


NÚMERO   LXXXVI 


EBA  mlvii.  Santiago,  Año  de  C.  1019. 

30  d«  Marzo. 


Sentencia  por  la  cual  confirma  D.  Alfonso  V  todas  las  millas, 
condados  y  posesiones  que  sus  predecesores  habían  do- 
nado á  esta  Santa  A.  Iglesia. 


In  nomine  Domini  nostri  Iesuxristi.  Sub  era 
M.L.VILIII.0  Kalendarum  aprilis,  facta  est  exquisitio 
magna  Ínter  uicarios  regis  et  pontificem  domnum  Vi- 
struarium  ecclesie  sancti  Iacobi  apostoli  in  presentía 
serenissimi  principis  domini  Adefonsi  hic  in  locum  apo- 
stolicum  pro  debito  sancti  Iacobi  iriensis  sedis,  sicut 
scriptum  in  illis  testamentis  est  que  ibi  reges  concesse- 
runt,  et  castella  que  in  ipsis  testationibus  sunt  fabrica- 
ta,  et  ecclesiario,  etiam  et  pro  sagione  regis,  qui  in  ipso 
debito  solitus  non  fuerat  intrare;  et  ipse  Rex  misericor- 
dia Domini  motus  et  pro  gratia  beati  Iacobi  accipienda 
ordinauit  ipsi  Episcopo  et  omni  collegio  ipsius  sancti 
Apostoli  ut  preberent  sacramentum  quinqué  de  ipsis 
senioribus  prioribus  et  firmarent  ipsa  testamenta  et 
omne  suum  debitum,  tam  écclesias,  quam  mandationes 
ecclesiarum,  quam  etiam  et  comitatus,  sicut  exaratum 
est  in  testamentis  et  capitalibus  per  omnes  partes,  siue 
et  castella  que  in  ipsis  testationibus  et  in  ecclesiario  sunt 
edificata,  seu  et  sagionem  qui  desuper  resonat,  et  omnia 
que  soliti  fuerunt  faceré  a  tempore  domini  Adefonsi 
catholici,  usque  ad  tempus  serenissimi  principis  domini 

Tomo  II.— H. 


210  APÉNDICES 


Veremudi  diue  memorie  et  ad  gloriara  et  honorem  eius- 
dem  apostolice  sedis  per  eius  pontificem  de  gradu  in 
gradum,  usque  ad  tempus  domini  Petri  episcopi.  Hanc 
ordinationem  ipsius  Domini  nostri  et  Principis  magni, 
illorum  iudicum  uel  magnatuin  palacii,  quorum  ibi  turba 
erat  non  módica  iurare  debemus  nos  nominati  Adefon- 
sus  abba  Eroni  filius,  Aloitus  abba,  (xundisaluus  abba, 
Arias  Cesariz  confessor,  Fateredus  confessor.  Imprimis 
et  pro  ipsis  testamentis  ut  sicut  sunt  scripta,  sic  sunt 
ueridica  roborata  a  Pegibus  quorum  nomina  secuntur 
in  eis,  et  tenuerunt  debitum  totum  pontífices  cum  suis 
procuratoribus  ad  gloriam  et  honorem  beati  Iacobi  ex- 
cepto quando  fuit  guerra  et  tulerunt  inde  aliquid  mali 
reges  et  superbi.  Et  tune  cum  Rex  uenit  per  Domini 
misericordiam  ad  suam  ueritatem,  et  ille  sedes  ad  iusti- 
tiam  rectam  per  illa  testamenta  et  eorum  capitales, 
quorum  regum  hec  sunt  nomina. 

Primum  testamentum  Domini  Adefonsi  catholici 
principis  prioris  de  tribus  milibus  in  giro  tumbe  ecclesie 
beati  Iacobi  apostoli. 

Secundum  testamentum  domini  Hordonii  regis  de  VI 
milibus  in  giro. 

Tertium  testamentum  domini  Adefonsi  principis  et 
Scemene  regine  de  XII  milibus  in  giro,  et  comitatus,  uil- 
las  simul  et  Ínsulas  de  Vlia  ad  Mineum  infra  mare  et 
omnia  que  in  suo  testamento  resonant. 

Quartum  testamentum  Hordonii  regis,  filii  domini 
Adefonsi  de  Ínsula  Ogoure  cum  suis  ecclesiis  et  suis 
hominibus  habitantibus  in  ea,  simul  cum  prestantiis 
earumdem  et  eciam  illa  rasa,  uillam  Noalia  per  suos  tér- 
minos anticos;  Ex  hinc  fabricauerunt  per  iussionem 
domini  Sisnandi  episcopi  maiorini  loci  sancti  de  Iria  pro 
defensione  ipsius  plebis  contra  gentiles,  transactis  L 
annis  post  ipsum  testamentum  factum,  hereditatis  beati 
Iacobi  casam  sánete  Marie,  quam  uocant  Langatam, 
comissos  Amaea  et  Montesacro,  simul  et  ecclesias  de 
XII  milibus  duplicatis;  item  aliud  testamentum  de  uilla 


APÉNDICES  211 

Palacios   cum    suis  adiacentiis    et   suis   hominibus  per 
omnes  partes. 

Quintum  testanientum  domini  Froilani  de  uilla  Cor- 
neliana  et  de  suis  hominibus,  de  comissis  Montanos, 
Bauegio,  Gronzar  et  hominibus  de  casata  Sambati. 

Sextum  testamentum  domini  Ranemiri  principisí  de 
Pistomarcis. 

Septimum  testamentum  tercii  domini  Hordonii:  de 
comitatibus  quomodo  in  testamentis  resonat,  Ventosa  et 
Coronato. 

Octauum  testamentum  domini  Veremudi  principis 
de  penna  de  Faro  cum  suis  comitatibus  et  casatis  et  ho- 
minibus de  alumenariis,  quomodo  in  cartis  resonat  et 
etiam  testamentis,  seu  et  uillam  Recelli  cum  suis  homi- 
nibus, qui  ibi  seruire  debuerunt,  et  uillam  Lacidorio  cum 
suis  hominibus,  in  ripa  Minei  ueiga  de  Jouelini  et  XXX 
nomines  in  Corneta  et  nomines  de  Pastoriza;  et  omnia 
que  in  testamentis  resonant,  quod  nobis  longum  est 
adscribere,  ueridica  et  certa  sunt  per  omnes  partes;  et 
quod  consueuerunt  faceré  regibus  de  rausis,  parricidiis, 
homicidiis,  refugientibus,  de  quocumque  reges  rectum 
iudicatum  acceperunt,  reiderent  omnia  integra  parti 
ecclesie  beati  Iacobi  apostoli  per  sagionem  pontificis 
ipsius  ecclesie,  excepto  si  fuissent  ibi  superbi,  tumidi,  uel 
elati,  et  non  possent  eos  constringere  ipsi  pontífices,  que- 
rimonias  facerent  regibus  et  ducerent  sagiones,  quibus 
adquirerent  suas  ueritates.  Sine  petitione  pontificis  non 
intrabit  sagio  in  debitum  beati  Iacobi,  nisi  super  infanzo- 
nes. Et  si  ibi  intrauit  per  uerbum  hominis  sine  iussione 
pontificis,  postquam  reges  audierunt,  mandauerunt  illos 
inde  eiicere. 

Et  adhuc  si  uenerunt  homines  de  alus  comitatibus  et 
intrauerunt  in  debitum  sancti  Iacobi,  receperunt  in  de- 
bitum suam  hereditatem  parti  comitatus  unde  exi- 
uit,  et  laxauerunt  illos  homines  iuri  sancti  Iacobi,  uel 
suo  procuratori,  exceptis  seruis  libertis  aut  casatis  regum 
per  ueridicos  hordines,  excepto  quod  reges,  comités  aut 


212  APÉNDICES 

alii  domini  tradiderunt  per  cartas  et  testamenta  loco 
apostólico,  quod  nos  affirmamus. 

ítem  debitum  hiriensis  sedis,  quantum  notatum  est 
in  scripturis,  et  pethomaciis  et  capitalibus  per  totam  Gral- 
letiam,  ecclesias  diocesales,  monasteria,  canónicos,  ui- 
llas,  homines  tam  idóneos,  quam  humiliores,  sicut  scrip- 
tum  est  in  scripturis  thesauri  beati  Iacobi  apostoli,  sic 
uerum  est,  et  alibi  uillas  que  sunt  in  giro,  citofacta  et 
sunt  de  ecclesiario,  id  sunt,  Serpentiones,  Grodegildi.  An- 
serizi,  uilla  de  Fonte,  sancta  Maria  de  Elua,  sea.  Ma- 
ría de  Maurenti,  istas  ecclesias  et  uillas  cum  suis 
hominibus  de  ecclesiario,  et  illa  penna  per  se  Citofacta 
fuit  fabricata  per  iussionem  pontificis  dni.  Sisnandi  in 
ipsius  debitum  desuper  exaratum;  in  giro  Ziliarca,  Sauto 
fiscal  cum  suis  hominibus,  monasterium  sci.  Petri,  quod 
nuncupant  Celia,  Sinticeta,  scum.  Mametem,  item  aliud 
seum.  Mametem  ad  Petellos,  Lamamala  cum  suo  debitu, 
Bogarini  cum  suis  hominibus,  Nogaria  cum  suis  homi- 
nibus et  suis  adiunctionibus,  atque  prestationibus,  Sal- 
neas,  Kalidas,  Trollanes,  Moranea,  Montenigro,  Pruci- 
cius,  Bisanquis,  Trasancos,  Lauazingos,  Nemitos  per 
omnes  partes  cum  suis  debitis  et  suis  ecclesiis  et  castellis 
de  ecclesiario,  sci.  Iuliani,  Ínsula  Selinea  que  est  propria 
hiriensis  sedis,  et  in  Montenigro  alia  penna  quam  edifi- 
cauerunt  similiter  in  ecclesiario. 

Hec  quidem  omnia  taxata  isti  testes  superius  nomi- 
nati  hic  in  templum  sancti  Saluatoris  circa  aulam  beati 
Iacobi  apostoli;  et  suscepit  ipsum  iuramentum  Aluarus 
Ordoniz,  qui  et  amus  Regis,  Citi  Donelici,  maiorinus 
Regis  in  Grallecia  per  ordinationem  ipsius  domini  nostri 
et  Principis  magni,  qui  hic  erat  in  loco  apostólico,  et 
cum  eo  non  módica  turma  magnatum  palatii  de  Astu- 
riis,  de  terris  foris  de  Gallecia,  quorum  nomina  memo- 
ramus  in  hac  paginóla.  Et  nunc  amodo  ordinamus  et 
affirmamus  ego  Adefonsus  princeps  magnus  et  Geluira 
regina  ut  omnia  ista  desuper  iurata  parti  ipsius  perma- 
neant  integra,  intemerata  et  firma. 


APÉNDICES  213 

Adiicimus  iugiter  pro  hereditatibus,  aut  uillis  que 
post  testamenta  fuerunt  facta  in  terram  beati  Iacobi 
aut  in  ecclesiario,  quisquís  fuerit,  qui  in  terram  sancti 
Iacobi  sue  ingenuitatis  hereditates  emit,  aut  uillas  fecit, 
dimittat  parti  ipsius  sedis  et  eius  pontifici  illos  casales, 
hortales  Íntegros,  et  de  illis  terris  de  foris  medietatem, 
et  de  illis  alus  mediis  leuet  suum  fructum,  aut  mercem 
quam  dedit,  prendat.  Et  si  sine  pretio  illam  prehendidit, 
integra  permaneat  ipsi  sedi.  Et  alibi  si  de  ecclesiario 
aliquis  emit,  integro  illo  careat  et  parti  ipsius  maneat, 
stabilitum  et  firmum  in  cunctis  seculis.  Neminem  per- 
mittimus,  qui  hoc  factum  nostrum  in  aliquo  irrumpat 
aut  mutilare  presumat,  sed,  qui  fecerit,  Domini  accipiat 
maledictiones,  que  sunt  scripte  in  libro  Moysi,  serui  Dei 
excelsi,  et  sit  pabulum  gehenne  in  báratro  ignis  eterni, 
et  pro  damnis  secularibus,  quantum  abstulerit,  duplet  et 
triplet,  et  insuper  exsoluat  auri  talenta  quinqué. 

Facta  est  agnitio  iurationis  et  confirmationis  III  ka- 
lendas  aprilis,  era  quinquies  dena  et  decies  centena  cum 
septies  I  annus  erat. 

Adefonsus  Rex  confirmo. 
Greluira  regina  conf. 
Veremudus  princeps  conf. 
Nunus  Ruderiz  conf. 
Aluarus  Ordoniz  conf. 
Citi  Doneliz  conf. 
Piniolo  Sceniz  conf. 
Plaionio  Roderiz  conf. 
Gutierre  Enegoni  conf. 
Vistruarius  episcopus  conf. 
Seruandus  episcopus  conf. 
Froila  episcopus  conf. 
Sampirus  episcopus  conf. 
Adefonsus  abba  conf. 
Aloytus  abba  conf. 
Gundisaluus  abba  conf, 


214 


APÉNDICES 


Arias  abba  conf. 

Ataulfus  abba  conf. 

Adefonsus  rex  proles  Federnandi  confirmo. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  21-22.— Cotejado  con  dos  copias  en  papel  que  se 
guardan  en  el  Archivo  del  Palacio  Arzobispal,  leg.  VI  de  Privilegios 
Reales,  y  que  proceden,  al  parecer,  del  original  gótico). 


NUMERO  LXXXVII 


Era  mlviii.  San  Estaban  Año  de  C.  1020. 

Cíe  riadela.  30  de  Diciembr». 

D.  Alfonso  V,  por  consideración  á  D.:l  Fronosilde,  que  había 
lactado  á  la  Princesa  O.*  Sancha,  acota  los  términos  de 
este  Monasterio. 


In  nomine  sce.  et  indiuidue  trinitatis  siue  ob  honorem 
sci.  saluatoris  et  sce.  marie  semper  uirginis  et  sci.  stefa- 
ni  et  omnium  sanctorum  quorum  reliquie  reoondite  sunt 
in  monasterio  piauela  territorio  nemitos  inter  dúo  flu- 
mina  mandeo  et  mero  quod  fandauerant  bisauii  et  auii 
uimarani  prolix  gundemari  et  sororis  eius  íronosili  cog- 
nomento siti.  et  ipsi  per  se  restaurauerunt  in  melius.  Ego 
quidem  adefonsus  rex  magnus  ueremudi  filius.  timendo 
diem  mortis  et  pennas  inferni...  testo  atque  concedo  ipsi 
monasterio  supradicto  nomines  qui  in  ipsa  uilla  sunt 
habitantes  uel  ipsi  monasterio  concurrentes  infra  termi- 


APÉNDICES  215 


nos  anticos.  usu  ingenuitatis  seruientes.  ipsi  qui  ibi  ha- 
bitant  uel  habitando  successerint.  sic  de  nostro  comitatu 
quomodo  eciam  hereditates  mortuorum  qui  ibi  inuente 
íüerint  ipsi  monasterio  supradicto  et  tue  congregationi 
deseruiantí  que  in  regula  sea.  perseuerauerit.  et  uiam 
ueritatis  tenuerit.  quieta  habeant  omnia  supradicta  et 
possideant  parti  monasterii. 

Amoneo  uos  uilicos  et  procuratores  et  omnes  qui  in 
regno  meo  post  me  successerint  ut  infra  ipsos  términos 
quomodo  se  leuat  de  ipsa  arca  de  piaua  et  inde  per  se 
uereda  antiqua  de  generozo.  et  inde  ad  illum  cásale  de 
dno.  oppa.  et  inde  ad  illum  castrum  quod  est  inter  limi- 
nionem  et  generozo.  et  inde  ad  illam  aquam  que  dis- 
currit.  inter  uiuenti  et  liminione  infra  ubi  intrat  in  ñero. 
et  de  mero  in  prono  usque  ad  illos  sáxeos  qui  stant  in 
ripa  mero,  inter  scm.  romanum  et  sexurriam.  et  inde  ad 
couas  latroniles  et  inde  per  illam  carralera  que  discurrit 
inter  uillarem  et  lauretam  usque  in  ueredam  sci.  felicis. 
et  inde  ad  illud  castrum  et  per  uereda  de  boioi.  et  inde 
ad  linares  et  inde  ad  illam  lamellam  de  illa  condominia 
de  ilioure.  et  inie  per  ipsam  ueredam  antiquam.  usque 
in  ipsa  anta  de  iuxta  ipsa  arca  de  piaua'.  usque  primitus 
incoauimus.  Facimus  etiam  difinicionem  et  confirmatio- 
nem  quod  aliquis  non  sit  ausus  inquietare  res  ipsius  mo- 
nasterii. non  pro  fossadariis.  tributariis.  paratis.  homici- 
diis.  parracidiis.  nec  pro  ullo  aliquo  facinore.  set  omnia 
que  ad  nos  pertinent  ipsi  monasterio  et  tibi  in  omni  uita 
tua  deseruiant.  pro  remedio  anime  mee  et  genitoris  mei. 
et  pro  amore  ipsius  tue  germane  dne.  fronosilli  cogno- 
mento siti.  que  filiam  nostram  lactauit  nomine  sanciam. 
Post  discessum  uero  tuum.  relinquas  illud  monasterium 
cum  omni  suo  cauto  ¿icut  a  no  bis  cautatum  est  cuín 
hominibus  hereditatibus  paccatum  et  quietum  absque 
ullo  impedimento  deo  et  bto.  iacobo  in  perpetuum  habi- 
turum.  Ego  adefonsus  proles  ueremudi  gloriosi  principis 
rogo  et  suggero  omnes  nomines  qui  post  me  uenturi  sunt 
propinquos  et  extráñeos  ut  uotum  nostrum  confirment. 


216 


APÉNDICES 


et  participentur  meoum  ante  dnm.  ihsum  xpistum.  Si 
uero  aliquis  homo  hoc  factura  nostrum  etc.  et  pro  con- 
firmatione  testamenti  accepit  de  me  unum  caballum 
de  .CC.  solidos,  et  unum  alanum.  et  unum  ancipitrem  et 
dúos  canes  quod  michi  bene  complacuit. 

Confirmato  testamento  die  .III.  kls.  ienuarii. 

Era  LVIII  post  M. 


Adefonsus  rex  conf. 
Vistruarius  eps.  conf. 
Suarius  eps.  conf. 
Piniolus  eps.  conf. 
Pelagius  froilaz  conf. 
Muninus  muniz  conf. 


Froila  muninz  conf. 
Petrus  eps.  conf. 
Rudericus  romariz  conf. 
Froila  menendiz  conf. 
Rudericus  uelaz  ts. 
Ouecus  uelaz  ts. 


(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  22  vuelto). 


AftfcffDlCBd  21? 


NUMERO  LXXXVIII 


era  mlxvi.  Santiago.  Año  de  C.  1028. 

1.°  de  Marzo. 


La  Infanta  D.*  Teresa,  hija  de  D.  Herminio  lly  dona  á  esta 
Santa  A.  Iglesia  un  cortijo  dentro  de  los  muros  de  la  ciu- 
dad de  León. 

I'estaaaa.ezit-a.ro.  tstrstsie. 

Sub  imperio  opificis  rerum,  qui  trinus  unaliter,  et 
unus  essentialiter  extat  colendus  et  adorandus  redem- 
ptor  ihsus  xpistus,  seu  et  apostoli  sui  iacobi  cuius  corpus 
sepultum  manet  sub  arcis  marmoricis  territorio  gallecie 
in  finibus  amaee.  Ego  tarasia  proles  ueremudi  principis 
et  xpisti  ancilla  in  dno.  deo  eternam  salutem  amen. 
Euenit  cordi  meo  per  scm.  spiritum.  ut  pro  remedio  ani- 
me mee  et  genitricis  mee  diue  memorie  dne.  giloire  re- 
gine  facerem  uobis  textum  scripture  firmitatis  uidelicet 
patri  et  pontifici  dni.  uistruarii.  et  omni  congregationi 
apostolici  loci  de  corte  mea  propria  quam  habeo  intus 
murum  ciuitatis  Ugionis.  ad  portam  quam  dicunt  de  co- 
mité ad  partem  aquilonis  non  procul  a  cisterio  sci.  pela- 
gii  martiris  et  sci.  iohannis  baptiste.  do  atque  offero 
uobis  ipsam  cortem  cum  ecclesia  ibi  constructa  sci.  emi- 
liani.  cum  casis,  superatis.  orto  concluso  et  intus  puteus 
et  arbores  fructuosas  et  infructuosas  in  omni  circuita 
per  terminum  de  cidi  halafiz  et  per  terminum  de  sola- 
res, et  fuerunt  de  munio  didaz.  et  per  terminum  sci.  io- 
hannis et  sci.  pelagii  infra  istos  términos  corte  integra 


c218  ÁP¿NDIC*S 

cum  ómnibus  bonis  suis  do  atque  concedo  sicut  illam  ob- 
tinuit  geluira  deodicata  proles  acenari  efc  illa  michi 
illam  concessit  per  scripturam  firmitatis  et  pro  meo  pre- 
cio ut  omnes  successores  uestri  et  clerici  loci  apostoli 
sancti  in  ea  habeant  refugium.  et  ego  tarasia  et  geni- 
trix  mea:  premium  inconuulsum.  et  ad  confirmandum 
hoc  testamentum  accepi  de  thesauro  sci.  iacobi  alaiara 
ualde  mirifica  quam  ibi  obtulerat  mater  mea  regina 
dna.  geluira  sicut  placuit  omni  congregationi  sci.  loci. 
et  ego  simili  modo  offero  ipsam  alhaiara  in  monasterie 
sci.  iohannis  et  sci.  pelagii  ob  remedium  et  memoriam 
anime  mee  et  genitricis  mee  ut  munusculum  nostrum 
quamuis  uilissimum  ante  deum  sit  ratum.  Taliterque 
confirmo  scriptum  ut  nullus  sit  ausus  etc.. 

Facta  scriptura  firmitatis  die  kls.  marcii.  Era  sexies 
dena  discurrente  .VI.  post  millesimam. 

Tarasia  xristi  ancilla  conf. 
Seruandus  legionis  eps.  conf. 
Petrus  lucensis  eps.  conf. 
Adefonsus  asturensis  eps.  conf. 
Adefonsus  rex  conf. 
Federnandus  flainiz  comes  cf. 
Munio  munionis  comes  cf. 
Rudericus  uelaz  comes  cf. 
Sancius  scemeniz  cf. 
García  adefonsiz  cf. 
Didacus  gudesteiz  ts. 
Stephanus  abba  ts. 
Félix  ts. 

(Inédito  Tumbo  A,  fol.  38). 


APÉNDICES  21 3 


NUMERO    LXXXIX 


ERA  mlxvi.  Santiago.  Año  de  C.  1028. 

26  de  Septiembre. 

La  Reina  D.*  Jimena  y  su  hija  la  Reina  D.a  Urraca,  viuda  de 
Alfonso  V,  donan  a  esta  Santa  A.  Iglesia,  varias  villas  en- 
tre los  ríos  Carrión  y  Aratoi. 

In  nomine  Patris  et  Filii  et  Spiritus  sancti,  qui  est  in 
trinitate  unus  et  uerus  Deus  per  cuneta  sécula,  siue  et 
in  honorem  bti.  Iacobi  apostoli  post  Deum  nobis  fortissi- 
mo  patrono,  cuius  corpus  tumulatum  esse  cernitur  sub 
arcis  marmoricis  prouincia  Gallecie  in  finibus  Amaee 
Nos  quidem  exiguas  famulasque  tuas  scemena  regina 
simulque  et  filia  mea  urraca  regina  et  xristi  ancillas 
Annuit  nobis  ut  ob  remedium  animarum  nostrarum  tibi 
omnipotenti  deo  et  apostólo  tuo  iacobo  offerimus  propter 
subsidium  clericorum.  liospitum.  et  peregrinorum  uillam 
nostram  propriam  que  nobis  euenit  in  diuisione  inter 
nostros  germanos  et  heredes  que  est  in  territorio  coza. 
super  castrum  de  muza  inter  dúos  riuulos  karrione  et 
aratoi.  in  loco  predicto  ubi  dicunt  letificus  cum  cunctis 
adiuntionibus  suis  et  prest  ationibus  seu  et  hominibus  ibi 
habitantibus.  sicut  iam  obtinuerunt  genitores  nostri  fre- 
denandus  ueremudiz  et  dna.  geluira,  sic  eam  ab  omni 
integritate  eidem  loco  manere  decernimus  cum  ómnibus 
edificiis  cum  terri.s,  uineis,  pomeriis,  pratis,  pascuis,  palu- 
dibus  et  cunctis  suis  prestationibus,  sicut  iuri  nostro 
debitum  mansit,  sic  eam  presentí  loco  concedimus  firmi- 
ter   mansuram,   ut  inde  deferant  clerici  ibi  seruientes 


&¿Ú  APÉNDICES 

temporale  subsidium  et  nos  in  diuino  examine  gloriam 
eternam.  Siquis  etc. 

Notum  die  .VI.  kls.  octubris.  Era  J.LXVI. 

Ego  scemena  regina  conf. 
Urraca  regina  conf. 
Veremudus  rex  conf. 
Scemena  regina  conf. 
Vistruarius  iriensis  eps.  conf. 
Petrus  lucensis  eps.  conf. 
Seruandus  legionensis  eps.  conf. 
Martinus  petriz  conf. 
Petrus  martinz  conf. 
Arias  petriz  conf. 
Veremudus  pelaiz  cf. 
Petrus  ueremudiz  cf. 
Nunus  aloitiz  cf. 
Aloitus  Nuniz  cf. 
Guterre  ts. 
Telus  ts. 
Vimara  ts. 
Sisnandus  ts. 
Martinus  ts. 
Gunzaluus  ts. 
Pelagius  ts. 

(Inédito.  Tumbo  A,fo\.  37  vuelto). 


APÉNDICES  221 


NUMERO  XC 


ERA  mlxvi.  Santiago.  Año  de  C.  1028. 

15  de  Noviembre. 

D,  Bermudo  III  dona  á  esta  Santa  A.  Iglesia  varias  villas,  y 
entre  ellas  la  de  Cordeiro. 

In  nomine  sce.  et  indiuidue  trinitatis  cuius  laus  et 
gloria  semper  permanet  in  ómnibus,  siue  ob  honorem 
sci.  ac  bmi.  apostoli  Iacobi,  cuius  gloriosum  corpus  ho- 
norifice  sub  arcis  marmoricis  tumulatum  quiescit  in  pro- 
uincia  gallecie  et  in  finibus  amaee.  Ego  clientulus  ac 
pussillus  seruorum  domini  seruus  licet  indignus  ueremu- 
dus  proles  adefonsi  principis  et  geluire  regine  in  domino 
salutem.  Anuit  michi  mea  spontanea  uoluntas  ut  pro 
remedio  parentum  meorum  et  pro  me  ipso  darem  sicut 
et  do  ipsi  seo.  apio,  iacobo  uillam  meam  uocitatam  cor- 
dario  que  fuit  auorum  et  parentum  meorum  menendi  et 
dne.  tote,  et  ex  ea  ganauerunt  ipsi  mei  parentes.  Sic 
concedo  et  offero  ipsi  apostólo  sancto  et  ómnibus  seruis 
dei  ibi  seruientibus  ipsam  uillam  desuper  nominatam 
cum  cunctis  opibus  et  adiunctionibus  suis  atque  presta- 
tionibus  etiam  cum  hominibus  qui  ei  seruicium  soliti 
sunt  exercercere  (sic)  illos  et  illorum  proieniem  ubicum- 
que  sint  per  omnes  partes;  tam  uillam  quam  nomines 
concedo  supradicto  loco  per  omnes  suos  términos  anticos. 

Adicio  ibi  etiam  uillam  de  anna  que  est  in  pistomar- 
cos  in  ripa  tamaris  quam  auus  meus  ueremudus  et  uxor 
sua  geluira  ganauerunt  de  aria  adefonso  filio  cum  óm- 
nibus bonis  et  prestationibus  suis.  Concedo  uobis  eam 
pro  uictu  atque  indumento  sacerdotum  dei  clericorum 


222  APÉNDICES 


ibi  seruientium.  hospitum  quoque  et  peregrinorum.  et 
pro  luminariis  altarium  dei.  ut  inde  deferant  subsidium 
temporale,  et  ego  e  auii  mei  et  genitores  mei  in  diuino 
examine  gloriam  eternalem. 

Ideoque  placuit  miehi  ut  concederem  monasterio  sci. 
petri  apostoli  quod  fundatum  est  prope  aulam  sci.  iaco- 
bi.  et  uobis  patrino  meo  dno.  uistruario  epo.  uillam 
maurlini  et  bermiri  cum  cunctis  opibus  suis  et  adiunctio- 
nibus.  tam  terris  quam  hominibus  et  bonis  earum.  dono 
atque  trado  ipsas  uillas  ipsi  prefato  monasterio,  pro  re- 
medio auorum  meorum  ueremudi  et  geluire.  qui  eam 
comparauerunt  de  ipso  prefato  aria,  sarrazene  et  de  alus 
suis  uenditoribus.  Ita  ut  de  hodie  die  et  tempore  sint 
ipse  uille  de  meo  iuri  abrase,  et  in  dominio  ipsius  aposto- 
lice sedis  et  ipsius  monasterii  quomodo  superius  exara- 
tum  est,  sint  tradite  euo  perhenni  et  sécula  cuneta.  Mo- 
nemus  etc.. 

Facta  serie  testamenti  et  concessionis  die  X'LIII  kls. 
decembris.  Era  sexies  dena  peragens  VI  post  millena. 

Veremudus  rex  conf. 
Vistruarius  eps.  conf. 
Enecns  eps.  conf. 
Nunus  eps.  conf. 
Petrus  eps.  conf. 
Seruandus  eps.  conf. 
Ponntius  eps.  conf. 
Pelagius  menendiz  conf. 
Hordonius  proles  ueremudi  conf. 
Giloira  deouota  conf. 
Sancia  conf. 
Tarasia  deouota  conf. 
Rudericus  romanz  conf. 
Muninus  muniz  conf. 
Fernandus  flainiz  conf. 
Froila  menendiz  conf. 
Pe  tro  froilaz  coní. 


APÉNDICES  223 


García  adefonso  conf. 
Pelagio  froilaz  conf. 
Froila  muninz  conf. 


(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  24). 


NUMERO    XCI 


era  mlxviii.  Santiago.  Año  de  C.  1030. 

27  de  Enero. 

Las  Infantas  D.a  Sancha  y  D.a  Teresa,  hijas  de  D.  Bermudo  II, 
donan  á  esta  Santa  A.  Iglesia  la  villa  de  Serantes  en  tie- 
rra de  Carnota  en  la  desembocadura  del  Tambre. 

Sansia  et  tarstsia,  filie  -u.ererai'u.cLi  re^is. 

In  nomine  et  filii  et  spiritus  sancti,  qui  est  trinus  et 
unus  deus  per  cuneta  sécula  numquam  finienda,  siue  ob 
honorem  beati  iacobi  apostoli.  cuius  benignum  corpus 
tumulatum  esse  cernitur  prouincia  gallecie  in  finibus 
amaee.  Nos  quidem  exigue  famule  tue  sancia  et  tarasia 
filie  ueremudi  principis  et  geloire,  xristi  ancille.  offeri- 
mus  ipsi  apostólico  loco,  et  ómnibus  ibi  in  dei  seruicio 
perseuerantibus  ob  remedium  animarum  meorum  paren- 
tum  et  in  remissionem  nostrorum  peccaminum  uillam 
nostram  propiam  que  est  fundata  in  territorio  carnota 
in  littore  maris.  ubi  fluuius  tamaris  se  infudit  in  mare, 
uocitatam  sarantes.  quam  habuimus  ex  successione  ip- 


224  APÉNDICES 

sius  parentis  nostri  dni.  ueremudi  et  geloire.  et  illi  eme- 
runt  eam  de  aria  adefonsici.  illam  .1111.  et  illarn  aliam 
JIII.  de  hordonio  renemiri  filio,  pro  precio  et  scripturas 
firmitatis  sicut  illi  eam  obtinuerunt  et  nos  usque  nunc, 
sic  eum  concedimus  ipso  loco  iam  fato  cum  cunctis  adia- 
centis  et  prestationibus  illius.  per  omnes  suos  anticos 
términos  sicut  est  cum  ómnibus  suis  bonis,  medietatem 
ex  ea  damus  et  offerimus  parti  apostoli  sancti.  ut  ibi  sit 
perheniter  mansura  pro  uictu  et  tolerantia  clericorum. 
hospitum.  peregrinorum.  ut  illi  inde  habeant  subsidium 
temporale  et  nos  in  diuino  examine  gloriam  eternam. 
Siquis  etc.. 

Notum  die  .VI.  kls.  februarii.  Era  MLXVIII. 

Sancia  et  sóror  mea  conf.  Arias  iolaannes  cf. 

Vistruarius  iriensis  eps.  conf.  Gundesindus  ts. 

Aloitus  abba  conf.  Martinus  ts. 

Gundisalbus  abba  conf.  Petrus  ts. 
Adaufus  abba  cf. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  38  vuelto). 


APÉNDICES  225 


NÚMERO  XCII 


Cronicón  del  Salterio  de  D.  Fernando  ly  que  se  guarda  en  la 
Biblioteca  de  la  Universidad  de  Santiago.  Fué  escrito  por 
Pedro  é  iluminado  por  Frictoso  en  el  año  1055  (I). 


Ovitum  d(o)m(m)i  Veremudi  regís 
Vf(eri)a  M{e)N(si)  s(ep)¿(em)6r(is)  era  TXXXV1L 
Vxor  eius  gelbire  era  TL  V. 
Adefonsus  rex  ouiit  IIII  /(eria) 
M(e)N(si)S  ¿(u)7(i)o  era   TLXVL 
Vxor  eius  gelbire  IIII  jV^ona)  8 

A 

dec(embri)s  era  TLX. 

Ovitum  veremudi  regis 

in  bello  pugnator  fortis 

elle  IV  feria  mensis  s(ep)¿(em)&r(is)  era  TLXXV. 

Ordinatio  d(o)m(m)i 

Fredinandi  regís  in 

Lejone  X  üT(a)i(en)c7(a)s  2(u)L(ia)S 

Era  TLXXVL 


(1)     El  Cronicón  está  escrito  en  letras  de  oro  sobre  púrpura. 
Tomo  II.— 15. 


226  APÉNDICES 


Tan  pequeño  es  este  Cronicón,  como  interesante  por 
las  cuestiones  cronológicas  que  aclara  y  resuelve;  puesto 
que  es  original,  y  no  ha  pasado  por  manos  de  copistas. 

De  la  muerte  de  D.  Bermudo  II  sólo  se  sabía  que 
había  acaecido,  como  dice  el  Silense,  después  de  la  reco- 
lección, post  azeipham,  en  el  año  999.  Por  este  Cronicón 
sabemos  que  D.  Bermudo  II  falleció  el  4  de  Septiem- 
bre de  999. 

Fija  también  este  Cronicón  el  año  en  que  falleció 
D.a  Elvira,  segunda  mujer  de  D.  Bermudo  II.  Flórez 
(Reynas  Catholicas,  t.  I,  p.  132),  siguiendo  á  Morales  fCo- 
ron.  gen.,  lib.  XVII,  c.  XXXIX),  alargó  la  vida  de  esta 
señora  hasta  el  año  1028  en  que  suponen  firmó  un  Pri- 
vilegio de  D.  Bermudo  III  (1);  pero  la  D.a  Elvira  que 
subscribe  este  Privilegio,  no  es  la  viuda  de  D.  Bermu- 
do II,  como  creyó  Morales,  sino  una  hija.  La  Reina  viuda 
D.a  Elvira  murió,  pues,  en  1017,  pero  después  del  18  de 
Agosto,  en  que  aún  otorgó  un  Privilegio  á  Santiago. 

El  P.  Flórez,  apoyado  en  la  inscripción  sepulcral  y  en 
D.  Lucas  de  Tuy,  colocó  la  muerte  de  D.  Alonso  V  en  5 
de  Mayo  de  1027.  Nuestro  Cronicón  nos  da  la  fecha  segu- 
ra del  fallecimiento  de  este  Monarca;  4  de  Julio  de  1028. 

La  fecha  del  fallecimiento  de  D.a  Elvira,  esposa  de 
D.  Alonso  V,  según  está  en  nuestro  Cronicón  (2  de  Di- 
ciembre de  1022),  resuelve  una  cuestión  que  traía  em- 
brollados á  nuestros  historiadores,  y  da  la  razón  á  don 
Lucas  de  Tuy  quien  afirmó  que  el  Rey  D.  Alonso,  falleci- 
da su  primera  mujer  D.a  Elvira,  contrajo  segundas  nup- 
cias con  D.a  Urraca.  Ni  Morales,  ni  Flórez  admiten  estas 
segundas  nupcias,  fundados  en  que  D.a  Elvira  sobrevi- 
vió, muerto  su  marido,  hasta  el  año  1052,  como  consta 
de  su  epitafio  que  dice  así:  Hic  requiescit  donna  Gelvira, 
uxor  Regís  Adefonsi,  filia  Melendi  Comitis.  Obíit  III  (léa- 
se lili)  nonas  dec.  Era  XCpost.  M.  Este  epitafio,  ó  es  muy 


(1)    Véase  el  Documento,  número  XC. 


s 


APÉNDICES  227 

posterior,  ó  fué  renovado  y  mal  transcrito  al  hacer  la 
renovación,  ó  está  mal  leído.  En  la  copia  que  Cerda  y 
Risco  franqueó  á  Noguera  y  éste  publicó  en  su  Ensayo 
Cronológico  añadido  á  la  Historia  de  Mariana,  se  lee: 
III  Nonas  Decembris  Era  MLX;  mas  el  Sr.  Quadrado,  en  el 
tomo  Asturias  y  León  de  España  y  Sus  monumentos  y  Artes 
(Barcelona,  1885),  publicó  el  epitafio  en  la  misma  forma 
que  Flórez. 

Hasta  ahora  no  se  sabía  á  punto  fijo  el  día  en  que 
había  perecido  el  Rey  D.  Bermudo  III;  nuestro  Cronicón 
nos  lo  indica,  el  4  de  Septiembre  de  1037. 

Por  último,  nuestro  Cronicón  deja  en  mal  lugar  al 
P.  Risco,  que  en  el  tomo  XXXV  de  la  España  Sagrada,  pá- 
gina 5,  pretendió  corregir  al  Silense  y  al  P.  Flórez,  los 
cuales  habían  puesto  la  coronación  de  Fernando  I  como 
Rey  de  León  en  22  de  Junio  de  1038.  El  coincidir  tan 
exactamente  el  Silense  y  este  Cronicón  en  una  misma 
fecha  quita  todo  fundamento  al  P.  Risco,  que  había  pre- 
tendido anticipar  un  año  la  coronación  de  D.  Fernando. 


228 


APÉNDICES 


NUMERO  XCII 


ERA  MXXXXVXII.     Concilio  Compostélano     Año  de  C.  1060. 

del  año  1060.  u  deEner0t 


Actas  del  Concilio  compos- 
télano de  1060,  según  el 
ejemplar  publicado  por  el 
Cardenal  Aguirre  en  la  Col- 

lectio  máxima  Concíliorum,  to- 
mo IV,  p.  413  de  la  ed.  Ro- 
mana de  1754. 


Actas  del  Concilio  compos- 
télano de  1060,  según  el 
ejemplar  publicado  por 
Tamayo  Salazar  en  el  Mar- 
tirologio Español,  tomo  II,  al 
10  de  Marzo. 


In  nomine  domini  nostri  Ie- 
su  xpisti.  Hoc  est  decrétale 
concilium  apud  compostella- 
nam  urbem  infra  basilicam  sci. 
ac  bmi.  Iacobi  Apostoli  a  tri- 
bus episcopis  editum  cum  pre- 
sbyteris,  diaconibus  et  clericis 
atque  abbatibus  qui  infra  scri- 
pti  sunt. 

Caput  i. 

Ut  per  illas  sedes  episcopa- 
les iuxta  sacros  cañones  canó- 
nica agere  studeant,  ita  ut  ipsi 
episcopi  dúos  vel  tres  praepo- 
sitos  electos  habeant  cum  sensu 
ceterorum  clericorurn,  qui  cu- 
ram  dioecesium  deganiarum 
procurent,  et  necessaria  mona- 
chorum  adimpleant. 

Omni  autem  tempore  unam 


In  nomine  dni.  nri.  Iesu 
Xpisti.  Hoc  est  decrétale  con- 
cilium apud  compostellam  ur- 
bem intra  basilicam  sci.  ac  bmi. 
Iacobi  apostoli  a  tribus  Epis- 
copis editum  cum  Presbyteris 
et  Clericis  atque  Abbatibus 
qui  inferius  subscripti  sunt. 


Caput  i. 

Ut  per  illas  Sedes  Episcopa- 
les juxta  sanctos  Cañones  ca- 
nonici  erigi  studeant,  ita  ut  ab 
ipsis  Episcopis  electi  sint  cum 
consensu  ceterorum  Clerico- 
rum, quibus  cura  Dioecesum 
delegare  procurent,  et  ex  illis 
Monasteria  Monachorum  adim- 
plere. 

Omni  autem   tempore  omnes 


APÉNDICES 


229 


omnes  horam  intra  ecclesiam 
simul  celebrent;  unum  refecto- 
rium,  unum  dormitorium,  et 
dum  in  propinquo  fuerint,  óm- 
nibus canonicis  cum  episcopis 
habeant,  ut  absque  uno  de  his 
tribus  numquam  desit  mona- 
chis.  Et  in  his  ómnibus  silen- 
tium  observent,  necnon  et  ad 
mensam  lectiones  sanctas  sem- 
per  audiant. 

Vestimenta  episcoporum  at- 
que  clericorum  usque  ad  talos 
induantur.  Cilicia  omnes  cano- 
nici  apud  se  habeant  et  capelos 
nigros,  ut  cum  opportunitas 
fuerit,  non  sit  eis  necessitas  in- 
quirendi,  sed  ómnibus  diebus 
Quadragesimae,  litaniarum  et 
IV  feria  et  VI,  et  quando  poe- 
nitentiam  tenuerint,  induantur. 

Sacrificia  ipsi  Episcopi  et 
omnes  presbiteri  omni  die  of- 
ferant  Den  praeter  languorem 
et  debilitatem  corporis;  et  qui 
non  potuerit  per  se  offerre 
propter  istam  fragilitatem,  óm- 
nibus diebus  audiat. 

Psalmos  qui  potuerit  plus 
recitare,  recitet,  qui  non  plus, 
qninquaginta  die  omni  persol- 
vat,  et  ómnibus  horis  prima, 
tertia,  sexta,  vespertinis  et  com- 
pletoriis,  media  nocte  noctur- 
nis  et  matutinis. 

Et  super  rebus  ipsius  eccle- 
siae  canonicae  nullus  laicus  de- 
legationem  habeat. 

Disciplinam  et  nutritionem 
clericorum  faciant,  et  super 
omnes  ordines  archipresbyte- 
ros  et  primiclericos,  sub  mani- 
bus   Episcoporum   predictis 


orent  intra  Ecclesiam,  simul 
celebrent.  Unum  refectorium, 
unum  dormitorium,  et  dum  in 
propinquo  fuerint,  quamvis  ca- 
nonici,  cum  Episcopis  habeant. 
Ut  ubique  unum  de  his  tribus 
numquam  desit  Monachis,  et 
in  his  ómnibus  silentium  ob- 
servent, necnon  et  ad  mensam 
lectiones  sanctas  semper  au- 
diant. 

Vestimentum  Episcoporum 
atque  clericorum  usque  ad  ta- 
los induatur.  Cilicium  omnes 
Canonici  apud  se  habeant  et 
capellos  nigros;  ut  cum  oppor- 
tunitas faerit,  ne  sit  ei  necessi- 
tas inquirendi;  videlicet  ómni- 
bus diebus  Pecembris  mensis, 
litaniarum,  et  IV  et  VI  feriis 
et  quando  poenitentiam  tenta- 
verint,  induant. 

Sacrificium  ipsi  Episcopi  et 
omnes  Presbyteri  omni  die 
offerant  Domino  praeter  lan- 
guorem et  debilitatem  corpo- 
ris; et  qui  non  potuerit  per  se 
offerre  per  dictam  fragilitatem, 
ómnibus  diebus  audiat. 

Psalmos  qui  potuerit  plus, 
recitare,  recitet;  qui  non  plus 
quinquaginta  omni  die  persol- 
vat  cum  ómnibus  horis,  I,  III, 
VI,  Vespertinis  et  Completo- 
riis,  media  nocte  Nocturnis  et 
Matutinis. 

Super  rebus  ipsius  Ecclesiae 
canonicae  nullus  laicus  diligen- 
tiam  habeant. 

Disciplinam  et  nutritionem 
Clericorum  faciant  et  super 
omnes  ordines  archipres- 
byteri  et  primicleri.  Sub  mu- 
ñere Episcoporum  dúo  yel 


230 


APÉNDICES 


duobus  vel  tribus  dispensatores 
existant. 

Ita  etiam  et  ad  omnes  missas 
duru  dixerit  diaconus:  ínter  vos 
pacem  tradite  ómnibus  intra 
ecclesiam  stantibus  pacis  oscu- 
lum  sibi  invicem  tribuatur. 

Et  per  omnes  communiones 
maiores  Nativitatis  Domini, 
Paschae  et  Pentecostés,  quis- 
quis  de  quo  habuerit,  muñera 
offerat. 


tres  dispensatores  existant. 

ítem  aequum  est,  ut  ómni- 
bus intra  galeriam  stantibus 
pacis  osculum  sibi  invicem  tri- 
buere.    ■ 

Et  in  ómnibus  eommunioni- 
bus  majoribus  Nativitatis  Do- 
mini, Paschae  et  Pentecostés, 
quisquis,  de  quo  habuerint, 
muñera  offerant. 


Caput  ii. 

Adiungimus,  ut  per  omnes 
dioecesis  tales  eligantur  abba- 
tes,  qui  mysterii  scae.  Trinita- 
tis  rationem  fideliter  faciant,  et 
divinis  scripturis  et  sacris  ca- 
nonibus  sint  eruditi. 

Hi  autem  abbates  per  pro- 
prias  ecclesias  canónicas  fa- 
ciant; schoiam  et  disciplinam 
componant,  ut  tales  deferant 
ad  Episcopos  clericos  ordinan- 
dos.  Subdiaconus  annos  XVIII 
habeat,  diaconus  XXV,  pre- 
sbyter  XXX.  Ipsique  totum 
psalterium,  cántica  et  himaos 
salisparsionem,  baptisfcerium, 
insufflationem,  commdndatio- 
nem  et  horas  et  ipsiim  cantare 
de  festis  unius  iusbi,  unius 
confessoris,  unius  virginis,  de 
virginibus,  de  defunctis,  et 
omnia  responsoria  per  feote 
sciant. 

Et  nullus  praesumat  simo- 
niacus  esse,  quaerens  sibi  ipsam 
ordinationem;  nec  Episcopus, 
nec  presbyter,  nec  diaconus, 
nec  ómnibus  ministris  Eccle- 
£Íae  eruere,  vel  vendere7  nec  ipsa 


Caput  ii. 

Adjungimus  ut  per  omnes 
Dioeceses  tales  eligantur  Abba- 
tes, quod  ministerium  SS.  Tri- 
nitatis  ratione  fideliter  faciant, 
et  in  divinis  Scripturis  et  sa- 
cris Canonibus  sint  eruditi. 

Ii  autem  Abbates  proprias 
Ecclesias  canónicas  faciant, 
schoiam  et  disciplinam  compo- 
nant, ut  tales  deferant  ad  Epi- 
scopos Clericos  ordinandos. 
Subdiaconus  annos  XXIV  ha- 
beat; diaconus  XXV;  presbyter 
XXX.  Ipsique  totum  psalte- 
rium, canticorum  et  hymno- 
rum  partem,  baptisterium,  in- 
sufflationem, commendationem, 
et  ipsas  horas  et  officium  can- 
tare de  Marfcyribus,  unius  Con- 
fessoris, unius  Virginis,  de  de- 
functis, unius  defuncti,  et  om- 
nia responsoria  perfecto 
sciant. 

Neo  u  11  as  praesumat  simo- 
niaous  es.ie,  quia  sibi  ipsam 
ordinationem  nec  ab  Episco- 
pis,  nec  a  Presbyteris  nec  deca- 
nis,  nec  ab  ómnibus  ministris 
Ecclesiae   emere,  nec  venderé, 


APÉNDICES 


231 


sacra  ministeria,  nec  oleum, 
nec  ulla  de  ordine  ecclesiasticó. 
Quod,  qui  fecerit,  simoniacum 
se  esse  cognoscat,  non  verissi- 
mum   christianum. 

Nec  ullus  minister  Ecclesiae 
arma  saecularis  portet:  et  om- 
nes  :::::::  detonso  desuper 
capite ,  ut  circuios  coronae 
deorsurn  dimittant,  et  abscissas 
habeant  barbas. 


nec  ipsa  sacra  ministeria,  nec 
oleum,  nec  alius  ordo  eccle- 
siasticus  poterit.  Quod  qui  fe- 
cerit, simoniacum  se  esse  cog- 
noscat, non  verissimum  Chri- 
stianum. 

Nec  ullus  minister  Ecclesiae 
vestes  saeculares  portet;  et 
omnis  canonicus  detonso  desu- 
per capite  circulo  coronae  in- 
cedat,  ne  comas  supra  dorsum 
dimittat,  et  abscissas  habeat 
barbas. 


Caput  iii. 

Intromittimus,  ut  in  omni 
ecclesia  infra  LXXII  dextros 
nullus  laicus,  vel  mulieres  nec 
refuganes  sortem  habeant,  nec 
aliquos  ex  eis  recipiant;  sed 
stent  cooportae  a  teculas  et 
instructae.  Cruces,  capsae  et 
cálices  ex  argento  fiant:  et  libri 
de  toto  anni  circulo. 

Mulieres  vero  extraneae  nul- 
lam  communionem  ñeque  con- 
sortium,  cum  Episcopis,  nec 
cum  monachis  habeant,  ñeque 
ad  habitandum  permittimus: 
propter  necessitatem  enim  ma- 
trem,  amitam  vel  sororem  mo- 
rem  et  habitum  religiosum  ha- 
bentes,  non  vetamus. 

Ómnibus  diebus  dominicis 
salispersionem  faciant,  omnes 
himnos  cantent. 

Et  ipsi  refugantes,  qui  ordi- 
nes  Ecclesiae  dimiserunt,  et 
uxoribus  se  sociaverunt,  dimit- 
tant eas,  et  in  confessionem 
intrent.  Si  quis  talis  fuerit,  ut 
propter  infirmitatem,  aut  pro- 


Caput  iii. 

Intromittimus,  ut  in  omni 
Ecclesia  infra  LXXII  dexte- 
ros,  nullus  laicus,  vel  mulier, 
nec  refuganus,  sortem  habeant, 
nec  aliquis  ex  eis  recipiat,  sed 
stent  coopertae  a  tegulis  et 
constructae.  Cruces,  capsae  et 
cálices  ex  argento  fiant;  et  li- 
bros habeant  de  toto  anni 
circulo. 

Mulieres  extraneae  nullum 
communium  ñeque  consortium 
cum  Episcopis,  ñeque  cum  mo- 
nachis habeant,  ñeque  ad  ha- 
bitandum permittimus.  Per 
necessitatem,  matrem,  amitam 
vel  sororem,  morem  et  habitum 
religiosarum  habentes,  non  ve- 
tamus. 

Ómnibus  diebus  Dominicis 
salispersionem  faciant,  omnes 
hymnos  cantent. 

Sed  pro  refugientibus,  qui 
ordinem  ecclesiasticum  dimise- 
runt, et  uxoribus  se  sociave- 
runt, si  dimittant  eas,  in  con- 
fessionem admittantur.  Si  quis 
talis  fuerit,  ut  propter  infirma 


232 


APÉNDICES 


pter  debilitatem,  impossibile 
videatur,  sub  ipsis  presbyteris 
de  ipsis  ecclesiis  intret  et  om- 
nia  peccata  manifestet,  et  poe- 
nitentiam  accipiat,  et  cura  eis 
habitent,  et  cum  eis  dormiant, 
et  numquam  de  eorum  custodia 
recedant. 

Et  omnes  christiani,  de  mi- 
nimis  usquead  máximum,  sym- 
bolum  et  orationem  dominicam 
memoriter  teneant,  et  cuncti 
manifestationem,  et  poeniten- 
tiam,  quisquis  ut  praevalet, 
teneant. 

Et  nullus  christianus  duas 
uxores  habeat,  neo  uxorem  fra- 
tris  sui  accipiat;  quod,  qui 
praesumpserit,  et  tale  sceius 
commiserit,  ab  Eoclesia  et  com- 
munione  privetur. 

Caput   IV. 


tatem,  aut  propter  debilitatem, 
impossibile  videatur;  sub  ipsis 
Presbyteris  de  ipsis  ecclesiis 
intret,  et  omnia  peccata  mani- 
festet, et  poenitentiam  accipiat, 
extra  eos  habitet,  extra  eos 
dormiat,  ut  numquam  de  ejus 
custodia  secedant. 

Ex  ómnibus  christianis,  de 
minibus  usque  ad  máximos, 
omnes  Symbolum  et  orationem 
Dominicam  memoriter  teneant. 


Nullus  christianus  duas  uxo- 
res habeat,  nec  uxorem  fratris 
sui  accipiat:  quod  qui  prae- 
sumpserit, et  tale  sceius  com- 
miserit, ab  Ecclesia  et  a  com- 
munione  privetur. 

Caput  iv. 


De  caenobialibus  annectimus 
ut  ordinem  regularem  per  om- 
nia observent,  charitatem  invi- 
cem  teneant,  proprias  pecunias 
dimittant,  ad  saeculum  non  re- 
ver tantur,  in  negó  tiis  saecula- 
ribus  alios  eligant,  qui  iudicia 
et  intentiones  cunetas  mona- 
sterii  asserant  et  discutiant. 

Ii  vero,  qui  regularem  ordi- 
nem in  monasteriis  praeposue- 
runt  et  postea  regressi  sunt 
sicut  canis  ad  vomitum  suum, 
tamdiu  ab  ecclesiis  et  christia- 
nis separen  tur,  quousque  prio- 
ri  statui  in  monasteriis  reci- 
piantur.  Qui  eos  patrocinan  aut 
defenderé  voluerit,  et  eos  non 
Statim  ad    proprium    locum 


De  Sanctimonialibus  adtes- 
tamur,  ut  ordinem  regularem 
penitus  observent,  charitatem 
invicem  teneant,  proprias  pe- 
cunias dimittant,  ad  saeculum 
non  revertantur,  in  negotiis 
saecularibus  alios  eligant,  qui 
judicia  et  intentiones  cunetas 
monasterii  adservent  et  discu- 
tiant. 

lili  vero  qui  regulari  ordini 
in  monasteriis  inservire  pro- 
posuerunt  et  post  ad  saeculum 
regressi  sunt,  sicut  canis  ad 
vomitum  suum,  tamdiu  ab  Ec- 
clesiis et  Christianis  separen- 
tur,  quousque  priori  statu  a 
monasteriis  recipiantur;  quod 
qui  eos  patrocinan  aut  detinere 
voluerit;  et  eos  non  secum  ad 


APÉNDICES 


233    1 


reduxerit,  excommunicetur. 


Caput  v. 

Informamus,  ut  potestates 
et  judices  in  plebe  oppresio- 
nes  non  faciant,  et  judicium 
cum  misericordia  teneant  et 
temperent.  Muñera  et  offertio- 
nes  ante  discussum  judicium 
non  ac  úpiant;  post  discussam 
autem  veritatem  de  vera  iusti- 
tia  et  auctoritate  legis  partem 
accipiant,  et  partem  dimittant. 

Iterum  interdicimus  ut  om- 
nes  christianos  auguria  et  in- 
cantationes  et  lunae  prosemina, 
nec  ad  animalia  domanda,  nec 
mulierculas  ad  telas  alia  sus- 
pendere, quia  omnia  cuneta 
idololatria  est,  et  terrena,  ani- 
malis,  diabólica,  anathematizat 
eam  sea.  mater  Ecclesia;  sed 
omnia  cuneta  in  nomine  Patris, 
et  Filii,  et  Spiritus  Sancti  de- 
bent  christiani  faceré. 

Caput  vi. 

Adiicimus  ut  hi  consangui- 
nei  qui  sunt  conjugati  a  conju- 
gio  separentur,  et  poenitentiam 
expleant  aut  ab  Ecclesia  et 
consortio  christianorum  expel- 
lantur. 

Ita  disponimus  de  presbyte- 
ris  et  diaconibus  conjugatis. 

Data  et  confirmata  lex  die 
XVIII  kalendarum  februarium, 
Era  MXCIV,  anno  XXI  reg- 
nante  serenissimo  principe  Fre- 
denando. 


proprium  locum  reduxerit,  ex- 
communicetur. 

Caput  v. 

Informamus,  ut  potestates 
et  judices  in  plebe  oppressio- 
nem  non  faciant,  et  judicium 
cum  misericordia  teneant,  et 
obtemperent.  Muñera  et  offer- 
tiones  ante  discussum  judi- 
cium non  accipiant;  post  dis- 
cussum autem  de  vera  justitia 
et  auctoritate  legis  partem  ac- 
cipiant, et  partem   dimittant. 

ítem  interdicimus  ut  nullus 
Christianus  auguria  et  incan- 
tationes  faciat,  nec  lunae  pro 
semina,  nec  animalia  immun- 
da,  nec  mulierculas  ad  telaria 
suspendere;  quae  omnia  cuneta 
idololatria  est,  quam  sta.  Ma- 
ter Ecclesia  anathematizat.  Sed 
cuneta  omnia  in  nomine  Patris 
et  Filii  et  Spiritus  Sancti  de- 
bent  Christiani  faceré. 


Caput  vi. 

Edictum adjicimus,  ut  ii  con- 
sanguinei  qui  sunt  conjugati, 
a  conjugio  separentur,  et  poe- 
nitentiam expleant,  aut  ab  Ec- 
clesia et  consortio  Christiano- 
rum expellantur. 

Ita  etiam  disposuimus  de 
Presbyteriset  Diaconibus  con- 
jugatis. 

Data  et  confirmata  haec  lex 
die  XIX.  Kalend.  Februar. 
Era  MLXIX.  Anno  XXI  reg- 
nante  serenissimo  Principe 
Fer  diñando. 


m 


APÉNDICE 


Divino  auxilio  fultus  Cresco- 
nius  idem  apostolicae  sedis 
episcopus  confirmavit. 

Auxilio  Christi  protectus 
Suarius  dumiensis  sedis  episco- 
pus confirmavit. 

In  Dei  nomine  electus  Vi- 
strarius  metropolitanus  tucen- 
sis  ecclesiae  episcopus  confir- 
mavit. 


Divino  auxilio  Ful  tur  ñus 
comes  (fultus  Cresconius)  Com- 
postellanae  Apostolicae  Sedis 
Episcopus  confirmat. 

Auxilio  Christi  protectus 
Suarius  Britoniensis  et  Du- 
miensis Sedis  Episcopus  con- 
firmat. 

In  Dei  nomine  electus  Vima- 
rasius  (Vistruarius)  Metropo- 
litanus Lucensis  Ecclesiae 
Episcopus  confirmat. 

(Flórez,  Esp.  Sag.,  t.  XIX,  Apénd.) 


NUMERO    XCIII 


ERA  MXCVIIIL 


Santiago. 


Año  de  C.  1061. 

8  de  Enero. 


D.  Fernando  I  autoriza  al  Obispo  D.  Cresconío  y  al  Clero  de 
esta  Santa  A.  Iglesia  para  que  puedan  poblar  la  villa  de 
Corneliana  en  Portugal. 


Sub  xpisti  nomine  fredenandus  rex  et  sancia  regina 
uobis  patri  epo.  donino  cresconio  uel  ómnibus  ecclesie 
sci.  iacobi  apli.  facimus  hanc  scripturam  firmitatis  de 
hominibus  qui  uenerunt  populare  ad  uestram  uillam 
quam  uocitant  cornelianamí  ripa  limie  quos  auus  noster 
rex  donnus  hordonius  testauit  seo.  iacobo.  ut  stet  ipsa 
uüla  per  términos  de  uulturino  usque  in  foce  de  turuela 


APÉNDICE^ 


23£ 


et  de  riuulo  limie  in  monte  annor  ingenua  post  partem 
uestram  cum  cunctis  populatoribus,  tam  illis  qui  ibi 
sunt,  quam  qui  post  nos  ibi  intrauerint,  stent  semper 
post  partem  uestram,  et  post  partem  ipsius  apostoli  cun- 
ctis diebus  secundum  fuerit  nostra  uoluntas.  Neminem 
hordinamus  qui  ibi  uobis  aliquam  disturbationem  faciat 
in  aliquo. 

Notum  die  VI  idus  ienuarii.  Era  MLX'IIIII. 


Fredenandus  rex  conf. 
Sancia  regina  conf. 
Muninus  eps.  conf. 
Sisnandus  eps.  conf. 
Erigius  conf. 
Hordonius  conf. 
Gruncaluus  conf. 
Adefonsus  conf. 


Hordonius  conf. 
Pelagius  conf. 
Cresconius  conf. 
Ecta  gundesindiz  ts. 
Cresconius  ts. 
Aluaro  ts. 
Velleco  ts. 
Ermoricus  ts. 


(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  26). 


APÉNDICE 


NUMERO  XCIV 


era  mxcix.  Celanova.  Año  de  C.  1061. 

19  de  Agosto. 


D.  Fernando  I  dona  á  este  Monasterio  un  solar  y  una  huerta 
en  Santiago  para  que  pueda  construir  en  ellos  una  hos- 
pedería. 

r 

Annuit  uotum  nostrum  ut  in  nomine  sancto  tuo  do- 
mino nostro  iesu  xpisto  testamentum  faceremus  sicuti 
facimus  in  sciterio  (Cellenovensi)  iam  fato  et  fratribus 
monachisque  ibi  in  dei  obsequium  persistentibus.  et  tibi 
ariani  abbati  id  est  damus  et  concedimus  glorie  uestre 
solare  in  compostella  ad  aulam  sanctissimi  egregii  iaco- 
bi  apostoli  ad  fontem  quem  dicunt  meo  samelli.  Et  fíiit 
ipse  solare  de  Odrozia  comitissa  quem  pro  suo  pretio  et 
cartas  firmitatis  habuit  usque  quando  reuellauit  cum 
filia  sua  gyloira  et  cum  nepus  suum  comitem  monninum 
ruderici  in  nostros  castellos  monte  roso,  grauulio.  alúa 
de  bubale.  et  nouula.  Seditiones  et  scandalum  mittens 
in  térra  gallecie.  ob  cuius  astucia  fraudulenta  prosequi- 
mur  illum  et  fugiente  in  montibus  iuditio  dei  a  nostris 
militibus  comprehensus  uinculis  retrudi  iussimus.  Bona 
et  eorum  omnia  lex  nobis  gótica  abere  iussit  ut  ex  ea 
ordinaremus  quod  gloria  mea  iuberet.  Unde  accepimus 
ipsam  cohortem  quam  per  liuius  textum  scripture  testa- 
mentó traditam  et  confirmatam  concedimus  sciterio  su- 
pr adicto,  ipso  terreno,  ubi  olim  fundata  fuit  ipsam  co- 
hortem extra  illo  ortale  que  dedimus  ad  seruiendum  in 


APÉNDICES  237 

illos  uestros  soperatos  de  compostella.  Vobis  namque 
supradictis  fratribus  donamus  iam  fatum  cespitem  ut 
uenientibus  uestri  aliquis  in  sanctum  locum  abeant  ibi 
ospitium  pausandi  opportunis  diebus.  et  reliquis  diebus 
sit  cenodociuin  dei  in  susceptione  pauperum...  Notum 
die  XIIII  kalendas  septembris  era  MLXXXXVIIII. 

Subscriben  los  Obispos  Froila  de  Oviedo,  Cresconio  de  Iria,  Die- 
go de  Astorga,  Aloy to  de  León,  Suario  de  Mondoñedo  y  Vistruario 
de  Lugo. 

(Inédito.  Cartulario,  lib.  I,  núm.  LIX). 


NUMERO  XCV 


era  MCI.  Santiago,  Año  de  C.  1063. 

23  de  Octubre. 

Actas  del  Concilio  compostelano  del  año  1063,  según  el  ejem- 
plar  publicado  por  el  P.  Flórez    al   fin  del  tomo  XIX  de  la 

España  Sagrada. 

In  nomine  Dei  Omnipotentis,  et  Jesu  Christi,  Filii 
eius,  qui  cum  a  principio  esset  Verbum,  in  quo  regebat 
universa  Deus,  postremo  hoc  Verbum  per  uterum  Virgi- 
nis  Mariae  Caro  factum  fieret,  vel  esset  simul  homo  et 
Deus,  a  quibus  et  Spiritus  Scs.  est  processus:  de  quibus 
tres  personis  unus  extat  Deus.  Hoc  est  decrétale  conci- 
linm  habitum  temporibus  Fredenandi  principis  anno  im- 


238  APÉNDICES 

perii  eius  XXV,  apud  aulam  bmi.  Iacobi  Apostoli  edi- 
tum  ab  Episcopis,  abbatibus,  presbyteris,  diaconibus 
et  magnatis  palatini  officii  residentibus.  Cumque  orones 
nos,  qui  infra  subscripturi,  vel  signa  facturi  sumus  intra 
ipsam  basilicam  residissemus,  tractari  caepimus  unus- 
quisque  nostrum  de  ordine  ecclesiastico,  etiam  et  de 
institutionibus  sanctorum  canonum.  Dum  autem  paula- 
tim  crevisset  sermo,  invenimus  quasdam  diminutiones 
partera  incuriae,  partem  pigritiae  dissolutas  a  sea.  Ec- 
clesia  et  fide  catholica.  Ad  haec  praeteritis  negligentiis 
finem  ponimus,  futura  ordinemus. 

I.  CAPITULA. 

Ut  per  illas  sedes  episcopales  iuxta  sacros  cañones 
regula  canónica  teneant,  et  fideliter  custodiant.  Episco- 
pus  enim  primiclerus  et  dúo  vel  tres  canónicos  praeposi- 
tos  habeant  cum  consensu  ceterorum  clericorum,  qui 
curam  dioecesium,  et  deganiarum  provideant,  et  neces- 
saria  canonicorum  adimpleant.  Omni  autem  tempore 
unam  omnes  horam  simul  in  ecclesia  celebrent.  Unum 
refectorium,  unum  dormitorium  canonici  cum  Episcopis 
habeant,  et  ad  mensam  lectiones  sanctas  audiant,  silen- 
tia  custodiant,  et  dum  Episcopi  per  dioeceses  fuerint, 
numquam  desit  illa  canónica  sine  uno  de  praedictis 
praepositis  electis. 

Vestimenta  Episcoporum,  presbyterorum,  diacono- 
rum  usque  ad  talos. 

Sacrificium  Episcopi,  presbyteri  quotidie  Deo  offe- 
rant  praeter  languorem  et  debilitatem  corporis;  et  ipsi 
tales,  qui  non  obtulerint,  semper  audiant. 

Et  super  res,  et  causa  omni  Ecclesiae  nullus  laicus 
diligationem  habeat,  sed  qui  mores  et  habitu  canonicus 
apparuerit. 

II.  CAPITULA. 

Adjungimus  ut  per  omnes  dioeceses  sacerdotes  eli- 


APÉNDICES  239 


gantur  abbates,  et  misterium  scae.  et  individuae  Trini- 
tatis  rationem  fideliter  faciant,  et  in  divinis  scripturis 
et  Patrum  canonis  eruditos  existant;  qui  tales  ad  Epi- 
scoposclericos  ordinandos  deferant,  ut  totum  psalterium, 
salis  sparsionem,  baptisterium,  commendationem  per- 
fecte  sciant,  et  officium  defunctorum  teneant.  Haec 
forma  in  eis  erit  servanda,  ut  diaconus  de  XXV  annos, 
et  presbyter  de  XXX  ordinentur.  Arma  saecularia  non 
portent,  et  ipsa  sacra  misteria,  nec  pro  ordinatione,  nec 
pro  baptisterio,  nec  pro  ulla  ordine  ecclesiastica  commo- 
dum  accipiant. 

III.  CAPITULA. 

Intromittimus,  ut  refuganes  mulierum  consortes  de 
rebus  Ecclesiae  partem  non  accipiant.  Cruces  et  capsas 
argénteas  eas  adornent. 

Mulieres  extraneas  curtí  Episcopis  nullum  consor- 
tium,  ñeque  consilium  habeant,  nec  cum  monachis,  sed 
propter  necessitatem  per  illas  parrocias  matrera,  ami- 
tam,  sororem,  morem  et  habitum  religiosum  habentium 
non  vetamus. 

IV.  CAPITULA. 

Ut  eos,  qui  usque  hactenus  quasi  in  clericatu  perman- 
serunt,  et  causa  ecclesiastica  turpiter  distraxerunt,  ut 
ne  fiat,  vetetur.  Sed  quicumque  voluerit  in  consortio 
canonicorum  esse,  et  beneficia  Ecclesiae  lucrare,  accipiat 
unum  de  septem  gradibus. v.w.  per  quos  universalis 
Ecclesia  regitur,  ut  canonici  appareant;  quod  si  nolue- 
rint,  uxores  legitimas  accipiant  et  causa  Ecclesiae  relin- 
quant,  et  cum  laicis  parem  ordinem  teneant,  nec  de  loco 
ad  locum  per  mulieres  divertant.  Quod  si  haec  ordinem 
non  custodierint,  tamdiu  ab  Ecclesia  separentur,  quous- 
que  per  poenitentiam  restaurentur. 


240  APÉNDICES 


V.  CAPITULA. 

De  caenobialibus  vero  adiicimus,  ut  proprium  non 
habeant,  caritatis  vinculum  ad  invicem  teneant,  fratres 
abbatibus  suis,  ut  patribus  obediant.  Abbates  denique 
fratribus  suis  obtemperent,  curam  de  eis  in  victu  et  ves- 
timento  diligenter  impendant,  et  ut  filios  proprios  dili- 
gant,  infirmos  et  débiles  prudenter  eurent. 

VI.  CAPITULA. 

De  incestis  vel  consanguineis  coniugationibus  infra 
séptimo  gradu  non  nubant,  et  qui  nupti  sunt  usque  ad 
quinto  gradu  separentur;  pro  sola  misericordia  tantum 
dicmu4S.v.v.a.  si  noluerint  ab  Ecclesia,  et  ósculo  priven- 
tur.*,  v.v.  raptores,  falsatores,  incantatores,  inulierum 
suarum  postpositores,  aut  cui  licitum  est  legitimas  acci- 
pere,  et  facti  sunt  contemptores,  et  per  varias  occurrunt, 
transgresores,  refuganes,  et  ecclesias  partitores,  sed  ut 
sanctos  cañones  admonent,  per  eas  viventes,  aut  peni- 
teant,  et  ab  his  malis  amissis  abstineant,  aut  ab  Eccle- 
sia, et  a  communione  sancta  recedant,  et  nec  ad  mortem 
commendentur;  et  qui  eos  receperint,  aut  cum  eis  con- 
sortium  habuerint,  similes  illis  erunt. 

VII.  CAPITULA. 

Innectirnus  de  quod  supra,  ut  illos  qui  barbas  non 
raderint,  nec  in  choro  ingrediant,  nec  lectiones  divinas 
legant,  nec  responsoria  cantent,  nec  ministeria  sancta 
contingant,  nec  in  capitulo,  aut  in  refectorio  intrent,  sed 
cum  laicis  sint.*. v.v.  tati,  nec  pars  de  Ecclesia,  vel  de 
rebus  eius,  non  accipiant. 

Froylanus  ovetensis  Ecclesiae  eps.  his  constitutionibus 

annuens  et  subscripsi. 
Cresconius  Apostolicae  Ecclesiae  eps.  similiter  conf. 
Sisenandus  portugalensis  eps.  conf, 


APÉNDICES  241 


S s  dumiensis  eps.  subscripsi. 

s  lucensis  ecclesiae  eps.  conf. 

Notum  clie  X  kal.  novembris.  Era  CI.  post.  M. 

epístola  synodica. 

Nos  supradicti  fratri  et  coepiscopo  nostro  domno 
Enscemeno  salutem.  Rogamus  fidelitatem  vestram,  ut 
eniendetis,  et  ut  melius  videritis,  addere  non  pigeatis;  et 
facite  concilium  cum  fratribus  et  Episcopis  vestris,  et 
intímate  de  regula  scae.  fidei,  quia  nos  congratulamus 
de  vestra  adstutia  et  ut  perficiatis,  sit  apud  Dominum 
exauditio  cita. 

Iterum  notescimus  vobis  quia  volumus  XV  dies  ante 
initium  Quadragesimae  concilium  iterari  intra  lucensem 
civitatem  .w.v.ndi  ad  nos  non  recusetis,  si  cum  Christo 
regnetis.v.v.  ideritis  et  de  ceteris  Episcopis.  Válete.*. w. 
pro  Episcopo  Nagiarense  quomodo  et  illo  de.wv.w  et 
domno  Ordonio,  ut  dúo  aut  tres  ex  vobis  ad  nos  veniatis 
ab  ipso  die. 

(De  un  códice  legionense.  Esp.  Sag.,  tom.  XIX). 


Tomo  II.— 16 


242 


APÉNDICES 


NUMERO    XCVI 


EBA  MCIII. 


Santiago. 


Año  de  C.  1065. 

ÍO  de  Marzo. 


D*  Fernando  I  confirma  los  fueros  y  privilegios  de  que  goza- 
ba la  Iglesia  composftelana  en  varios  pueblos  y  villas  de 
Portugal. 


Adueniente  rege  dno.  federnando  in  locum  sanctum 
cum  coniuge  sua  regina  donna  sancia  cum  filiis  et  filia- 
bus  suis.  cum  episcopis.  comitibus  et  omni  agmine  pala- 
tino causa  orationis.  in  uice  et  persona  donni  cresconii 
epi.  qui  tune  sedem  sci.  iacobi  regebat  et  cunctorum 
clericorum.  Subiessit  auribus  eiusdem  principis  donnus 
pelagius  eps.  quem  sui  egonomi  de  portugali  nominati 
didacus  tructesindici.  sisnandus  iohannes  et  tedon  telici. 
uolebant  inquietan  nomines  morantes  in  uillis  ecclesiis 
et  monasteriis.  que  per  testamenta  et  scripturas  btus. 
iacobus  apis,  a  regibus  et  ab  alus  in  térra  portugalensi 
adquisierat  cum  liominibus  et  familia  sua.  et  deinde  de 
diuersis  mandationibus  regis.  alus  nomines  ad  habitan- 
dum  et  populandum  in  uillas  corneliana.  bracara.  mon- 
telios.  uillella.  colina,  et  alias  que  in  testamentis  et 
scripturis  resonant.  ingressi  fuerant  sub  defenssione  et 
tuicione  episcoporum  et  clericorum  sci.  iacobi  apli.  et 
ibi  faciebant  seruicium  et  reddebant  censum.  Cum  uero 
hoc  fuit  auditum  et  nuntiatum  regi  dno.  fredernando  et 
sancie  regine  et  filiis  suis'.  ut  est  pius  et  misericors  iussit 
fieri  hanc  scripturam  testamenti  in  liore  bti.  iacobi 
apli.  ita. 


APÉNDICES  243 


Ego  fredernandus  dei  gratia  legionensis  rex  pariter 
cum  coniuge  mea  regina  dna.  sancia  et  filiis  meis  uobis 
donno  cresconio  epo.  et  clericis  uel  senioribus  nestre  se- 
dis  ob  honorem  nostri  patroni  sci.  iacobi  apli.  cuius  cor- 
pus  requiescit  in  gallecia  in  urbe  conpostella  cuius  adiu- 
torio  et  uirtute  nostrorum  inimicorum  colla  dimergi  et 
subiugari  uidemus  de  tanto  honore  et  principatu  quem 
nobis  dominus  donare  dignatus  est,  aliquid  impenderé 
debemus  pro  remedio  animarum  nostrarum  et  parentum 
nostrorum.  propterea  uno  consensu  et  uoluntate  hanc 
scripturam  confirmationis  facimus  ut  omnis  qui  de  no- 
stris  mandamentis  et  regalengo  in  illas  uillas  uel  eccle- 
sias  uel  monasteria  ingressi  fuerunt  ad  habitandumí 
confirmamus  eos  post  partem  sci.  iacobi  apli.  et  uestramí 
ut  seruiant  uobis  sicut  alii  uestri  homines  per  uestros 
maiorinos.  et  quanticumque  sunt  de  familia  hiriensis  se- 
dis  conmorantes  per  illam  terramí  et  aui  et  parentes 
nostri  huic  loco  sancto  dederunt.  damus  uobis  licenciam 
accipiendi  distringendi  et  in  uestro  iure  tenendi,  et  non 
sit  ausus  noster  maiorinus  uel  aiiqua  potestas,  qui  uobis 
et  succes^oribus  uestris  aliquam  disturbationem  in  eos 
faciat,  tam  in  iliis  qai  ibi  modo  sunt,  quam  in  illis  qui 
deinceps  ingressi  fuerint,  tam  in  uita  nostra,  quam  eciam 
post  obitum  nostrum,  ñeque  inquietet  términos  et  cautos 
uestrarum  uillarum,  set  pacifice  obtineatis  et  iurificetis 
uos  et  omnes  successores  uestri.  Quod  si  rex,  etc..  et 
hoc  nostrum  factum  semper  sit  firmum  a  die  .VI.  idus 
marcii.  Era  M.C.I.a  (sic). 

Federnandus  rex  conf. 
Santia  regina  conf. 
Sancius  filius  regis  conf. 
Adefonsus  filius  regis  conf. 
Garsea  filius  regis  conf. 
Urraca  filia  regis  conf. 
Geloira  filia  regis  conf. 
Pelagius  legionensis  eps.  conf. 


244 


APÉNDICES 


Nunus  uelazquiz  conf. 
Nunus  suariz  conf. 
Egas  benegas  conf. 
Gundisaluus  hordoniz  conf. 
Tedon  telici  conf. 
Sisnandus  iohannes  conf. 
Anaia  suariz  conf. 
Gunzaluo  fromariquiz  conf. 
Petras  hermigiz  conf. 
Petras  Pelaiz  conf. 
Veremudus  petriz  conf. 
Ecta  gundesindiz  conf. 
Telo  aluitiz  conf. 
Veremudus  ts. 
Hordonius  ts. 
Didácus  ts. 
Arias  didaz  notuit. 
Pelagius  arias  transtulit. 
Aloitus  nuniz  ts. 


(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  26). 


APÉNDICES  245 


NUMERO   XCVII 


era  mciv.  Santiago.  Año  de  C.  1066. 

25  de  Junio. 

La  Infanta  D.a   Urraca   concede   á  esta  Santa  A.   Iglesia  va- 
rias villas  é  iglesias  en  Portugal. 

Sub  inperio  opifice  rerum,  qui  cuneta  uerbo  creauit, 
et  creata  omnia  recte  ordinauit,  atque  utiliter  in  suo 
cursu  deci'euit,  qui  cum  Patre  et  Filio  unus  ex  quo  equa- 
liter  permanet  Deus,  in  cuius  uirtute  celi  firmantur, 
térra  consistit.  Ipsi  honor,  laus,  uirtus,  gloria  et  potestas 
in  sécula  seculorum.  Ego  indigna  negligens  et  desidie 
plena  peccatrix  urraca,  fredenandi  principis  filia  timens 
et  pauens  oram  extremitatis  meeí  uobis  dño.  meo  inuic- 
tissimo  ac  triumphatori  glorioso  apio,  iacobo  patrono 
meo.  cuius  Corpus  reconditum  est  in  arciuo  loco,  cuius 
fundata  nitet  ecclesia  in  térra  gallecie  finibus  amaea. 
Concedo  atque  offero  ob  gloriam  nominis  tui  seo.  altario 
suo  in  prefata  ecclesia  fundato  uillam  quam  dicunt 
uillelam  cum  alia  uilla  quam  ibi  ganauit  nunus  uere- 
mudiz  de  suis  coniermanis.  et  ecclesiam  sce.  marie  in 
riuulo  de  molinos,  et  medietatem  ecclesie  sce.  eulalie.  et 
in  capreiros  sci.  saluatoris  ecclesie  medietatem  et  sunt 
ipse  uille  in  ualle  de  uice  territorio  portugale  medieta- 
tem ex  eis  cum  tota  sua  plebe  ab  integro,  et  habui  ipsas 
uillas  de  mea  ganantia  et  de  incartatione  quam  michi 
fecit  aurodonna  nuniz...  et  diuident  per  términos  de  etc.. 
seruata  uero  ratione  ut  ego  urraca  possideam  eas  in 
uita  mea  cum  clericis  ipsius  apostolici  loci  comuniter 


S46  APÉNDICES 


pro  illorum  stipendio  et  meoí  post  discessum  uero  meumí 
maneant  cuneta  supramemorata  firma  supradicte  sedi 
euo  perhenni... 

Facta  carta  testamenti.  VII  kls.  iulii.  Era  I.C.IIII: 

Ego  urraca  quod  fieri  iussi  conf. 
Adefonsus  rex  conf. 
Greloira  eius  sóror  conf. 
Sancia  regina  conf. 
Vistruarius  lucensis  eps.  conf. 
Pelagius  legionensis  eps.  conf. 
Petrus  astoricensis  eps.  conf. 
Martinus  gungaluiz  conf. 
Petrus  guncaluiz  conf. 
Arias  didaci  conf. 
Afonsus  didaz. 
Ecta  gundesindici  conf. 
Arias  luzu  conf. 
Suarius  titoniz  conf. 
Aluaro  uermudici  conf. 
Nunus  didaci  conf. 
Gruncaluus  pelaici  conf. 
Garsea  rex  conf. 
Veremudus  ordoniz  conf. 
Petrus  pelaiz  comes  conf. 
Petrus  gunzaluiz  comes  conf. 
Ordonius  pelaiz  conf. 
Muninus  f ernandiz  conf. 
Didacus  ansuriz  conf. 
Didacus  gomez  cf. 
Martinus  adefonso  armiger  regis  cf . 
Santius  federnandi  principis  filius  conf. 
Gruncalus  testis. 
Petrus  ts. 
Didacu  ts. 

Hec  nomina  sunt  plebium  cuius  uille  superius  nomina- 
te  quam  per  hoc  testamentum  dna.  urraca  con- 


APÉNDICES  247 

cessit  apostólico  loco.  Id  sunt,  odosindo  et  sua 
mulier  cum  filiis  .VIII.  et  suis  neptis  et  de  alia 
mulier  filios  .III. 

Placidio  et  sua  mulier  cum  filiis  .V. 

Gunderano  cum  filiis  .III. 

Remesilli  cum  suo  filio. 

De  odorico  filios  .II. 

Sonito  et  filios  .VI. 

Ledecundia  cum  .II.  filiis. 

Sendino  cum  filiis  .VI.  et  neptis  suis  .1111. 

Cartemiro  cum  filiis  .VII.  et  sua  germana  argileuua. 

Alia  filia  de  mirosinda. 

Hordonio  filio  de  placidio  cum  filiis  .VII. 

badaosindo  et  sua  mulier  trudili. 

Casada  de  iza  et  de  ademiro. 

Mulier  de  gundesindo  nomine  frunilo  cum  filiis  .1111. 

filios  de  Tidon. 

Arias  gunsaluo. 

piniolo. 

onorico  de  couas  cum  suis  filiis  et  sua  muliere. 

Sigunterigo. 

filios  de  arias  et  de  astrilli. 

filios  de  pelagio  et  de  paterno. 

De  collacos  filios  adulfi  .1111. 

Alia  filia  de  aduleo. 

.III.  de  didaco  gundulfiz. 

Filios  de  ildonza  de  portella. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  33). 


248  APÉNDICES 


NUMERO  XCVIII 


ERA  MCVI.  Santiago,  Año  de  C.  1068. 

10  de  Diciembre. 

La  Infanta  D.a  Elvira  dona  á  esta  Santa  A.   Iglesia  varias  vi- 
llas en  Lemos,  Triacastelaf  Valcárcel  y  otros  sitios. 


In  nomine  dni.  Ihsu  Xpisti  et  sci.  Iacobi  apostoli 
cuius  corpus  sepultum  manet  snb  arcis  marmoricis  in 
finibus  Gallecie  Ínter  dúos  riuulos  Ulie  et  Tamaris.  Ego 
geluira  regina  offero  et  dono  ipso  loco  sancto.  uel  ibi 
conmorantibus  uillas  pernominatas  circa  caneto,  in  lema- 
bus  uillam  sci.  iohannis  quam  comparauimus  de  ruderi- 
co  ualerianiz  et  ille  conparauit  de  menendo  froilaci.  et 
aliam  uillam  liic  ubi  dicunt  scm.  iohannem  quam  con- 
parauimus  de  onega  osorici  integrara  cum  adiuncionibus 
suis.  ipsam  uillam  de  ruderico  ualerianici  et  aliam  ui- 
llam circa  dni.  gontoni  quam  uocitant  uillare.  quam 
conparauimus  de  oduario  peíais,  et  aliam  uillam  in  tria- 
castella  quam  uocitant  eileoni.  quam  conparauimus  de 
teodilli  et  de  sua  germana,  et  fuerunt  filie  de  centi  arti- 
miz  suam  rationem  integram.  et  aliam  uillam  in  aalle 
carcere  quam  uocitant  busiani.  terciam  integram  quam 
conparauimus  de  ruderico.  in  ualle  todiscillo  aliam  ui- 
llam mediam.  istas  uillas  testamus  ipsi  seo.  loco  supra 
nominato.  cum  omni  integritate  et  cum  ómnibus  suis 
bonis,  intus  et  foris,  et  cunctis  edificiis,  torcularibus  do- 
mibus,  terris  cultis  uel  incultis,  uineis,  pomiferibus,  arbo- 
ribus,  fructuosis  uel  infructuosis,  aquarum  cursibus, 
montibus,  fontibus.  Concedimus  hec  omnia  ad  seruicium 


APÉNDICES  240 

Dei  et  sci.  Iacobi  ut  clerici  inde  habeant  subsidium  tem- 
porale  et  nos  in  eterna  examinatione  gloriam  eternam. 
Contra  hoc  etc.. 

Facta  serie  testamenta  IIII.  idus  decembris. 

Era  .I.C.VI. 

Ego  giluira  conf. 

Veremudus  proles  liordonii  com.  conf. 

Telo  presbiter  conf. 

Vitalis  conf. 

Ariulfus  conf. 

Menendus  conf. 

Pelagius  conf. 

Félix  cf. 

Fidelis  cf. 

Aloitus  cf. 

Qui  presentes  fueruntí  Pelagius  testis. 

Veila  ts. 

Guterre  ts. 

Ganito  ts. 

Johannes  ts. 

(Inédito.  Tumbo  A,  fol.  37). 


Tomo  IL— 17. 


250  APÉNDICES 


NUMERO  XCIX 


ERA  mcxi.  Oinis.  Año  de  C.  1073. 

16  de  Diciembre. 

Fragmentos  del  testamento  de  D.  Alvito  Sigeredez. 


.......postea  mihi  in  mente  euenit  .TI.as  campanas  de 

mensa  et  vno  zinbalo  quando  hoc  testamentum  scriptum 
esset  dignoscitur.  Era  tune  discurrebat  post  .T.C.X.I.  et 
ct.  XVII  klds.  inrs... 

Ego  iam  dictus  aloitus  confesor  in  hoc  meum  testa- 
mentum quo  uolumptate fieri  elegit  rouorem  injeci. 

Sub  omnipotentis  et  miseratoris  dei  et  in  dei  auxilio 
didagus  iriense  et  apostolice  sedis  aepiscopus  confirmans. 

Sub  diuino  imperio  uistrarius  lucense  sedis  aepisco- 
pus cf. 

Sub  dei  potentia  gundisaluus  menduniense  sedis 
aeps.  cf. 

auriense  sedis  aeps.  cf. 


De  monacis  et  clericis  qui  tune  in  ipso  monesterio 

erant  commor antes. 
Aloyto  arias  presbyter. 
Vimara  osoriz  pbsr. 
Adefonso  odariz  pbsr. 
Munnius  aloytiz  pbsr. 
Froyla  munniniz  pbsr. 
Nunno  petriz  pbsr. 


APÉNDICES  261 


Ruderigus  mundiniz  pbsr. 
(Gu)ndesindus  pbsr. 
(Ra)nemirus  ruderiquiz  pbsr. 
(Alo)  y  tus  eytaz  pbsr. 

Froyla  petriz  conf. 
pelagius  gundesindiz  cf. 
Argiuolus  cf. 
ítem  froyla  cf. 
Amigus  cf. 

daniel  cf. 
Ansemondus  cf. 
ítem  froyla  cf. 

Et  de  sórores  que  tune  erant   comm orantes  in  mo- 
nasterio uiuenti. 
gunteroti  menendiz  confesa. 
Froylyuba?  cfa. 
Aragonta  cfa. 
ítem  gunterote  cfa. 
Iulia  cfa. 
Odrocia  cfa. 


Et  de  iermanis  et  suprinis  et  gens  mea. 
froyla  erus....  cum  uxor  sua  argilo. 
froyla  uermudiz....  ore  cum  filios  suos?. 
ueremudo  osoriz  cum  uxor  sua  ados(inda). 
Gutier  segerediz  cum  uxor  sua  uiscla(uara). 
Suerio  segeriz  cum  uxor  sua  uisclau(ara). 
froyla  scemeniz  cum  uxor  sua  adosin(da). 
Suario  ueremudiz. 
froyla  ueremudiz. 
Aloytu  ueremudiz. 
(luttier  ueremudiz. 
liuderigo  ueremudiz. 
Nunno  guttierriz. 
Munnio  guttierriz. 


252 


APÉNDICES 


Suario  guttierriz. 
Martino  pelaiz. 


(Original  inédito.  Archivo  de  San  Martín). 


FIN  DE  LA  PRIMERA  PARTE  DEL  LIBRO  SEGUNDO 


ERRATAS  MAS   NOTABLES 


Pág. 

Lín. 
4 

Dice. 

Léase. 

27 

Toodomiro 

Teodomiro 

112 

24 

villas 

millas 

400 

9 

admifica 

almifica 

APÉNDICES 

27 
51 

9 
28 

11  de  Agosto 
DCCCLXVIIII 

9  de  Agosto 
DCCCLX'VIIII 

54 

88 

13 
17 

palees 
hodierno 

paleos 
hodierno  die 

101  y  102 

» 

(Las  designaciones  de 
de  los  Obispos  que  firman 

Sedes  en  las  subscripciones 
este  documento,  no  están  en 

143 

4-5 

el  original). 

Camota 

Cornado 

148 

10 

Mandinl 

Mandini 

172 

185 
200 

2 

13 

8 

Odog- 

gracie 

erescat 

Odoy- 
graue 
crescat 

lüTIDiaE 


Páginas. 

Capítulo  I. — Descubrimiento  del  Sepulcro  de  Santiago. — 
Venida  de  D.  Alfonso  el  Casto  á  Arca  Marmorica  para 
enterarse  por  sí  mismo  del  venturoso  hallazgo.— El 
Papa  San  León  III.— Enumeración  de  las  principales 
Reliquias  de  Santiago,  de  que  hay  noticia  en  diversas 
iglesias  de  Europa 7 

Cap.  II. — Construye  D.  Alfonso  el  Casto  una  Basílica 
sobre  el  Sepulcro  de  Santiago,  y  la  declara  Iglesia 
Catedral  al  igual  de  la  Sede  Iriense. — Instálase  el 
Obispo  de  Iria,  Teodomiro,  en  la  nueva  Basílica. — 
Funda  D.  Alfonso  dos  monasterios  para  dar  más  real- 
ce al  culto  en  la  Iglesia  Apostólica 27 

Cap.  III — Sucede  en  la  Sede  de  Iria  y  en  la  Iglesia  Apos- 
tólica á  Teodomiro,  Adulfo  I. — Demarcación  que  de  la 
Diócesis  de  Iria  hizo  Tructino  por  comisión  de  Don 
Alfonso  II 61 

Cap.    IV. — La   batalla  de  Clavijo,  y    el  Voto   nacional 

hecho  al  Apóstol  Santiago 73 

Cap.  V. — Discútense  los  argumentos  con  que  se  pretendió 
demostrar  la  falsedad  del  Voto  nacional  y  de  la  bata- 
lla de  Clavijo 83 

§.  I.— Bibliografía 85 

§.  II. — El  silencio  de  los  Cronicones 88 

§ .  III.  —  Un  silencio  que  no  debe  ser  silencio.    ...         91 

§.  IV. — Pruebas  contra  el   silencio 94 

§.   V. — Respuesta  á  las  principales  objeciones.  .     .     .       117 
§.  VI.— El  texto  del  Diploma 130 

Cap.  VI. — Adulfo  II.— Obtiene  de  Roma  autorización 
para  erigir  en  Catedral  la  Iglesia  de  Santiago. — Es 
acusado  de  un  crimen  horrendo,  y  se  justifica  por 
medio  de  la  prueba  del  Toro. — Renuncia  la  Sede  y  se 
retira  á  Asturias J.47 


254 


ÍNDICE 


Páginas. 

Cap.  VII. — Es  nombrado  Adminisbrador  de  la  Diócesis 
Irieo.se  el  Presbítero  Sisnando  de  Liébana.— Dona- 
ciones hechas  por  D.  Alfonso  III  á  la  Iglesia  de  San- 
tiago.—Memorias  de  algunos  de  los  Obispos  refugiados 
en  la  Diócesis  de  Iria.     .     .     .     t 163 

Cap.  VIII. — Reedificación  del  Templo  de  Santiago. — Su 

solemne  consagración  en  el  año  899 183 

Cap.  IX.-  Carta  de  D.  Alfonso  III  al  Clero  y  pueblo  de 
Tours. — Correspondencia  epistolar  entre  el  Papa 
Juan  X  y  el  Obispo  Sisnando   1 203 

Cap.  X. — Estado  de  la  Iglesia  compostelana  bajo  el  pon- 
tificado de  Sisnando  I. — Monasterios  de  Antealtares  y 
San  Martín  Pinario. — Montesacro  ó  Picosagro.     .     .       213 

Cap.  XI. — Fin  del  reinado  de  D.  Alfonso  III,  y  comienzos 

del  de  D.  Ordoño  II 227 

Cap.  XII. — Donaciones  hechas  á  la  Iglesia  compostelana 
por  D.  Ordoño  II,  como  Rey  de  León. — Últimos  días 
del  gran  Prelado  Sisnando  I. — Su  gloriosa  muerte.     .       211 

Cap.  XIII. — Algunos  rasgos  acerca  de  las  ideas  religio- 
sas y  sociales  dominantes  en  aquellos  tiempos  en 
nuestra  Diócesis 253 

Cap.  XIV. — Sucede  á  Sisnando  I  D.  Grundesindo. — Sus 
gestiones  para  adquirir  el  monasterio  de  Santa  Co- 
lumba en  tierra  de  Bande. — Su  muerte 275 

Cap.  XV.— Del  Obispo  D.  Hermenegildo.— La  Iglesia 
de  Santiago  durante  los  reinados  de  D.  Fruela  II, 
D.  Sancho  Ordóñez,  D.  Alfonso  IV  y  D.  Ramiro  II.     .       285 

Cap.  XVI. — Discútese  lo  que  puedan  tener  de  verdad  las 
aseveraciones  de  la  Compostelana  acerca  del  Obispo 
D.  Hermenegildo. — Donaciones  de  D.  Ordoño  III. — 
Indícanse  algunas  de  las  causas  de  la  perturbación  so- 
cial que  por  aquel  tiempo  reinaba  en  Galicia.     .     .     .       301 

Cap.  XVII. — Es  elegido  sucesor  de  D.  Hermenegildo,  el 
Diácono  Sisnando  Menéndez. — Funda  con  sus  padres 
D.  Hermenegildo  y  D.a  Paterna,  el  monasterio  de  So- 
brado,—Concilio  compostelano  en  que  fué  nombrado 


ÍNDICE  255 

Páginas. 

Metropolitano  de  Tarragona,  Cetario,  Abad  de  Mon- 
serrat 317 

Cap.  XVIII. — Averiguase  si  hubo  tiempo  hábil  para  la 
prisión  de  Sisnando  II,  de  que  hablan  la  Compostelana 
y  otros  Cronistas. — Terrible  invasión  normanda  en  el 
año  968.  —Perece  Sisnando  II  en  la  batalla  de  For- 
nelos 335 

Cap.  XIX.—  Confíase  á  San  Rosendo  la  administración  de 

la  Diócesis  compostelana 359 

Cap.  XX.— El  Pontificado   de  D.   Pelayo   Rodríguez  en 

Compostela 369 

Cap.  XXI.— San  Pedro  de  Mezonzo 381 

§.L— El  Monje 383 

§.  II. -Ei  Obispo .      388 

§.  III. — El  restaurador 406 

§.  IV. — Últimos  hechos  de  San  Pedro  de  Mezonzo.     .       422 

Cap.  XXII. — Ligeras  consideraciones  sobre  el  estado  so- 
cial y  religioso  de  la  Diócesis  compostelana  durante  la 
primera  mitad  del  siglo  XI. — Pontificados  de  D.  Pe- 
layo  II  y  D.  Vimara  Díaz 433 

Cap.  XXIII. — Resumen  de  los  juicios  de  la  Compistélina, 
acerca  de  los  Prelados  que  precedieron  á  D.  Diego 
Grelmírez.— Pontificado   de  D.  Vistruario 443 

Cap.  XXIV.— El  Obispo  D.  Cresconio.— Importantes 
obras  que  llevó  á  cabo  durante  los  primeros  años  de  su 
Pontificado 471 

Cap.  XXV. — Continúan  los  hechos  de  D.  Cresconio. — 
Conquista  de  Coimbra. — Donaciones  que  hizo  Don 
Fernando  I  á  la  Iglesia  compostelana.  —  Su  fallecimien- 
to en  27  de  Diciembre  de   1065 481 

Cap.  XXVI. — Concilios  compostelanos  del   año   106 J  y 

del    1063 495 

8  .  I. — Concilio  compostelano  del  año  1060 499 

§.  II.  — Concilio  compostelano  del  año  1063.     .     .     .       504 
§.  III. — Algunas  observaciones  sobre  estos  Concilios 

compostelanos 510 


256  -      ÍNDICE 

Páginas. 

Cap.  XXVII.  —Noticia  de  algunos  délos  alumnos  de    la 

Escuela  compostelana  del  tiempo  de  D.  Cresconio.     .       517 

Cap.  XXVIII.— Últimos  hechos  de  D.  Cresconio. — Su 
fallecimiento  en  el  Castillo  de  Oeste. — Notas  sobre  la 
peregrinación  á  Santiago  en  estos  tiempos 527 

Cap.  XXIX. — De  D.  Gudesteo,  sucesor  de  D.  Cresconio. 
— Guerras  civiles  entre  los  hijos  de  D.  Fernando  I. — 
Trágico  fin  de  D.  Gudesteo  en  la  Canónica  de  Iria. — 
Sucédele  D.  Diego  Peláez,  por  designación  de  D.  San- 
cho, Rey  de  Castilla. — Abolición  del  Rito  gótico  en 
España. — Prisión  y  muerte  del  Rsy  de  Castilla,  Don 
García 545 


•A-FEirDiaiES 


N.°— Años  de  C.  Páginas. 

Advertencias  preliminares 2 

I.— 818. — Donación  del  Conde  Al  vito  al  monasterio   de 

Vilouchada 3 

II. — 830. — Designación  de   iglesias   pertenecientes   á   la 

Sede  Iriense  hecha  por  Tructino 6 

III.  —  854. — Privilegio  de  D.  Ordoño  I  á  la  Iglesia   de 

Santiago  sobre  las  millas 9 

IV. — 862. — Privilegio  de  D.  Alfonso  III  sobre  lo  mismo.  10 
V. — 866.-  Privilegio  de  D.  Alfonso  III  á  la  misma  Santa 

Iglesia 11 

VI.  —867.-—  Privilegio  de  D.  Alfonso  III  restituyendo  á 
Santiago  la  villa  de  Carcacía 12 

VII.  — 867. — Donación  del  Obispo  de  Mondoñedo  Rude- 
sindo  I  al  monasterio  de  Almerezo 13 

VIII. — 870. — Allanamiento  del  abad  Reterico  á  pagar  á 
D.  Alfonso  III  la  offercion  por  el  monasterio  de  Me- 
zonzo i 18 


ÍNDICE  257 


N.°— AiiOs  de  C.  Páginas. 

IX. — 871. — Pacto  de  Regla  hecho  en  el  monasterio  de  San- 
ta María  de  Mezonzo 20 

X. — 871. — Donación  del  abad   Fulcaredo  á  este  mismo 

monasterio 22 

XI. — 874. — Donación  de  D.  Alfonso  III  al  presbítero  Sis- 

nando,  Administrador  de  la  Diócesis  compostelana.    .         23 

XII.—  880.—  D.  Alfonso  III  confirma  al  Obispo  Sisnando 

en  la  posesión  de  la  Diócesis  compostelana 25 

XIII. -880.— Orden  de  D.Alfonso  III  á  Lúcido  y  Al- 

droito 26 

XIV. — 883. —Donación  de  Alfonso    III  á  San   Juan  da 

Coba 27 

XV 883.  —Alfonso  III  confirma  á  Santiago  las  donacio- 
nes por  el  presbítero  Cristóbal  y  Romarico  Cerva. .     .         29 

XVI.— 883.— Alfonso  III  dona  á  Santiago  el  lugar    de 

Cerrito 31 

XVII. — 885. — Alfonso  III  dona  á  Santiago   la  villa  de 

Geronciana. 32 

XIX. — 886. — Alfonso  III  dona  á  Santiago  algunas  salinas 

y  viveros  cerca  de  la  Lanzada .     .     .         34 

XX. — 887.— Carta  de  dote  de  Sisnando  á  Aldonza.  ...         36 

XXI.—  893. — Alfonso  III  dona  á  Santiago  la  villa  de  Áreas.         38 

XXII.—  895. — Alfonso  III  dona  á  Santiago  algunas  pro- 
piedades en  el  Bierzo.     . 40 

XXIII. — 898. — Pacto  de  Regla  en  San  Verísimo  de  Arcos.         42 

XXIV.— 898.— Alfonso  III  dona  á  Santiago  varias  villas 

cerca  de  Coimbra 44 

XXV.— 899.  —Diploma  otorgado  por  Alfonso  III  el  día  de 
la  consagración  de  la  Iglesia  de  Santiago  y  Acta  de  la 
consagración  de  la  misma 46 

XXVI. — 904?  -Sisnando  I  funda  el  monasterio  de  Pico- 
sagro 53 

XXVÍI.— 906.— Carta  de  Alfonso  III  al  Clero  y  pueblo  de 

Tours 57 

XXVIII.— 908. -El  presbítero  Viliulfo  dona  á  Santiago 

la  iglesia  de  Pensello  cerca  de  Braga 61 


258  ÍNDICE 

N.°— Años  de  C.  Páginas. 

XXIX. — 910. — Godoigia  dona  varios  pomares  al  monaste- 
rio de  Adones 63 

XXX. — 911. — Ordoño  II  dona  á  Santiago  varias   villas, 

siervos  y  alhajas.  .     .     ♦ 64 

XXXI. — 911.  — Ordoño  II  confirma  á  Santiago  las  dona- 
ciones hechas  por  sus  antecesores 67 

XXXII. — 912. — Donación  hecha  por  el  Obispo  Sisnando 

á  San  Martín  Pinario 69 

XXXIII.— 912. — Ordoño  II  dona  á  Santiago  unos  siervos 

en  la  aldea  de  Bama 72 

XXXIV. — 912. — Ordoño  II  dona  á  Santiago  varios  sier- 
vos de  la  casada  de  Muzurri 74 

XXXV.— 914.— El  Obispo  Sisnando  dona  á  San  Martín 

Pinario  el  monasterio  de   Picosagro 77 

XXXVI.— 914. — Ordoño  II  confirma  á  Santiago  varias 
donaciones  hechas  por  D.  Alfonso  III  y  D.a  Egi- 
lona 81 

XXXVII.— 915. — Concilio  convocado  por  Ordoño  II  para 

restablecer  las  Sedes  de  Tuy  y  Lamego 83 

XXXVIII.— 915. — Ordoño  II  dona  á  Santiago  la  villa  de 

,  Corneliana 85 

XXXIX. — 915.  -Segundo  Diploma  de  Ordoño  II  sobre 

lo   mismo 87 

XL. — 916.-  Ordoño  II  cambia  con  la  Iglesia  de  Santiago 

las  villas  de  Oza  y  Cela  por  la  de  Láncara 90 

XLI. — 917. — Ordoño  II  dona  al  abad  Grundesindo  las  vi- 
llas de  Cela,   Pravio  y  Paiaragio 92 

XLII. — 919. — Ordoño  II  y  su  esposa  D.a  Elvira  confirman 
al  monasterio  de  Triacastela  las  donaciones  por  su 
abuelo  D.  Gratón 94 

XLIII. — 920. — Ordoño  II   dona   á   Santiago  la  villa    de 

Pelagio 96 

XLIV. — 922. — Ordoño  II  cambia  por  segunda  vez  la  villa 

de  Láncara  por  las  de  Ar cabria  y  Oza 98 

XLV. — 922? — Convenio  entre  los  Obispos  de  Lugo  y  San- 
tiago sobre  los  commissos  de  Pruzos  y  Besoucos.     .     .       101 


índice  259 


N.° — Años  de  C.  Páginas. 

XLVL—  922. — Ordoño  II  dona  á  Santiago  el  monasterio 

de    Triacastela. 103 

XLVII.  —  924.— Fruela  II  confirma  á  Santiago  el   coto  de 

las  doce  millas.      * 105 

XLVIII. —92-4.  -Fruela  II  dona  á  Santiago  el  condado  de 

Montanos 106 

XLIX.— 924?  -  Fruela  II  dona  á  Santiago  la  villa  de    Va- 

llega  y  otras  posesiones 109 

L. — 927. — D.  Sancho  Ordóñez,  R3y  de   Galicia,  dona    á 

Santiago  el  lugar  de  Busto 111 

LL  — 927.— D.  Sancho  Ordóñez  confirma  á  Santiago  todos 

sus  cotos  y  posesiones. -.     .       112 

LII. — 929? — Alfonso  IV  confirma  á  Santiago  las  donacio- 
nes hechas  por  sus  antecesores 114 

Lili. — 931.— Sentencia  contra  Donadeo  y  Tidina.  .     .     .       116 

LIV. — 932. — Ramiro  II  confirma  á  Santiago  todas  sus  po- 
sesiones  117 

LV.  —934.  —Ramiro  II  dona   á  Santiago    el  commisso  de 

Postmarcos 119 

LVI. — 936?  — Donación  hecha  por  San  Rosendo  al  monas- 
terio de  Caaveiro 122 

LVIL-  939. — Donación  hecha  por  el  Obispo  Hermegildo 

á  la  iglesia  de  Pravio 126 

LVIII. — 947. — Donación  del  presbítero  Letimio  á  la  igle- 
sia de  Santa  María  de  Paradela 127 

LIX.— 947. — El  Obispo  Hermegildo  dona  al  diácono  Sis- 

nando  la  villa  de  Vilouchada 132 

LX. — 949. — Ramiro  II  permuta  varias  villas  con  la  Igle- 
sia de  Santiago 134 

LXI. — 951. — Ordoño  III  dona  á  Santiago  la  villa  de  Bor- 

vene  cerca  del  Miño 136 

LXII. — 952.— Primera  Escritura  de  fundación  del  monas- 
terio de  Sobrado 139 

LXIII. — 952.  — Ordoño  III  dona  á  Santiago  el  commisso  de 

Cornado 143 

LXIV. — 952. — Segunda  Escritura  de  fundación  de  Sobrado       145 


260  ÍNDICE 


N.u— Años  de  C.  Páginas. 

LXV. — 952.— Ordoño  III  dona  á  Santiago  el  commisso  ó 

condado  de  Ventosa 149 

LXVI. — 955. —El  abad  Grundesindo  cambia  con  Sobrado 
el  monasterio  de  Mezonzo  por  la  iglesia  de  Dila- 
tarles  .     .      8 151 

LXVII. — 955. — Donación  hecha  á  Sobrado  por  el  Obispo 

Sisnando  II  y  su  padre  Hermenegildo 155 

LXVIII.  —  956.— Sancho  el  Craso  dona  á  Santiago  el  con- 
dado de  Bavegio.     .     .     8 160 

LXIX. — 958.— Ordoño  IV  dona  á  Santiago  la  villa  de  Sal- 
to de  Lite 161 

LXX. — 958.— Ordoño  IV  dona   á  Santiago  las  villas  de 

Moimenta  y  Parada 163 

LXXI.  -958.— Ordoño  IV  dona  á  Santiago  la  villa  de  Jo- 

velinós .       165 

LXXII. — 958. — Ordoño  IV  dona  á  Sobrado  el  condado  de 

Presares 166 

LXXIIL— 959. — Testamento  de  D.  Rodrigo  y  D.a  Elvira, 

hermanos   del  Obispo   Sisnando  II 169 

LXXIV.  —  970? — Carta  del  abad  Cesario  al  Papa  Juan  XIII.       1 72 

LXXV. — 982. — Donación  hecha  por  Odoino  al  monasterio 

de   Celanova 176 

LXXV  bis. —  »  — Genealogía  de  San  Pedro  de  Mezonzo.        187 

LXXVL—  985.—  Bermudo  II  cede  á  Santiago  treinta  co- 
lonos para  que  labren  las  tierras  de  Vide 188 

LXXVII. — 986. — Bermudo  II  dona  á  Santiago  un  cortijo 

en  León 189 

LXXIIL— 987.— Privilegio  de  Bermudo  II  á  San  Juan 

da  Coba 190 

LXXIX. — 993. — Bermudo  II  dona  á  Santiago  las  villas 

de  Puertomarín  y  Recelle 192 

LXXX. — 994. — Donaciones  del  presbítero  Varginán  y  de 

la  abadesa  Odrocia  á  San  Pedro  de  Mezonzo.     .     .     .       194 

LXXXI. — 999. — Sentencia  de  Bermudo  II  sobre  la  perte- 
nencia de  algunos  siervos 197 

LXXXIL— 1001.— D.a  Elvira,  viuda  de  Bermudo  II,  confir- 


ÍNDICE  261 

N.°— Años  de  C.  Páginas. 

ma  á  Santiago  la  cesión  que  su  marido    había  hecho 

de  varios  colonos  en  el  territorio  de  Castela.     .     .     .        199 

LXXXIII. — 1007. — Sentencia  de  Alfonso  V  sobre  los  con- 
fines de  los  condados  de  Aveancos  y  Cornado  y 
Bembejo 201 

LXXXIV. — 1011.— Alfonso  V  confirma  á  Santiago  la 
donación  de  un  colono  en  Camota,  hecha  por  Ber- 
mudoll 204 

LXXXV.— 1017.— D.a  Elvira,  viuda  de  Bermudo  II,  dona 

varias  villas  á  Santiago 205 

LXXXVI. — 1019. — Sentencia  de  Alfonso  V  confirmando 
todos  los  cotos,  condados  y  posesiones  de  la  Iglesia  de 
Santiago .       209 

LXXXVIL— 1020.—  Alfonso    V  acota  los   términos    del 

monasterio  de  San  Esteban  de  Piadela 214 

LXXXVIIL— 1028.—  D.a  Teresa,  hija  deBermudo  II,  dona 

á  Santiago  un  cortijo  en  León.     .  217 

LXXXIX.— 1028.  —  D.a  Jimena,  y  su  hija  D.a  Urraca,  viu- 
da de  Alfonso  V,  donan  á  Santiago  varias  villas  entre 
los  ríos  Carrión  y  Aratoi 219 

XC. — 1028. — Bermudo  III  dona  á  Santiago,  entre  otras 

villas,  la  de  Cordeiro 221 

XCL— 1030.— D.a  Sancha  y  D.a  Teresa,  hijas  de  Bermu- 
do II,  donan  á  Santiago  la  villa  de  Serán  tes.     .     .     .       223 

XCIL— 1055.  —Cronicón  del  Salterio  de  Fernando  I.     .       225 

XCII  &&.— 1060.— Concilio  Compostelano 228 

XCIII.  —1061.  —Fernando  I  autoriza  á  los  Prelados  y  Ca- 
bildo de  Santiago  para  que  puedan  poblar  la  villa  de 
Corneliana 334 

XCIV.— 1061. — Fernando  I  dona  á    Celanova  un  solar  en 

Compostela 236 

XCV.— 1063.— Concilio    Compostelano. 237 

XCVI. — 1065. — Fernando  I  confirma  los  privilegios  de 
que  gozaba  la  Iglesia  oompostelana  en  varios  pueblos 
de  Portugal 242 

XCVII. — 1066. — La  Infanta  D.a  Urraca  dona   á  Sahtia- 


262 


ÍNDICE 


N.°— Años  de  C.  Páginas. 

go  varias  villas  en  Portugal 245 

XCVIIL- 1068.  —  La  Infanta  D.a  Elvira  dona  á  Santia- 
go varias  villas  en  Galicia 248 

XCIX. — 1073. — Fragmento  del  testamento  de  Alvito  Si- 

geredez 250 


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López  Ferreiro. 

Antonio,  1837-1910. 

Historia  de  la  Santa 
a.m.  iglesia  de 


Whitehill  -- 

v.2 

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Santiago  de  Compostela 


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